Licitación ID: 1063538-85-LP25
CONVENIO INFORMES RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 166
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Auxilios de posicionamiento radiológico médico para uso radiológico general 1 Unidad
Cod: 42203803
009-0688 | INFORME DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO  

2
Auxilios de posicionamiento radiológico médico para uso radiológico general 1 Unidad
Cod: 42203803
009-0687 | INFORME DE RADIOGRAFIA URGENTE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO INFORMES RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere gestionar un convenio de Informes de Radiografía para el Hospital Base San José de Osorno de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 1.000 UTM. y menor a 5.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-06-2025 17:00:00
Fecha de Publicación: 18-06-2025 11:29:15
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2025 11:36:00
Fecha final de preguntas: 23-06-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-06-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-06-2025 17:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-06-2025 17:05:00
Fecha de Adjudicación: 23-07-2025 14:13:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº 1: Identificación del proponente. • Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº 7: Declaración jurada Programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva n°31 Chilecompra). • Formulario N°8: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario N°9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Documentos Técnicos
1.- Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. • Formulario N°4: Experiencia del oferente. Debe señalar cantidad de informes de Radiografía emitidos desde enero 2022 hasta el año 2024 inclusive. La evaluación será por “cantidad de informes emitidos”, independiente si estos se realizan a distancia o no. • Formulario N°5: Plazo de entrega de los informes, e integración RIS-PACS. REQUISITO EXCLUYENTE • Formulario N°6: Instalación equipamiento proveedores. • Debe adjuntar:  Nómina de médicos Radiólogos que participarán en este convenio.  CERTIFICADO DE REGISTRO DE PRESTADOR INDIVIDUAL DE SALUD EXTENDIDO POR LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD, de los médicos especialistas que emitirán los informes en este convenio. El certificado debe estar vigente al momento de ofertar, o máximo 1 mes vencido (fecha descarga).
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deben completar y enviar en forma electrónica su oferta a través del portal mercadopublico.cl. Los precios ofertados deberán registrarse en valores netos o exentos según corresponda, en pesos chilenos y sin decimales. Los proveedores deberán presentar oferta por los 2 tipos de informes, REQUISITO EXCLUYENTE. Precio único para informe programado y precio único para informe urgente. Cualquier oferta parcial será revisada por comisión, quien evaluará su admisibilidad. Debe completar y adjuntar el Formulario N°3 de los anexos. REQUISITO EXCLUYENTE
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de Integridad y ética empresarial Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 2%
2 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de los requisitos formales Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo. 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 punto 3%
3 Experiencia de los Oferentes Experiencia del oferente empresa Cantidad informes de Radiografía emitidos desde el año 2022 hasta el año 2024 inclusive. >=20.000 informes 100 puntos De 19.999 a 15.000 70 puntos De 14.999 a 10.000 40 puntos De 9.999 a 5000 10 puntos <5.000 1 punto 20%
4 Plazo de Entrega Plazo de entrega informe programado =24 hasta 48 50 puntos >48 hasta 72 30 puntos >72 0 punto Plazo de entrega informe urgente =2 hasta 4 50 puntos >4 hasta 8 30 puntos >8 0 punto 25%
5 Precio Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 9 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE CORDOVA DIAZ
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: YASNA ALBARRAN SOTO
e-mail de responsable de contrato: yasna.albarran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2567074-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
17.5 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 15-07-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO, ID 1063538-85-LP25”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

 

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere gestionar un convenio de Informes de Radiografía para el Hospital Base San José de Osorno de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 1.000 UTM y menor a 5.000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para generar la contratación del servicio Informes de Radiografía para pacientes del Hospital Base San José de Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $330.000.000.- (trecientos treinta millones de pesos chilenos) Valor Exento.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Formularios anexos

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Cálculo que sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).
  • Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.
  • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno.
  • Dispositivo Medico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción. 

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°     LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl .

El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:

1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.

2. Nombre de la Entidad licitante.

3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.  

4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.

5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura.

6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.

5°        REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

•    No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.

5.1      IDONEIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA DE LOS PROVEEDORES

La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.

En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.

5.2      HABILIDAD EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.

La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas.

El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa.

5.3      DE LAS INHABILIDADES

Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas:

1.  Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley.

2.  Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas.

3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales.

4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas.

5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra.

5.4 CONFLICTOS DE INTERES (Artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales.

Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación.

Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos.

Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.

5.5 DEBER DE ABSTENCION (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.

Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

5.6      Unión temporal de proveedores

La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.

a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO.

b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE

e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

5.7      Presentación de las ofertas

El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.

Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.

6°     PLAZOS

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl).

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.

Fecha inicio preguntas.

A contar de la publicación en el portal de compras públicas.

Fecha final de preguntas.

Hasta las 17:00 hrs. del quinto (5) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de publicación de respuestas.

A las 17:00 hrs. del sexto (6) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas.

Hasta las 17:00 hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de acto de apertura de ofertas.

La Apertura de ofertas se efectuará a las 17:05 hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación.

Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.

Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta.

Fecha estimada de adjudicación.

Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el séptimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha término de contrato.

9 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.

Atendida la naturaleza de lo licitado, tratándose de bienes de simple y objetiva especificación, y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas.

Se establece que el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas, conforme al inciso final del artículo 46 del decreto Nº661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886.

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°     CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).

 

9°     VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS

El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS

La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.

Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.

En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.

10.1    De los Antecedentes Administrativos

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

  • Formulario Nº 1: Identificación del proponente.

•  Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.

•  Formulario Nº 7: Declaración jurada Programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva n°31 Chilecompra).

  • 8: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.

10.2    De la Propuesta Económica

Los oferentes deben completar y enviar en forma electrónica su oferta a través del portal mercadopublico.cl. Los precios ofertados deberán registrarse en valores netos o exentos según corresponda, en pesos chilenos y sin decimales.

