Licitación ID: 1063538-162-LP26
CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 157
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Materiales educativos de lavado, mantenimiento o cuidado de la ropa 1 Unidad
Cod: 60105808
Servicio de mantenimiento para Lavadoras Termodesinfectadoras 044-2787| Mantenimiento preventivo para Lavadoras Termodesinfectadoras 044-1924| Mantenimiento correctivo para Lavadoras Termodesinfectadoras  

2
Materiales educativos de lavado, mantenimiento o cuidado de la ropa 1 Unidad
Cod: 60105808
Servicio de mantenimiento para Autoclave 044-0089| Mantenimiento preventivo para Autoclave 044-0720| Mantenimiento correctivo para Autoclave  

3
Materiales educativos de lavado, mantenimiento o cuidado de la ropa 1 Unidad
Cod: 60105808
Servicio de mantenimiento para Secadoras 044-1978| Mantenimiento preventivo para Secadoras 044-3037| Mantenimiento correctivo para Secadoras  

4
Materiales educativos de lavado, mantenimiento o cuidado de la ropa 1 Unidad
Cod: 60105808
Servicio de mantenimiento para Esterilizador de plasma 044-0089| Mantenimiento preventivo para Esterilizador de plasma 044-0720| Mantenimiento correctivo para Esterilizador de plasma  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN
Estado:
Cerrada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de “CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN” del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-08-2026 15:15:00
Fecha de Publicación: 20-07-2026 8:39:38
Fecha inicio de preguntas: 20-07-2026 9:00:00
Fecha final de preguntas: 27-07-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-07-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-08-2026 15:16:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-08-2026 15:16:00
Fecha de Adjudicación: 06-10-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº 1: Identificación del proponente. • Formulario Nº 2: Aceptación de bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº 9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Formulario N°11: declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la Ley N°21.595. • Formulario N°12: declaración jurada de independencia de la oferta. • Formulario N°13: declaración jurada programa de integridad con aplicación de Código Ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra). • Formulario N°14: Declaración Jurada Simple de Inhabilidades y Conflictos de Interés de los Oferentes, ésta debe incluir: o Declaración jurada de composición societaria o Identificación de beneficiarios finales o Detalle de participación directa e indirecta de personas naturales en la sociedad La oferta que no adjunte este formulario y la referida documentación será declarada inadmisible quedando fuera del proceso (REQUISITO EXCLUYENTE). • Formulario N°15: Declaración jurada simple de tecnovigilancia y ausencia de alertas sanitarias. Su presentación, completada y firmada por el representante legal, es obligatoria y excluyente; su omisión declarará la oferta inadmisible. o No podrán participar los proveedores que registren retiros de mercado en el período señalado. o La falsedad en los datos será reportada a ChileCompra para la aplicación del artículo 160 del DS N° 661/2024.
Documentos Técnicos
1.- Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. Formulario N°5: El plazo de inicio de trabajo preventivo se considerará desde el momento del envío del correo electrónico solicitando el servicio por parte del Hospital. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación, REQUISITO EXCLUYENTE. En relación con el Plazo de trabajos correctivos, el proveedor deberá indicar el “Plazo de soporte en terreno ante fallas que NO puedan ser diagnosticadas vía remota”, que se considerará desde el momento del envío de correo electrónico con la solicitud de realizar el servicio por parte del Hospital. Asimismo, el proveedor deberá especificar el “Plazo de envío de la documentación de diagnóstico”, el cual comenzará a regir a partir de la ejecución del diagnóstico remoto o de la realización del servicio en terreno. Respecto al “Plazo de suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado”, este se considerará desde el momento de envío del correo electrónico con la aprobación de la cotización respectiva por parte del Hospital. Este plazo representa el tiempo final en que el proveedor se compromete al suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado al Hospital. Formulario N°5, REQUISITO EXCLUYENTE. El periodo de Garantía se cuenta desde la entrega final del servicio. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. Formulario N°5, REQUISITO EXCLUYENTE. El proveedor deberá acreditar experiencia desde año 2023 hasta la fecha de publicación de esta licitación, mediante contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien prestó este servicio, ejecutando la misma asistencia, en sector público o privado. La experiencia acreditada por el proveedor debe ser en equipos que contengan características similares a las líneas a ofertar (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos. Solo se aceptará como experiencia válida servicios en equipos de misma marca y modelo al servicio licitado y con documentación completa como se solicita en bases de licitación. Además, deberá indicar teléfono y/o correo electrónico de contacto del cliente al cual prestó servicios, en caso de que se requiera consultar. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y/o certificados de cursos del fabricante, en todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°7) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. El oferente deberá adjuntar un listado de herramientas que utilizará durante el convenio (Formulario Nº8) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.
 
Documentos Económicos
1.- El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE) Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Requisitos técnicos Nº REQUISITOS TÉCNICOS SI: 100 NO: INADMISIBLE 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo B. 100 / INADMISIBLE 2 Representación de marca (adjuntar carta de representación de marca). * 100 / INADMISIBLE 3 Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación). 100 / INADMISIBLE 4 Listado de herramientas 100 / INADMISIBLE 10%
2 Plazo de inicio de trabajos preventivos PLAZO DE INICIO DE TRABAJOS PREVENTIVOS PUNTAJE Menor o igual a 5 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio 100 De 6 a 10 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio 75 De 11 a 15 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio 50 De 16 a 20 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio 25 Mayor o igual 21 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio 0 5%
3 Oferta económica Fórmula de cálculo: Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50 50%
4 Plazos de trabajos correctivos Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final y en ella se analizan los plazos de soporte ante fallas vía remota, telefónica o correo, plazo de soporte en terreno y plazo de reparación del oferente, frente a los requerimientos de la institución. El oferente deberá informar los plazos de entrega de trabajos correctivos que se contabilizarán según corresponda, de acuerdo a las sub-ponderaciones que siguen (Formulario N° 5). 15%
5 Garantía GARANTÍA PUNTAJE Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 100 Entre 17 a 12 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 75 Entre 11 a 8 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 50 Entre 7 a 4 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 25 Hasta 3 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 0 10%
6 Experiencia EXPERIENCIA DEL OFERENTE PUNTAJE 10 o más contratos, certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 100 De 7 a 9 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 75 De 4 a 6 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 50 De 1 a 3 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 25 No presenta contratos o certificados y/o actas de recepción conforme. 0 5%
7 Programa de Integridad y ética empresarial INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Presenta Formulario N°13 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido y aplicados por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 El Oferente aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia de dicho Programa de Integridad; o, no aplica dicho programa, o no logra acreditar su aplicación. 0 2%
8 Cumplimiento de requisitos formales CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital Base San Jose Osorno
Contrato con Renovación: NO
Observaciones ver anexo
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jose Cordova
e-mail de responsable de pago: jose.cordova@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 28-12-2028
Monto: 5 %
Descripción: ver anexo
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN, ID: 1063538-162-LP26”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases Administrativas y Tecnicas

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

          OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para generar la contratación del servicio de CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN del Hospital Base San José de Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $185.000.000.- (Ciento ochenta y cinco millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 24 meses.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

          BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Anexos y formularios

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Cálculo que sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual se valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).
  • Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.

Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación.

  • cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción.  
  • Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno.

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl .

El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:

1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.

2. Nombre de la Entidad licitante.

3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.

4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.

5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura.

6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.

5°        REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

  • No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.

5.1        Idoneidad Técnica y Financiera de los Proveedores

La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.

En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.

5.2        Habilidad en el Registro de Proveedores

Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.

La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas.

El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa.

5.3      Exclusiones para contratar (artículo 4° de la Ley de Compras Públicas)

Quedarán excluidos de este proceso quienes, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, hayan sido condenados por:

a) Prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador; o

b) Delitos concursales establecidos en el Código Penal.

El Hospital verificará el cumplimiento de esta exigencia respecto de cada oferente. La oferta que incurra en alguna de estas causales será declarada inadmisible.

5.4      Inhabilidades del Registro de Proveedores (artículo 35 septies Ley Compras)

Conforme al artículo 35 septies, podrán quedar inhabilitadas para inscribirse o permanecer inscritas en el Registro de Proveedores, tanto personas naturales como jurídicas, quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a)  Haber sido condenados por delitos concursales (Título IX Libro II Código Penal) o por los delitos tributarios del artículo 97 del Código Tributario indicados en la ley;

b)  Haber sido condenados, por sentencia firme o ejecutoriada, por incumplimiento contractual derivado de culpa o falta de diligencia respecto de un contrato de suministro o prestación de servicios suscrito con un organismo sujeto a la Ley de Compras Públicas;

c)  Haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador;

d)  Haber sido condenados por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo. Asimismo, la Dirección de Compras declarará inhábiles a las personas incluidas en las listas de inelegibilidad para la adjudicación de contratos elaboradas por instituciones financieras multilaterales, incluidos sus accionistas y beneficiarios finales;

e)  Haber informado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados, o presentados de forma que induzca a error para efectos de su evaluación, conforme al inciso tercero del artículo 16, y no haberlos subsanado dentro del plazo de diez días desde el requerimiento de la Dirección de Compras.

Estas inhabilidades son declaradas por sentencia judicial y aplicadas por la Dirección de Compras y Contratación Pública, por un plazo de hasta dos años contado desde que la sentencia quede firme, salvo en el caso de la letra d). El Hospital no adjudicará la licitación a ningún oferente que, al momento de la adjudicación, se encuentre inhábil en el Registro de Proveedores.

5.5      Conflictos de interés, control de inhabilidades y requisito de admisibilidad

En resguardo de la probidad y la transparencia, existe prohibición absoluta de contratar la presente adquisición, conforme al artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886, con:

a) El personal del Hospital Base San José de Osorno, cualquiera sea su calidad jurídica, incluidas las personas contratadas a honorarios;

b) Sus cónyuges o convivientes civiles, y las demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive;

c) Las sociedades de personas, empresas individuales de responsabilidad limitada, sociedades en comandita por acciones, sociedades por acciones y sociedades anónimas cerradas en que cualquiera de las personas de las letras a) y b) participe o sea beneficiario final; las sociedades anónimas abiertas en que sean dueños, directamente o como beneficiarios finales, de acciones que representen el 10% o más del capital; y los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de dichas sociedades.

Tratándose de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y del personal que, conforme a la resolución que la jefatura superior del Hospital debe dictar anualmente en virtud del artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 19.886), participa en los procedimientos de contratación —incluidos quienes posean perfil de Comprador o Supervisor en el Sistema de Información—, la prohibición se amplía a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575 —cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive— y a las sociedades en que cualquiera de ellos participe según la letra c). Respecto de estos funcionarios, la prohibición rige durante el ejercicio de sus funciones y hasta un año después de haber cesado en el cargo.

Para verificar el cumplimiento de esta prohibición, cada oferente deberá acompañar la declaración jurada del Formulario N°7, en la que manifieste expresamente que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades descritas en este numeral ni en el numeral 5.3. La omisión de dicha declaración, o la constatación de que la oferta proviene de alguna de las personas o entidades señaladas, facultará al Hospital para declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.

Toda oferta que incurra en alguna de las situaciones descritas en este numeral, o que omita la declaración jurada exigida, SERÁ DECLARADA INADMISIBLE, quedando automáticamente fuera del proceso. Esta inhabilidad se verifica desde la presentación de las ofertas y se mantiene durante todo el procedimiento de contratación.

5.6      Deber de Abstención (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.

Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

5.7      Unión temporal de proveedores

La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.

a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO.

b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE

e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

5.8      Presentación de las ofertas

El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.

Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor.

Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.

6°        PLAZOS.

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl).

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

1

Publicación de las Bases de Licitación

Dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la total tramitación de la Resolución que aprueba las presentes Bases.

2

Periodo de Publicación

10 días (hábiles) (*)

3

Inicio Período de Consultas

Desde el día y hora de publicación.

4

Cierre Período de consultas

Hasta el día 5 (hábil) a las 15:00 horas.

5

Publicación de Respuestas

Hasta el día 6 (hábil) a las 16:00 horas.

6

Recepción de las Ofertas

Hasta el día 10 (hábil) (*) a las 15:15 horas

7

Acto de Apertura de las Ofertas

Día 10 (hábil) (*) a las 15:16 horas.

El acto de apertura se realizará en una etapa, es decir se procederá a abrir la oferta técnica y económica conjuntamente.

8

Período de Evaluación de las Ofertas

Hasta el día 10 (corrido), contado desde el acto de apertura electrónica de las ofertas.[MA1] 

9

Adjudicación

Hasta el día 60 corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

10

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el sétimo día (7) días corridos siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

11

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

12

Fecha término de contrato.

24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

Nota 1: Las diversas etapas y plazos serán contados desde el día siguiente a la fecha de publicación (día 1) de las Bases en el portal mercadopublico.cl.

Atendida la naturaleza de lo licitado, tratándose de bienes de simple y objetiva especificación y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas.

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.

Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl).

 

9°        VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.

El plazo de validez de las ofertas será de sesenta (60) días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.

Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el Hospital.

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS.

La entrega de las propuestas deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.

Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.

En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.

10.1    De los Antecedentes Administrativos.

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

  • Formulario Nº 1: Identificación del proponente.
  • Formulario Nº 2: Aceptación de bases y conocimiento de la ley de contratación pública.
  • Formulario Nº 9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra    afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • 10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
  • Formulario N°11: declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la Ley N°21.595.
  • Formulario N°12: declaración jurada de independencia de la oferta.
  • Formulario N°13: declaración jurada programa de integridad con aplicación de Código Ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra).
  • Formulario N°14: Declaración Jurada Simple de Inhabilidades y Conflictos de Interés de los Oferentes, ésta debe incluir:
    • Declaración jurada de composición societaria
    • Identificación de beneficiarios finales
    • Detalle de participación directa e indirecta de personas naturales en la sociedad

La oferta que no adjunte este formulario y la referida documentación será declarada inadmisible quedando fuera del proceso (REQUISITO EXCLUYENTE).

