Licitación ID: 1065268-5-LE26
SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU BIOBIO
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Productos o servicios
1
Receptores GPS 1 Unidad
Cod: 52161518
SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU DEL SERVICIO DE SALUD BIOBÍO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU BIOBIO
Estado:
Cerrada
Descripción:
Las presentes bases administrativas y técnicas tienen por objeto establecer las disposiciones que regirán la presente licitación pública para el “CONVENIO SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS DE SAMU BIOBÍO”, por el periodo de 24 meses, según Solicitud de Adquisición emitida por el Depto. de Atención Prehospitalaria (SAMU Biobío) del Servicio de Salud Biobío
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CENTRO DE ESPECIALIDAD DE ATENCIÓN PREHOSPITALARIA
R.U.T.:
61.999.260-1
Dirección:
AVDA RICARDO VICUÑA 147 EDIFICIO 7 , 4° PISO
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-07-2026 16:23:00
Fecha de Publicación: 02-07-2026 17:25:00
Fecha inicio de preguntas: 02-07-2026 19:50:00
Fecha final de preguntas: 08-07-2026 19:50:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-07-2026 19:50:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-07-2026 16:24:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-07-2026 16:24:00
Fecha de Adjudicación: 14-08-2026 16:24:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 30 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Formulario Nº1,2,3,4 Y 5: Identificación del Oferente.
Documentos Técnicos
1.- • Formulario N°6: “Experiencia en prestación de servicios de GPS para vehículos”.
 
2.- Formulario N°6-B: Oferta Técnica.
 
3.- Formulario N°6-C: Plazo Inicio de los servicios- Plazo de respuesta ante fallas.
 
4.- Formulario N°7: Oferta Económica.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes LO INIDCADO EN EL PUNTO 16.2.2. DE LAS BASES DE LICITACION 10%
2 PLAZO DE RESPUESTA ANTE FALLAS DEL SERVICIO LO INIDCADO EN EL PUNTO 16.2.3. DE LAS BASES DE LICITACION 18%
3 FOMENTO AL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL LO INIDCADO EN EL PUNTO 16.2.5. DE LAS BASES DE LICITACION 4%
4 PROVEEDOR CUENTA CON PORGRAMA DE INTEGRIDAD LO INIDCADO EN EL PUNTO 16.2.6. DE LAS BASES DE LICITACION 3%
5 OFERTA ECONÓMICA LO INIDCADO EN EL PUNTO 16.2.1. DE LAS BASES DE LICITACION 60%
6 INCLUSIÓN LO INIDCADO EN EL PUNTO 16.2.4. DE LAS BASES DE LICITACION 3%
7 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMAL DE LA OFERTA LO INIDCADO EN EL PUNTO 16.2.7. DE LAS BASES DE LICITACION 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: presupeusto SAMU
Contrato con Renovación: NO
Observaciones .
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carolina Lemus
e-mail de responsable de pago: carolina.lemus@ssbiobio.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Centro de Especialidad Atención Prehospitalaria SAMU Biobío, RUT: 61.999.260-1.
Fecha de vencimiento: 31-10-2028
Monto: 5 %
Descripción: La Garantía debe ser entregada físicamente dentro de un sobre sellado y con caratulado que indique que corresponde, dependiendo del convenio adjudicado: • “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU DEL SERVICIO DE SALUD BIOBÍO ID 1065268-XXLE26”. En caso de garantía en formato digital, opcionalmente puede ser entregada mediante correo electrónico yeny.urra@ssbiobio.cl a menos que sea presentada en papel a través de Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío. Nota: “La no entrega en estas condiciones, podrá provocar la no subscripción del contrato, teniendo la opción de salvar el error dentro de 72 horas, y si esto no ocurriera, se podrá proceder a Readjudicar la Licitación Pública o Declararla Desierta”.
Glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU DEL SERVICIO DE SALUD BIOBÍO ID 1065268-XXLE26”.
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de la devolución, será realizada por el Servicio de Salud Biobío, dentro de 90 días corridos contados desde la fecha de término normal del contrato, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones de parte del contratista a satisfacción del Servicio de Salud Biobío, por medio de carta certificada, a la dirección indicada en el Formulario N°1 Identificación del oferente. En caso de garantía electrónica la devolución se realizará de la forma indicada anteriormente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Centro de Especialidad Atención Prehospitalaria SAMU Biobío, RUT: 61.999.260-1.
Fecha de vencimiento: 30-10-2028
Monto: 5 %
Descripción: La Garantía debe ser entregada físicamente dentro de un sobre sellado y con caratulado que indique que corresponde, dependiendo del convenio adjudicado: • “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU DEL SERVICIO DE SALUD BIOBÍO ID 1065268-XXLE26”. En caso de garantía en formato digital, opcionalmente puede ser entregada mediante correo electrónico yeny.urra@ssbiobio.cl a menos que sea presentada en papel a través de Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío. Nota: “La no entrega en estas condiciones, podrá provocar la no subscripción del contrato, teniendo la opción de salvar el error dentro de 72 horas, y si esto no ocurriera, se podrá proceder a Readjudicar la Licitación Pública o Declararla Desierta”.
Glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU DEL SERVICIO DE SALUD BIOBÍO ID 1065268-XXLE26”.
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de la devolución, será realizada por el Servicio de Salud Biobío, dentro de 90 días corridos contados desde la fecha de término normal del contrato, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones de parte del contratista a satisfacción del Servicio de Salud Biobío, por medio de carta certificada, a la dirección indicada en el Formulario N°1 Identificación del oferente. En caso de garantía electrónica la devolución se realizará de la forma indicada anteriormente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Fidelidad a las bases
A) BASES ADMINISTRATIVAS 1. OBJETIVO Las presentes bases administrativas y técnicas tienen por objeto establecer las disposiciones que regirán la presente licitación pública para el “CONVENIO SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS DE SAMU BIOBÍO”, por el periodo de 24 meses, según Solicitud de Adquisición emitida por el Depto. de Atención Prehospitalaria (SAMU Biobío) del Servicio de Salud Biobío. 2. FINANCIAMIENTO Los servicios a contratar consideran un Presupuesto Total Referencial de $9.504.000 (Nueve millones quinientos cuatro mil pesos), por el periodo de 24 meses, con cargo al ítem presupuestario 22 ítem 08.999 y los demás que correspondan del Clasificador Presupuestario del Servicio de Salud Biobío. REQUERIMIENTO PERIODO VIGENCIA PRESUPUESTO REFERENCIAL “CONVENIO DE SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS DE SAMU BIOBÍO”. 24 MESES $9.504.000 Sin perjuicio de lo anterior, SAMU Biobío, cuenta con un presupuesto disponible para el año 2026 equivalente a $2.376.000.- (dos millones trescientos setenta y seis mil pesos), los cuales podrán ser aumentados o disminuidos en virtud de la disponibilidad de presupuesto, lo cual será ratificado mediante el correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria. 3. DEFINICIONES Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos: Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo en que deberá presentar su oferta el proveedor. Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos. Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y Circulares emitidos por la autoridad pública. Fuerza mayor o Caso fortuito: de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45 del código Civil. Servicio de Salud o SSBB: Servicio de Salud Biobío. Oferente o Proponente: Persona Natural o Jurídica, chilena o Extranjera, Unión temporal de Proveedores, que puedan proporcionar los bienes indicados en esta licitación. Proveedor o Contratista: Aquel cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato. Bases: Bases Administrativas, técnicas y Anexos. Contrato: contrato suministro entre el proveedor adjudicado y el SS.BB. Orden Compra: Orden de Ejecución de los Servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopublico.cl. Unión Temporal de Proveedores: Según lo señala el artículo 180 del reglamento de la ley 19.886, define lo siguiente; esta podrá estar integrada por una o mas empresas de menor tamaño; Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la entidad exige la inscripción en el registro de proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 661 emitido por el Ministerio de Hacienda, Reglamento de la ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 4. DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN ITEM DETALLE Etapas: Una (Apertura de Oferta Técnica y Económica en un solo acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Requisitos para ofertar: Pueden participar cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que cumplan con los requisitos de la presente licitación y se encuentren hábiles en el registro Chile proveedores. Requisitos para contratar: Pueden Contratar con el Servicio de Salud Biobío cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que cumplan con los requisitos de la presente licitación y que no le afecte alguna de las siguientes inhabilidades: - De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley N° 19.886, el Servicio de Salud Biobío no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios "directivos" del establecimiento, ni con personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedicha. - Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales a los trabajadores dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta. - Haber sido condenados por delitos concursables establecidos en el artículo 463 del Código Penal conforme a lo dispuesto en la Ley N°20.720, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta. - Las personas Jurídicas condenadas por los delitos regulados en la Ley N°20.393. - Cualquier otra persona natural o jurídica que se encuentre inhabilitada para contratar con el estado, según lo definido en el capítulo VII de la Ley de compras públicas. Para Contratar al proveedor debe encontrase en Estado Hábil en www.chileproveedores.cl. Computo de los plazos para proceso licitatorio: Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles (administrativos). En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. Idioma: Español. Moneda: Pesos Chilenos. Comunicación con SAMU Biobío Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Soporte de documentos: Soporte digital. Excepcionalmente se podrá utilizar soporte en papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la ley de compras y su reglamento. Visibilidad de las ofertas técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada. 5. GASTOS Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Servicio de Salud Biobío. 6. DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN Está Licitación se rige por lo previsto en la ley 19.886, de bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, en Adelante "Ley de Compras" y sus modificaciones, Decreto N° 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley de Compras y contrataciones públicas, en adelante "el Reglamento" y sus modificaciones, la Ley N° 20.730 que regula el Lobby, el DFL 1-19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración de Estado, Directrices de Chile compra y los documentos que a continuación se indica, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de precedencia. a) Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Servicio de Salud Biobío, b) Respuestas a las preguntas de los oferentes, c) La oferta del proveedor, d) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el Servicio de Salud Biobío a través de la Resolución Exenta, e) Bases Administrativas, Técnicas y Formularios de la licitación, f) Contrato, g) Resolución que aprueba el contrato. 