Los proveedores deberán presentar oferta por los 2 tipos de informes, REQUISITO EXCLUYENTE. Precio único para informe programado y precio único para informe urgente.

Cualquier oferta parcial será revisada por comisión, quien evaluará su admisibilidad.

LINEA 1: VALOR UNITARIO ÚNICO INFORME DE RADIOGRAFÍA PROGRAMADO

LINEA 2: VALOR UNITARIO ÚNICO INFORME DE RADIOGRAFÍA URGENTE

Debe completar y adjuntar el Formulario N°3 de los anexos. REQUISITO EXCLUYENTE

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

  • Experiencia del oferente. Debe señalar cantidad de informes de Radiografía emitidos desde enero 2022 hasta el año 2024 inclusive. La evaluación será por “cantidad de informes emitidos”, independiente si estos se realizan a distancia o no.
  • Plazo de entrega de los informes, e integración RIS-PACS. REQUISITO EXCLUYENTE
  • Instalación equipamiento proveedores.
  • :
    • que participarán en este convenio.
    • Ø CERTIFICADO DE REGISTRO DE PRESTADOR INDIVIDUAL DE SALUD EXTENDIDO POR LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD, de los médicos especialistas que emitirán los informes en este convenio. El certificado debe estar vigente al momento de ofertar, o máximo 1 mes vencido (fecha descarga).

El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional y elementos que pondrá a disposición para el desarrollo del servicio y el cumplimiento de los objetivos.

10.4    Presentación de Antecedentes omitidos

El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios o Antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que éstos no sean excluyentes y dichas certificaciones o antecedentes omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº19.886).

En estos casos, el hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo especial de 48 horas para que subsane dichas omisiones a través del Foro Inverso.

Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.E de la presente Bases.

Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3, 4 y 5 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.

El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases y que no puedan afectar el principio de estricta sujeción a las bases, y se debe informar al resto de los oferentes publicándolo en el sistema de información.

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.

Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)     El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)     El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)     El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)     El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)     El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes, y el o los contratos que de ellos se derivase.

f)      El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)     El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)     El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

En el evento que la garantía de fiel cumplimiento de contrato se otorgue de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley Nº19.886 y su reglamento.

12.1    Garantía de fiel cumplimiento de contrato 

CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de aplicar las multas respectivas, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas.

En el evento que las garantías de seriedad de la oferta y del fiel cumplimiento de contrato se otorguen de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.

Monto

5% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.

Fecha de vencimiento

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato aumentada en 60 días hábiles después de terminado el vínculo contractual

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO, ID 1063538-85-LP25”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prorroga o aumento del contrato.

En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

12.2.1 Devolución de Garantía

Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia después de 90 días posteriores al contrato que Toma Razón de Contraloría General de la Republica y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases.

La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.

13.1 Admisibilidad de las ofertas y comprobación de lo declarado

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.

Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.

Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de una Resolución que contenga el ID del proceso de contratación, e identificando las personas que la componen con su nombre completo y Rut.

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno:

1. Médico Radiólogo Jefe de la Unidad de Imagenología HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

2. TM Jefe Unidad de Imagenología HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

3. TM Unidad de Imagenología HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

Cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito una Declaración Jurada por la cual manifieste no tener conflicto de Intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta comisión. Esta declaración será publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”.

14.2 Comisión Evaluadora

Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierto el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información:

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.

4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.

7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.

8. Fecha del Acta.

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.3 Errores u omisiones detectados durante la evaluación.

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

1.  Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2.  La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3.  La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

14.4    Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:

ITEM

CRITERIOS DE EVALUACION

PONDERACION

A

Oferta económica

50%

B

Experiencia del oferente empresa

20%

C

Plazo de entrega de los informes

- C.1 Informe programado (15%)

- C.2 Informe urgente (10%)

25%

D

Programa de Integridad y ética empresarial

2%

E

Cumplimiento de requisitos formales

3%

TOTAL, PORCENTAJE

100 %

A.        Evaluación Económica

Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Los montos deben ser ingresados en el Formulario N°3 de las bases de licitación.

Fórmula de Cálculo:

Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50

B.        Experiencia del oferente empresa (Formulario N°4)

Cantidad informes de Radiografía emitidos desde el año 2022 hasta el año 2024 inclusive.

Puntaje

>=20.000 informes

100 puntos

De 19.999 a 15.000

70 puntos

De 14.999 a 10.000

40 puntos

De 9.999 a 5000

10 puntos

<5.000

1 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 20%

C.        Plazo de entrega informes (Formulario N°5)

C.1     Informe programado (15%)

Plazo de entrega informes de Radiografía programado

Puntaje

=<24 horas  

100 puntos

>24 hasta 48 

50 puntos

>48 hasta 72

30 puntos

>72

0 punto

C.2     Informe urgente (10%)

Plazo de entrega informes de Radiografía urgente

Puntaje

=<2 horas   

100 puntos

>2 hasta 4

50 puntos

>4 hasta 8

30 puntos

>8

0 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 25%

D.        Programa de Integridad y ética empresarial

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un Programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°7, donde se señala expresamente como política de su empresa dicho Programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).

Se entenderá por Programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Formulario N°7: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).”

Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad.

Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.

Si no se presenta el Formulario N°7, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica Programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores. Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho Programa de integridad cuando no acompañe a su Declaración copia del Programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Formulario N°7. Por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) punto en este criterio de evaluación.

De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 punto en este criterio.

De acuerdo con lo señalado, esta evaluación tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:

INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL

PUNTAJE

Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad.

100

Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad.

0

No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar.

0

Ponderación: Puntaje obtenido x 2%

E.         Cumplimiento de los requisitos formales

Esta evaluación tiene una ponderación del 3% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:

Cumplimiento requisitos formales

Puntaje

Oferta presentada no contiene errores u omisiones.

100 puntos

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo.