  • Formulario N°15: Declaración jurada simple de tecnovigilancia y ausencia de alertas sanitarias. Su presentación, completada y firmada por el representante legal, es obligatoria y excluyente; su omisión declarará la oferta inadmisible.
    • No podrán participar los proveedores que registren retiros de mercado en el período señalado.
    • La falsedad en los datos será reportada a ChileCompra para la aplicación del artículo 160 del DS N° 661/2024.

10.2    De la Propuesta económica

El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.

Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda.

Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE)

Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

Formulario N°5: El plazo de inicio de trabajo preventivo se considerará desde el momento del envío del correo electrónico solicitando el servicio por parte del Hospital. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación, REQUISITO EXCLUYENTE.

En relación con el Plazo de trabajos correctivos, el proveedor deberá indicar el “Plazo de soporte en terreno ante fallas que NO puedan ser diagnosticadas vía remota”, que se considerará desde el momento del envío de correo electrónico con la solicitud de realizar el servicio por parte del Hospital. Asimismo, el proveedor deberá especificar el “Plazo de envío de la documentación de diagnóstico”, el cual comenzará a regir a partir de la ejecución del diagnóstico remoto o de la realización del servicio en terreno. Respecto al “Plazo de suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado”, este se considerará desde el momento de envío del correo electrónico con la aprobación de la cotización respectiva por parte del Hospital. Este plazo representa el tiempo final en que el proveedor se compromete al suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado al Hospital. Formulario N°5, REQUISITO EXCLUYENTE.

El periodo de Garantía se cuenta desde la entrega final del servicio. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. Formulario N°5, REQUISITO EXCLUYENTE.

El proveedor deberá acreditar experiencia desde año 2023 hasta la fecha de publicación de esta licitación, mediante contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien prestó este servicio, ejecutando la misma asistencia, en sector público o privado. La experiencia acreditada por el proveedor debe ser en equipos que contengan características similares a las líneas a ofertar (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos. Solo se aceptará como experiencia válida servicios en equipos de misma marca y modelo al servicio licitado y con documentación completa como se solicita en bases de licitación. Además, deberá indicar teléfono y/o correo electrónico de contacto del cliente al cual prestó servicios, en caso de que se requiera consultar.

El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y/o certificados de cursos del fabricante, en todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°7) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.

El oferente deberá adjuntar un listado de herramientas que utilizará durante el convenio (Formulario Nº8) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.

10.4    Presentación de Antecedentes omitidos

El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que dichos formularios omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº 19.886).

En estos casos, el Hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl al momento de cargar la consulta para que subsane dichas omisiones. Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.8 de la presente Bases.

Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3, 4, 5, 7 y 8 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.

El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases.

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.

Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

i)   Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

Programas de integridad por parte de los proveedores: los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programa de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal (Formulario N°13).

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

En el evento que la garantía de fiel cumplimiento de contrato se otorgue de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley Nº19.886 y su reglamento.

12.1    Garantía de fiel cumplimiento de contrato.


CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si aplicare), dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y al primer requerimiento. Ésta podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El RUT del tomador del instrumento de garantía debe coincidir con el RUT del oferente.

Monto

5% del monto total NETO adjudicado y se expresará en pesos. Sin embargo, para el caso que el proveedor adjudicado sea una empresa de menor tamaño la garantía a entregar será del 5% del monto neto contratado, en conformidad a la clasificación contenida en el artículo segundo de la ley N°20.416

Vigencia Mínima

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días hábiles después de terminado el vínculo contractual.

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN, ID: 1063538-162-LP26”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico).

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente:

En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso, deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prórroga o aumento del contrato.

En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información. Se realizará, automáticamente, al momento de cumplirse la fecha y hora de cierre definidas en las Bases, conforme a la configuración de la plataforma.

La evaluación de admisibilidad se realizará una vez producida la apertura electrónica de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio).

Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.

13.1    Admisibilidad de las ofertas y comprobación de lo declarado (Artículo 59 del Decreto 661 de la Ley de Compras)

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.

Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.

Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

13.2    COMPETENCIAS DE LOS USUARIOS DE LA ENTIDAD

Los usuarios de la Entidad cuentan con las competencias técnicas suficientes para operar en el Sistema de Información, de acuerdo con lo establecido en las Políticas y Condiciones de Uso del Sistema de Información.

Consta de la Resolución Exenta N°2579, de fecha 22 de agosto 2025, del director (s) del Hospital Base San José Osorno, la nómina del personal que participa en el presente proceso licitatorio, y en todo procedimiento de contratación o de ejecución contractual, así como el hecho de encontrarse registrados en el Sistema de Información y gestión de Compras y Contrataciones.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. Dicha designación, que incluye los nombres y apellidos de sus integrantes, se informa y se aprueba en este acto administrativo (Resolución aprobatoria de bases).[MA2] 

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San José Osorno:

1. Camilo Morgado Moraga, Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

2. Rodrigo Aguilera Cortes, Jefe de Departamento de Operaciones del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

3. Janet Villalobos Palomo, Jefa de Servicio Esterilización del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

14.1.1            Declaración de intereses y probidad

  1. Control de conflictos de interés y confidencialidad en comisiones evaluadoras: en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, todos los miembros de la Comisión Evaluadora deberán suscribir, de manera previa al inicio de sus funciones, una Declaración Jurada mediante la cual se obliguen formalmente a guardar estricta confidencialidad y reserva sobre todo el proceso de evaluación, sus deliberaciones y los antecedentes de las ofertas. Asimismo, a través de este instrumento manifestarán la inexistencia de conflictos de intereses con los proveedores del rubro de esta licitación y asumirán el compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integren esta comisión.

Esta declaración tiene el carácter de OBLIGATORIA y debe ser publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”.

  1. Se establece como exigencia que todos funcionarios del Hospital que participan de este proceso de compra/licitación disponen de su Declaración de intereses y patrimonio (DIP) actualizada.

14.2    Funciones Comisión Evaluadora

Esta comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá al ente técnico confeccionar un informe de evaluación, el cual deberá contener la siguiente información: 

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.

4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. Proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.

7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.

8. Fecha del Acta.

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl , aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.3    Errores u omisiones detectados durante la evaluación.

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

14.4    Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1

Oferta económica

50%

2

Requisitos técnicos

10%

3

Plazo de inicio de trabajos preventivos

5%

4

Plazos de trabajos correctivos

15%

5

Garantía

10%

6

Experiencia

5%

7

Integridad y ética empresarial

2%

8

Cumplimiento requisitos formales

3%

TOTAL, PORCENTAJE

100%

14.4.1            Evaluación Económica

Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Los montos deben ser ingresados en el (Formulario N°3) de las bases de licitación.

Fórmula de cálculo:

Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50

14.4.2            Requisitos Técnicos.

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de las siguientes tablas de evaluación. (Formulario N°4)

REQUISITOS TÉCNICOS

SI: 100

NO: INADMISIBLE

1

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo B.

100 / INADMISIBLE

2

Representación de marca (adjuntar carta de representación de marca). *

100 / INADMISIBLE

3

Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación).

100 / INADMISIBLE

4

Listado de herramientas

100 / INADMISIBLE

*Se solicitará representación de marca para ítems N°1, 2 y 4.

14.4.3            Plazo de inicio de trabajos preventivos (5%)

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente, el oferente deberá informar el plazo de inicio de los servicios que se contabilizará desde el momento de envío de correo electrónico solicitando realizar el servicio por parte del Hospital. (Formulario N°5).      

PLAZO DE INICIO DE TRABAJOS PREVENTIVOS

PUNTAJE

Menor o igual a 5 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

100

De 6 a 10 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

75

De 11 a 15 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

50

De 16 a 20 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

25

Mayor o igual 21 días hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

0

14.4.4            Plazo de trabajos correctivos (15%)

Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final y en ella se analizan los plazos de soporte ante fallas vía remota, telefónica o correo, plazo de soporte en terreno y plazo de reparación del oferente, frente a los requerimientos de la institución. El oferente deberá informar los plazos de entrega de trabajos correctivos que se contabilizarán según corresponda, de acuerdo a las sub-ponderaciones que siguen (Formulario N° 5).

14.4.4.1         Plazo de soporte en terreno

Esta evaluación posee una sub-ponderación del 5% respecto de los plazos de trabajos correctivo, y corresponde al tiempo de soporte en terreno del oferente frente a los requerimientos de la institución. El oferente deberá informar los plazos que se contabilizarán desde el envío del correo electrónico solicitando realizar el servicio por parte del Hospital.

PLAZO DE SOPORTE EN TERRENO

PUNTAJE

Menor o igual 12 horas hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

100

De 13 a 24 horas hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

60

De 25 a 32 horas hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

30

Mayor o igual a 33 horas hábiles desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio

0

14.4.4.2        Plazo de envío de documentación de diagnóstico

Esta evaluación posee una sub-ponderación del 5% respecto de los plazos de trabajos correctivo, y corresponde al tiempo de envío de documentación de diagnóstico frente a los requerimientos de la institución.

El oferente deberá informar los plazos que se contabilizarán a partir de la ejecución del diagnóstico remoto o de la realización del servicio en terreno, según corresponda.

PLAZO DE ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN DE DIAGNÓSTICO

PUNTAJE

Menor o igual a 8 horas hábiles desde la ejecución del diagnóstico remoto o de la realización del servicio en terreno.

100

De 9 a 15 horas hábiles desde la ejecución del diagnóstico remoto o de la realización del servicio en terreno.

60

De 16 a 20 horas hábiles desde la ejecución del diagnóstico remoto o de la realización del servicio en terreno.

30

Mayor o igual 21 horas hábiles desde la ejecución del diagnóstico remoto o de la realización del servicio en terreno.

0

14.4.4.3 Plazo de suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado al Hospital

Esta evaluación posee una sub-ponderación del 5% respecto de los plazos de suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado al Hospital o plazos de reparación del oferente frente a los requerimientos de la institución. El oferente deberá informar los plazos que se contabilizarán desde el envío del correo electrónico con el V°B° (visto bueno) a la cotización respectiva por parte del Hospital.

PLAZO DE REPARACIÓN

PUNTAJE

Menor o igual a 4 días hábiles desde envío de correo electrónico con V°B° a cotización.

100

De 5 a 7 días hábiles desde envío de correo electrónico con V°B° de cotización.

75

De 8 a 10 días hábiles desde envío de correo electrónico con V°B° de cotización.

50

De 11 a 14 días hábiles desde envío de correo electrónico con V°B° de cotización.

25

Mayor o igual a 15 días hábiles desde envío de correo electrónico con V°B° de cotización

0

14.4.5 Garantía

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la garantía del oferente a los requerimientos de la institución. La garantía debe cubrir la totalidad de las actividades realizadas durante la ejecución del presente proceso licitatorio; debe cubrir cualquier falla presente en los trabajos solicitados, durante el periodo comprometido por parte de la empresa ejecutora, la cual debe reparar en su totalidad.

La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl (Formulario N°5), garantizando la entrega del servicio comprometido y requerido por el Hospital.

GARANTÍA

PUNTAJE

Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital.

100

Entre 17 a 12 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital.

75

Entre 11 a 8 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital.

50

Entre 7 a 4 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital.

25

Hasta 3 meses contados desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital.

0

14.4.6            Experiencia del oferente

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la experiencia del oferente desde el año 2023 hasta la fecha de publicación de esta licitación. deberá acreditar mediante contratos, certificados de conformidad y o actas de recepción por trabajos finalizados con firma, timbre del cliente a quien prestó este servicio.

Solo se aceptará como experiencia valida servicios de en equipos de misma marca y modelo al servicio licitado y con documentación completa como se solicita en bases de licitación. Además, deberá indicar teléfono y/o correo electrónico de contacto cliente al cual presto servicios, en caso de que se requiera consultar. (Formulario N° 6)

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

PUNTAJE

10 o más contratos, certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

100

De 7 a 9 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

75

De 4 a 6 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

50

De 1 a 3 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

25

No presenta contratos o certificados y/o actas de recepción conforme.

0

14.4.7 Programa de Integridad y ética empresarial

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario n°13 donde se señala expresamente como política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre formulario n°13: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).”

Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad.

Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.

Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores.

Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Formulario N°13 por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) en este criterio de evaluación.

Esta evaluación tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:

INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL

PUNTAJE

Presenta Formulario N°13 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido y aplicados por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad.

100

El Oferente aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia de dicho Programa de Integridad; o, no aplica dicho programa, o no logra acreditar su aplicación.

0

14.4.8 Cumplimiento de requisitos formales

Esta evaluación posee una ponderación del 3% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

PUNTAJE

Oferta presentada no contiene errores u omisiones

100

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo

50

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo

0

El criterio “14.4.8”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Decreto N°661 que establece el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

1.  Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2.  La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3.  La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

La solicitud de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.

De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

Puntaje final: puntaje evaluación económica + puntaje en requisitos técnicos + puntaje en plazo de trabajos preventivos + plazo de trabajos correctivos + puntaje garantía + puntaje experiencia + puntaje integridad y ética empresarial + puntaje cumplimiento requisitos formales de la presentación de la oferta.

 “La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°     ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente.

Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.

Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2    Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.

15.3    Ofertas riesgosas o temerarias.

La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

15.4    Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. En tal caso se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador, entre los participantes que han empatado:

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Requisitos técnicos”
  • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “plazo de inicio trabajos preventivos”.

De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.