7. ETAPAS Y PLAZOS ACTIVIDAD PLAZO Visita a terreno Se realizará una visita a terreno, La cual es de carácter opcional, el 3er día hábil contado desde la fecha de publicación. Se solicita informar asistencia a la visita al correo yeny.urra@ssbiobio.cl Dejase establecido que se indicará la hora de inicio vía correo electrónico y no se aceptaran visitas posteriores a la hora de inicio informada. Fecha Inicio de Preguntas Mismo día de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl. Final de Preguntas Hasta el día 6 contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público. Publicación de Respuestas Hasta el día 7 contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público. Garantía de seriedad de la oferta. No se exige por ser una licitación de monto menor a 2.000 UTM. Cierre de recepción de ofertas. Hasta el día 10 contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público. Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas El día 10 contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público, después del cierre de recepción de ofertas. Fecha de Evaluación Para la evaluación y adjudicación de la propuesta, el comité técnico, emitirá un informe de evaluación dentro de los 25 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas. Fecha de Adjudicación Hasta el día 30 contado desde la fecha de publicación del llamado a la licitación en el portal. En el caso que la adjudicación no se realice dentro de este plazo, se informará a través del portal las razones de ello y el nuevo plazo de adjudicación, de acuerdo y conforme a los motivos señalados en el punto 18.2 de las bases administrativas. Entrega de garantía de fiel cumplimiento de contrato: Hasta el día 10 contado desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público. La garantía en formato físico, debe ser entregada en oficina de partes del Servicio de Salud Biobío ubicada en AV. RICARDO VICUÑA 147, EDIFICIO ESTACIONAMIENTO, 4TO PISO, LOS ANGELES. La garantía en formato digital podrá ser entregada además mediante correo electrónico a yeny.urra@ssbiobio.cl. Fecha de firma de contrato. Solo si se indicare en las bases; Dentro de los 20 días hábiles posteriores desde la notificación de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. 8. REQUISITOS Y PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 2.1 REQUISITOS TÉCNICOS. Las bases y especificaciones técnicas se detallan en la sección B) de las presentes bases. 2.2 DOCUMENTOS SOLICITADOS Todo oferente debe adjuntar a su oferta los siguientes documentos: • En Formularios Administrativos: a) Formulario Nº1: Identificación del Oferente. b) Formulario Nº2: Declaración Jurada Simple de Aceptación de Condiciones. c) Formulario Nº3: Listado de Inclusión. d) Formulario Nº4: Programa de integridad. e) Formulario N°5: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP): cada uno de los integrantes de la UTP deberá completar y firmar debidamente esta declaración, la que deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, o éste no se encuentra debidamente completado y firmado, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. Considerar: Solo en caso de que la oferta sea presentada por unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente el formulario N°5, en caso contrario, este formulario no podrá ser solicitado vía foro inverso aclaración de ofertas y esta será declarada inadmisible. En el caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) esta, deberá adjuntar la Declaración Jurada Habilidad para Contratar, Disponible en la ID Licitación del Portal www.mercadopublico.cl, por cada uno de los integrantes de la unión. Dichos Acuerdos deberán contener como mínimo lo siguiente: • La Duración de la Unión temporal proveedores, la cual deberá tener una vigencia mínima de 60 días posteriores al término normal del contrato. • La Solidaridad entre las partes respecto de las obligaciones que se generen con la entidad. (Se debe establecer las obligaciones generales). • Nombrar al representante o apoderado en común de la Unión Temporal, con los poderes otorgados. • La Modalidad de facturación. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Sin prejuicios de lo anterior y según lo establecido en el párrafo N°2 del capítulo XIII, del decreto N°661, para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, las uniones temporales de proveedores se deberán formalizar mediante escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad, además de cumplir con el resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables. Nota: La No presentación del Acuerdo de Unión temporal de proveedores y con los contenidos mínimos señalados, es motivo de rechazo de su oferta en la apertura electrónica de la licitación. Considerar: solo en el caso que el oferente cuente con trabajadores con inclusión deberán presentar obligatoriamente el formulario con la información que respalde o acredite, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración. f) Declaración Jurada Requisitos para Ofertar. (Disponible en la Licitación del Portal www.mercadopublico.cl) La información ingresada por el oferente en la Declaración Jurada Requisitos para ofertar (Disponible en la Licitación respectiva en Portal Mercado Público), deberá ser veraz, completa y actualizada, pudiendo ser verificable por el Servicio de Salud Biobío en caso de existir dudas al respecto a través de las plataformas del Registro Civil u otra atingente. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multas de seis a diez UTM”, provocando igualmente la inadmisibilidad de la oferta recibida y el levantamiento de las acciones legales y civiles que el Servicio de Salud Biobío estime pertinentes en razón a lo antes descrito. Importante: Los formularios administrativos podrán ser solicitados, cuando corresponda, a través del foro inverso de la plataforma de mercado público como una “Aclaración a la Oferta”. Si ocurriese este caso, se verá afectado el puntaje del oferente en cuestión según lo indicado en el punto N° 11 “Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes” y el Criterio de Evaluación “Cumplimiento requisitos formales de la oferta”, de las presentes bases administrativas. • En Formularios Técnicos: • Formulario N°6-A: “Experiencia en prestación de servicios de GPS para vehículos”. Se deberá acreditar experiencia en prestación de servicios de GPS para vehículos realizados a instituciones públicas o privadas, realizados a partir del 01 de enero de 2020 hasta la fecha de publicación de la presente licitación. En la evaluación se considerará solo hasta un máximo de 5 trabajos similares. En el caso que el oferente indique más de 5 trabajos similares, solo se evaluarán los 5 primeros del listado. Se otorgará puntaje según tabla por cada trabajo similar, con un máximo de 5 trabajos afines. Por cada trabajo similar señalado en este formulario, el oferente deberá acompañar documentos que acrediten la efectividad del trabajo realizado y que cumple con la condición de similar, como por ejemplo copias de contratos firmados por ambas partes, Resoluciones aprobatorias de adjudicación o contrato, órdenes de compra emitidas por el portal mercado público que estén en calidad de Recepción Conforme, facturas electrónicas siempre que cuenten con el visto bueno (firma y timbre) por parte del mandante o certificados emitidos por el mandante. Los trabajos respecto de los cuales no se acompañen estos documentos o datos, no serán considerados para la evaluación. • Documentos obligatorios (En caso de no adjuntar dichos documentos su oferta será rechazada): • Adjuntar Ficha Técnica de GPS que serán instalados en las ambulancias, los cuales deberán contener las especificaciones mínimas señaladas en estas bases. • Documentos que señalen las características y funciones de los programas. • Formulario N°6-B: Oferta Técnica. • Formulario N°6-C: Plazo Inicio de los servicios- Plazo de respuesta ante fallas. Importante: Los formulario y documentos solicitados como “Formularios y Documentos Técnicos”, salvo el Formulario N°6, tienen el carácter de obligatorio, por lo que, no adjuntar dichos formularios y documentos, o bien, sin todos los datos y valores solicitados, es motivo de rechazo en la apertura electrónica. • En Formularios Económico: a) Formulario N°7: Oferta Económica. El oferente deberá cumplir íntegramente con lo exigido en las bases, al ofertar deberá hacerlo en pesos chilenos, los cuales deberán incluir todos los costos asociados para poder dar inicio a la prestación de servicio. Considerándose todo lo necesario para dar integro y oportuno cumplimiento a las obligaciones que se adquieran. Importante: El formulario N°7 tiene el carácter de obligatorio, por lo que, no adjunta dicho formulario, o bien, sin todos los datos y valores solicitados, es motivo de rechazo en la apertura electrónica. 9. PRESENTACION DE LA OFERTA Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, establecido en el cronograma de actividades. La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 9.1, 9.2 y 9.3. Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en las bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word y Excel en el portal. En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación, implica que el respectivo proponente ha analizado las bases administrativas, técnicas y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y manifiesta su conformidad y aceptación, sin ningún tipo de reserva, ni condiciones a toda la documentación referida. Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de cierre de presentación de las propuestas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SSBB solicitará a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga respectiva, en la cual, si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta será declarada inadmisible. 9.1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS. El oferente u proponente postulante deberá adjuntar o anexar los siguientes formularios al momento de ofertar hasta antes del cierre de la licitación: N° DESCRIPCIÓN SEGÚN FORMATO 1 Identificación del oferente Formulario N° 1 2 Declaración Jurada Aceptación Condiciones Formulario N° 2 3 Listado de inclusión Formulario N° 3 4 Programa de Integridad Formulario N° 4 5 Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)* Formulario N° 5 6 Declaración Jurada Requisitos para Ofertar. Disponible en la ID Licitación del Portal www.mercadopublico.cl En el caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) esta, deberá adjuntar la Declaración Jurada Sin Conflicto de Interés y Declaración Jurada Sin Deudas Previsionales, por cada uno de los integrantes de la unión. Observación N° 1: El no adjuntar a su oferta el Formulario N° 3 “Listado de inclusión”, cuando corresponda o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado provocará el asignarle “0” puntos en el criterio de inclusión. Además, Las personas que no sean incluidas en el Formulario N°3 “Listado inclusión”, no serán consideradas para la evaluación de este criterio. Sin perjuicio de lo anterior, el servicio de Salud Biobío podrá solicitar a través del foro inverso, el formulario N° 3 “listado de inclusión”, solo en el caso de que el oferente hubiese incluido los antecedentes que respaldan este criterio. 9.2. OFERTA TÉCNICA. N° DESCRIPCIÓN SEGÚN FORMATO 1 Experiencia en el rubro Formulario N° 6-A El No adjuntar a su oferta el Formulario N°6-A “Experiencia en el rubro.” o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado, facultara al Servicio de Salud Biobío a declarar las ofertas “inadmisibles” 9.3. OFERTA ECONÓMICA. El Oferente u Proponente postulante deberá adjuntar o anexar el Formulario N°7, al momento de ofertar hasta antes del cierre de la licitación, donde señalará el valor de cada ítem requerido en el formulario N°7 El valor ofertado deberá incluir todos los costos operativos, logísticos y administrativos para garantizar la correcta ejecución de los servicios y disponer todas las acciones necesarias para garantizar su continuidad operativa. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida. • Dejase establecido que es requisito excluyente ofertar por todos y cada uno de los ítems del formulario N°7; El no adjuntar en su oferta presentada el Formulario N° 7” OFERTA ECONÓMICA, o bien éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado, es motivo de rechazo de su oferta en la apertura electrónica de la licitación. 9.4. VIGENCIA DE LAS OFERTAS. La vigencia de la oferta será de a lo menos sesenta (60) días contados desde la fecha de Apertura Electrónica de la Propuesta. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SS.BB. solicitará a los Proponentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga respectiva. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha Oferta será declarada inadmisible. 10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES SAMU Biobío, podrá además permitir la presentación de certificaciones o antecedentes de carácter administrativo que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, el SAMU Biobío realizara una aclaración de ofertas a través del Foro Inverso de la Licitación en el portal www.mercaodpublico.cl, solicitando los antecedentes omitidos concediendo un plazo fatal de 48 hrs., después de publicada la aclaración, para que suba los antecedentes. Si al concluir ese plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta presentada será evaluada con el menor puntaje en el “Criterio Comportamiento Requisitos formales de la Oferta”, los que serán exigidos una vez adjudicado, para la firma del contrato respectivo. 11. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Dada la naturaleza del presente proceso concursal, no se solicitará Garantía de Seriedad de la oferta. 11.1 PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. No aplica el procedimiento para el cobro de la garantía de seriedad de la oferta por no exigirse dicho instrumento en esta licitación. 12. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS El Medio para acreditar que los proveedores postulantes a la licitación NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar, disponible en la ID de la presente Licitación en Portal mercado público, siempre y cuando dicha información no se encuentre subida en el registro oficial de proveedores del estado www.chileproveedores.cl. 12.1 FORMA DE PAGO EN CASO DE SER ADJUDICADO EL PROVEEDOR Y REGISTRAR SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. Inicio del contrato: En caso de que el proveedor que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio de Salud Biobío deberá exigir que el proveedor contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. En el desarrollo del contrato: Una vez detectado el incumplimiento se podrá, de forma excepcional y por única vez, proceder a autorizar el pago de los servicios ejecutados, con la condición de que el proveedor acredite que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas en el siguiente estado de pago. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor contratado dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación. 13. ACLARACIÓN DE OFERTAS Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SAMU Biobío podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora o comité de evaluación, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 48 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso. 14. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS El SAMU Biobío declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, (Requisitos Administrativos, Técnicos y/o Económicos) ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación. Se considerarán siempre inadmisibles: • Las ofertas extemporáneas, es decir, aquellas presentadas fuera de plazo. • Las ofertas que no hubieren adjuntado los formularios N°6 y/o N°7, o bien, este se haya presentado incompleto sin valores o datos para todos los ítems. • Las ofertas que superen el tiempo máximo de respuesta (3 horas corridas desde que SAMU haga la solicitud) ante un requerimiento de carácter urgente solicitado por SAMU Biobío. • Las ofertas que no hubieran dado cumplimiento a las exigencias y requisitos técnicos que establecen las bases. • Las ofertas, que no adjunten el Formulario N°5 “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)”, cuando corresponda o bien éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado o que no cumplan con las condiciones definidas en el Art. N° 180 del reglamento de la ley de compras y contrataciones públicas • Ofertas consideradas como riesgosas, pues el precio ofertado es muy inferior al valor de mercado, según los valores indicados en la columna VALOR NETO Provisión de Materiales (A) del formulario N°7. • Cuando el oferente, ya sea persona natural o jurídica, chilena o extranjera, registra alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley N°19.886, cuando se encuentren afectados por la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. • Las ofertas, que modifiquen la estructura de los formularios administrativos, técnicos o económicos o que utilicen formatos distintos a los que se encuentran adjuntos a la presente licitación. • Las ofertas, que presenten documentos ilegibles y/o archivos vacíos, con errores, incompletos, dañados, entre otros, que no permitan la correcta evaluación de su contenido y estos sean de carácter técnico o económico. • Cuando Samu Biobío verifique, a través de las plataformas dispuestas por el Registro Civil u otras atingentes, que la información ingresada por oferente en la “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar” no es verás parcial o totalmente, sin perjuicio del levantamiento de las acciones legales y civiles que el este servicio estime pertinentes en razón a lo antes descrito. • Cuando el proveedor admisible presente la oferta más conveniente, pierda su estado de habilidad en el registro de proveedores, La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chilecompra. 15. MODIFICACIÓN DE LAS BASES. El Samu Biobío podrá modificar los documentos de la Propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de Preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través de la resolución modificatoria de bases. Sin perjuicio de lo anterior, una vez adjudicada la presente licitación, el Samu Biobío, podrá realizar modificaciones o adecuaciones de carácter administrativos a las bases de licitación, siempre y cuando estas modificaciones no generen un beneficio o condición ventajosa para el proveedor adjudicado 16. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 16.1 COMITÉ TÉCNICO Por tratarse de una Licitación pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM, no se requiere designar una comisión de evaluación a través de Resolución fundada, por lo que la evaluación de las ofertas será realizada por un Comité Técnico, formando parte del mismo los siguientes funcionarios: • Jefe de intervención del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU Biobío o quien lo reemplace. • Jefe de Unidad Administrativa del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU Biobío o quien lo reemplace. • Encargado de Servicios Generales y Movilización del Dpto. Atención Prehospitalaria del Servicio de Salud Biobío o quien la reemplace. Téngase presente que el quórum para sesionar y evaluar en dicho Comité Técnico será de la totalidad de sus miembros (3 integrantes) 16.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Los siguientes serán los criterios que se evaluarán en las ofertas que se presenten en la licitación: Nº CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 16.2.1. OFERTA ECONÓMICA 60% 16.2.2. EXPERIENCIA 10% 16.2.3. PLAZO DE RESPUESTA ANTE FALLA DEL SERVICIO 18% 16.2.4. INCLUSIÓN 3% 16.2.5 FOMENTO AL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL 4% 16.2.6 PROVEEDOR CUENTA CON PORGRAMA DE INTEGRIDAD 3% 16.2.7 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMAL DE LA OFERTA 2% 16.2.8 CRITERIOS DE COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Este criterio resta puntaje a aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual PUNTAJE FINAL 100% 16.2.1 CRITERIO: OFERTA ECONÓMICA (60%) Las ofertas recibidas en esta licitación serán evaluadas de acuerdo a los valores señalados en el formulario económico. En dicho monto se debe considerar el costo de la instalación, mantención de los dispositivos y equipos y el retiro de los dispositivos una vez concluido el convenio. Con los datos de dicho formulario, se utilizará la siguiente tabla de evaluación y puntaje: FUNDAMENTO PUNTAJE La oferta con el menor valor total IVA incluido por los servicios de GPS para las ambulancias SAMU. 100 La segunda oferta con el menor valor total IVA incluido por los servicios de GPS para las ambulancias SAMU. 80 La tercera oferta con el menor valor total IVA incluido por los servicios de GPS para las ambulancias SAMU. 70 La cuarta oferta con el menor valor total IVA incluido por los servicios de GPS para las ambulancias SAMU. 60 Las demás ofertas siguiente. 50 No adjunta el formulario N°10 Descartado del Proceso Licitatorio • En el caso de que dos o más proponentes oferten el mismo Valor Total IVA incluido por los servicios de GPS para las ambulancias SAMU en su formulario, serán evaluados con el mismo puntaje, considerándose las ofertas en el mismo lugar dentro del ranking de este subcriterio de evaluación. Una vez obtenido el puntaje para cada oferta, se multiplicará cada uno por una ponderación de 60% arrojando el puntaje obtenido en este criterio. 16.2.2 CRITERIO: EXPERIENCIA (10%) Para este criterio de evaluación se utilizará la siguiente tabla con la información señalada en el formulario N°6-A y los documentos respaldantes que acrediten experiencia: Escala de Experiencia en Trabajos Similares Puntaje Posee 5 contratos por servicios de GPS para vehículos con instituciones públicas o empresas privadas, debidamente acreditados y acorde a lo señalado en las Bases. 100 Posee 3-4 contratos por servicios de GPS para vehículos con instituciones públicas o empresas privadas, debidamente acreditados y acorde a lo señalado en las Bases. 80 Posee 1-2 contratos por servicios de GPS para vehículos con instituciones públicas o empresas privadas, debidamente acreditados y acorde a lo señalado en las Bases. 60 No posee contratos por servicios de GPS para vehículos con instituciones públicas o empresas privadas, debidamente acreditados y acorde a lo señalado en las Bases, o no adjunta el Formulario N°6-A 0 • Una vez obtenido el puntaje para cada oferta, se multiplicará cada uno por una ponderación de 10% arrojando el puntaje obtenido en este criterio. 16.2.3 CRITERIO: PLAZO DE RESPUESTA ANTE FALLA DEL SERVICIO (18 %) En este criterio se divide en dos (2) subcriterios: 16.2.3.1 SUBCRITERIO: PLAZO DE RESPUESTA ANTE FALLA DE LA PLATAFORMA (30%) Este subcriterio se refiere al plazo máximo que la empresa ofrece para dar solución a caídas de sistema de la plataforma u otras que impidan el normal funcionamiento de esta. Dicho plazo no puede ser superior a 2 horas corridas. El plazo para dar solución se contará desde el instante mismo en que se le es notificado al proveedor adjudicado mediante correo electrónico. Las ofertas serán evaluadas a través de la siguiente tabla para asignar puntaje: FUNDAMENTO PUNTAJE Ofertas con plazo máximo de 1 hora corrida. 100 Ofertas con plazo superior a 1 horas corridas, pero no mayores a 2 horas corridas. 40 Ofertas con plazo superior a 2 horas corridas o no informa. Descartado del Proceso Licitatorio. • Una vez obtenido el puntaje para cada oferta, se multiplicará cada uno por una ponderación de 10% arrojando el puntaje obtenido en este subcriterio. 16.2.3.2 SUBCRITERIO: PLAZO DE RESPUESTA ANTE REPARACIONES DE EQUIPOS Y/O DISPOSITIVOS EN TERRENO (70%) Este subcriterio se refiere al plazo máximo que la empresa ofrece para dar solución a reparaciones o cambios de equipos y/o dispositivos en terreno (en dependencias de SAMU Biobío), o según se acuerde con el Encargado de Servicios Generales y Movilización SAMU o quien le subrogue. Dicho plazo no puede ser superior a 48 horas hábiles. El plazo para dar solución se contará desde el instante mismo en que se le es notificado al proveedor adjudicado mediante correo electrónico. Las ofertas serán evaluadas a través de la siguiente tabla para asignar puntaje: FUNDAMENTO PUNTAJE Ofertas con plazo máximo de 24 horas hábiles. 100 Ofertas con plazo superior a 24 horas hábiles, pero no mayores a 48 horas hábiles. 40 Ofertas con plazo superior a 48 horas hábiles o no informa. Descartado del Proceso Licitatorio. • Una vez obtenido el puntaje para cada oferta, se multiplicará cada uno por la ponderación correspondiente, arrojando el puntaje obtenido en cada subcriterio. Para la obtención del puntaje total del criterio plazo de respuesta ante falla del servicio, se sumarán los dos puntajes ponderados de los subcriterios antes indicados, para luego obtenido el resultado, multiplicarlo por la ponderación de 30%, obteniendo el puntaje total del criterio de evaluación en cuestión. 