Licitación ID: 1082957-5-LE26
Servicios de aseo y limpieza para las dependencias de la Dirección Regional ProChile Biobío en la ciudad de Concepción.
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE EXPORTACIONES
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicios de aseo y limpieza para las dependencias de la Dirección Regional ProChile Biobío, en la ciudad de Concepción, por un período de 24 meses.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios de aseo y limpieza para las dependencias de la Dirección Regional ProChile Biobío en la ciudad de Concepción.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ProChile invita a participar en el proceso de contratación del servicio de aseo y limpieza a las dependencias de la Dirección Regional ProChile Biobío, en la ciudad de Concepción, por un período de 24 meses. “E1O2RT9”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MN PROMOCION DE EXPORTACIONES
R.U.T.:
62.000.680-7
Dirección:
Teatinos N°180
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-02-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 11-02-2026 15:38:53
Fecha inicio de preguntas: 12-02-2026 12:00:00
Fecha final de preguntas: 16-02-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-02-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-02-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-02-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 16-03-2026 16:15:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno (Opcional) en dependencias de la Dirección Regional ProChile Biobío ubicadas en Av. O’Higgins N° 420, piso 4, oficina N°42, Concepción, Región del Biobío 16-02-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo Nº1, “Formulario de datos del Oferente”, el que debe ser completado y enviado a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Si la información requerida en el Anexo 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado, se considera como presentada por el oferente. De no incluirse el mencionado Anexo N°1, o si dicha información no está disponible en El Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
2.- Requisito mínimo: Al momento de presentar las ofertas, los oferentes deberán encontrarse en calidad “hábil” en el Registro de Proveedores del Estado. En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada integrante de esta deberá encontrarse hábil en el citado registro. La oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme con lo establecido en el artículo 182 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
3.- Requisito mínimo: En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), la “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar” deberá ser firmada electrónicamente por el apoderado representante de la UTP.
4.- Requisito mínimo: En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), el representante deberá adjuntar el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y 181 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Para procesos iguales o superiores a 1.000 UTM, los oferentes podrán presentar un instrumento público y/o privado para efectos ofertar, no obstante, el adjudicatario deberá formalizar su Unión por Escritura Pública previo a la etapa de Suscripción del Contrato.
5.- Requisito mínimo: Visita a Terreno Opcional. Con el fin de conocer las dependencias y obtener información relevante para la presentación de las ofertas, los interesados en participar de esta Licitación Pública podrán visitar las dependencias de la Dirección Regional ProChile Biobío, ubicadas en Av. O’Higgins N° 420, piso 4, oficina N°42, Concepción, Región del Biobío, el día 16 de febrero a las 10:00 horas. Esta visita tendrá el carácter de opcional, razón por la cual, quienes no asistan, no quedarán excluidos del presente proceso, levantándose un acta para todos los efectos. Los interesados deberán confirmar asistencia con Claudia Zanzana Depaoli (teléfono de contacto: 56-41-2758200).
Documentos Técnicos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo Nº 3, “Formulario Oferta Técnica”, de conformidad con las Especificaciones Técnicas. Dicho formulario debe ser completado, firmado y enviado, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Sólo se aceptarán ofertas presentadas utilizando los formularios contenidos en el citado Anexo, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Si alguna información del Anexo N°3 no es incluida, para efectos de la presente licitación se considerará que el postulante carece de ella.
 