15.5    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a monica.jaras@redsalud.gob.cl quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si aplicara), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital.

b)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

c)  Si el contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

d)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

e)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

f)   Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

17°    REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere.

Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes:

1.    Hojas de entrega elementos de protección personal.

2.    Registros entrega DAS e Inducción Seguridad.

3.    Registros entrega Reglamento Interno.

4.    Reglamento interno de su empresa.

5.    Registro de entrega del reglamento interno a:

      Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria.

6.    Certificado de adhesión a Mutualidad.

7.    Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año).

Lo anterior, además de la presentación de la documentación indicada en el Reglamento Subcontrataciones (adjunto) y solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional.

Esta documentación debe ser obligatoriamente cumplida, en un 100%; según lo exija ley y corresponda a características de la empresa.

Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además:

·     Nombre o Razón Social del proveedor

·     Nombre de la licitación

·     N° ID de la licitación

El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados.

 

El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o jefe de la Unidad a cargo de los equipos.

 

Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar.

La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.

18°     CONTRATO

  1. Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.2 de estas bases.

  1. Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Depto. Jurídico).

  1. Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica.

  1. El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

  1. Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie.

  1. Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas, aclaraciones y respuestas si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

  1. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desiste de la propuesta, “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si aplicara) y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

  1. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

                                          

  1. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación.

10.  El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

11.  Durante toda la ejecución del contrato, el proveedor adjudicado deberá acreditar mensualmente que no registra saldos insolutos de remuneraciones ni cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. Para esto, junto a la presentación de cada factura, el administrador del contrato requerirá obligatoriamente el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30-1) emitido por la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a 30 días. El cumplimiento de esta obligación será requisito indispensable para autorizar el respectivo pago

12.  En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

18.1    Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicatoria.

18.2    Aumentos y disminuciones de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos .

El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos renueve las garantías de acuerdo con lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases.

18.3 Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente y sólo se permitirá por una vez.

La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases.

En ningún caso, la o las modificaciones, relativas al aumento o disminución del contrato, o a la prórroga del plazo del mismo, podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Entendiéndose que se alteran éstos cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases o, cuando la modificación altera el equilibrio financiero del contrato o, si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.

No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.

18.4       Resciliación del Contrato

Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.

18.5    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores.

En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo jose.cordova@redsalud.gob.cl y gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl y no existan obligaciones pendientes.

18.6    Término anticipado de contrato por parte del Hospital.

En caso de incumplimiento del contrato celebrado, y previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada, el Hospital podrá ponerle término administrativamente, en forma anticipada e inmediata, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados.

Se consideran como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 bis de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº130 del Decreto Nº661 de 2024 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:

a)    La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b)    La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

c)    El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, tipificadas en el numeral 18.6.1 de las presentes bases administrativas. Se entenderá incumplimiento grave, además, la aplicación de dos o más multas de las enumeradas en el punto 24, dentro un plazo de tres (3) meses durante la vigencia del contrato, o durante la ejecución del contrato si ésta fuere de duración inferior, cualquiera sea su fuente, o la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato. 

d)    El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

e)    La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.

f)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

g)    Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.

Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información a más tardar dentro de las 24 horas de dictado, Artículo Nº 132 del Reglamento (D.S. 661/2024 Ministerio de Hacienda).

Respecto a la letra b) “Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes”, debe ser suscrito mediante instrumento privado y sancionado por resolución fundada.

Si alguna de ellas es originada por un hecho o hechos imputables a el adjudicatario, el contrato se entenderá resuelto administrativamente sin forma de juicio mediante la dictación de resolución fundada, sin derecho a indemnización para el proveedor afectado, debiendo hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran ejercerse.

La citada resolución de término de contrato deberá ser fundada y producirá plenos efectos, entre ellos el derecho a hacer efectivas las garantías vigentes, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

El Hospital, por resolución fundada, podrá poner término definitivo, en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como caso fortuito o fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste previamente.

Asimismo, el Hospital, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato toda vez que el valor total de las multas supere el 30% del valor neto del contrato.

18.6.1 Causales de término anticipado del contrato por incumplimiento grave:

Para todos los efectos legales, se considerará como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, facultando al Hospital a poner término anticipado del contrato, las siguientes conductas debidamente acreditadas:

a)    Si los representantes o el personal del adjudicado no observan los más altos niveles éticos o cometen actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión.

b)    Registrar condena por prácticas antisindicales dentro del periodo de vigencia del contrato.

c)    Si el adjudicatario se niega, sin causa justificada, a la entrega de los productos solicitados en el plazo ofertado o en la forma indicada en estas bases, o distribuye productos distintos a los adjudicados.

d)    Si el Hospital Base San José de Osorno comprobare, previo informe técnico, deficiencias en la calidad del producto solicitado y que no hayan sido subsanadas por el adjudicatario satisfactoriamente de acuerdo al contrato.

e)    Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del producto, de las condiciones de la oferta, de la calidad o marca del producto u otra condición(es) establecida y aceptada por el Hospital.

f)     En caso de las suspensiones y eliminación del Registro de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 y 163 del Reglamento.

g)    Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra.

h)   En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

i)     Si el adjudicatario es una Sociedad de Responsabilidad Limitada y éste, o alguno de los socios de la empresa, fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva. En los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o algún gerente se viere afectado por esta situación.

j)     Si el proveedor es condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, según la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos en que en ella se indican.

k)    Si se disolviere la empresa (en caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica). En este caso, se procederá a efectuar la liquidación del Contrato, determinando las obligaciones que quedaren pendientes. Las obligaciones serán compensadas con la garantía que obra en poder del Hospital.

l)     La no renovación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de prórroga (en caso de haber procedido la entrega de garantía).

m)  En caso de falta de entrega o renovación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en los términos, condiciones y plazo indicados en las presentes bases, el Hospital estará facultado para dar término anticipado del contrato. Asimismo, en aquellas licitaciones en que no se exija garantía de fiel cumplimiento, si el proveedor no efectuare el pago de una multa dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en el numeral respectivo, el Hospital estará igualmente facultado para dar término anticipado del contrato.

n)   Si el adjudicatario infringe el deber de confidencialidad regulado en las presentes bases administrativas.

  • o)    Toda otra conducta u omisión imputable al adjudicatario que impida o perturbe el otorgamiento oportuno y eficaz del producto adquirido de modo que afecten el normal desarrollo de las funciones del Hospital.

p)    Que un producto sea declarado “no apto para su uso” por parte del Instituto de Salud Pública por considerarlo un riesgo sanitario o que, por cualquier otra razón o causa definida por el ISP, se haya instruido el retiro del mercado para destrucción total de uno o más lotes de dicho producto por acto administrativo de dicho organismo. En este caso, el término del contrato será parcial y sólo en relación al producto declarado “no apto para su uso”.

18.6.2 Procedimiento de Término Anticipado de Contrato y Cobro Garantía de Fiel Cumplimiento.

Verificada cualquiera de las causales de término anticipado de contrato señaladas en numerales precedentes, se comunicará al proveedor el hecho constitutivo de la causal, adjuntando los antecedentes que lo respaldan, a través de carta certificada o vía correo electrónico (aquél consignado por el proveedor en el Formulario N° 1, el que será concordante con lo informado en el Sistema de Información, siendo dicha dirección electrónica única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimiento contractuales que derivan en causales de término anticipado de Contrato (artículo 140 Reglamento Compras Públicas). La resolución del Hospital de poner término anticipado al contrato se entenderá notificada al adjudicatario anexando dicha resolución a la ficha de licitación.

El proveedor dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la notificación, para presentar sus descargos, acompañado todos los antecedentes que estime pertinentes.

Una vez recibidos los descargos o vencido el plazo para ello, el Hospital podrá acogerlos o rechazarlos. En el primer caso, se notificará la decisión al adjudicatario mediante carta certificada o correo electrónico. En caso de rechazo total, se dictará la resolución de término anticipado de contrato, la cual será notificada por los mismos medios y publicada en el Sistema de Información de Mercado Público.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

En caso de término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá reclamar de su decisión por medio de los recursos administrativos que establece la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos.

Sólo una vez transcurrido los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectivo el término anticipado del contrato.

En cualquiera de los casos señalados, una vez dictada la resolución fundada que disponga el término anticipado del contrato, el Hospital Base San José de Osorno hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de manera administrativa y sin necesidad de requerimiento judicial, presentando el instrumento de garantía para su cobro ante la entidad emisora correspondiente, imputando su valor a título de cláusula penal por el incumplimiento verificado, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que correspondan para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.     

Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del Reglamento de Compras (artículo 132 Reglamento Ley de Compras).

18.7    Referente o Coordinador técnico

El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo al Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos (camilo.morgado.g@redsalud.gob.cl) o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones:

    Definir las especificaciones técnicas de los bienes y servicios requeridos.

    Participar del Comité de Evaluación de las ofertas de los proveedores.

    Supervisar el correcto desarrollo del servicio adjudicado, garantizando que el proveedor cumpla con los estándares clínicos y técnicos de calidad y seguridad exigidos en las bases y la normativa del hospital.

    Solicitar las multas que correspondan en caso de incumplimiento del proveedor, acompañando informe respectivo; responder a los descargos del proveedor cuando corresponda.

    Exigir informes técnicos a empresa que ejecuta servicios, evaluar cumplimiento por parte del ente técnico del hospital, para su validación y subsanar eventuales observaciones de conformidad de servicio en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, sugerir aplicación de multas cuando procedieran.

    Participar de las instancias en que sea convocado para entregar su opinión técnica de los servicios licitados.

    Conocer íntegramente las bases y contratos del presente proceso licitatorio.

18.8   Contraparte técnica del convenio.

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor (Formulario N° 1).

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.

2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.

3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.

4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.

5. Recepcionar los reclamos y su gestión.

6. Coordinar las urgencias.

7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

18.9    Administrador del Contrato

El administrador de contratos (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, es responsable de gestionar el contrato entre el hospital y el proveedor adjudicado, asegurando que los términos y condiciones establecidos en la licitación se cumplan de manera adecuada.

Sus funciones incluyen:

  • Controlar el plazo de vigencia del contrato.
  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio con relación al presupuesto de la licitación.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18.10  Confidencialidad

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

18.11  Precio

El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario Nº3). Éste, no será reajustable.

19°        REPORTE DEL PROVEEDOR

El oferente que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente, o según corresponda, mediante correo electrónico, dentro de los 10 primeros días del mes, un Reporte en planilla Excel u otro, del servicio efectivamente entregado durante el mes, o según corresponda, (mensual, semestral, etc.) indicando la ID y nombre del proceso (aplica para mantenciones correctivas).

El REPORTE debe indicar íntegramente los servicios prestados y/o repuestos entregados y se debe enviar, en planilla Excel u otro, a los correos electrónicos camilo.morgado.g@redsalud.gob.cl y yasna.albarran@redsalud.gob.cl, con copia a rodrigo.aguileraco@redsalud.gob.cl.

El validador del Reporte será el jefe del Departamento de Operaciones, quien le subrogue o reemplace, o aquel en quien delegue o a quien éste designe para dicha actividad.

Una vez que se recepcione el Reporte vía email, se procederá con su validación técnica y administrativa por los referentes antes mencionados, para luego emitir la orden de compra. Sólo una vez emitida la orden de compra, el adjudicatario podrá facturar.

La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.

Junto al REPORTE, el adjudicatario deberá presentar el “CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES”, y también de “SALUD Y CESANTIA” de su personal, acompañado de NOMINA VIGENTE de todo su personal. Lo anterior para que se asegure cobertura frente a accidentes laborales. El HBSJO no asumirá esta responsabilidad.

20°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra.

En el caso de mantenciones preventivas, órdenes de compra serán emitidas antes de realizar el servicio.

Las órdenes de compra serán emitidas después de realizado el servicio en el caso de mantenciones correctivas.

Cuando se emitan las Órdenes de Compra, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio y Administrador de Contratos.

En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicas.

Antes del envío de la orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.

21°     ENTREGA Y/O EJECUCIÓN DE PRESTACIONES Y SERVICIOS (en caso de proceder o aplicar).

Los servicios deben ser ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con Departamento de Operaciones del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación) debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: el transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.

Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente.

Los horarios de Bodega del HBSJO son de lunes a jueves de 8:00 a 14:00 hrs y el viernes de 8:00 a 13:00 hrs. Siendo ésta, la única vía de ingreso al HBSJO.

Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial).

Este, debe indicar al menos:

1. Que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”.

2. Los siguientes datos de trazabilidad:

• Nombre del producto o dispositivo médico.

• Identificación del proveedor.

• N° de guía/factura, según documento de entrega.

• Modelo (sólo cuando corresponda)

• N° de lote/serie

• Fecha de vencimiento

Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente.

Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2023 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud.

Asimismo, en virtud de lo dispuesto en la Norma General Técnica N° 247 del Ministerio de Salud, aprobada por Decreto Exento N° 33/2025, se informa a los oferentes y al adjudicatario que dicha normativa establece obligaciones relativas al registro, entrega y disponibilidad de los datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de los dispositivos médicos, conforme a la normativa sectorial vigente y a los plazos de implementación que correspondan.

Sin perjuicio de que la entrada en vigencia obligatoria de la Norma General Técnica N° 247 corresponde al 1° de abril de 2027, el Hospital Base San José Osorno, en su calidad de prestador institucional, requerirá desde el inicio de la ejecución contractual, o desde la oportunidad que informe durante la vigencia del contrato, la entrega de la información de trazabilidad indicada en las presentes bases, cuando ello sea necesario para sus procesos de implementación, marcha blanca, piloto, adecuación del sistema de registro institucional, recepción, control, trazabilidad o continuidad operacional.