50 puntos

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo.

0 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 3%

Se entenderá como cumplimiento de los requisitos formales la presentación de la totalidad de los formularios solicitados en estas Bases. El no informar o no cumplir con la entrega de la documentación solicitada en el plazo otorgado, siempre y cuando los formularios no sean excluyentes (los que se solicitarán a través del Foro aclaración de ofertas), será causal de declarar dicha oferta inadmisible.

El criterio “E”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Decreto N°611, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

  1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
  2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y
  3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Lo anterior sólo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.

De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº19.880, donde conforme al dictamen Nº15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

Puntaje final: Puntaje evaluación económica + Experiencia del oferente + Plazo de entrega de informes + Cumplimiento requisitos formales de la oferta.

“La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°   ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

Se establece que la adjudicación será de carácter simple, y se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica.

Por razones de buen servicio, se establece que las dos (2) líneas del portal serán adjudicadas a un (1) solo proveedor, es decir, la adjudicación será paquetizada.

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl , mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente.

Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.

Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2    Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.

15.3    Ofertas riesgosas o temerarias

La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

15.4 Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. En tal caso se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador, entre los participantes que han empatado:

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”.
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “Experiencia del oferente”.
  • En caso de continuar el empate, como tercer criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “Plazo de Entrega”.
  • De persistir el empate se solicitará la opinión de la comisión evaluadora, quienes en conjunto y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.

15.5    Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

15.6    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (sí aplicara), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

b)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

c)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

d)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

e)  Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo.

17°   CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación.

Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.

Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica.

El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas, aclaraciones y respuestas si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desiste de la propuesta, “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si aplicara)y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

 

En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores.

Si el adjudicatario no cumple con la firma y envío del contrato dentro del plazo señalado en el numeral 6° de las bases, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.2 de estas bases.

17.1 Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato, y tendrá una vigencia de 9 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicatoria, o bien hasta disponer de la total tramitación del contrato, cuyas bases se encuentran en Contraloría General de la República para toma de razón.

De este modo, al estar operativo el nuevo convenio, la presente licitación deberá interrumpirse, dando fin a la provisión del servicio originalmente requerido, sin que ello signifique que se deba liquidar a favor del proveedor el saldo presupuestario no ejecutado a esa fecha.

17.2    Aumento y disminución de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del HBSJO, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos .

El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico del HBSJO deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico del HBSJO deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico del HBSJO deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases.

17.3 Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente.

La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico del HBSJO deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico HBSJO deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico del HBSJO deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases.

17.4    Resciliación del contrato

Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo en forma anticipada.

17.5    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores.

En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo  gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl . Y jose.cordova@redsalud.gob.cl . y no existan obligaciones pendientes.

17.6    Término anticipado de contrato

Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:

1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.

4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.

6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

17.6.1   De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada

Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras.

18°     REFERENTE TÉCNICO DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO

El Hospital Base San José Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como 1er Referente técnico al Médico Radiólogo Jefe de la Unidad Imagenología HBSJO (velimir.skoknic@redsalud.gob.cl), y como 2° Referente técnico al TM Jefe Unidad Imagenología HBSJO (marcelo.yaitul@redsalud.gob.cl), o a quien le subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Validar técnicamente el REPORTE MENSUAL de los informes de Radiografía emitidos por el adjudicatario en el mes, para la posterior emisión de la orden de compra, correspondientes a los servicios del HBSJO.
  • Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato.
  • Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos.
  • Evaluar informes al Hospital en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, y aplicación de multas cuando procedieran.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

19°     ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

El Hospital Base San José Osorno también supervisara y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Validar administrativamente el Reporte del adjudicatario.
  • Solicitar la emisión de orden de compra al Departamento de Abastecimiento.
  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico del HBSJO que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

20°     CONTRAPARTE TÉCNICA DEL CONVENIO

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el HBSJO para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 1).

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.

2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.

3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.

4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.

5. Recepcionar los reclamos y su gestión.

6. Coordinar las urgencias.

7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

21°     CONFIDENCIALIDAD

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

22°     PRECIO

El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos. Éste, no será reajustable.

23°     REPORTE MENSUAL

El adjudicatario debe enviar mensualmente al Hospital mediante correo electrónico (dentro de los 4 primeros días del mes) un REPORTE EN PLANILLA EXCEL de los informes de radiografías emitidos en el mes.

Si informa solo “programados” será un (1) Reporte. Si informa “programados” y “urgentes” serán dos (2) Reportes por separado.

El reporte mensual debe indicar lo siguiente:

  • Nombre completo, Rut, y edad del paciente
  • Nombre del examen Rx
  • Procedencia (Ejemplo: Policlínico de Traumatología del HBSJO)
  • Fecha y hora del examen
  • Tiempo cero
  • Fecha y hora del informe
  • Tiempo respuesta (Diferencia entre tiempo cero y hora informe)
  • Nombre completo del Médico Especialista que informa
  • Código Fonasa del examen Rx
  • Valor unitario del informe
  • Adenda

Tiempo cero: Corresponde al momento en que están todos los antecedentes necesarios (imágenes y/o antecedentes adicionales) para la realización del informe radiológico.

El REPORTE se debe realizar en planilla Excel de acuerdo al modelo señalado a continuación, y se debe enviar a los correos electrónicos:

El reporte será validado técnicamente por el Hospital, y posterior a la validación administrativa del HBSJO se emitirá la orden de compra correspondiente para que finalmente el adjudicatario facture.

