|
Resolución de Empates |
En el evento, que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje ponderado en los criterios de evaluación, en el siguiente orden de prelación:
1. Experiencia Comprobada
2. Capacidad de Respuesta
3. Evaluación Económica y en caso de persistir el empate,
4. El proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal será el adjudicado.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
EVALUACION DE LA OFERTAS |
|
La comisión evaluadora estará conformada bajo Resolución Exenta N°1298 del 29 de diciembre de 2022, por el Jefe de Abastecimiento, profesional de la unidad de Finanzas, Referente Técnico, Profesional de la Subdirección Administrativa y Profesional Encargado de Proyectos o por quienes les subroguen legalmente, comisión que estará a cargo de examinar las ofertas ingresadas correctamente al Portal www.mercadopublico.cl y comprobará el cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
Comunicarse entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes (artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N°19.886 y articulo 35 ter de la ley N°19.886).
Intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. (Artículo 35 quinquies de la ley N°19.886).
Son motivos de abstención los siguientes:
1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.
2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.
3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N°18.045, de Mercado de Valores.
4. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente.
5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
La comisión de evaluación del Centro Oncológico del Norte, emitirá un informe de evaluación de las ofertas, proponiendo a la Dirección de este Establecimiento la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
|
|
|
|
SUBSANACION DE ERRORES U OMISIONES FORMALES |
|
El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl
Los oferentes a los que se les solicite completar antecedentes deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta.
El Centro Oncológico del Norte, podrá modificar la fecha de adjudicación, cuando la complejidad en la evaluación y/o cantidad de ofertas presentadas lo requiera.
|
|
|
|
ADJUDICACION |
|
19.1 Es indispensable que quien resulte adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, en condición de habilitado, en caso de no estarlo, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. En caso de no cumplir con ello, el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así, sucesivamente.
19.2 La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público.
19.3 El adjudicatario tendrá un plazo de 05 días hábiles desde la fecha de resolución de adjudicación, para hacer la entrega de la carpeta de arranque digital en formato pdf a la Unidad de Operaciones, correo fernando.ochoa@redsalud.gov.cl y prof.operaciones.con@redsalud.gov.cl, con los documentos detallados en el punto 24.3 de las bases administrativas.
19.4 El Centro Oncológico del Norte tendrá la posibilidad de re-adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, en los siguientes casos:
- Cuando el proveedor adjudicado desista de su oferta,
- Cuando sea inhábil.
- Cuando no cumpla con lo ofertado.
- Cuando no acepte la orden de compra.
19.5 En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán realizarlo a través del Foro Inverso.
|
|
|
|
PRECIO Y FORMA DE COMPRA Y ENTREGA |
|
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociados, para que los servicios se realicen en las dependencias del Centro Oncológico del Norte ubicada en calle Los Pumas 10255, Chimba Alto, Antofagasta.
El inicio de este servicio comenzará a regir cuando se encuentre aprobada la carpeta de arranque y se encuentre la orden de compra aceptada por el proveedor adjudicado.
La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs de enviada la solicitud, si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente.
|
|
|
|
PLAZOS Y FORMA DE PAGO |
|
El servicio contratado se pagará de la siguiente manera:
A. Servicio de Mantenciones preventivo de los equipos e instalaciones de toda la central de mezclas intravenosas del Centro Oncológico del Norte, serán cancelados en 2 cuotas iguales de acuerdo con el valor ofrecido en el anexo N° 7 en el ítem A y una vez que se hayan realizado los servicios según el calendario establecido en el punto N°4 “Programa de mantenimiento preventivo” de las bases técnicas.
B. Servicio de Mantenciones Correctivo con aporte de repuestos de los equipos e instalaciones de toda la central de mezclas intravenosas del Centro Oncológico del Norte, serán cancelados cada vez que sea requerido e instalado el o los repuestos, de acuerdo con la tabla de valores de repuestos ofrecido en el anexo N° 7 en el ítem B.
C. Servicio de Certificación de Equipos e Infraestructura de la central de mezcla intravenosa del Centro Oncológico del Norte, serán cancelados en 1 sola cuota, en el mes que se realice este servicio y previa entrega de los documentos que garantice este servicio, de acuerdo con el valor ofrecido en el anexo N° 7 en el ítem C. Este valor será cancelado al oferente adjudicado.
Para la autorización del pago de los servicios, el proveedor deberá entregar al responsable técnico y operativo de la licitación por parte del Centro Oncológico del Norte, los siguientes documentos:
• Formulario F-30 y F30-1.
• Planillas de pago de imposiciones.
• Copia de los contratos (firmados).
• Copia de las liquidaciones de sueldos (firmadas).
• Copia de los finiquitos de los trabajadores que hayan sido desvinculados durante el mes del servicio realizado.
• Copia comprobante de pago del finiquito de cada trabajador.
