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BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS |
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DIRECCIÓN
DEPTO. ASESORÍA JURÍDICA
A.2/ DSF
RESOLUCION EXENTA: ____________________/
OSORNO,
MAT.: Aprueba Bases administrativas, técnicas, anexos y formularios para la Licitación Pública “Centro de Eventos con Servicio de Producción de Eventos para actividad Bienestar del Hospital Base San José de Osorno 2025” ID N.º 1057727-5-LE25.
VISTOS: Lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 661/2024 del Ministerio de Hacienda; la Resolución 36/2024 de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, el Decreto Ley Nº 2763 de 1979; Decreto Supremo Nº 140 de 2004 del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial el 21 de Abril de 2005; Decreto Afecto N°22/2023 del Ministerio de Salud, dicto la siguiente:
CONSIDERANDO:
1. Que, el Depto. Abastecimiento y Operaciones del Servicio de Salud Osorno a través de Memorándum N°14926 de fecha 24/11/2025 y de acuerdo a Formulario de compra Nº3, Folio N°02, de fecha 29/10/2025 del Departamento Desarrollo Organizacional y Calidad de Vida Laboral H.B.S.J.O, requiere Aprobar Bases Administrativas, técnicas, anexos y formularios para la Licitación Pública “Centro de Eventos con Servicio de Producción de Eventos para actividad Bienestar del Hospital Base San José de Osorno 2025” ID Nº 1057727-5-LE25.
2. Que, los servicios requeridos, no se encuentran disponibles en el Catálogo de Convenios Marcos de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a los requerimientos específicos de la Institución.
3. Que, considerando que existe presupuesto para esta adquisición y que ésta no supera las 1.000 UTM, se procederá a una Licitación Pública en el portal Mercado Público, según Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
4. Que, conforme con lo anterior, dicto lo siguiente:
R E S O L U C I Ó N:
1.- APRUÉBANSE las Bases administrativas, técnicas, anexos y formularios para la Licitación Pública “Centro de Eventos con Servicio de Producción de Eventos para actividad Bienestar del Hospital Base San José de Osorno 2025”, que son del tenor siguiente:
BASES PROPUESTA PÚBLICA
“CENTRO DE EVENTOS CON SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS PARA ACTIVIDAD BIENESTAR DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 2025”
ID 1057727-5-LE25
BASES ADMINISTRATIVAS
ANTECEDENTES Y CONDICIONES GENERALES
El Servicio de Salud Osorno, en adelante “el Servicio”, representado por su Director, actúa como Entidad Licitante en la Propuesta Pública para la Centro de Eventos con servicio de Producción de eventos para actividad del Servicio de Bienestar del Hospital Base San José de Osorno, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos y formularios, aprobados por la autoridad competente del Servicio de Salud, y de acuerdo a lo solicitado en el FSC N°3, Folio N°2 del Departamento Desarrollo Organizacional y Calidad de Vida Laboral H.B.S.J.O
La presente Licitación será de carácter Simple, vale decir, se puede adjudicar sólo a un proveedor por ítem o servicio requerido.
Cabe señalar que de acuerdo a lo previsto por el Art. 30, letra D, de la Ley Nº19.886 y en el Artículo 29 del Decreto Supremo Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de dicho cuerpo legal, los servicios que se licitan no se encuentran incluidos en el Catálogo de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Descripción de la Adquisición
La presente licitación tiene como objetivo la adquisición del servicio individualizados en la siguiente tabla:
ÍTEM DETALLE TIPO CANTIDAD MONTO REFERENCIAL SUBTÍTULO
1 “Centro de Eventos con Servicio de Producción de Eventos para actividad Bienestar del Hospital Base San José de Osorno 2025”, con capacidad para albergar 550 personas para el desarrollo del servicio licitado. Servicio 1 $16.500.000.- 32050001
Bienestar
PRESUPUESTO TOTAL REFERENCIAL $16.500.000.-
Presupuesto Total Referencial: $16.500.000.-
Fuente de Financiamiento: 32050001 Bienestar
Antecedentes Básicos del Organismo Licitante
Razón Social: Servicio de Salud Osorno
Unidad de Compra: Bienestar
R.U.T.: Nº61.607.600-0
Dirección: Juan Mackenna N°825, Edificio Plaza Sur
Comuna: Osorno
Región en que se genera la adquisición: Región de Los Lagos
DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se establecen las siguientes abreviaciones y definiciones:
Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Prestación de Servicios, regido por la Ley N°19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
Adjudicatario: Oferente cuya oferta o cotización ha sido seleccionada en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de Adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
Comisión de Evaluación: Estudiará y evaluará las ofertas y antecedentes, y elaborará un Informe Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter técnico, legal, económico u otros.
Entidad Licitante: Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Proyecto. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del equipo. En este proceso de licitación el Entidad Licitante es el Servicio de Salud Osorno con domicilio en Avenida Juan Mackenna 825, de la ciudad de Osorno.
Especificaciones Técnicas: Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir los oferentes de la presente licitación.
Licitación: Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la adquisición del equipo que se señala. Se inicia con el llamado a Propuesta Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato.
Oferta o Propuesta: Proposición técnica y económica presentada por el oferente.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización, estando habilitado para aquello.
Orden de Compra: Aquel documento electrónico emitido por la Entidad compradora al Proveedor a través del Sistema de Información, por el cual solicitan la entrega del producto y/o servicio que desea adquirir. En ella se detalla el precio, la cantidad y otras condiciones para la entrega.
Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que por sí o por Uniones Temporales de Proveedores, podrán proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades. Deberá estar inscrito en alguna de las categorías del Registro de Proveedores.
Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de proveedores, a cargo de la Dirección, de conformidad a lo prescrito por la Ley de Compras y el Reglamento.
Reglamento de Compras: El Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones posteriores.
Resolución de Adjudicación: Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta.
Servicio: Servicio de Salud Osorno.
NORMAS GENERALES
Normativa y Orden de Precedencia de los documentos
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria
Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere
Oferta de el o los Adjudicatarios respectivos
Resolución Adjudicataria
Contrato – Resolución Aprobatoria
Órdenes de Compra
En general, todo documento relacionado con la presente licitación que emane de la Unidad Técnica.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan, recíprocamente, en forma tal que se considera parte del contrato cualquier obligación que se consigna en uno u otro de los documentos señalados.
Los documentos precedentes son de carácter público, en atención a la naturaleza de esta licitación.
En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras:
Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
Decreto 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, del Ministerio de Hacienda.
Decreto 63 Exento que Aprueba Norma Técnica N°226 que establece Obligatoriedad de Implementar un Sistema de Registro de Datos que permita la Trazabilidad de los Dispositivos Médicos al Momento de su Recepción por Prestadores Institucionales de Salud.
Toda otra normativa o reglamento vinculante y atingente para la ejecución de las obligaciones que emanen de la presente licitación.
Requisitos y Condiciones de los Oferentes
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el Art. 115, número 3 del Reglamento de Ley N°19.886 y de acuerdo al numeral 3 número 8 de las presentes bases.
El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N°19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, en la Ley N°20.393, en la Ley N°21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación.
En caso de que no se presente la referida declaración, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el Art. 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el Art. 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de éste como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declararán inadmisibles todas estas ofertas.
Se asume que los oferentes han estudiado cuidadosamente las Bases, Anexos, Formularios, Preguntas y Respuestas, Aclaraciones a la propuesta y demás antecedentes, y la normativa vigente de las materias objeto de la propuesta.
Interpretación de las Bases
El Servicio se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las Bases Administrativas de licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime conveniente, sin perjuicio de tener presente la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación, materia de este proceso concursal, sin que ello, implique que necesariamente se adjudique la oferta que resulte de menor costo, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
PROCESO DE LICITACIÓN
Llamado a Licitación y Entrega de Bases
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la total tramitación de la Resolución que aprueba las presentes Bases.
Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Instancia de Preguntas, Respuestas y Modificaciones a las Bases
Preguntas y Respuestas
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones respecto de las bases y sus anexos dentro de los plazos señalados en el numeral 2.3 “Etapas y Plazos” de estas bases.
Las preguntas deberán formularse a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el ID de esta licitación. El Servicio dispondrá las preguntas y sus respuestas para conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el numeral citado.
Las referidas respuestas del foro deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 27 del Reglamento de la Ley N°19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como: proferir injurias en contra de la Entidad Licitante, los organismos públicos mandantes o en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, u otros fines que no se refieran exclusivamente al realizar consultas respecto del proceso licitatorio en cuestión. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, el Servicio podrá abstenerse de responder aquel comentario.
Modificaciones a las Bases
Se podrán modificar las presentes bases y sus formularios, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el periodo de presentación de ofertas, hasta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID de esta licitación. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas considerando las modificaciones efectuadas.
Es obligación de los oferentes revisar las modificaciones que pudieran subirse como documentos adjuntos al portal hasta antes del cierre de la licitación.
Etapas y Plazos
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que se establecen en el siguiente cronograma:
N° ETAPA PLAZO
1 Publicación de las Bases de Licitación Dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la total tramitación de la Resolución que aprueba las presentes Bases.
2 Periodo de Publicación 5 días (hábiles) (*)
3 Inicio Período de Consultas Desde el día y hora de publicación.
4 Cierre Período de consultas Hasta el día 2 (hábil) a las 15:00 horas.
5 Publicación de Respuestas Hasta el día 3 (hábil) a las 15:00 horas.
6 Recepción de las Ofertas Hasta el día 5 (hábil) (*) a las 15:15 horas.
7 Acto de Apertura de las Ofertas Día 5 (hábil)(*) a las 15:16 horas.
El acto de apertura se realizará en una etapa, es decir se procederá a abrir la oferta técnica y económica conjuntamente.
8 Período de Evaluación de las Ofertas Hasta el día 10 (corrido), contado desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
9 Adjudicación Hasta el día 30 (corrido), contado desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
(*) Se reduce el plazo de publicación a la mitad, conforme al artículo 46 del Reglamento (DS N°661/2024), al tratarse de ítems de simple y objetiva especificación, conforme a lo estipulado en Informe Técnico N°2/2025.