MODELO DEL REPORTE MENSUAL EN PLANILLA EXCEL

REPORTE MENSUAL CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO – ID 1063538-85-LP25

Rut

Nombre Paciente

Edad

Procedencia

Nombre examen

Fecha y hora del examen

Tiempo cero

Fecha y hora del informe

Tiempo de respuesta

Medico informante

Código Fonasa examen

Valor unitario

Adenda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REPORTE MENSUAL CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA URGENTE – ID 1063538-85-LP25

Rut

Nombre Paciente

Edad

Procedencia

Nombre examen

Fecha y hora del examen

Tiempo cero

Fecha y hora del informe

Tiempo de respuesta

Medico informante

Código Fonasa examen

Valor unitario

Adenda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La validación del REPORTE por parte del HBSJO será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.

24°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, y enviado el Reporte mensual al Hospital, se podrá emitir la primera orden de compra.

Luego, el adjudicatario deberá aceptar la orden de compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la RECEPCIÓN CONFORME que realizará el Hospital del bien/insumo o servicio a través del portal de compras públicas.

Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento HBSJO, verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.

Para la emisión de la orden de compra (OC), la empresa adjudicada deberá remitir de forma mensual y una vez que los servicios hayan sido efectuados, al Referente Técnico del HBSJO una planilla con el detalle de informes realizados, para su validación si es que procede. En el caso de presentar antecedentes de peso y ajenos al proveedor que ocasionaron el retraso en la entrega de los informes, estos serán evaluados por el Hospital, para revisar si procede el descuento de dichos informes.

El Departamento de Abastecimiento del Hospital deberá informar de las órdenes de compra emitidas a Administración de Contratos del Hospital Base San José Osorno a los siguientes correos:

  • yasna.albarran@redsalud.gob.cl,
  • sindy.veloso@redsalud.gob.cl,
  • nicole.ulloas@redsalud.gob.cl,

25°     ENTREGA DE EL O LOS PRODUCTOS Y/O EJECUCIÓN DE PRESTACIONES Y SERVICIOS (EN CASO DE PROCEDER O APLICAR).

Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación) debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: el transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.

Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente.

Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial).

Este, debe indicar al menos:

1. Señalar que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”.

2. Los siguientes datos de trazabilidad:

• Nombre del producto o dispositivo médico.

• Identificación del proveedor.

• N° de guía/factura, según documento de entrega.

• Modelo (sólo cuando corresponda)

• N° de lote/serie

• Fecha de vencimiento

Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente.

Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2024 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud.

26°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.

Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:

a)  La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.

Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico.

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente.

3.  Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

26.1    Pago indebido y su restitución

Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.

El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.

El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.

En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.

27°   INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento.

27.1    Infracciones contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.

27.2    Infracciones del servicio

  • Atraso en el plazo de entrega de los informes, de acuerdo a la siguiente tabla:

Plazo de entrega radiografías programadas

Multa

De 1 minuto hasta 5 horas y 59 minutos

1 UTM por cada informe

De 6 horas a 12 horas

2 UTM por cada informe

>12 horas

3 UTM por cada informe

Plazo de entrega radiografías urgentes

Multa

De 1 minuto hasta 5 horas y 59 minutos

1 UTM por cada informe

De 6 horas a 12 horas

2 UTM por cada informe

>12 horas

3 UTM por cada informe

  • Porcentaje de informes con addendum mensuales, de acuerdo a la siguiente tabla:

Porcentaje de informes mensuales

Multa

De 0 a 1 %

No aplica multa

De 2 a 5 %

1 UTM por cada informe

>6 %

2 UTM por cada informe

  • Tiempo de instalación del servidor del proveedor desde el inicio de la vigencia del contrato, de acuerdo a la siguiente tabla:

Descripción tiempo de instalación

Multa

De 1 día a 5 días corridos

No aplica multa

De 6 días a 10 días corridos

2 UTM

> 10 días corridos

3 UTM por cada día

  • Tiempo de integración de informes del proveedor con RIS PACS HBSJO desde el inicio de la vigencia del contrato, de acuerdo a la siguiente tabla:

Descripción tiempo de integración

Multa

De 1 día a 30 días corridos

No aplica multa

De 31 días a 60 días corridos

2 UTM

> 60 días corridos

3 UTM por cada día

En caso de no entrega a tiempo del reporte mensual de acuerdo a lo solicitado en las presentes bases, la multa será de 3 UTM por cada día de atraso.

El no cumplimiento de alguno los requisitos estipulados en el ítem 3.1 de las bases técnicas será motivo de multa de 2 UTM por cada informe, previa evaluación del referente técnico.

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como vía de referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

27.3    Procedimientos para aplicación de multa

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico informado en el Formulario N°1, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por correo electrónico al adjudicatario o a su representante legal.

Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl.

27.4    Cobro de multas

Todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente.

Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado.

El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl .

El monto total de las multas no podrá exceder el 30% del monto total del contrato.

27.5    Indemnización por daños y perjuicios

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

27.6    Notificaciones electrónicas

Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.

28°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley N.º 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

29°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BASES TECNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

 

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

1°        OBJETIVO

Las presentes Bases Técnicas y sus anexos tienen como finalidad describir el detalle del servicio que se licita para generar un convenio de informes de Radiografía programados y de urgencia, para el Hospital Base San José de Osorno.

2°        MEDICO ESPECIALISTA

Se establece que los informes de Radiografía deben ser emitidos solamente por MÉDICOS RADIÓLOGOS (REQUISITO EXCLUYENTE).

Debe adjuntar Nómina de los Médicos que participarán en este convenio.

Debe adjuntar lo siguiente en los anexos técnicos:

  • • Nómina de los Médicos que participarán en este convenio.
    • • Copia simple del título de la Universidad que otorga la especialidad (REQUISITO EXCLUYENTE).
    • • Registro en SIS (REQUISITO EXCLUYENTE).

Si durante el convenio se desea ingresar o egresar médicos, ello debe comunicarse oportunamente por correo electrónico al Referente Técnico del Hospital (ingreso: 20 días corridos antes que el médico empiece a informar / egreso: máximo 5 días corridos después de su egreso).    

