1.
OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas y documentación
anexada al Portal Mercado Público, tienen por objeto regular los procesos de:
Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, celebración del
contrato respectivo y aprobación de este, motivo de la presente licitación y
prestación de los servicios licitados.
2.
DEFINICIONES
Nos
remitimos en este punto a las definiciones previamente dadas por la Ley
Nº19.886, de Bases sobre Contratos de Administrativos y Suministro de
Prestación de Servicios y su Reglamento.
I.
LICITACION
3.
TIPO DE LICITACIÓN
La presente licitación pública se realizará en
una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto
la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través
del sistema de información. Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación,
a partir del cual se determinará el oferente adjudicado.
4.
REQUERIMIENTO
(SERVICIOS)
La presente licitación pública tiene por objetivo contratar un staff de
médicos especialistas en Traumatología, neurocirujano y anestesia, y de un
staff de técnicos paramédicos y enfermeros/as, todos bajo la condición
de compra de servicios, para intervenir quirúrgicamente a pacientes que presenten patologías
traumatológicas de columna.
El servicio
referido (intervención de fijación de columna) se realizará a pacientes usuarios del Hospital Las Higueras.
Dichos pacientes serán intervenidos en
horario inhábil de funcionamiento del Hospital.
Conforme a lo anteriormente expuesto, se requiere
contratar los servicios para realizar la siguiente intervención:
|
Código Abex
|
Nombre de la Prestación
|
Cantidad Licitada (referencial)
|
|
104-0009
|
Intervención Quirúrgica “Fijación de columna (cervical-dorsal-lumbar)
cualquier vía abordaje, c/s osteosíntesis - Código Fonasa 1103069 (no incluye
prótesis con cargo al prestador).
|
120
|
Las
cirugías podrán ser ejecutadas por neurocirujanos y traumatólogos. Por lo
anterior, el oferente que participe de la propuesta deberá contar con un staff
de médicos especialistas, profesionales y técnicos paramédicos, operador de
rayos, todos, registrados en la Superintendencia de Salud, conformado a
lo menos, por el siguiente detalle:
EQUIPO
MÉDICO
Ø 2
médicos cirujanos especialista en traumatología y ortopedia con subespecialidad
en cirugía de columna.
Ø 1
médico cirujano especialista en Neurocirugía.
Ø 3
médicos cirujano especialista en Anestesiología
EQUIPO
NO MÉDICO
Ø 3 enfermeras
Ø 3
técnicos paramédico Arsenalera.
Ø 3
técnicos paramédico Auxiliar de Anestesia.
Ø 3
técnicos paramédico Pabellonero
Ø 1
operador de rayos del equipo Arco C, Técnico o profesional con título del área
de la salud. Además, contar con la autorización vigente de operador radiológico
de segunda categoría.
Además, En el caso de los médicos cirujanos especialista en
traumatología y ortopedia con subespecialidad en cirugía de columna, deberán
además comprobar a través de la presentación certificados y/o documentación
oficial su subespecialidad en cirugía de columna
Los profesionales a través de los cuales el
oferente otorgue las prestaciones no deben
haber sido objeto de sanción en algún Servicio Público, de conformidad al
siguiente criterio:
·
Destitución en los
5 años anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
·
Suspensión del
empleo desde treinta días a tres meses, y/o multa dentro de los tres años
anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
Serán obligaciones del oferente adjudicado:
INTERVENCION
QUIRURGICA
- Cumplir debidamente con los
registros de las atenciones, de acuerdo con los formatos, protocolos y normas
del Hospital las Higueras, en los medios que éste disponga.
-
Cuando se notifiquen para ejecutar la intervención deben presentarse en
los pabellones quirúrgicos, ubicada en el cuarto piso del hospital, el día y
hora establecida.
-
Ejecutar la prestación el día y hora establecida por el hospital,
siempre de acuerdo a disponibilidad de la institución. No realizar la
intervención podrá ser causal de sanción.
-
El equipo médico deberá realizar de forma presencial el primer control
postoperatorio del paciente dentro de los primeros treinta días de realizada la
cirugía.
-
La prestación de fijación de columna abarca todos los procedimientos que
incluyan instrumentación y técnicas de augmentación de columna.
-
Para las prestación debe ser utilizado el instrumental adquirido por el hospital.
-
De preferencia, el primer día hábil del mes siguiente de haber prestado
los servicios, deberá entregar en la secretaría del C.C. Pabellón Anestesia y
Post Operados de Hospital Las Higueras pre factura con el detalle de los
servicios prestados en el periodo respectivo.
-
A contar del segundo cobro de las prestaciones pagadas, el adjudicado
deberá adjuntar a documento de cobro Nómina que acredite pago al equipo
médico y no médico que participó de las intervenciones quirúrgicas, en base
al último pago realizado por el hospital al adjudicado, con cargo a esta
licitación. La referida nómina debe estar firmada por cada uno de los
participantes, estos son, médicos cirujanos traumatólogos, anestesista,
técnicos paramédicos: arsenalero, pabellonero, auxiliar de anestesia y
enfermera (si correspondiere). Esto, como comprobante de pago de los servicios
realizado por cada uno de sus prestadores. No será solicitada la
nómina de pago, si el proveedor adjudicado postula a través de una Unión
Temporal de Proveedores, solicitando que los pagos que se realicen en razón al
prestador que participa de los servicios.
El oferente deberá indicar en el Formulario Nº4
“Datos del prestador”, Nombre y dos apellidos y Cédula de Identidad de cada uno
de los integrantes (equipo médico y no médico) que participarán en las
intervenciones quirúrgicas de columna.
Sí
durante la vigencia del contrato, el adjudicado requiera incorporar a otro
prestador para reemplazar a alguno que sea parte del equipo o aumentar el
staff, el prestador incorporado deberá acreditar el cumplimiento de los
requisitos solicitados en las bases y cumplir en el caso de reemplazar, a lo
menos, las mismas competencias del prestador que se reemplaza; y en el caso de
incorporar para aumentar el staff, cumplir a los menos con el o los tramo/s y
puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos de evaluación por parte del
adjudicado en relación a los prestadores indicados inicialmente en su oferta a
través del Formulario N°4. A lo anterior, deberá completar la solicitud de
incorporación (anexo 1), adjuntar del prestador a incorporar los respaldos que
son requisito de las bases y la documentación que acredite las competencias o
el tramo y puntaje obtenido de los criterios técnicos, a través del proceso de
evaluación, según corresponda; entregar la solicitud referida en la secretaría
de la unidad requirente del Hospital Las Higueras, siendo responsabilidad del
Supervisor del Contrato, o quien le subrogue o reemplace, verificar que el
prestador a incorporar cumpla con igual idoneidad que los prestadores indicados
en la propuesta y respectivamente acreditados post evaluación. Una vez
autorizado debe enviar copia de la respectiva autorización al Área de
Abastecimiento y Área de Gestión Documental, para ser adjuntado al expediente
de la licitación.
Por lo
relevante que es contar con prestadores acreditados y evaluados para ejecutar
las respectivas prestaciones, se establece que estos servicios deben ser
realizados por los prestadores indicados en la propuesta del oferente
adjudicado, a través de Formulario N°4 “Datos del prestador”, o hayan sido
autorizados previamente por el Supervisor del Contrato del Hospital mediante el
formulario de solicitud de incorporación (anexo 1). De lo contrario, no se
pagará la prestación
Cuando
el adjudicado, haya ofertado bajo el artículo 67 bis del DS N°250 de 2004 –
Unión Temporal de Proveedores (UTP) y esté conformada solo por personas naturales,
no será posible incorporar nuevos prestadores; a menos, que uno de sus
integrantes sea una persona jurídica, en cuyo caso se le permitirá complementar
staff durante la vigencia del contrato y, siempre que cumplan con los
requisitos establecidos en los párrafos anteriores, para lo cual deberán
completar el formulario de aumento de Staff indicados en formulario 4, siendo
el Supervisor del Contrato, o quien le subrogue o reemplace, responsable de
revisar si es posible incorporar otro prestador.
Las
propuestas no podrán alterar las condiciones de las presentes Bases, ni
contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier
especie, tales como: condiciones para su adjudicación, montos mínimos de servicios.
La sola mención en la oferta presentada, de alguna de las circunstancias
señaladas será causal suficiente para desestimarla y declararla inadmisible
conforme a los establecido en el punto N°15 de las presentes Bases
Administrativas.
5.
COORDINACIÓN PARA
LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS
El hospital, previa preparación y agendamiento de
los pacientes coordinará el equipamiento, insumo, prótesis y la asistencia del
oferente adjudicado con su equipo médico y no médico, responsables de
intervenir quirúrgicamente al paciente usuario del Hospital Las Higueras. Por
lo anterior:
·
Traumatología, a
través del estamento de enfermería del Policlínico Traumatología, o quien le
subrogue o reemplace, preparará al paciente, coordinará su hospitalización y,
mediante correo electrónico o en forma telefónica solicitará la asistencia del
oferente adjudicado con su equipo médico y no médico.
Será responsabilidad del jefe
del Servicio Clínico de Traumatología “resguardar” las medidas de
verificación de estas prestaciones, en el cumplimiento de sus obligaciones y
funciones durante las intervenciones de columna ejecutadas.
6.
PRESUPUESTO Y
CONDICIONES DE PAGO
El presupuesto referencial para los servicios licitados
es de $407.040.000.- (Cuatrocientos
siete millones cuarenta mil), para un periodo de doce meses.
El oferente
deberá ofertar un valor unitario por cada intervención
quirúrgica de columna. En el referido valor debe
contemplar a todo el equipo médico y no médico, estos son: médico cirujano
traumatólogo/neurocirujano en calidad de primer cirujano, médico cirujano traumatólogo/neurocirujano
en calidad de segundo cirujano, médico cirujano anestesista, enfermera y
técnicos paramédicos: arsenalero, pabellonero, auxiliar de anestesia y operador de rayos del equipo
Arco C.
Las prestaciones ejecutadas, serán contabilizadas “mensualmente” y se pagarán los
servicios efectivamente ejecutados, sin reajustes y conforme a lo establecido
en las presentes bases administrativas.
7.
CONTACTO PARA LA
LICITACIÓN.
Toda comunicación, debe ser a
través del Sistema de Información del Portal Mercado Público, foro inverso.
8.
ETAPAS Y PLAZOS DEL
PORTAL MERCADO PÚBLICO
Los plazos y etapas serán los
señalados en el Portal Mercado Público y en las presentes Bases Administrativas,
para la presentación de las ofertas.
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ETAPAS
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PLAZOS
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Fecha de
Publicación
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La convocatoria de la presente licitación se
publicará en el Sistema de Información de la Dirección de Compras (www.mercadopublico.cl) máximo 30 días a partir de la total
tramitación de la resolución aprobatoria de las presentes Bases
Administrativas, o el día hábil siguiente.
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Fecha Inicio de
Preguntas
|
A partir del día uno de la publicación de
las Bases Administrativas.
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Fecha Final de
Preguntas
|
Hasta el día décimo, contado desde el día
siguiente de la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha de
Publicación de Respuestas
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Desde el primer al décimo quinto día,
contado desde el día siguiente de la fecha de publicación de las Bases
Administrativas.
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Fecha de Cierre
de Recepción de Ofertas
|
El día trigésimo primero, contado desde la
fecha de publicación de las Bases Administrativas, a las 15:00 horas. El
plazo de cierre no podrá vencer en un día inhábil ni en un día lunes, ni en
un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas (Art. 25 del
Reglamento de Compras Públicas).
|
|
Fecha de Apertura
Técnica Y Económica
|
El día trigésimo primero, contado de la
fecha de publicación de las Bases Administrativas, a las 15:01 hrs. Si el
último día fuere inhábil será a día hábil siguiente.