 

Esta exigencia tendrá carácter de obligación técnica y contractual del adjudicatario, sin perjuicio de la obligatoriedad normativa plena que regirá desde la fecha ya indicada. En consecuencia, desde dicha fecha, o desde una anterior cuando el HBSJO lo requiera para los fines antes indicados, los documentos de entrega del adjudicatario, tales como guía de despacho o factura comercial, deberán indicar explícitamente:

1.  Que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”.

2.  Los siguientes datos obligatorios de trazabilidad, según corresponda al tipo de dispositivo médico adjudicado:

  • Nombre del producto o dispositivo médico, marca comercial y descripción del ítem.
  • Identificación del proveedor o fabricante.
  • N° de guía de despacho o factura, según corresponda al documento de entrega oficial.
  • Modelo o código de catálogo, sólo cuando corresponda.
  • N° de lote o número de serie.
  • Fecha de vencimiento o expiración.
  • Identificador Único del Dispositivo, UDI o código de barras estándar, en los casos en que la normativa sectorial y los plazos de implementación vigentes del Instituto de Salud Pública así lo exijan para el tipo de dispositivo adjudicado.

El proveedor adjudicado deberá garantizar que los dispositivos médicos suministrados cumplan con los estándares de identificación y entrega de datos requeridos por la Norma General Técnica N° 247, obligándose a adoptar y entregar la información de trazabilidad correspondiente, incluyendo código UDI/GTIN, lote y fecha de vencimiento, cuando proceda, a más tardar desde el 1° de abril de 2027, o desde la fecha anterior en que el HBSJO lo solicite fundadamente para sus procesos de implementación, piloto o adecuación del sistema de registro institucional.

Las exigencias establecidas en esta cláusula deberán cumplirse en la medida que resulten aplicables al tipo de dispositivo médico adjudicado y conforme a la disponibilidad técnica y normativa correspondiente, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de adoptar oportunamente las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento íntegro desde el 1° de abril de 2027.

22° OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL OFERENTE ADJUDICADO.

El oferente adjudicado deberá cumplir estrictamente con las normas laborales y previsionales que regulen su actividad y calidad de empleador, los trabajadores del oferente adjudicado no tendrán ninguna relación o vínculo laboral con el hospital, sin perjuicio de lo prescrito en los artículos 183-B), 183-C) y 183-E) del Código del Trabajo.

El oferente deberá adjuntar mensualmente, o según corresponda, junto a su factura formulario de cumplimiento de obligaciones laborales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 19° de las presentes bases administrativas.

En caso de que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren pagadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

El incumplimiento de las obligaciones señaladas anteriormente facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato suscrito. Además, podrá llamar a un nuevo proceso de licitación, en la empresa referida no podrá participar. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N°20.123.

 

Durante el proceso de pago, el Hospital tendrá la facultad de pedir informes al oferente adjudicado sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del trabajador, en cualquier momento y en especial en el caso que éste no acredite el cumplimiento íntegro de dichas obligaciones. El hospital podrá retener los dineros necesarios para poder pagar lo adecuado a los trabajadores o a la institución previsional acreedora, conforme a lo establecido en el Código del Trabajo.

Se deja expresa constancia de que no habrá vínculo laboral, ni relaciones de dependencia o subordinación de ninguna especie entre el personal que el oferente adjudicado emplee en la ejecución de los servicios y el Hospital.

23°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.

Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:

a)  La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.

Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

  NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.  Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazará automáticamente.

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u observaciones.

3.  Debe coincidir monto facturado con monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (Ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento desde el cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

23.1    Pago indebido y su restitución.

Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.

El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.

El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.

En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.

24°     INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

El Hospital podrá aplicar las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases por actuaciones imputables al proveedor y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte de la presente licitación. Lo anterior, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

En consecuencia, ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causaren.

24.1    Infracciones Contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado: la multa será de 3 UTM por evento.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM, por evento.
  • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.

24.2    Del servicio

Las siguientes infracciones del servicio serán sancionadas con las siguientes multas en UTM:

  • Incumplimiento en el tiempo de inicio de trabajo preventivo, se aplicará una multa de 5 UTM por día hábil de atraso.
  • Transgresión u omisión de las indicaciones del Departamento de Operaciones. Multa de 5 UTM por evento.
  • Incumplimiento o la no entrega de documentación solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional. La multa será de 5 UTM, por evento.
  • Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución. Multa de 5 UTM por evento.
  • Por incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo con lo requerido en las especificaciones técnicas el monto de la multa será de 5 UTM, por evento.
  • Incumplimiento en el servicio de garantía, según plazos comprometidos por el adjudicatario. Multa será de 5 UTM por evento.
  • Incumplimiento en el tiempo de soporte en terreno, se aplicará una multa de 5 UTM por cada hora de atraso, con un tope de 20 UTM por evento.
  • Por el no envío de documentación de diagnósticos, según plazos informados, Multa de 5 UTM por evento.
  • Incumplimiento en los plazos de reparación, según los comprometidos por oferente. Multa de 5 UTM por evento.
  • Multa de 5 UTM por evento.
  • Por no cumplimiento de los servicios por desistimiento de oferta, multa de 15 UTM, por evento.
  • o su no aceptación según lo requerido en estas bases (48 horas desde su emisión). La multa será de 5 UTM por cada evento.
  • Por no cumplir con la cantidad de visitas preventivas solicitadas en bases; la multa será de 5 UTM por evento.
  • Entrega de insumo o producto que, tratándose de un dispositivo médico, no acompañe documento de entrega que consigne expresamente dicha condición. Esta causal se limita a la falta de declaración documental de la condición de dispositivo médico. El producto no será recepcionado mientras no se regularice la documentación exigida; esta causal aplica exclusivamente a insumos o repuestos que se encuentren registrados como dispositivo médico ante el ISP. Multa de 15 UTM por evento.
  • Entrega de insumo o producto que, tratándose de un dispositivo médico, no incorpore en la guía de despacho, factura u otro documento de entrega los datos mínimos de trazabilidad exigidos por las bases, la Norma Técnica N°226 y la Norma General Técnica N°247, cuando corresponda. Esta causal se limita a datos específicos de trazabilidad distintos de la sola declaración de la condición de dispositivo médico, y aplica exclusivamente a insumos o repuestos que se encuentren registrados como dispositivo médico ante el ISP. Multa de 15 UTM por evento.
  • or el no envío del Reporte mensual establecido en el numeral 19° dentro de los primeros 10 días del mes correspondiente: multa de 3 UTM por evento.
  • En caso de reprogramaciones de mantenimiento preventivo, se debe comprometer la ejecución en el menor tiempo posible, multa de 2 UTM por cada día hábil de atraso.
  • Incumplimiento por no contar con repuestos para reparaciones. La multa será de 5 UTM por evento.
  • capacitaciones técnicas en caso de ser requeridas por el Hospital Base San José de Osorno, multa de 3 UTM por cada evento.

24.3    Del personal

De igual manera estarán afectos a sanciones o multas de 3 UTM:

  • Falta de condiciones y capacitación del personal que se presente a efectuar los trabajos. Multa de 3 UTM por cada trabajador.
  • El incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM por evento.
  • La utilización deficiente o no uso de equipos e implementos indispensables y seguridad para su trabajo. Multa de 3 UTM por cada trabajador y por evento.
  • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM por cada trabajador, y por evento siempre que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito).

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

25°     PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico (aquél informado en el Formulario N°1) indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos y/o disconformidad con el contenido de dicha notificación, por escrito y dirigidos al director del Hospital Base San José de Osorno.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para pronunciarse. De esta manera, y con los antecedentes que disponga, dictará la resolución o acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, rechazando o acogiendo los descargos, total o parcialmente, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose al adjudicatario o a su representante legal por correo electrónico.

En efecto, todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente.

El acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado.

El proveedor podrá interponer contra dicho acto administrativo el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl.

Si el proveedor no formula descargos dentro del plazo conferido o los interpone fuera de, plazo, una vez verificada la no presentación de descargos por parte del proveedor, o habiéndose recibido éstos fuera de plazo, se procederá a dictar un acto administrativo que dejará firme la resolución de aplicación de multa, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, y se publicará el acto administrativo, a través de www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de 24 horas de su dictación.

En el evento de que el proveedor no estuviere conforme con lo resuelto, se encontrará facultado para interponer los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, en la forma y plazos previstos en dicho cuerpo normativo.

Sólo una vez transcurrido los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectiva la aplicación de la multa.

La reiteración (tres) de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas.

En caso alguno, el monto total de las multas podrá exceder el 30% del monto total del contrato.

25.1    Cobro de multas

En caso de que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,

  • Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

 

25.2    Indemnización por daños y perjuicios

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

25.3    Notificaciones electrónicas

Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.

26°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

27°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

28° CLÁUSULAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Las presentes cláusulas forman parte del contrato y complementan lo dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación Pública. Estableciendo las obligaciones mínimas del proveedor en materia de seguridad de la información, confidencialidad y protección de datos.

28.1   Cumplimiento de Políticas de Seguridad

El proveedor declara conocer, aceptar y comprometerse a cumplir íntegramente con:

  • La Política General de Seguridad de la Información y Ciberseguridad del HBSJO, establecida mediante Res. Ex. N° 620 de fecha 04/03/2025, vigente.
  • La Política de Seguridad para las Relaciones con Proveedores del HBSJO, establecida mediante Res. Ex. N° 3944 de fecha 17/12/2025, vigente.

Relacionadas con la protección de datos y el uso adecuado de recursos institucionales. El proveedor será responsable del cumplimiento de estas obligaciones por parte de su personal y subcontratistas.

28.2    Protección y Confidencialidad de la Información

El proveedor deberá proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de toda la información del Hospital a la que eventualmente tenga acceso en función de la ejecución del contrato.

La información a la que acceda el proveedor deberá ser utilizada exclusivamente para los fines propios del servicio contratado, quedando estrictamente prohibido su uso, reproducción, copia, almacenamiento o divulgación para fines distintos.

Toda información del Hospital será tratada como confidencial, salvo aquella expresamente pública. Esta obligación subsistirá incluso después de finalizada la relación contractual, cualquiera sea la causa de su término.

28.3    Acceso a Información, Acceso Remoto y Conectividad Autorizada

El acceso a la información del Hospital debe ser seguro, controlado y autorizado. El proveedor deberá garantizar que:

  • El personal autorizado accederá únicamente a la información necesaria para la ejecución del servicio, conforme al principio de mínimo privilegio.
  • Cuando el servicio contemple acceso a plataformas o aplicaciones, estas deberán permitir la administración de perfiles diferenciados, limitando el acceso a funcionalidades e información conforme a las funciones autorizadas de cada usuario.
  • No se permitirá el uso de cuentas genéricas, compartidas o no identificables.
  • Queda prohibido compartir credenciales, accesos o información con terceros no autorizados.
  • Los accesos se revocarán inmediatamente al término del contrato o cambio de funciones.
  • Se mantendrán registros de accesos auditables por al menos 12 meses.

Para efectos de acceso remoto, el proveedor sólo podrá acceder al equipamiento y sistemas del Hospital mediante la VPN institucional proporcionada por el Hospital, mientras el contrato se encuentre vigente, y deberá acceder a través de equipos protegidos con antivirus y actualizados. El uso de mecanismos de acceso remoto, dominios, IP o puertos no informados ni autorizados expresamente por el Hospital no estará permitido y se considerará incumplimiento contractual. En aquellos servicios que contemplen acceso mediante interfaz web, portales, aplicaciones web, APIs o plataformas accesibles mediante navegador, toda comunicación deberá realizarse con cifrado de extremo a extremo, mediante protocolos seguros (HTTPS) utilizando certificados digitales vigentes y mecanismos TLS versión 1.2 o superior, quedando prohibida la trasmisión de información institucional o clínica mediante canales no cifrados o en texto plano.

28.4     Uso de canales formales de comunicación

Toda comunicación, manejo de información asociados al servicio deberá realizarse únicamente a través de canales institucionales, privilegiando cuentas de correo electrónico con dominio “@redsalud.gob.cl”.

Se prohíbe el uso de correos personales (ej. Gmail, Outlook, etc.) para el manejo o envío de información institucional o sensible.

El hospital podrá definir mecanismos alternativos que eviten la circulación innecesaria de información clínica, tales como integraciones directas con sistemas clínicos institucionales.

28.5     Notificación de Incidentes de Seguridad

Ante cualquier Incidente de Seguridad de la Información que pueda afectar la confidencialidad, integridad o disponibilidad de la información del Hospital, tales como, pérdida de datos, accesos no autorizados, sospecha de malware u otros, el proveedor deberá notificar de forma inmediata a:

• Unidad de Ciberseguridad y Seguridad de la Información del HBSJO.

• Administrador del contrato.

• Referente técnico designado.

• Otra instancia que el Hospital determine.

El deber de notificación incluye incidentes de seguridad que afecten al proveedor cuando estos puedan impactar directa o indirectamente al equipamiento instalado, a la continuidad del servicio o a la información del Hospital.

La notificación inicial deberá realizarse en un plazo máximo de 2 horas desde la detección del incidente.

28.6     No conservación de información y eliminación de datos

El proveedor no deberá conservar información del Hospital más allá del tiempo estrictamente necesario para la ejecución del servicio.

En caso de que, de forma excepcional y temporal, el proveedor mantenga información durante la ejecución del contrato, esta deberá ser eliminada una vez cumplido el propósito para el cual fue utilizada.

Al término del contrato, el proveedor deberá:

  • Garantizar la eliminación segura de cualquier información almacenada, conforme a estándares reconocidos de borrado seguro.
  • Emitir una declaración formal de no conservación de datos o, en su defecto, acreditar la eliminación de información mediante un certificado de eliminación segura firmado por su representante legal.

