I. GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas y documentación
anexada al Portal Mercado Público, tienen por objeto regular los procesos de: Licitación
Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, celebración del contrato respectivo
y aprobación de este, motivo de la presente licitación y prestación de los servicios
licitados.
Nos remitimos en este
punto a las definiciones previamente dadas por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos
de Administrativos y Suministro de Prestación de Servicios y su Reglamento.
II.
LICITACION
La presente licitación pública se realizará en
una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto
la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través
del sistema de información.
Cada
una de las ofertas presentadas en la plataforma Mercado Público, deberá estar respaldada por su
correspondiente Garantía de Seriedad de la Oferta, según lo establecido en los
puntos 11.4 y 12 de las presentes Bases Administrativas. No será recibida
ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que aquella
determinada por estas Bases Administrativas.
Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del
cual se determinará el oferente adjudicado.
La presente licitación pública tiene por objetivo contratar un staff de
médicos especialistas en Traumatología, neurocirujano y anestesia, y de un
staff de técnicos paramédicos y enfermeros/as, todos bajo la condición de compra de servicios, para intervenir quirúrgicamente a pacientes que presenten patologías
traumatológicas de columna.
El
servicio referido (intervención de fijación de
columna) se realizará
a pacientes usuarios del Hospital Las Higueras. Dichos pacientes
serán intervenidos en horario inhábil de
funcionamiento del Hospital.
Conforme a lo anteriormente
expuesto, se requiere contratar los servicios para realizar la siguiente
intervención:
|
Código Abex
|
Nombre de la
Prestación
|
Cantidad
Licitada (referencial)
|
|
104-0009
|
Intervención Quirúrgica “Fijación de columna (cervical-dorsal-lumbar)
cualquier vía abordaje, c/s osteosíntesis - Código Fonasa 1103069 (no incluye
prótesis con cargo al prestador).
|
160
|
Las cirugías podrán ser ejecutadas por neurocirujanos y traumatólogos.
Por lo anterior, el oferente que participe de la propuesta deberá contar con un
staff de médicos especialistas, profesionales y técnicos paramédicos, operador
de rayos, todos, registrados en la Superintendencia de Salud, conformado
a lo menos, por el siguiente detalle:
EQUIPO MÉDICO
Ø 2
médicos cirujanos especialista en traumatología y ortopedia con subespecialidad
en cirugía de columna.
Ø 1
médico cirujano especialista en Neurocirugía.
Ø 3
médicos cirujano especialista en Anestesiología
EQUIPO NO MÉDICO
Ø 3
enfermeras
Ø 3
técnicos paramédico Arsenalero/a.
Ø 3
técnicos paramédico Auxiliar de Anestesia.
Ø 3
técnicos paramédico Pabellonero
Ø 1
operador de rayos del equipo Arco C, Técnico o profesional con título del área
de la salud. Además, contar con la autorización vigente de operador radiológico
de segunda categoría.
Además, En el caso de los médicos cirujanos
especialista en traumatología y ortopedia con subespecialidad en cirugía de
columna, deberán además comprobar, a través de la presentación certificados y/o
documentación oficial, su subespecialidad en cirugía de columna
Los profesionales a través de los cuales el oferente otorgue las
prestaciones no deben haber sido objeto de sanción en algún
Servicio Público, de conformidad al siguiente criterio:
·
Destitución en los
5 años anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
·
Suspensión del
empleo desde treinta días a tres meses, y/o multa dentro de los tres años
anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
Serán obligaciones del oferente adjudicado:
· Cumplir
debidamente con los registros de las atenciones, de acuerdo con los formatos,
protocolos y normas del Hospital las Higueras, en los medios que éste disponga.
· Cuando
se notifiquen para ejecutar la intervención deben presentarse en los pabellones
quirúrgicos, ubicada en el cuarto piso del hospital, el día y hora establecida.
· Ejecutar
la prestación el día y hora establecida por el hospital, siempre de acuerdo a
disponibilidad de la institución. No realizar la intervención podrá ser causal
de sanción.
· El
equipo médico deberá realizar de forma presencial el primer control
postoperatorio del paciente dentro de los primeros treinta días de realizada la
cirugía.
· La
prestación de fijación de columna abarca todos los procedimientos que incluyan
instrumentación y técnicas de augmentación de columna.
· Para
las prestaciones debe ser utilizado el instrumental adquirido por el hospital.
· De
preferencia, el primer día hábil del mes siguiente de haber prestado los
servicios, deberá entregar en la secretaría del C.C. Pabellón Anestesia y Post
Operados de Hospital Las Higueras pre factura con el detalle de los servicios prestados
en el periodo respectivo.
El oferente deberá
indicar en el Formulario N°4 “Datos del prestador”, Nombre y dos apellidos y
Cédula de Identidad de cada uno de los integrantes (equipo médico y no médico)
que participarán en las intervenciones quirúrgicas de columna.
Ø PROCEDIMIENTO
DE PAGO Y DEVOLUCIÓN DE HORAS
Una vez realizada la prestación, y en los
casos que el prestador que ejecuta el servicio mantiene un contrato vigente con
el hospital y la prestación inicie fuera del horario institucional y se
prolongue o finalice dentro de la jornada laboral del establecimiento y dentro
de su horario funcionario, será responsabilidad de éste de informar a su
jefatura directa, para coordinar reagendamiento de sus actividades
interrumpidas por la prestación de urgencia, devolución que deberá ser
realizada durante la misma semana o la siguiente en que se
realizó la prestación de servicios, salvo eventualidades, las que deberán ser
coordinadas, con jefatura directa y el Área de Operaciones y Gestión de las
Personas.
Para lo anterior:
· La
jefatura directa certificará la devolución del tiempo del prestador, y una vez
devuelto, informará por escrito al Área de Operaciones y Gestión de las
Personas, día, horario que el prestador realizó la devolución.
· El
Área de Operaciones y Gestión de las Personas, una vez recibida la información
por parte de la jefatura directa, gestionará resolución exenta que formaliza la
devolución horaria del prestador enviando copia al Área de Gestión Documental y
al jefe directo como respaldo para el posterior cobro/pago de los servicios.
· Cuando
no se cumpla con lo anterior, el Área de Gestión Documental no validará la
prestación, devolviendo el expediente al proveedor, con copia a la Subdirección
de Gestión Clínica, informando la irregularidad.
· Será
la Subdirección de Gestión Clínica, la responsable de informar al Jefe Directo
del prestador de la situación quien deberá indicar y certificar el tiempo
devuelto. No cumplir con el acuerdo de devolver las horas funcionarias
utilizadas, en el periodo comprometido, será causal de sanción. Lo
anterior, no lo libera de la responsabilidad de devolver el tiempo utilizado.
· Con
la copia de la Resolución Exenta que regulariza “la sobre posición horaria”, el
prestador podrá gestionar el cobro/pago de este servicio, siguiendo el proceso
administrativo inicial indicado en el punto N°27 “PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LOS
SERVICIOS” de la presente resolución.
ü Esta condición “CONDICIONES DE
PAGO”, es aplicable solo para aquellos prestadores del staff que mantuviesen un
contrato vigente con el hospital y tengan topes de horarios en su participación.
En consecuencia, no afecta ni invalida el pago a prestadores que no sean
funcionarios del establecimiento, ni a aquellos que, siendo funcionarios, no
registren tope horario.
INCORPORACION
DE PRESTADOR
Sí durante la vigencia del contrato, el adjudicado requiera incorporar
a otro prestador para reemplazar a alguno que sea parte del equipo,
el prestador incorporado deberá acreditar el cumplimiento de los
requisitos solicitados en las bases y cumplir en el caso de reemplazar, a lo
menos, las mismas competencias del prestador que se reemplaza; y en el caso de
incorporar para aumentar el staff, cumplir a lo menos el o los tramo/s y
puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos de evaluación por parte
del adjudicado en relación a los prestadores indicados inicialmente en su
oferta a través del Formulario N°4. A lo anterior, deberá completar la
solicitud de incorporación (anexo 1), adjuntar del prestador a incorporar los
respaldos que son requisito de las bases y la documentación que acredite las
competencias o el tramo y puntaje obtenido de los criterios técnicos, a través
del proceso de evaluación, según corresponda; entregar la solicitud referida en
la secretaría de la unidad requirente del Hospital Las Higueras, siendo
responsabilidad del Supervisor del Contrato, o quien le subrogue o
reemplace, verificar que el prestador a incorporar cumpla con igual idoneidad
que los prestadores indicados en la propuesta y respectivamente acreditados
post evaluación.
Por lo relevante que es contar con prestadores
acreditados y evaluados para ejecutar las respectivas prestaciones, se
establece que estos servicios deben ser realizados por los prestadores
indicados en la propuesta del oferente adjudicado, a través de Formulario N°4 “Datos
del prestador”, o hayan sido autorizados previamente por el Supervisor del
Contrato del Hospital mediante el formulario de solicitud de
incorporación (anexo 1). De lo contrario, no se pagará la prestación
Una vez aprobada
la incorporación, la unidad requirente debe hacer llegar una copia de la
respectiva autorización a la secretaría del Área de Abastecimiento para ser
adjuntado al expediente de la licitación y secretaría del
Área de Gestión Documental como respaldo para el pago de sus servicios.
El hospital, previa
preparación y agendamiento de los pacientes coordinará el equipamiento, insumo,
prótesis y la asistencia del oferente adjudicado con su equipo médico y no
médico, responsables de intervenir quirúrgicamente al paciente usuario del
Hospital Las Higueras. Por lo anterior:
·
Traumatología, a
través del estamento de enfermería del Policlínico Traumatología, o quien le
subrogue o reemplace, preparará al paciente, coordinará su hospitalización y,
mediante correo electrónico o en forma telefónica solicitará la asistencia del
oferente adjudicado con su equipo médico y no médico.
Será responsabilidad del jefe del Servicio Clínico de Traumatología “resguardar”
las medidas de verificación de estas prestaciones, en el cumplimiento de sus
obligaciones y funciones durante las intervenciones de columna ejecutadas.
El presupuesto disponible para los servicios licitados
es de $542.720.000.- (Quinientos
cuarenta y dos millones setecientos veinte mil de pesos), con todos los
impuestos incluidos, para un periodo de doce meses.
El hospital establece pagar un valor unitario
máximo por procedimiento:
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N°
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Código Fonasa
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Nombre de la línea licitada
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Cantidad ref.
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Valor máximo a pagar
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|
1
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104-0009
|
Intervención Quirúrgica "Fijación de
columna(cervicaldorsal-łumbar) cualquier via abordaje, c/s osteosintesis
Codigo Fonasa 1103069 (no incluye
prótesis con cargo al prestador).
|
160
|
$3.392.000
|
El oferente deberá ofertar un valor unitario por cada procedimiento,
según se desglosa en el formulario N°5. En el
referido valor debe contemplar su gasto de administración.
El oferente deberá registrar en la ficha del portal Mercado Público el Valor Total Neto
Ofertado, conforme a lo indicado en el Formulario N°5.
Las prestaciones ejecutadas, serán contabilizadas “mensualmente” y se pagarán los
servicios efectivamente ejecutados, sin reajustes y conforme a lo establecido
en las presentes bases administrativas.
El monto total de la oferta no podrá superar el presupuesto disponible establecido en el presente
punto y el punto N°10.
El oferente que ofrezca la alternativa
más conveniente para los intereses del hospital resultará adjudicado.
Las comunicaciones y contactos durante el proceso
de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado
a la presente licitación.
Los plazos y etapas serán los señalados en el
Portal Mercado Público y en las presentes Bases Administrativas, para la presentación
de las ofertas.
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ETAPAS
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PLAZOS
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Fecha
de Publicación
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Máximo 10 días a partir de la total
tramitación de la resolución aprobatoria de las presentes Bases
Administrativas, o el día hábil siguiente, hasta las 15:00 horas.
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Fecha
Inicio de Preguntas
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A partir del día y hora de la publicación
de las Bases Administrativas.
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Fecha
Final de Preguntas
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Hasta el día décimo segundo, contado desde
el día de la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha
de Publicación de Respuestas
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Desde el primer hasta el vigésimo día,
contado desde el día de la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha
de Cierre de Recepción de Ofertas
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El día trigésimo primero, contado desde
la fecha de publicación de las Bases Administrativas. El plazo de cierre no
podrá vencer en días inhábil ni en un lunes o en un día siguiente a un día
inhábil, antes de las 15:00 horas. (Art. N°46 del Reglamento de Compras
Públicas).
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Fecha
de Apertura Técnica Y Económica
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La apertura se realizará automáticamente
al momento de cumplirse la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas
(artículo 51 del Decreto 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda).
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Plazo
de Evaluación de las Ofertas
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Desde primer al décimo día, contado desde
la fecha y hora de Apertura Técnica y Económica.