Documentos Económicos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo N° 2, “Formulario Oferta Económica”. Dicho formulario debe ser completado y enviado, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Sólo se aceptarán ofertas presentadas utilizando el formulario contenido en el citado Anexo, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
2.- Requisito mínimo: Oferta económica: el monto mensual ofertado no podrá exceder del presupuesto mensual estimado, que asciende a $700.000.- (setecientos mil pesos), incluyendo impuestos y costos asociados. Además, todos los proveedores para ofertar en esta licitación deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, disponible en Mercado Público.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Para la presente Licitación los requerimientos documentales para ser contratado serán sólo aquellos exigidos en numeral 9.14.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Para la presente Licitación los requerimientos documentales para ser contratado serán sólo aquellos exigidos en numeral 9.14.
- I18n entry not found: Debe encontrarse inscrito en Registro de Proveedores.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento Contractual anterior Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 3%
2 Criterios sustentables e inclusivos Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 5%
3 Experiencia del Oferente Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 20%
4 Precio Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 30%
5 Descripcion de los servicios, las maquinarias, ute Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 30%
6 Condiciones de empleo y remuneración Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 10%
7 Programas de integridad y ética empresarial Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 16800000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Monsalve, Susana
e-mail de responsable de pago: pagosprochile@prochile.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Herrera Gazale, Cristóbal
e-mail de responsable de contrato: cherrera@prochile.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-33220000-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar, salvo autorización escrita de ProChile.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección General de Promoción de Exportaciones (RUT N° 62.000.680-7)
Fecha de vencimiento: 29-06-2028
Monto: 5 %
Descripción: Monto: 5% del monto neto ofertado por el adjudicado (por los 24 meses de ejecución). Esta garantía deberá ser entregada al momento de suscribir el contrato y deberá ser electrónica. Sólo de manera excepcional podrá ser entregada en formato físico, en la Oficina de Partes de ProChile, ubicada en Bombero Salas N°1345, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, o en la Dirección Regional de ProChile Ñuble, ubicada Bulnes 941, ciudad de Chillán; en ambos casos, en horario de 9:00 a 12:00 horas, en días hábiles (lunes a viernes, salvo feriados). Se aceptará todo tipo de garantía que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, tales como boleta bancaria, póliza de seguro de ejecución inmediata, vale vista, o certificado de fianza. Asimismo, podrá otorgarse mediante uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar. Será responsabilidad del contratado mantener vigente esta garantía hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento. Ésta podrá ser otorgada por el Adjudicatario o por un tercero a su nombre. o a su nombre.
Glosa: En caso de que la garantía sea una boleta bancaria, póliza o certificado de fianza, es deseable que la glosa defina al menos lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato por los servicios aseo y limpieza en dependencias de la Dirección Regional de ProChile Biobío, y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los contratantes.”. El certificado de fianza deberá además señalar, que dicha garantía no goza de beneficio de excusión, siendo esa característica irrenunciable y que el fiador deberá comprometerse a pagar la fianza a todo evento y a simple requerimiento de PROCHILE. En caso de que el adjudicatario, opte por presentar una póliza de seguro o un certificado de fianza como garantía, dichas instrumentos deberán considerar en sus condiciones de cobro, cobertura por multas y causas penales y/o agregar en la glosa expresamente dicha cobertura.
Forma y oportunidad de restitución: El proveedor contratado podrá solicitar la devolución de la garantía una vez finalizado el período de cobertura de la garantía exigida en estas Bases, la que será restituida dentro del plazo de 5 días después del vencimiento de la garantía. ProChile podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los siguientes casos: i. No pago de multas dentro del plazo establecido. ii. Aplicación de tres multas durante la vigencia del contrato. iii. Término anticipado del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.19, cuando la causal invocada sea imputable al proveedor contratado. iv. En caso de incumplimiento del proveedor contratado en el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores. En caso de cobro de esta garantía en los casos anteriormente mencionados, ProChile deberá restituir al proveedor contratado el excedente si lo hubiere, y este deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que remplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del Contrato sin derecho a indemnización alguna. En caso de que la garantía entregada tenga una fecha de vencimiento anterior, el proveedor contratado deberá remplazarla, a más tardar, 15 días hábiles anteriores a su vencimiento, por otra de iguales características que cumpla con el plazo de vigencia antes referido, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

 

9.1.1. ASPECTOS GENERALES


ProChile invita a participar en el proceso de licitación pública para la contratación de una persona natural o jurídica, que preste los servicios de aseo y limpieza en las dependencias de la Dirección Regional de ProChile Biobío, ubicadas en Av. O’Higgins N° 420, piso 4, oficina N°42, ciudad de Concepción, Región del Biobío.

 

Las dependencias de la Dirección Regional de ProChile Biobío, cuentan con una superficie aproximada de 248 m2, distribuidos, de acuerdo al siguiente detalle:

 -Recepción: piso flotante, ventanas y muebles.
-7 oficinas: piso flotante, ventanas y muebles.
-1 sala para reuniones: piso flotante, ventanas y muebles.
-3 baños: piso y paredes de cerámica y artefactos, sin ventanas.
-1 cocina con 1 mueble, 1 microondas y 1 frigobar, piso cerámico.
-2 mini bodegas con piso flotante, ventanas, muebles, archivadores y material promocional.

 

La contratación comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el contrato que suscriban las partes al efecto y tendrá una duración de 24 meses.

 

9.1.2. OBJETIVO

 

Contar con el servicio de aseo y limpieza para las dependencias de la Dirección Regional ProChile Dirección Regional de ProChile Biobío, ubicadas en Av. O’Higgins N° 420, piso 4, oficina N°42, ciudad de Concepción, Región del Biobío, por un periodo de 24 meses. 

 

9.1.3. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS 

9.1.3.1. HORARIO EN QUE SE EJECUTA EL SERVICIO 


Los servicios de aseo y limpieza se prestarán en las dependencias de la Dirección Regional de ProChile Biobío, en la ciudad de Concepción, en el domicilio antes indicado, de acuerdo a la siguiente frecuencia y horarios:


- Aseo diario: de lunes a viernes (excepto feriados), en horario continuado de 09:00 a 13:00 horas. 
- Aseo mensual: los servicios que deban prestarse de manera mensual deberán ejecutarse el último día hábil del mes de 09:00 a 13:00 horas (excepto feriados). 