Nota 1: Las diversas etapas y plazos serán contados desde el día siguiente a la fecha de publicación (día 1) de las Bases en el portal mercadopublico.cl.
Nota 2: Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl
Visita a Terreno
No Aplica.
Comunicación y Contactos
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través del foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.
Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que el Servicio pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, a través del portal.
Está prohibido tanto a los que hayan obtenido estas Bases como a los oferentes, como su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios de la Entidad Licitante para fines relacionados con esta licitación, salvo aquellos contemplados expresamente en el Capítulo VII, artículo 35 ter de la Ley de Compras. De presentarse este tipo de situaciones, el involucrado quedará excluido del presente proceso licitatorio cualquiera sea la fase en que éste se encuentre.
Revocación
El llamado a licitación podrá ser revocado por la entidad licitante. Se podrá otorgar el estado “revocada” en aquellas situaciones donde la licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “Desierta” pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 61, Ley N°19.880. Si existiesen Boletas de Seriedad de Oferta asociadas a la licitación, éstas serán devueltas 10 días posteriores a la Revocación en el Portal Mercado Público.
Suspensión
En esta materia, regirá lo dispuesto en el Artículo 25 bis de la Ley N°19.886, referido a las atribuciones del Tribunal de Contratación Pública.
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR OFERTAS
El Servicio aceptará un máximo de una (1) propuesta por Ítem. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta en una línea de servicio en particular, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas en dicha línea de servicio.
Los formularios que forman parte de la oferta deben identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos formularios y documentos de la oferta, por otro.
Los formatos de los formularios solicitados son los anexados a las presentes bases. Estos deberán ser completados con la información que permita la correcta evaluación de las ofertas, los cuales deberán ser suscritos por los oferentes, ya sea por sí mismo, en el caso de que sean personas naturales, o por los representantes legales de éstos o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, en el caso de que sean UTP. En caso que se presenten ofertas con formularios en formatos propios, la comisión podrá considerar su evaluación siempre y cuando dicho formulario NO modifique la información necesaria para la adecuada evaluación.
En caso que la comisión detecte modificación referida al contenido de los formularios y no permita evaluar la oferta será causal de Inadmisibilidad.
En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, esta deberá ser integrada exclusivamente por empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas. Su constitución se deberá materializar en un acuerdo público o privado, conforme lo señalado en artículo 180 letra d) del Reglamento de Compras Públicas, el cual, deberá ser presentado por el apoderado de la UTP, al momento de ofertar. En caso de que dicho acuerdo no sea presentado en la oportunidad señalada, éste no conste por escritura pública, cuando el monto de la licitación así lo requiera o no de cumplimiento a las formalidades establecidas en la Ley y Reglamento de Compras, la oferta de la UTP será declarada inadmisible. Asimismo, serán declaradas inadmisibles las ofertas de aquellos oferentes que participen simultáneamente de forma individual como integrante de una UTP, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible tanto la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, como la oferta de la UTP de la que forme parte.
Se deja constancia, que el instrumento que formaliza la unión deberá establecer la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado, quien deberá ser un integrante de dicha UTP, con poder suficiente para representarla, especialmente, respecto de la presentación y suscripción de los formularios Administrativos, técnicos y económicos.
Se deja establecido que, si los mismos integrantes de una UTP se asocian dos o más veces mediante la misma figura para presentar ofertas distintas, aun cuando designen a distintos apoderados, se entenderá que se trata de un solo participante, de conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.886, y en ese caso, se considerará solamente la primera oferta que se haya ingresado al sistema.
Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal https://www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
En caso que algún Certificado o Antecedente que deba ser acompañado a alguno de los formularios, no fuese publicado con la oferta, la comisión podrá solicitar a través de la opción Consultas y Aclaraciones, conforme se detalla en el numeral 3.6 de las presentes Bases Administrativas. En el caso que sean presentados en tiempo y forma, serán calificados de acuerdo al criterio de Evaluación de las Ofertas según lo estipulado en el numeral 5.3.1, letra D), de las presentes Bases, denominado "Cumplimiento de Requisitos Formales".
Los documentos solicitados deben estar vigentes a la fecha de envío de las ofertas. Estos documentos deben presentarse en copias simples, legibles y firmadas en la parte inferior por el representante legal del proveedor de la persona jurídica o por el apoderado con las facultades suficientes para actuar en su nombre, o por la persona natural, según corresponda. Es importante aclarar que esta condición aplica únicamente para aquellos documentos que tengan vigencia en ese momento.
En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar al SERVICIO, un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la comisión respectiva y el resto de los oferentes de la licitación. En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes y de la Oferta Técnica y Económica en la oficina de partes del SERVICIO, en sobre cerrado, indicando el número de licitación. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo, efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información. Tendrá un plazo de 2 días hábiles contados desde el envío del Certificado de Indisponibilidad.
La propuesta se compone de los Antecedentes Administrativos, de la Oferta Técnica y de la Oferta Económica, según se detalla en los siguientes numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4.
Presentación Antecedentes Administrativos
Se deberán presentar los siguientes antecedentes en la carpeta Anexos Administrativos del portal www.mercadopublico.cl, utilizando para ello los Formularios anexos a las presentes Bases según corresponda:
Formulario N°1A Identificación del Oferente “Persona Natural” o “Persona Jurídica”.
Formulario N°1B Declaración de Constitución Unión Temporal de Proveedores (UTP), (ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES) y debe ser completado exclusivamente por el apoderado de la UTP y adjuntado a la oferta de la UTP.
Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar: la cual se debe confirmar y firmar obligatoriamente de manera electrónica.
Declaración Jurada Simple Complementaria sobre Inhabilidades: De acuerdo a lo establecido en la Ley de Compras Públicas N°19.886, específicamente en los artículos 35 quáter y 35 quinquies, los oferentes deberán completar esta declaración jurada. La finalidad es complementar la Declaración Jurada Online, que permita especificar que ni el oferente, ni sus socios, accionistas, administradores, beneficiarios finales, ni sus parientes, tienen inhabilidades o conflictos de interés que puedan afectar la transparencia y objetividad del proceso de contratación.
Garantía de Seriedad de la Oferta, según lo indicado en el numeral 3.4.
Formulario N°2 Programa de Integridad: Este Formulario tiene por finalidad que los oferentes declaren, bajo juramento, si cuentan o no con Programas de Integridad los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. En el caso de las UTP cabe señalar que cada uno de sus integrantes deberá completar este anexo y asimismo adjuntar sus respectivos programas de integridad, en caso de tenerlos.
Se entenderá por programa de integridad y ética empresarial aquellas políticas que tengan como objeto prevenir, detectar y sancionar conductas irregulares en el cumplimiento de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tengan lugar en una organización, y que afecten la transparencia y legalidad de compras públicas.
Para acreditar lo anterior, los proveedores deberán:
Presentar protocolos, Certificaciones, Instructivos, Reglamento de orden, higiene y seguridad política interna, en los contratos de trabajo, en un anexo de contrato o cualquier otro documento que acredite la existencia del programa de integridad. Para todos los casos dicho programa deberá estar expresamente contenido en cualquiera de estos documentos.
Entregar respaldo que permitan acreditar que el Programa de Integridad es conocido por su personal y/o trabajadores, tales como afiche informativo, comunicado interno, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, constancia de inducción, capacitación, seminario, etc.
La no presentación del Formulario Nº2 no implica el rechazo de la oferta.
Presentación Antecedentes Técnicos
Se deberán presentar los siguientes antecedentes en la carpeta Anexos Técnicos del portal www.mercadopublico.cl, utilizando para ello los Formularios anexos en las presentes Bases:
Formulario Nº3 Especificaciones Técnicas: En el Formulario N°3, el Oferente deberá indicar el cumplimiento de todas las especificaciones técnicas señaladas y mencionar su referencia en documentación de respaldo, la cual debe corresponder a catálogos, fichas técnicas, brochures, datasheet, etc.
En caso que la Comisión no pueda ratificar lo informado por el Proponente en su oferta, ésta podrá requerir mediante Foro Inverso nuevos antecedentes que permitan comprobar el cumplimiento de lo solicitado.
La presentación del formulario es Obligatoria. La omisión de este formulario al momento de publicar la Oferta, significará el RECHAZO de toda la Propuesta.
Presentación Oferta Económica
El oferente deberá ingresar su Oferta Económica en el portal www.mercadopublico.cl, en plazo indicado en el numeral 2.3 Etapas y Plazos, salvo excepciones contempladas en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento (Art. Nº115 del Reglamento de Compras Públicas), en pesos chilenos, en valor total neto de su propuesta, exento de impuesto, valor que se entenderá como válido para la evaluación, eventual adjudicación y posterior suscripción del contrato, si hubiere.
Los valores ofertados no estarán afectos a reajustabilidad alguna.
Las condiciones de la oferta económica deberán tener una vigencia mínima de 120 días hábiles a partir de la fecha de cierre de la propuesta, plazo que deberá consignarse en la Oferta Económica. Al oferente que no indique vigencia de su oferta, se le considerará la exigida por el Servicio.
La oferta debe ajustarse al monto presupuestado para la presente licitación. Si la oferta excede dicho monto podrá ser declarada Inadmisible por el Servicio.
Oferta Riesgosa o Temeraria
Se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue. En caso de presentarse una oferta, dicha diferencia se comparará con el presupuesto referencial.
Para declarar inadmisibilidad de ofertas riesgosas, el servicio deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta, de acuerdo a lo señalado en el Art. 61 letras a y b del Reglamento de Compras Públicas.
De ser adjudicada la oferta riesgosa, se solicitará al oferente la presentación o ampliación de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al 5% de la diferencia entre el valor de la oferta adjudicada y el precio ofertado por la oferta que quede en segundo lugar.
En caso de que la Orden de Compra sea el contrato, la garantía debe ser entregada antes del respectivo envío, en caso contrario se podrá readjudicar al proveedor que le sigue en puntaje.
Para Contrato suscrito el proveedor debe hacer la entrega de esta garantía antes de la fecha de suscripción, caso contrario, se podrá readjudicar al proveedor que le sigue en puntaje.