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Fecha
de Adjudicación
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Entre el primer y décimo quinto día
contado desde la fecha del Informe de Apertura y Evaluación de Ofertas
|
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Fecha
de Firma de Contrato.
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Hasta el día cuadragésimo quinto, a contar de la fecha
de notificación de la Resolución de Adjudicación.
|
La Unidad
Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de
Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la propuesta, antes
de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las aclaraciones
y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación
de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo con lo que
resuelva el Hospital. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a
todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información
de la Dirección de Compras.
Las consultas
que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán
efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el
Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas, en el período señalado
en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público haciendo referencia explícita
al punto de las Bases Administrativas o documentos que la integran y que motiva
la consulta. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información,
conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes
no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan
en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de las
presentes Bases Administrativas y del contrato de prestación de servicios que se
celebrará, para todos los efectos correspondientes.
El Hospital deberá
publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así
como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes
que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones,
se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas y Formularios,
documentos que integran la presente propuesta.
En todo caso, las modificaciones que pudieran
realizarse para efectos de aclaraciones que se hagan en este periodo, deberán ser
aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo, en cuyo caso se considerará
una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
No se dará respuesta
a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta
a la indicada anteriormente, a menos que procedan las circunstancias excepcionales
contempladas en el Art. 115 del Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda.
|
ETAPAS
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Una sola.
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PRESUPUESTO DISPONIBLE
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$542.720.000.- (Quinientos cuarenta y dos millones setecientos veinte mil de pesos),
incluidos todos los impuestos que correspondieren, para un periodo de doce
meses.
La cantidad mencionada no será obligatoria para la entidad licitante, y
dependerá exclusivamente de la cantidad de requerimientos solicitados, por lo
que ningún oferente podrá exigir el cumplimiento de esta referencia económica.
|
|
PARTICIPANTES
|
Podrán participar
en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas
o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas,
lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
|
|
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
|
Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que
expresamente se señalen plazos de días hábiles, los cuales se refieren a
hábiles administrativos, esto es de lunes a viernes. No obstante, cuando el
vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá
que dicho plazo vence el día hábil siguiente.
|
|
COMUNICACIÓN CON EL
HOSPITAL
|
Exclusivamente a través del Portal Mercado Público.
|
Todo proponente u oferente
interesado en ofertar, deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas,
debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo
de los servicios licitados, tales como permisos y licencias que deben obtenerse,
leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por
parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será el responsable de los
errores u omisiones en que incurra.
El oferente que participe
en la licitación acepta todas las condiciones de ésta.
A la época de presentación
de la oferta, el oferente deberá presentar todos los antecedentes y formularios,
los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas presentadas, en formato digitales
utilizando para este efecto Word (como procesador de textos) e imágenes digitalizadas
en formato PDF, todos los anexos deben venir en idioma español, debidamente firmado
si correspondiere.
Los oferentes no deberán estar afectos a alguna de las inhabilidades
contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 sustituidos
por el artículo 50 de la Ley N°21.595 y 35 quáter de la ley N°19.886, en caso contrario,
su oferta será declarada inadmisible. En este último caso, salvo, las circunstancias
excepcionales indicadas en la mencionada Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse
por resolución fundada.
En el caso de que dos
o más oferentes se unan para el efecto de participar en el presente proceso licitatorio,
deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 180 y 181 del Decreto N°661 del
2024, del Ministerio de Hacienda.
Los proveedores que
oferten bajo el artículo 180 y 181 del Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de
Hacienda, deberán ingresar un documento que declare dicha unión, nombrando un apoderado.
Para la presente licitación
los documentos requeridos serán los siguientes:
11.1
Antecedentes
administrativos:
·
Formulario N°1: Identificación del Oferente,
esto, a más tardar
en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación
de la consulta (Su incumplimiento habilitará para declarar inadmisible la oferta).
·
Declaración jurada en línea: Los oferentes
deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual
será generada completamente en línea a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. (inadmisible).
·
Formulario N°2: Datos de Contacto. El
oferente deberá establecer los siguientes datos: nombre de contacto, correo
electrónico y número de teléfono directo, para coordinar la prestación de los
servicios. El citado formulario, deberá tener estampada la firma del oferente,
que legitima lo escrito (Su incumplimiento
habilitará para declarar inadmisible la oferta).
·
Formulario N°3: Cumplimiento Programa de
Integridad (evaluable).
11.2 Antecedentes
Técnicos:
·
Experiencia del equipo médico y no médico (evaluable).
Se adjunta anexo 3 “Certificado de Experiencia Laboral” el cual constituye un modelo de referencia que cumple con
las exigencias establecidas en las presentes bases administrativas. Su uso no
es obligatorio y se entrega únicamente como apoyo para la correcta presentación
de la información.
·
Formulario N°4: “Datos del Prestador”:
Nombre y dos apellidos, Cédula de Identidad, número de inscripción en el
Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de cada uno de los integrantes (equipo médico
y no médico), Especialidad (para equipo médico) y firma del prestadorxs. (Inadmisibilidad).
·
Certificado y/o documentación oficial que
acredite su subespecialidad en cirugías de columna. Esto de los médicos
cirujanos especialistas en traumatología y ortopedia. (inadmisibilidad).
·
Autorización vigente de operador
radiológico de segunda categoría. Esto del técnico o profesional con título del
área de la salud operador de rayos del equipo Arco C. (inadmisibilidad).
11.3 Antecedentes Económicos:
·
Formulario N°5: Oferta Económica (Inadmisibilidad). El citado
formulario, deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima lo declarado
en el referido formulario.
En Comprobante de oferta
en el portal mercado público, el precio debe estar expresado en moneda nacional,
es decir, en pesos chilenos CLP.
11.4 Entrega de Antecedentes
Físicos
·
Aquellas Garantías de Seriedad de la Oferta
otorgadas de manera física deberán entregarse en sobre cerrado y
caratulado con el ID, nombre del oferente y nombre de la propuesta a que se
refiere en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en
Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras Talcahuano, de lunes a viernes de 08:30
a 15:00 hrs. horario continuado.
·
La garantía se recepcionará hasta el día y
hora de cierre de la propuesta, indicado en el Portal, esto es, el día
trigésimo primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases
Administrativas.
·
La no presentación oportuna de esta
garantía, tendrá como consecuencia que la oferta sea declarada inadmisible y no
será considerada.
·
Se eximen de la obligatoriedad de
recepción física aquella garantía otorgada de manera electrónica, la cual deberá
ajustarse a lo dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos,
Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma; en el caso de
que el oferente estime necesario realizar la entrega de ésta a través de
oficina de partes, deberá cumplir con la misma forma de presentación que las
garantías otorgadas de manera física.
Los oferentes
deberán entregar PARA CADA OFERTA una garantía de seriedad de la oferta, tomada
por él o por un tercero, a nombre del Hospital Las Higueras la que deberá tener
las siguientes características:
|
Tipo de documento
|
1.- Cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera
rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo
52 del DS N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda (pagadera a la vista y
de carácter irrevocable).
2.- En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica,
ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos
Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Ésta podrá
ser adjuntada dentro de la propuesta que realice el oferente a través el
Mercado Publico hasta el día y hora de cierre de la propuesta, esto es, el
día trigésimo
primero contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
LA GARANTÍA CONTRAÍDA NO PODRÁ CONTENER CLÁUSULAS
DE ARBITRAJE PARA LA REDACCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE LAS PARTES Y LA ENTIDAD
ASEGURADORA.
|
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Beneficiario
|
Hospital las Higueras o Servicio de Salud de Talcahuano Hospital
|
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Pagadera
|
A la vista y de carácter irrevocable
|
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Vigencia
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Mínimo desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta 150 días
desde el día siguiente de la fecha de publicación de las Bases
Administrativas.
|
|
Expresada en
|
Pesos/UF (Unidades de Fomento) la que debe consignar su equivalencia
en pesos
|
|
Monto
|
$ 1.000.000.- (un millón de pesos)
|
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Glosa
|
Para garantizar la seriedad de la oferta “Contratación de servicios para realizar intervenciones quirúrgicas de
fijación de columna”. En el caso de vale vista, la glosa debe
ser indicada al reverso o adjuntando documento que así lo indique.
|
|
Oportunidad y
forma de devolución
|
La devolución de las garantías de
seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas A los
oferentes no adjudicados les será devuelta la garantía de seriedad de la
oferta vía correo certificado al domicilio señalado en la oferta, dentro de
los 10 días siguientes a la fecha de la formalización del contrato.
Lo anterior, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 53 del Decreto 661/2024.
Tratándose de documentos que se
otorguen de manera electrónica, éstos serán devueltos al proveedor
correspondiente dentro los 10 días siguientes a la fecha de la formalización
del contrato, en la forma que el proveedor indique.
En el caso de aquel oferente
adjudicado, se les canjeará dicha garantía una vez firmado el contrato.
En el caso de declarase desierta la
licitación o inadmisibles las ofertas, el plazo de restitución de la garantía
de seriedad de la oferta deberá contarse desde la notificación de la
resolución respectiva dentro los 10 días siguientes a la publicación en el
portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la
licitación.
|
La garantía de
seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente, ipso facto, de pleno
derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna, por el Hospital Las
Higueras una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes
casos:
a)
Si el adjudicatario, independiente del
monto adjudicado, desiste de su oferta.
b)
Si el oferente adjudicado, no hace entrega
oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato o de la documentación
exigida en el punto 24 de las presentes bases, esto es dentro del plazo 25 días
corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de
Adjudicación, o no concurre a la firma de contrato dentro del plazo de 45 días
corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de
Adjudicación.
En estos casos, el
Hospital Las Higueras podrá readjudicar los productos licitados, al segundo
proveedor mejor evaluado.
Las ofertas tendrán
una validez mínima de 150 días, contados desde la fecha de publicación de las
presentes Bases Administrativas que regulan el llamado a licitación pública. Si
dentro de ese plazo no resulta posible al Hospital Las Higueras efectuar la
adjudicación, éste podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las ofertas
antes de su expiración y de la Garantía de Seriedad de la Oferta, a través del
Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a
cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas.
Si alguno de los
proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el
proceso de evaluación y adjudicación.
III.
APERTURA
Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
La apertura
se realizará en forma electrónica a través de la plataforma del Mercado Público,
en la fecha y hora establecida en el calendario de plazos de la presente licitación,
esto es, el día trigésimo primero a las 15:02 horas, contado desde la fecha de publicación
de las Bases Administrativas. Estas ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación,
a partir del cual se determinará el oferente adjudicado.
El Hospital Las Higueras
adjudicará la presente licitación, a quien presente la oferta que haya obtenido
el más alto puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada en forma global, asimismo
declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, y podrá declarar
desierta la licitación, por no convenir a los intereses institucionales, ya sea
por lo elevado del precio ofertado o por alguna razón fundada, declarará inadmisibles
las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en estas
Bases.
Si existiesen ofertas simultáneas por parte de
proveedores de un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, respecto de un
mismo bien o servicio, se considerará
para la evaluación de la licitación sólo la oferta más conveniente entre ellos.
Para esto, se revisarán y compararán las ofertas de los proveedores antes mencionados,
según los criterios establecidos en el punto N°17 de las presentes bases administrativas.
Las ofertas no seleccionadas, serán declaradas inadmisibles, de conformidad a lo
establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60 del Decreto N°661,
del Ministerio de Hacienda.
La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos.
· La
NO presentación de la oferta económica en el portal Mercado Público.
· La
NO presentación de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera
física, en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras,
dentro del plazo establecido al efecto, esto es, el día de cierre de recepción
de las ofertas, el día trigésimo primero, contado desde la fecha de publicación de
las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público (punto 11.4 Entrega de
Antecedentes Físicos).
· La
NO presentación de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera
electrónica, en el Portal Mercado Público, o de manera
física, dentro del plazo establecido al efecto, esto es, el día de cierre de
recepción de las ofertas, el día trigésimo primero, contado desde la fecha de publicación de
las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público. (punto. 12 garantía de
Seriedad de la Oferta).
· Garantía
de seriedad de la Oferta mal emitida.
· Cuando,
en la ficha del portal Mercado Público o en el Formulario N°5, la oferta
presentada exceda el presupuesto disponible indicado en los puntos N°6 y 10 de
las presentes bases administrativas.
· Cuando
no presente, no complete o presente incompleto, a más tardar en el plazo del Foro
Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta, el Formulario N°1 Identificación del Oferente” y/o
Formulario N°2 “Datos de Contacto”, esto es dentro de las 24 horas de notificada
la consulta en el Portal Mercado Público.
· Cuando
no complete, o no presente, o presentación incompleta, a más tardar dentro del
plazo de cierre, esto es el día trigésimo primero, contado desde la fecha de
publicación de las Bases Administrativas, el Formulario N°4 “Datos del
Prestador” y/o el Formulario N°5 “Oferta Económica”.