3°        DESCRIPCION DE LOS INFORMES Y CANTIDADES APROXIMADAS

ITEM

CÓDIGO FONASA

DESCRIPCION INFORME DE RADIOGRAFIA

ITEM PRESUPUESTARIO

CANTIDAD MENSUAL REFERENCIAL

PROG

URG

1

040.10.02

INFORME RADIOGRAFIA DE PARTES BLANDAS, LARINGE LATERAL, CAVUM RINOFARINGEO

221299900201

28

3

2

040.10.04

INFORME RADIOGRAFIA DE TORAX PROYECCION COMPLEMENTARIA

221299900201

1

1

3

040.10.08

INFORME RADIOGRAFIA DE TORAX FRONTAL O LATERAL CON EQUIPO MOVIL FUERA DEL DEPARTAMENTO DE RAYOS

221299900201

0

3

4

040.10.09

INFORME RADIOGRAFIA DE TORAX SIMPLE FRONTAL O LATERAL

221299900201

125

68

5

040.10.13

INFORME RADIOGRAFIA DE ABDOMEN SIMPLE

221299900201

8

100

6

040.10.14

INFORME RADIOGRAFIA DE ABDOMEN SIMPLE, PROYECCION COMPLEMENTARIA

221299900201

1

15

7

040.10.27

INFORME PIELOGRAFIA DE ELIMINACION O DESCENDENTE: INCLUYE RENAL Y VESICAL SIMPLES PREVIAS, 3 PLACAS POST INYECCION DE MEDIO DE CONTRASTE, CONTROLES DE PIE Y CISTOGRAFIA PRE Y POST MICCIONAL

221299900201

1

0

8

040.10.28

INFORME RADIOGRAFIA RENAL SIMPLE

221299900201

23

11

9

040.10.29

INFORME RADIOGRAFIA VESICAL SIMPLE O PERIVESICAL

221299900201

23

11

10

040.10.30

INFORME RADIOGRAFIA AGUJEROS OPTICOS, AMBOS LADOS

221299900201

1

1

11

040.10.31

INFORME RADIOGRAFIA DE CAVIDADES PERINASALES, ORBITAS, ARTICULACIONES TEMPOROMANDIBULARES, HUESOS PROPIOS DE LA NARIZ, MALAR, MAXILAR, ARCO CIGOMATICO Y CARA

221299900201

13

60

12

040.10.32

INFORME RADIOGRAFIA DE CRANEO FRONTAL Y LATERAL

221299900201

7

70

13

040.10.33

INFORME RADIOGRAFIA DE CRANEO PROYECCION ESPECIAL DE BASE DE CRANEO (TOWNE)

221299900201

1

10

14

040.10.34

INFORME RADIOGRAFIA DE GLOBO OCULAR, ESTUDIO DE CUERPO EXTRAÑO

221299900201

1

0

15

040.10.35

INFORME RADIOGRAFIA DE OIDO, UNO O AMBOS

221299900201

1

0

16

040.10.40

INFORME RADIOGRAFIA DE SILLA TURCA FRONTAL Y LATERAL

221299900201

1

0

17

040.10.42

INFORME RADIOGRAFIA DE COLUMNA CERVICAL O ATLAS-AXIS (FRONTAL Y LATERAL)

221299900201

16

30

18

040.10.43

INFORME RADIOGRAFIA DE COLUMNA CERVICAL (FRONTAL, LATERAL Y OBLICUAS)

221299900201

15

10

19

040.10.44

INFORME RADIOGRAFIA DE COLUMNA CERVICAL FLEXION Y EXTENSION (DINAMICAS)

221299900201

2

1

20

040.10.45

INFORME RADIOGRAFIA DE COLUMNA DORSAL O DORSOLUMBAR LOCALIZADA, PARRILLA COSTAL ADULTOS (FRONTAL Y LATERAL)

221299900201

32

14

21

040.10.46

INFORME RADIOGRAFIA COLUMNA LUMBAR O LUMBOSACRA (FRONTAL, LATERAL Y FOCALIZADA EN EL 5° ESPACIO)

221299900201

132

52

22

040.10.47

INFORME RADIOGRAFIA COLUMNA LUMBAR O LUMBOSACRA FLEXION Y EXTENSION (DINAMICAS)

221299900201

3

1

23

040.10.48

INFORME RADIOGRAFIA COLUMNA LUMBAR O LUMBOSACRA, OBLICUAS ADICIONALES

221299900201

2

1

24

040.10.49

INFORME RADIOGRAFIA DE COLUMNA TOTAL O EXTREMIDADES INFERIORES, PANORAMICA CON FOLIO GRADUADO FRONTAL O LATERAL

221299900201

165

1

25

040.10.51

INFORME RADIOGRAFIA DE PELVIS, CADERA O COXOFEMORAL

221299900201

177

93

26

040.10.52

INFORME RADIOGRAFIA DE PELVIS, CADERA O COXOFEMORAL, PROYECCIONES ESPECIALES (ROTACION INTERNA, ABDUCCION, LATERAL, LAWENSTEIN U OTRAS)

221299900201

133

180

27

040.10.53

INFORME RADIOGRAFIA DE SACROCOXIS O ARTICULACIONES SACROILIACAS

221299900201

9

9

28

040.10.54

INFORME RADIOGRAFIA DE BRAZO, ANTEBRAZO, CODO, MUÑECA, MANO, DEDOS, PIE (FRONTAL Y LATERAL)