Garantía de Seriedad de la Oferta
No Aplica.
Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Los oferentes tendrán un plazo fatal de 25 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por el Servicio o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta, pudiendo ingresar solamente una respuesta dentro del plazo indicado. El Servicio no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o los que no hayan sido enviados a través de la plataforma.
Cabe señalar que el oferente que haya incurrido en errores u omisiones formales al momento de presentar su oferta, y con posterioridad lo haya subsanado en virtud del presente numeral, obtendrá menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, según lo indicado en numeral 5.3.1, letra D) de estas bases de licitación.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema (“foro inverso”), dispuesto en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, mediante el cual se solicitan antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
En caso que la comisión solicite aclaraciones y los oferentes no respondan con la claridad necesaria para evidenciar el cumplimiento de lo consultado, esta podrá realizar una segunda consulta. Si aun así la respuesta entregada por los oferentes no permite determinar si lo ofertado responde a lo requerido, la comisión declarará como no cumplido el requerimiento.
Solicitud de Certificaciones o Antecedentes Omitidos
El Servicio podrá permitir la presentación de Formularios, certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, con excepción de los Formularios Obligatorios establecidos en los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4, siempre que dichos formularios, certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad aI vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, de conformidad a lo establecido en el Art. 56 inciso 2° del Decreto Supremo 661/2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886.
Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en este numeral.
En estos casos, el Servicio a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo especial de 25 horas para que subsane dichas omisiones, y se calificará con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 5.3.1. letra D) de la presente Bases.
El Servicio se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Pacto de Integridad
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad, indicado en este numeral, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el numeral 6.2 de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor.
Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con el numeral 7.9, de estas bases de licitación.
CONDICIONES DE LA RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES Y APERTURA ELECTRÓNICA
La apertura de las ofertas administrativas, técnicas y económicas de la Licitación se efectuará a través del portal Mercado Público, levantándose acta a través del portal Mercado Público.
Se deja expresamente establecido que, frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución según disponibilidad de la plataforma, previa certificación de indisponibilidad del Portal de la dirección de Compras Públicas.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 51 del Reglamento de Compras Públicas.
Rechazo en la Apertura Electrónica
No se recibirá ningún antecedente fuera del lugar, día y hora señalados en las Bases de licitación. Se deja claramente establecido que no se aceptarán ofertas administrativas, económicas y técnicas enviadas por otra vía que no sea la electrónica, salvo que se trate de una indisponibilidad Técnica del Sistema de información, en cuyo caso aplicará lo señalado en el Art. 115 N°3 del DS 661/2024.
La Comisión de Evaluación, verificará respecto de cada propuesta que haya sido presentada, siguiendo las indicaciones entregadas en las Bases y que no exista ninguna deficiencia en la presentación que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los Art. 6° y 10° de la Ley N°19.886.
El Servicio se reserva el derecho a rechazar fundadamente cualquier oferta electrónica e incluso rechazarlas todas, si no cumplen una o más disposiciones de estas bases.
Serán rechazadas:
Las propuestas entregadas por los proponentes en que se compruebe que no se han entregado los siguientes antecedentes:
Garantía de Seriedad de la Oferta (si aplica), en caso de ser solicitada, en formato físico o electrónico dentro del plazo establecido en las presentes bases; o si la presentada no se encuentra extendida de acuerdo a las instrucciones establecidas en las Bases.
Formularios Obligatorios solicitados en los numerales 3.1, 3.2 y 3.3.
Apertura Electrónica
Una vez concluida la verificación de todas y cada una de las ofertas subidas al portal de www.mercadopublico.cl y en virtud de los resultados obtenidos del proceso, se procederá a efectuar el Acto de Apertura Electrónica, dando así por concluida la etapa de apertura.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán evaluadas y calificadas por la comisión de evaluación designada por el Servicio, en las presentes bases, la cual en caso que superen las 1000 UTM será nombrada por Resolución, la que se regirá de acuerdo a lo establecido en el Art. 54 del Reglamento de Compras Públicas.
Comisión de Evaluación y Calificación de las Ofertas
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, compuesta por los siguientes funcionarios públicos:
Jefe Departamento Desarrollo Organizacional H.B.S.J.O., o por el (la) funcionario(a) de su dependencia que designe o quien lo subrogue.
Jefe de Unidad de Ambientes Laborales H.B.S.J.O. o por el (la) funcionario(a) de su dependencia que designe o quien lo subrogue.
Jefe de Unidad de Abastecimiento H.B.S.J.O. o por el (la) funcionario(a) de su dependencia que designe o quien lo subrogue.
Déjese constancia que, en caso de ausencia de alguno de los miembros, le reemplazará aquel funcionario (a) que ejerza sus funciones en su ausencia autorizada mediante resolución exenta. Esta situación quedará registrada en la respectiva acta evaluación de las ofertas.
Las propuestas serán evaluadas por la Comisión de Evaluación, la que propondrá la selección o rechazo de ellas mediante un Informe de Evaluación que indicará las razones técnicas, financieras y jurídicas del rechazo o de la propuesta de admisibilidad de cada una de las ofertas analizadas.
De la obligación que asiste a cada miembro de esta comisión de tomar conocimiento de la normativa referente a la Ley N°20.730 y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº71, del 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y dar cumplimiento a lo estipulado en ella.
Un funcionario designado por el Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Osorno asesorará a la comisión en temas de procedimientos que rigen la Ley de Compras N°19.886.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los Art. 35 ter de la Ley de Compras Públicas y el Artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas.
Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 35 de la Ley N°19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés con aquellos oferentes que participen en el procedimiento de licitación, obligándose, además, a guardar la confidencialidad de este.
Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de calificación o evaluación en el presente proceso tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.
Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el Art. 35 de la Ley N°19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadoras o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.
En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y en aplicación del artículo 6° bis del Reglamento de la Ley N°19.886, en concordancia con los Artículos 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de interés se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.
En el procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, se verificará lo siguiente:
Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos.
Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:
Redactar las respectivas actas y/o informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas bases de licitación y el proceso de evaluación de las ofertas.
Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases.
Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.
Proponer la adjudicación.
Podrán solicitar asesoría del Departamento Jurídico del Servicio de Salud, en caso de considerar pertinente o invitar a otro funcionario del Servicio o Establecimiento de Salud, a participar de la comisión como asesor sin derecho a voto.
Durante el proceso de evaluación la comisión podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del Art. 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, y de acuerdo con lo descrito en el numeral 3.5 y 3.6 de las presentes bases de licitación. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni que se vulneren los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación.
Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, el Servicio podrá fijar una nueva fecha y hora para la realización.
Asesoría a la Comisión de Evaluación
A requerimiento de la comisión evaluadora, el servicio podrá proveer a dicha comisión de la asesoría de expertos en las materias técnicas a revisar en el presente proceso de evaluación, según lo estipulado en el Art. 54 del Reglamento de Compras Públicas.
Criterios de Evaluación
La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, utilizando criterios técnicos, económicos y administrativos.
La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Cumplimiento de Especificaciones Técnicas
Previo a la aplicación de Criterios y Factores de Evaluación, las ofertas presentadas serán sometidas a revisión del cumplimiento del 100% de las especificaciones técnicas obligatorias contenidas en el Formulario Nº3, del cumplimiento de Plazo de Entrega máximo. Si éstas cumplen con el 100% de los requisitos exigidos, las ofertas serán sometidas a la evaluación correspondiente, en caso contrario no continuarán con el proceso de evaluación declarándose INADMISIBLES TÉCNICAMENTE.
Las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases y demás documentos de la licitación, serán sometidas a un proceso de evaluación. La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
TIPO CRITERIOS PONDERACIÓN PUNTAJE TOTAL
Técnico Ubicación (lugar de evento) 35% 100 PUNTOS
Administrativo Cumplimiento de Requisitos Formales
Programa de Integridad 2%
3%
Económico D. Oferta Económica 60%
100%
Para efectos de cálculo se considerará dos decimales sin aproximar a entero o superior. El puntaje máximo será de 100 puntos.
Ubicación (lugar del evento)
Será evaluado de acuerdo a lo indicado en las Bases Técnicas, numeral II, punto co2“ De la comuna y lugar donde se requiere contratar el servicio” como también según Formulario nº3:
Ubicación Puntaje
Dentro del radio céntrico de la ciudad de Osorno 100 ptos.
Fuera del radio céntrico de la ciudad de Osorno 0 ptos.
Radio Céntrico: área debe estar ubicada en zona céntrica de la ciudad. Comprende como punto central la plaza de Armas de la Cuidad de Osorno y hasta 5 cuadras a la redonda.
Especificaciones Técnicas Deseables (ETD)=Puntaje Obtenido*35%
Cumplimiento de Requisitos Formales
La evaluación de este criterio se efectuará de acuerdo a lo siguiente:
DETALLE Puntaje
El oferente cumple con 100% de documentación solicitada en las Bases al momento del cierre de ofertas. 100
El oferente no cumple con la entrega del 100% de la documentación solicitada, pero subsana errores u omisiones en plazo especial otorgado en las Bases, a través del Foro Inverso. 40
El oferente no cumple con la entrega del 100% de la documentación solicitada y no subsana errores u omisiones en plazo especial otorgado en las Bases, a través del Foro Inverso. 0
Se aplica la siguiente fórmula:
Cumplimiento de Requisitos Formales (CRF)=Puntaje Obtenido x 2%
Programa de Integridad
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°2 debiendo adjuntar dicho programa y respaldo que permita acreditar que es conocido por su personal. En caso de que dicho Formulario o Programa de Integridad no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éstos no se encuentren debidamente completados y firmados, se solicitará a través del Foro de acuerdo lo establecido en el numeral 3.6 de las presentes.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
CRITERIO PUNTAJE
Formulario N°2 declara que posee y adjunta programa de integridad, acreditando que es conocido por su personal. 100 puntos
Formulario N°2 declara que no posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, o solicitada una aclaración, los documentos adjuntos no permiten acreditar la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal. 0 puntos
Nota: para el caso de Personas Naturales Unipersonales, podrá ser acreditado con cursos o capacitaciones realizados en programas de integridad, ética empresarial y/o en aquellas políticas que tengan como objeto prevenir, detectar y sancionar conductas irregulares en el cumplimiento de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tengan lugar en una organización, y que afecten la transparencia y legalidad de compras públicas.