En el caso del primer cobro, se considerará la información entregada en la carpeta de arranque validada, según punto 24.3 de las bases administrativas. Para los meses siguientes se revisará los documentos detallados anteriormente.
Posterior a esta revisión y a la recepción conforme de los servicios, el responsable la licitación Operativo por parte del CON, le indicará al proveedor que proceda con la emisión de la factura correspondiente.
El proceso de pago se iniciará con emisión de factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor siendo éste el primer responsable de aceptar la orden de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas.
Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”).
La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE.
Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de jefa.finanzascon@redsalud.gob.cl; Lorena.monsalve@redsalud.gob.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas.
Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la unidad de finanzas: jefa.finanzascon@redsalud.gob.cl ; lorena.monsalve@redsalud.gob.cl en el caso de existir modificación de los datos de la cuenta corriente, Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico.
El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme de bodega.
|
|
|
|
RESPONSABLE |
|
El responsable operacional y administrativo la licitación será la Unidad de Operaciones, correo fernando.ochoa@redsalud.gob.cl; prof.operaciones.con@redsalud.gob.cl; o quien lo subrogue legalmente, el cual realizará las siguientes actividades:
Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases administrativas.
Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante correo electrónico (con todos los antecedentes necesarios) al Jefe de la Unidad de Abastecimiento, en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
Llevar a cabo las labores de coordinación que se requieran para la tramitación de los siniestros, dentro de los plazos correspondientes.
Dar visto bueno para la recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.
Las demás que encomienden las presentes bases.
|
|
|
|
CONTRATO |
|
En la presente licitación no se suscribirá contrato, sino que, se materializará a través de la emisión de la orden de compra al proveedor, la que deberá ser aceptada por el adjudicado, en base a los términos contenidos en esta licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo N°63 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que dice: “Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N°19.886, se requiere la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de esta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse las adquisiciones superiores a ese monto e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación”.
|
|
|
|
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR |
|
24.1 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado a la licitación de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo servicio. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 74 y 75 del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios).
24.2 En caso de cualquier modificación societaria, o cambio en la razón social, el adjudicatario deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma al Centro Oncológico del Norte, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad del servicio prestado. En ningún caso tales modificaciones podrán implicar el cambio de persona jurídica, a menos que el Centro Oncológico del Norte (CON) lo autorice expresamente.
24.3 Es obligación del contratista que antes de comenzar los servicios haga entrega de la carpeta de arranque digital en formato pdf, a la unidad de operaciones en un plazo máximo de 05 días hábiles contados desde la fecha resolución de adjudicación, proceso que deberá coordinar con el responsable Técnico y Operacional del servicio por parte del Centro Oncológico del Norte (CON), fernando.ochoa@redsalud.gov.cl y prof.operaciones.con@redsalud.gov.cl.
Esta carpeta debe ser entregada al referente Técnico y Operacional de la licitación, quien, a su vez, hará entrega de esta documentación a la unidad de Seguridad Ocupacional y Gestión Ambiental del Centro Oncológico del Norte (CON) para su revisión y posterior autorización para que comience a ejecutar las tareas descritas en esta licitación. La lista de los documentos que componen la carpeta de arranque está de acuerdo con el Check List de Cumplimiento a Contratistas del Centro Oncológico del Norte (CON), algunos de estos documentos son:
• Nombre o Razón Social y Rut de la Empresa
• Nombre, E-Mail y teléfono del responsable, Encargado de los trabajos, obra o faena a realizar.
• Copia de Carta de Reglamento Interno a organismos fiscalizadores, a los cuales se entregó el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, según lo establecido en el código del Trabajo y Ley vigente.
• Copia de la Entrega de Reglamento Interno aprobado al personal involucrado en contrato.
• Certificado de Adhesión, emitido por Organismo Administrador de la Ley 16.744. En caso de cambio de Organismo administrador, la empresa deberá presentar el nuevo certificado.
• Certificado de Siniestralidad, bajo formato de cada Organismo Administrador.
• Copia Carta de Constitución de Comité Paritario de Higiene y Seguridad, entregada a la Dirección del Trabajo y Organismo Administrador de la Ley N°16.744. Si es que aplica
• Listado de trabajadores identificando nombre completo, Rut, nacionalidad, cargo, fecha de nacimiento y tipo de contrato o visa de trabajo.
• Copia de Contratos del Personal Involucrado directa e indirectamente en la ejecución de los trabajos, en caso de desvinculación, se deberá presentar los finiquitos de éstos.
• Documentación Vigente, de los trabajadores extranjeros, que los habilita para trabajar en el país.
• Copia de la Obligación de Informar los Riesgos del Trabajo, más registro de inducción operacional según lo establecido en el Artículo 21 del DS N° 40 de la ley 16.744.
• Registro de la Entrega de los EPP básicos y específicos definidos para los trabajadores dependiendo el cargo y a los riesgos expuestos.