El proceso de eliminación no implicará costos adicionales para el hospital y deberá garantizar que los datos no puedan ser recuperados.

Lo anterior no impedirá la conservación temporal y controlada de respaldos de información estrictamente necesarios para garantizar la continuidad operacional, recuperación ante desastres o cumplimiento de obligaciones legales y contractuales asociadas al servicio, siempre que dichos respaldos:

  • Se encuentren debidamente protegidos.
  • Mantengan controles de acceso restringido.
  • Sean utilizados exclusivamente para fines operacionales y de recuperación.
  • Sean mantenidos únicamente durante los períodos de retención definidos contractualmente, autorizados por el HBSJO y/o exigidos por la normativa vigente, debiendo eliminarse de forma segura una vez cumplida su finalidad operacional o legal.
  • Los respaldos deberán mantenerse protegidos mediante mecanismos que reduzcan el riesgo de alteración, cifrado malicioso, eliminación o corrupción por malware o ransomware.

28.7  Auditorías y verificación de cumplimiento

El hospital podrá realizar verificaciones destinadas exclusivamente a constatar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en estas cláusulas de seguridad de la información.

Dichas verificaciones se limitarán a revisión documental o confirmación de procesos, donde el proveedor deberá facilitar la información y evidencias necesarias. Estas auditorías no incluirán:

  • Revisión de equipos del proveedor.
  • Acceso a información clínica de otros pacientes o instituciones.
  • Acceso remoto o físico a sistemas ajenos al Hospital.

28.8  Subcontratación

El proveedor declara que, a la fecha, no contempla subcontratación para la ejecución del servicio. En caso de que ello cambie, cualquier subcontratación deberá ser informada previamente al Hospital y obtener autorización formal por escrito, quedando los eventuales subcontratistas sujetos a las mismas obligaciones de seguridad establecidas en estas cláusulas. El proveedor será responsable solidario de las acciones de sus subcontratistas.

28.9  Responsabilidad por Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones contenidas en estas cláusulas de seguridad de la información será considerado una falta grave y podrá dar lugar a la aplicación de las medidas contractuales que correspondan, incluyendo el término anticipado del contrato, conforme a la normativa vigente y a los establecido en las bases de la licitación, sin perjuicio de otras acciones legales.

28.10  Vigencia de las Obligaciones de Seguridad

Las obligaciones establecidas en estas cláusulas de seguridad de la información se mantendrán vigentes durante toda la ejecución del contrato y subsistirán después de su término respecto de la confidencialidad y correcto manejo de la información.

28.11 Gestión de Vulnerabilidades, hardening y actualizaciones

El proveedor deberá mantener actualizado y soportado todo software, firmware, sistema operativo y componente tecnológico utilizado para la ejecución del servicio contratado.

En esta línea, deberá asegurar que las soluciones tecnológicas implementadas se encuentren soportadas sobre una arquitectura segura, escalable y adecuada a la criticidad del servicio, pudiendo operar en entorno locales (on-premise, nube (cloud) o híbridos, según corresponda.

Adicionalmente, deberá implementar medidas de hardening sobre los sistemas instalados en infraestructura institucional, incluyendo la deshabilitación de servicios innecesarios, restricción de puertos no utilizados y aplicación de configuraciones seguras conforme a buenas prácticas de seguridad.

Asimismo, deberá aplicar oportunamente parches de seguridad y actualizaciones críticas frente a vulnerabilidades conocidas que puedan afectar la confidencialidad, integridad, disponibilidad o continuidad operacional de los servicios contratados.

Toda actualización, parche, cambio de versión o intervención técnica deberá:

  • Ser previamente coordinada con la Unidad de Ciberseguridad y el Depto. TIC del Hospital Base San José de Osorno.
  • Ejecutarse dentro de ventanas de mantención previamente autorizadas.
  • Mantener trazabilidad documental de las acciones realizadas.
  • Ser informada y verificada mediante evidencia técnica o informe de ejecución.

El proveedor deberá garantizar que los sistemas actualizados se mantengan bajo soporte oficial del fabricante durante toda la vigencia contractual.

28.12      Trazabilidad y Registros Técnicos

El proveedor deberá mantener registros auditables asociados a:

  • Accesos remotos y locales efectuados sobre plataformas, servidores o equipamiento.
  • Mantenciones preventivas y correctivas.
  • Aplicación de actualizaciones y parches de seguridad.
  • Cambios de configuración relevantes.
  • Eventos de integración y sincronización de datos.
  • Respaldos y restauraciones ejecutadas.

Los registros deberán contener, al menos:

  • Identificación del usuario o técnico responsable.
  • Fecha y hora de ejecución.
  • Dirección IP o identificador del equipo origen cuando corresponda.
  • Descripción resumida de la actividad realizada.
  • Resultado o estado de la ejecución.

Dichos registros deberán mantenerse disponibles para revisión y auditoría institucional por un período mínimo de 12 meses o el plazo superior que establezca la normativa vigente.

28.13       Integración e Interoperabilidad Segura

Cuando el servicio contratado contemple integración con sistemas institucionales, el proveedor deberá:

  • Garantizar la interoperabilidad segura con las plataformas vigentes del Hospital, incluyendo sistemas clínicos, administrativos, HIS, Ficha clínica electrónica u otras soluciones tecnológicas institucionales que el hospital adquiera, desarrolle o implemente en el futuro durante toda la vigencia del contrato sin que estas integraciones futuras signifiquen un costo adicional, cobro por licenciamiento de software de comunicación, ni cobro por horas de ingeniería de soporte para el Hospital.
  • Colaborar técnicamente en los procesos de integración requeridos por nuevas plataformas institucionales que reemplacen o complementen las existentes, conforme a los estándares de interoperabilidad definidos por el hospital.

Las integraciones deberán implementarse mediante mecanismos seguros de intercambio de información, utilizando protocolos de cifrados y estándares reconocidos del sector salud cuando corresponda.

BASES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

  1.   OBJETIVO Y ANTECEDENTES GENERALES

El objetivo de este convenio es contratar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos del servicio ESTERILIZACIÓN de la institución. Esto garantiza la óptima operatividad de los equipos, asegurando la calidad del servicio y seguridad tanto de los usuarios como de los pacientes.

Lo anterior se justifica en la necesidad de contar con soporte técnico especializado para equipos de alta complejidad y de alta demanda, categorizados como relevantes según protocolo de programa de mantenimiento preventivo de equipos relevantes E.Q. 2.2. De esta manera, se asegura una respuesta oportuna ante eventuales fallas, disminuyendo notablemente los tiempos de inoperatividad de estos equipos.

  1. ALCANCE

El presente convenio tendrá una vigencia de 24 meses.

 

Esta licitación considerará 4 ítems o servicios y, cada uno ellos considerará 2 sub-servicios.

El primer sub-servicio corresponderá a mantenimiento preventivo, mientras que el segundo corresponderá a mantenimiento correctivo con un monto fijo para adquisición de repuestos, accesorios o insumos.

Los servicios podrán ser adjudicados de manera independiente, por lo que los oferentes podrán postular a uno o más ítems, sin que sea obligatoria la adjudicación de la totalidad del contrato a un único adjudicatario.

A continuación, el listado de equipos a licitar:

ÍTEM

NOMBRE EQUIPO

MARCA

 MODELO

SERIE

N° INVENTARIO

1

Lavadora termodesinfectadora

Steelco

DS600/2D

1061078

15448

Lavadora termodesinfectadora

Steelco

DS610/2

1163111

11141

Lavadora termodesinfectadora

Steelco

DS610/2

1163112

11142

Lavadora termodesinfectadora

Steelco

DS1000

1803010LJ193

24799

2

Autoclave

Steelco

VS8/2

12823

25540

3

Secadora

Steelco

AD400/1

1214003

24809

Secadora

Steelco

ID300/1

2211410BD008

48794

4

Esterilizador de plasma

ASP

Sterrad 100S

94292

24798

  1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO

Se entenderá por mantenimiento preventivo el servicio que tiene por objeto prever desperfectos mecánicos, eléctricos, electrónicos u otros, de acuerdo con la rutina de revisiones indicadas por el adjudicatario y/o señalados en los respectivos manuales de fábrica, como lo son calibraciones, limpieza, ajustes y configuraciones necesarias que permitan un funcionamiento óptimo y dentro de los estándares de calidad de cada equipo.

Del precio de referencia informado para la presente licitación, se declara que el presupuesto referencial para el mantenimiento preventivo de los equipos incluidos en el presente convenio es el siguiente:

ÍTEM

SERVICIO

SUBSERVICIO

PRESUPUESTO REFERENCIAL NETO 24 MESES

1

Servicio de mantenimiento para Lavadoras Termodesinfectadoras

Mantenimiento preventivo para Lavadoras Termodesinfectadoras

$51.000.000

2

Servicio de mantenimiento para Autoclave

Mantenimiento preventivo para Autoclave

$18.500.000

3

Servicio de mantenimiento para Secadoras

Mantenimiento preventivo para Secadoras

$13.600.000

4

Servicio de mantenimiento para Esterilizador de plasma

Mantenimiento preventivo para Esterilizador de plasma

$9.000.000

A continuación, se establecen los requerimientos mínimos que serán exigidos:

ÍTEM

ÍTEMS DE REQUERIMIENTOS MÍNIMOS

EXIGIDO

1-2

Mantenimiento preventivo por equipo*

Trimestral

Kits de mantenimiento por equipo (Repuestos, accesorios, insumos u otro)**

Semestral/Anual (se debe detallar en anexo B)

Soporte técnico remoto / Visita en terreno***

Ilimitado

3

Mantenimiento preventivo por equipo*

Anual

Kits de mantenimiento por equipo (Repuestos, accesorios, insumos u otro)**

Anual (se debe detallar en anexo B)

Soporte técnico remoto / Visita en terreno***

Ilimitado

4

Mantenimiento preventivo por equipo*

Semestral

Kits de mantenimiento por equipo (Repuestos, accesorios, insumos u otro)**

Semestral/Anual (se debe detallar en anexo B)

Soporte técnico remoto / Visita en terreno***

Ilimitado

*Las mantenciones preventivas deberán regirse por lineamientos definidos por el fabricante y/o el adjudicatario para cada modelo de equipo y deberán considerar mínimamente las revisiones establecidas en los protocolos de mantenimiento del HBSJO según aplique por características de el o los equipos (establecido en Anexo A).

En relación con la frecuencia y número de visitas de mantenciones preventivas, debe considerarse:

  • Ítem N°1: Frecuencia trimestral, con 8 (ocho) visitas en total durante la vigencia del convenio.
  • Ítem N°2: Frecuencia trimestral, con 8 (ocho) visitas en total durante la vigencia del convenio.
  • Ítem N°3: Frecuencia anual, con 2 (dos) visitas en total durante la vigencia del convenio.
  • Ítem N°4: Frecuencia semestral, con 4 (cuatro) visitas en total durante la vigencia del convenio.

**Se deben considerar kits de mantenimientos preventivos (en caso de que aplique) dentro de monto propuesta de mantenimiento preventivo, los cuales deben ser reemplazados con la frecuencia indicada anteriormente según el ítem y equipo correspondiente. Esto debe ser establecido en Anexo B (Requisito EXCLUYENTE), a menos que el adjudicatario establezca lo contrario de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por el fabricante.

***Se debe considerar en oferta por mantenimiento preventivo soporte técnico remoto/visitas en terreno ilimitadas. Estas visitas tendrán carácter de diagnóstico y serán solicitadas cada vez que un equipo presente falla que requiere de evaluación por parte del personal del adjudicatario.

Debe ser incluido en oferta por mantenimiento preventivo valores por traslados, viáticos, horas hombre, kit de mantenimiento preventivo (repuestos, insumos, accesorios u otro elemento que sea necesario para la correcta ejecución de los mantenimientos). El Hospital no incurrirá en gastos adicionales por conceptos de requerimientos mínimos.

Deben ser incluidos en oferta por mantenimiento preventivo los valores de mano de obra por trabajos preventivos y valores de mano de obra por trabajos correctivos.

Todos los trabajos por mantenimientos preventivos deberán ser garantizados por un período no inferior a 3 meses, siempre circunscrito al trabajo realizado; el que deberá indicarse en la respectiva documentación emitida por la empresa (informes técnicos) y en la factura. Este requisito es de carácter excluyente y cualquier oferta que contemple un tiempo inferior al señalado será considerada INADMISIBLE.

 

  1. MANTENIMIENTO CORRECTIVO

El mantenimiento correctivo tiene como objetivo subsanar fallas imprevistas en los equipos que provoquen su paralización momentánea, restrinjan su funcionamiento o los dejen fuera de servicio. Asimismo, comprende el cambio de repuestos, piezas, componentes, accesorios o insumos que no estén incluidos en la oferta de mantenimiento preventivo del adjudicatario, siempre que estos repercutan directamente en la operatividad del equipo o en la continuidad del servicio clínico correspondiente.

Del precio de referencia informado para la presente licitación, se declara que el presupuesto referencial para el mantenimiento correctivo de los equipos incluidos en este convenio es el siguiente:

ÍTEM

SERVICIO

SUBSERVICIO

PRESUPUESTO REFERENCIAL NETO

1

Servicio de mantenimiento para Lavadoras Termodesinfectadoras

Mantenimiento correctivo para Lavadoras Termodesinfectadoras

$20.000.000

2

Servicio de mantenimiento para Autoclave

Mantenimiento correctivo para Autoclave

$25.000.000

3

Servicio de mantenimiento para Secadoras

Mantenimiento correctivo para Secadoras

$8.000.000

4

Servicio de mantenimiento para Esterilizador de plasma

Mantenimiento correctivo para Esterilizador de plasma

$10.000.000

Estos presupuestos se definen como un pozo monetario de carácter fijo, para abarcar la compra de repuestos, accesorios, insumos, piezas o cualquier otro elemento requerido para la reparación de los equipos que se encuentren inoperativos producto de malfuncionamiento o fallas de carácter estéticas y/o funcional que impliquen riesgo de ingreso de líquidos o partículas a paneles o tarjetas electrónicas, así como también fallas que dificulten el uso del equipo.