· Si la
propuesta altera las condiciones de las presentes Bases, o contiene exigencias,
limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales como: condiciones
para su adjudicación o montos mínimos de servicios
· Cuando
la oferta no cumpla con los requisitos establecidos en el punto 4 de las bases administrativas.
· Cuando
el proveedor a través de su formulario N°4 no presente a lo menos a los
siguientes prestadores:
o 2
médicos cirujanos especialista en traumatología y ortopedia con subespecialidad
en cirugía de columna.
o 1
médico cirujano especialista en Neurocirugía.
o 3
médicos cirujano especialista en Anestesiología
o 3
enfermeras
o 3
técnicos paramédico Arsenalero/a.
o 3
técnicos paramédico Auxiliar de Anestesia.
o 3
técnicos paramédico Pabellonero
o
1 operador de rayos del equipo Arco C,
Técnico o profesional con título del área de la salud. Además, contar con la
autorización vigente de operador radiológico de segunda categoría.
· Cuando
algún integrante del equipo médico y no médico indicado por el oferente en el
Formulario N°4, no registre en la Superintendencia de Salud, su título de
médico cirujano y su especialidad, para el caso de los médicos y su título de enfermero/a
o técnico, para el caso del equipo no médico, a menos que quienes acrediten, sea una cantidad igual o
mayor a la establecida en las bases. En estos casos, quienes no acrediten,
no podrán prestar servicios durante la vigencia del convenio, hasta que hayan
dado cumplimiento a los requisitos mínimos establecidos en las bases.
·
Cuando alguno de
los médicos cirujanos especialistas en traumatología y ortopedia no presente
algún certificado y/o documentación oficial que acredite su subespecialidad en
cirugías de columna.
·
•Cuando el
Operador de rayos del equipo Arco C, Técnico o profesional con título del área
de salud, no cuente con autorización vigente de operador radiológico de segunda
categoría.
· Cuando postule como Unión Temporal y no esté
conformada en su totalidad por empresas de menor tamaño, con excepción de lo
señalado en el artículo 184 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda.
· Cuando el oferente no firme de manera electrónica la
Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar. En el caso de postular como UTP,
firmará cada integrante o el apoderado en representación de los demás
integrantes.
· Cuando
el oferente no posea la actividad o giro económico vigente, atingente a los
servicios licitados, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día trigésimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. Lo
anterior, de acuerdo a Situación Tributaria de Terceros del Servicio de
Impuestos Internos.
· Cuando al oferente le afecta alguna de las inhabilidades contempladas
en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595; artículo 4°, inciso sexto y 35 quáter de la ley
N°19.886. Siempre que no se den las situaciones de excepcionalidad contempladas
en la Ley.
· Cuando la oferta de un proveedor, se presente de manera simultánea,
a otra oferta presentada por parte de una empresa perteneciente al mismo grupo empresarial
o relacionada entre sí, respecto de un mismo bien o servicio, y no resulte ser la
más conveniente para este organismo; esto de conformidad a lo establecido en el
artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60 del Decreto N°661, del Ministerio de
Hacienda.
En estos casos, la oferta
será considerada inadmisible, significando que no pasará a la etapa de evaluación.
El oferente se
obliga a entregar antecedentes, documentos, instrumentos tributarios,
certificados y demás exigidos por las bases administrativas, que se encuentren
debidamente regularizados y válidos, por lo que el incumplimiento de lo
anterior, traerá consigo el efecto de inadmisibilidad de la oferta y el cobro
de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente, esto último, sólo será
procedente en cuanto importe la entrega de antecedentes que no se correspondan
con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta.
Comisión
de Apertura y Evaluación.
La apertura
en el Portal Mercado Público, y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas
de manera administrativa, técnica y económica, estará a cargo de una Comisión de
Apertura y Evaluación, la que estará integrada por los siguientes profesionales
funcionarios del Hospital Las Higueras:
·
Subdirector Administrativo,
·
Subdirector Gestión Clínica,
·
Jefe de Unidad de Licitaciones,
·
Jefe de Pabellón Anestesia y Post Operados,
·
Jefe Servicio Clínico de Traumatología,
o quienes los subroguen o reemplacen legalmente.
En el caso de considerarlo
pertinente, la comisión podrá requerir asesoría a la Unidad Jurídica del Hospital
Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión de apertura
y evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Hospital Las Higueras,
de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás antecedentes de las presentes
Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a)
Resolver dudas o discrepancias que en el acto
de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes
Bases Administrativas o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b)
Solicitar a los oferentes las aclaraciones a
sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas,
las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través
del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se
comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos que éstos tomen conocimientos
de estas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento
del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes
para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones
descritas precedentemente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán
mantener contacto alguno con la Comisión.
c)
Solicitar a los oferentes que salven errores
u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones
no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción
a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto
de los oferentes a través del Sistema de Información. Estos requerimientos se solicitarán
por escrito a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, debiendo
el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro del plazo señalado, esto es,
dentro del plazo de evaluación de ofertas, 24 horas desde que se realiza la notificación
a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
d)
Podrá permitir la presentación de certificaciones
o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar
la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido
u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se
refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación.
e)
Revisará y estudiará la documentación solicitada,
evaluará las ofertas, técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo
entre los oferentes.
f)
De existir empate en la nota final entre dos
o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo
de dos decimales, dicho empate deberá dirimirse en primer lugar a través del análisis
del criterio “Precio del
Servicio”, en segundo lugar, a través del criterio “Experiencia del equipo médico”;
y así sucesivamente en el mismo orden indicado en el punto 17 “Experiencia del
equipo médico, según subcriterios”, de las bases administrativas. En caso de persistir
el empate a pesar de aplicar los criterios de desempate referidos, se seleccionará
la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
g) Confeccionará
un “Informe de Apertura y Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos
los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter
administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los
hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo
de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la
ponderación de la pauta de evaluación.
h)
Firmará el “Informe de Apertura y
Evaluación”, mediante el cual propondrá a la Sra. Directora adjudicar o
desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se ajusta a
las necesidades del Hospital o excedieren de su presupuesto; y bastará que
tenga un mínimo de cuatro firmas aprobatorias, para considerar como
válida la propuesta de adjudicación.
i)
Suscribirán una declaración jurada en la
que manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se
obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación de que se
trata, conforme con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley N°19.886.
Para la evaluación de
las ofertas la comisión de evaluación ponderará los factores de acuerdo con lo establecido
en las presentes Bases Administrativas y a los porcentajes que se indican en la
ficha técnica del Portal Mercado Público, los que serán evaluados según nota de
uno (1) a cien (100), siendo el cien (100) la mayor nota de las ofertas. Dicho proceso
estará considerado en el informe de evaluación.
Los criterios que evaluar serán los siguientes:
|
CRITERIOS
DE EVALUACION
|
PONDERACIÓN
|
|
Criterios Económicos
|
50%
|
|
Precio del
Servicio (50%)
|
|
Criterios Técnicos
|
45%
|
|
Experiencia del equipo médico, según subcriterios (30%)
|
|
Experiencia
del equipo no médico, según subcriterios (15%)
|
|
Criterios Administrativos
|
5%
|
|
Cumplimiento
en la Presentación de Antecedentes (3%)
|
|
Cumplimiento
Programa de Integridad (2%)
|
La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio del Servicio, en Porcentaje (50%)
El
precio será el establecido por cada oferente en la oferta presentada en el
Portal Mercado Público a través del Formulario N°5, el que será sometido a
ejercicio de evaluación por el organismo comprador.
La
oferta que presente el menor precio, de acuerdo con dicho formulario, se
calificará con un cien (100), las demás ofertas tendrán su nota de acuerdo con
el precio de cercanía a la oferta menor.

Experiencia del Equipo
Médico (30%)
Para la aplicación
de este criterio, se tomará como base la experiencia del equipo médico,
indicados por el oferente en el Formulario N°4. La
oferta que no presente los antecedentes necesarios para acreditar su
experiencia será evaluada con nota 1 (uno) en este criterio.
La ponderación de
la nota será la que resulte de aplicar el 30% al puntaje obtenido, de acuerdo con
los siguientes tres subcriterios, que se detallan a continuación:
Ø Intervenciones quirúrgicas (40%)
Para la aplicación de este subcriterio, se considerarán la cantidad de
intervenciones quirúrgicas de columnas realizadas por el staff de médicos
traumatólogos y neurocirujano, la cual
deberá ser acreditada mediante certificados. Los certificados que indiquen las
cantidades de intervenciones quirúrgicas realizadas, deberán contener la siguiente información mínima:
·
Razón social de la empresa/institución donde el prestador prestó los
servicios.
·
Identificación en el citado documento del médico traumatólogo o
neurocirujano.
·
Indicar la cantidad de intervenciones
quirúrgicas de columnas realizadas por el médico.
·
En caso de ser certificado emitido por el empleador, el documento deberá
también:
o
Ser firmado únicamente por el empleador, a través de alguna
jefatura o representante legal de dicha institución. El referido documento debe
indicar nombre, cargo y firma del responsable de la entidad que acredita los servicios.
o
Indicar en el documento la calidad en la que se empleó al prestador
(Honorarios, contrata, planta, compras de servicio, etc.)
La cantidad de
prestaciones realizadas por los médicos mencionados en Formulario N°4, se
sumarán, promediándose por todos los prestadores señalados en el referido formulario
y el resultado de esta operación, será la cantidad de intervenciones
quirúrgicas a evaluar
|
Intervenciones quirúrgicas (40%)
|
Puntaje
|
|
Si el promedio de la experiencia (según los médicos mencionados en el
Formulario N°4) es de 100 o más intervenciones quirúrgicas de columna,
realizadas en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es igual 80 y menor a 100 intervenciones quirúrgicas
de columna, realizadas en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es igual a 60 y menor a 80 intervenciones quirúrgicas
de columna, realizadas en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
40
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es igual a 40 y menor a 60 intervenciones quirúrgicas
de columna, realizadas en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es igual a 20 y menor a 40 intervenciones quirúrgicas
de columna, realizadas en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es menor a 20 intervenciones quirúrgicas de columna,
realizadas en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
10
|
|
Si no se informa o no se acredita experiencia en intervenciones
quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas del área de la
salud.
|
1
|
El Hospital
Las Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la cantidad de intervenciones
quirúrgicas realizadas por los médicos, dentro del plazo establecido para la
recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado desde la fecha
de publicación de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en
este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Ø Meses
de experiencia médicos traumatólogos y neurocirujano (35%)
Para la aplicación
de este subcriterio, se tomará como base la experiencia de los prestadores médicos
traumatólogos y neurocirujano indicado por el oferente en el Formulario N°4, la cual deberá ser acreditada
mediante certificados.
Para la acreditación de la experiencia, se
adjunta el Anexo N°3 “Certificado de Experiencia Laboral”, el cual constituye un modelo de referencia que cumple con
las exigencias establecidas en las presentes bases administrativas. Su uso no
es obligatorio, pudiendo el oferente presentar certificados propios, siempre
que contengan la siguiente información mínima:
·
Razón social de la empresa/institución donde el prestador prestó los
servicios.
·
Identificación en el citado documento del médico traumatólogo y/o
neurocirujano participante.
·
Periodo (tiempo: mes/año) en el que el prestador realizó los servicios.
·
Indicar que se ha participado en
intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas del
área de la salud.
·
En caso de ser certificado emitido por el empleador, el documento deberá
también:
o
Ser firmado únicamente por el empleador, a través de alguna
jefatura o representante legal de dicha institución. El referido documento debe
indicar nombre, cargo y firma del responsable de la entidad que acredita los servicios.
o
Indicar en el documento la calidad en la que se empleó al prestador
(Honorarios, contrata, planta, compras de servicio, etc.)
|
Meses
de experiencia médicos traumatólogos y neurocirujano (35%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), consiste en 24 o más meses participando en
intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es igual a 18 meses y menor a 24 meses participando en
intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es igual a 12 meses y menor a 18 meses participando en intervenciones quirúrgicas de columna,
realizadas en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es igual a 6 meses y menor a 12 meses participando en intervenciones
quirúrgicas de columna, realizadas en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos mencionados en
el Formulario N°4), es menor a 6 meses participando en intervenciones quirúrgicas
de columna, realizadas en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
10
|
|
Si no se informa o no se acredita experiencia participando en
intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
1
|
El Hospital
Las Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia participando en
intervenciones quirúrgicas de columna, dentro del plazo establecido para la
recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado desde la fecha
de publicación de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en
este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Ø Meses
de experiencia médicos anestesistas (25%)
Para la aplicación
de este subcriterio, se tomará como base la experiencia de los prestadores médicos
anestesistas indicado por el oferente en el Formulario
N°4, la cual deberá ser acreditada mediante certificados.