16.2.4 CRITERIO: INCLUSIÓN (3%) Criterios de evaluación inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, indígenas (minoría étnica): 16.2.4.1 SUBCRITERIO: Personas con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (Intelectual o Psíquica) (60 %). FUNDAMENTO PUNTAJE Acredita a dos o más personas con discapacidad. 100 Acredita a una persona con discapacidad. 50 No acredita 0 A. Para acreditar a trabajadores con algún tipo de discapacidad se deberán adjuntar los siguientes documentos: • Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por el COMPIN. • Contrato de trabajo vigente que lo vincula con la empresa. B. Para el caso en que el discapacitado sea el Oferente y/o el Dueño de la empresa, solo deberá ser acreditado con alguno de los siguientes documentos: • Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por el COMPIN. Todo lo mencionado en los párrafos anteriores deberá anexarlos a su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. 16.2.4.2 SUBCRITERIO: PUEBLOS ORIGINARIOS (40%). FUNDAMENTO PUNTAJE Acredita a dos o más personas con Nacionalidad chilena y pertenecen a Culturas Indígenas reconocidas por Ley. 100 Acredita a una persona con Nacionalidad chilena y pertenecen a Culturas Indígenas reconocidas por Ley. 50 No acredita. 0 A. Para acreditar a trabajadores chilenos pertenecientes a alguna cultura indígena reconocida por Ley, el oferente deberá adjuntar a su oferta los siguientes documentos: • Certificado de Calidad Indígena emitido por CONADI. • Contrato de trabajo vigente que lo vincula con la empresa. B. Para el caso que el Oferente y/o el Dueño de la empresa, su origen étnico de Culturas indígenas reconocidas por ley, solo deberá ser acreditado con el: • Certificado de Calidad Indígena emitido por CONADI. Todo lo mencionado en los párrafos anteriores deberá anexarlos a su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. • Una vez obtenido el puntaje para cada oferta, se multiplicará cada uno por la ponderación correspondiente, arrojando el puntaje obtenido en cada subcriterio. Para la obtención del puntaje total del criterio inclusión, se sumarán los dos puntajes ponderados de los subcriterios antes indicados, para luego obtenido el resultado, multiplicarlo por la ponderación de 3%, obteniendo el puntaje total del criterio de evaluación en cuestión. 16.2.5 CRITERIO: FOMENTO AL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL (4%) Para la asignación del puntaje en este criterio, el comité evaluador verificará el domicilio comercial del oferente en su Ficha Electrónica de Chileproveedores, la cual debe encontrarse en estado 'Hábil' al momento de la evaluación de las ofertas. En caso de que dicha información no se encuentre actualizada en el registro oficial, el oferente deberá adjuntar obligatoriamente en su oferta administrativa su Carpeta Tributaria Electrónica del SII (vigente) o el Certificado de Apertura de Sucursales emitido por el Servicio de Impuestos Internos, donde conste que la dirección comercial o sucursal se encuentra registrada y autorizada ante el SII con anterioridad a la fecha de publicación de esta licitación. No se aceptarán declaraciones juradas simples ni contratos de arriendo privados como medio de acreditación técnica del domicilio. Las ofertas serán evaluadas a través de la siguiente tabla para asignar puntaje: FUNDAMENTO PUNTAJE El oferente posee Casa Matriz o Sucursal comercial registrada en Chile Proveedores en la Región del Biobío 100 El oferente posee domicilio comercial en otra región: 0 puntos. 0 16.2.6 CRITERIO: PROGRAMA DE INTEGRIDAD (3%) Para valorar este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°4 a su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta. En caso de que no se presente el Formulario N° 4 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.    Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.   De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: FUNDAMENTO PUNTAJE Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.  100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal o no acredita correctamente su existencia 0 puntos En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente. Para la validación del programa de integridad, el oferente deberá completar el Formulario N° 4 Programa de integridad y adjuntar los medios de verificación como actas de entrega o de difusión firmados por el trabajador o en su defecto pantallazos de correos electrónicos utilizados para este fin. Una vez obtenido los puntajes, estos serán multiplicados por 3% de ponderación arrojando el puntaje ponderado obtenido en este criterio. 16.2.7 CRITERIO: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA (2%) FUNDAMENTO PUNTAJE Cumple con todos los Requisitos Formales de la Oferta 100 No Cumple con todos los Requisitos Formales de la Oferta 0 Observación: Cumple subiendo todos los documentos solicitados en las bases, sean estos, Administrativos, Económico y Técnicos. 16.2.8 CRITERIO: COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Este criterio evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los contratos ejecutados por el oferente durante los últimos 5 años previos al cierre de presentación de ofertas. Esta información será obtenida mediante un informe emitido por la Unidad de Abastecimiento considerando los registros formales que se hayan generado en caso de incumplimientos del proveedor y utilizando como respaldo el certificado de Comportamiento Contractual Base disponible en el Registro de Proveedores. Sólo se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado. El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar (en el total del puntaje obtenido) el puntaje indicado en la tabla siguiente por el número de sanciones recibidas: El contrato comenzará su vigencia a contar de la aceptación de la orden de compra correspondiente, de acuerdo a la oferta seleccionada. SANCIÓN DISMINUCIÓN DE PUNTAJE POR SANCIÓN MULTA (POR CADA EVENTO) - 5 PUNTOS COBRO DE GARANTÍA -7 PUNTOS TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO - 10 PUNTOS A modo de ejemplo: Un proveedor ha recibido 3 sanciones de MULTA por parte de la Entidad licitante, el puntaje que recibe en este criterio es: (3 x -5 puntos) = -15 puntos Este último puntaje (a modo de ejemplo: -15 puntos) se restará al puntaje preliminar que haya obtenido el oferente. Se deja expresa constancia que para UTP (uniones temporales de proveedores) este criterio se aplicará para todos los integrantes. 17. RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente escala de precedencia: a) En primer lugar, se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Criterio Oferta Económica, y si se mantiene la igualdad, b) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en Criterio Calidad Técnica, y si se mantiene la igualdad, c) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el Criterio de Inclusión de Personas Discapacitadas, y si se mantiene la igualdad, d) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el Criterio de Inclusión de Pueblos Originarios y si se mantiene la igualdad, e) Por último, si persiste la igualdad en el puntaje final, se procederá a adjudicar al que haya ingresado su oferta primero, según el comprobante de oferta del portal www.mercadopublico.cl. En caso de que la igualdad se mantenga, el SAMU Biobío procederá a Revocar el proceso debido a que no se podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. 18. DE LA ADJUDICACIÓN SAMU Biobío aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en estas bases, mediante acto administrativo en el que se especificaran los criterios de evaluación aplicados. Para la adjudicación, se analizarán los antecedentes técnicos y económicos entregados por las empresas que participen, se emitirá un informe de evaluación y posteriormente se redactará la Resolución de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio. La presente licitación solo se adjudicará a un oferente. 18.1 MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el Art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido serán las siguientes: • No se logró conformar el Comité Técnico dentro de la fecha correspondiente. • Retraso en la firma de la Resolución de Adjudicación, por compromisos del director y sus Subrogantes. • Por ausencia involuntaria del encargado del proceso. • Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos. • Por Reasignación del ítem o del presupuesto referencial asignado. En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “Mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial. 18.2 MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl al correo electrónico: yeny.urra@ssbiobio.cl , después de esta fecha el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas. 18.3 READJUDICACIÓN Si el adjudicatario rechazase la orden de compra válidamente emitida, desistiere de firmar el contrato, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales, no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, se procederá a la Re adjudicación. Además, será motivo de readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos de la Ley N° 19.886 al momento de suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En el caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad, la Unión Temporal de Proveedores deberá informar por escrito, dentro del plazo de 10 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la Unión Temporal de Proveedores debe continuar funcionando con a lo menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la Unión Temporal de Proveedores que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. 19. RESERVA DE LA INSTITUCIÓN El Servicio de Salud Biobío se reserva las siguientes facultades, en conformidad a lo establecido en la Ley N°19.886 y art 61 de la Ley N°19.880: Podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta, podrá Revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación o retrotraer al estado “Cerrada”, los procesos licitatorios cuando estas se encuentren en los siguientes estados: Adjudicada, Desierta con ofertas o Revocada. En todos los casos mencionados el acto en cuestión se formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl. 19.1. DESERCIÓN El Servicio de Salud Biobío declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada. 19.2. REVOCACIÓN Se podrá otorgar el estado de “Revocada” en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “Desierta” pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta adjudicado el procedimiento. 19.3. SUSPENSIÓN Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación. 20. FUERZA MAYOR De acuerdo a lo señalado por el artículo 45 del código civil se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc. No será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de los hechos mencionados en el párrafo anterior. Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de fuerza mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato u orden de compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la otra parte, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, contados desde que haya sido notificada. 