• Plan de Entrega y Reposición de los EPP a los trabajadores, más un procedimiento o instructivo de uso.
• Matriz de Riesgos: que permita identificar los peligros para así proceder con la evaluación de riesgos.
• Procedimiento de Trabajo Seguro.
• Certificación de trabajadores según el tipo de trabajo que realizará.
• Programa anual de mantención y chequeo de equipos de calidad.
• Procedimiento en caso de accidentes del trabajo y trayecto.
• Procedimiento en caso de accidente grave y/o fatal
• Plan de emergencia asociado al tipo de trabajo y área en la cual se desempeñe.
Además, deberá adjuntar a esta carpeta el Procedimiento de gestión de residuos (punto N°11 de las bases técnicas).
24.4 La vigencia de la presente licitación será por el periodo 6 meses a contar desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
24.5 En caso de ser necesario ampliar el plazo de cumplimiento, por causas de atraso no atribuibles al adjudicado, se emitirá una resolución exenta que autorice el plazo y los gastos administrativos adicionales que ello signifique.
24.6 La presente licitación podrá modificarse, o terminarse anticipadamente, por las siguientes causales:
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. El Centro Oncológico del Norte podrá terminar anticipada y fundadamente la relación con el adjudicatario con 10 días de antelación.
c. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, detalladas en el punto 25.1 de las bases administrativas.
d. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones.
e. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores.
g. Las demás establecidas en las respectivas bases de la licitación.
h. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del adjudicatario; o este ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores; o ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
i. Si el adjudicatario es persona jurídica, y esta se disuelve y procede su liquidación.
El término anticipado no dará derecho a indemnización alguna al proveedor, salvo por los servicios efectivamente prestados conforme y no cancelados, entendiéndose dicho pago como compensación suficiente.
24.7 Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá además las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el servicio de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir con sus obligaciones con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no estén considerados en las bases y no haya sido autorizado por la contraparte técnica.
d) La información y todos los antecedentes que la empresa y su personal obtengan o tenga acceso directamente o indirectamente del Centro Oncológico del Norte, con motivo de esta licitación, son estrictamente privados y confidenciales, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia. Asimismo, deberá guardar estricto control y reserva sobre la información, documentos y sistemas que, del Centro Oncológico del Norte, tenga acceso durante y con posterioridad a la ejecución del contrato para asegurar que su personal respete la privacidad y, en su caso el secreto de los mismos. Cualquier documento, ya sea en papel o electrónico, de propiedad del Centro Oncológico del Norte deberá ser devuelto por el contratista al término del presente contrato o en su defecto destruido o eliminado del soporte digital que los contenía. El incumplimiento de este aspecto se entenderá como un incumplimiento a la Privacidad de la información y facultará a al Centro, a poner término anticipado, según corresponda, reservándose el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de contravención.
e) La empresa deberá nombrar una Contraparte Técnica que tenga a cargo verificar el correcto funcionamiento del servicio e interactuar con la Contraparte Técnica que establezca el Centro Oncológico del Norte.
|
|
|
|
MULTAS Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACION |
|
25.1. MULTAS
Cada vez que el proveedor del servicio adjudicado incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, Centro Oncológico del Norte, podrá aplicar administrativamente, cobrar multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el Proveedor del Servicio ante la contraparte técnica.
Situación Valor de la multa por evento Tope de la multa Observaciones
Incumplimiento de los servicios de mantención y/o validación programados en las presentes Bases de Licitación. 5 UTM 10 UTM Sobre este tope se considerará causal de término del contrato sin derecho a indemnización
Incumplimiento en el plazo de entrega de la carpeta de arranque (05 días corridos a contar de la fecha de emisión de la resolución de adjudicación).
1 evento será considerado a 1 día de retraso. 1 UTM 3 UTM
Incumplimiento en los tiempos de respuesta superior a la cantidad comprometida en su oferta en el Anexo N° 6 ante un evento crítico o reporte de una mantención de emergencia. 5 UTM 10 UTM
Incumplimiento en la entrega de documentación de respaldo referente a los mantenimientos preventivos, correctivos y / o reemplazo de repuestos. 3 UTM 6 UTM
Si ocurriere contaminación en las preparaciones por causa del mal funcionamiento de alguno de los sistemas filtrantes atribuibles a una mantención deficiente. 10 UTM 10 UTM
Daño irreparable a equipos o a la infraestructura del Centro Oncológico del Norte que detenga la operación de la Central. 15 UTM 15 UTM
25.2. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador de la licitación del proveedor mediante carta Certificada, por parte del administrador operativo del Centro Oncológico del Norte y / o Subdirector Administrativo.
El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de la carta certificada, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento.
En caso de que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador de la licitación del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa.
El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de la licitación del proveedor para su conocimiento.
Las multas deberán ser pagadas, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa.
Se procederá al cobro del valor de la multa al total de la factura más próxima mediante nota de crédito.
|
|
|
|