Para la acreditación de la experiencia, se
adjunta el Anexo N°3 “Certificado de Experiencia Laboral”, el cual constituye un modelo de referencia que cumple con
las exigencias establecidas en las presentes bases administrativas. Su uso no
es obligatorio, pudiendo el oferente presentar certificados propios,
siempre que contengan la siguiente información mínima:
·
Razón social de la empresa/institución donde el prestador prestó los
servicios.
·
Identificación en el citado documento del médico anestesista
participante.
·
Periodo (tiempo: mes/año) en el que el prestador realizó los servicios.
·
Indicar que se ha participado en
intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas del
área de la salud.
·
En caso de ser certificado emitido por el empleador, el documento deberá
también:
o
Ser firmado únicamente por el empleador, a través de alguna
jefatura o representante legal de dicha institución. El referido documento debe
indicar nombre, cargo y firma del responsable de la entidad que acredita los servicios.
o
Indicar en el documento la calidad en la que se empleó al prestador
(Honorarios, contrata, planta, compras de servicio, etc.)
|
Meses
de experiencia médicos anestesistas (25%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos anestesistas
mencionados en el Formulario N°4), consiste en 12 o más meses participando
en intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos anestesistas
mencionados en el Formulario N°4), es igual a 9 meses y menor a 12 meses
participando en intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos anestesistas
mencionados en el Formulario N°4), es igual a 6 meses y menor a 9 meses
participando en intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos anestesistas
mencionados en el Formulario N°4), es igual a 3 meses y menor a 6 meses
participando en intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en los médicos anestesistas
mencionados en el Formulario N°4), es menor a 3 meses participando en
intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
10
|
|
Si no se informa o no se acredita experiencia participando en
intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
1
|
El Hospital
Las Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia participando en
intervenciones quirúrgicas de columna, dentro del plazo establecido para la
recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado desde la fecha
de publicación de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en
este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Luego
se realizará la suma del resultado obtenido de los tres subcriterios;
intervenciones quirúrgicas, meses de experiencia médicos traumatólogos y
neurocirujano y meses de experiencia de médicos anestesistas, y se le aplicará
el 30%, de acuerdo con la siguiente formula:

Experiencia del Equipo no Médico (15%)
Para la aplicación
de este criterio, se tomará como base la experiencia del equipo no médico,
indicados por el oferente en el Formulario N°4. La
oferta que no presente los antecedentes necesarios para acreditar su
experiencia será evaluada con nota 1 (uno) en este criterio.
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 15% al puntaje
obtenido, de acuerdo con los siguientes dos subcriterios, que se detallan a
continuación.
Ø Meses
de experiencia staff de enfermería (60%)
Para la aplicación
de este subcriterio, se tomará como base la experiencia de los prestadores
profesionales de enfermería indicado por el oferente en el Formulario N°4, la cual deberá ser acreditada
mediante certificados.
Para la acreditación de la experiencia, se
adjunta el Anexo N°3 “Certificado de Experiencia Laboral”, el cual constituye un modelo de referencia que cumple con
las exigencias establecidas en las presentes bases administrativas. Su uso no
es obligatorio, pudiendo el oferente presentar certificados propios,
siempre que contengan la siguiente información mínima:
·
Razón social de la empresa/institución donde el prestador prestó los
servicios.
·
Identificación en el citado documento del profesional de enfermería
participante.
·
Periodo (tiempo: mes/año) en el que el prestador realizó los servicios.
·
Indicar que se ha realizado tareas en
pabellones de cirugía mayor de instituciones públicas o privadas.
·
En caso de ser certificado emitido por el empleador, el documento deberá
también:
o
Ser firmado únicamente por el empleador, a través de alguna
jefatura o representante legal de dicha institución. El referido documento debe
indicar nombre, cargo y firma del responsable de la entidad que acredita los servicios.
o
Indicar en el documento la calidad en la que se empleó al prestador
(Honorarios, contrata, planta, compras de servicio, etc.)
|
Meses
de experiencia staff de enfermería (60%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el staff de enfermería
mencionado en el Formulario N°4), consiste en 36 o más meses realizando
tareas en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el staff de enfermería
mencionado en el Formulario N°4), es igual a 24 meses y menor a 36 meses
realizando tareas en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas
o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el staff de enfermería
mencionado en el Formulario N°4), es igual a 12 meses y menor a 24 meses
realizando tareas en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas
o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el staff de enfermería
mencionado en el Formulario N°4), es igual a 6 meses y menor a 12 meses
realizando tareas en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas
o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el staff de enfermería
mencionado en el Formulario N°4), es menor a 6 meses realizando tareas en
pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas del área
de la salud.
|
10
|
|
Si no se informa o no se acredita experiencia en
pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas del área de la
salud.
|
1
|
El Hospital
Las Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia realizando tareas
en pabellón de cirugía mayor, dentro del plazo establecido para la recepción de
ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado desde la fecha de
publicación de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en este
criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Ø Meses
de experiencia staff de técnicos paramédicos (40%)
Para la aplicación
de este subcriterio, se tomará como base la experiencia de los prestadores
técnicos paramédicos indicados por el oferente en el Formulario N°4, la cual deberá ser acreditada mediante
certificados.
Para la acreditación de la experiencia, se
adjunta el Anexo N°3 “Certificado de Experiencia Laboral”, el cual constituye un modelo de referencia que cumple con
las exigencias establecidas en las presentes bases administrativas. Su uso no
es obligatorio, pudiendo el oferente presentar certificados propios,
siempre que contengan la siguiente información mínima:
·
Razón social de la empresa/institución donde el prestador prestó los
servicios.
·
Identificación en el citado documento del técnico paramédico participante.
·
Periodo (tiempo: mes/año) en el que el prestador realizó los servicios.
·
Indicar que se ha realizado tareas en
pabellones de cirugía mayor de instituciones públicas o privadas.
·
En caso de ser certificado emitido por el empleador, el documento deberá
también:
o
Ser firmado únicamente por el empleador, a través de alguna
jefatura o representante legal de dicha institución. El referido documento debe
indicar nombre, cargo y firma del responsable de la entidad que acredita los servicios.
o
Indicar en el documento la calidad en la que se empleó al prestador
(Honorarios, contrata, planta, compras de servicio, etc.)
|
Meses de experiencia staff de técnicos
paramédicos (40%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el equipo de técnicos
paramédicos mencionados en el Formulario N°4), consiste en 36 o más meses realizando
tareas en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el equipo de técnicos
paramédicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 24 meses y menor
a 36 meses realizando tareas en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el equipo de técnicos
paramédicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 12 meses y menor
a 24 meses realizando tareas en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el equipo de técnicos
paramédicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 6 meses y menor
a 12 meses realizando tareas en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia (basada en el equipo de técnicos
paramédicos mencionados en el Formulario N°4), es menor a 6 meses realizando
tareas en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
10
|
|
Si no se informa o no se acredita participaciones en pabellón
de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
El Hospital
Las Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia realizando tareas
en pabellón de cirugía mayor, dentro del plazo establecido para la recepción de
ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado desde la fecha de
publicación de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en este
criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Luego
se realizará la suma del resultado obtenido de los dos subcriterios; meses de
experiencia staff de enfermería y meses de experiencia staff de técnicos
paramédicos, y se le aplicará el 15%, de acuerdo con la siguiente formula:

Cumplimiento en la Presentación de
Antecedentes (3%)
Si el oferente
ingresa al Portal Mercado Público tanto el Formulario N°1 y N°2 solicitados en
punto 11.1 de “Presentación Ofertas” de las presentes Bases Administrativas, a
más tardar el día y hora de cierre de recepción de ofertas de la presente
licitación pública, será evaluada con 100 (cien) puntos.
Si un oferente
omite uno o más de los Formularios antes mencionados o alguno de éstos tiene
error de forma, la comisión de evaluación solicitará a través del Portal (foro
inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección de éstos,
dando un plazo de 24 horas desde
que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la
Dirección de Compras, para subsanar, pudiendo optar a una nota 1 (uno).
En caso que el oferente no responda dentro del nuevo plazo otorgado vía
foro inverso y éste no ingrese o no subsane error de forma, en relación al
Formulario N°1 y/o Formulario N°2, la oferta será declarada inadmisible, ya que
el oferente no cumple con los requerimientos establecidos en las Bases
Administrativas, por lo que su oferta no pasará a la siguiente etapa de
evaluación.
La ponderación de
la nota será la que resulte de aplicar el 3% al puntaje obtenido de acuerdo a
la siguiente tabla:
|
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes
|
Puntaje
|
|
Ingresa
Formulario N°1 y N°2, a más tardar el día y hora de cierre de recepción de
las ofertas, esto es el día trigésimo primero, contado desde la fecha de
publicación de las Bases Administrativas.
|
100
|
|
Ingresa
documentos omitidos o subsana errores de forma dentro del nuevo plazo.
|
1
|
|
No
ingresa Formulario N°1 y/o N°2, o no subsana errores de forma de éste, dentro
del nuevo plazo otorgado (foro inverso)
|
Oferta Inadmisible
|
Cumplimiento
Programa de Integridad (2%)
El
programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un
conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un
comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar
estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita
combatir la corrupción.
Para
la aplicación de este criterio, se tomará como base la documentación presentada
por el oferente a través de su propuesta, que respalda la existencia de
programa/s de integridad en su empresa.
|
Cumplimiento Programa de Integridad
|
Puntaje
|
|
|
|
El oferente, cuenta con programa de integridad y difusión a su
personal.
|
100
|
|
|
Si no adjunta
Formulario N°3 no completa o no acredita lo solicitado en este criterio.
|
1
|
|
El oferente deberá adjuntar copia del programa de integridad utilizado y
acreditar, además, la difusión del mismo a su personal; para esto último, podrá
presentar copia de correo corporativo de difusión, copia de participación de
los trabajadores en charlas o capacitaciones o cualquier otro antecedente que
permita acreditar su difusión.
Si los documentos adjuntos en su oferta no contienen la información
necesaria para acreditar que cuenta con programas de integridad y fueron
difundidos a su personal, serán desestimados y no serán considerados en la
evaluación del criterio de “cumplimiento programa de integridad”.
Si
no se acompañan los documentos dentro del plazo establecido para la recepción
de ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado desde la fecha de
publicación de la Bases Administrativas, así también, si los antecedentes
tienen fecha posterior a la publicación de las presentes bases, el oferente
obtendrá un punto en este criterio.
IV.
ADJUDICACIÓN
Y CONTRATO.
a)
Jefe del Área de Finanzas o quien lo
subrogue, deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad Presupuestaria”.
b)
Posteriormente, la Unidad Técnica procederá
a la elaboración de la resolución de adjudicación.
c)
Jefe Superior de la Institución mediante
resolución administrativa procederá a adjudicar o desestimar la propuesta de
acuerdo con lo propuesto por la Comisión de apertura y evaluación. Así
como también, tendrá la facultad de dejar sin efecto todo el proceso, cuando
existan errores, vacíos o incongruencias en las bases administrativas.
d)
En el caso que la
Directora del establecimiento decida acogerse a la excepcionalidad contenida en
el artículo 35° quáter de la ley N° 21.634/11-12-2023, deberá emitir resolución
fundada en los términos del artículo respectivo, justificando su decisión y
detallando procedimientos internos de aplicación si así procede.
e)
Tramitada la resolución de adjudicación, se
subirán al Portal los siguientes documentos:
· Informe
de Apertura y Evaluación.
· Certificado
de Disponibilidad Presupuestaria.
· Resolución
de Adjudicación.
· Declaración
jurada de conflictos de interés de los miembros de la comisión evaluadora.
f)
La adjudicación será publicada en el portal
Mercado Público, entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los
oferentes, transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al
artículo N°9 del Reglamento de la Ley N°19.886.
g)
Una vez notificado, el oferente adjudicado
deberá hacer llegar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y la
documentación exigida en el punto 23 de las bases, esto, a más a tardar en el
plazo de 25 días corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado de la
Adjudicación.
h)
Recibida la documentación anteriormente
señalada, se remitirán los antecedentes al encargado de contrato para la
redacción del respectivo “contrato” y “resolución aprobatoria del mismo”.
i)
El hospital se reserva el derecho de
declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas
no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar desierta la licitación,
se requerirá Resolución fundada que así lo disponga y será publicada en www.mercadopublico.cl.
j)
Una vez que entre en vigencia los
servicios, la validación y solicitud de documento de cobro de las prestaciones
efectivamente ejecutadas, será de responsabilidad del Área de Gestión
Documental.
El Hospital Las Higueras
podrá aplazar hasta en 10 días corridos la fecha de adjudicación señalada en el
Portal en los siguientes casos:
· Cuando
no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación establecido en
las presentes Bases Administrativas.