Este presupuesto será utilizado para:

  • Adquisición de repuestos, piezas, componentes o similar para equipos que presenten un estado de inoperatividad, incluyendo elementos externos como carcasas y embellecedores u otro que incidan directamente en la protección mecánica y vida útil del equipo.
  • Accesorios o elementos complementarios que permitan recuperar la completa operatividad o que permitan reparar parcialmente un equipo dentro del convenio.
  • Insumos que permitan el normal uso de el o los equipos en el servicio clínico al cual correspondan.

Todos los repuestos, piezas, componentes, accesorios o similar deberán tener una garantía mínima de 3 meses. Este requisito es de carácter excluyente y cualquier oferta que contemple un tiempo inferior al señalado será considerada INADMISIBLE.

La disposición final de los componentes sustituidos será acordada y gestionada en conjunto por el adjudicatario y la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos del Hospital.

  1. PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTOS

5.1        MANTENIMIENTO PREVENTIVO

La programación de las visitas por mantenimientos (o mantenciones preventivas), serán coordinadas previamente entre el adjudicatario y el jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos, vía correo electrónico (Formulario N°1), con fecha a convenir según la disponibilidad de equipos que el Hospital establezca.

Los plazos para la ejecución de los mantenimientos preventivos deberán contemplar lo estipulado por el adjudicatario (Formulario N° 5).

El personal designado por el adjudicatario deberá presentarse en oficinas de la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos para notificar su llegada y asistencia, además de fijar actividades a realizar durante la jornada.

El adjudicatario prestará los servicios de mantenimiento preventivo en jornada ordinaria (lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas, y viernes de 08:00 a 16:00 horas). No obstante, las partes podrán acordar de manera excepcional la ejecución de dichas mantenciones fuera de la jornada señalada —incluyendo horarios nocturnos o días inhábiles— cuando la operatividad clínica o la disponibilidad de los equipos lo sugieran. Para ello, se deberá gestionar una coordinación previa y voluntaria entre la Unidad Mantenimiento de Equipos Médicos y el adjudicatario, bajo las condiciones que ambas partes definan en su momento.

El adjudicatario deberá rotular los equipos cada vez que se realice una visita de mantención preventiva. La etiqueta identificadora debe señalar a lo menos; nombre de la empresa con su logo (si tiene), Nº de serie del equipo, Nº de inventario, fecha del servicio, fecha de la próxima mantención, técnico responsable del trabajo y número telefónico de contacto del servicio técnico.

El personal del adjudicatario a cargo de los servicios deberá entregar la documentación correspondiente, según lo señalado en numeral 6° de las presentes bases técnicas.

5.2        MANTENIMIENTO CORRECTIVO

La coordinación para la ejecución de los mantenimientos correctivos se establecerá según lo siguiente:

  • Notificación por parte de la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos al adjudicatario por falla de equipo que requiera evaluación/diagnóstico, mediante los contactos estipulados en Formulario N°1 de las presentes bases. En caso de que falla no pueda ser diagnosticada de manera remota, el adjudicatario deberá evaluar equipo de manera presencial. Esta notificación dará inicio a los plazos de “Soporte ante fallas vía remota, telefónica o correo” y “Soporte en terreno ante fallas que NO puedan ser diagnosticadas vía remota”, detallados en numeral 8° de bases técnicas.
  • El adjudicatario deberá realizar evaluación, elaborando un informe de diagnóstico, el cual debe detallar: causa de falla y la totalidad de acciones a realizar para volver el o los equipos a la operatividad incluyendo las partes/repuestos o accesorios a reemplazar (si procede). Además, el adjudicatario deberá hacer envío de una cotización por el mantenimiento correctivo a realizar. Este documento debe ser consecuente con informe diagnóstico, y debe detallar todo lo necesario con el correspondiente valor y cantidad. Una vez ejecutado el diagnóstico, se dará inicio a los plazos de ”Envío de informe diagnósticos, ordenes de trabajo y presupuestos”, detallados en numeral 8° de bases técnicas.
  • Esta cotización deberá ser aprobada con V°B° (Visto bueno) vía correo electrónico por el Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos o quien lo subrogue, para comenzar con las importaciones de repuestos e insumos (si es necesario) y las coordinaciones necesarias efectuar la mantención correctiva. Este V°B° dará inicio a los plazos de “Suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado al Hospital”, detallados en numeral 8° de bases técnicas.
  • Una vez el o los equipos sean reparados, el adjudicatario deberá generar un informe técnico de reparación con el detalle de las fallas/problemas que presentaban los equipos, las actividades que se realizaron para repararlos, los repuestos, partes y/o insumos utilizados, las condiciones en que quedó el equipo y las recomendaciones para prevenir futuras fallas e inconvenientes. Dicho informe debe ser entregado a la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos para su revisión y posterior aprobación.
  • Por último el adjudicatario debe considerar la asesoría para los usuarios y personal de la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos, sobre el desperfecto sucedido e informar posibles medidas para evitar que se genere de nuevo el imprevisto motivo de la visita de Mantenimiento Correctivo.

El personal designado por el adjudicatario deberá presentarse en oficinas de la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos para notificar su llegada y asistencia, además de fijar actividades a realizar cada vez que ocurra un evento.

En caso de que mantenimiento correctivo genere el cambio de repuesto, pieza, accesorio, insumo u otro que tenga que ser importado, el oferente vía correo electrónico, deberá justificar y respaldar pertinentemente el no cumplimiento de los plazos establecidos y junto con ello definir fecha límite para la entrega e instalación. El incumplimiento de este nuevo plazo definido, facultará al Hospital para la aplicación de las multas y sanciones contempladas en el numeral 24° de bases administrativas “Incumplimientos, sanciones y multas” de las presentes bases administrativas.

Todo trabajo realizado por mantenimientos correctivos deberá ser garantizado por un período no inferior a 3 meses, siempre circunscrito al trabajo realizado; el que deberá indicarse en la respectiva documentación emitida por la empresa (informes técnicos) y en la factura. Este requisito es de carácter excluyente y cualquier oferta que contemple un tiempo inferior al señalado será considerada INADMISIBLE.

  1. DOCUMENTACIÓN DE MANTENIMIENTO.

Por cada mantenimiento ejecutado (preventivo o correctivo), el adjudicatario generará un informe técnico u hoja de servicio bajo su propio formato. Esta documentación deberá ser entregada por cada equipo intervenido y servirá como respaldo único para la recepción conforme de los trabajos y posterior validación.

La documentación señalada deberá considerar lo siguiente:

  • Los documentos de mantenimiento deben ser únicos por cada equipo. No se aceptarán documentos que contengan 2 o más equipos.
  • La documentación debe diferenciar claramente las actividades preventivas de las correctivas. No se admitirán informes que mezclen ambos tipos de servicios
  • Toda la documentación técnica deberá contener de manera clara la información de el o los equipos intervenidos. El reporte o informe deberá especificar de manera obligatoria los siguientes datos de cada equipo: nombre o tipo de equipo, marca, modelo, número de serie, ubicación dentro del Hospital, fecha de ejecución, nombre de quien realiza el mantenimiento y nombre de empresa a cargo del servicio.
  • La documentación entregada deberá contar con la firma y timbre del personal técnico responsable de la ejecución, así como la validación (firma y timbre) de la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos o quien le subrogue.
  • En caso de las mantenciones preventivas, el adjudicatario además deberá rellenar y completar la pauta de mantenimiento preventiva interna u hoja de chequeo, de acorde al tipo y familia de equipo según lo establecido por el Hospital. Esta hoja será entregada por personal de la Unidad Mantenimiento de Equipos Médicos de manera oportuna previa o posterior a la ejecución de la o las mantenciones.

Toda la documentación debe ser entregada formalmente al Jefe de Unidad de Mantenimiento de Equipos Médicos o quien lo subrogue. Estos antecedentes constituirán el respaldo para la gestión de las órdenes de compra y la posterior tramitación del pago de facturas por los servicios ejecutados.

El cumplimiento de las exigencias anteriores es de carácter obligatorio. En consecuencia, cualquier documentación que omita los requisitos señalados será rechazada y se tendrá por no presentada para efectos de validación técnica.

  1. CAPACITACIONES

1.1

Se deben considerar capacitaciones técnicas en caso de ser requeridas por el Hospital Base San José de Osorno.

Estas capacitaciones serán solicitadas vía correo electrónico por el referente técnico del hospital al adjudicatario. Este último deberá emitir una cotización con los valores en pesos chilenos netos, cuando corresponda. Las fechas, horarios de ejecución y los temas a tratar se coordinarán de mutuo acuerdo, debiendo estar siempre vinculados a los equipos bajo convenio.

Esta cotización deberá ser aprobada previamente por referente técnico de convenio, y constituirá un evento dentro del monto de mantenimiento correctivo dentro del ítem correspondiente.

  1. TIEMPOS DE REPUESTA

Se dejan establecidos los siguientes tiempos de respuesta máximos que deberá comprometer el proveedor adjudicado:

REQUERIMIENTO

PLAZO

Soporte ante fallas vía remota, telefónica o correo

Menor o igual 8 horas hábiles, una vez enviado el correo electrónico por parte del Hospital

Soporte en terreno ante fallas que NO puedan ser diagnosticadas vía remota

Menor o igual a 32 horas hábiles, una vez enviado el correo electrónico por parte del Hospital.

Envío de documentación de diagnóstico (informes técnicos/hojas de servicio y cotización)

Menor o igual 20 horas hábiles, una vez ejecutado el diagnóstico.

Suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado al Hospital

Menor o igual a 15 días hábiles, una vez recibido el informe de diagnóstico

En caso de reprogramaciones de mantenimiento preventivo, se debe comprometer la ejecución en el menor tiempo posible

Menor o igual a 10 días hábiles, una vez recibido el correo de reprogramación por parte del adjudicatario

Se considerará horario hábil días lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y día viernes de 08:00 a 16:00 horas.

El incumplimiento de estos plazos facultará al Hospital para la aplicación de las multas y sanciones contempladas en el numeral 24° de bases administrativas “Incumplimientos, sanciones y multas” de las presentes bases administrativas.

  1. ACTO DE ENTREGA DE EQUIPOS EN MANTENCIÓN

La entrega de los equipos es un acto donde se verifica la existencia y el buen estado de todos los componentes que forman parte del mismo, conjuntamente con la documentación necesaria para su funcionamiento, mantención y registro.

La entrega de los equipos luego de su mantención deberá ser a personal de la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos para luego entregar a usuarios en forma completa, instalado, funcionando y calibrado acorde a las especificaciones de este.

             

El Hospital tendrá el derecho a inspeccionar y/o probar los equipos a fin de verificar el correcto funcionamiento, desempeño y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normativa de trabajo de los mismos. Las inspecciones o prueba deberán realizarse en el lugar de destino una vez realizada las correspondientes mantenciones.

Si los equipos inspeccionados o probados no funcionan correctamente o no se ajustan a las especificaciones y/o normativas, el Hospital podrá rechazarlos y el adjudicatario deberá, sin cargo extra para el convenio, corregirlos en la medida necesaria para cumplir con las especificaciones y para que los equipos funcionen correctamente dentro de sus rangos de operación normal de diseño.

  1. PERSONAL DEL ADJUDICADO.

El personal del adjudicatario tendrá la responsabilidad de:

  • Realizar las labores de mantención y reparación con eficiencia, responsabilidad y discreción.
  • No entorpecer el trabajo de los funcionarios.
  • Informar al Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos sobre la ejecución de los trabajos e indicar malas prácticas en el uso de los equipos, en caso de ocurrir, así como de recomendaciones e identificación de los equipos vulnerables o susceptibles de fallas.
  • Mantener el orden del lugar de trabajo y dejarlo limpio una vez finalizada la actividad.
  • No generar ruidos molestos que afecten la tranquilidad del lugar.
  • Responder con respeto, amabilidad y seriedad, posibles consultas de los funcionarios y personal técnico del hospital.
  • Asistir con buena presentación personal, elementos de seguridad necesarios para la realización de su trabajo e identificación como personal autorizado por la empresa adjudicada.
  • Traer sus propias herramientas de trabajo según la especialidad y en buen estado de manera que no representen un riesgo para los técnicos y usuarios.

  1. SUPERVISOR DEL ADJUDICATARIO.

El oferente deberá designar un supervisor, quien lo representará ante el Hospital y será el interlocutor válido para las autoridades del mismo, con las siguientes funciones y obligaciones:

  • Guardar reserva absoluta respecto de la información y/o hechos relativos al Hospital de que tomare conocimiento en virtud de sus funciones y deberes.
  • Supervisar y verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones por parte de su personal.
  • Elaborar informes técnicos de las actividades realizadas, y entregarlas al Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos.
  • Sugerir mejoras técnicas para los equipos o instalaciones anexas.
  • Administrar la programación anual de los trabajos a realizar para el mantenimiento preventivo e informar mensualmente al Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos, la programación exacta del día y horas en que se desarrollarán los trabajos.

  1.  INCORPORACIÓN Y/O ELIMINACIÓN DE EQUIPOS

El Hospital tendrá derecho a incorporar, excluir o remplazar del convenio los equipos que estimen, siempre y cuando los nuevos equipos a incluir posean características técnicas equivalentes o superior a los incluidos en el presente convenio.