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Plazo de
Evaluación de las Ofertas
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Hasta el día décimo, contado desde la fecha
y hora de Apertura Técnica y Económica.
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Fecha de
Adjudicación
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Entre el primer y
décimo quinto día contado desde la fecha del Informe de Apertura y
Evaluación.
|
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Fecha de firma de
Contrato
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Hasta el día treintavo, a contar del día
siguiente a la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
|
9. CONSULTAS Y RESPUESTAS,
ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES
DURANTE EL PROCESO DE LICITACION
La Unidad Técnica
podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación y
demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, y hasta
el día de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación como fecha de
término de consultas.
Las aclaraciones
y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación
de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo con lo
que resuelva el Hospital. De verificarse una ampliación, ella será dada a
conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de
Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que
los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán
efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el
Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas, en el período señalado
en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público haciendo referencia
explícita al punto de las Bases Administrativas o documentos que la integran y
que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema
de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la
Licitación.
Los proponentes no
podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan
en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de
las presentes Bases Administrativas y del contrato de prestación de servicios
que se celebrará, para todos los efectos correspondientes.
El Hospital deberá
publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate,
así como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos
antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas y efectuadas las
aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases
Administrativas y Formularios, documentos que integran la presente propuesta.
En todo caso, las modificaciones que pudieran
realizarse para efectos de aclaraciones que se hagan en este periodo, deberán
ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo, en cuyo caso se
considerará una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
No se dará
respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o
en forma distinta a la indicada anteriormente.
10.
DATOS
BÁSICOS DE LA LICITACIÓN.
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ETAPAS
|
Una sola.
|
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PRESUPUESTO REFERENCIAL
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$407.040.000.- (Cuatrocientos
siete millones cuarenta mil), para un periodo de doce meses.
La cantidad mencionada
no será obligatoria para la entidad licitante, y dependerá exclusivamente de
la cantidad de requerimientos solicitados, por lo que ningún oferente podrá
exigir el cumplimiento de esta referencia económica.
|
|
PARTICIPANTES
|
Podrán participar
en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas,
chilenas o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos en las
presentes Bases Administrativas, lo que deberá ser acreditado en su
oportunidad, con la documentación correspondiente.
|
|
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
|
Todos los plazos son de
días corridos, salvo en aquellos
casos en que expresamente se señalen plazos de días hábiles.
|
|
COMUNICACIÓN CON EL HOSPITAL
|
Exclusivamente a través
del Portal Mercado Público.
|
11. PRESENTACION OFERTAS.
Todo proponente u
oferente interesado en ofertar, deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna
manera afecten el costo de los servicios licitados, tales como permisos y
licencias que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables,
entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo
y sólo él será el responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El oferente que
participe en la licitación acepta todas las condiciones de ésta.
A la época de
presentación de la oferta, el oferente deberá presentar todos los antecedentes
y formularios, los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas
presentadas, en formato digitales utilizando para este efecto Word (como
procesador de textos) e imágenes digitalizadas en formato PDF, todos los anexos
deben venir en idioma español, debidamente firmado si correspondiere.
Los oferentes no
deberán estar afectos a alguna de las inhabilidades contempladas en los
artículos 33 de la ley N° 21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 y 35 quáter de la
ley N°19.886, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible. En este
último caso, salvo, las circunstancias excepcionales indicadas en la mencionada
Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse por resolución fundada.
En el caso de que
dos o más oferentes se unan para el efecto de participar en el presente proceso
licitatorio, deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del DS
N°250 de 2004, que Aprueba el Reglamento de la ley 19.886 de Bases de Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Los proveedores que
oferten bajo el artículo 67 bis del DS N°250 de 2004, deberán ingresar un
documento que declara dicha unión, nombrando un apoderado.
9
10
11
11.1
Antecedentes
administrativos:
Ø Formulario
Nº1: Identificación del Oferente “inadmisible”.
Ø
Formulario Nº2: Declaración Jurada Simple
(inhabilidad artículo 4º ley 19.886). En el caso de postular como Unión
Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberán presentar firmado
el referido formulario. “exigible”, esto, a más tardar en el plazo del Foro
Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta “inadmisible”.
Ø Formulario
Nº3: Datos de Contacto. El oferente deberá establecer los siguientes datos:
nombre de contacto, correo electrónico y número de teléfono directo, para
coordinar la prestación de los servicios. El citado formulario, deberá tener
estampada la firma del oferente, que legitima lo escrito “inadmisible”.
Ø Acreditar
“Cumplimiento Programa de Integridad y difusión” de acuerdo a formulario N°7. “evaluable”.
11.2 Antecedentes Técnicos:
ü Experiencia
del Oferente: “evaluable”.
ü Formulario
Nº4: “Datos del Prestador”: Nombre y dos apellidos, Cédula de Identidad y
número de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de
Salud de cada uno de los
integrantes (equipo médico y no médico) que participarán en las intervenciones
quirúrgicas de columna. “Inadmisibilidad”.
ü Certificado
y/o documentación oficial que acredite su subespecialidad en cirugías de
columna. Esto de los médicos cirujanos especialistas en traumatología y
ortopedia. “inadmisibilidad”.
ü Autorización
vigente de operador radiológico de segunda categoría. Esto del técnico o
profesional con título del área de la salud operador de rayos del equipo Arco C.
“inadmisibilidad”.
11.3 Antecedentes Económicos:
ü Formulario
N°5: Composición del Pago “Inadmisibilidad”. El
citado formulario, deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima
lo declarado en el referido formulario.
ü Formulario
N°6: Oferta Económica “Inadmisibilidad”. El
citado formulario, deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima
lo declarado en el referido formulario.
En
Comprobante de oferta en el portal mercado público, el precio debe estar
expresado en moneda nacional, es decir, en pesos chilenos CLP.
11.4 Entrega de Antecedentes Físicos:
Aquellas Garantías de Seriedad de la Oferta
otorgadas de manera física deberán entregarse en sobre cerrado y caratulado con
el ID, nombre del oferente y nombre de la propuesta a que se refiere en la Oficina
de Partes del Hospital Las Higueras ubicada en Avenida Alto Horno Nº 777, Las
Higueras Talcahuano, de lunes a viernes de 08:30 a 15:00 horas, horario
continuado.
La garantía se
recepcionará hasta el día y hora de cierre de la propuesta, indicado en el
Portal, esto es, el día trigésimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas,
hasta las 15:00 horas.
La no presentación
oportuna de esta garantía tendrá como consecuencia que la oferta sea declarada
inadmisible y no será considerada en el proceso de evaluación. Lo mismo ocurrirá, si de la revisión de los
antecedentes presentados por cada oferente, se detectare documentación
adulterada.
Se exceptúan de recepción física la garantía
otorgada de manera electrónica, la cual deberá ajustarse a lo dispuesto en la
ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de
Certificación de dicha firma.
12. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los oferentes
deberán entregar PARA CADA OFERTA una garantía de
seriedad de la oferta, tomada por él o por un tercero, a nombre del Hospital
Las Higueras, la que deberá tener las siguientes características:
|
Tipo de documento
|
Cualquier documento que
asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, y que cumpla con
las condiciones dispuestas en el artículo 31 del DS. N° 250 de 2004 (pagadera
a la vista y de carácter irrevocable).
En los casos en que se
otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo
dispuesto en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma
Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Esta deberá ser
adjuntada dentro de la propuesta que realice el oferente a través del Mercado
Publico hasta el día y hora de cierre de la propuesta, esto es, el día trigésimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
|
|
Solución de Conflictos
|
La Garantía contratada no
podrá contener cláusulas de arbitraje para la resolución de
conflictos entre las partes y la entidad aseguradora.
|
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Beneficiario
|
Hospital Las Higueras.
|
|
Rut del Beneficiario
|
61.607.202-1
|
|
Pagadera
|
A la vista y de
carácter irrevocable.
|
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Vigencia
|
Mínimo desde la
fecha de cierre de recepción de ofertas, hasta 150 días
desde el día siguiente de la fecha de publicación de las Bases
Administrativas.
|
|
Expresada en
|
Pesos Chilenos/UF
(Unidad de Fomento), la que debe consignar su equivalencia en pesos chilenos,
al valor del día en que sea tomada dicha garantía.
|
|
Monto
|
$500.000.- (Quinientos
mil pesos).
|
|
Glosa
|
Para garantizar la seriedad de la oferta “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”.
En el caso de vale vista, la glosa debe ser indicada al reverso o
adjuntando documento que así lo indique.
|
|
Oportunidad y forma de devolución
|
A los proveedores no
adjudicados, les será devuelta la garantía de seriedad de la oferta vía
correo certificado al domicilio señalado en la oferta, dentro de los 10 días
siguientes a la fecha de la firma del contrato.
Tratándose de
documentos que se otorguen de manera electrónica, éstos serán devueltos al
proveedor correspondiente dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la
firma del contrato, en la forma que el proveedor indique.
Al proveedor adjudicado
se le devolverá dicha garantía una vez firmado el contrato.
En el caso de declarase
desierta la licitación o inadmisibles las ofertas, el plazo de restitución de
la garantía de seriedad de la oferta deberá contarse desde la notificación de
la resolución respectiva dentro los 10 días siguientes a la publicación en el
portal www.mercadopublico.cl de la resolución
que declara desierta la licitación.
|
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente,
ipso facto, de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna por
el mandante, una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes
casos:
a)
Si el oferente adjudicado retira su oferta
o se desiste de ella dentro del período de validez de esta.
b)
Si el oferente adjudicado no hace entrega
oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o de la
documentación exigida en el punto 24 de las presentes Bases Administrativas,
dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la fecha de la notificación
de la Resolución de Adjudicación, o no concurre a la firma del contrato dentro
de los 30 días corridos contados desde la fecha de la notificación de la
Resolución de Adjudicación.
En
estos casos, el Hospital Las Higueras podrá re adjudicar los servicios
licitados al segundo oferente mejor evaluado, siempre que existieren otras
ofertas para re adjudicar.
En
caso de no existir una segunda propuesta admisible, se procederá a dejar sin
efecto la adjudicación.
13. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán
una validez mínima de 150 (ciento cincuenta días) días desde la fecha de la
publicación de las presentes Bases Administrativas que regulan el llamado a
licitación pública. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la
adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes, a través del
Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a
cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, la prórroga de las
propuestas, antes de su expiración y de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Si alguno de los
proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el
proceso de evaluación y adjudicación.
II.
APERTURA Y
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
14. ACTO DE APERTURA
La apertura se realizará en forma electrónica a través de la plataforma del
Mercado Público, en la fecha y hora establecida en el calendario de plazos de
la presente licitación, esto es, el trigésimo primero a las 15:02 horas,
contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
El Hospital Las
Higueras adjudicará la presente licitación, a quien presente la oferta más
ventajosa y obtenga el más alto puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada,
según los criterios de evaluación indicados en el punto 17 “Notas y
Criterios de Evaluación" de las presentes
bases; asimismo, declarará desierta la licitación cuando no se presenten
ofertas.
Podrá el hospital,
declarar desierta la licitación, por no convenir a los intereses
institucionales, ya sea por lo elevado del precio ofertado o por alguna razón
fundada, dejando inadmisible las ofertas por no cumplir los oferentes con los
requisitos establecidos en estas Bases.
15.
INADMISIBILIDAD DE
LA OFERTA
15.1 La oferta se declarará inadmisible en los
siguientes casos:
· Cuando
la oferta no se encuentre expresado en moneda nacional (pesos).