· Cuando
se presenten más de 5 ofertas y en consecuencia se requiera de más tiempo para el
estudio de estas.
· Cuando
se soliciten aclaraciones, a través de la opción “Aclaraciones Ofertas” del Portal Mercado Público.
· Cuando
la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepantes no claras al momento
de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo o técnico.
Todo
lo anterior será debidamente informado en el portal, a todos los oferentes, mediante
tramitación del acto administrativo que dé cuenta de la postergación de la fecha
de adjudicación.
Se deja constancia que,
ante consultas sobre el proceso de adjudicación, éstas podrán efectuarse a través
del Sistema de Información, identificando el ID de licitación, dentro de un plazo
de 5 días hábiles desde que haya sido adjudicada la licitación, las cuales serán
respondidas dentro de 5 días hábiles. Vencido el plazo para consultas indicado anteriormente,
no se dará lugar a las respuestas.
En el caso que se formulen
consultas, sus respuestas serán publicadas en la plataforma del Portal Mercado Público.
El Hospital podrá readjudicar
la licitación en los siguientes casos:
·
Si el adjudicatario desiste de su oferta.
·
Si no presenta garantía Fiel Cumplimiento
del Contrato, dentro de 25 días corridos, contados desde la fecha de
notificación de la Resolución de Adjudicación.
·
Cuando el adjudicatario no haga entrega de
la documentación exigida en el punto 24 de las bases administrativas, dentro de
25 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de
Adjudicación.
·
Si no concurre a la firma del contrato dentro
de los 45 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de
Adjudicación a través del portal mercado público.
En
caso de que no sea posible la
readjudicación por no contar con una segunda oferta evaluada, u otra
causa, se procederá a dejar sin efecto la resolución de adjudicación y se
levantará un nuevo llamado licitatorio.
El hospital
podrá retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso
de evaluación de la propuesta y/o se detectaren errores, vicios u omisiones en la
propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará a los
interesados que hubieren participado en el procedimiento la interposición de los
recursos, mediante la publicación en la Plataforma de Mercado Público, resolución
fundada dejando sin efecto la adjudicación, los cuales de acuerdo con el principio
de impugnabilidad previsto en los artículos 9° de la Ley N°18.575 y 15° inciso primero
de la Ley N°19.880, podrán reclamar de esa determinación por la vía administrativa
mediante los recursos regulados en el último
texto legal, teniendo un plazo de cinco días
para que aleguen cuanto consideren procedente en defensa de sus intereses.
Ya retrotraído
el proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de
evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación.
En caso de que se requiera
dejar sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocará la
propuesta, con resolución fundada, se revisará el requerimiento y se levantará un
nuevo llamado licitatorio.
Con el fin de
garantizar el fiel cumplimiento del contrato el Hospital Las Higueras exigirá
la entrega de una garantía con los términos señalados en el siguiente
recuadro.
La referida garantía,
deberá ser recepcionada por el hospital, dentro de 25 días corridos,
contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación. Deberán entregarse en sobre
cerrado y caratulado con el ID, nombre del oferente adjudicado y nombre de la
propuesta a que se refiere en la Oficina de Partes del Hospital Las Higueras
ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno N°777,
Las Higueras Talcahuano. Su horario de atención, en días hábiles, de lunes a
viernes de 08:30 a 15:00 horas, horario continuado.
La no presentación
oportuna de esta garantía facultará al Hospital para readjudicar la propuesta
al segundo oferente mejor evaluado.
|
Tipo de documento
|
Con el fin de garantizar el fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, el Hospital Las Higueras exigirá la
entrega de cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera
rápida y efectiva, tomada a nombre del Hospital Las Higueras y que cumpla con
las condiciones dispuestas en el artículo 121 del Decreto N°661 del 2024, del
Ministerio de Hacienda (pagadera a la vista y de carácter irrevocable). En
los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá
ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos,
Firmas Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
|
|
Solución de Conflictos
|
La Garantía contratada no podrá contener cláusulas de arbitraje
para la resolución de conflictos entre las partes y la entidad aseguradora.
|
|
Beneficiario
|
Hospital las Higueras o Servicio de Salud de Talcahuano Hospital.
|
|
Rut del Beneficiario
|
61.607.202-1
|
|
Pagadera
|
A la vista y de carácter irrevocable.
|
|
Vigencia
|
Tendrá una vigencia de a lo menos 120 días corridos desde el término
del respectivo contrato.
|
|
Tipo de moneda
|
Pesos Chilenos/UF (Unidad de Fomento), la que debe consignar su
equivalencia en pesos chilenos, al valor del día en que sea tomada dicha
garantía.
|
|
Monto
|
Será por el 5% del monto neto adjudicado.
|
|
Glosa
|
Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta “Contratación de servicios para realizar
intervenciones quirúrgicas de fijación de columna”.
|
|
Devolución
|
Cumplido
íntegramente el contrato y el plazo de vigencia de la garantía, a
satisfacción del Hospital, la garantía será devuelta al adjudicado vía correo
certificado al domicilio indicado por éste en los antecedentes de la
propuesta, sin perjuicio de devolverla directamente en el caso de que lo
solicite.
En el caso de renovación o modificación del contrato la garantía
deberá ser reemplazada por otra de acuerdo con nuevo monto y su vigencia
deberá extenderse al nuevo plazo contractual más los 120 días exigidos.
|
Con cargo a la
garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrán hacer efectivas, en su
caso, las multas y sanciones que se establecen en las presentes Bases
Administrativas, garantía que asegurará, además el cumplimiento de las obligaciones
laborales y sociales del oferente adjudicado para con sus prestadores, cuando
corresponda.
Todo lo anterior se
hará efectivo ipso facto de pleno derecho y sin necesidad de declaración
judicial alguna, en caso de ocurrencia de algunos de los hechos señalados
anteriormente.
En el evento de
haberse hecho efectivas las multas que no dan lugar al término anticipado del
convenio, según punto 30 “sanciones y multas”, el contratado deberá hacer
entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
dentro de 15 días corridos, a contar de la notificación de la resolución que
aplica la multa, en portal Mercado Público. En dicho contexto, en el caso de
sustituirse la garantía referida precedentemente, el monto de la nueva caución
corresponderá al 5% del saldo insoluto del contrato a la época en que se
efectúe el reemplazo, como lo exige el inciso cuarto del artículo 121 del
Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Una
vez adjudicada la licitación, se celebrará un contrato, el que se formalizará
dentro de un plazo de 45 días corridos, desde la notificación de la
resolución de adjudicación al oferente adjudicado, el que será aprobado por
resolución administrativa.
En
caso de que la Orden de Compra no haya sido aceptada, la entidad podrá
solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez
transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
Una
vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá hacer llegar, en un plazo
no superior a 25 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la
Resolución de Adjudicación a través del Portal Mercado Público, la
correspondiente garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por el 5%
del valor neto adjudicado, la cual deberá tener un vencimiento mínimo superior
a 120 días, a la fecha de término del contrato. Dentro del mismo plazo el
oferente deberá hacer llegar la documentación exigida para la redacción del
contrato de la compra de servicios.
Recibida
la garantía y la documentación requerida, que más adelante se detalla, se
procederá a la redacción del contrato de la compra de servicios. Su contenido
deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 118 del Decreto N°661 del
2024, del Ministerio de Hacienda. Dicho contrato deberá firmarse dentro del
plazo de 45 días, contado desde la notificación vía portal mercado público de
la Resolución de Adjudicación al oferente.
Los
derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación pública y del
respectivo contrato de compra de servicios, serán intransferibles.
Para
todos los efectos de esta licitación, el adjudicatario fijará su domicilio en
la comuna de Talcahuano.
El
adjudicatario debe presentar a más a tardar en el plazo de 25 días corridos,
contados desde la fecha en que fuere notificado de la Resolución de
Adjudicación, la siguiente documentación para la redacción del contrato:
PERSONA NATURAL:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o
Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto
de sus trabajadores, cuando corresponda.
En el evento que el adjudicado se encuentre
incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de
remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar
con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al
artículo 6° de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
·
Declaración Jurada de Inhabilidad para
contratar con el Estado.
·
Declaración Jurada simple que indique no
encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos del Estado
prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica
oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada de Inhabilidades para
contratar con el Estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su
ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración jurada
de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de
la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de
conformidad al artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del
año 2026.
PERSONA JURÍDICA.
·
Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
·
Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Copia autorizada de la escritura social.
·
Certificado de Vigencia, modificación y poderes de la Sociedad de una
antigüedad no superior a 30 días en relación a la fecha de presentación de sus
ofertas.
·
Copia de inscripción del extracto en el registro de comercio.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o
Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto
de sus trabajadores, cuando corresponda.
En
el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por
incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados
respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane el
incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.796
del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
· Declaración
Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de
acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad
Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595.
· Declaración
jurada simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar
con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del
artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
· Declaración
Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el Capítulo
VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
· Declaración jurada de inhabilidades de contratación
previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
· Datos para
Transferencia bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025,
sobre presupuesto del año 2026.
PERSONA JURÍDICA CONSTITUIDA EN SISTEMA
SIMPLIFICADO LEY N°20.659:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
del Representante Legal.
·
Certificado de Estatuto Actualizado,
emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en
SII.
·
Certificado de Vigencia, emitido por
Registro de Empresas y Sociedades.
·
Certificado de Anotaciones, emitido por Registro
de Empresas y Sociedades.
·
Formulario F30-1 certificado de
cumplimiento laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes
laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, cuando corresponda.
·
Declaración Jurada simple que indique no
tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de acuerdo con el artículo 8 y
10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad Penal de las personas
Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y
delitos de cohecho que indica, sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595.
·
Declaración jurada simple que indique No encontrarse afectos a la
prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado
prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica
oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada de Inhabilidades para
contratar con el Estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su
ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración jurada
de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de
la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de
conformidad al artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del
año 2026.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP):
· Escritura
pública donde conste la Unión Temporal.
· Los
demás antecedentes requeridos precedentemente respecto de cada uno de los
proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su
naturaleza.
· Datos para
Transferencia bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025,
sobre presupuesto del año 2026.
Lo anterior, salvo
si los antecedentes exigidos se encuentren acreditados en Chile proveedores.
Una vez
recepcionado conforme estos documentos, se emitirá la orden de compra global.
El adjudicado deberá
guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de
la prestación de los servicios, ya sean aquellos proporcionados por el hospital
y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos. De esta manera, bajo ninguna circunstancia
el adjudicado podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar,
vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar,
dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea tanto durante
la vigencia del contrato como después de su término, salvo autorización expresa
del Hospital, otorgada a través de su Director.
Esta prohibición afecta
al adjudicado y a su personal, y su responsabilidad será solidaria, incluso después
del término de contrato. El adjudicado sólo podrá copiar o reproducir la información
que sea necesaria para dar cumplimiento a los servicios contratados.
En caso de incumplimiento
de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá término anticipado al contrato
de prestación de servicios celebrado con el contratado, pasando a constituir dicho
incumplimiento una infracción gravísima al contrato, conforme a lo dispuesto en
las Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar las acciones legales correspondientes.
Se
tomará como prefacturación el Anexo 2, formato adjunto
a las presentes bases administrativas, indicando, a lo menos: Fecha, Hora
de Inicio, Hora de Anestesia, Hora de Término, Nombre del Paciente, Rut
Paciente, Cirugía, Código Fonasa y datos del equipo médico y no médico que
participa en la intervención. Considerando que estas prestaciones no son
pagadas por hora, su control de inicio y término se realizará a través
del sistema informático de registro de control de pabellón vigente al momento
de realizar la prestación.
Para
cumplir con los tiempos de revisión señalados en el procedimiento
administrativo interno y pago oportuno, el adjudicado deberá entregar la
pre factura (anexo 2), con el detalle de las intervenciones quirúrgicas de columna,
de preferencia, el primer día hábil del mes siguiente de realizado los
servicios.
Serán
obligaciones del adjudicado y de las distintas unidades las siguientes:
· EL ADJUDICADO
Ø El
prestador deberá ACEPTAR la orden de compra global dentro de 24 horas
siguientes a la notificación de ésta a través del portal www.mercadopublico.cl
En caso contrario, se entenderá aceptada si no es rechazada dentro del mismo
plazo señalado anteriormente.
ü De
preferencia, el primer día hábil siguiente del mes en que se ejecutaron las
prestaciones, deberá entregar en la secretaría del C.C. Pabellón Anestesia y
Post Operados de Hospital Las Higueras, la prefactura de todas las
Intervenciones Quirúrgicas de columna ejecutadas en el mes a cobrar, según
anexo 2. También deberá adjuntar algún documento que
acredite pago de los prestadores que realizaron los turnos en base al último
pago que el hospital realizó al adjudicado con cargo a esta licitación, siempre
y cuando al momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación.