En caso de que los servicios mensuales coincidan con los servicios diarios, el adjudicatario deberá privilegiar su realización por sobre el servicio de limpieza diaria; no obstante, el servicio de aseo deberá ejecutarse de forma regular, en la medida que las condiciones lo permitan.

En el caso de que la fecha acordada para los servicios mensual coincida con un día feriado, la fecha se podrá reprogramar de común acuerdo entre las partes, siempre que se realice dentro del mismo mes calendario programado inicialmente.

Si durante la vigencia del contrato, las partes consideran necesario variar la modalidad horaria para la prestación de los servicios, podrán así convenirlo por escrito.

La Adjudicataria deberá, durante la ejecución del contrato, aceptar sugerencias de ProChile para un mejor desempeño de sus funciones, tanto respecto de las normas de aseo, como de los horarios y otros.

 

La hora de ingreso y salida de la(s) persona(s) destinada(s) a desarrollar las labores de limpieza y aseo de las dependencias de la Dirección Regional de ProChile Biobío, quedará registrada en un libro caratulado “Asistencia Personal de Aseo” que la adjudicataria mantendrá bajo su responsabilidad y en su calidad de Empleadora y que estará disponible en la Secretaría de la señalada Dirección Regional.

 

En el evento que la(s) persona(s) destinada a desarrollar las labores antes señaladas no asista(n) o se ausente(n), ya sea por motivos de licencia médica, permiso o feriado legal, deberá(n) ser reemplazada(s) en las mismas condiciones que la titular(es), es decir, la adjudicataria deberá proporcionar una o más personas de reemplazo, quien(es) estará(n) a cargo de realizar las mismas labores y cumplir el horario convenido.

 

9.1.3.2. MAQUINARIAS, UTENSILIOS E INSUMOS Y OTROS

 

Será de cargo de la Adjudicataria proveer al personal de toda la maquinaria y/o utensilios requeridos para la prestación de los servicios convenidos, considerando en su oferta, como mínimo:

 

- Aspiradoras
- Escobillones
- Palas y demás utensilios que sean necesarios para una adecuada prestación de los servicios encomendados.
- Utensilios y elementos de protección personal necesarios para la limpieza de vidros interna y externa, adecuados para la prestación de los servicios encomendados, tales como arnés de seguridad y/o escalera, y otros que estime relevante.
 


Además, la Adjudicataria deberá proveer
de los insumos necesarios, para el cumplimiento de las tareas encomendadas en la Dirección Regional, contemplando en su oferta, como mínimo, los siguientes insumos:

 

- Lavalozas
- Limpiador desengrasante en crema para baños y cocina
- Cloro
- Líquidos limpia vidrios 
- Lustra muebles
- Paños de cocina
- Paños de limpieza (traperos)
- Toallas interfoliadas de papel absorbente para dispensadores
- Desodorante ambiental para oficinas y salas de reuniones
- Esponjas
- Desinfectante en aerosol
- Bolsas de basura 50 x 70 cm.
- Bolsas de basura 70 x 90 cm.
- Limpiador para pisos
- Papel higiénico domiciliario mínimo 50 metros doble hoja
- Jabón líquido de manos
- Pastillas en los inodoros (para todos los baños)
- Guantes Nitrilo y guantes de goma
- Alcohol Isopropílico 99,9% (desinfectar teléfonos) 
- Insecticida en aerosol.

Estos se deberán reponer en la medida que sea necesario, pudiendo, además ofertar otros productos adicionales, similares y necesarios, estrechamente vinculados con el servicio requerido. 

 

Estos insumos deberán ser de buena calidad, biodegradables y en caso de utilizar aerosoles ellos deberán contemplar en su rotulación que no dañan la capa de ozono, además los productos a utilizar deben contar con registro del Instituto de Salud Pública (ISP) o una certificación equivalente que acredite el cumplimiento de las condiciones de seguridad para cada uno de ellos. 

 

Tanto la maquinaria y utensilios a proveer como los insumos que se utilizarán para la prestación de los serviciosdeberán ser consignados en el Anexo Nº 3: Formulario Oferta Técnica, que se adjunta a las presentes Bases. 

 

Será de cargo de la Adjudicataria los gastos en transporte de las maquinarias, utensilios e insumos de limpieza antes señalados, necesarios para la prestación de los servicios.

 

La utilización de los insumos ofertados para la higienización, como la limpieza de las dependencias de la Dirección Regional de ProChile Biobío, serán periódicamente revisadas y evaluadas por la Contraparte Técnica designada en el contrato definitivo, a fin de velar por el fiel cumplimiento de los servicios requeridos.