· La
NO presentación de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera
física, en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, dentro del plazo
establecido al efecto, esto es, el día de cierre de recepción de las ofertas,
el día trigésimo primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases
Administrativas en el Portal Mercado Público. (Punto 11.4 Entrega de
Antecedentes Físicos) o,
· La
NO presentación de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera
electrónica, en el Portal Mercado Público dentro del plazo establecido al
efecto, esto es, el día de cierre de recepción de las ofertas, el día trigésimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en
el Portal Mercado Público. (Punto 11.4 Garantía de Seriedad de la Oferta).
· Garantía
de seriedad de la oferta mal emitida.
La declaración de
inadmisibilidad de la oferta se traducirá en el rechazo de ésta, a través del
sistema de información.
15.2 La oferta se declarará
inadmisible también en los siguientes casos:
·
Cuando el oferente no posea la actividad o
giro económico vigente, atingente a los servicios licitados, a más tardar
dentro del plazo de cierre, esto es el día trigésimo primero, contado desde la
fecha de publicación de las Bases Administrativas. Lo anterior, de acuerdo a
Situación Tributaria de Terceros del Servicio de Impuestos Internos.
·
Cuando no presente a más tardar en el plazo
del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la
consulta, Formulario N°2: “Declaración Jurada Simple sobre Inhabilidades”.
·
Cuando postule como Unión Temporal de
Proveedores y alguno de sus integrantes no presenten el Formulario Nº2, a más
tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la
notificación de la consulta.
·
Cuando no complete, o no presente, o
presentación incompleta, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el
día trigésimo primero, contado desde la fecha de publicación de
las Bases Administrativas, el Formulario N° 4 “Datos del Prestador” con los
datos solicitados, de cada participante y/o Formulario N°5 “Composición del
Pago” y/o Formulario N°6 “Oferta Económica”.
·
Cuando no presente o no complete o
presentación incompleta, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es,
dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta, el Formulario N°1
“Identificación del Oferente” y/o Formulario N°2 “Declaración Jurada Simple
sobre Inhabilidades” y/o Formulario N°3 “Datos de Contacto”.
·
Cuando algún integrante del equipo médico y
no médico indicado por el oferente en el Formulario Nº4, no registre en la
Superintendencia de Salud, su título de médico cirujano y su especialidad, para
el caso de los médicos y su título de enfermero/a o técnico paramédico, para el
caso del equipo no médico.
·
Cuando alguno de los médicos cirujanos
especialistas en traumatología y ortopedia no presente algún certificado y/o
documentación oficial que acredite su subespecialidad en cirugías de columna.
·
Cuando el Operador de rayos del equipo Arco
C, Técnico o profesional con título del área de salud, no cuente con
autorización vigente de operador radiológico de segunda categoría.
·
Cuando alguno de los médicos indicados por el oferente en el Formulario
Nº4 postule con una especialidad distinta a la exigida en el punto N°4 de las
Bases Administrativas.
·
Cuando el oferente que participe en la
presente licitación, no presente a todo el equipo médico y no médico exigido en
el punto N°4 de las bases administrativas.
·
Cuando al oferente le afecta alguna de las
inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N° 21.595; 8 y 10 de
la ley N°20.393 y 35 quáter de la ley N°19.886. Siempre que no se den las
situaciones de excepcionalidad contempladas en la Ley.
·
Si la propuesta altera las condiciones de
las presentes Bases, o contiene exigencias, limitaciones o restricciones a
las mismas de cualquier especie, tales como: condiciones para su adjudicación o
montos mínimos de servicios
·
Cuando la oferta no cumpla con los requisitos
establecidos en el punto N°4 de las bases administrativas.
En estos casos, la
oferta será considerada inadmisible y significará que no pasará a la etapa de
evaluación.
El oferente se
obliga a entregar antecedentes, documentos, instrumentos tributarios,
certificados y demás exigidos por las bases administrativas, que se encuentren
debidamente regularizados y válidos, por lo que el incumplimiento de lo
anterior traerá consigo el efecto de inadmisibilidad de la oferta y el cobro de
la garantía de seriedad de la oferta correspondiente.
16. COMISIÓN Y SUS FUNCIONES:
Comisión de Apertura y Evaluación.
La apertura en el Portal Mercado Público, y la
respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa,
técnica y económica, estará a cargo de una Comisión de Apertura y Evaluación,
la que estará integrada por los siguientes profesionales funcionarios del
Hospital Las Higueras:
· Subdirector Administrativo,
· Subdirector Gestión Clínica,
· Jefe Área de Abastecimiento,
· Jefe de Pabellón Anestesia y Post Operados,
· Jefe Servicio Clínico de Traumatología,
o quienes los
subroguen o reemplacen legalmente.
En el caso de
considerarlo pertinente, la comisión podrá requerir asesoría a la Unidad
Jurídica del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión de
apertura y evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el
Hospital Las Higueras, de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás
antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes
facultades:
a) Resolver dudas o
discrepancias que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la
interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas o Ficha
Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los
oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una
correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas
al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Las solicitudes
de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, solo
para efectos que éstos tomen conocimientos de estas. El ejercicio de esta
facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento del principio de
igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la
adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las
situaciones descritas precedentemente, durante el período de evaluación, los
oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión.
c) Solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en
tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes a través del Sistema de Información. Estos requerimientos se
solicitarán por escrito a través del Sistema de Información de la Dirección de
Compras, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro del plazo
señalado, esto es, dentro del plazo de evaluación de ofertas, 24 horas desde
que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la
Dirección de Compras.
d) Podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones
o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento
del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
e) Revisará y
estudiará la documentación solicitada, evaluará las ofertas, técnica y
económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
f) De existir empate
en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la
evaluación se esté usando el máximo de dos decimales, dicho empate deberá
dirimirse en primer lugar a través del análisis del criterio “Precio unitario del Servicio” (50%) y, en segundo
lugar, a través del criterio técnico el subfactor “Experiencia del equipo
médico” (30%) y subfactor “Experiencia del equipo no médico” (15%) y así
sucesivamente según el orden indicado en el punto 17. En caso de persistir el
empate a pesar de aplicar los criterios de desempate referidos, se seleccionará
a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
g) Confeccionará un
“Informe de Apertura y Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos
los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter
administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los
hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo
de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la
ponderación de la pauta de evaluación.
h) Realizar un informe
de análisis de precios de mercados, cuando se reciban 2 o menos ofertas, en
procesos mayores a 1000 UTM, el que debe ser parte del informe de adjudicación
y ser publicado en el Portal.
i) Firmará el “Informe
de Apertura y Evaluación”, mediante el cual propondrá al Sra. directora
adjudicar o desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se
ajusta a las necesidades del Hospital o excedieren de su presupuesto; y bastará
que tenga un mínimo de cuatro firmas aprobatorias, para considerar como
válida la propuesta de adjudicación.
j) Suscribirán una
declaración jurada en la que manifiesten expresamente la ausencia de conflictos
de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de
contratación de que se trata, conforme con lo dispuesto en el artículo 35
quáter de la ley N° 19.886.
17. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Para la evaluación
de las ofertas la comisión de evaluación ponderará los factores de acuerdo con
lo establecido en las presentes Bases Administrativas y a los porcentajes que
se indican en la ficha técnica del Portal Mercado Público, los que serán
evaluados según nota de uno (1) a cien (100), siendo el cien (100) la mayor
nota de las ofertas. Dicho proceso estará considerado en el informe de
evaluación.
Los criterios que evaluar
serán los siguientes:
|
CRITERIOS DE
EVALUACION
|
PONDERACIÓN
|
|
Criterios Económicos
|
50%
|
|
Precio unitario del Servicio (50%)
|
|
Criterios Técnicos
|
45%
|
|
Experiencia del equipo
médico (30%), según subfactores.
|
|
Experiencia del
equipo no médico (15%), según subfactores
|
|
Criterios Administrativos
|
5%
|
|
Cumplimiento en
la presentación de antecedentes (3%)
|
|
Cumplimiento
Programa de Integridad (2%)
|
La evaluación
de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio Unitario del
Servicio (50%)
El precio será el
establecido por cada oferente en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público a través del Formulario N°6, el que será sometido a ejercicio de
evaluación por el organismo comprador.
La oferta que
presente el menor precio, de acuerdo con dicho formulario, se calificará con un
cien (100), las demás ofertas tendrán su nota de acuerdo con el precio de
cercanía a la oferta menor.

Experiencia
del equipo médico, (30%)
Para la aplicación de este criterio, se
tomará como base la experiencia del equipo médico, indicados por el oferente en
el Formulario Nº4. La oferta que no presente
los antecedentes necesarios para acreditar su experiencia será evaluada con
nota 1 (uno) en este criterio.
La ponderación de la nota será la que
resulte de aplicar el 30% al puntaje obtenido, de acuerdo con los siguientes tres
subfactores, que se detallan a continuación:
Ø Intervenciones
quirúrgicas (40%)
Para la
aplicación de este criterio, se considerarán la cantidad de intervenciones
quirúrgicas de columnas realizadas por el staff de médicos traumatólogos y
neurocirujano.
La cantidad de prestaciones realizadas por los médicos mencionados en
Formulario N°4, se sumarán, promediándose por todos los prestadores señalados
en el referido formulario y el resultado de esta operación, será la cantidad de
intervenciones quirúrgicas a evaluar
|
Intervenciones
quirúrgicas (40%)
|
Puntaje
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), consiste en 100 o
más intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es igual 80 y menor
a 100 intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 60 y
menor a 80 intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
40
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 40 y
menor a 60 intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 20 y
menor a 40 intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es menor a 20
intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
10
|
|
No informa, no
acredita experiencia en intervenciones quirúrgicas de columna en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
Ø Meses
de experiencia médicos traumatólogos y neurocirujano (35%)
Para la aplicación de este subfactor, se realizará la asignación de
puntajes de acuerdo con la cantidad de meses de experiencia del staff de
médicos traumatólogos y neurocirujano cumpliendo funciones en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
Los meses de experiencia de prestaciones realizadas por los médicos
mencionados en Formulario N°4, se sumarán, promediándose por todos los
prestadores señalados en el referido formulario y el resultado de esta
operación, será la cantidad de meses de experiencia a evaluar
|
Meses de experiencia médicos traumatólogos y
neurocirujano (35%)
|
Puntaje
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), consiste en 24 o
más meses en intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas
o privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 18 meses
y menor a 24 meses en intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 12 meses
y menor a 18 meses en intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es igual a 6 meses
y menor a 12 meses en intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos mencionados en el Formulario N°4), es menor a 6 meses en
intervenciones quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
10
|
|
No informa, no
acredita intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas en instituciones
públicas o privadas del área de la Salud, en el último semestre.
|
1
|
Ø Meses
de experiencia médicos anestesistas (25%)
Para la aplicación de este subfactor, se
realizará la asignación de puntajes de acuerdo con la cantidad de meses de
experiencia del staff de médicos anestesistas participando en intervenciones
quirúrgicas de columna en instituciones públicas o privadas del área de la
salud.
