Para evaluar este criterio, la comisión verificará que las ofertas cumplan con todos aquellos antecedentes que no tienen la característica de obligatorios verificando que cumplan en tiempo y forma con la exigido en las presentes bases; en caso de detectar errores u omisiones o falta de algún antecedente, el HSR podrá solicitar a los oferentes que corrijan errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. En caso de no recibir respuesta a solicitudes de corrección de errores u omisiones formales, la comisión de evaluación se reserva el derecho de evaluar dichas ofertas o declararlas inadmisibles.