El Hospital comunicará al adjudicatario la incorporación, exclusión o reemplazo de equipos mediante vía correo electrónico por parte del Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos. Además, la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos deberá elaborar un informe técnico, en el cual se deberá dejar constancia de los datos de el o los equipos, las acciones realizadas y sus justificaciones correspondientes.

Para equipos de la misma familia, pero con características técnicas diferentes, el costo de su incorporación al convenio será determinado en cada caso particular. El adjudicatario deberá hacer envío de cotización a Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos, con los valores correspondientes.

Para el reemplazo de equipos de condiciones técnicas similares, se conservarán las condiciones y costos originales para cada equipo.

En caso de exclusión de algún equipo incluido en el convenio, se descontará el valor asociado a este, reajustándose el monto total de las ordenes de compras por los servicios pendientes por realizar.

  1. PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN

Cuando exista una falla o un requerimiento de mantenimiento correctivo respecto a los equipos incluidos en convenio, esta podrá ser reportada por el encargado del servicio clínico al cual pertenece el equipo, o por personal de la Unidad Mantenimiento Equipos Médicos. En caso de ser reportada por el servicio clínico, deberá el adjudicatario dirigirse al Hospital mediante correo electrónico del Jefe Unidad Mantenimiento Equipos Médicos indicando número de ticket o de caso (si procede), fecha, hora y quien reportó en primera instancia.

Para la coordinación de los mantenimientos preventivos, la empresa puede dirigirse al Hospital vía correo electrónico del Jefe de Unidad Mantenimiento Equipos Médicos:

- Jefe U. Mant. Equipos Médicos: Camilo Morgado / camilo.morgado.g@redsalud.gob.cl

  1. CONSIDERACIONES.

El personal de servicio técnico del adjudicatario deberá disponer de todas las herramientas, equipos e instrumental necesario para hacer los servicios adjudicados.

El adjudicatario deberá garantizar el suministro de los repuestos, accesorios e insumos apropiados para mantener funcionales el o los equipos de este contrato, siendo estos compatibles y de calidad nuevos, en el menor tiempo posible.

El número de visitas preventivas solicitadas para los equipos se ha definido con base en la documentación técnica del fabricante; en caso de que el oferente tenga alguna observación, deberá justificarla con documentación original y actualizada de fábrica para la revisión de las bases y su consideración por parte del Hospital.

El Hospital no permitirá la intervención técnica de terceros que no correspondan a la nómina del personal propio de la empresa adjudicada, previamente identificado en oferta.

15        RESPONSABLE DE TECNOVIGILANCIA 

El proveedor adjudicado deberá contar en todo momento con un responsable de Tecnovigilancia inscrito en la Red Nacional de Tecnovigilancia del ISP, acreditado conforme al mecanismo establecido por dicho Instituto. Este responsable deberá informar de manera inmediata y documentada al cliente y al ISP cualquier acción correctiva de seguridad de campo, incluidos retiros de mercado, indicando los lotes afectados y su distribución.

15.1    Reposición y Canje 

En caso de retiro parcial de lotes, el proveedor deberá ejecutar sin costo adicional la reposición o canje por productos equivalentes o superiores, previamente validados por el establecimiento.

  • Si no existiera alternativa de abastecimiento, el proveedor emitirá la nota de crédito correspondiente.
  • En caso de retiro total de los lotes, el proveedor deberá reponer de inmediato productos equivalentes o superiores, previamente validados, o emitir la nota de crédito respectiva.
  • La falta de alternativas de abastecimiento constituirá causal de término anticipado del contrato.

ANEXOS

Anexo A        Listado mínimo de acciones a realizar en mantención preventiva.

Anexo B        Detalle de kit de mantenimiento preventivo para cada equipo.

Anexo A

Dentro de la realización de mantenimientos correspondientes a CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN, se deben realizar como mínimo las siguientes acciones:

LAVADORAS TERMODESINFECTADORAS

  1. Inspección visual del equipo
  2. Cambio kit de mantenimiento (según frecuencia indicada)
  3. Comprobación números de serie
  4. Revisión aspecto general
  5. Revisión n° total de ciclos ejecutados
  6. Revisión historial de fallas
  7. Revisión funcionamiento de impresora
  8. Revisión de empaquetadura de puerta
  9. Revisión finales de carrera de puertas

10. Revisión y limpieza filtro de cámara

11. Revisión y limpieza filtro de agua fría

12. Revisión y limpieza filtro de agua caliente

13. Revisión y limpieza filtro de agua ósmosis

14. Revisión y registro conductividad del agua osmótica

15. Revisión estado de pre-filtro 98%

16. Revisión y registro de consumo calefactores cuba

17. Revisión y registro de consumo calefactores estanques n°1 y 2

18. Revisión y registro de consumo calefactor de secado

19. Revisión switch presión aire comprimido

20. Revisión switch presión brazos

21. Revisión electroválvulas línea de agua fría

22. Revisión electroválvulas línea de agua caliente

23. Revisión electroválvulas línea de agua osmótica

24. Revisión de estado de bomba y manguera químicos n°1, 2 y 3

25. Revisión switch flotador estanque químicos n°1, 2 y 3

26. Revisión de dosificación químicos n°1, 2 y 3

27. Revisión de racks de carga

28. Revisión de aspersores

29. Revisión carros de transporte

30. Revisión de programas

31. Revisión calidad secado material

32. Ajustes y control de parámetros.

33. Actualización de software (si procede)

34. Comprobación final y pruebas del sistema

35. Comprobación de adhesivo mantenimiento y entrega del equipo

AUTOCLAVE

  1. Inspección visual del equipo
  2. Cambio kit de mantenimiento (según frecuencia indicada)
  3. Comprobación números de serie
  4. Revisión aspecto general
  5. Revisión n° total de ciclos ejecutados
  6. Revisión historial de fallas
  7. Revisión funcionamiento de impresora
  8. Revisión de switch presión de cámara
  9. Revisión de switch presión de puerta

10. Revisión de switch presión de red de agua

11. Revisión sello de puerta

12. Revisión fugas de tri-clamp

13. Revisión de fines de carrera

14. Revisión de rodamientos de puerta

15. Revisión de correas de puerta

16. Revisión de motoreductor

17. Revisión de manómetros de panel

18. Revisión de filtros

19. Revisión de fusible de calefactores

20. Revisión y registro de consumo calefactores

21. Revisión de tubo de nivel

22. Despiche de generador de equipo

23. Pruebas de funcionamiento válvula de seguridad de cámara a baja presión

24. Pruebas de funcionamiento válvula de seguridad de generador a baja presión

25. Revisión y registro de conductividad de agua que alimenta el autoclave

26. Revisión y registro de dureza de agua que alimenta el autoclave

27. Revisión de sensor de temperatura móvil de cámara

28. Actualización de software (si procede)

29. Comprobación final y pruebas del sistema

30. Comprobación de adhesivo mantenimiento y entrega del equipo

SECADORAS

  1. Inspección visual del equipo
  2. Cambio kit de mantenimiento (según frecuencia indicada)
  3. Comprobación números de serie
  4. Revisión aspecto general
  5. Revisión filtro de aire
  6. Revisión empaquetadura de puerta
  7. Revisión filtraciones de aire
  8. Revisión conexiones eléctricas
  9. Revisión presostato de aire

10. Revisión y limpieza de tarjetas electrónicas

11. Reemplazo pre-filtro 98%

12. Lubricación de partes.

13. Ajustes y control de parámetros.

14. Actualización de software (si procede)

15. Comprobación final y pruebas del sistema

16. Comprobación de adhesivo mantenimiento y entrega del equipo

ESTERILIZADOR DE PLASMA

  1. Inspección visual del equipo
  2. Cambio kit de mantenimiento (según frecuencia indicada)
  3. Comprobación números de serie
  4. Revisión aspecto general
  5. Drenado y reemplazo de aceite bomba de vacio
  6. Reemplazo de filtro de recupero de aceite
  7. Limpieza de plato vaporizador
  8. Drenaje de agua tanque de aire de sistema neumático
  9. Drenaje de la trampa de humedad

10. Limpieza de filtros de aire

11. Limpieza interna de la cámara y electrodo

12. Limpieza del sello de puerta

13. Reemplazo de separadores plásticos del electrodo rotos

14. Reemplazo de convertidor catalítico

15. Reemplazo de filtro bacteriológico (filtro HEPA)

16. Reemplazo de filtro de humedad del sistema neumático

17. Reemplazo de los separadores plásticos del electrodo

18. Reemplazo de topes de fin de carrera de bandeja superior

19. Reemplazo de sello de puerta

20. Calibración del baratron

21. Reinicio del contador de ciclos PM

22. Pruebas de ciclo en vacío (sin carga)

23. Actualización de software (si procede)

24. Comprobación final y pruebas del sistema

25. Comprobación de adhesivo mantenimiento y entrega del equipo

Anexo B

MANTENIMIENTO PREVENTIVO

El oferente, ­­­­­­­­­­­­­­­­__________________________________________ debe considerar dentro de su propuesta Kit’s de mantenimiento preventivo. A continuación, se deben detallar los repuestos, insumos, accesorios o cualquier otro elemento necesario a incluir en el contrato para la ejecución de las mantenciones, así como la cantidad y la frecuencia de reemplazo de estos elementos:

LAVADORA TERMODESINFECTADORA DS600/2D

REPUESTO, INSUMO, ACCESORIO U OTRO

CANTIDAD

FRECUENCIA

LAVADORA TERMODESINFECTADORA DS610/2

REPUESTO, INSUMO, ACCESORIO U OTRO

CANTIDAD

FRECUENCIA

LAVADORA TERMODESINFECTADORA DS1000

REPUESTO, INSUMO, ACCESORIO U OTRO

CANTIDAD

FRECUENCIA

AUTOCLAVE VS8/2

REPUESTO, INSUMO, ACCESORIO U OTRO

CANTIDAD

FRECUENCIA

SECADORA AD400/1

REPUESTO, INSUMO, ACCESORIO U OTRO

CANTIDAD

FRECUENCIA

SECADORA ID300/1

REPUESTO, INSUMO, ACCESORIO U OTRO

CANTIDAD

FRECUENCIA

ESTERILIZADOR STERRAD 100S

REPUESTO, INSUMO, ACCESORIO U OTRO

CANTIDAD

FRECUENCIA

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

                                                      FORMULARIO Nº 1

IDENTIFICACION DEL PROPONENTE

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

LICITACIÓN N°

FECHA

DATOS DEL PROPONENTE:

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Domicilio

Ciudad

Teléfono

Fax

Correo electrónico

REPRESENTANTE LEGAL: (sólo en caso de persona jurídica)

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Instrumento en que consta su personería (indicar tipo de documento, fecha, notaría, etc.).

COORDINADOR TECNICO*:

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

CONTACTO DEL PROPONENTE:

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

El proponente que suscribe establece que el coordinador técnico designado se encuentra facultado(a) para representar y actuar como contraparte de ella ante el Hospital en todo el proceso que implique la presente Licitación, y que conoce sus funciones establecidas en las presentes Bases.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

FORMULARIO Nº 2

ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe se compromete ante el Hospital Base San José de Osorno a suministrar los bienes o insumos, convenios o prestaciones materia de la presente propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que forman parte de la presente licitación.

 

Asimismo, el proponente que suscribe declara:

 

Haber recibido, estudiado y aceptado las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que conforman la presente propuesta publica del Hospital Base San José de Osorno.

 

Estar conforme con las condiciones generales del Contrato, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas, aceptándolas en todas sus partes.

 

Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.

 

Estar conforme con las condiciones generales del proyecto, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecido en las bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y todo otro documento oficial de la Propuesta, en el entendido que dichos antecedentes formarán parte del contrato.

 

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026


FORMULARIO Nº 3

OFERTA ECONÓMICA

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

ÍTEM 1 – SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA LAVADORAS TERMODESINFECTADORAS

ÍTEM

SERVICIO

CÓD. PHOENIX

SUB

SERVICIO

ITEM PRESUPUESTARIO

CANT VISITAS

VALOR VISITA NETO*

1

Servicio de mantenimiento para Lavadoras Termodesinfectadoras

044-2787

Mantenimiento preventivo para Lavadoras Termodesinfectadoras

2206006003

8

$

VALOR MTTO. PREVENTIVO 24 MESES NETO

$

044-1924

Mantenimiento correctivo para Lavadoras Termodesinfectadoras

2206006004

VALOR MTTO. CORRECTIVO 24 MESES NETO**

$20.000.000

SUMATORIA DE SUBSERVICIOS MTTO. PREVENTIVO Y MTTO. CORRECTIVO

(DEBE SER MISMO VALOR QUE OFERTADO EN PORTAL MERCADOPÚBLICO)

$

*Valor visita neto debe incluir monto de cada visita por mantenimiento preventivo por la totalidad de los equipos incluidos por ítem. Valor debe ser concordante con cantidad de visitas y valor mtto. Preventivo 24 meses neto.

**El valor a ofertar por concepto de mantenimiento correctivo para un período de 24 meses en el portal Mercado Público es obligatorio y deberá ser por un monto igual a $20.000.000 neto. En caso de no cumplir con este requisito, la oferta será rechazada. La cantidad de visitas correctivas será según los eventos necesarios y no se establece una cantidad de visitas ni tampoco un valor visita neto fijo. Estos eventos serán determinados por el Hospital cuando lo determine conveniente para el buen funcionamiento de los equipos durante el periodo de vigencia del presente convenio.