La experiencia de prestaciones realizadas por los médicos anestesistas mencionados
en Formulario N°4, se sumarán, promediándose por todos los prestadores
señalados en el referido formulario y el resultado de esta operación, será la
cantidad de experiencia a evaluar.
|
Meses de experiencia médicos anestesistas (25%)
|
Puntaje
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos anestesistas mencionados en el Formulario N°4), consiste
en 12 o más meses participando en intervenciones quirúrgicas de columna en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos anestesistas mencionados en el Formulario N°4), es
igual a 9 meses y menor a 12 meses participando en intervenciones quirúrgicas
de columna en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos anestesistas mencionados en el Formulario N°4), es
igual a 6 meses y menor a 9 meses participando en intervenciones quirúrgicas
de columna en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos anestesistas mencionados en el Formulario N°4), es
igual a 3 meses y menor a 6 meses participando en intervenciones quirúrgicas
de columna en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí la experiencia
(basada en los médicos anestesistas mencionados en el Formulario N°4), es
menor a 3 meses cumpliendo funciones en instituciones públicas o privadas del
área de la salud.
|
10
|
|
No informa, no
acredita participación en intervenciones quirúrgicas de columna, realizadas
en instituciones públicas o privadas del área de la Salud, en el último semestre.
|
1
|
Luego se realizará la suma del resultado obtenido de los tres
subfactores; intervenciones quirúrgicas, meses de experiencia médicos
traumatólogos y neurocirujano y meses de experiencia de médicos anestesistas, y
se le aplicará el 30%, de acuerdo con la siguiente formula:

Experiencia del equipo no médico (15%)
Para la aplicación de este criterio, se
tomará como base la experiencia del equipo no médico, indicados por el oferente
en el Formulario Nº4. La oferta que no presente
los antecedentes necesarios para acreditar su experiencia será evaluada con
nota 1 (uno) en este criterio.
La ponderación de la nota
será la que resulte de aplicar el 15% al puntaje obtenido, de acuerdo con los
siguientes dos subfactores, que se detallan a continuación.
Ø Meses
de experiencia staff de enfermería (60%)
Para la aplicación de este subfactor, se realizará la asignación de
puntajes de acuerdo con la cantidad de meses de experiencia del staff de enfermería
participando en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
La experiencia de prestaciones realizadas por el equipo de enfermería mencionados
en Formulario N°4, se sumarán, promediándose por todos los prestadores
señalados en el referido formulario y el resultado de esta operación, será la
cantidad de experiencia a evaluar
|
Meses de experiencia staff de enfermería (60%)
|
Puntaje
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), consiste en 36
o más meses participando en pabellón de cirugía mayor en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es igual a 24
meses y menor a 36 meses participando en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es igual a 12
meses y menor a 24 meses participando en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es igual a 6
meses y menor a 12 meses participando en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es menor a 6
meses participando en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
10
|
|
No informa, no
acredita participaciones en pabellón de cirugía mayor en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
Ø Meses
de experiencia staff de técnicos paramédicos (40%)
Para la aplicación de este subfactor, se realizará la asignación de
puntajes de acuerdo con la cantidad de meses de experiencia del staff de técnicos
paramédicos participando en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas
o privadas del área de la salud.
La experiencia de prestaciones realizadas por el equipo de técnicos
paramédicos mencionados en Formulario N°4, se sumarán, promediándose por todos
los prestadores señalados en el referido formulario y el resultado de esta
operación, será la cantidad de experiencia a evaluar
|
Meses de experiencia
staff de técnicos paramédicos (40%)
|
Puntaje
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), consiste en 36
o más meses participando en pabellón de cirugía mayor en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
100
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es igual a 24
meses y menor a 36 meses participando en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es igual a 12
meses y menor a 24 meses participando en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es igual a 6
meses y menor a 12 meses participando en pabellón de cirugía mayor en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí la experiencia
(basada en el equipo no médico mencionado en el Formulario N°4), es menor a 6
meses participando en pabellón de cirugía mayor en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
10
|
|
No informa, no
acredita participaciones en pabellón de cirugía mayor en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
Luego se realizará la suma del resultado obtenido de los dos
subfactores; meses de experiencia staff de enfermería y meses de experiencia
staff de técnicos paramédicos, y se le aplicará el 15%, de acuerdo con la
siguiente formula:

Los respaldos deben ser emitidos por jefaturas de instituciones públicas
o privadas; copias de contratos; ID de licitaciones adjudicadas, órdenes de
compra de licitaciones y/o tratos directos, todos relacionados a lo evaluado,
los cuales, deben indicar cantidad de prestaciones y fecha de la prestación.
Los documentos señalados anteriormente que acrediten la experiencia en
la prestación de los servicios licitados deberán indicar, al menos, lo
siguiente:
·
Razón social de la empresa/institución
Unidad o Servicio Clínico donde el oferente evaluado prestó los servicios.
·
Identificación del oferente participante en
el citado documento.
·
Periodo (tiempo: mes/año) en el que se
prestaron los servicios. (Inicio y término para quienes deban mostrar años de
experiencia).
·
Cantidad de intervenciones quirúrgicas de columna
ejecutada por cada prestador. (Solo para quienes deban acreditar la cantidad de
intervenciones quirúrgicas de columna).
·
En caso de adjuntar certificado emitido por
jefaturas, el referido documento debe indicar nombre firma y timbre del
responsable de la entidad que acredita los servicios otorgados por el prestador
en evaluación, tipo de intervención y cantidad.
El Hospital Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si los documentos no contienen la información antes indicada, éstos serán
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y se evaluarán sólo los certificados acompañados correctamente.
Si no se acompañan los
antecedentes que acrediten la experiencia en intervenciones quirúrgicas de columna,
dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo
primero contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas, el
oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo se considerará
la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes bases
administrativas.
Cumplimiento en la
Presentación de Antecedentes (3%)
Si el oferente ingresa al Portal Mercado Público
tanto el Formulario N°1, N°2 y N°3 solicitados en punto 11.1 de “Presentación
Ofertas” de las presentes Bases Administrativas, a más tardar el día y hora de
cierre de la presente licitación pública; esto es, el día trigésimo primero, contado desde la
fecha de publicación de las Bases Administrativas, será evaluada con 100 (cien) puntos.
Si un oferente omite uno o más de los
Formularios antes mencionados o alguno de éstos tiene error de forma, la comisión
evaluadora solicitará a través del Portal (foro inverso), dentro de un plazo de
24 horas, desde su notificación) el ingreso de los antecedentes omitidos o la
corrección de éstos, dando un nuevo plazo para subsanar, pudiendo optar a 1(Un)
punto, como puntaje máximo.
En caso de que el oferente no responda
dentro del nuevo plazo otorgado vía foro inverso y no ingrese o no subsane
error de forma, en los formularios N°1, N°2 y N°3 la oferta será declarada
inadmisible, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases
Administrativas, cuya oferta no
pasará a la siguiente etapa de evaluación.
La ponderación de
la nota será la que resulte de aplicar el 3% al puntaje obtenido de acuerdo con
la siguiente tabla:
|
Cumplimiento de los Requisitos 3%
|
Puntaje
|
|
Ingresa Formulario N°1, N°2 y N°3 a más
tardar el día y hora de cierre de recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo primero,
contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
|
100
|
|
Ingresa documentos omitidos y/o subsana errores
de forma dentro del nuevo plazo, (Formularios N°1 y/o N°2 y/o N°3).
|
1
|
|
No ingresa a más tardar dentro del plazo de foro
Inverso el Formulario N°1, N°2, N°3, omite o no subsana errores de forma
dentro del nuevo plazo.
|
Inadmisible
|
Cumplimiento
Programa de Integridad (2%)
El programa de integridad
de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o
herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a
determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad,
fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Para la aplicación
de este criterio, se tomará como base la documentación presentada por el
oferente a través de su propuesta, que respalda la existencia de programa/s de
integridad en su empresa.
|
Cumplimiento
Programa de Integridad (2%)
|
Puntaje
|
|
|
|
El oferente, cuenta con
programa de integridad y difusión a su personal.
|
100
|
|
|
Si no adjunta Formulario N°7, no completa o no acredita lo solicitado en este criterio.
|
1
|
|
El oferente deberá adjuntar copia del programa
de integridad utilizado y acreditar, además, la difusión del mismo a su
personal; para esto último, podrá presentar copia de correo corporativo de
difusión, copia de participación de los trabajadores en charlas o capacitaciones
o cualquier otro antecedente que permita acreditar su difusión.
Si los documentos
adjuntos en su oferta no contienen la información necesaria para acreditar que
cuenta con programas de integración y fueron difundidos a su personal, serán desestimados
y no serán considerados en la evaluación del criterio de “cumplimiento programa
de integridad”.
Si no se acompañan
los documentos dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, así
también, si los antecedentes tienen fecha posterior a la publicación de las
presentes bases, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
III.
ADJUDICACIÓN Y
CONTRATO.
18. RESOLUCION DE LA PROPUESTA.
a) El Jefe del Área de
Finanzas o quien lo subrogue, deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria”.
b) Posteriormente, la
Unidad Técnica procederá a la elaboración de la resolución de adjudicación.
c) La Directora del
establecimiento mediante resolución administrativa procederá a adjudicar o
desestimar la propuesta de acuerdo con lo propuesto por la Comisión de apertura
y evaluación. Así como también,
tendrá la facultad de dejar sin efecto todo el proceso, cuando existan errores,
vacíos o incongruencias en las bases administrativas.
d) En el
caso que la Directora del establecimiento decida acogerse a la excepcionalidad
contenida en el artículo 35º quáter de la ley N.º 21.634/11-12-2023, deberá
emitir resolución fundada en los términos del artículo respectivo, justificando
su decisión y detallando procedimientos internos de aplicación si así procede.
e) Tramitada la
resolución de adjudicación, se subirán al Portal los siguientes documentos de
acuerdo con lo previsto en el art. 57 letra b):
·
Informe de Apertura y Evaluación.
·
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
·
Resolución de Adjudicación.
·
Contrato.
·
Resolución que aprueba el contrato.
f) La adjudicación
será publicada en el portal Mercado Público, entendiéndose notificada al
adjudicatario y al resto de los oferentes, transcurridas 24 horas desde dicha
publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
g) Una vez notificado,
el oferente adjudicado deberá hacer llegar la garantía de fiel cumplimiento de
contrato, y la documentación exigida en el punto 24 de las bases, esto, a más a
tardar en el plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que fuere
notificado de la Adjudicación.
h) Recibida
la documentación anteriormente señalada, se remitirán los antecedentes al
encargado de contrato para la redacción del respectivo “contrato” y “resolución
aprobatoria del mismo”.
i) Una vez tramitado
los referidos documentos, junto al expediente será derivado al ejecutivo de
compra de servicios de la Unidad de Insumos No Clínicos, quien emitirá la orden
de compra respectiva.
j) El hospital se
reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas
o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar desierta
la licitación, se requerirá Resolución fundada que así lo disponga y será
publicada en www.mercadopublico.cl.
k) Una
vez que entre en vigencia los servicios, la validación y solicitud de documento
de cobro de las prestaciones efectivamente ejecutadas, será de responsabilidad
del Área de Gestión Documental.
19. MODIFICACION DE LA FECHA DE ADJUDICACION
El Hospital Las Higueras
podrá aplazar hasta en 20 días corridos la fecha de adjudicación señalada en el
Portal en los siguientes casos:
· Cuando
no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación establecido
en las presentes Bases Administrativas.
· Cuando
se presenten más de 5 ofertas y en consecuencia se requiera de más tiempo para el
estudio de estas.
· Cuando
se soliciten aclaraciones, a través de la opción “Aclaraciones Ofertas” del Portal Mercado Público.
· Cuando
la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepantes no claras al momento
de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo o
técnico.
Todo lo anterior será debidamente informado en el
portal, a todos los oferentes, previa tramitación del acto administrativo que
dé cuenta de la postergación de la fecha de adjudicación.
20. MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO
DE LA ADJUDICACION.
se deja constancia
que, ante consultas sobre el proceso de adjudicación, éstas deberán efectuarse
en el Sistema de Información, identificando el ID de licitación, dentro de un
plazo de 48 horas, desde que haya sido adjudicada la licitación, las cuales
serán respondidas dentro de 5 días hábiles. Vencido el plazo para consultas
indicado anteriormente, no se dará lugar a nuevas consultas.
En el caso que se
formulen consultas, sus respuestas serán publicadas en la plataforma del Portal
Mercado Público.
21. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Con el fin de garantizar el fiel cumplimiento del contrato el Hospital
Las Higueras exigirá la entrega de una garantía con los términos
señalados en el siguiente recuadro.
La referida garantía, deberá ser recepcionada por el hospital, dentro
de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la
Resolución de Adjudicación. Deberán entregarse en sobre cerrado y
caratulado con el ID, nombre del oferente adjudicado y nombre de la propuesta a
que se refiere en la Oficina de Partes del Hospital Las Higueras ubicada en el
primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno Nº 777, Las
Higueras Talcahuano. Su horario de atención, en días hábiles, de lunes a
viernes de 08:30 a 15:00 horas, horario continuado.
En los casos en que
se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo
dispuesto en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firmas Electrónica
y Servicios de Certificación de dicha firma, la cual podrá ser enviada por
correo electrónico, el que será indicado en la respectiva resolución de
adjudicación.
La no presentación oportuna de esta garantía facultará al Hospital para
readjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado.
|
Tipo de documento
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Cualquier documento que asegure
el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, tomada por el
proveedor adjudicado o por un tercero, a nombre del Hospital Las Higueras
y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del DS N° 250
de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable). En los casos en que
se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo
dispuesto en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firmas
Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
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Solución de Conflictos
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La Garantía contratada no
podrá contener cláusulas de arbitraje para la resolución de conflictos
entre las partes y la entidad aseguradora.
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Beneficiario
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Hospital Las Higueras.
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Rut del Beneficiario
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61.607.202-1
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Pagadera
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A la vista y de
carácter irrevocable.
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Vigencia
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Tendrá una vigencia de
a lo menos 120 días corridos desde el término del respectivo contrato.
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Tipo de moneda
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Pesos Chilenos/UF
(Unidad de Fomento), la que debe consignar su equivalencia en pesos chilenos,
al valor del día en que sea tomada dicha garantía.
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Monto
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Será por el 5%
del monto total adjudicado.
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Glosa
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Para garantizar fiel y
oportuno cumplimiento de la propuesta “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA
REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”.
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Devolución
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Cumplido
íntegramente el contrato y el plazo de vigencia de la garantía, a
satisfacción del Hospital, la garantía será devuelta al adjudicado vía correo
certificado al domicilio indicado por éste en los antecedentes de la
propuesta, sin perjuicio de devolverla directamente en el caso de que lo
solicite.
En el caso de
renovación o modificación del contrato la garantía deberá ser reemplazada por
otra de acuerdo con nuevo monto y su vigencia deberá extenderse al nuevo
plazo contractual más los 120 días exigidos.
|
Con cargo a la
garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrán hacer efectivas, en su
caso, las multas y sanciones que se establecen en las presentes Bases
Administrativas, garantía que asegurará, además el cumplimiento de las
obligaciones laborales y sociales del oferente adjudicado para con sus
trabajadores.
Todo lo anterior se
hará efectivo ipso facto de pleno derecho y sin necesidad de declaración
judicial alguna, en caso de ocurrencia de algunos de los hechos señalados
anteriormente.
En el evento de
haberse hecho efectivas las multas que no dan lugar a término anticipado del
convenio, según punto 30 “Sanciones/Multas”, el contratista deberá hacer
entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
dentro de 15 días corridos, a contar de la notificación de la resolución que
aplica la multa, en portal mercado público. En dicho contexto, en el caso de
sustituirse la garantía referida precedentemente, el monto de la nueva caución
corresponderá al 5% del saldo insoluto del contrato a la época en que se
efectúe el reemplazo, como lo exige el inciso primero del artículo 68 del
decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
22.
READJUDICACIÓN
El Hospital podrá readjudicar la licitación en los siguientes casos:
· Si el adjudicatario
desiste de su oferta.
· Si no presenta
garantía Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de 15 días corridos, contados
desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
· Cuando el adjudicatario
no haga entrega de la documentación exigida en el punto 24 de las bases
administrativas, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha de
notificación de la Resolución de Adjudicación.
· Si no concurre a la
firma del contrato dentro de los 30 días corridos, contados desde la
notificación de la Resolución de Adjudicación a través del portal mercado
público.
En caso de que no sea posible la readjudicación por
no contar con una segunda oferta evaluada, u otra causa, se procederá a dejar
sin efecto la resolución de adjudicación y se levantará un nuevo proceso.
23. RETROTRAER EL PROCESO
El hospital podrá
retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso
de evaluación de la propuesta y/o se detectaren errores, vicios u
omisiones en la propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará a los interesados que hubieren participado en el
procedimiento la interposición de los recursos, mediante la publicación en la
Plataforma de Mercado Público, resolución fundada dejando sin efecto la
adjudicación, teniendo un plazo de cinco días para que aleguen cuanto
consideren procedente en defensa de sus intereses.
Ya retrotraído el
proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de
evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación y firma de contrato.
En caso de que se
requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocará
la propuesta, con resolución fundada, se revisará el requerimiento y se
levantará un nuevo llamado licitatorio.
24. CONTRATO
Se celebrará un
contrato de compra de servicios para realizar intervenciones quirúrgicas de
fijación de columna, el que se formalizará dentro de un plazo
de 30 días corridos, a contar de la fecha de notificación de la Resolución
de Adjudicación al oferente adjudicado, la cual, entrará en vigencia una
vez aprobado el contrato y emisión de la orden
de compra y la aceptación de esta por parte del adjudicado, la cual, se
entenderá aceptada por el proveedor, si no es rechazada por éste dentro de las 24
horas siguientes a su notificación en el Portal Mercado Público.
Una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá hacer llegar, en un plazo no superior a
15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de
Adjudicación a través del Portal Mercado Público, la correspondiente garantía
de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por el 5% del valor total
del contrato, (impuesto incluido si correspondiere), la cual deberá tener un
vencimiento mínimo superior a 120 días,
a la fecha de término del contrato. Dentro del mismo plazo el oferente deberá
hacer llegar la documentación exigida para la redacción del contrato de la
compra de servicios.
Recibida la garantía y la documentación requerida, que más adelante se
detalla, se procederá a la redacción del contrato de la compra de servicios. Su
contenido deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 64 del Reglamento de
la Ley 19.886 (D.250/2004). Dicho contrato deberá firmarse dentro del plazo de 30 días, contado desde la
notificación vía portal mercado público de la Resolución de Adjudicación al
oferente.
Los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación pública
y del respectivo contrato de compra de servicios, serán intransferibles.
Para todos los efectos de esta licitación, el adjudicatario fijará su
domicilio en la comuna de Talcahuano.
El adjudicatario debe presentar a más a tardar en el plazo de 15 días
corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado de la Resolución de
Adjudicación, la siguiente documentación para la redacción del contrato:
PERSONA NATURAL:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o
Formulario 30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de
sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con
trabajadores por el código del trabajo.
En el evento que el
adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos
laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no
podrá contratar con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo
afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.640 del 18/12/2023, de
presupuesto.
·
Declaración Jurada
de Inhabilidad para contratar con el Estado.
·
Declaración jurada
simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los
órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26
del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración jurada
de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII
de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración jurada
de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de
la ley N°19.886
·
Datos para
Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023).
PERSONA JURÍDICA.
·
Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
·
Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Copia autorizada de la escritura social.
·
Certificado de Vigencia, modificación y poderes de la Sociedad de una
antigüedad no superior a 30 días en relación a la fecha de presentación de sus
ofertas.
·
Copia de inscripción del extracto en el registro de comercio.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o
Formulario 30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de
sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con
trabajadores por el código del trabajo.
En el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún
registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los
certificados respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane
el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.640 del
18/12/2023, de presupuesto.
·
Declaración Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para
contratar con el Estado, de acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393,
Establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de
lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que
indica.
·
Declaración jurada simple que indique no encontrarse afectos a la
prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado
prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica
oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración jurada de inhabilidades para contratar con el estado,
contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634,
artículo N°35 quáter.
·
Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el
artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023).
PERSONA JURÍDICA CONSTITUIDA EN SISTEMA
SIMPLIFICADO LEY N°20.659:
· Fotocopia
Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
· Certificado
de Estatuto Actualizado, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
· Fotocopia
de Iniciación de Actividades en SII.
· Certificado
de Vigencia, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
· Certificado
de Anotaciones, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
· Formulario
F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario F30 certificado
de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o declaración
simple, indicando no contar con trabajadores por el código del trabajo.
· Declaración Jurada
simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de acuerdo
con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad Penal
de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento
del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
· Declaración jurada
simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los
órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26
del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
· Declaración jurada
de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII
de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
· Declaración jurada
de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de
la ley N°19.886
· Datos para Transferencia
bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023)
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP):
· Escritura pública
donde conste la Unión Temporal.
· Los demás
antecedentes requeridos precedentemente para las “PERSONAS NATURALES” y “JURIDICAS”, respecto de cada
uno de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores,
según su naturaleza.
· Declaración Jurada
simple de no estar afecto a la Inhabilidad para contratar con el Estado,
conforme a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1° de la Ley 19.886, la cual
debe ser suscrita por cada integrante de la UTP.
· Declaración jurada
de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de
la ley N°19.886bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023)
Lo anterior, salvo
si los antecedentes exigidos se encuentren acreditados en Chile proveedores.
Una vez se haga la
recepción de los documentos se emitirá la orden de compra global.
25. DE LA
OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicado
deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con
motivo de la prestación de los servicios, ya sean aquellos proporcionados por
el hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos. De esta manera,
bajo ninguna circunstancia el adjudicado podrá, por cualquier título y/o medio,
revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir,
interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en
parte esta información, ya sea tanto durante la vigencia del contrato como
después de su término, salvo autorización expresa del Hospital, otorgada a
través de su Directora.
Esta prohibición
afecta al adjudicado y a su personal, y su responsabilidad será solidaria,
incluso después del término de contrato. El adjudicado sólo podrá copiar o
reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a los
servicios contratados.
En caso de
incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá término
anticipado al contrato de prestación de servicios celebrado con el contratado,
pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al
contrato, conforme a lo dispuesto en las Bases Administrativas, sin
perjuicio de iniciar las acciones legales correspondientes.
26. PRE FACTURACIÓN
Se tomará como prefacturación el Anexo 2, formato adjunto a
las presentes bases administrativas, indicando los siguientes datos: fecha, Código Fonasa, nombre de la Intervención, hora de la anestesia, servicio
requirente, datos del paciente (Nombre y Rut), Nombre del primer cirujano,
nombre del segundo cirujano, nombre del anestesista, auxiliar de anestesia,
nombre del arsenalero/a del pabellonero/a, y enfermera/o.
Una vez que las
prestaciones sean validadas por parte del C.C. Pabellón Anestesia y Post
Operados y Área de Gestión Documental, esta última solicitará a través de
correo electrónico el envío del correspondiente documento de cobro. Solo, una
vez solicitada, podrá el adjudicado hacer llegar dicho documento.
27. PROCEDIMIENTO DE PAGO
DE LOS SERVICIOS
Para cumplir con los tiempos de revisión señalados en el procedimiento
administrativo interno y pago oportuno, el adjudicado deberá entregar la
pre factura (anexo 2), con el detalle de las intervenciones quirúrgicas de columna,
de preferencia, el primer día hábil del mes siguiente de realizado los servicios.
Serán obligaciones del adjudicado y de las distintas unidades las
siguientes:
· EL ADJUDICADO
Ø El
prestador deberá ACEPTAR la orden de compra dentro de 24 horas siguientes a la
notificación de ésta a través del portal www.mercadopublico.cl
En caso contrario, se entenderá aceptada si no es rechazada dentro del
mismo plazo señalado anteriormente.