Esto, como comprobante de pago de los servicios realizado por cada uno de sus
prestadores.
Ø Será
de responsabilidad del adjudicado llevar el control de los servicios prestados,
en el sentido de no superar el presupuesto adjudicado.
Documento de Cobro.
Una vez que los
servicios sean validados y cumpla con todos los procesos administrativos
necesarios para dar curso al pago, deberá emitir documento de cobro, al cual
deberá adjuntar todos los antecedentes solicitados por el área de Gestión
Documental.
El adjudicado
deberá adjuntar, además, algún documento que acredite pago de los prestadores
que realizaron los turnos en base al último pago que el hospital realizó al
adjudicado con cargo a esta licitación, siempre y cuando al momento de la
rendición existan pagos asociados a esta licitación. Esto, como comprobante de
pago de los servicios realizado por cada uno de sus prestadores.
El contratado y/o
el prestador de servicio, deberá efectuar sus cotizaciones de AFP, salud,
accidentabilidad, enfermedad profesional, y demás, por el monto total de sus
rentas.
·
C.C. PABELLÓN, ANESTESIA Y POST OPERADOS.
Será
responsabilidad de la Jefe del C.C. de Pabellón, Anestesia y Post Operados, o
quien le subrogue, reemplace o designe llevar el control de las intervenciones
realizadas por el adjudicado en los pabellones del hospital y “resguardar”
las medidas de verificación de estas prestaciones, el cumplimiento de sus
obligaciones durante los procedimientos ejecutados en el pabellón.
Una vez recibida la
pre factura (anexo 2) con el detalle de los procedimientos realizaros, deberá
cotejar:
Ø Que
la prefactura coincida con los procedimientos efectivamente ejecutados.
Ø Que Anexo 2 contenga en sus celdas, la
información requerida.
Ø Otorgar
visto bueno en el Anexo 2 para acreditar la veracidad de la información.
Ø En
los casos de existir reparos, deberá subsanar directamente con el adjudicado.
Ø En
caso de que el oferente sea un
funcionario del establecimiento y el procedimiento comience fuera del horario
institucional, prolongándose al horario funcionario, verificar que el medico de
cumplimiento a la respectiva devolución de horas durante la misma semana o la
siguiente.
Ø Una
vez validadas las intervenciones, remitirá los antecedentes al Área de Gestión
Documental, mediante documento conductor, en el cual deberá señalar al menos,
la siguiente información:
§ Mes
en que se ejecutaron las cirugías.
§ Número
de ID de licitación.
§ Certificar
el cumplimiento de los procedimientos ejecutados en el mes.
§ Adjuntar
pre-factura según Anexo 2, con el detalle de los procedimientos ejecutados.
· ÁREA DE GESTIÓN DOCUMENTAL.
Con la
documentación validada por el C.C. Pabellón Anestesia y Post Operados, será
responsable de cotejar:
Ø Revisar
y controlar que las prestaciones señaladas en el anexo 2 sean coincidente con
las ingresadas en el Sistema informático vigente al
momento de realizar la prestación.
Ø Revisar
que los procedimientos se hayan prestado en el horario indicado en el punto N°29
de las presentes bases.
Ø Cuando
la prestación sea realizada a un paciente Isapre, Capredena, Dipreca u otra
previsión que no sea Fonasa o Prais, se cargará la prestación a esta
licitación, debiendo esta área informar a la Unidad de Recaudación al correo
electrónico de esa Unidad, que será indicado en la resolución de adjudicación,
para su revisión correspondiente.
Ø Verificar
que el equipo que realiza el procedimiento sean los informados por el
adjudicado a través de
Formulario N°4 o se hayan incorporado previamente a través de solicitud de
incorporación, según lo indicado en el punto N°4.
Ø Verificar, que durante los procedimientos en las
cuales participase el prestador, este no se encontrase realizando turnos
originado por la contratación de otra compra de servicio de este
establecimiento. De evidenciarse esta situación, deberá ser informado por la
Jefe de Área de Gestión Documental, y no se procederá al pago de
la prestación indicada, conforme a lo establecido al punto 30 de las
presentes bases.
Ø Identificar
al prestador de
servicio involucrado en la compra de servicios y revisar
que haya prestado sus servicios; además, velar porque el prestador de servicio que
realiza la prestación, no se encuentre inhabilitado por alguna de las
causales de inhabilidad prevista en el artículo 56° de la Ley N°19.653, o por
alguna de las causales contempladas en la normativa, que lo imposibilite para
contratar con la administración del Estado, sea a honorarios a Suma Alzada y/o
por Compras de Servicios, esto, en relación al incumplimiento al programa de
formación y del periodo asistencial obligatorio (PAO); y/o si es Jefe de
Servicio del establecimiento; o, aun cuando no sea jefe de servicio, si en la
medida que los obliga a no desempeñar otra función remunerada; o por alguna
inhabilidad contemplada en el capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificada
21.634, articulo N°35 quáter, esto, durante toda la vigencia del contrato,
incluyendo la apertura y evaluación de la propuesta, a menos que exista
alguna circunstancia excepcional, respaldado por un
Informe fundado que autorice su participación bajo la modalidad de compra de
servicios.
Ø En caso de que el staff de
prestadores adjudicado cuente con prestadores que mantuviesen contrato
vigente con el hospital y el procedimiento, sea ejecutado fuera del horario institucional pero dentro de
la jornada laboral del médico funcionario del hospital, controlar la devolución de
hora de los prestadores bajo esta condición, pagando la prestación siguiendo el procedimiento que se indica en el punto 4 de las presentes
bases que dice “PROCEDIMIENTO DE PAGO Y DEVOLUCIÓN DE HORAS”.
ü Lo anterior, es aplicable solo
para aquellos prestadores del staff que mantuviesen un contrato vigente con el
hospital y tengan topes de horarios en su participación En consecuencia, no afecta ni invalida el pago a prestadores que no sean
funcionarios del establecimiento, ni a aquellos que, siendo funcionarios, no
registren tope horario.
Ø De existir reparos
subsanables, deberá comunicarse directamente con el adjudicado o con entidades validadoras de
Hospital Las Higueras, según corresponda.
Ø Cuando
El anexo 2, previamente firmado por la Jefe del C.C. de Pabellón,
Anestesia y Post Operados, o quien le subrogue o reemplace, presente errores
de tipeo en alguna de las columnas, Gestión Documental como ultimo
validador corregirá y enviará vía correo electrónico al Adjudicado y Supervisor
del Contrato nómina final previamente corregida, para su conocimiento y visto
bueno; de igual forma, podrá también informar de alguna prestación indicada en
el anexo, que no haya pasado el proceso de validación. Por lo anterior, el
Supervisor del Contrato y el Adjudicado, por la misma vía, deberá otorgar su
visto bueno a la nómina final, que servirá de respaldo para pasar expediente a
contabilidad para su pago.
Ø En
caso de que no existan reparos, procederá a realizar el cálculo de las
prestaciones a pagar, de acuerdo con la cantidad de intervenciones quirúrgicas
y su valor adjudicado, adjuntará la orden de compra del portal mercado público
y solicitará al adjudicado el respectivo documento de cobro, el cual deberá
adjuntar algún documento que acredite el pago a los prestadores que realizaron
las prestaciones, anteriores al mes de la prestación que se está cobrando,
siempre y cuando al momento de la rendición existan pagos asociados a esta
licitación. Esto, como comprobante de pago de los servicios realizados por cada
uno de ellos, Formulario
F30 Certificado de antecedentes laborales y previsionales o Formulario F30-1 Certificado de
cumplimiento laboral y previsional y Certificado de afiliación a Seguro
Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, según lo establece la ley N°16.744, esto, correspondiente al
período anterior a aquél que se solicita el cobro. No presentarlos, facultará
al Área de Gestión Documental, rechazar la recepción del documento de cobro,
hasta el cumplimiento de dichos documentos.
Lo anterior, no se
solicitará en caso de que el adjudicado entregue dentro de sus documentos
requeridos para contratar, una Declaración Simple expresando no contar
con trabajadores contratados por el código del Trabajo.
Ø Cuando
durante el procedimiento quirúrgico, se realice una intervención quirúrgica
adicional; distinta a la que se estipule en las presentes bases, se deberá
realizar el pago, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°50/2009,
que establece normas técnico administrativas para la aplicación del arancel del
régimen de prestaciones de salud del libro II del DFL N°1 de 2005, del
Ministerio de salud, en modalidad de atención Institucional.
No se pagará la prestación:
ü Cuando se compruebe que el prestador que participó de las
intervenciones quirúrgicas participó simultáneamente en la realización de
turnos y/u otras intervenciones quirúrgicas a través de compras de servicios,
Esta disposición aplica únicamente a las intervenciones quirúrgicas que
coincidan en horario con la realización de turnos y/u otras intervenciones
quirúrgicas mediante compras de servicios.
ü Cuando el prestador de servicio que
participa en la prestación con cargo a esta licitación no figura en Formulario N°4
y/o, antes de realizar la prestación, no solicite al Supervisor del Contrato la
autorización de
su incorporación, esto, a través de la solicitud de incorporación adjunto en
las presentes bases.
Con el documento de
cobro correctamente emitido y la documentación de respaldo, se procederá a
realizar la recepción conforme en Sistema ABEX, para el posterior envío del
expediente a la Unidad de Contabilidad.
La Unidad de
Insumos No Clínicos, realizará la recepción conforme a través de la plataforma
de mercado público.
· CONTABILIDAD.
Al momento de
recibir el expediente, deberá:
Ø Revisar
que la boleta o factura, adjunte la nómina de las intervenciones quirúrgicas
ejecutadas y sus respectivas validaciones; orden de compra de Portal Mercado
Público y Recepción en sistema ABEX.
Ø En
los casos de revelar algún error en el expediente, deberá regularizar con la
unidad correspondiente.
Ø Revisar
que las prestaciones coincidan con el valor adjudicado (orden de compra versus
facturación y nómina de respaldo).
Ø Además,
deberá revisar que se adjunte a documento de cobro:
Documentación de
antecedentes laborales y previsionales y certificado de afiliación a Seguro
Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, a menos que certifique a través de una Declaración Simple no
contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo, cuando corresponda.
Documento que acredite
el pago a los prestadores que realizaron las intervenciones quirúrgicas,
anteriores al mes de la prestación que se está cobrando, siempre y cuando al
momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación. Esto, como
comprobante de pago de los servicios realizados por cada uno de ellos.
Para el caso de
prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron
observación, se debe seguir el mismo procedimiento indicado anteriormente.
Este
procedimiento administrativo interno, podrá ser modificado, de acuerdo con las
necesidades y contingencias del establecimiento, lo cual, se formalizará a
través de resolución exenta que lo apruebe.
Deberá emitir
la factura, a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1, Dirección: Avenida
Alto Horno N°777, Las Higueras, Talcahuano, indicando claramente en su glosa lo
siguiente:
·
N°de la orden de compra.
·
Detalle y período del servicio otorgado
Ø Todo Documento Tributario Electrónico emitido, debe hacer referencia a la
orden de compra asociada y generada en mercado público, en el campo 801 destinada
para ello.
Ø El Documento Tributario Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no
mayor a 48 horas a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
Ø Las facturas deben tener como forma de pago “crédito”
No cumplir con lo anterior,
se procederá al rechazo del documento, a través de la plataforma del Servicio de
Impuestos Internos.
Pago:
El pago se realizará
por transferencia electrónica, por mes vencido, dentro
de 30 días corridos, contados desde la fecha en que el documento de pago es aceptado,
de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Presupuesto
N°21.796 de 2025 para el sector público correspondiente al año 2026, Partida 16 del Ministerio de Salud Glosa 02
letra e) “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas
en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura
es aceptada”.
De acuerdo con instructivo
del Ministerio de Hacienda, los pagos serán realizados por la Tesorería General
de la República.
Los proveedores, podrán
consultar sus pagos en la página del banco estado, para lo cual deben realizar lo
siguiente:
1. Entrar al sitio
http://www.servibanca.cl/PMASI_CltProve/Clt_Login.aspx?idCon=9290&ce=7202
2. Ingresar con los últimos 4 dígitos del RUT sin el dígito verificador.
3. Para consultas o inconvenientes deben dirigirse a: soportei@bancoestado.cl.
Aquellos proveedores que no tengan registrados sus datos para transferencia
en nuestra base de datos lo pueden realizar enviando un correo electrónico a cheryl.moreno@redsalud.gob.cl
Los servicios serán
prestados en los pabellones quirúrgicos del Hospital Las Higueras, ubicado en
el cuarto piso de la segunda etapa del hospital, en Avenida Alto Horno N°777
Las Higueras, Talcahuano, de acuerdo con la disponibilidad que hubiera de
pabellón, cajas de instrumental, camas y personal, en horario inhábil hasta el
término de los procedimientos contratados (finalizado todo el proceso que ello
conlleva).