ÍTEM 2 – SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA AUTOCLAVE

ÍTEM

SERVICIO

CÓD. PHOENIX

SUB

SERVICIO

ITEM PRESUPUESTARIO

CANT VISITAS

VALOR VISITA NETO*

2

Servicio de mantenimiento para Autoclave

044-0089

Mantenimiento preventivo para Autoclave

2206006003

8

$

VALOR MTTO. PREVENTIVO 24 MESES NETO

$

044-0720

Mantenimiento correctivo para Autoclave

2206006004

VALOR MTTO. CORRECTIVO 24 MESES NETO**

$25.000.000

SUMATORIA DE SUBSERVICIOS MTTO. PREVENTIVO Y MTTO. CORRECTIVO

(DEBE SER MISMO VALOR QUE OFERTADO EN PORTAL MERCADOPÚBLICO)

$

*Valor visita neto debe incluir monto de cada visita por mantenimiento preventivo por la totalidad de los equipos incluidos por ítem. Valor debe ser concordante con cantidad de visitas y valor mtto. Preventivo 24 meses neto.

**El valor a ofertar por concepto de mantenimiento correctivo para un período de 24 meses en el portal Mercado Público es obligatorio y deberá ser por un monto igual a $25.000.000 neto. En caso de no cumplir con este requisito, la oferta será rechazada. La cantidad de visitas correctivas será según los eventos necesarios y no se establece una cantidad de visitas ni tampoco un valor visita neto fijo. Estos eventos serán determinados por el Hospital cuando lo determine conveniente para el buen funcionamiento de los equipos durante el periodo de vigencia del presente convenio.

ÍTEM 3 – SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA SECADORAS

ÍTEM

SERVICIO

CÓD. PHOENIX

SUB

SERVICIO

ITEM PRESUPUESTARIO

CANT VISITAS

VALOR VISITA NETO*

3

Servicio de mantenimiento para Secadoras

044-1978

Mantenimiento preventivo para Secadoras

2206006003

2

$

VALOR MTTO. PREVENTIVO 24 MESES NETO

$

044-3037

Mantenimiento correctivo para Secadoras

2206006004

VALOR MTTO. CORRECTIVO 24 MESES NETO**

$8.000.000

SUMATORIA DE SUBSERVICIOS MTTO. PREVENTIVO Y MTTO. CORRECTIVO

(DEBE SER MISMO VALOR QUE OFERTADO EN PORTAL MERCADOPÚBLICO)

*Valor visita neto debe incluir monto de cada visita por mantenimiento preventivo por la totalidad de los equipos incluidos por ítem. Valor debe ser concordante con cantidad de visitas y valor mtto. Preventivo 24 meses neto.

**El valor a ofertar por concepto de mantenimiento correctivo para un período de 24 meses en el portal Mercado Público es obligatorio y deberá ser por un monto igual a $8.000.000 neto. En caso de no cumplir con este requisito, la oferta será rechazada. La cantidad de visitas correctivas será según los eventos necesarios y no se establece una cantidad de visitas ni tampoco un valor visita neto fijo. Estos eventos serán determinados por el Hospital cuando lo determine conveniente para el buen funcionamiento de los equipos durante el periodo de vigencia del presente convenio.

ÍTEM 4 – SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA ESTERILAZADOR DE PLASMA

ÍTEM

SERVICIO

CÓD. PHOENIX

SUB

SERVICIO

ITEM PRESUPUESTARIO

CANT VISITAS

VALOR VISITA NETO*

4

Servicio de mantenimiento para Esterilizador de plasma

044-0089

Mantenimiento preventivo para Esterilizador de plasma

2206006003

4

$

VALOR MTTO. PREVENTIVO 24 MESES NETO

$

044-0720

Mantenimiento correctivo para Esterilizador de plasma

2206006004

VALOR MTTO. CORRECTIVO 24 MESES NETO**

$10.000.000

SUMATORIA DE SUBSERVICIOS MTTO. PREVENTIVO Y MTTO. CORRECTIVO

(DEBE SER MISMO VALOR QUE OFERTADO EN PORTAL MERCADOPÚBLICO)

$

*Valor visita neto debe incluir monto de cada visita por mantenimiento preventivo por la totalidad de los equipos incluidos por ítem. Valor debe ser concordante con cantidad de visitas y valor mtto. Preventivo 24 meses neto.

**El valor a ofertar por concepto de mantenimiento correctivo para un período de 24 meses en el portal Mercado Público es obligatorio y deberá ser por un monto igual a $10.000.000 neto. En caso de no cumplir con este requisito, la oferta será rechazada. La cantidad de visitas correctivas será según los eventos necesarios y no se establece una cantidad de visitas ni tampoco un valor visita neto fijo. Estos eventos serán determinados por el Hospital cuando lo determine conveniente para el buen funcionamiento de los equipos durante el periodo de vigencia del presente convenio.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

FORMULARIO Nº 4

OFERTA TÉCNICA

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

ITEM

SERVICIO

REQUISITOS TECNICOS

INDICAR CUMPLIMIENTO

(SI/NO)

1

Servicio de mantenimiento para Lavadoras termodesinfectadoras

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo B.

Representación de marca (adjuntar carta de representación de marca).

Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación).

Listado de herramientas

2

Servicio de mantenimiento para Autoclave

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo B.

Representación de marca (adjuntar carta de representación de marca).

Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación).

Listado de herramientas

3

Servicio de mantenimiento para Secadoras

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo B.

Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación).

Listado de herramientas

4

Servicio de mantenimiento para Esterilizador de plasma

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo B.

Representación de marca (adjuntar carta de representación de marca).

Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación).

Listado de herramientas

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

FORMULARIO Nº 5

PLAZO DE INICIO, PLAZO TRABAJOS CORRECTIVOS Y GARANTIA

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Mediante el presente Formulario, la empresa_______________________________________

participante de la licitación, declara el cumplimiento de lo siguiente con respecto a plazo de inicio de trabajos preventivos, plazo de trabajos correctivos y garantía:

A continuación, escriba la cantidad de días hábiles a la que se compromete por concepto de plazo de inicio trabajos preventivos:

REQUERIMIENTO

PLAZO

OBSERVACIONES

Plazo de inicio trabajos preventivos (días hábiles)

 

 

A continuación, escriba la cantidad de horas y días hábiles, según corresponda, a la que se compromete por concepto de plazos de trabajos correctivos:

REQUERIMIENTO

PLAZO

OBSERVACIONES

Plazo de soporte en terreno (horas hábiles)

 

 

Plazo de envío documentación diagnóstica (horas hábiles)

Plazo de suministro e instalación de repuestos y entrega o devolución de equipo reparado al Hospital (días hábiles)

 

 

A continuación, escriba la cantidad de meses a la que se compromete por concepto de garantía de los trabajos:

REQUERIMIENTO

PLAZO

OBSERVACIONES

Garantía (meses)

 

 

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

                                                    

FORMULARIO Nº 6

EXPERIENCIA

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El oferente deberá completar el cuadro señalando sus clientes a quienes ha entregado este servicio desde el año 2023 a la fecha de publicación del proceso. Debe respaldar adjuntando contratos, certificados de conformidad y/o actas de cada cliente. No se aceptará otro tipo de documento.

NOMBRE CLIENTE DEL RUBRO (PUBLICO)

AÑO DEL SERVICIO DESDE-HASTA

MONTO

SEÑALE SI ADJUNTA RESPALDO

(CONTRATO/ CERTIFICADO DE CONFORMIDAD/ACTAS)

1.

 

 

 

2.

 

 

 

3.

 

 

 

4.

 

 

 

5.

 

 

 

 

 

 

...

 

 

 

N

 

 

 

TIPO DOCUMENTO

CANTIDAD

CONTRATO

CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD

ACTAS

*Por la no entrega de antecedentes que acredite lo informado en el formulario, será evaluado con puntaje 0.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

FORMULARIO Nº 7

NOMINA DE TRABAJADORES

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

La empresa……………………………………………………………………………………participante de la licitación, declara tener los siguientes trabajadores para la prestación de CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN. Para ello deben completar el siguiente cuadro.

NOMBRE

CARGO

PROFESIÓN

1

2

3

N

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

FORMULARIO N° 8

LISTADO DE HERRAMIENTAS

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

La empresa……………………………………………………………………………………participante de la licitación, declara tener el siguiente listado de herramientas para la prestación del servicio CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN. Para ello deben completar el siguiente cuadro.

LISTADO DE HERRAMIENTAS

CANTIDAD

1

2

3

N

                                                                                                         

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

FORMULARIO N.º 9

DECLARACION JURADA SIMPLE (Artículos 4º y 35 quáter Ley 19.886)

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

 

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Yo, ____________________, RUT ___________, en representación de __________, RUT _______________ (sólo en caso de ser persona jurídica) declaro no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la firma del presente contrato. De acuerdo a lo estipulado en artículo 4 inciso primero ley 19.886.

Además, declaro no encontrarme afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886, norma que establece que ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Esta prohibición debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación; igualmente la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.

Igualmente, declaro no estar afecto a alguna de las inhabilidades previstas en el Articulo 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973 y 33 de la ley N°21.595.

  RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026


FORMULARIO N.º 10

DECLARACION JURADA SIMPLE LEY Nº 20.393 QUE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO.

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Declaro que la empresa ____________________________________ no se encuentra inhabilitada con alguna condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por la aplicación de los delitos de la Ley Nº 20.393, que afecte de manera alguna su calidad de oferente en el proceso licitatorio, dando pleno cumplimiento además a lo estipulado en la Ley N.º 19.886 sobre requisitos para contratar con la Administración del Estado.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

                                             FORMULARIO n°11

Declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la ley N°21.595

(Declaración para ofertar)

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

 

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del Servicio de _________________, declaro bajo juramento que:

 En caso de ser persona natural:

 

Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , declaro que:

 

(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)

 

“____ mantengo vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595”

 O, en caso de ser representante de una persona jurídica:

 

Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

 

(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)

 

“____ mantiene vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595.”

 

“____mantiene entre sus socios, accionistas, miembros o partícipes con poder para influir en la administración a personas naturales condenadas a la medida de inhabilitación para contratar con el estado dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595.”

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

NOTA:  En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación. 

FORMULARIO n°12

Declaración jurada de independencia de la oferta

(Declaración para ofertar)

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

 

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del Servicio de ____________________, declaro bajo juramento que:

 

(En el espacio respectivo marcar con “X” solo una opción de acuerdo con la declaración efectuada)

 

___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores. 

  ___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas participa en el presente procedimiento licitatorio ofertando respecto del mismo producto o servicio. 

 

___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, participando alguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas en el presente procedimiento licitatorio respecto del mismo producto o servicio, declarando que la oferta que presenta mi representada fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o de la persona relacionada.

  

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

 

NOTA:  En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación. 

FORMULARIO n°13

DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA)

CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

El Proponente que suscribe declara:

(• Si se trata de Persona jurídica)

Declaro que mi empresa posee como política interna la aplicación de Programas de integridad basados en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra, políticas que son conocidas y aplicadas por todos los trabajadores. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)

(• Si se trata de Persona Natural)

Declaro que conozco y cumplo con lo señalado en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)

SI SE TRATA DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP), ESTA DECLARACION JURADA DEBERA SER SUSCRITA Y ENTREGADA DE FORMA INDIVIDUAL POR CADA INTEGRANTE DE LA UTP.

De no ser presentadas las declaraciones juradas, o se presentan sin firma, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 (cero) punto en este criterio.

Se debe adjuntar el Programa de Integridad y ética empresarial, de lo contrario, este criterio será evaluado con 0 (cero) punto.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

NOTA:  En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación. 

FORMULARIO Nº 14

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE

INHABILIDADES Y CONFLICTOS DE INTERÉS DE LOS OFERENTES

“CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN”

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara explícitamente lo siguiente:

Declaro que la Sociedad o Empresa postulante ____________________________________ no presenta vínculo alguno con funcionarios del Hospital Base San José Osorno, independiente del porcentaje de forma directa o como beneficiario final.

De igual modo, el proponente que suscribe declara que adjunta junto a su propuesta la siguiente documentación:

DOCUMENTOS

ADJUNTA SI/NO

Declaración jurada de composición societaria

Identificación de beneficiarios finales

Detalle de participación directa e indirecta de personas naturales en la sociedad

La oferta que no adjunte esta documentación será declarada inadmisible quedando fuera del proceso. (REQUISITO EXCLUYENTE)

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

FORMULARIO N°15

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE TECNOVIGILANCIA Y AUSENCIA DE ALERTAS SANITARIAS

CONVENIO MANTENIMIENTO EQUIPOS DE ESTERILIZACIÓN

ID: 1063538-162-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Yo, ____________________________, en calidad de representante legal de la empresa ____________________________, RUT N° ____________________, con domicilio en ____________________, en el marco de la licitación pública/privada N° ____________, declaro bajo juramento lo siguiente:

1. Que el/los dispositivos(s) médico(s) ofertado(s) por esta empresa no han sido objeto de retiros de mercado en los últimos doce (12) meses, contados desde la fecha de publicación de la presente licitación en Mercado Público.

2. Que la información entregada en esta declaración es veraz y completa, y que me hago responsable de las consecuencias legales y administrativas derivadas de la falsedad o inexactitud de la misma.

3. Que conozco y acepto las disposiciones contenidas en la normativa vigente, particularmente en la Ley N° 20.584 y la Norma Técnica N° 204 sobre Seguridad y Calidad de la Atención del Paciente respecto del Uso de Dispositivos Médicos: Tecnovigilancia.

En fe de lo anterior, firmo la presente Declaración Jurada Simple en la ciudad de ____________________, a ___ de __________ de 2026.

Cargo: ____________________________

Indicar nombre y rut del responsable de tecnovigilancia

Nombre completo

RUT

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2026

 


 [MA1]Ajusté

 [MA2]Ajusté


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.