 

9.1.3.3. EVENTUALES DAÑOS

 

La Adjudicataria será responsable por todo daño causado en las dependencias de la Dirección Regional de ProChile Biobío, en la ciudad de Concepción, por el personal a su cargo mientras se realice el servicio de aseo y limpieza, garantizando la reparación y/o reposición de los objetos y/o equipos dañados cuando corresponda, caucionando la garantía de fiel cumplimiento del contrato esta obligación.

 

9.1.3.4. FRECUENCIA Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ASEO

 

En el marco de la presente Licitación, los servicios a contratar comprenderán, a lo menos, las siguientes tareas, en la forma y oportunidades que se indican.


a) Servicios de Aseo y Limpieza Diarios (lunes a viernes): 
Este servicio debe comprender las siguientes actividades como mínimo, en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas (excepto feriados).

Limpieza de mobiliario: escritorios, sillas, mesa de reuniones, muebles en general, archivadores, muebles colgantes y vitrina al costado de la puerta de entrada.
- Limpieza y desmanchados de pisos flotantes.
- Limpieza externa de computadores, impresoras, teléfonos, fotocopiadora y equipos en general.
- Retiro de basura y limpieza de papeleros.
- Limpieza de cocina.
- Lavado de loza y utensilios (vajilla). 
- Lavado de paños de cocina.
- Riego de plantas interiores
- Limpieza y desinfección de baños y cerámicas.
- Limpieza externa e interna de microondas y frigobar.
- Barrido y aspirado de las oficinas.
- Desodorización.


b) 
Servicio de aseo mensual: Este servicio debe comprender las siguientes actividades como mínimo, los que deberán ejecutarse el último día hábil del mes de 09:00 a 13:00 horas (excepto feriados).

- Aseo profundo de todas las oficinas, limpieza profunda de pisos, puertas, paredes y bodegas.
- Limpieza de cuadros, ventanas, guardapolvos, espejos.

- Limpieza profunda interna y externa de frigobar y microondas.
- Limpieza de vidrios internos y externos.
- Limpieza de sillas de malla, ecocuero y plásticas.

 

c) Servicios adicionales 

 

Los Proponentes podrán ofertar servicios adicionales, los que deberán tener directa relación con los indicados en el numeral 9.1.3.4. de las presentes Bases.

 

Los servicios adicionales que se aceptarán y se podrán ofertar, uno o más, será en los siguientes ámbitos:

 

- Servicio de Higienización.
- Servicio de desinsectación. 
- Otros servicios directamente relacionados con la prestación principal. 
- Oferta uno o más de los servicios requeridos en las frecuencias ya señaladas para el servicio de aseo diario y/o mensual, con una frecuencia mayor a la estipulada en las presentes bases. 

En caso de ofertar algún servicio relacionado, tales como sanitización y desinfección, que requieran de la autorización de la Seremi de Salud para su realización, los proponentes deberán adjuntar como parte de su oferta, la Resolución Sanitaria que los autoriza para su ejecución. 

 

La coordinación para la ejecución de los servicios señalados precedentemente será realizada por la Contraparte Técnica correspondiente, debiendo considerar que siempre habrá personal cuando realicen las labores de aseo y limpieza, lo cual no debe interrumpir el funcionamiento normal de la Dirección Regional Biobío.

 

No se considerarán como servicios adicionales directamente relacionados los siguientes servicios:


- Ofrecer Maquinaria para realización de servicios de aseo diario, mensual, semestral, estipulados en las presentes bases.
- Servicio de Estafeta.
- Servicio de Gasfitería. 
- Servicio de Cerrajería.


9.1.3.5 NÓMINA DEL PERSONAL DE ASEO

 

Dentro de los primeros tres (3) días del inicio de la prestación de los servicios, el Adjudicatario deberá entregar a la Dirección Regional ProChile Biobío, el nombre del personal que ingresará a las dependencias, debiendo mantenerla actualizada, ante modificaciones en el personal designado o reemplazante. Esta actualización deberá estar a disposición de la Dirección Regional ProChile Biobío a más tardar el día hábil siguiente de producido el referido cambio de personal, previa comunicación escrita a la Contraparte Técnica de ProChile, al momento de producirse.

 

Sin perjuicio de lo anterior, ProChile podrá solicitar el cambio del personal destinado a la prestación de los servicios, si su desempeño no es el adecuado, en opinión de ProChile; cambio que deberá realizar el Adjudicatario en un plazo no superior a (5) días hábiles.

 

En caso de que se realice un cambio en personal o por motivos de fuerza mayor que le impida concurrir a la respectiva dependencia de la Dirección Regional, la remuneración mensual bruta ofertada deberá ser la misma que el proveedor adjudicado tendrá que pagar al personal que realice el reemplazo.