Intervenciones
Quirúrgicas:
·
Lunes a jueves, a contar de las 17:30
horas, hasta el término de los procedimientos contratados (finalizado todo el
proceso que ello conlleva).
·
Viernes, a contar de las 16:30 horas, hasta
el término de los procedimientos contratados (finalizado todo el proceso que
ello conlleva).
·
Sábados, domingos y festivos a contar de
las 08:00 horas, hasta el término de los procedimientos contratados (finalizado
todo el proceso que ello conlleva).
Cualquier modificación horaria podrá
realizarse previo acuerdo de las partes y con la autorización del Subdirector
de Gestión Clínica, o de quien lo subrogue o reemplace. Una vez autorizada,
dicha modificación deberá ser informada al Área de Gestión Documental.
En caso
de que el adjudicado no de cumplimiento al contrato de prestación de servicios
respectivo o, si lo cumple en forma deficiente o tardía (en lo que dice relación
con la prestación ininterrumpida de los servicios) el Hospital Las Higueras de Talcahuano
cobrará una multa. Consecuentemente, la multa corresponderá a la sanción que se
aplica por incumplimiento del contrato de prestación de servicios, que no constituya
causal de término de este, lo que se determinará de acuerdo con la gravedad de la
infracción.
Según
lo dispuesto en las Bases Administrativas y detalles entregados en su oferta, el
Hospital Las Higueras cobrará una multa, en UTM., equivalente en pesos del día
que se originó la infracción, esto, en los siguientes casos:
·
Multa
de 3 UTM, por cada evento cuando el adjudicado no presente a
alguno de los integrantes del equipo médico y no médico para realizar la
intervención quirúrgica “agendada” o rechace realizar la prestación el día
agendado. Dicho incumplimiento deberá ser informado
por el jefe del Servicio Clínico de Traumatología,
o quien le subrogue o reemplace.
·
Multa
de 2 UTM, por cada evento cuando el equipo operatorio no esté
conformado a lo menos, por dos médicos especialista en traumatología o
neurocirugía, un médico anestesista, un enfermero y tres técnicos paramédicos. Dicho
incumplimiento deberá ser informado por el jefe del Servicio Clínico de
Traumatología, o quien le subrogue o reemplace.
·
Multa
de 1 UTM, por cada evento cuando el equipo médico y no médico
presentado por el contratante, no cumpla con los registros que se deben
efectuar, formatos, protocolos y normas del establecimiento, en los medios que
éste disponga. Dicho incumplimiento deberá ser informado
por el jefe del Servicio Clínico de Traumatología, o quien le subrogue o
reemplace.
En todo caso, el tope máximo de multas aplicadas, no podrá exceder el
30% del valor del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del
decreto 661/2024.
No se pagará la
prestación:
·
Cuando el
prestador que ejecuta el servicio no figura en el Formulario N°4 original y
tampoco se haya solicitado previamente la autorización al supervisor del
contrato de la incorporación de un nuevo integrante. Dicho
incumplimiento deberá ser informado por la Jefe de Área de Gestión
Documental, o quien le subrogue o reemplace.
·
Cuando se
compruebe que el prestador que participó de las intervenciones quirúrgicas
participó simultáneamente en la realización de turnos y/u otras
intervenciones quirúrgicas a través de compras de servicios, Esta disposición
aplica únicamente a las intervenciones quirúrgicas que coincidan en horario con
la realización de turnos y/u otras intervenciones quirúrgicas mediante compras
de servicios. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la Jefe de Área
Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR
MULTAS.
jefe
del Servicio Clínico de Traumatología, o quien le subrogue o reemplace, deberá
informar los incumplimientos en la prestación de los servicios por parte del
proveedor adjudicado a la Jefa del Área de Abastecimiento, quien derivará a la
jefatura de la Unidad de Insumos No Clínicos, o quien le subrogue o reemplace,
con el fin de gestionar la notificación de la multa correspondiente.
En el caso de acreditarse una infracción por parte del adjudicado y que
origine la aplicación de la multa correspondiente, el Área de Abastecimiento
comunicará mediante oficio al proveedor al correo electrónico señalado en el
formulario N°1, de conformidad con lo establecido en el artículo N°140 del
Decreto 661 del Ministerio de Hacienda, quien dispondrá de 5 días hábiles para
presentar sus descargos, a contar de la notificación, mediante un escrito
indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente
y asunto “descargos, remitido a la casilla electrónica
claudia.maldonadof@redsalud.gob.cl.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá
aceptada la sanción interpuesta. En caso de presentarlos, éstos serán enviados
con todos los antecedentes que el Hospital disponga y/o el contratante haya
aportado, al director del Establecimiento, o a quien ella designe, quien
resolverá en un plazo de 30 días corridos contados desde la recepción del
descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
De acogerse los descargos presentados por
el adjudicado, disponiendo la no aplicación de la multa, el adjudicado será
debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver aplicar la multa, se
procederá a dictar la resolución respectiva que resolverá la aplicación de ésta
y su cuantía, el que será debidamente notificado a éste mediante su publicación
en el Portal Mercado Público.
Sin
perjuicio de lo anteriormente expuesto, el adjudicado podrá deducir en contra
de la resolución que dispone la aplicación de multas, los recursos contemplados
en la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
ALTERNATIVAS
PARA EL PAGO DE LA MULTA
Una
vez que el proveedor sea notificado de la aplicación de la multa, existen las
siguientes alternativas para su pago:
a)
Pago directo del proveedor.
Una
vez que el proveedor sea notificado de la aplicación de multa, deberá realizar
el pago directo de la misma.
El
proveedor, tendrá un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación de
parte de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto de Hospital Las Higueras de
Talcahuano, para proceder a efectuar el depósito a la cuenta corriente y datos
indicados por el funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto de
Hospital.
Una
vez coordinado y recepcionado el depósito de parte del proveedor, la Unidad de
Contabilidad y Presupuesto procede a resguardar la información y realizar la
contabilización correspondiente.
Si
dentro de 10 días hábiles desde la notificación de la aplicación de la multa,
no ha realizado el pago de la sanción, el funcionario de la Unidad de
Contabilidad y Presupuesto procederá a realizar el cobro de la garantía de fiel
cumplimiento de contrato.
b)
Cobro de garantía.
El
cobro de la garantía se hará efectivo cuando no se realice la opción anterior,
es decir, cuando el proveedor no opte por el pago directo, siempre y cuando la
garantía se encuentre vigente.
Para
confirmar la aplicación de multas a los proveedores, el encargado de atención
de proveedores de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto será el responsable
de dar aviso mediante correo electrónico al contacto informado por el proveedor
en el Formulario N°1, sobre el cobro realizado, dentro de un plazo de 10 días
hábiles a contar de la notificación a través de panel documental de Oficina de
Partes del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
El adjudicado no podrá,
ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones
que nacen del desarrollo de la presente licitación pública, en especial los establecidos
en el contrato de prestación de servicios definitivo. La infracción de esta prohibición
dará derecho a la Dirección del Hospital Las Higueras para poner término anticipado
al contrato, en forma inmediata, conforme a lo establecido en el punto número 38
de las presentes Bases Administrativas. Los documentos justificativos de los créditos,
en favor del adjudicado, para el pago de los servicios contratados, serán transferibles
de acuerdo con las reglas del derecho común.
El adjudicado
podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, cuyo porcentaje
no podrá superar el 30%, y siempre que el prestador se encuentre impedido de otorgar
el servicio y que se trate de prestadores de igual idoneidad técnica del adjudicado,
esto, previa autorización escrita de parte de la Dirección del Hospital, y sin perjuicio
de que la responsabilidad que se origine por el incumplimiento en la prestación
de los servicios subsistirá en el adjudicado. Sin embargo, no podrá subcontratar
prestadores sancionados con medidas disciplinarias de suspensión o destitución,
por el período en que se encuentra vigente la sanción.
Se establece, que el responsable por incumplimientos o faltas siempre será
el adjudicado.
Cualquier dificultad
o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación,
aplicación y ejecución de las presentes Bases Administrativas o Especificaciones
Técnicas contenidas en ellas, o si durante la ejecución del contrato se presentara
cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente Técnico en conjunto con el Área
de Abastecimiento presentarán los antecedentes
a la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital Las Higueras, quienes presentarán
a la Directora un informe en derecho, el que será sometido a su consideración.
El contrato de prestación de
los servicios tendrá una vigencia de 12 meses e iniciará una vez
suscrito entre las partes, salvo que, por necesidad de buen funcionamiento del
servicio y su continuidad, se resuelva una disposición especial en el mismo
contrato, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para los periodos
vigentes a la fecha del respectivo pago o en su defecto hasta agotar el
presupuesto adjudicado. En todos los casos, el pago de las prestaciones se
podrá ejecutar una vez dictada la resolución que aprueba el contrato.
En el caso de
que existiese presupuesto disponible al término por plazo de la vigencia del
contrato, se podrá realizar de mutuo acuerdo con el proveedor adjudicado, la
prórroga del mismo, en las mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta
que sea agotado completamente.
El
contrato podrá ser renovado previo acuerdo de las partes, por un monto que en
conjunto con el contrato original no exceda las 10.000 UTM, esto, por un
período igual o menor a 12 meses, por una sola vez, en el evento de ser
necesario para una adecuada marcha del establecimiento, previa evaluación y
resolución fundada de este y la existencia de la disponibilidad presupuestaria
para dicho período; en todo caso, en las mismas condiciones en las que fue
celebrado, hasta que sea agotado completamente.
Se establece que en lo que
concierne a la renovación, dicha facultad sólo es pertinente en la medida que
concurran los elementos que se detallan en el informe mencionado
precedentemente, pero en el entendido que el nuevo proceso licitatorio está en
curso o que la ampliación resulta necesaria para la instalación del nuevo
proveedor adjudicado.
En tal sentido, el
adjudicatario deberá caucionar su fiel cumplimiento en dicho periodo mediante una
garantía otorgada en los mismos términos previstos en el punto N°23 de las
presentes bases administrativas.
Lo
indicado en los puntos anteriores, siempre y cuando exista razones fundadas por
parte del Supervisor del Convenio, mediante informe técnico enviado al Área de
Abastecimiento.
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, previo
acuerdo entre el Hospital y el proveedor adjudicado, en caso de que ello sea
indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de
la institución. Lo anterior, por motivos fundados del supervisor del contrato.
La modificación, formará parte integrante del respectivo
contrato y no podrá alterar los elementos esenciales de la contratación,
descritas en el artículo 129 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda, en
cualquier caso, no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30%
del valor total del respectivo contrato.
La modificación del contrato, entrará en vigencia una vez
tramitado totalmente el acto administrativo que lo apruebe, y de corresponder,
el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento,
que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución.
El jefe del
Servicio Clínico de Traumatología, o quien le subrogue o reemplace, será responsable de:
ü Entregar
las especificaciones técnicas con los requerimientos necesarios para la
elaboración de las bases administrativas, aclarando las dudas generadas por
parte del licitante, durante la preparación de éstas.
ü Una
vez publicada la licitación en el portal, responder las consultas técnicas
presentadas por el o los oferentes, a través de Foro de Consulta.
ü Una
vez cerrada la licitación, revisar, técnicamente, las ofertas recibidas, en
base a las especificaciones técnicas entregadas inicialmente.
ü Participar
en conjunto con el Área de Abastecimiento en la solución de controversias, de
acuerdo con el punto 33 de las Bases Administrativas.
El jefe
del Servicio Clínico de Traumatología, o quien le subrogue o reemplace, una vez adjudicado el
servicio, será Supervisor y responsable del cumplimiento de los requerimientos
y disposiciones indicados en las Bases Administrativas y las condiciones
ofertadas por el adjudicado. Así también, y en paralelo con Jefe de Área Gestión
Documental, o quien le subrogue o reemplace, será
responsable de reportar al Área de Abastecimiento en el caso de incumplimientos
en la prestación de los servicios por parte del adjudicado, para la aplicación
de multas o término anticipado del contrato, según corresponda.
Como Supervisor del Contrato, el Subdirector de Gestión Clínica, o
quien le subrogue o reemplace, será responsable de
solicitar, con a lo menos cuatro meses de anticipación la preparación de un nuevo proceso licitatorio, de ser
necesario dar continuidad del servicio.
De
acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la ley N°19.886, y el artículo 130
del Decreto 661 del año 2024 del Ministerio de Hacienda, el Hospital pondrá
término anticipado al contrato fundado en alguna de las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas
por el adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave lo siguiente:
·
La aplicación al adjudicado
de 2 multas en un periodo de seis
meses.