ü De preferencia,
el primer día hábil siguiente del mes en que se ejecutaron las prestaciones,
deberá entregar en la secretaría del C.C. Pabellón Anestesia y Post Operados de
Hospital Las Higueras, la prefactura de todas las Intervenciones Quirúrgicas de
columna ejecutadas en el mes a cobrar, según anexo 2, de acuerdo a lo exigido
en el punto 26 “Pre Facturación” de las presentes bases administrativas.
Ø Será
de responsabilidad del adjudicado llevar el control de los servicios prestados,
en el sentido de no superar el presupuesto adjudicado.
Ø Para
el caso de prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron
observación, se debe seguir el mismo procedimiento que se indica en este punto.
Entrega de Documento de Cobro.
Una vez que los servicios
sean validados y cumpla con todos los procesos administrativos necesarios para
dar curso al pago, deberá emitir documento de cobro, al cual deberá adjuntar
todos los antecedentes solicitados por el área de Gestión Documental:
Ø
Documento de cobro.
Ø
El adjudicado deberá adjuntar a documento
de cobro Nómina que acredite pago al equipo médico y no médico que participó de
las intervenciones quirúrgicas, en base al último pago que el hospital realizó al
adjudicado con cargo a esta licitación, siempre que exista un pago previo a
ésta; al momento de rendir. La referida nómina debe estar firmada por cada uno
de los participantes, estos son, médicos cirujanos traumatólogos, anestesista,
técnicos paramédicos: arsenalero, pabellonero, auxiliar de anestesia y
enfermera (si correspondiere). Esto, como comprobante de pago de los servicios
realizado por cada uno de sus prestadores. Esto, como comprobante de pago de
los servicios realizados por cada uno de sus prestadores, a menos que
postulen bajo el articulo 67 y soliciten en la Unión Temporal de Proveedores,
que los pagos se realicen en razón al prestador que participa de las
intervenciones y valores adjudicados.
Ø
Formulario F30 Certificado de antecedentes
laborales y previsionales o Formulario F30-1 Certificado de cumplimiento
laboral y previsional y Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio
Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo
establece la ley N°16.744, esto, correspondiente al período anterior a aquél
que se solicita el cobro. No adjuntarlos, facultará al Área de Gestión
Documental rechazar la recepción del documento de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos y
solicitar un nuevo documento de cobro, conforme lo establezca las bases. Lo anterior, no se solicitará si el
adjudicada entrega en sus documentos requeridos para contratar una Declaración
Simple expresando no contar con trabajadores contratados por el código del
Trabajo.
Ø
·
C.C. PABELLON ANESTESIA Y POST OPERADOS.
De todas las intervenciones ejecutadas, que son cargadas a las compras
de servicios realizadas a pacientes usuarios del Hospital Las Higueras, la Jefe
del C.C. de Pabellón, Anestesia y Post Operados, o a quien se instruya, deberá:
Ø Revisar que la pre factura
(Anexo 2) entregada por el adjudicado detalla todas las intervenciones
quirúrgicas de columna realizadas en el mes a cobrar. Con los datos solicitados en cada celda.
Ø Adjunto a documento conductor
de parte del jefe del C.C. de Pabellón Anestesia y Post Operados enviar al Área
de Gestión Documental, Nómina con todas las intervenciones quirúrgicas
realizadas en el mes, bajo la modalidad de compra de servicios de intervenciones
quirúrgicas de columnas, realizada a pacientes usuarios del hospital. Lo
anterior, para su validación.
· ÁREA DE GESTION DOCUMENTAL
Una vez
recibido por parte del C.C. Pabellón Anestesia y Post Operados el Anexo 2, esta
área, deberá:
Ø
Identificar al prestador involucrado en la compra de servicios y revisar
que haya prestado sus servicios. Además, deberá velar porque el
prestador que realiza la prestación, no se encuentre inhabilitado por
alguna de las causales de inhabilidad prevista en el artículo 56º de la Ley N°
19.653, o por alguna de las causales contempladas en la normativa, que lo
imposibilite para contratar con la administración del Estado, sea a honorarios
a Suma Alzada y/o por Compras de Servicios, esto, en relación al incumplimiento
al programa de formación y del periodo asistencial obligatorio (PAO); y/o si es
Jefe de Servicio del establecimiento; o, aun cuando no sea jefe de servicio, si
en la medida que los obliga a no desempeñar otra función remunerada; o por
alguna inhabilidad contemplada en el capítulo VII de la ley 19.886 y su ley
modificada 21.634, articulo N° 35 quáter, esto, durante toda la vigencia del
contrato, incluyendo la apertura y evaluación de la propuesta, a menos que
exista alguna circunstancia excepcional conforme a lo señalado en el artículo
35 quáter de la ley 19886 y exista informe fundado que autorice su
participación bajo la modalidad de compra de servicios.
ü
Verificar que los
prestadores que realizan el servicio sean los informados por el adjudicado o se
hayan incorporado previamente a través de solicitud de incorporación (Anexo 1).
No pagar la prestación cuando no cumplan con la incorporación,
previa al servicio, esto, de acuerdo a lo indicado al final del punto 30 de las
presentes bases.
Ø De existir reparos
subsanables, deberá comunicarse directamente con el adjudicado
o con la Jefe del C.C. de
Pabellón, Anestesia y Post Operados, según corresponda.
Ø De presentarse
alguna irregularidad o detectarse alguna inhabilidad, deberá informar por
escrito a la Subdirección de Gestión Clínica del hospital, con copia al Área de
Abastecimiento para conocimiento. En este caso, devolverá todo el expediente al
oferente adjudicado, hasta salvar observación, en caso de que corresponda.
Ø Revisar
y controlar que las intervenciones (nombre y código Fonasa), señaladas en anexo
2 sean coincidentes con las ingresadas en el Sistema Informático de Pabellón u
otro sistema de registro de control vigente, al momento de realizar la
prestación.
Ø Que
los pacientes intervenidos por el profesional sean pacientes usuarios del
Hospital Las Higueras.
o Cuando
la atención sea realizada a un paciente Isapre, Capredena, Dipreca u otra
previsión que no sea Fonasa o Prais, se otorgará esta prestación con cargo a
esta licitación, debiendo esta área informar a la Unidad de Recaudación para la
revisión de los cobros correspondientes, al correo electrónico de la Unidad,
que será indicado en la resolución de adjudicación.
Ø Que,
las prestaciones ejecutadas sean los requeridos en esta licitación.
Ø
Con los servicios validados, realizar el cálculo de las prestaciones a
pagar, de acuerdo a valor adjudicado y prestaciones efectivamente ejecutadas,
adjuntará la orden de compra del portal mercado público y solicitará al
adjudicado el respectivo documento de cobro, el cual deberá adjuntar Nómina que
acredite pago al del equipo médico y no médico que participaron en las intervenciones
quirúrgicas con cargo a esta licitación, esto, siempre que al momento de la
rendición existan pagos asociados a esta licitación. La referida nómina debe
estar firmada por cada prestador que participó en las intervenciones
quirúrgicas. Lo anterior, como comprobante de pago de los servicios realizado
por cada uno de sus prestadores. No será solicitada la nómina de pago, si el
proveedor adjudicado postula a través de una Unión Temporal de Proveedores,
solicitando que los pagos se realicen en razón al prestador/es que realizaron las
prestaciones y valor adjudicado, Formulario F30 Certificado de antecedentes
laborales y previsionales o Formulario F30-1 Certificado de cumplimiento laboral y
previsional y Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos
de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo establece la
ley N° 16.744, esto, correspondiente al período anterior a aquél que se
solicita el cobro. No entregar dicha documentación, facultará al Área de
Gestión Documental, rechazar la recepción del documento de cobro, hasta el
cumplimiento de dichos documentos. Lo anterior, no se solicitará si el
adjudicado entrega dentro de sus documentos requeridos para contratar, una
Declaración Simple expresando no contar con trabajadores contratados por
el código del Trabajo.
Con el documento de
cobro correctamente emitido y la documentación de respaldo, se procederá a
realizar la recepción conforme en Sistema ABEX, para el posterior envío del
expediente a la Unidad de Contabilidad.
La Unidad de
Insumos No Clínicos, realizará la recepción conforme a través de la plataforma
de mercado público
· CONTABILIDAD.
Al momento de recibir el expediente, deberá:
Ø Revisar que la
boleta o factura, adjunte la nómina de las “prestaciones” ejecutadas y sus
respectivas validaciones; orden de compra de Portal Mercado Público y Recepción
en sistema ABEX.
Ø En los casos de
revelar algún error en el expediente, deberá regularizar con la unidad correspondiente.
Ø Revisar que las
prestaciones coincidan con el valor adjudicado (orden de compra versus
facturación y nómina de respaldo).
Ø Además, deberá
revisar que se adjunte a documento de cobro:
ü Nómina que acredite
pago al equipo médico y no médico que realizaron las prestaciones en base al
último pago que el hospital realizó al adjudicado con cargo a esta licitación,
siempre que exista un pago previo a ésta; al momento de rendir. La referida
nómina debe estar firmada por cada de sus prestadores. Esto, como comprobante
de pago de los servicios realizado por cada uno de ellos. No será solicitada la
nómina de pago, si el proveedor adjudicado postula a través de una Unión
Temporal de Proveedores, solicitando que los pagos se realicen en razón al
prestador que realizó las prestaciones y valores adjudicados).
ü Documentación de
antecedentes laborales y previsionales y certificado de afiliación a Seguro
Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, a menos que certifique a través de una Declaración Simple no
contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo, cuando corresponda.
Para el caso de prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que
subsanaron observación, se debe seguir el mismo procedimiento indicado
anteriormente.
Este procedimiento administrativo interno,
podrá ser modificado, de acuerdo con las necesidades y contingencias del
establecimiento, lo cual, se formalizará a través de resolución exenta que lo
apruebe.
28. FORMA DE FACTURACIÓN Y PAGO
Facturación:
Deberá
emitir la factura, a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1,
Dirección: Avenida Alto Horno N° 777, Las Higueras, Talcahuano, indicando
claramente en su glosa lo siguiente:
·
N° de la orden de compra.
·
Detalle y período del servicio otorgado
Ø Todo Documento
Tributario Electrónico emitido, debe hacer referencia a la orden de compra
asociada y generada en mercado público, en el campo 801 destinada para ello.
Ø El Documento
Tributario Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no mayor a 48 horas a
la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
Ø Las facturas deben
tener como forma de pago “crédito”
No cumplir con lo
anterior, se procederá al rechazo del documento, a través de la plataforma del Servicio
de Impuestos Internos.
Pago:
El pago se
realizará por transferencia electrónica, por mes
vencido, dentro de 30 días corridos, contados desde la fecha en que el
documento de pago es aceptado, de acuerdo con la Ley de Presupuesto para el año
2024 N°21.640 del 18/12/2023, lo dispuesto en la partida 16 del Ministerio de
Salud Glosa 02 letra e) “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de
Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a
contar de la fecha en que la factura es aceptada”.
De acuerdo con
instructivo del Ministerio de Hacienda, los pagos serán realizados por la
Tesorería General de la República, a menos que se encuentre vigente la circular
N°14 del 08/03/2023 de la Dipres, en cuyo caso, los pagos serán realizados por
el hospital.
Los proveedores,
podrán consultar sus pagos en la página del banco estado, para lo cual deben
realizar lo siguiente:
1. Entrar al
sitio
http://www.servibanca.cl/PMASI_CltProve/Clt_Login.aspx?idCon=9290&ce=7202
2. Ingresar con
los últimos 4 dígitos del RUT sin el dígito verificador.
3. Para
consultas o inconvenientes deben dirigirse a: soportei@bancoestado.cl.