221299900201

682

816

29

040.10.55

INFORME RADIOGRAFIA DE CLAVICULA

221299900201

20

40

30

040.10.56

INFORME RADIOGRAFIA EDAD OSEA: CARPO Y MANO

221299900201

33

0

31

040.10.57

INFORME RADIOGRAFIA EDAD OSEA: RODILLA FRONTAL

221299900201

1

0

32

040.10.58

INFORME ESTUDIO RADIOLOGICO DE ESCAFOIDES

221299900201

2

2

33

040.10.59

INFORME ESTUDIO RADIOLOGICO DE MUÑECA O TOBILLO FRONTAL, LATERAL Y OBLICUAS

221299900201

1

20

34

040.10.60

INFORME RADIOGRAFIA DE HOMBRO, FEMUR, RODILLA, PIERNA, COSTILLA O ESTERNON FRONTAL Y LATERAL

221299900201

600

450

35

040.10.62

INFORME RADIOGRAFIA DE PROYECCIONES ESPECIALES OBLICUAS U OTRAS EN HOMBRO, BRAZO, CODO, RODILLA, ROTULAS, SESAMOIDEOS, AXIAL DE AMBAS ROTULAS O SIMILARES

221299900201

180

50

36

040.10.63

INFORME RADIOGRAFIA DE TUNEL INTERCONDILEO O RADIO-CARPIANO

221299900201

3

1

37

040.10.70

INFORME RADIOGRAFIA DE TORAX FRONTAL Y LATERAL

221299900201

115

1000

38

040.10.75

INFORME RADIOGRAFIA DE TORAX PORTÁTIL FRONTAL Y LATERAL

221299900201

0

1

39

040.11.51

INFORME RADIOGRAFIA DE PELVIS, CADERA O COXOFEMORAL DE RN, LACTANTE O NIÑO MENOR DE 6 AÑOS

221299900201

104

1

40

040.10.10

INFORME MAMOGRAFIA BILATERAL (INCLUYE TOMOSíNTESIS)

221299900201

188

2

41

040.11.30

INFORME MAMOGRAFIA PROYECCION COMPLEMENTARIA

221299900201

4

1

42

040.11.10

INFORME MAMOGRAFIA UNILATERAL

221299900201

6

1

Se establece que la cantidad señalada corresponde solo a una referencia, no comprometiéndose el Hospital a requerir y adquirir una determinada cantidad de informes durante la vigencia del presente convenio. La cantidad de informes puede ser modificada de acuerdo a la necesidad del Hospital, ya sea por aumento o disminución de la demanda.

Atendiendo las necesidades, frecuencia y requerimientos de este servicio; así como el interés de resguardar la calidad y seguridad de los pacientes de la institución; se requiere que este servicio sea provisto por un único proveedor, el que debe contar con la capacidad para realizar todos los informes de radiología que considera la tabla anterior (REQUISITO EXCLUYENTE).

Por tanto, los proveedores deberán presentar oferta por los 2 tipos de informes, (REQUISITO EXCLUYENTE). Precio único para el informe programado, y precio único para el informe urgente.

Con lo anterior, se deja explicito que las dos (2) líneas del portal serán adjudicadas a un (1) solo proveedor, es decir, será una adjudicación paquetizada.

3.1      Mamografía

Para el caso de los informes de mamografía debe considerarse:

  1. Se deben realizar en base al sistema BI-RADS actualizado a la 5ta edición (2013).
  2. Los descriptores mamográficos utilizados será exclusivamente los descritos en BI-RADS.
  3. Los informes no podrán exceder un 50% de las pacientes con categorías de mamas densas, es decir categoría ACR C y D. 
  4. En las pacientes con categoría BI-RADS 3 mamográfica, por nódulo presuntamente benigno o microcalcificaciones, no se debe recomendar complemento con ecografía para caracterización de la alteración, si no que control mamográfico de acuerdo a criterio BI-RADS. Esto exceptuando pacientes con mamas densas (ACR C y D).
  5. Las recomendaciones realizadas en los informes, se deben basar en BI-RADS 5ta edición (2013).
  6. En el caso que el estudio sea realizado con tomosíntesis, debe consignarse en el título del informe.
  7. El proveedor no debe, en ningún caso, incluir indicaciones respecto a la periodicidad de la mamografía, a menos que sea estrictamente necesario y fundado clínicamente, pues esta labor corresponde al equipo de salud.

4°       EXPERIENCIA DE LA EMPRESA OFERENTE

Los oferentes deben señalar la cantidad de informes de Radiografía emitidos desde el año 2022 hasta el año 2024 inclusive.

La evaluación será por la “cantidad de informes emitidos”, independiente si estos se realizan a distancia o no.

Debe acreditar con certificados de conformidad, órdenes de compra, o copia de los contratos.

Los certificados de conformidad deben contar con los respectivos sellos y firmas, además de señalar la vigencia del convenio.

5°        ENVIO DE LOS INFORMES

El adjudicatario se encargará de instalar un servidor en el Hospital que permita transmitir las imágenes vía Internet o similar (único medio válido). Además, deberá integrar el resultado de los informes de Rx al sistema RIS-PACS del HBSJO. Tendrá un plazo máximo de 30 días para que la integración se encuentre operativa. REQUISITO EXCLUYENTE (Formulario N°5). Nuestro actual proveedor de RIS/PACS es Philips (Carestream) versión 11.3.

El proveedor debe contar con una plataforma web que permita el envío de imágenes, ingresar datos del usuario, códigos del examen solicitado y todos los antecedentes necesarios para la realización del informe. También desde esa plataforma debe poder visualizarse las imágenes enviadas, el informe de resultados, y contar con distintos perfiles de usuario. Esto con la finalidad de funcionar mientras se realiza la integración con nuestro RIS/PACS.

Cada informe debe estar firmado por el médico informante que lo emite, y debe indicar lo siguiente:

  • Incorporar logo institucional (HBSJO)
  • Nombre completo, Rut, y edad del paciente
  • Nombre del examen
  • Procedencia (Ejemplo: Policlínico de Traumatología del HBSJO)
  • Fecha y hora del examen
  • Tiempo cero
  • Fecha y hora del informe
  • Nombre y firma del profesional responsable que emite el informe

TIEMPO CERO: Corresponde al momento en que están todos los antecedentes necesarios (imágenes y/o antecedentes adicionales) para la realización del informe radiológico.