·
Si por parte del
Supervisor del Contrato se determina negligencia en la atención del paciente u
otro tipo de hecho en perjuicio del órgano contratante, lo que deberá ser
acreditado mediante Informe Fundado.
·
El incumplimiento
de la obligación de confidencialidad establecida en el punto 25 de las
presentes Bases Administrativas.
·
Subcontratación
total.
· Subcontratación parcial, sin autorización previa de
la Directora.
· Cuando
el Prestador que realiza el servicio, esté inhabilitado por alguna de las
causales contempladas en la normativa, de no asumir cargos en la administración
del Estado; esto, durante toda la vigencia del contrato.
· En
todos aquellos casos en que el contratante supere los topes establecidos y la
multa máxima a aplicar, en alguna de las situaciones indicadas en el punto 30
Sanciones y Multas, de las presente bases.
Procede también término anticipado del
contrato, a aquel oferente adjudicado que haya participado bajo el artículo 180 y 181 del
Decreto 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda,
según las siguientes causales:
· La
constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores – UTP
constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar Ia libre competencia. De
verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a Ia
Fiscalía Nacional Económica.
· Ocultar
información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus
miembros.
· inhabilidad
sobreviniente de alguno de sus integrantes, en Ia medida que la Unión Temporal
de Proveedores – UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los
restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
· Si
uno de los integrantes de Ia UTP se retira de ésta, y dicho integrante hubiese
reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
· Disolución
de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
b) En el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33
de la ley N°21.595, de Delitos Económicos.
c)
En caso de que el contratado se le imponga
la pena de inhabilitación para contratar con el estado prevista en los
artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393, sustituidos por el
artículo 50 de la Ley N°21.595.
d) Estado
de notoria insolvencia del adjudicado, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes
para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales prestadores o con prestadores
contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del
contrato, con un máximo de seis meses.
f) En caso de término de giro, liquidación o disolución
de la sociedad ejecutora.
g) Si cede o transfiere en forma alguna, total o
parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la
presente licitación, y en especial, de los establecidos en el contrato
definitivo, sin autorización del hospital.
h) Por exigirlo el interés público o la seguridad
nacional.
i) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En caso de
acreditarse incumplimiento del contrato de servicios, que origine el término
anticipado de contrato, el Área de Abastecimiento comunicará mediante oficio al
proveedor en el domicilio indicado en el contrato, quien tendrá un plazo de 5
días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la notificación de la
carta certificada (se entiende notificada al tercer día
siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes del Hospital
Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida
Alto Horno N°777, Las Higueras Talcahuano, un
escrito indicando el ID
del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto
“descargos”.
Transcurrido este
plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptado el término
anticipado de contrato. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos
los antecedentes que el Hospital disponga y/o el contratante haya aportado, a
la Directora del Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un
plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de los descargos del
proveedor, para rechazarlos o acogerlos.
De acoger o
rechazar los descargos presentados por el contratante, éste será debidamente
notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de
resolver el término anticipado del contrato, se procederá a dictar la
resolución respectiva, el que será debidamente notificado a éste mediante su
publicación en el Portal Mercado Público.
Con excepción de
las causales contempladas en las letras h) e i), la resolución que ponga
término anticipado al contrato, dispondrá el cobro de la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento de contrato, sin necesidad de requerimiento ni acción
judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren
corresponder en contra del contratante, en el evento de que el perjuicio
originado sea mayor al valor de la garantía referida.
Sin perjuicio de
lo anteriormente expuesto, el contratante podrá deducir en contra de la
resolución que ponga término anticipado al contrato de servicios, los recursos
contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado.
Si el término anticipado del contrato
obedece a uno de los puntos consignados en las causales de las letras h) e i),
sólo, se dictará el acto administrativo respectivo que dispondrá el término
anticipado del contrato.
a.
El valor ofertado en
comprobante de la oferta del portal mercado público debe coincidir con el total de la oferta indicado a través de formulario N°5 “Oferta
Económica”, en caso de discrepancias,
prevalecerá lo señalado en el Formulario N°5.
b.
Los precios se deberán cotizar en moneda nacional.
40.
OBLIGACIONES
LEGALES DEL ADJUDICADO
El adjudicado queda sujeto a las disposiciones legales que rigen las
relaciones que mantenga con los prestadores, en especial a las normas relativas
a Seguridad Social y a la normativa legal y reglamentaria que rija el
funcionamiento del Hospital Higueras.
Otras obligaciones del
Adjudicado:
a. El adjudicado deberá dar cumplimiento a las
obligaciones laborales y sociales respecto a sus prestadores cuando
corresponda.
b. En la valorización de los servicios se deberá considerar
los salarios, leyes sociales, seguros, implementos de seguridad, transportes materiales,
equipos y, en general, todos los gastos inherentes a las características de los
servicios a prestar.
1º.
TÉNGASE presente que los documentos singularizados en el numerando primero, esto
es, Bases Administrativas, especificaciones técnicas y Formularios, forman parte
integrante de la presente Resolución, para todos los efectos correspondientes. Los
formularios son los siguientes:
FORMULARIO N°1
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
PERSONA JURIDICA
1.- NOMBRE DEL OFERENTE
(RAZON SOCIAL) :
2.- RUT. DEL OFERENTE (DE LA
EMPRESA) :
3.- DIRECCION COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE COMPLETO REPR.
LEGAL :
7.- DIRECCION REPR. LEGAL :
8.- FONO REPR. LEGAL :
9.- RUT. REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO ELECTRÓNICO :
____________________
Firma representante legal
Talcahuano, __________________________, 2026
PERSONA NATURAL
1.- NOMBRE DEL OFERENTE
(Nombre y apellidos) :
2.- RUT (Cédula de Identidad) :
3.- PROFESION U OFICIO :
5.- DIRECCION :
6.- FONO :
7.- CORREO ELECTRÓNICO :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, __________________________, 2026
FORMULARIO N°2
DATOS DE CONTACTO
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
El oferente deberá indicar en este formulario
los siguientes datos de contacto, para coordinar la prestación de los servicios
licitados.
Nombre de contacto
_____________________________________________
Correo electrónico
_______________________________________________
N°de teléfono
___________________________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
FORMULARIO N°3
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
El compareciente,
en su calidad de representante legal del proponente, declara bajo juramento
que:
|
Programa
de integridad
|
SÍ
|
NO
|
|
Cuenta con programa de integridad y difusión a su
personal.
|
|
|
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
FORMULARIO N°4
DATOS DEL PRESTADOR
(equipo médico)
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
|
Nombre
del prestador
|
Cédula
Identidad
|
N°
Registro Superintendencia de Salud
|
Profesión
(en caso de los TENS indicar si es Arsenalero, Auxiliar de anestesia o
Pabellonero)
|
Especialidad
(Solo para equipo médico)
|
Firma
del Prestador
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v El
oferente que participe en las bases debe contar con un equipo médico y no
médico conformado, como mínimo, por los siguientes prestadores:
o
2 médicos cirujanos especialista en
traumatología y ortopedia con subespecialidad en cirugía de columna.
o
1 médico cirujano especialista en
Neurocirugía.
o
3 médicos cirujano especialista en
Anestesiología
o
3 enfermeras
o
3 técnicos paramédico Arsenalero/a.
o
3 técnicos paramédico Auxiliar de
Anestesia.
o
3 técnicos paramédico Pabellonero
o
1 operador de rayos del equipo Arco C,
Técnico o profesional con título del área de la salud. Además, contar con la
autorización vigente de operador radiológico de segunda categoría.
v Al
firmar el presente formulario, los prestadores de servicios ratifican su
participación, aceptan las disposiciones de las bases administrativas y se
adhieren a las condiciones de la oferta presentada por el proveedor.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL
REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES
QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
El oferente deberá
indicar en este formulario el gasto de administración para cada tipo de
procedimiento, de acuerdo a su rol. Lo anterior, sin perjuicio de que el pago
será global, de acuerdo con el monto presentado en su oferta.
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104-0009 Intervención Quirúrgica “Fijación de
columna (cervical-dorsal-lumbar) cualquier vía abordaje c/s osteosíntesis –
Código Fonasa 1103069 (no incluye prótesis con cargo al prestador).
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Profesión
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Especialidad
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Calidad
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Valor ($)
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Médico cirujano
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Traumatólogo/neurocirujano
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1er. Cirujano
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Médico cirujano
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Traumatólogo/neurocirujano
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2do. Cirujano
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Médico cirujano
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Anestesista
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Anestesista
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Enfermera/o
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-
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Enfermera/o-
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Técnico Paramédico
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-
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Arsenalero/a
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Técnico Paramédico
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-
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Pabellonero/a
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Técnico Paramédico
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-
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Auxiliar de Anestesia
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Gasto de Administración
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Valor Total Neto ($)
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Observaciones:
Ø Valor es exento de I.V.A.
Ø El oferente debe indicar los valores por cada una de los
prestadores que participarán en la intervención y además deberá señalar su
gasto de administración.
Ø En la ficha de la página del portal Mercado Público el oferente
deberá indicar el Valor Total Neto Ofertado (Suma de todos los ítems) señalado
a través del formulario N°5.
Ø El oferente que no presente el
Formulario “Oferta Económica”, o no
complete o presentación incompleta, a más tardar al cierre de la
presentación de las ofertas, esto es, el día trigésimo
primero contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el
Portal Mercado Público, su oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL
REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
Anexo 1:
SOLICITUD
DE AUTORIZACIÓN DE INCORPORACIÓN
PARA
REEMPLAZO DE STAFF ADJUDICADO
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Fecha
de emisión
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Nombre
de Representante o Apoderado de UTP
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Nombre
del adjudicado (Natural o Jurídica)
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Rut
del adjudicado (Natural o Jurídica)
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Solicita a través de este medio, autorización para agregar al (los)
siguiente (es) prestador (es) al staff informado en nuestra oferta adjunta a
licitación ID __________________________:
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Nombre
del prestador de servicio a incorporar
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Cédula
Identidad
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Profesión
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Registro
de SIS
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El prestador a incorporar deberá acreditar el
cumplimiento de los requisitos solicitados en las bases; además, acreditar las
mismas o mayores competencias que los prestadores presentados por el oferente
adjudicado, indicados a través del Formulario N°4.
Por lo tanto, deberá adjuntar:
_____ Documento que acredite a
lo menos con el o los tramo/s y puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos
de evaluación por parte del adjudicado en relación a los prestadores indicados
inicialmente en su oferta a través del Formulario N°4, si correspondiere
(evaluable). Solo se considerarán los documentos emitidos, previos a la
fecha de incorporación.
____ Certificado extendido por la Superintendencia
de Salud, que registre su título de médico de acuerdo con la especialidad
solicitada, traumatología y ortopedia, neurocirugía, anestesiología y en el
caso de los médicos especialistas en traumatología y ortopedia, presentar
certificado y/o documento oficial que acredite sus subespecialidad en cirugía
de columna. De igual forma cuando se requiera incorporar enfermeras, técnicos
paramédicos y/o técnicos o profesionales con título del área de la salud de
acuerdo con lo requerido en el punto 4 de las bases administrativas según
corresponda. Esto, del prestador a incorporar.
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_______________________________
Nombre y Firma de
Representante
Transcrito Fielmente
MINIS
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_____________________________________
Nombre y Firma de
Supervisor del Contrato
V°B°
Transcrito Fielmente
MINISTRO DE FE
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Anexo 2
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CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA
MES
(INDICAR MES)
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Fecha
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Hora
Inicio
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Hora
Anestesia
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Hora
Término
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Nombre
Paciente
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Rut
Paciente
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Cirugía
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Código
Fonasa
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1er
Cirujano
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2do
Cirujano
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Anestesista
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Enfermera/o
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TENS
Arsenalero
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TENS
Pabellonero
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TENS
Aux. De Anestesia
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Anexo 3
CERTIFICADO EXPERIENCIA
Quien suscribe, certifica que el/los
siguientes __________(Indicar profesional o técnico) se ha desempeñado
en __________(indicar institución y unidad o área), en el(los)
siguiente(s) cargo(s) y con las funciones específicas que más abajo se
detallan, durante el tiempo que se indica.
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Nombre
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Rut
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CALIDAD (Honorarios, contrata,
planta, compras de servicio, etc.)
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CARGO Y OBLIGACIONES
(indicar nombre del cargo, y las tareas
realizadas durante el periodo)
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Desde
día/mes/año
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Hasta
día/mes/año
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Se extiende el presente certificado,
que tiene el carácter de declaración jurada simple, antecedente que servirá de
base para evaluar la licitación: “Contratación de
servicios para realizar intervenciones quirúrgicas de fijación de columna”.
Fecha____________________________