 

9.1.4.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

 

La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:

 

ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente

 

Se debe entregar la información requerida en el Anexo N°1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado, se considerará como presentada por el oferente.

 

De no incluirse el mencionado Anexo N°1, o si dicha información no está disponible en El Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.

 

ANEXO N° 2: Formulario Oferta Económica

 

Los oferentes deberán completar el Anexo N°2: Formulario Oferta Económica”, indicando el precio en pesos chilenos, el que debe considerar la totalidad de los servicios requeridos, e incluir impuestos y todos los costos que ello implique. El monto mensual ofertado no podrá exceder de $700.000.- (setecientos mil pesos), incluyendo impuestos y costos asociados.

 

Si no se incluye el citado Anexo o si supera el monto total disponible, las ofertas serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.

 

ANEXO N° 3: Formulario Oferta Técnica

 

Presentación escrita, atendiendo a lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, que debe considerar la totalidad de los servicios requeridos, de acuerdo al Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”.

 

La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:

 

Ítem I. Mencionar y describir la prestación de los servicios: Desarrollo de la presentación de los servicios ofertados, de acuerdo a lo solicitado en el numeral 9.1.3.4 de las presentes Bases, considerando:

 

- Servicio de aseo y limpieza diario.
- Servicio de aseo y limpieza mensual.

Ítem II. Mencionar y descripción de las maquinarias y/o utensilios a utilizar: Deberá presentar y describir las maquinarias y/o utensilios a utilizar para desarrollar los servicios ofertados, de acuerdo a lo solicitado en el numeral 9.1.3.2 de las presentes Bases.

 

Ítem III. Mencionar y descripción de los insumos a utilizar. Deberá presentar y describir las maquinarias y/o utensilios a utilizar para desarrollar los servicios ofertados, de acuerdo a lo solicitado en el numeral 9.1.3.2 de las presentes Bases.

 

Ítem IV. Servicios Adicionales: Deberá presentar y describir los servicios adicionales ofertados, de acuerdo a lo solicitado en el numeral 9.1.3.4 de las presentes Bases.

 

Ítem V. Experiencia del Oferente: Señalar la experiencia que posee el oferente en prestaciones similares de servicios de aseo y limpieza de oficinas, prestados entre los años 2024 y 2025, inclusive, cada uno de al menos, un valor mensual de $600.000.- (seiscientos mil pesos), en base a la información proporcionada por el proponente en el ítem V. del Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”.

 

Cada prestación de servicios deberá ser acreditada mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: (1) copia íntegra del contrato debidamente firmado por las partes, (2) Copia de Orden de Compra en estado “aceptada” o estados posteriores para el Sector Público; en caso de Orden de Compra entre entidades privadas, el documento deberá estar aprobado o firmado por el emisor o cliente, o (3) Carta o certificado emitido y firmado por el respectivo cliente. Estos documentos deben contener, a lo menos, la siguiente información: Nombre del cliente, fecha o año de la prestación, monto facturado y breve descripción del servicio. 

 

ProChile sólo evaluará los 5 servicios que figuren en el ítem V del Anexo Nº 3, y que cumplan con los requisitos solicitados en las bases de licitación, teniendo por no presentados los restantes. 

 

En el caso de que los servicios hayan sido prestados a ProChile no será necesario que se adjunten documentos de acreditación, pero si deberá incluirlo en el listado dispuesto para ello en el Anexo N°3.

 

No serán considerados para la evaluación, los comprobantes que se deban obtener o consultar en otra fuente que no sea la documentación contenida en la propuesta.

 

Ítem VI. Condiciones de Empleo y Remuneración: Los oferentes deberán señalar el monto de la remuneración bruta mensual bruta que pagará al trabajador(es) o trabajadora(s) que asigne a la presente contratación, en caso de que se adjudique la presente licitación, completando en ítem VI. del Anexo N° 3 de estas bases.

 

En caso de que el oferente proponga realizar la ejecución del servicio con más de una persona, deberá declarar el monto de la remuneración bruta mensual que se pagará a cada uno(a) de los(as) trabajadores asignados.  

 

Ítem VII: Criterios sustentables e inclusivos


En relación con el criterio de evaluación inclusivo, los oferentes deberán completar el formulario establecido en el numeral VII del Anexo N° 3 y adjuntar la documentación solicitada para verificar lo declarado, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Sello Empresa Mujer: El/la oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado, a través del Certificado Empresa Mujer, disponible en el Registro de Proveedores. En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer (información del Registro Civil) y en el caso de que el proveedor sea una persona jurídica, debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones: (1) tener más del 50% de la propiedad de la empresa corresponde a una o más mujeres, (2) el representante legal o gerente general es mujer y (3) tener más del 50% de representantes legales mujeres (Este sello se puede verificar en www.mercadopublico.cl). En el caso que el proveedor, sea una institución sin fines de lucro, instituciones públicas u otro similar, podrá incorporar una certificación equivalente al Sello Empresa Mujer.