El puntaje será asignado de acuerdo a la siguiente fórmula:
Programa de Integridad (PI)=Puntaje Obtenido*3%
Oferta Económica
El oferente con menor precio de oferta y que haya dado cumplimiento a lo requerido en estas bases y en las especificaciones técnicas, obtendrá la máxima calificación. A todos los demás les será asignado un puntaje decreciente en forma proporcional a partir de 100 puntos, y se aplicará la siguiente formula:
Oferta Económica (OE)=(Oferta Mínima)/(Oferta Evaluada)*100*60%
Evaluación Final
El puntaje final de las ofertas será calculado considerando los puntajes obtenidos en cada criterio, según la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntaje Final=U+CRF+ PI+OE
Resolución de Empate
De existir más de un proveedor que cumpla con la calificación más alta (empate), el Servicio se reserva el derecho de elegir la oferta mejor evaluada considerando hasta 2 decimales. En la eventualidad de persistir el empate se dirimirá de acuerdo a lo siguiente:
La oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. De persistir el empate se considerará,
La oferta que presente mayor puntaje en “Ubicación (lugar del evento)”. De persistir el empate se considerará,
Si aun así subsiste el empate se adjudicará al oferente cuya oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
Declaración de Inadmisibilidad Técnica de las Propuestas
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en la no validación administrativa o técnica a través del portal, o en una etapa posterior a la evaluación o incluso, en el acto de resolución de adjudicación mediante el cual se decide el proceso.
Se considerarán siempre inadmisibles las ofertas cuando:
Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en numeral 3.7 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
En caso de tratarse de ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial, estas serán tratadas conforme a lo establecido en el Art. 9 de la Ley de Compras. En este contexto se evaluará la oferta más ventajosa y serán inadmisibles las restantes.
Cuando se contaste que los Formularios Obligatorios exigidos se encuentran incompletos (que no permita la correcta evaluación) o con información incompleta o falsa.
Si existe error en el precio de la oferta, de acuerdo a lo indicado en el Art. 56 del Reglamento de Compras Públicas.
Se verifica la falsedad o adulteración de uno o más documentos de la propuesta, esto sin perjuicio de las acciones legales que la Entidad Licitante pueda iniciar en su contra y el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
No cumple el 100% de las Especificaciones Técnicas obligatorias del Formulario Nº3.
Las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de las Bases, la Ley o el Reglamento.
No cumple todo lo regulado en el Art. N°35 quáter de la Ley de Compras Públicas.
Todos los demás casos en que las presentes bases facultan declarar la inadmisibilidad de la propuesta.
5.6 Declaración de Desierta de la Licitación
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o no se ajustan al proyecto y/o disponibilidad presupuestaria, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los demás casos indicados en la Ley y en las presentes bases.
La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por Resolución fundada que se publicará en el portal, dentro del plazo máximo señalado en el numeral 2.3, contados desde que fuere recibido el informe de la Comisión de Evaluación y no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.
En todos los casos descritos, el Servicio podrá efectuar un nuevo llamado a licitación.
ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
En este proceso solo se adjudicará a un único oferente por cada línea licitada, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en el numeral “Resolución de Desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar.
Cabe recordar que, de acuerdo con el Art. 9° del Reglamento N°661/2024, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades, de acuerdo al Art. 58 del Reglamento de Compras Públicas, en tal caso la comisión estará obligada a redactar un nuevo informe junto al certificado de inhabilidad del proveedor seleccionado, y se propondrá al siguiente proveedor que cumpla con la habilidad, si existiese, de lo contrario se procederá a un nuevo llamado de licitación.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases, el Servicio informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo (Art. 58 del Reglamento de Compras Públicas).
Cabe indicar que aquellas adjudicaciones que superen las 10.000 UTM, estarán sometidas al proceso administrativo de Toma de Razón por parte de la Contraloría General de la República (Resolución N°36 del 2024 y Resolución N°8 del 2025, de Contraloría General de la República de Chile).
6.1 Resolución de Consultas respecto de la Adjudicación
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 3 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico que se indica bastian.miranda@redsalud.gob.cl
La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
De la Facultad de Readjudicar
La readjudicación podrá ser ejercida por el Servicio cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
Se desiste de su oferta, ya sea en forma expresa o tácita. Se entenderá desistimiento de ésta según lo señalado en la numeral 7.1 del contrato, penúltimo párrafo de las presentes bases;
Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado;
No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la numeral 7.1.2 de las presentes bases, o no entregue las respectivas garantías de fiel cumplimiento de contrato, si corresponde;
Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en el numeral 7, por causas atribuibles al adjudicatario, o no se acepta la Orden de Compra para formalizar la adjudicación en el plazo definido en el numeral 8, y de acuerdo a lo establecido en Art. 58 del Reglamento de Compras Públicas;
Si el producto o servicio adjudicado por el proveedor perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación sólo respecto de aquellas líneas de producto en donde se produzca la situación anteriormente señalada;
Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas en virtud de las cuales resultó adjudicado;
Si, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad regulado en el numeral 3.7 de las presentes bases de licitación, por parte del proveedor adjudicado;
No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción de los contratos o aceptación de las órdenes de compra que formalizan la contratación, según el caso.
En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, el Servicio podrá dejar sin efecto la adjudicación original, respecto de la(s) línea(s) de producto que se adjudicó el proveedor en cuestión, y adjudicar al oferente que le seguía en puntaje en dicha(s) línea(s), o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original.
En caso de efectuarse la readjudicación de la licitación, respecto de una o todas las líneas de producto, el Servicio podrá ejecutar la Garantía de Seriedad de la Oferta de las propuestas que resultaron adjudicadas en aquellas líneas de producto sobre las cuales se efectúa la readjudicación, garantía que se encuentra regulada en el numeral 3.4 “Garantía de Seriedad de la Oferta” de estas bases.
Se podrán realizar tantas readjudicaciones como procedan según lo señalado en esta cláusula, salvo que, de acuerdo con los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación o la respectiva línea de producto. En cada readjudicación se podrá ejecutar la garantía de seriedad de la oferta del proveedor adjudicado originalmente o readjudicado, según sea el caso, en atención a lo ya señalado en el párrafo precedente.
Desistimiento de las Propuestas
Si vencido el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta aún no hubiera ocurrido la adjudicación por razones de fuerza mayor, el Servicio podrá requerir a las empresas oferentes que renueven su boleta bajo las mismas condiciones, por un nuevo período de igual plazo al original, pudiendo en este caso un oferente aceptar o rechazar dicho pedido. En este último caso se entenderá como desistimiento oficial de su oferta.
Si el Contrato no se suscribiera dentro del plazo de vigencia de la de garantía por Seriedad de la Oferta, por causas imputables al Servicio, el Adjudicatario tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados y el adjudicatario y los demás proponentes tendrán derecho a la devolución de la boleta de garantía de seriedad de la oferta, debidamente endosada, lo que se hará efectivo dentro del plazo de 10 días desde la comunicación escrita por parte del adjudicatario de su decisión de desistirse de su oferta.
Adjudicación Fuera de Plazo
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio dentro de los plazos señalados en las Bases Administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el numeral 2.3, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al Art. 9 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Vigencia de la Oferta
Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de 120 días hábiles contados desde la fecha de cierre para la recepción de las propuestas.
Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Servicio de Salud no ha realizado la adjudicación o esta no se encuentra totalmente tramitada, podrá solicitar a los proponentes a través del foro inverso, la prórroga de la vigencia de las ofertas y la ampliación de las respectivas garantías de seriedad de la oferta cuando hubiere, y bajo las mismas condiciones, por un nuevo período de igual plazo al original. En caso de imposibilidad del sistema estas consultas se podrán realizar vía correo electrónico del encargado de la licitación. Los proponentes podrán ratificar su oferta o desistir de ella, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio de Salud dentro de las 48 horas siguientes a la solicitud por el mismo medio que se realizó la solicitud. En tal caso, se procederá a la devolución de la garantía de seriedad de la oferta, cuando existan, a aquellos proponentes que no accedan a la prórroga, dentro del plazo máximo de diez días hábiles contados desde la recepción de tal comunicación en la Oficina de Partes del Servicio, y previa dictación del acto administrativo respectivo totalmente tramitado.
DISPOSICIONES CONTRACTUALES
El proveedor adjudicado deberá estar inscrito y en Estado Hábil en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública para contratar, según lo indica la Ley de Compras Públicas en su artículo 16°. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor deberá cumplir con dicho trámite dentro del plazo fijado para la suscripción del contrato, esto es, 30 (treinta) días corridos contados desde el día siguiente de la adjudicación de la propuesta en el portal de Mercado Público. En caso de tratarse de una Unión Temporal de proveedores, cada integrante deberá cumplir con este requisito.
El Servicio no podrá suscribir contratos administrativos con su personal, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidad por vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad. Tampoco lo hará con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada donde estas personas formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedad en comanditas por acciones o anónimas cerradas en las que sean accionistas directamente o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales. En caso de que alguna de las personas mencionadas sea gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas, tampoco se podrá suscribir contratos.
La prohibición establecida en el párrafo anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del Art. 56 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a lo señalado por el Jefe de Servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado.
Del Contrato
7.1.1 Formalización Mediante Orden de Compra
Para los oferentes que adjudiquen un monto inferior a 1.000 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, considerando que se trata de bienes estándar de simple y objetiva especificación, de acuerdo a lo definido por el Referente Técnico del Servicio.
7.1.2 Formalización Mediante Suscripción de Contrato
No Aplica.
7.2 Aspectos Básicos del Contrato
No Aplica.
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
No Aplica.
Vigencia del Contrato
En Caso de no Suscribirse un Contrato
En caso de formalizar con la orden de compra, la relación contractual será de 60 días hábiles posteriores al vencimiento de la garantía técnica. Esta última se contabilizará desde la Fecha de la Recepción Conforme del producto.