21. DEL CONTRATO El adjudicatario de la presente licitación deberá firmar un contrato generado y redactado por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Biobío, dentro 20 días posteriores desde la notificación de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl cuyo formato tipo es parte de las bases. Para lo anterior, el contrato será remitido al adjudicatario y dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del mismo, este deberá ser devuelto firmado al Departamento de Asesoría Jurídica. El Servicio de Salud Biobío, enviará el contrato por correo electrónico al proveedor adjudicado. Si éste está de acuerdo, firmará, con firma electrónica avanzada y devolverá dicho documento en formato PDF, al correo del Profesional del Depto. de Asesoría Jurídica, quien gestionará la suscripción con firma electrónica avanzada del Director del Servicio de Salud Biobío. Que, como alternativa a lo anterior, el Proveedor adjudicado podrá autorizar la firma del contrato, ante Notario Público, en este último caso, todos los Gastos Notariales que surjan de la firma del contrato serán de cargo del proveedor adjudicado, tanto de la firma del Proveedor, como de la firma del Director del Servicio de Salud Biobío. Luego de firmado, el contrato será subido al portal www.mercadopublico.cl. Que, se considerará formar parte de este contrato las Bases Administrativas, Bases Técnicas, formulario y Anexos de esta Licitación. Documentos para contratar: Los documentos necesarios para confeccionar el contrato deberán ser enviados en un plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la Adjudicación de la Licitación, teniendo que estar vigente a la fecha de envió según el siguiente detalle: Para los adjudicatarios que sean persona natural, deberán hacer llegar: • Una copia de su cedula de identidad del adjudicatario. • F30 Certificado Antecedentes Laborales y Previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo (Vigente al momento de la suscripción del contrato). • F30-1 Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Vigente al momento de la suscripción del contrato). • Copia de patente Municipal al día. • Copia de Certificado de afiliación a una Mutualidad. (LEY 16.744) Para los adjudicatarios que sean persona jurídica, deberán Hacer llegar: • Copia del R.U.T del proveedor Adjudicado. • Copia de Run del o los Representantes Legales • Certificado Vigente F30 “Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales”, emitido por la Dirección del trabajo. y estar vigente a la fecha en que se realiza la oferta o bien mantenerlo como documento acreditado vigente en el portal www.chileproveedores.cl. • F30-1 Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Vigente al momento de la suscripción del contrato). • Una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, • Un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante (s), emitidos con una antelación no superior a seis meses. • Copia de patente Municipal al día. • Copia de Certificado de afiliación a una Mutualidad. (LEY 16.744) Los adjudicatarios que sean Unión temporal de Proveedores, deberán acompañar, la misma documentación y encontrarse en estado hábil en chile proveedores cada uno de sus integrantes, para iniciar los Servicios. En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar y enviar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del estado (www.chileproveedores.cl). Además, deberán adjuntar el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, el cual debe contener como mínimo lo siguiente: - Los Integrantes de Unión temporal de proveedores. (Nombre y Rut). - La Duración de la Unión temporal proveedores, la cual deberá tener una vigencia mínima de 60 días posteriores al término normal del contrato. - La Solidaridad entre las partes respecto de las obligaciones que se generen con la entidad. (Se debe establecer las obligaciones generales). - Nombrar al representante o apoderado en común de la Unión Temporal, con los poderes otorgados. - La Modalidad de facturación. Nota: La No presentación del Acuerdo de Unión temporal de proveedores y con los contenidos mínimos señalados, es motivo de rechazo de su oferta en la apertura electrónica de la licitación. En el evento que el proveedor adjudicado No entrega documentación dentro del plazo de 7 días hábiles desde la adjudicación en el Portal, por causas atribuibles al adjudicatario, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la Ley N°19.886, el Servicio de Salud Biobío podrá readjudicar la licitación al Oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o declarar desierta la licitación, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el punto 18.3 y 19.1 respectivamente. 21.1 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Para Garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el Contrato y de las obligaciones laborales para con sus trabajadores, el Adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de 7 día hábiles administrativos, contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, de acuerdo a lo establecido desde el art. 121 en adelante del reglamento de la Ley N°19.886, con la siguiente características: Beneficiario Centro de Especialidad Atención Prehospitalaria SAMU Biobío, RUT: 61.999.260-1. Características Irrevocable, de cobro a primer requerimiento y pagadera a la vista. Vigencia 90 (noventa) días hábiles después de la fecha de término del convenio. Expresado en Pesos Chilenos. Monto 5% del monto neto del Contrato. Descripción La Garantía debe ser entregada físicamente dentro de un sobre sellado y con caratulado que indique que corresponde, dependiendo del convenio adjudicado: • “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU DEL SERVICIO DE SALUD BIOBÍO ID 1065268-XX-LE26”. En caso de garantía en formato digital, opcionalmente puede ser entregada mediante correo electrónico yeny.urra@ssbiobio.cl a menos que sea presentada en papel a través de Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío. Nota: “La no entrega en estas condiciones, podrá provocar la no subscripción del contrato, teniendo la opción de salvar el error dentro de 72 horas, y si esto no ocurriera, se podrá proceder a Readjudicar la Licitación Pública o Declararla Desierta”. Glosa “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del SERVICIOS DE GPS PARA LAS AMBULANCIAS SAMU DEL SERVICIO DE SALUD BIOBÍO ID 1065268-XX-LE26”. Fecha de Entrega Hasta el décimo día hábil después de haber sido adjudicado. Forma y oportunidad de su restitución Respecto de la devolución, será realizada por el Servicio de Salud Biobío, dentro de 90 días corridos contados desde la fecha de término normal del contrato, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones de parte del contratista a satisfacción del Servicio de Salud Biobío, por medio de carta certificada, a la dirección indicada en el Formulario N°1 Identificación del oferente. En caso de garantía electrónica la devolución se realizará de la forma indicada anteriormente. Errores en los documentos de Garantía: El documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y obligaciones laborales que se reciba con errores, tanto en la descripción, en la glosa, en la fecha, monto, entre otros, tendrá un plazo prudencial para cambio y enmienda del documento. El plazo para restituir el documento será de 5 días hábiles contados desde su notificación, de lo contrario procedería la readjudicación, de acuerdo con lo previsto en el punto N°18.3. 21.2 INICIO DEL CONTRATO El inicio de los servicios será una vez recibido toda la documentación, solicitada en el punto 21 de las bases, sin perjuicio de lo anterior y por razones de buen servicio o necesidad superior de la institución, podrá iniciar el servicio una vez dictaminado el acto de adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo que determina la adjudicación. No obstante, el pago estará condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato. 21.3 DURACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Este contrato tendrá vigencia de 24 meses, contados desde el inicio de los servicios, sin perjuicio de las condiciones de ampliación o termino anticipado establecidas en las presentes bases de licitación. 21.4 ADMINISTRADOR DEL CONTRATO El administrador del contrato será designado en el acto administrativo que adjudique el presente proceso licitatorio. El canal válido de comunicación será el correo electrónico informado por el proveedor en el Formulario N° 1: “Identificación del oferente”. Entre sus funciones estarán las siguientes: a) Supervisar y controlar (el desarrollo) de los suministros/servicios contratados, a fin de velar por el oportuno e íntegro cumplimiento de éstos. b) Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios anexados en las bases. c) Proporcionar la información necesaria al proveedor para la correcta presentación del servicio. d) Solicitar a la autoridad competente el término anticipado del contrato en caso de requerirlo la institución, según las causales señaladas en las bases de licitación. e) Recibir conforme de facturas por los servicios contratados. f) Informar mediante memo o en su defecto un correo electrónico a la Unidad Administrativa SAMU en caso de incumplimiento acreditado para la aplicación de multa, adjuntando el informe de comportamiento que lo respalda. g) Contacto personal, telefónico y/o vía e-mail con el proveedor adjudicado para la coordinación de los servicios contratados. h) Toda otra que vaya con el fin del fiel y oportuno cumplimiento de este contrato. Las demás que le encomiende las presentes Bases y sean acordes al servicio contratado. 21.5 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. Samu Biobío se reserva el derecho de modificar el contrato de acuerdo a alguna de las siguientes causales: • Ampliando el plazo de vigencia, por un período de hasta 6 meses. • Incorporando bienes o servicios asociados o de similares características. • Aumentando o disminuyendo las cantidades adjudicadas. • Aumentar el presupuesto del contrato. • Incorporar nuevas dependencias y/o nuevas fuentes de financiamiento Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste. La modificación del contrato se formalizará mediante resolución fundada, la cual será notificada a través del portal www.mercadopublico.cl en la licitación respectiva. 21.6 CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACION. El Proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de este proceso licitatorio y, en especial, lo establecido en el contrato definitivo. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá subcontratar, sólo en relación a aspectos logísticos, esto es, bodegaje, traslado y entrega. En todos los casos es el adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas Bases. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio de Salud para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación. 21.7. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO a) El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento a todas aquellas obligaciones señaladas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, formularios y anexos, que dan origen a este contrato. b) El proveedor adjudicado deberá velar por la calidad y oportunidad de entrega de los servicios de desarrollo del proyecto sidra, de las cuales pueda derivar una medida en caso de incumplimiento. c) Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. d) Mantener, durante toda la vigencia del convenio, las condiciones de infraestructura y equipamiento para garantizar la correcta ejecución de los servicios contratados. e) Resguardar la confidencialidad de la información conocida por el origen de sus servicios, no podrá difundir, divulgar o compartir de forma total o parcial, la información, bases de datos, proyectos, claves de acceso, planificaciones u otros. f) Dar estricto cumplimiento a las políticas de seguridad de la información vigentes en la institución y de sus futuros complementos o modificaciones. g) El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada, y de diseño, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. h) El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación y en especial lo que establecerá en el contrato definitivo. i) El proveedor adjudicado deberá actuar de buena fe, efectuando todas las acciones pertinentes para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones provenientes del presente contrato. j) El proveedor adjudicado está obligado a realizar el pago de las multas, dentro del plazo establecido en estas bases. k) El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento, durante el plazo de ejecución del contrato, a todas las condiciones ofertadas, tanto en el tiempo de entrega y calidad técnica ofertada del bien y/o servicio y de las obligaciones emanadas de la legislación Laboral Vigente, esto es remuneraciones, cotizaciones de seguridad social, entre otras. l) El proveedor adjudicado deberá abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no éste considerado en las bases y no haya sido autorizado por el administrador del contrato. m) El proveedor adjudicado deberá asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o los bienes del SS.BB., que sean imputables al contratista o al personal de su dependencia. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado. n) Emplear el máximo de cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos, e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie. o) Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la contraparte técnica o administrador del contrato. En especial deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copias de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de sueldos, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de la obligación légales para con los trabajadores. p) En caso de pérdidas de especies, daños a los documento, infraestructura y equipos de cualquier naturaleza de propiedad de la Dirección del Servicio de Salud Biobío en horario y zonas de trabajo en que corresponda la responsabilidad de desempeño del proveedor adjudicado, será descontado del valor del pago mensual en la mensualidad que ocurrieron los hechos; lo anterior previo informe del Administrador de Contrato de la Dirección del Servicio de Salud Biobío. q) El proveedor deberá reemplazar o extender la duración de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando se haya realizado la ampliación de la vigencia de acuerdo con lo establecido en la cláusula N°22.6. Dicho cambio deberá realizarse con 1 mes de anticipación, antes del vencimiento de la garantía original y quedará señalada en la Resolución Exenta que autoriza y aprueba la ampliación. r) El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento a normas que sean aplicables, establecidas en el Reglamento Especial de Seguridad y Medio Ambiente para empresas Contratistas y Subcontratistas emitido por el Servicio de Salud Biobío y que forma parte integra de las obligaciones y deberes de los proveedores que sean adjudicados en la presente Licitación Pública. El cual Fue aprobado mediante la Res. Exenta N.º 5424 de fecha 11 de agosto del 2021 y sus futuras modificaciones. 21.8. REAJUSTABILIDAD DE PRECIO No se considera reajuste de precios para este convenio. 22. CONDICIONES DE EJECUCIÓN SAMU Biobío, solicitará la Instalación, mantenciones preventiva o correctiva de las instalaciones eléctricas de todas sus bases, en virtud de plan anual de mantención o del requerimiento de ejecución que puedan surgir durante el año, lo cual será coordinado en conjunto entre el administrador de contratos y el proveedor adjudicado. Aquellas instalaciones, mantenciones preventivas y correctivas que no se encuentren individualizadas en los formularios respectivos, podrán ser cotizadas en forma independiente por el proveedor y de contar con la aprobación del administrador de contratos podrán ser incorporadas al presente convenio, sin perjuicio de que se debe contar con la correspondiente disponibilidad presupuestaria. Los servicios adquiridos serán entregados de acuerdo a los términos pactados en las presentes bases y todo antecedente que forme parte de este proceso. Los valores que se cobrarán en este contrato serán los señalados en la oferta del proveedor en el Formulario “Oferta Económica”. Una vez ejecutados los servicios de instalación, mantención Preventiva o Reparativa, se genera el acta de recepción conforme por parte del Administrador del Contrato o Referente Técnico. 23. PRECIO, ORDEN DE COMPRA, RECEPCION CONFORME, FACTURACIÓN Y PAGO. PRECIO: Los valores que se cobrarán en este contrato serán los señalados en la oferta del proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl y en el formulario “oferta económica”. ORDEN DE COMPRA: El Servicio de Salud Biobío genera una orden de compra para detallar la cantidad y los servicios requeridos la cual deberá ser aceptada en el portal www.mercadopublico.cl. El proveedor adjudicado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a esta contratación. la Orden de Compra será emitida por el Servicio de Salud Biobío y aceptada por el proveedor adjudicado en portal mercado público o después de las 24 horas de enviada la orden de compra respectiva al proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl, plazo que tiene éste para su aceptación o rechazo. Si no se realiza ninguna acción sobre dicha orden en el plazo señalado, se entenderá la aceptación tácita de la orden de compra por parte del proveedor, dando inicio al cómputo de los plazos ofertados. RECEPCIÓN CONFORME: La Recepción Conforme será generada por el Administrador del Contrato. FACTURACIÓN: Para efectos del pago, el proveedor adjudicado deberá emitir la factura asociándola a la respectiva orden de compra. Las Facturas deberán ser emitidas, en un plazo no superior a 2 días una vez prestados los servicios respectivos. De acuerdo a Manual de Proceso de Recepción de Facturas del Servicio de Salud Biobío, serán Recepcionadas y Aceptada a través de la plataforma ACEPTA, si la factura no es aceptada dentro de 48 hrs. por parte del sistema Acepta, ellas deberán ser anuladas con le emisión de una nota de crédito y refacturar. Todas las facturas emitidas por nuestros proveedores deben ser aceptadas en el SII, a través del Sistema ACEPTA para lo cual: 1.- Proveedor debe facturar luego de la Recepción Conforme en Mercado público (llega notificación), esto es cuando los productos se despacharon previamente con guía de despacho (situación ideal) o en el momento del envió de la mercadería. En el caso de la prestación de servicios; debe facturar posterior a la recepción conforme de los trabajos terminados. 2.- Proveedor debe ingresar el número de la OC en casilla definida para dichos casos (OC del Servicio de Salud Biobío), denominado “Referencias” o “Campo 801” (en lenguaje informático), con los guiones que corresponde, ejemplo: 1065268-300-CM19 y agregar la fecha de emisión de la O.C. 3.- La factura se debe emitir en formato XML. 4.- En el campo “Forma de Pago”, debe indicar “Crédito”. 5.- La Casilla de Intercambio es la mencionada en la OC: dipresrecepcion@custodium.com La facturación debe ser realizada a nombre de: Razón Social: Centro de atención prehospitalaria SAMU del servicio de salud RUT: 61.999.260-1 Dirección: Av. Ricardo Vicuña 147, Los Ángeles, Edificio Centro Regulador. PAGO: El pago se efectuará, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la factura en el sistema ACEPTA, por parte del Departamento de atención prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío, sin perjuicio de lo anterior, en el evento que existiera retraso en la distribución de recursos por parte del Fondo Nacional de Salud, este plazo podrá extenderse hasta los 60 días corridos. Esta modalidad podrá ser modificada, además, en virtud a las instrucciones emitidas por el nivel central. 24. EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DEL PROVEEDOR. 24.1 AMONESTACIÓN Los proveedores adjudicados podrán ser sancionados con la aplicación de amonestaciones en los siguientes casos: a) Cuando el incumplimiento no se encuentre definido dentro de las causales definidas en el punto 24.2, 24.3 y 24.4. b) Cuando proveedor rechace la orden de compra dentro de las 24 hrs., desde enviada a través del portal mercado público. c) Cuando el proveedor desista de la firma del contrato y no exista o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato. 1.En que, por su incumplimiento, no sean aplicables las multas por ser inferiores al valor de 1 UTM de acuerdo a lo señalado en el Manual de Adquisiciones del SSBB. 2. Cuando por desistimiento de ofertas u adjudicación y no existiese garantía de seriedad de la oferta en el respectivo proceso. Dicha amonestación será notificada al proveedor a través de ordinario emitido por el director, o quien lo subrogue, del Servicio de Salud Biobío, donde señala el incumplimiento y a su vez dicho ordinario será subido a la ficha de www.chileproveedores.cl. 24.2 MULTAS El Servicio de Salud podrá cobrar multas al proveedor adjudicado, todo esto corroborado por SAMU Biobío, cuando se detecte alguna de las situaciones señaladas a continuación, y los montos que para cada caso se señalan: 24.2.1 MULTAS POR INCUMPLIMIENTO EN EL TIEMPO DE RESPUESTA OFRECIDO ANTE UN REQUERIMIENTO DE CARÁCTER DE URGENCIA. La ocurrencia de esta multa será considerada como un incumplimiento grave al contrato y se aplicará una multa de 0,25 UTM por cada 30 minutos de atraso, con un tope máximo de 5 horas corridas, donde para efectos del cobro de las multas se considerará el valor de la Unidad Tributaria Mensual (UTM) del mes en que ocurrió la falta por parte del proveedor adjudicado. Una vez transcurridas las 5 horas comenzará a cursarse una nueva multa y así sucesivamente. 24.2.2 MULTA POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. La ocurrencia de esta multa será considerada como un incumplimiento grave al contrato y se aplicará una multa de 0,25 UTM por cada día hábil de atraso para terminar los trabajos contratados respecto del plazo ofertado, con un tope máximo de 5 días hábiles, donde para efectos del cobro de las multas se considerará el valor de la Unidad Tributaria Mensual (UTM) del mes en que ocurrió la falta por parte del proveedor adjudicado. Una vez transcurridas las 5 horas comenzará a cursarse una nueva multa y así sucesivamente. 24.2.3 MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN EL USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP). La ocurrencia de esta multa será considerada como un incumplimiento grave al contrato y se aplicará una multa de 1 UTM por cada trabajador dependiente de la empresa adjudicada que haya sido sorprendido no utilizando los elementos de protección personal al momento de realizar los trabajos, donde para efectos del cobro de las multas se considerará el valor de la Unidad Tributaria Mensual (UTM) del mes en que ocurrió la falta por parte del proveedor adjudicado. Esta situación será verificada adjuntando fotografías, videos u otros medios para comprobar los hechos. 24.2.4 MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN LOS PLAZOS DE FACTURACION ESTABLECIDOS. La ocurrencia de esta multa será considerada como un incumplimiento al contrato y se aplicará una multa de 0,25 UTM por cada día de atraso a contar del plazo fijado en el punto 23 “facturación” de las presentes bases, con un tope máximo de 5 días hábiles, donde para efectos del cobro de las multas se considerará el valor de la Unidad Tributaria Mensual (UTM) del mes en que ocurrió la falta por parte del proveedor adjudicado. Una vez transcurridos los 5 días comenzará a cursarse una nueva multa y así sucesivamente. Dejase establecido que En caso de que proveedor no entregue los productos o servicios en los plazos señalados o en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el cumplimiento del plazo ofertado o que el monto correspondiente a la multa sobrepase el 20% del valor neto del contrato o se cursen tres multas dentro de la vigencia del contrato, la ocurrencia de cualquiera de estas situaciones faculta, al Servicio de Salud Biobío para poner término anticipado del contrato, de acuerdo con la cláusula N°24.3, numeral de esta base de licitación. Cobro de multa: La multa producirá sus efectos, una vez resuelto los recursos pertinentes, o cuando haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentado. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera. El monto de la multa deberá ser pagada de forma directa a la cuenta corriente del Banco Estado N° 55109079463, a nombre del Servicio de Salud Biobío, Rut: 61.607.300-1 y enviar copia del depósito a los siguientes correos electrónicos yeny.urra@ssbiobio.cl y carolina.lemus@ssbiobio.cl Dicho pago deberá efectuarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. • Nombre: Centro de Especialidad Atención Prehospitalaria SAMU Biobío • Cuenta corriente • Banco Estado • Numero: 55109000191 • RUT: 61999260-1 • Correo electrónico: carolina.lemus@ssbiobio.cl El no pago de la multa dentro de los plazos establecidos, faculta al Servicio de Salud Biobío, para rebajar el monto de la Multa de la factura siguiente que emita el proveedor, de no haber facturas siguientes, se hará efectivo a través del cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato y obligaciones laborales, cuyo monto correspondiente al valor de la multa será ingresado al presupuesto de la Institución, haciéndose la devolución del saldo restante si es que lo hubiera, al proveedor a fin de no incurrir en enriquecimiento sin causa. En caso de proceder de esta manera el proveedor deberá acompañar una nueva garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la garantía que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera, oportunidad en que se hará devolución del saldo restante. Asimismo, la sanción de multa y/o el no pago de ésta se tomarán como antecedente que traducirá en una mala evaluación para futuras adquisiciones. En el evento de que el proveedor no presente un nuevo instrumento de garantía en el plazo establecido dicha situación facultará a SAMU Biobío para poner término anticipado al contrato. La Unidad de Abastecimiento solo generará la cobranza administrativa respecto al pago de la multa, por lo que, si el proveedor no paga la multa dentro del plazo definido para ello, se entregarán todos los antecedentes a la Unidad de Contabilidad para que realice el cobro financieramente. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. 24.3 COBRO DE GARANTÍA Ante el incumplimiento del proveedor, el Servicio de Salud Biobío podrá aplicar las siguientes sanciones según corresponda y de acuerdo con su respectivo procedimiento: • Cuando habiendo entregado la garantía de fiel cumplimiento desista de firmar el contrato o de entregar los servicios. • Cuando proveedor no cumpla con sus obligaciones previsionales. • En las demás causales señaladas en el término anticipado del presente documento. 24.4 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO De acuerdo a lo previsto en el artículo N° 130 del reglamento de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales: 1) Divulgación, distribución o destrucción total o parcial de información almacenada en dependencias del proveedor adjudicado. 2) La Resciliación o Mutuo acuerdo entre los contratantes. 3) El Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las responsabilidades y obligaciones, descritas en las presentes Bases en la cláusula N°21.7. 4) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5) Si el adjudicado se encuentre en estado Inhábil en el registro de chileproveedores y este se origen por las siguientes causales: a. Condenas por delitos de cohecho o financiamiento del terrorismo b. Condenas por lavado de activos c. Delitos concursales establecidos en el Código Penal y delitos establecidos en el Código Tributario d. Condenas por incumplimiento contractual derivado de culpa o falta de diligencia. e. registre condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. f. tenga deudas tributarias por más de 500 UTM en el último año o entre 200 y 500 UTM en los últimos dos años. g. registre deudas previsionales o de salud con sus trabajadores dependientes, en los últimos 12 meses si es para ser parte del Registro o en los últimos dos años a la hora de contratar. h. En el evento de encontrarse el proveedor, durante el desarrollo del convenio, con una "inhabilidad sobreviniente” en el portal de Mercado Publico, sin posibilidad de regularizar el incumplimiento, se dará termino anticipado por esta causal, sin hacer efectivo el cobro de la boleta de garantía que cauciona este proceso. En el caso que, el proveedor adjudicado fuese inhabilitado para contratar con el estado durante el desarrollo del convenio, por alguna de las causales definidas en la letra f y g, el Servicio de Salud Biobío, podrá solicitar la regularización de estas condiciones en un plazo máximo de dos meses, si al término del periodo, estas condiciones no fuesen subsanadas, se procederá a formalizar el termino anticipado del contrato y el cobro de la garantía correspondiente. 6) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 7) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 8) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. 9) En el caso de que proveedor adjudicado no rechace orden de compra en portal mercado público dentro de las 24 horas desde enviada y no entregue los productos o servicios en los plazos señalados o en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el cumplimiento del plazo ofertado o que el monto correspondiente a la multa sobrepase el 20% del valor total neto del contrato o se cursen seis multas dentro de la vigencia del contrato. 10) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 11) Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases. 12) En caso de ser el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía Nacional Económica. c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la Oferta. d) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 13) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula N°21.9 sobre “Cesión”. 14) Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de sus directores o gerente. 15) Cuando se haya consumido la totalidad del presupuesto del presente convenio o bien cuando el saldo disponible no alcanza a cubrir la prestación de servicios. En el caso señalado en el numeral 9) y 10), una vez determinada la sanción se solicitará a la Dirección de compras públicas, el bloqueo temporal de este, en el registro de proveedores, en conformidad de lo establecido en el Articulo N° 160 del Reglamento de compras públicas. En todos los casos señalados, excepto los numerales 2) y 15), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del respectivo contrato, si lo hubiera. Dichos numerales no se considerarán como incumplimientos del proveedor y se formalizarán sólo a través Resolución Exenta respectiva. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula N° 25. Resuelto el término anticipado, en virtud de las causales anteriormente señaladas, no operará indemnización alguna para el proveedor adjudicado. El Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en los artículos N° 99 y 100 del reglamento de la Ley de compras públicas. 25. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTOS 25.1 PROCEDIMIENTO ESPECIFICO 25.1.1 PROCEDIMIENTO RESCILIACIÓN O TÉRMINO DE MUTUO ACUERDO Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Biobío y el respectivo proveedor adjudicado podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida de incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. Lo anterior, se respaldará con un documento firmado por ambas partes, en la cual quede respaldo de que ambos se encuentran de acuerdo con el termino anticipado por esta causal. Esta condición será formalizada mediante la emisión de Acto administrativo correspondiente. Dicha causal no será considerada como incumplimiento del proveedor. 25.1.2 PROCEDIMIENTO CONSUMO PRESUPUESTO El Servicio de Salud Biobío podrá poner término al convenio, cuando se haya consumido la totalidad del presupuesto del presente contrato o bien cuando el saldo disponible no alcanza a cubrir la prestación de servicios, sin constituir una medida de incumplimiento. Lo anterior se formalizará mediante una Resolución exenta que formalice el término anticipado, el cual indicará el monto consumido del convenio. 25.2 PROCEDIMIENTO GENERAL Detectada una situación de incumplimiento que amerite la aplicación de una de las sanciones descritas anteriormente, el establecimiento afectado por el incumplimiento del proveedor procederá a notificarlo mediante el envió de un ordinario a la casilla de correo electrónico del proveedor definida en la ficha de chile proveedores (“será responsabilidad del proveedor mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada…”, art. 140 Decreto 661 2024), y a su vez la publicación del Ordinario en el Portal Mercado Público, en la id respectiva. El proveedor adjudicado tendrá un plazo de 5 (cinco días hábiles, excepto sábados, domingos y festivos), para efectuar sus descargos por escrito acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Los descargos deben ser ingresados a Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 13:00hrs y se encuentra ubicado en Avenida Ricardo Vicuña 147 Interior, Torres Estacionamiento, cuarto piso, Los Ángeles. Vencido el plazo sin que se presenten descargos, o si éstos se presentaron fuera de plazo, el Servicio de Salud Biobío dictará la Resolución Exenta aplicando la multa respectiva. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el tendrá un plazo de quince (15) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la resolución exenta, comunicándose al proveedor a través del portal mercado público en la id respectiva. La Resolución que aplica la sanción al proveedor, será informada, además en la ficha de comportamiento contractual del proveedor que se encuentra en el registro de Chile proveedores. Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución (enviada al correo electrónico del proveedor, informado en la ficha de chileproveedores). Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado a cumplir con lo establecido en el acto administrativo correspondiente. En el caso de cursarse una multa, el pago deberá realizarse de forma directa a la cuenta corriente del Banco estado N° 55109079463, a nombre del Servicio de Salud Biobío, Rut: 61.607.300-1 y enviando copia del depósito a los siguientes correos electrónicos: sanciones.compras@ssbiobio.cl y teresa.espinoza@ssbiobio.cl, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. El no pago de la multa dentro de los plazos establecidos, faculta al Servicio de Salud Biobío, para rebajar el monto de la Multa de la factura siguiente que emita el proveedor, de no haber facturas siguientes, se hará efectivo a través del cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento, cuyo monto correspondiente al valor de la multa será ingresado al presupuesto de la Institución, siendo devuelto al proveedor el saldo restante si es que lo hubiera. En caso de no existir dicha garantía o de no ser suficiente se procederá a subir a la ficha del proveedor un reclamo que acredite dicha deuda. La Unidad de Abastecimiento solo genera la cobranza administrativa respecto al pago de la multa, por lo que, si el proveedor no paga la multa dentro del plazo definido para ello, junto con generar un reclamo en la ficha del proveedor en el portal Chile proveedores, se entregara todos los antecedentes a la Unidad de Contabilidad para que realice el cobro financieramente. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Recursos: En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre el o los Incumplimientos, la aplicación de multas, cobro de la garantía de fiel cumplimiento, término anticipado del contrato o la adopción de otras medidas procederá el Recurso de Reposición. Procedimiento de Reposición: El adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de notificada la resolución que le impone la multa o sanción, para reponer fundadamente acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición deben ser ingresados a Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 13:00hrs y se encuentra ubicado en Avenida Ricardo Vicuña 147 Interior, Torres Estacionamiento, cuarto piso, Los Ángeles. El jefe superior del SS.BB. o quien lo subrogue resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición y será notificado al proveedor a través de Mercado Público. 26. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 27. PRINCIPIOS DE PROBIDAD LEY 19.653 – PRINCIPIOS DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA DEBERES Y PROHIBICIONES FUNCIONARIAS 1. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. 2. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. 3. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para terceros. 4. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. 5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. 6. Omitir o eludir la propuesta pública de los casos en que la ley la disponga. 7. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Servicio, causando un gasto innecesario a la institución. 28. DEL ARREGLO DE CONTROVERSIAS Para solución de los conflictos que se pudieran originar durante la vigencia del contrato, las partes deberán someterse a la jurisdicción de los tribunales de la cuidad de Los Ángeles ubicada en la provincia del Biobío y a las leyes vigentes de Chile. B) BASES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1. OBJETIVOS En las presentes bases se pretende establecer las disposiciones que regirán la contratación del servicio de GPS para las 16 ambulancias de SAMU del Servicio de Salud Biobío, por el periodo de 24 meses. 