6°        INSTALACION DEL SERVIDOR

El servidor deberá instalarse en la sala de servidores del HBSJO. La implementación del servidor por parte del proveedor, debe cumplir con lo siguiente:

6.1      Hardware

  1. Poseer fuente poder redundante.
  2. El espacio de HDD será determinado por los requerimientos de la unidad
  3. Como mínimo debe tener arreglo de disco en RAID 1, se recomienda RAID 0+1.

6.2      Software

  1. Tener los últimos parches de seguridad instalados del sistema operativo
  2. Se debe acreditar las licencias de sistema operativo y software instalados en el servidor.
  3. roveedor debe realizar instalación del agente monitoreo entregado por el establecimiento, esta acción es de carácter obligatorio.
  4. Se deben entregar credenciales con permisos suficientes para poder acceder a este en caso de ser necesario.
  5. Debe poseer antivirus instalado con licencia valida por tiempo dure contrato.
  6. Firewall habilitado.

10.  Cerrar obligatoriamente los puertos 139 (TCP), 137 (UDP) y 445 (TCP si no es utilizado).

11.  Se debe cerrar todos los puertos (TCP y UDP) que no sean estrictamente necesarios.

12.  Mientras el servidor no sea sometido a las pruebas de seguridad establecidas para estos fines, mientras esto no suceda o NO PASE ESTAS PRUEBAS no puede pasar a producción.

13.  El único medio válido de conexión desde fuera de la red MINSAL es VPN o S2S según características del servicio.

14.  El proveedor debe informar los puertos a utilizar por la aplicación a implementar, si por razones de servicios estos puertos deben ser modificados en el transcurso del contrato, estos cambios deben ser informados al referente TI del establecimiento.

15.  El proveedor al momento de instalar el equipo debe realizar cambio del puerto RDP o SSH, el cual será informado por TI al momento de la instalación.

Además, el oferente debe presentar un acta del equipo en donde se detalle la siguiente información. Para ello debe utilizar el Formulario N°6 de los anexos.

16.  Si la implementación considera más de un servidor tanto físico como virtualizado se debe presentar diagrama conexión del equipamiento.

17.  El proveedor no puede levantar servicios DHCP o SMTP desde el servidor sin previa evaluación y autorización de TI.

6.3      Caso de falla contacto soporte

Corresponde a los datos del contacto para soporte, de tal forma de reducir los tiempos de respuesta para la atención de fallas.

1.  Nombre

2.  Teléfono

3.  Correo

4.  Horario atención

6.4      Referente equipos, es importante entregar esta información por cada equipo instalado incluyendo servidor:

6.5      Cláusulas de protección de datos y seguridad de la información para contratos de tecnología

Para los efectos del presente contrato, el oferente deberá cumplir con todas las cláusulas de protección de datos y seguridad de la información para contratos de tecnologías en el Sector Salud, según Resolución Exenta N° 698 del Minsal. Se adjunta anexo.

7°        PLAZO DE ENTREGA DE LOS INFORMES

El plazo de entrega de los informes será el menor posible, y será considerado desde la fecha y hora en que se encuentran todos los antecedentes necesarios para la realización del informe radiológico (tiempo cero).

Para los informes de radiografía programados serán horas corridas, exceptuando sábados, domingos y festivos. Si un examen es enviado un sábado, domingo o festivo, la fecha y hora de examen será las 08:00 del día hábil siguiente, por lo que el tiempo cero comenzará después de ese horario.

Para los informes de radiografía urgentes serán horas corridas, incluyendo sábados, domingos y festivos.

8°        RESULTADOS DE EXÁMENES CRÍTICOS

En el caso de un resultado crítico será responsabilidad del adjudicatario notificarlo según el protocolo de notificación de resultados críticos de la Unidad de Imagenología del Hospital Base San José Osorno. En la sección 6.4 de dicho protocolo se especifica que: “el médico de la empresa proveedora del servicio deberá notificarlo a la Unidad de Imagenología del Hospital Base San José Osorno, por vía telefónica al número 642336064, contactándose con el Tecnólogo Médico de turno”. Además, menciona: “en el caso de no conseguir contacto telefónico luego de tres intentos dentro de hasta una hora, deberá enviar correo electrónico a imagenologia.hbo@redsalud.gob.cl, dejando constancia del hallazgo”.

FORMULARIO N°1

IDENTIFICACION DEL PROPONENTE

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

DATOS DEL PROPONENTE:

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Domicilio

Ciudad

Teléfono

Fax

Correo electrónico

REPRESENTANTE LEGAL: (sólo en caso de persona jurídica)

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Instrumento en que consta su

personería   (indicar   tipo    de documento, fecha, notaría, etc.).

COORDINADOR TECNICO*:

Nombre completo

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

CONTACTO DEL PROPONENTE:

Nombre completo

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

El proponente que suscribe establece que el coordinador técnico designado se encuentra facultado(a) para representar y actuar como contraparte de ella ante el Hospital en todo el proceso que implique la presente Licitación, y que conoce sus funciones establecidas en las presentes Bases.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025


FORMULARIO N°2

ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

 

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe se compromete ante el Hospital Base San José de Osorno a suministrar los bienes o insumos, convenios o prestaciones materia de la presente propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que forman parte de la presente licitación.

 

Asimismo, el proponente que suscribe declara:

 

Haber recibido, estudiado y aceptado las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que conforman la presente propuesta publica del Hospital Base San José de Osorno.

 

Estar conforme con las condiciones generales del Contrato, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas, aceptándolas en todas sus partes.

 

Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.