En Caso de Suscribirse un Contrato
No Aplica
Modificación del Contrato
Aumento o Disminución de Contrato
No Aplica.
Modificaciones administrativas del Contrato
Las bases de licitación han sido generadas de acuerdo a la normativa, reglamentación, leyes y procedimientos administrativos vigentes al momento de su confección, por lo que cualquier cambio posterior de esta índole y que impacte el contrato, deberá ser reflejada en una modificación de contrato aprobada por Resolución.
Para que proceda lo anterior, el cambio en la normativa o en los procedimientos debe ser de carácter imprevisto, de acatamiento obligatorio y que se refieran a situaciones de orden administrativas generales que no modifiquen directamente el objeto del contrato.
Lo anterior, siempre que no cause perjuicio a ninguna de las partes.
Renovación de Contrato
No Aplica.
Subcontratación
El Servicio NO autoriza la subcontratación a terceros. La empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente entregue los equipos adjudicados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero esta obligación.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, de acuerdo con lo establecido en el numeral “Término Anticipado de Contrato”.
Cesión de Derechos
Respecto de la Cesión de Derechos, ésta se encuentra prohibida, excepto en el caso de fusión, absorción o división de la empresa, situación en que las obligaciones se traspasarán al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato. En estos casos, el adjudicatario deberá informar al Servicio a la brevedad posible, respecto de la fusión, absorción o división. Además, el Servicio podrá solicitar al continuador legal la entrega de una nueva Garantía que reemplazará a la que haya entregado el adjudicatario de acuerdo al numeral 7.3 de las bases de licitación.
Término Anticipado del Contrato
Previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada del Servicio podrá poner término al contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de un incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados.
El Servicio se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si procede alguna de las siguientes causales, sin perjuicio de las más situaciones contempladas en la Ley:
La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
Si el adjudicatario o alguno de los socios de la empresa adjudicada fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima o sociedad por acciones, lo fuese alguno de los directores o el gerente, siempre que dicho delito tenga asociado ese efecto a la sanción penal respectiva y así lo hubiera declarado el Tribunal de Justicia.
En el caso de que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la Ley N°20.393.
Si el adjudicatario es una Unión Temporal de Proveedores y ocurre alguna de las siguientes situaciones:
Oculta información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros;
Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
Disolución de la Unión Temporal de Proveedores antes o durante la vigencia del contrato.
Si uno de los integrantes que se retira de ésta, reunía uno o más características objeto de la evaluación de la oferta.
Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
Cuando la sumatoria de multas ejecutadas, sobrepase un 12% el monto neto del contrato.
Cuando se alcance el tope de multas, de acuerdo a lo establecido en el numeral 11.1.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictada en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
En el caso de infracción de lo dispuesto en el numeral sobre “Cesión de Derechos” y “Subcontratación”.
Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las Bases de licitación.
Si el adjudicatario incumpliese y/o incurriera en paralizaciones que a juicio del Servicio pongan en riesgo la oportuna y correcta ejecución del servicio contratado dentro de los plazos acordados, y ello ponga en riesgo la salud de los usuarios y/o funcionarios del Servicio.
La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al Art. 129 del Reglamento de Compras Públicas. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el Art. 135 de este reglamento.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor en el contrato, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave:
Si con posterioridad a la recepción conforme y dentro del período de garantía técnica ofertado por la empresa se detecta que los Productos presentan defectos en la funcionalidad del mismo que no pudieren ser reparados o que la empresa se negare a resolver, y que no sean de responsabilidad del mandante
Cuando no se dé cumplimiento a cabalidad a los requisitos y especificaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas por parte del proveedor.
Cuando el proveedor contratado, de manera arbitraria, desista de los servicios y responsabilidades contratadas objeto del presente contrato.
Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de la licitación, y propiciaren prácticas corruptas, tales como:
Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
Si se detectan situaciones en que la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.
Subcontratar tareas consideradas críticas y que, según estas Bases, debían ser ejecutadas directamente por el Proveedor adjudicado; utilizar la subcontratación para efectuar una cesión del contrato; no notificar por escrito a la Entidad cualquier modificación en las prestaciones o identidad del subcontratista con anterioridad a su materialización, o no acreditar que un nuevo subcontratista cumple los requisitos.
Cualquiera otra establecida en las bases de licitación, en la Ley 19.886, o en su Reglamento DS 661/2024 Ministerio de Hacienda y sus modificaciones.
El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en el número 2 y en caso de fallecimiento del contratante, dará derecho al Servicio para cobrar y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, si la hubiere, de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Servicio en contra del contratante.
Si el daño emergente ocasionado al Servicio por el incumplimiento es mayor al monto de la garantía asociada, el Servicio se reserva el derecho de iniciar las acciones legales para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes, en resguardo de los fondos públicos. Asimismo, se debe proceder al cobro de las multas respectivas que se hubieran generado hasta antes del término anticipado.
Del Procedimiento
Verificándose cualquiera de las situaciones descritas en el numeral anterior, corresponderá al Referente del Contrato del Servicio emitir un Informe detallado con los Incumplimiento (s) que dan Término Anticipado al Contrato. El Informe deberá contener a lo menos:
1. Identificación del proveedor
2. Identificación de la licitación
3. Nº Resolución que Aprueba del Contrato y/o número de orden de compra en caso que aplique.
4. Causal y descripción de causal del término anticipado, con mención del numeral de las bases en que se describe el término anticipado, y documentación que lo respalda.
El Director de Servicio a la vista del informe, estará facultado para calificar y notificar al proveedor del Término Anticipado correspondiente.
En caso de no haberse suscrito un contrato se realizará la notificación mediante carta certificada al domicilio informado por la empresa en Formulario N°1A o 1B.
En caso de haberse suscrito un contrato se realizará la notificación mediante la respectiva ficha del Contrato que se haya creado en el Módulo que dispone ChileCompra en el portal Mercado Público, debiéndole llegar al proveedor un correo electrónico desde la Dirección de ChileCompra para informarle de dicha notificación.
El adjudicatario a partir de la notificación, tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar sus descargos, los que deberán ser formulados en forma escrita y dirigirlas al Director del Servicio de Salud Osorno e ingresada en el ID del Contrato del Módulo de Gestión de Contratos que se indique en el correo electrónico, o por Oficina de Partes en caso de no suscribir contrato.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, el Director(a) aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada.
Si se hubiese reclamado el Término Anticipado, el Director(a), evaluando los antecedentes entregados por el proveedor y el informe del Referente de Contrato del Servicio, resolverá mediante resolución fundada la reclamación presentada, acogiendo o rechazando los argumentos dados por el proveedor en un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha de ingreso de dicho descargo.
Para el caso que se resuelva el término anticipado del contrato se ordenará hacer efectivas las garantías.
La Resolución Fundada deberá ser y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el Art. N°132 del Reglamento de Compras Públicas.
En contra de la resolución, el proveedor podrá interponer recurso de reposición de conformidad a lo establecido en la Ley N°19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. El Servicio tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Consideraciones respecto a las notificaciones de Término Anticipado y Multas: Las notificaciones que deban practicarse a los proveedores se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la dirección registrada en el Sistema de Información por parte de éstos. Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras y Contratación Pública. Lo anterior, también aplica para las notificaciones de multa.
Resciliación del Contrato o Término de Común Acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
Caso Fortuito O Fuerza Mayor
Sí durante el período de vigencia del contrato acontece algún hecho fortuito o fuerza mayor, o cualquier otra circunstancia no imputable al proveedor y que le impidieran al contratado cumplir con una de sus obligaciones, éste deberá emitir una carta dirigida al Director del Servicio dentro de 24 horas ocurrido el acontecimiento adjuntando la documentación de respaldo. El documento deberá ser ingresado al correo oficinapartes.sso@redsalud.gob.cl, con copia a Referente de Contrato del SSO o en forma física a la dirección: Edificio Plaza Sur- Mackenna 825- Piso 8, Osorno, indicando claramente el asunto y el ID de la licitación.
El Servicio por su parte, previo Informe Técnico del Referente del Contrato, calificara si los hechos invocados configuran caso fortuito, fuerza mayor u otra circunstancia no imputable al proveedor que lo exima de la aplicación de las multas por incumplimientos detalladas en el numeral 11.1 de las bases de licitación.
En caso que el proveedor se exima de la aplicación de multa, se dará origen a la Resolución fundada respectiva. En caso contrario, se realizará la notificación correspondiente de acuerdo al procedimiento indicado en el numeral 11.2 de las bases de licitación.
Cualquiera de los eventos indicados no implicará en caso alguno asumir costos adicionales para el Servicio.
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Art. 45 del Código Civil.
Referente del Contrato del Servicio
El Servicio de Salud Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato y contará con el soporte administrativo, financiero y/o legal para el desempeño de sus funciones, de las áreas correspondientes, para lo cual se designa como Referente de Contrato a:
Cargo: Jefe Departamento Desarrollo Organizacional H.B.S.J.O, o quien le subrogue.
Establecimiento: Hospital Base San José de Osorno
Sus funciones incluirán:
Velar por el cumplimiento de los plazos para la ejecución hasta la Recepción Conforme del producto, de acuerdo a lo ofertado por el Adjudicatario al momento de contratar.
Emitir Certificado Revisión y Aprobación pago de la (s) factura.
Emitir “informe de incumplimiento” de las condiciones establecidas en el contrato donde se detalle y especifique los aspectos cualitativos y/o cuantitativos de éstos, y las multas a aplicar cuando corresponda, enviándolo a Sección de Administración de Contratos del SSO para gestionar la notificación correspondiente al proveedor.
Informar cuando corresponda, aplicación de multas y sanciones según lo estipulado en las presentes bases, mediante informe técnico al Departamento de Abastecimiento y Operaciones del Servicio, en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario.
Solicitar complementar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo y forma señalada en las presentes bases.
Solicitar el término anticipado del contrato en caso de que proceda algunas de las causales señaladas en numeral 7.9 de las Bases.