 

Contratación de personas con discapacidad: El oferente deberá señalar si cuenta con personas con discapacidad dentro de la empresa. Para acreditar lo anterior deberá adjuntar: (1) contrato de trabajo vigente, firmado por ambas partes (dicho contrato debe ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la contratación) y (2) credencial de discapacidad correspondiente o certificado de discapacidad.

 

Convenio de disposición y/o reciclaje de desechos: El oferente deberá indicar si dispone de convenios de disposición y/o reciclaje de desechos, considerando insumos usados en sus procesos productivos, papel, latas, vidrios u otros. Para acreditar este hecho deberá adjuntar copia de contrato, convenio o certificado que acredite que dicha política se encuentre vigente al momento de la apertura de la presente licitación.

 

Ítem VIII: Programa de Integridad y ética empresarial.

 

De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886, el proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal, lo que deberá ser declarado por los oferentes, completando el formulario contenido en el numeral V. del Anexo N°3 de este pliego de condiciones.

 

Para efectos del presente proceso de licitación, se entenderá como programa de integridad y ética empresarial un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos, promoviendo una cultura de cumplimiento.

 

El cumplimiento de lo anterior deberá ser acreditado por los oferentes, según lo informado al ofertar en el ítem V del Anexo N°3. Además, los oferentes deberán adjuntar copia del programa y el documento correspondiente que acredite su difusión, tales como, correos electrónicos institucionales, actas de recepción, toma de conocimiento o recepción a conformidad firmada por los trabajadores, comunicado interno que conste en su página web y/o intranet, copia de reglamento interno dónde conste la aplicación del programa, u otro.

 

Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación.

 

En el caso de que los oferentes presenten su oferta como persona natural y la contratación no requiera de un equipo de trabajo, sólo será requisito contar con un Programa de Integridad y Ética empresarial, pues, por lógica, la sola presentación del documento se entenderá como el medio de acreditación para su difusión.

 

Cuando las ofertas sean presentadas por UTP, todos los integrantes deberán cumplir con lo señalado y adjuntar la documentación si corresponde.

 

Para efectos de la evaluación del ítem referido al “Programa de Integridad y Ética empresarial” se considerará la información proporcionada por los proveedores en el numeral VIII. del Anexo N°3 de las presentes Bases.


Consideración final ANEXO N°3: 

 

De no incluirse el mencionado Anexo N° 3; si dicho Anexo no se encuentra firmado; si no contiene toda la información solicitada en los ítems N° I, II y III; o si la propuesta no da cuenta del cumplimiento expreso de los requisitos establecidos en el numeral 9.1 de las presentes bases, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.

 

No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas.

 

ANEXO N°4: Declaración Jurada de oferta de empresas relacionadas y pertenecientes a un grupo empresarial.

 

Las ofertas que no presenten esta declaración debidamente completada y firmada serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.

 

9.1.5. PRIMACÍA DE LAS BASES

 

En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la información contenida en la ficha electrónica de licitación que figure en el portal www.mercadopublico.cl, primarán las presentes bases, las cuáles se encontrarán dentro de los archivos adjuntos, de la citada ficha de licitación.

 

9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN

 

La presente Licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, modificada por la Ley N° 21.634, su Reglamento y las presentes Bases, las que son obligatorias para los que participen en la Licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

 

Los derechos y obligaciones de el o los Adjudicatarios se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:


- Ley N°19.886, modificada por la Ley N° 21.634 que la moderniza y el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó su Reglamento.
- Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
- Contrato que suscriba ProChile con el Adjudicatario.
- Oferta del Adjudicatario y Aclaraciones a las mismas.
- Órdenes de Compra que emita ProChile.


9.3.- PLAZOS

 

Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos.

 

Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente sin necesidad de comunicación o resolución alguna.

 

9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES

 

Quienes presenten ofertas en esta Licitación, deberán, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones del contrato, fijar su domicilio en la ciudad y comuna de Concepción, Región del Biobío y se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el Adjudicatario de la contratación.

 

9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS

 

Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnico – económica por un plazo de sesenta (60) días.

 

9.6.- COSTO DE PRESENTACION DE LA OFERTA

 

Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a ProChile responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la Licitación.

 

9.7.- ACLARACIONES

 

Los interesados en participar en la presente Licitación podrán formular consultas y solicitar Aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3.- “Etapas y Plazos”, de las presentes Bases. Las Preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en el ID de la licitación respectiva. ProChile pondrá las referidas Preguntas y sus Respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.- “Etapas y Plazos”.