 

Estar conforme con las condiciones generales del proyecto, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecido en las bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y todo otro documento oficial de la Propuesta, en el entendido que dichos antecedentes formarán parte del contrato.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

FORMULARIO N.º 3

OFERTA ECONÓMICA

 

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

LINEA

CODIGO HBSJO

DESCRIPCION INFORMES DE RADIOGRAFIA

VALOR UNITARIO UNICO

1

009-0688

INFORME DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO

$

2

009-0687

INFORME DE RADIOGRAFIA URGENTE

$

  • Debe cotizar por ambas líneas (REQUISITO EXCLUYENTE)
  • Sera un precio único para el informe programado, y un precio único para el informe urgente
  • Por razones de buen servicio, se establece que las dos (2) líneas del portal serán adjudicadas a un (1) solo proveedor, es decir, la adjudicación será paquetizada.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

FORMULARIO N.º 4

EXPERIENCIA DE LA EMPRESA OFERENTE

 

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

 

 

CANTIDAD DE INFORMES DE RADIOGRAFIA EMITIDOS DESDE ENERO 2022 HASTA EL AÑO 2024 INCLUSIVE

INSTITUCION DE SALUD

ID CONVENIO

FECHA INICIO CONVENIO

FECHA TERMINO CONVENIO

NOMBRE CONTACTO

FONO DEL CONTACTO

ADJUNTA CONT/CERT/OC

 (señale cual)

1

2

3

4

5

N

 

Señale cantidad de contratos adjuntos _______

Señale cantidad de órdenes de compra adjuntas _______

Señale cantidad de certificados adjuntos_______

                                                                                                                                

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

FORMULARIO N.º 5

PLAZO DE ENTREGA DE LOS INFORMES E INTEGRACION AL RIS-PACS

 

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

DESCRIPCIÓN

SEÑALE PLAZO DE ENTREGA

INFORME DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO

_____________ HORAS

INFORME DE RADIOGRAFIA URGENTE

_____________ HORAS

  • El plazo de entrega se medirá desde el tiempo cero

  • Tiempo cero: Corresponde al momento en que están todos los antecedentes necesarios (imágenes y/o antecedentes adicionales) para la realización del informe radiológico.

INTEGRACION AL SISTEMA RIS-PACS

DESCRIPCION

SEÑALE PLAZO

EL OFERENTE SE COMPROMETE A CUMPLIR CON LA INTEGRACIÓN AL SISTEMA RIS-PACS DEL HBSJO EN EL PLAZO AQUÍ INDICADO

___________DIAS CORRIDOS

  • El plazo se considera desde la fecha de adjudicación en el portal

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

FORMULARIO Nº 6

FORMULARIO INSTALACION EQUIPAMIENTO PROVEEDORES

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

 

 

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

CASO DE FALLA CONTACTO SOPORTE

1

NOMBRE

2

TELEFONO

3

CORREO

4

HORARIO ATENCION

REFERENTE CONTRATO

1

N° LICITACION

2

N° ORDEN DE COMPRA

3

FECHA CADUCIDAD CONTRATO

4

MODALIDAD EQUIPO INSTALADO (COMODATO, PRESTAMO, ETC.)

5

TIPO SOPORTE ENTREGADO EN CASO FALLA

6

MANTENCIONES PREVENTIVAS INCLUIDAS

REFERENTE EQUIPOS POR CADA EQUIPO INSTALADO INCLUYENDO SERVIDOR

1

SISTEMA OPERATIVO

2

SOFTWARE OFIMATICA INSTALADA

3

SOFTWARE ADICIONAL INSTALADO

4

ANTIVIRUS

5

CLAVE CUENTA ADMINISTRADOR

6

NOMBRE DEL EQUIPO

7

MARCA

8

MODELO

9

N° SERIE

10

MAC

11

IP

12

N° INVENTARIO (SI POSEE)

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

FORMULARIO N.º 7

DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA)

           

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

 

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El Proponente que suscribe declara:

(• Si se trata de Persona jurídica)

Declaro que mi empresa posee como política interna la aplicación de Programas de integridad basados en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra, políticas que son conocidas y aplicadas por todos los trabajadores. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)

(• Si se trata de Persona Natural)

Declaro que conozco y cumplo con lo señalado en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)

SI SE TRATA DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP), ESTA DECLARACION JURADA DEBERA SER SUSCRITA Y ENTREGADA DE FORMA INDIVIDUAL POR CADA INTEGRANTE DE LA UTP.

De no ser presentadas las declaraciones juradas, o se presentan sin firma, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 (cero) punto en este criterio.

Se debe adjuntar el Programa de Integridad y ética empresarial, de lo contrario, este criterio será evaluado con 0 (cero) punto.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

FORMULARIO N.º 8

DECLARACION JURADA SIMPLE (Artículos 4º y 35 quáter Ley 19.886)

           

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

 

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Yo, ____________________, RUT ___________, en representación de __________, RUT _______________ (sólo en caso de ser persona jurídica) declaro no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la firma del presente contrato. De acuerdo a lo estipulado en artículo 4 inciso primero ley 19.886.

Además, declaro cumplir con lo establecido en artículo 35 quáter, Ley 19.886, que establece que ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Esta prohibición debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación; igualmente la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.

Igualmente, declaro no estar afecto a alguna de las inhabilidades previstas en el Articulo 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973 y 33 de la ley N°21.595.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

FORMULARIO N.º 9

DECLARACION JURADA SIMPLE LEY Nº 20.393 QUE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO

“CONVENIO INFORMES DE RADIOGRAFIA PROGRAMADO Y URGENTE DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO”

ID: 1063538-85-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Declaro que la empresa ____________________________________ no se encuentra inhabilitada con alguna condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por la aplicación de los delitos de la Ley Nº 20.393, que afecte de manera alguna su calidad de oferente en el proceso licitatorio, dando pleno cumplimiento además a lo estipulado en la Ley N.º 19.886 sobre requisitos para contratar con la Administración del Estado.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.