Dar visto bueno para la devolución de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, e informar por escrito que el proveedor ha cumplido a satisfacción el contrato y que se han recibido conforme los productos y servicios suministrados.
Realizar la “evaluación del comportamiento contractual del proveedor”, solicitada por Sección de Administración de Contratos del SSO, con el fin de cumplir con lo requerido en plataforma Gestión de Contratos de Mercado Público.
Referente Técnico del Servicio
Profesional perteneciente al Servicio de Salud, responsable de solicitar la compra; cuya función es la de supervisar los aspectos técnicos durante la ejecución de la presente licitación y que culmina una vez que se haya materializado la Recepción Conforme de los bienes o servicios asociados.
Para efectos de la presente licitación, el proceso licitatorio hasta la recepción de Los Productos, estará bajo la supervisión de:
Cargo: Jefe de Unidad de Ambientes Laborales H.B.S.J.O, o quien le subrogue.
Establecimiento: Hospital Base San José de Osorno
Sus funciones incluirán:
Supervisar y controlar el desarrollo de la presente licitación, velando por el estricto cumplimiento de las bases administrativas, técnicas y sus formularios.
Revisar que los Productos cumplan con las características del evaluado y ofertado en la licitación y de acuerdo a las especificaciones técnicas contenidas en estas Bases.
Monitorear la correcta habilitación, instalación y puesta en marcha del Equipo, según corresponda, además de emitir las respectivas actas de cada una de las etapas que correspondan.
Emitir certificado de Recepción Conforme.
Referente Técnico del Establecimiento
Funcionario del Establecimiento de destino de los bienes o productos objetos de la presente licitación, quién tendrá la responsabilidad de representar al establecimiento en las actividades de recepción de los bienes o productos, coordinación de mantenciones preventivas y correctivas, según corresponda, y la de informar al Referente del Contrato todo evento e incumplimiento respecto del contrato celebrado.
Para efectos de la presente licitación, el referente del establecimiento será:
Cargo: Jefe de Unidad de Ambientes Laborales H.B.S.J.O, o quien le subrogue.
Establecimiento: Hospital Base San José de Osorno
Sus funciones incluirán:
Representar al establecimiento en las actividades de recepción de los Productos.
Coordinar las mantenciones preventivas y correctivas cuando corresponda, y según lo dispuesto en las presentes bases.
Informar por escrito al Referente del Contrato todo evento o incumplimiento que se produzca durante la vigencia del contrato y que pueda impactar en la operación normal de Los Productos, y todas las observaciones que le merezca la ejecución de éste.
Fiscalizar en terreno el cumplimiento de la ejecución de los servicios de postventa a ejecutar por parte del proveedor en conformidad a las Bases Administrativas, Técnicas y demás antecedentes del proceso de licitación y contrato.
Velar por el cumplimiento de los plazos de ejecución de los trabajos preventivos como correctivos según lo ofertado por el Adjudicatario al momento de contratar.
Enviar oportunamente al Referente del Contrato los “Reportes de Mantención” preventiva/correctiva elaborados por el proveedor por cada trabajo ejecutado.
Referente Técnico del Proveedor
El proveedor adjudicado designará a un “Referente Técnico del Proveedor”, con dedicación permanente, que lo representará ante el Servicio para todos los efectos administrativos del contrato y el cual se encontrará identificado en el Formulario N°1-A o 1-B. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor.
En el desempeño de su cometido el “Referente Técnico del Proveedor”, deberá:
Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
Informar oportunamente cualquier cambio respecto a la prestación de los servicios, dentro de los plazos estipulados en estas bases al Referente del Contrato del SSO.
Gestionar el envío de los antecedentes requeridos para emitir las ordenes de compras respectivas.
Recepcionar los reclamos y su gestión
Conocer íntegramente las bases y contrato del proceso licitatorio.
Cualquier otro procedimiento administrativo que el presente convenio requiera.
Todo cambio posterior a la designación del Referente Técnico del Proveedor deberá ser informado al Referente de Contrato del SSO por el Representante Legal, a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes de efectuado el cambio mediante correo electrónico.
El Proveedor deberá dar cumplimiento a las instrucciones emitidas por el Servicio a través del Referente del Contrato del SSO, cuando corresponda, las que se impartirán siempre por escrito mediante el correo electrónico institucional y conforme a los términos y condiciones establecidas en las Bases, y a la naturaleza del servicio contratado.
EMISIÓN DE ORDEN DE COMPRA
Para líneas adjudicadas sin contrato suscrito
La generación de la(s) orden(es) de compra (OC) se realizará de forma automática en la plataforma Mercado Público y, el Subdepto. de Abastecimiento será el encargado de enviar la orden de compra respectiva una vez publicada la Resolución de Adjudicación, con cargo al presupuesto definido.
Dicha(s) orden (es) de compra deberá(n) ser aceptada(s) por el proveedor dentro de las 48 horas siguientes para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de compras Públicas.
El Subdepartamento del SSO deberá informar la (s) Órdenes de Compra emitidas al Referente de Contrato.
El plazo de entrega se comenzará a contabilizar a partir de la aceptación de la orden de compra o una vez transcurridas 48 horas desde enviada la misma en caso de que ésta no haya sido aceptada.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra a través de www.mercadopublico.cl dentro del plazo indicado, el Servicio de Salud podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud, según lo dispuesto en el Capítulo IX, 'Contrato de Suministro y Servicio', párrafo 1 - Disposiciones Generales, artículo N°117 - Contratos y validez de la oferta, del Decreto N°661 y estará facultado para readjudicar la licitación de acuerdo a lo indicado en el numeral 6.2 de las bases.
Para líneas adjudicadas con contrato suscrito
No Aplica.
FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN
Una vez que se haya emitido el Acta de Recepción Conforme, el Referente Técnico del Servicio solicitará al Subdepto. de Abastecimiento el cambio de estado de la orden de compra a Recepción Conforme. Con ello el proveedor podrá emitir la factura correspondiente a la orden de compra aceptada.
Para el pago de la factura, se deberá cumplir las siguientes condiciones:
Se recepcionará la factura, previa emisión y aceptación de orden de compra.
La factura debe señalar correctamente el N° ID de la Orden de Compra en campo 801: “Folio”
El proveedor adjudicado, deberá verificar el ingreso de las facturas a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com
El documento tributario por concepto del Equipo deberá contener la información que permita tener datos de trazabilidad del dispositivo médico como por ejemplo N° de lote/serie, fecha de vencimiento, entre otros, según lo establecido en la Norma Técnica 226.
Para tramitación del pago, toda factura deberá ser acompañada de lo siguiente:
_Certificado Revisión y Aprobación pago de Facturas
_ Acta de Recepción conforme.
_ Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30) vigente a la fecha de facturación y mediante el cual se acredite que el proveedor no tiene deudas pendientes con sus trabajadores.
Con todo lo anterior, se derivará la Factura al Departamento de Finanzas del respectivo establecimiento, para la tramitación de pago correspondiente por los servicios prestados; y se procederá al pago de factura en un plazo de 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
En caso que el proveedor no remita el F-30 o la factura no cumpla con las condiciones la documentación indicada en este numeral, el Servicio se reserva el derecho de rechazar la o las facturas.
El pago de dicho documento se realizará a través del Departamento de Finanzas del SSO.
Los datos para la emisión del documento tributario que devengará el pago son:
Servicio de Salud Osorno
RUT N°61.607.600-0
Dirección: Avenida Juan Mackenna N°825, Osorno.
En caso que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas, se aplicará lo indicado en el Código del Trabajo 183-C.
FACTORING
Se permite de acuerdo a la Ley N°19.983 que “Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura; Art. 127 del D.S. N°661 del Reglamento de compras Públicas, y Circular N°4 del SII de 11 de enero de 2017 que “Establece requisitos para efectos de hacer uso del crédito fiscal contenido en la factura electrónica por modificaciones establecidas en la ley de mérito ejecutivo”.
Los documentos justificativos de crédito pueden transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
INCUMPLIMIENTO, SANCIONES Y MULTAS
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Servicio para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.
Multas
Las multas serán aplicadas administrativamente, en pesos chilenos. A fin de proceder al cálculo de las mismas, se utilizará al valor de la Unidad de Fomento (UF), correspondiente al día en el cual haya ocurrido el incumplimiento causal de multa.
Se considerarán causales sujetas a multa, las siguientes:
N° de Incumplimientos de Especificaciones Técnicas
(Formulario N°3) Multa
1 a 2 Incumplimientos 0,5 UF
3 a 4 Incumplimientos 1 UF
5 o más Incumplimientos 2 UF
Procedimiento de Notificación, Aplicación de Multas y Sanciones
Corresponderá al Referente del Establecimiento, designado por la jefatura correspondiente, informar al Referente del Contrato la ocurrencia de algún evento imputable al proveedor y causal de multa. Cualquiera sea la causal, corresponderá al Referente del Contrato enviar un Informe detallado del Incumplimiento para su tramitación. El Informe deberá contener a lo menos:
1. Identificación del proveedor
2. Identificación de la licitación
3. N° de orden de compra
4. Fecha del Incumplimiento por parte del proveedor
5. Descripción del Incumplimiento, con mención del numeral de las bases y/o contrato en que se describe el incumplimiento y documentación que lo respalda
6. Monto de la Multa de acuerdo a lo indicado en las Bases y/o contrato
El Director a la vista del informe, estará facultado para calificar, aplicar y notificar al proveedor la multa correspondiente.
En caso de no haberse suscrito un contrato el informe detallado deberá ser remitido al Subdepartamento de Abastecimiento y la notificación se realizará mediante carta certificada al domicilio informado por la empresa en Formulario N°1A o 1B.
En caso de haberse suscrito un contrato, el informe detallado por parte del Referente del Contrato deberá ser enviado a la Sección de Administración de Contratos del SSO. La notificación de multa se realizará mediante la respectiva ficha del Contrato que se haya creado en el Módulo que dispone ChileCompra, debiéndole llegar al proveedor un correo electrónico desde la Dirección de ChileCompra para informarle de dicha notificación. El adjudicatario a partir de la notificación indicada en el párrafo anterior, tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para realizar sus descargos, los que deberán ser formulados en forma escrita, dirigirlas al Director del Servicio de Salud Osorno e ingresada en el ID del Contrato del Módulo de Gestión de Contratos que se indique en el correo electrónico.