2. CARACTERISTICAS MÍNIMAS DE LOS DISPOSITIVOS GPS El dispositivo GPS que ofrezcan los oferentes debe tener a lo menos las siguientes especificaciones técnicas: • Dispositivo de seguimiento en tiempo real. • Con conectividad GNSS y LTE/3G/4G/GSM. • Batería de respaldo (mínimo de 3 a 5 horas) • Debe estar equipado con módulos GNSS y LTE, GNSS interno, antenas LTE, digitales configurables, entradas y salidas digitales analógicas, entrada negativa y entradas de impulso. • Conexión 4G confiable con respaldo a la red 3G. • Dual SIM. • Batería de iones de litio de 170 mAh 3,7V (0,63 Wh). • Memoria interna de 8 MB. Mínimo. • Antena GSM interna. • Detección de exceso de velocidad, detección de desconexión, detección de remolque, detección de colisiones, geocerca automática, manual y de viaje. 3. COMPONENTES QUE DEBE CONSIDERAR EL SERVICIO DE CONTROL GPS. Los servicios que se deben considerar son los siguientes: 3.1. En los vehículos: • Provisión de los dispositivos GPS, los cuáles se deben instalar en cada uno de los vehículos, con servicio de rastreo las 24 horas del día por todos los meses del convenio. • Los equipos GPS deben contar con capacidad de recepción de al menos 02 señales de red móvil con cobertura en la provincia del Biobío y país cuando se necesite, a modo de reducir las pérdidas de datos por falta de conexión (ej. Entel y Movistar). El proveedor deberá responsabilizarse por los gastos asociados al uso de datos por cada compañía móvil. • Memoria para grabación de información en rutas off line o zonas sin coberturas, con la capacidad de almacenar posiciones y ser retransmitida de manera automática una vez recuperada la señal de transmisión a la base central. Esta funcionalidad debe permitir respaldar cualquier inestabilidad de la red de comunicaciones, sin pérdida de la integridad de los datos cuando existan situaciones de interrupción en las comunicaciones. • Servicio de una (1) mantención cada 6 meses o según se solicite, de los dispositivos y periféricos instalados en los móviles durante la vigencia del contrato, en ello se deberá considerar el reemplazo en caso de falla del equipamiento sin costo para SAMU Biobío. 3.2. En la plataforma y pagina web de control de los registros de los GPS de cada vehículo, se debe considerar:  Plataforma 100% Web, funcionalidades (Control On-Line de la flota): Debe considerar una interfaz compatible en entorno multiplataforma de preferencia Windows, que facilite la operación y disponga de herramientas de productividad para el operador, permitiendo, además distintos niveles de acercamiento, mostrar el desplazamiento de los móviles sobre cartografía digital a nivel de calles, rutas urbanas y rurales, y así entregar en forma visual la información del cumplimiento de las tareas designadas.  Acceso a página web mediante identificación de usuario y contraseña, el cual se podrá ingresar mediante computador o por celular, con disponibilidad de dar acceso a administradores y operadores/monitores.  Localizador de los vehículos, identificados por patente o icono atingente al vehículo en cuestión.  Identificación de las estancias (lugar donde se detiene el vehículo) de la provincia del Biobío y el país, identificados mediante iconos y nombres en la Plataforma. Para tal identificación de las Estancias.  Información de odómetros, velocidad, carga de batería del vehículo, encendido o apagado del motor, identificación del conductor del vehículo, ubicación exacta de los móviles en tiempo real.  Información de ruta tomada online de cada vehículo en cualquier lapso de tiempo.  Posibilidad de ingresar datos de los conductores de SAMU del Servicio de Salud Biobío, tales como nombres, tipo de licencia de conducir, fecha de vigencia de licencia de conducir, teléfono, correo electrónico.  Posibilidad de descargar historial completo de las velocidades de los vehículos de forma individual y por conductor.  Posibilidad de crear GeoCercas para delimitar velocidades máximas por cada una y que cuando supere una velocidad delimitada, se genere una alerta en la página web y además envíe una alerta por correo electrónico.  Descarga de reportes en formato equivalentes o similares a KML, XLS Y PDF.  Plataforma con almacenaje de registros por todo el periodo en curso.  Al término del convenio, se deberá entregar información en el formato que se acuerde mutuamente. 3.3. En cuanto a los reportes de considerar:  Servicio técnico de soporte on-line.  Reporte de trayectoria de forma gráfica  Reporte de Actividad en Geocerca.  Reporte de Encendido y apagado del motor.  Reporte de Geocercas por móvil.  Reporte de Kilometraje recorrido por móvil.  Reporte de trayectos en planilla Excel o pdf.  Reporte de tiempo detenido y ubicación.  Reporte de recorrido histórico de los móviles, con trazado en la cartografía.  Reporte de alarmas de mantención.  Reporte de traslado referido a trayecto, detenciones, velocidad, etc. de los móviles.  Creación de puntos de interés.  Opción de cargar puntos KML.  Reportes georreferénciales de cada ruta, generar relación móvil-ruta.  Alarma por estado de dispositivo, encendido o apagado.  Alarma por horas de uso o kilometraje.  Alarma por excesos de velocidad, indicando la velocidad.  Alarma de ingreso, salida o estadía en Geo cerca.  Alarma por perdida de cobertura de señal.  Alarma por intervención de GPS.  Geocercas identificables por nombre o ID.  Geocercas definibles en forma irregular.  Servicio cuenta con alertas de velocidad, enviadas por correo electrónico al administrador del contrato.  Geocercas con alarmas y alertas enviadas por correo.  Recorridos diarios.  Informe en formato Excel.  Seguimientos múltiples en línea.  Servicio de rastreo 24 horas del día por los 365 días del año.  Servicio de ubicación exacta de móviles en tiempo real.  Alertas y reportes de velocidad promedio, excesos y detenciones.  Equipo apto para ambulancias/furgón.  Información de ruta tomada online (que permita obtener un reporte de la ruta en tiempo real de un vehículo seleccionado por el administrador).  Información de velocidad de desplazamiento online.  Información de distancias recorridas.  Información de detenciones realizadas.  Información del uso fuera de horario o fuera de zona determinada.  Plataforma cuente con niveles de autorización, Administrador, Usuario etc.  Que incluya capacitaciones sin costo.  Con multiplataforma (WEB, móvil y Tablet) sin costo adicional a requerimiento del cliente.  Soporte online las 24 horas del día.  Mantención programada por vehículo.  Lector I-Button más corta corriente.  Identificador I-Button.  Instalación de equipos incluidos en el valor.  Otros registros que sean solicitados por SAMU Biobío y que se puedan parametrizar. 4. CAPACITACIÓN Se debe considerar 1 capacitación presencial, del uso de los dispositivos y Plataforma Web para quienes SAMU estime necesario, el cual deberá realizarse en el primer periodo de ejecución del servicio, y se firmará un documento físico o electrónico una vez realizada. Dicho documento se deberá adjuntar al primer estado de pago junto al correspondiente informe y factura. 5. BAJAS, INCORPORACIONES O CAMBIOS Durante la vigencia del contrato, SAMU del Servicio de Salud Biobío podrá solicitar las bajas o incorporaciones de vehículos que estime pertinente, y el contratista reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones de manteniendo los valores de instalación de dispositivos y condiciones de rastreo propuestas, según detalle: Baja de vehículos: En caso de baja de algún vehículo que se encuentre con dispositivo GPS instalado por el proveedor, y este se encuentre en el periodo que dure el servicio, se le notificará mediante correo electrónico para que el equipo quede desactivado en un plazo máximo de 3 días corridos, contados desde el día siguiente de la notificación. Por lo anterior, el contratista reducirá los precios en los siguientes estados de pago una vez desactivado el dispositivo GPS y se cancelará proporcional a los días en que efectivamente se hace uso del servicio. El proveedor tendrá un plazo máximo de 30 días corridos para el retiro físico del equipo, previa coordinación con SAMU. Incorporación de vehículos: En caso de que se incorpore un nuevo vehículo a la flota en los periodos que dure el servicio de rastreo, se solicitará al proveedor la instalación de un nuevo equipo GPS, el cual se notificará vía correo electrónico, para lo cual el proveedor tendrá hasta 30 días corridos contados desde el día siguiente de la notificación, para que se efectué la instalación del equipo, manteniendo las condiciones de precio y rastreo propuestas. Por lo anterior, el contratista incorporará el vehículo al servicio de rastreo, y se deberá agregar al estado de pago siguiente, pagando proporcional a los días en que efectivamente se hace uso del servicio, a contar del momento de la instalación del equipo. Cambio de un dispositivo de una ambulancia a otra: En caso de que se requiera realizar el cambio de un dispositivo traspasándolo de una ambulancia a otra, el Encargado de las ambulancias SAMU le dará aviso al proveedor adjudicado, teniendo como plazo máximo el ofertado en su formulario N°6-C. Una vez realizado el cambio, SAMU Biobío deberá emitir una OC por dicho cambio según el valor c/IVA indicado en el formulario N°7 del proveedor adjudicado. Dejasé establecido que Samu Biobío podrá solicitar, vía correo electrónico, la cotización para la Provisión e instalación de un nuevo dispositivo GPS o partes, piezas o accesorios que sean parte del servicio contratado; faltantes por daños no atribuibles al proveedor o software, actualizaciones de este que sean complementarios en el caso de que se presente la necesidad y se cuente con el presupuesto correspondiente. 6. FALLAS  En caso de falla de uno o más equipos, el proveedor deberá rectificar y solucionar el equipo según el plazo máximo ofertado desde que se le es notificado mediante correo electrónico, suministrando unos nuevos a costo cero siempre y cuando la falla sea atribuible al proveedor o equipo en sí.  En caso de falla de uno o más equipos, se descontarán los días en que estos se encuentran con problema, pagando proporcional a los días en que efectivamente se hace uso del servicio, y se aplicará multa si corresponde. 7. COMUNICACIÓN Para efectos de la ejecución del contrato el medio valido de comunicación será el correo electrónico, señalado en el Formulario N°1 por parte del proveedor adjudicado y el correo del Administrador del Servicio de Salud Biobío. 8. CONFIDENCIALIDAD El proveedor, con respecto a la información atingente a los usuarios y vehículos de SAMU del Servicio de Salud Biobío, que pueda obtener durante la ejecución del convenio se compromete a:  Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de terceros.  Solo se podrá solicitar y hacer uso de la información, si y solo si, es solicitada a través de la Oficina de Información Reclamos y Sugerencias (O.I.R.S) del Servicio de Salud Biobío, y esta es aprobada. 9. CESIÓN DEL CONTRATO. El Proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo del presente contrato y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio de Salud para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las bases administrativas. Lo anterior sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. 10. AL TÉRMINO DEL CONTRATO. Una vez finalizado el convenio, sin perjuicio de la prórroga en la vigencia del mismo, SAMU Biobío deberá devolver todos los dispositivos sin costo alguno al proveedor adjudicado. Para ello se deberán coordinar entre ambas partes para efectuar el retiro y la entrega formal. Para el caso del proveedor, al finalizar el contrato, este deberá entregarle a SAMU toda la información recabada durante la vigencia del convenio, en un formato que se definirá de mutuo acuerdo. 11. FLOTA DE VEHÍCULOS SAMU BIOBIO. Patente Marca Modelo Año HXRP 41 Mercedes Benz Sprinter 415 2016 HXRP 42 Mercedes Benz Sprinter 415 2016 LCPF 26 Mercedes Benz Sprinter 415 2019 LCPF 27 Mercedes Benz Sprinter 415 2019 SYTG-17 Mercedes Benz Sprinter 417 2023 LCPF 28 Mercedes Benz Sprinter 313 2019 VHCG-90 Mercedes Benz Sprinter 417 2026 SLXB 10 Ford transit Van LWB HR 12,4 2.2 L. PUMA 2023 PGHG 85 Ford Transit 2.2 Lts SOHC 2021 TSFF-19 Mercedes Benz Sprinter 417 2025 SYTG-18 Mercedes Benz Sprinter 417 2023 HT DG 36 Mercedes Benz Sprinter 415 2016 PGHG 84 Ford Transit 2.2 Lts SOHC 2021 JBDS 50 Mercedes Benz Sprinter 415 2017 JBDV 53 Mercedes Benz Sprinter 415 2017 JBDV 54 Mercedes Benz Sprinter 415 2017
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.