Aquellos proveedores que no tengan registrados sus datos para
transferencia en nuestra base de datos lo pueden realizar enviando un correo
electrónico a *cheryl.moreno@redsalud.gob.cl.
29.
DEL
LUGAR Y HORARIO EN QUE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS:
Los servicios serán
prestados en los pabellones quirúrgicos del Hospital Las Higueras, ubicado en
el cuarto piso de la segunda etapa del hospital, en Avenida Alto Horno N°777
Las Higueras, Talcahuano, de acuerdo con la disponibilidad que hubiera de
pabellón, cajas de instrumental, camas y personal, en horario inhábil hasta el
término de los procedimientos contratados (finalizado todo el proceso que ello
conlleva).
Intervenciones
Quirúrgicas:
·
Lunes a jueves, a contar de las 17:01 horas, hasta el término de los
procedimientos contratados (finalizado todo el proceso que ello conlleva).
·
Viernes, a contar de las 16:01 horas, hasta el término de los
procedimientos contratados (finalizado todo el proceso que ello conlleva).
·
Sábados, domingos y festivos a contar de las 08:00 horas, hasta el
término de los procedimientos contratados (finalizado todo el proceso que ello
conlleva).
Cualquier
modificación horaria, se podrá realizar, previo acuerdo de las partes y
autorización del Subdirector de Gestión Clínica, o quien le subrogue o
reemplace.
30.
SANCIONES/
MULTAS.
servicios, respectivo o si lo cumple en forma deficiente o tardía (en lo
que dice relación con la prestación ininterrumpida de los servicios) el Hospital
Las Higueras de Talcahuano cobrará una multa. Consecuentemente, la multa
corresponderá a la sanción que se aplica por incumplimiento del contrato de
prestación de servicios, que no constituya causal de término de este, lo que se
determinará de acuerdo con la gravedad de la infracción.
Según lo dispuesto en las
Bases Administrativas y detalles entregados en su oferta, el Hospital Las
Higueras cobrará una multa, en UTM., equivalente en pesos del día y mes
que se originó la infracción, esto, en los siguientes casos:
·
Multa de 3 UTM, por cada evento cuando
el adjudicado no presente a alguno de los integrantes del equipo médico y no
médico para realizar la intervención quirúrgica “agendada” o rechace realizar
la prestación el día agendado. Dicho incumplimiento deberá ser informado
por el jefe del Servicio Clínico de Traumatología,
o quien le subrogue o reemplace.
·
Multa
de 2 UTM, por cada evento cuando el equipo operatorio no esté
conformado a lo menos, por dos médicos especialista en traumatología o
neurocirugía, un médico anestesista, un enfermero y tres técnicos paramédicos. Dicho
incumplimiento deberá ser informado por el jefe del Servicio Clínico de
Traumatología, o quien le subrogue o reemplace.
·
Multa
de 1 UTM, por cada evento cuando el equipo médico y no médico
presentado por el contratante, no cumpla con los registros que se deben
efectuar, formatos, protocolos y normas del establecimiento, en los medios que
éste disponga. Dicho incumplimiento deberá ser informado
por el jefe del Servicio Clínico de Traumatología, o quien le subrogue o
reemplace.
En los siguientes
casos, el hospital pagará la totalidad de la prestación, sin embargo, se
aplicará una multa en razón al prestador que incurra en alguno de los siguientes
incumplimientos, para lo cual, se utilizará los valores indicados por el
oferente a través de Formulario N°5.
·
Cuando el prestador que ejecuta el servicio no figura en el
Formulario N°4 original y tampoco se haya solicitado previamente la
autorización al supervisor del contrato de la incorporación de un nuevo integrante. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la Jefe
de Área Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR MULTAS.
La Jefatura
indicada en el punto 28 de las presentes bases, o quien le subrogue o
reemplace, deberá informar los incumplimientos en la prestación de los
servicios por parte del adjudicado a Jefa del Área de Abastecimiento, o quien
la subrogue o reemplace, con el fin de gestionar la notificación de la multa
correspondiente.
En el caso de
acreditarse una infracción por parte del contratante y que origine la
aplicación de la multa correspondiente, el Área de Abastecimiento comunicará
mediante oficio al proveedor en el domicilio indicado en el Formulario N° 1,
quien dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la
notificación de la carta certificada (se entiende notificada al tercer día
siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo
presentar en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer
piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno Nº 777, Las Higueras
Talcahuano, un escrito indicando el ID del portal asociado a la propuesta,
identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido
este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptada la sanción
interpuesta. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes
que el Hospital disponga y/o el adjudicado haya aportado, a la Directora del
Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días
corridos contados desde la recepción del descargo del proveedor, para
rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
De
acogerse los descargos presentados por el adjudicado, disponiendo la no
aplicación de la multa, el adjudicado será debidamente notificado mediante
oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En
el caso de resolver aplicar la multa, se procederá a dictar la resolución
respectiva que resolverá la aplicación de ésta y su cuantía, el que será
debidamente notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado
Público.
Sin perjuicio de lo
anteriormente expuesto, el adjudicado podrá deducir en contra de la resolución
que dispone la aplicación de multas, los recursos contemplados en la ley 19.880
que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos
de los Órganos de la Administración del Estado.
ALTERNATIVAS PARA
EL PAGO DE LA MULTA
Una vez que el
proveedor sea notificado de la aplicación de la multa, existen las siguientes
alternativas para su pago:
a)
Pago directo del proveedor.
Una vez que el
proveedor sea notificado de la aplicación de multa, deberá realizar el pago
directo de la misma.
El proveedor,
tendrá un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación de parte de la
Unidad de Contabilidad y Presupuesto de Hospital Las Higueras de Talcahuano,
para proceder a efectuar el depósito a la cuenta corriente y datos indicados
por el funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto de Hospital.
Una vez coordinado
y recepcionado el depósito de parte del proveedor, la Unidad de Contabilidad y
Presupuesto procede a resguardar la información y realizar la contabilización
correspondiente.
Si dentro de 10
días hábiles desde la notificación de la aplicación de la multa, no ha realizado
el pago de la sanción, el funcionario de la Unidad de Contabilidad y
Presupuesto procederá a realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento
de contrato.
b)
Cobro de garantía.
El cobro de la
garantía se hará efectivo cuando no se realice la opción anterior, es decir,
cuando el proveedor no opte por el pago directo, siempre y cuando la garantía
se encuentre vigente.
Para confirmar la
aplicación de multas a los proveedores, el encargado de atención de proveedores
de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto será el responsable de dar aviso
mediante correo electrónico al contacto informado por el proveedor en el
Formulario N°1, sobre el cobro realizado para cualquiera de las 2 opciones,
dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación a través de
panel documental de Oficina de Partes del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
31.
CESIÓN
DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES.
El contratante no
podrá, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y
obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública, en
especial los establecidos en el contrato de prestación de servicios definitivo.
La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado
al contrato, en forma inmediata, conforme a lo establecido en el punto número 37
de las presentes Bases Administrativas. Los documentos justificativos de los
créditos, en favor del adjudicado, para el pago de los servicios contratados,
serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
32.
DE
LA SUBCONTRATACIÓN
El adjudicado podrá concertar con terceros la subcontratación parcial
del contrato, cuyo porcentaje no podrá superar el 30%, y siempre que el
prestador se encuentre impedido de otorgar el servicio y que se trate de
prestadores de igual idoneidad técnica del adjudicado, esto, previa
autorización escrita de parte de la Dirección del Hospital, y sin perjuicio de
que la responsabilidad que se origine por el incumplimiento en la prestación de
los servicios subsistirá en el adjudicado. Sin embargo, no podrá subcontratar
médicos y no médicos, sancionados con medidas disciplinarias de suspensión o
destitución, por el período en que se encuentra vigente la sanción.
Se establece, que el responsable por
incumplimientos o faltas siempre será el adjudicado.
33.
SOLUCION
DE CONTROVERSIAS
Cualquier dificultad
o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la
interpretación, aplicación y ejecución de las presentes Bases Administrativas o
Especificaciones Técnicas contenidas en ellas, o si durante la ejecución del
contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente
Técnico en conjunto con el Área de Abastecimiento presentarán los
antecedentes a la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital Las Higueras,
quienes presentarán a la Directora un informe en derecho, el que será sometido
a su consideración.
34.
VIGENCIA
DEL CONTRATO
El contrato de
prestación de servicios para realizar intervenciones quirúrgicas de columna tendrá
una vigencia de 12 meses, siempre que exista autorización y disponibilidad
presupuestaria o hasta que se presten la totalidad de los servicios
adjudicados.
Si al término de la vigencia del contrato,
existiera presupuesto adjudicado disponible, se podrá realizar de mutuo acuerdo
con el proveedor adjudicado, la ampliación de este, en las mismas condiciones
en las que fue celebrado hasta que sea agotado completamente.
Dicho contrato podrá ser renovado, previo acuerdo
de las partes, por igual o menor periodo, conforme a lo dispuesto
en el artículo 12 del DS Nº 250 de 2004 y la existencia de la disponibilidad
presupuestaria.
Lo anterior,
siempre y cuando exista razones fundadas por parte del Supervisor del Contrato,
mediante informe técnico enviado al Área de Abastecimiento; en todo caso, el
precio a pagar en el período renovado será el mismo de la oferta original.
35. REFERENTE TECNICO.
El jefe del Servicio Clínico de Traumatología, o quien
le subrogue o reemplace, será el responsable de:
-
Entregar las especificaciones técnicas con
los requerimientos necesarios para la elaboración de las bases administrativas,
aclarando las dudas generadas por parte del licitante, durante la preparación
de éstas.
-
Una vez publicada la licitación en el
portal, responder las consultas técnicas presentadas por el o los oferentes, a
través de Foro de Consulta.
-
Una vez cerrada la licitación, revisar,
técnicamente, las ofertas recibidas, en base a las especificaciones técnicas
entregadas inicialmente.
-
Participar en conjunto con el Área de
Abastecimiento en la solución de controversias, de acuerdo con el punto 33 de
las Bases Administrativas.
36. SUPERVISOR DEL CONTRATO
El jefe del Servicio Clínico de
Traumatología, o quien lo subrogue o reemplace legalmente, una
vez adjudicado el servicio, será el responsable del cumplimiento de los requerimientos
y disposiciones indicados en las Bases Administrativas y de las condiciones
ofertadas por el adjudicado. Así también, y en paralelo con la jefe del C.C de Pabellón,
Anestesia y Post Operados y la jefa del Área de Gestión Documental, o quien le
subrogue o reemplace legalmente, encargada de validar las prestaciones,
reportar al Área de Abastecimiento en el caso de incumplimientos en la
prestación de los servicios por parte del adjudicado, para la aplicación de
multas o término anticipado del contrato, según corresponda.
Como Supervisor del Contrato, el jefe del Servicio Clínico de
Traumatología, o quien le subrogue o reemplace, será el responsable de solicitar, con a lo menos cuatro meses de anticipación,
la renovación de la contratación, adjuntando informe técnico fundado para ello, o para
un nuevo proceso licitatorio. Ambos casos, de ser necesario dar continuidad del
servicio.
37. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la ley Nº 19.886, y el
artículo 77 del Reglamento de la citada ley, el Hospital pondrá término
anticipado al contrato fundado en alguna de las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado. Se entenderá por
incumplimiento grave lo siguiente:
·
La aplicación al adjudicado de 4 multas en un
periodo de seis meses.
· En todos aquellos casos en que el adjudicado supere los topes establecidos
y la multa máxima a aplicar, en alguna de las situaciones indicadas en el punto
30 Sanciones y Multas, de las presente bases.
·
El incumplimiento de la obligación de
confidencialidad establecida en el punto 25 de las presentes Bases
Administrativas.
·
Subcontratación total.