El adjudicatario a partir de la notificación indicada en el párrafo anterior, tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para realizar sus descargos, los que deberán ser formulados en forma escrita, dirigirlas al Director del Servicio de Salud Osorno e ingresada en el ID del Contrato del Módulo de Gestión de Contratos que se indique en el correo electrónico.
Si se hubiese presentado descargos, el Director, evaluando los antecedentes, y solicitando los informes que estime pertinentes al Referente del Contrato del Servicio, resolverá mediante resolución fundada la reclamación presentada, acogiendo o rechazando los argumentos dados por el contratista en un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha de ingreso de dicho reclamo o descargos. En caso que no se hubiese reclamado la multa o realizado los descargos correspondientes, el Director resolverá mediante resolución fundada en un plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la fecha de notificación del Oficio Ordinario que informó la multa respectiva al proveedor, la aplicación de la multa.
En contra de la resolución el proveedor podrá interponer recurso de reposición de conformidad a lo establecido en la Ley N°19.880.
Procedimientos para Pago de Multas
El Servicio estará facultado para rebajar la multa, dispuesta por Resolución, del pago del DTE, según lo establecido por la Dirección de Presupuesto, y siempre que se cumpla lo señalado en el Art. 138 del Reglamento.
Si no existen facturas para rebajar las multas, el Servicio realizará cobro directo, debiendo el proveedor pagarla directamente en la cuenta del Servicio de Salud Osorno, en cuyo caso el ingreso del monto deberá efectuarse dentro de 10 (diez) días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que aplica la multa correspondiente, notificación que se efectuará mediante Resolución fundada.
En caso que el proveedor no efectué el pago dentro del plazo señalado, y la multa o el conjunto de multas cursadas sean mayor o igual al monto de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, el Servicio procederá de forma inmediata hacer efectiva el cobro de la garantía, debiendo el proveedor de realizar la reposición de la misma de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.3 de las bases de licitación. En caso que el proveedor no efectué el pago dentro del plazo señalado, y la multa o el conjunto de multas cursadas no sea mayor al monto de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, el Servicio realizará el cobro de la(s) multa(s) desde la(s) garantía(s) hasta 30 días corridos antes del vencimiento de la misma. Se debe de considerar que los fondos serán transferidos al beneficiario de la multa en caso que corresponda y si existe diferencia a favor del proveedor, esta le será devuelta si procede.
REAJUSTABILIDAD DE CONTRATO
No aplica.
CESIBILIDAD DEL CONTRATO
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente Técnico del Establecimiento presentar los antecedentes al Referente del Contrato, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio presentarán al Director un informe en derecho, el que ser sometido a consideración por éste. Lo anterior, sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
CONFIDENCIALIDAD
El personal que ejecute labores en el Servicio, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes y actividades propias y relacionadas con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, pudiendo hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato según corresponda, sin perjuicio de cobrar los seguros y/o iniciar las acciones legales que procedieren.
PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN
La entidad licitante será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.
RESPONSABILIDADES
Se deja expresamente establecido que el Servicio de Salud Osorno no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el Prestador contrate o destine para el otorgamiento de las Prestaciones materia de esta propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo.
En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con el Órgano Licitante.
De la misma manera, el proveedor será el único responsable, de tener regularizado todos los aspectos de uso de marcas, de software, propiedad intelectual o comercial de los equipos, productos o servicios que deba proveer.
Se liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Osorno, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de la utilización de los equipos y artículos que contempla esta licitación.
Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado por escrito al Referente del Contrato, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.
COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO
Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las bases de licitación y en los demás documentos que rigen esta licitación.
Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no estén considerados en las bases y no haya sido autorizado por la contraparte técnica.
Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, laborales, remuneraciones, de previsión y seguridad social u otros que le sean aplicables.
Emplear el máximo de cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro o desgaste que estos experimente, incluyendo la fuerza mayor y el caso fortuito.
Dar fiel y oportuno cumplimiento a las ordenes e instrucciones que le da la contraparte técnica, en especial deberá entregar cualquier documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones de este contrato.
Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores.
Será responsabilidad del adjudicatario aceptar la orden de compra por Sistema en un plazo no superior a 24 horas desde su emisión o el rechazar.
El proveedor que resulte adjudicado deberá actuar de buena fe, efectuando todas las acciones pertinentes para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones provenientes del presente.
El adjudicatario durante la vigencia del presente convenio será responsable por el estricto respeto de la legislación laboral vigente para con sus trabajadores dependientes, además de supervisar su cumplimiento. Asimismo, deberán respetar y garantizar los derechos laborales de sus trabajadores consignados en la legislación laboral vigente.
Lo que establezcan las bases.
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD LICITANTE
Velar por el cumplimiento del deber de abstención de sus directivos y/o funcionarios, independiente de su calidad jurídica, respecto de la intervención en el proceso de contratación, y posterior ejecución contractual, contemplado en el Art. 35 quinquies de la Ley N°19.886.
Velar por mantener actualizado el formulario habilitado en el Sistema de Información, al cual se refiere el Art. 12 bis de la Ley N°19.886, esto es, la nómina del personal que participó del procedimiento de contratación o de su ejecución contractual y las funciones que cumplen en tales procedimientos.
CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL
No Aplica.
AUDITORÍAS
El adjudicatario podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por la entidad licitante a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el adjudicatario en su oferta.
Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar la entidad licitante, según las bases de licitación.
BASES TÉCNICAS
ASPECTOS GENERALES
En coherencia con las políticas de Calidad de Vida Laboral del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud de Osorno, se ha determinado licitar la contratación del “Centro de Eventos con Servicio de Producción de Eventos para actividad Bienestar del Hospital Base San José de Osorno 2025” con la finalidad que se promuevan el esparcimiento de sus funcionarios/as.
Esta actividad según su cronograma debe desarrollarse el día 05 de diciembre del 2025, con una participación estimada de 550 personas. La actividad está dirigida a funcionario/as del Hospital Base San José de Osorno. La cantidad de participantes puede aumentar o disminuir en un 30%, lo que será informado previamente al oferente que se adjudique la presente licitación con una semana de anticipación, por parte del coordinador de la actividad. Cabe señalar que, para recibir puntaje en los requerimientos técnicos, los oferentes deben ofertar solo si cumplen con el servicio que se está solicitando.
Requerimiento y especificaciones ETAPAS DE IMPLEMENTACION
De las fechas a efectuarse y duración del servicio licitado:
La actividad se realizará el día 05 de diciembre de 2025, en horario de 21:00 hrs a 04:00 am horas del día siguiente.
• De la comuna y lugar donde se requiere contratar el servicio:
El centro de eventos debe estar ubicado en la comuna de Osorno en lugar céntrico, el local o recinto debe contar con accesibilidad a locomoción pública.
• Del recinto requerido para la realización del servicio a contratar:
- Que el recinto sea de uso exclusivo para los y funcionarios y las funcionarias del Hospital Base San Jose De Osorno en la realización de actividad bienestar del Hospital Base San Jose Osorno 2025.
- Que cuente con capacidad para 550 personas al menos para el desarrollo del servicio licitado.
- Que cuente con salones habilitados para la distribución de los y las asistentes, y escenario para las presentaciones.
- Que cuente con servicio sanitarios con la higiene que exige la ley, y acorde a la cantidad de usuarios participantes de la celebración (550 personas aprox.).
- Que los espacios a ser usados por los asistentes a la celebración se mantengan en perfectas condiciones higiénicas.
- Hacer entrega a los Organizadores 550 pulseras con el grabado “HBO 2025”
- Que cuente con terraza de fumadores para 300 personas aprox.
- Espacio Lounge: Carpa, ambientación, dj y calefacción.
- Que cuente con al menos 2 guardias de seguridad en la entrada del recinto.
- Contar con al menos 2 personal de aseo.
- Que cuente con decoración, ambientado a la temática, alfombra roja en la entrada del recinto con música electrónica.
- Entrega de 10 premios en concursos realizados por animador. Evaluación de productora y organizadores.
- Que se entregue cotillón fluorescente y arco de globos en la entrada.
- Camarín o espacio privado habilitado con las condiciones de convivencia básicas óptimas para artistas a presentarse. (Baño cercano o personal, considerar espacio de 5 a 10 personas)
Requerimiento y especificaciones técnicas del servicio de producción
El salón debe contar con equipos de:
-Contar al menos 3 pantallas LED Gigantes, ubicadas en diferentes partes del local.
-Sistema de Amplificación de alta fidelidad completo, para ambos ambientes.
-Sistema de audio completo.
-Sistema de Iluminación en ambos espacios
-Djs para los dos ambientes.
-Show de artista. (a lo menos doble de algún artista internacional, con un show de 40 minutos)
-Maquinas de efectos especiales (Por ejemplo: Chispas, burbujas, humo, espuma, etc.)
-Cabina Fotográfica instantánea min 4hrs.
-El lugar debe contar con ambientación en acceso y espacios.
-Espacio Lounge.
Todos los puntos señalados, en las presentes bases técnicas, son de carácter obligatorio.