 

Las respuestas del foro se entenderán forman parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en el numeral 3, de las presentes bases.

 

En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 50, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 3 días hábiles administrativos (entendiéndose por estos los días comprendidos entre lunes y viernes, ambos inclusive, con excepción de los festivos de carácter nacional).

 

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación, sin necesidad de dictar un acto administrativo para tales efectos.

 

9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES

 

ProChile podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. En caso de realizarse una modificación a las Bases, el plazo para presentar ofertas deberá ampliarse en no menos de 2 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.

 

Asimismo, las modificaciones también podrán extender el plazo para ampliar la fecha de cierre para la presentación de las ofertas, con el objeto de aumentar la participación de los oferentes, o en caso de ocurrir la hipótesis de cantidad de preguntas planteada en el numeral precedente.

 

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases y serán aprobadas por resolución de PROCHILE totalmente tramitada.

 

9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

 

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

 

De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por ProChile, en idioma español y sólo aquellas ofertas enviadas oportunamente.

 

Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta ahí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá indicarse en Pesos chilenos, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:

 

- Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-5-LE26. Presionar el Botón “Buscar”.

- Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”.  Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.

-  Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.

- Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.

- Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Formulario Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.

- Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.

 

9.10.- APERTURA

 

La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un/a funcionario/a del Departamento de Compras, de la Dirección Administrativa de ProChile.

 

El/la funcionario/a del Departamento de Compras revisará y verificará el cumplimento de los antecedentes indicados en el numeral “4. Antecedentes para Incluir en la Oferta”, y dejará constancia del o los oferentes que no cumplan dichos requisitos mínimos exigidos en la presente bases, lo cual quedará reflejada en la apertura electrónica declarando como inadmisibles dichas postulaciones. Esta acta será de conocimiento de los participantes.

 

Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, ProChile podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.

 

Conforme con el inciso cuarto del artículo 51 Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N°19.886, los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.

 

9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS

 

La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.

 

La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por tres funcionarios(as) de ProChile. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.

 

Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:

 

- Respecto de las ofertas que hayan sido rechazadas en el acto de apertura, deberán pronunciarse señalando en el Acta de Evaluación de Ofertas las razones que lo justifican.

- En cuanto a las ofertas que hayan sido aceptadas, serán sujetas a una fase de análisis de admisibilidad por parte de la Comisión evaluadora, la que tendrá como fin determinar si cada oferta presentada da cumplimiento a los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación.

- Aquellas ofertas que resulten admisibles, deberán ser evaluadas por la comisión en función de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación, considerando todos los parámetros definidos para el proceso, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.

- La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.

- Dejar constancia, en el Acta de Evaluación de ofertas, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, se dejará constancia, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.

- Recomendar a la autoridad competente el(los) proveedor(es) adjudicado(s).

 

Por otro lado, los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

 

- Tener contacto con los oferentes, según los términos dispuestos en el artículo 35 ter de la ley N°19.886

- Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con el proceso de licitación, mientras sea parte de la Comisión Evaluadora.

- Aceptar donativos por parte de terceros, entendiéndose como terceros, entre otros, a empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

 

En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:

 

- Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-5-LE26. Presionar el Botón “Buscar”.

- Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.

- Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.

- Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

 

La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:

 

CRITERIOS A EVALUAR

Porcentaje

Descripción de los servicios, maquinarias, utensilios e insumos

30%

Experiencia del Oferente

20%

Precio

30%

Condiciones de empleo y de remuneración

10%

Criterios sustentables e inclusivos

5%

Programas de integridad y ética empresarial

2%

Comportamiento Contractual anterior 

3%

 

a) Evaluación del criterio Descripción de los servicios, maquinarias, utensilios e insumos (30%)

 

La evaluación de este criterio se realizará en base a los servicios, maquinarias, utensilios e insumos propuestos por el oferente a utilizar, según lo indicado en el Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”, Ítems I, II, III y IV.

 

Calificaciones

Justificación

Nota 4

La propuesta técnica describe y explica completamente todos los servicios a prestar y detalla claramente los insumos, utensilios y maquinarias a utilizar, ofertando, además, servicios adicionales estrechamente vinculados con el servicio requerido.

Nota 3

La propuesta técnica describe y explica completamente todos los servicios a prestar y detalla claramente los insumos, utensilios y maquinarias a utilizar, pero no oferta servicios adicionales.

Nota 2

La propuesta técnica describe los servicios a prestar, indicando los insumos, utensilios y maquinarias a utilizar, sin embargo, carece de claridad y detalle en alguno de los elementos solicitados.

Adicionalmente, oferta servicios adicionales estrechamente vinculados con los servicios requeridos.