· Subcontratación parcial, sin autorización previa de la Directora.
· Cuando el profesional
que realiza el servicio esté inhabilitado por alguna de las causales contempladas
en la normativa o en el capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificada
21.634, articulo N° 35 quáter, esto, durante toda la vigencia del contrato, a
menos que exista alguna circunstancia excepcional respaldado por un Informe
fundado que autorice su participación bajo la modalidad de compra de servicios.
Procede también término anticipado del contrato, a
aquel oferente adjudicado que haya participado bajo el artículo 67 bis del
reglamento, según las siguientes causales:
· La
constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores – UTP
constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar Ia libre competencia. De
verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a Ia
Fiscalía Nacional Económica.
· Ocultar
información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus
miembros.
· inhabilidad
sobreviniente de alguno de sus integrantes, en Ia medida que la Unión Temporal
de Proveedores – UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los
restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
· Si
uno de los integrantes de Ia UTP se retira de ésta, y dicho integrante hubiese
reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
· Disolución
de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
b)
En el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°
21.595, de Delitos Económicos.
c) Estado de notoria
insolvencia del adjudicado, a menos que
mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar
el cumplimiento del contrato.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un
máximo de seis meses.
e) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad
ejecutora.
f) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos
y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial,
de los establecidos en el contrato definitivo, sin autorización del hospital.
g) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
h) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En caso de acreditarse
incumplimiento del contrato de suministro, que origine el término anticipado de
contrato, el Área de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor en
el domicilio indicado en el contrato, quien tendrá un plazo de 5 días hábiles
para presentar sus descargos, a contar de la notificación de la carta
certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su recepción en
la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes
del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio
administrativo, en Avenida Alto Horno Nº 777, Las Higueras Talcahuano, un
escrito indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del
oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus
descargos, se entenderá aceptado el término anticipado de contrato. En caso de
presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital
disponga y/o el contratante haya aportado, a la Directora del Establecimiento,
o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos
contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o
acogerlos.
De acoger o rechazar los descargos
presentados por el contratante, éste será debidamente notificado mediante
oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver el término anticipado
del contrato, se procederá a dictar la resolución respectiva, el que será
debidamente notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado
Público.
Con
excepción de las causales contempladas en las letras g) y h), la resolución que
ponga término anticipado al contrato dispondrá además el cobro de la garantía
de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin necesidad de requerimiento ni
acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que le
pudieren corresponder en contra del contratante, en el evento de que el
perjuicio originado sea mayor al valor de la garantía referida.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto,
el contratante podrá deducir en contra de la resolución que ponga término
anticipado al contrato de servicios, los recursos contemplados en la ley 19.880
que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos
de los Órganos de la Administración del Estado.
Si el término anticipado del contrato obedece a uno de los puntos
consignados en las causales de las letras g) y h), sólo, se dictará el acto
administrativo respectivo que dispondrá el término anticipado del contrato.
38.
ASPECTOS POR CONSIDERAR EN LA PRESENTACION
DE LA OFERTA
a)
Ante errores de cálculo, el hospital podrá
considerar el menor precio expuesto o rechazar la oferta.
b) Los
precios se deberán cotizar en moneda
nacional.
39.
OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICADO
El adjudicado queda especialmente
sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la
legislación complementaria de éste, en las relaciones que mantenga con sus
trabajadores, en especial a las normas relativas a Seguridad Social y a la
normativa legal y reglamentaria que rija el funcionamiento del Hospital
Higueras.
Otras obligaciones
del Adjudicado:
a. El adjudicado deberá dar
cumplimiento a las obligaciones contractuales y previsionales respecto a sus
trabajadores.
b. En la valorización de los servicios se deberá considerar los salarios,
leyes sociales, seguros, implementos de seguridad, transportes materiales, equipos y,
en general, todos los gastos inherentes a las características de los servicios
a prestar.
1º.
TÉNGASE
presente que los documentos singularizados en el numerando primero, esto es,
Bases Administrativas y Formularios, forman parte integrante de la presente Resolución,
para todos los efectos correspondientes. Los formularios son los siguientes:
FORMULARIO N° 1
IDENTIFICACION DEL
OFERENTE
PROPUESTA “CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
PERSONA JURIDICA
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (RAZON SOCIAL) :
2.- RUT. DEL OFERENTE (DE LA EMPRESA) :
3.- DIRECCION COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE COMPLETO REPR. LEGAL :
7.- DIRECCION REPR. LEGAL :
8.- FONO REPR. LEGAL :
9.- RUT. REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO ELECTRÓNICO :
____________________
Firma representante
legal
Talcahuano,
__________________________, 2024
PERSONA NATURAL
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (Nombre y apellidos) :
2.- RUT (Cédula de Identidad) :
3.- PROFESION U OFICIO :
5.- DIRECCION :
6.- FONO :
7.- CORREO ELECTRÓNICO :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
__________________________, 2024
FORMULARIO N° 2
DECLARACION JURADA
DE INHABILIDAD
PERSONA NATURAL O
PERSONA JURIDICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA REALIZAR
INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
No he
sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por
el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años
anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con
la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la
administración, contempladas en artículo 4°, inciso sexto, de la ley N° 19.886
y artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
No he
sido condenado, o mi representada no ha sido
condenada,
Mi
representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y
contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley
N°20.393.
No he
sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el
artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi
representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones
o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o
partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que
hubieren sido condenadas a la citada medida.
No soy
ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la
presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o
comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o
funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante
y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos
en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o
pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad
inclusive).
No integro
la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier
calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o
comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el
inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge,
convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o
afinidad).
Mi
representada no es una sociedad de personas o empresa individual de
responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en
los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias
finales.
Mi
representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por
acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en
los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias
finales.
Mi
representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las
personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas
de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias
finales.
No soy
gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las
sociedades antedichas.
1. Declaro
que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa,
verificable y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la
verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en
la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código
Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o
diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de
presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades
tributarias mensuales.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL
REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Talcahuano, ________________________________, 2024
NOTA:
1. Todos los datos solicitados deben ser completados
debidamente por el oferente.
2. En el caso de UTP, este anexo deberá ser completado por cada uno de
los integrantes de la misma.
FORMULARIO Nº3
DATOS DE CONTACTO
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
El oferente deberá
indicar en este formulario los siguientes datos de contacto, para coordinar la
prestación de los servicios licitados.
Nombre de contacto
______________________________________________
Correo electrónico
________________________________________________
N° de teléfono
____________________________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL
REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2024
FORMULARIO Nº4
DATOS DEL PRESTADOR
(equipo médico y no
médico que participa de las prestaciones)
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
|
Nombre del
Profesional que prestará el servicio
|
Cédula Identidad
|
Profesión
|
Especialidad
(Solo para equipo médico)
|
Nº Registro
Superintendencia de Salud
|
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|
NOM BRE DEL
OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL
REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2024
FORMULARIO Nº5
Composición del
Pago
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”
El oferente deberá indicar en
este formulario los valores asignados a cada profesional, de acuerdo con su rol
en la intervención quirúrgica de columna. Lo anterior, sin perjuicio de que el pago será global, de acuerdo con
el monto presentado en su oferta.
|
Profesión
|
Especialidad
|
Calidad
|
Valor
($)
|
|
Médico cirujano
|
Traumatólogo/neurocirujano
|
1er. Cirujano
|
|
|
Médico cirujano
|
Traumatólogo/neurocirujano
|
2do. Cirujano
|
|
|
Médico cirujano
|
Anestesista
|
-
|
|
|
Enfermera/o
|
-
|
-
|
|
|
Técnico
Paramédico
|
-
|
Arsenalero/a
|
|
|
Técnico
Paramédico
|
-
|
Pabellonero/a
|
|
|
Técnico
Paramédico
|
-
|
Auxiliar de
Anestesia
|
|
|
Otros
|
|
|
|
|
|
|
Total ($)
|
|
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2024
FORMULARIO Nº6
OFERTA ECONÓMICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE
FIJACIÓN DE COLUMNA”
El valor
estipulado en el presente formulario deberá coincidir con lo consignado en el Comprobante de
oferta en mercado público.
|
Línea
|
Código
Interno Abex
|
Código
y Nombre del requerimiento
|
Precio
unitario (exento de I.V.A.)
|
|
1
|
104-0009
|
Intervención Quirúrgica “Fijación de
columna (cervical-dorsal-lumbar) cualquier vía abordaje c/s osteosíntesis –
Código Fonasa 1103069 (no incluye prótesis con cargo al prestador).
|
|
Observaciones:
Ø Valor es exento de I.V.A.
Ø En el caso de
existir una discrepancia entre el valor estipulado en Formulario “Oferta
Económica” y lo consignado en el comprobante de oferta en portal mercado
público, el Hospital considerará el menor precio expuesto.
Ø El oferente que no presente el Formulario “Oferta Económica”, o no complete o
presentación incompleta, a más tardar al
cierre de la presentación de las ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado
desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado
Público, su oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE
LEGAL :
__________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
________________________________, 2024
FORMULARIO N°7
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD
PROPUESTA “CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE FIJACIÓN DE COLUMNA”.
El compareciente, en su calidad de representante
legal del proponente, declara bajo juramento que:
|
Programa de integridad
|
SI
|
NO
|
|
Cuenta con programa de integridad y difusión
a su personal.
|
|
|
NOMBRE DE LA
EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE
REPRESENTANTE LEGAL :
__________________________
Firma
Talcahuano,
_________________________, 2024
Anexo 1:
SOLICITUD
DE AUTORIZACIÓN DE INCORPORACIÓN
|
Fecha de emisión
|
|
|
Nombre de Representante
|
|
|
Nombre del adjudicado (Natural o Jurídica)
|
|
|
Rut del adjudicado (Natural o Jurídica)
|
|
Solicita a través
de este medio, autorización para agregar al (los) siguiente (es) prestador (es)
al staff de prestadores informados en nuestra oferta adjunta a
licitación ID __________________________:
|
Nombre del prestador a incorporar
|
Cédula Identidad
|
Registro SIS
|
Sociedad a la que se incorpora
|
|
|
|
|
|
El prestador incorporado,
deberá cumplir con las mismas o mayores exigencias de evaluación que los
prestadores indicados por el oferente adjudicado, a través del Formulario N°4)
Por lo tanto, deberá
adjuntar:
_____ Documento que acredite a lo menos las mismas
competencias acreditadas a través del proceso de evaluación, esto implica,
cumplir a los menos con el puntaje de los mismos tramos acreditados por el
prestador adjudicado, si correspondiere (evaluable). Solo se considerarán los documentos emitidos, previos a la
fecha de incorporación.
____ Certificado extendido
por la Superintendencia de Salud, que registre su título de médico de acuerdo
con la especialidad solicitada, traumatología y ortopedia, neurocirugía,
anestesiología y en el caso de los médicos especialistas en traumatología y
ortopedia, presentar certificado y/o documento oficial que acredite sus
subespecialidad en cirugía de columna. De igual forma cuando se requiera
incorporar enfermeras, técnicos paramédicos y/o técnicos o profesionales con
título del área de la salud de acuerdo con lo requerido en el punto 4 de las
bases administrativas según corresponda. Esto, del prestador a incorporar.
Observaciones:
ü Cuando la propuesta
se la adjudique una unión temporal de proveedores y esté
conformada solo por personas naturales, no será posible
incorporar nuevos prestadores. Solo podrán incorporar o cambiar prestadores,
aquellos oferentes que sean personas jurídicas.
Observación:
___________________________________________________________________
_________________________________
(Nombre
y Firma de Supervisor del Contrato)
V°B°
Transcrito
Fielmente
MINISTRO
DE FE
|
|

Anexo 2