FORMULARIOS A COMPLETAR
FORMULARIOS ADMINISTRATIVOS
Formulario Nº1A: Identificación del Oferente
Formulario Nº1B: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
Obligatorio on line Formulario Electrónico: Declaración Ausencia Conflictos de Interés e Inhabilidades por Condenas
Declaración Jurada Simple Complementaria sobre Inhabilidades
Formulario N°2: Programa de Integridad
FORMULARIOS TECNICOS
Obligatorio Formulario Nº3: Especificaciones Técnicas
FORMULARIO Nº1A
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
“CENTRO DE EVENTOS CON SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS PARA ACTIVIDAD BIENESTAR DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 2025”
ID 1057727-5-LE25
1. ANTECEDENTES LEGALES
Razón Social del Proponente: RUT:
Nombre de Fantasía (si lo tuviera):
Naturaleza Jurídica (marcar opción):
( ) Persona Natural
( ) Persona Jurídica
( )Otra (Indicar) _____________
DOMICILIO LEGAL
Calle Nº Depto. Nº Ciudad País
Teléfonos Fax Correo Electrónico
Giro Fecha Escritura (si procede)
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
REPRESENTANTE LEGAL
Nombre Rut
Teléfonos Fax Correo Electrónico
REFERENTE TÉCNICO DEL PROVEEDOR
Nombre Cargo
Teléfono Celular Correo Electrónico
RELACIONES EXTERNAS
Banco con que opera: N° de Cuenta:
Tipo de Cuenta: Otros:
Tipo de Tributación: Afecta o Exenta:
La información de contacto contenida en este formulario será utilizada para la comunicación y notificaciones oficiales con la empresa adjudicada, de acuerdo a lo detallado en la presente Licitación. Por ende, en el caso de existir algún cambio, será responsabilidad del proveedor informarlo al Referente Técnico del SSO, en un plazo de 2 días hábiles desde realizados los mismos, mediante correo electrónico.
…………………………………………………………
Nombre, firma y timbre autorizada
En…………, a……de……………….de 2025.
FORMULARIO Nº1B
Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
“CENTRO DE EVENTOS CON SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS PARA ACTIVIDAD BIENESTAR DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 2025”
ID 1057727-5-LE25
(ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES).
Nombre de la Unión Temporal de Proveedores: ________________________________________
Integrantes de la UTP:
N° RAZÓN SOCIAL RUT CALIDAD
1 Apoderado UTP
2 Miembro UTP
3 Miembro UTP
4 Miembro UTP
5 Miembro UTP
(Agregue tantas líneas como integrantes tenga la UTP)
3. Sección “Garantías Generales”:
Rut del oferente
Razón Social del oferente
Nombre del representante legal
Correo electrónico del representante legal
Número telefónico del representante legal
Nombre del coordinador
Correo electrónico del coordinador
Número telefónico del coordinador
Región de origen
Comuna de origen
4. Sección “Condiciones”:
Referente Técnico del proveedor
Correo electrónico de contacto y número de teléfono de contacto
5. Criterios técnicos:
Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la UTP determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Para ello, deberán indicar a continuación qué integrante(s) se deberá(n) considerar para la evaluación de los criterios técnicos:
Criterio Técnico RAZÓN SOCIAL RUT
Ejemplo: Experiencia Agregar información de todos los integrantes respecto de los cuales desee considerarse en este criterio de evaluación
Cabe señalar que en cuanto al criterio técnico “PROGRAMA DE INTEGRIDAD” cada uno de sus integrantes deberá completar el Formulario N°2 y asimismo adjuntar su respectivo programa de integridad.
6. Información del acuerdo de UTP*
ACUERDO DE UTP INFORMACIÓN
Nombre Apoderado
Acuerdo informa solidaridad entre sus integrantes (sí o no)
Vigencia de la UTP
*Para que la UTP tenga validez, debe considerar las estipulaciones obligatorias establecidas en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.886.
7. Declaración de objeto, solidaridad y vigencia de la UTP:
Mediante esta declaración el firmante declara:
1. Ser parte de la Unión Temporal de Proveedores señalada en el numeral 2 de esta declaración, que tiene por objeto presentar una propuesta formal bajo la modalidad establecida en el Art. 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 al proceso de licitación denominado “CENTRO DE EVENTOS CON SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS PARA ACTIVIDAD BIENESTAR DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 2025” publicado en www.mercadopublico.cl con el ID 1057727-5-LE25.
2. Asimismo, declara que, juntamente con todos los integrantes de esta UTP, será solidariamente responsable de la presentación de la oferta, así como de las obligaciones contraídas en virtud de los contratos suscritos en caso de ser adjudicado en esta licitación.
3. Finalmente, declara que la vigencia de la UTP no será inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo las renovaciones, incrementos de plazos y prórrogas que procedan en caso de que las hubiere.
8. Otorgamiento de poder para representación de la UTP:
Mediante el presente documento vengo en conferir poder al integrante de la UTP que actúa como apoderado de ésta, según lo señalado en el numeral 2 de este formulario, para que en mi nombre y representación suscriba y presente todos los documentos y anexos que sean requeridos para la presentación de la oferta, de acuerdo con lo dispuesto en las respectivas bases de licitación, especialmente, lo referido a la “Declaración jurada online” y los anexos técnicos y económicos que componen la oferta.
,
_________________________________________
En…………., a……de……………….de 2025
NOTAS:
1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente y éstos deben ser coincidentes con el instrumento de constitución de la UTP que es exigido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
2. Cada uno de los miembros de la UTP, incluyendo el apoderado, deberán completar debidamente, firmar y adjuntar a la oferta este anexo, información que deberá ser concordante entre sí. Luego, se deberán presentar tantos anexos como integrantes tenga la UTP.
3. En caso de que faltare alguna declaración o ésta no se encuentre debidamente completada y firmada, o la información contenida en las diferentes declaraciones no sea concordante entre sí, conllevará a declarar inadmisible la oferta UTP, sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886.
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE COMPLEMENTARIA SOBRE INHABILIDADES
“CENTRO DE EVENTOS CON SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS PARA ACTIVIDAD BIENESTAR DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 2025”
ID 1057727-5-LE25
Declaro que no están afectos a lo señalado en los siguientes puntos del presente documento:
Los socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales no son ni han sido durante el período de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
Los socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales no integran la nómina del personal del organismo licitante y/o comprador (*), en cualquier calidad jurídica, ni están contratados a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni están unido(a)s a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
Los socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales declaran conocer que los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: Cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, y que estos no tienen conflictos de interés que puedan afectar la transparencia, objetividad o imparcialidad del proceso de contratación, en conformidad con lo establecido en el artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886.
Declaro que toda la información ingresada en esta declaración es veraz, completa, verificable y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimos a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”.
(*) Nota: El Servicio de Salud Osorno es el organismo licitante y/o comprador, y son dependientes los siguientes establecimientos:
- Hospital Base San José Osorno.
- Hospital Purranque.
- Hospital Río Negro.
- Hospital Puerto Octay.
- Hospital Pü Mülen de Quilacahuín.
- Hospital Futa Srüka Lawenche de San Juan de la Costa.
- BASE SAMU
- CDR Kumelen
- CASA PRAIS.
- COSAM Oriente.
- COSAM Rahue.
- Comunidad Terapéutica Peulla, Residencial y Ambulatorio.
- Unidad de Memoria Ayekan y Newen.
………………………………..……………………………………
Firma y timbre autorizada
Nombre:
R.U.T:
En…………., a……de……………….de 2025.
FORMULARIO N°2
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
“CENTRO DE EVENTOS CON SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS PARA ACTIVIDAD BIENESTAR DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 2025”
ID 1057727-5-LE25
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación de Adquisición de ___________________, declaro bajo juramento que:
Mi representada ______ (SI/NO) posee un programa de integridad que es conocido por su personal, entendiendo programa de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
A fin de comprobar su declaración se deberá adjuntar a la oferta el referido programa de integridad.
NOTA:
En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.
Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación.
Nombre, R.U.T. y Firma
Persona Natural, Representante Legal o Apoderado
Nota: Completar con los datos del oferente, Representante Legal del oferente, o Apoderado de la UTP, según corresponda.
En Osorno, a……de……………….de 2025.
FORMULARIO Nº3
CUMPLIMIENTO ESPECIFICACIONES TECNICAS Y UBICACIÓN
“CENTRO DE EVENTOS CON SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS PARA ACTIVIDAD BIENESTAR DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 2025”
ID 1057727-5-LE25
Proveedor: Rut:
Contacto: Fono Contacto:
Dirección: Comuna :
Ítem Descripción Características Técnicas SI/NO Observaciones Oferente
Fecha Actividad Disponibilidad para La actividad se realizará el día 05 de diciembre de 2025, en horario de 21.00 hrs a 04.00 am horas del día siguiente.
Salón Principal Requerimientos de Salón principal Capacidad 550 personas, al menos para el desarrollo de servicio licitado.
Animador para el evento.
Que el recinto sea de uso exclusivo para los participantes funcionarios y funcionarias del HBSJO 2025.
Que cuente con salones habilitados para la distribución de los participantes más escenario para las presentaciones de los artistas
Que cuente con servicio sanitarios con la higiene que exige la ley, y acorde a la cantidad de usuarios participantes de la celebración (550 personas aprox.).
Que los espacios a ser usados por los asistentes a la celebración se mantengan en perfectas condiciones higiénicas.
DJ todo el evento
Que cuente con terraza de fumadores para 300 personas aprox.
Que cuente con servicio de seguridad en la entrada del recinto. (a lo menos 04 personas)
El oferente debe ambientar con decoración alusiva a la actividad
-Camarín o espacio privado habilitado con condiciones de convivencia básicas y óptimas para los artistas
Salón Lounge
Requerimientos de Salón Lounge Carpa Blanca de 6 x 12 m aprox por 2,5 m de alto
Espacio Lounge: Sillones, alfombras, calefacción
Apto para fumadores.
Dj todo el evento (Idealmente electrónica)
Decoración del espacio alusivo al evento
Producción El salón debe contar con equipos de:
Requerimiento del servicio de producción DJ’S y amplificación
Show artístico duración min 40 min
Guardias de seguridad con curso OS10
Animador
Cabina de fotos Instantáneas.
Iluminación, led, proyección de imagen en escenario.
Decoración Ambientada
Personal de aseo
Animador para el evento
Pantalla Gigante
NOTA 1: Todos los puntos señalados, en las presentes bases técnicas, son de carácter obligatorio.
NOTA 2: La columna SI/NO, debe ser completada en su TOTALIDAD.
Nombre, R.U.T. y Firma
Persona Natural, Representante Legal o Apoderado
Nota: Llenar con los datos del oferente, Representante Legal del oferente, o Apoderado de la UTP, según corresponda.
En Osorno, a……de……………….de 2025.
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