Nota 1

La propuesta técnica describe y explica los servicios a prestar, indicando los insumos, utensilios y maquinarias a utilizar, sin embargo, carece de claridad y detalle en alguno de los elementos solicitados.

Adicionalmente, no oferta servicios adicionales.

 

b) Evaluación del criterio Experiencia del Oferente (20%)

 

Para la evaluación de este criterio se considerarán los servicios de aseo y limpieza de oficinas prestados por el oferente entre los años 2024 y 2025, inclusive, cada uno de, al menos, un valor mensual de $600.000.- (seiscientos mil pesos), en base a la información proporcionada por el proponente en el ítem V. del Anexo N° 3 y los documentos de acreditación que se adjunten. Se evaluarán 5 prestaciones similares indicadas en el anexo respectivo.

 

Para la evaluación de este criterio, se aplicará el siguiente cuadro:

 

Calificaciones

Justificación

Nota 4

Acredita 5 prestaciones.

Nota 3

Acredita 4 prestaciones.

Nota 2

Acredita 3 prestaciones.

Nota 1

Acredita 1 o 2 prestaciones.

Nota 0

No entrega información suficiente o no acredita prestaciones.

 

c) Evaluación del criterio Precio (30%)

 

Para la evaluación de este criterio, se tendrá en cuenta el precio total ofrecido en la propuesta, de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº2 “Formulario Oferta Económica”, incluyendo impuestos y eventuales costos asociados.

 

La propuesta de menor valor económico será calificada con el mayor puntaje asignado para este factor (nota 4). Las siguientes ofertas serán calificadas con un puntaje proporcional a dicha propuesta, de acuerdo a la siguiente fórmula:

 

Nota Precio Oferente=(Valor Económico de la Oferta de Menor Precio X 4)/(Valor Económico de la Oferta que se analiza )

El monto total ofertado no podrá exceder del presupuesto mensual estimado, que asciende a $700.000.- (setecientos mil pesos), incluyendo impuestos y costos asociados.

 

d) Evaluación del criterio Condiciones de Empleo y Remuneración (10%)

 

Para efectos de la evaluación, ProChile evaluará el monto de la remuneración mensual bruta que el proponente ofrece al personal, de acuerdo con las labores que se requieren para la entrega del servicio de aseo y limpieza, según con el requerimiento solicitado en el numeral 9.1.3.4. “Frecuencia y Descripción del Servicio de Aseo” de las presentes Bases.

 

Para ello deberán adjuntar los medios de verificación suficientes para acreditar lo señalado precedentemente, según se indica en el Ítem VI del Anexo N° 3.

 

La fórmula de cálculo se basa en la mayor remuneración bruta mensual ofertada, de modo que la mayor oferta obtiene la puntuación máxima (nota 4); a las demás se les asignará el puntaje de acuerdo a esta fórmula:

 

 Nota Remuneración Bruta:  (Remuneración mensual bruta de aseo ofertado en evaluación X 4)/(Mayor remuneración mensual bruta servicio de aseo ofertado en evalución )

 

e) Evaluación del criterio Criterios sustentables e inclusivos (5%)

 

Para la evaluación de este criterio, los oferentes deberán informar completando el ítem IV.- del Anexo N°3, y obtendrán la nota de acuerdo con la siguiente tabla:

 

Calificaciones

Justificación

Nota 4

Acredita 3 iniciativas inclusivas

Nota 3 

Acredita 2 iniciativas inclusivas

Nota 2

Acredita 1 iniciativas inclusivas

Nota 0

No acredita el cumplimiento de ninguno de los tres ítems indicados

 

f) Evaluación del criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial (2%)

 

La evaluación de este criterio se realizará en base a si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal, y acompaña los antecedentes requeridos, lo que será evaluado según lo indicado en el ítem IV del Anexo 3.

 

 

Calificaciones

Justificación

Nota 4

El oferente declara poseer un programa de integridad y ética empresarial conocido y aplicado por su personal, adjunta copia de dicho Programa y de los medios que acrediten que éste es conocido y aplicado por su personal.

En caso de personas naturales, declara poseer un programa de integridad y ética empresarial y adjunta copia de dicho Programa.

Nota 0

El oferente declara no poseer un programa de integridad y ética empresarial; o no adjunta copia del programa de integridad y ética empresarial declarado y/o no acredita que sea conocido y aplicado por su personal.

 

g) Evaluación del criterio Comportamiento Contractual anterior (3%)

 

Para la evaluación de este criterio se considerará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto a la circunstancia de haber sido sancionado o multado, registrar algún término anticipado de contrato o cobro de una garantía, en el marco de un contrato celebrado con ProChile para la prestación de servicios, dentro de los últimos 24 meses, contados desde la fecha de presentación de su propuesta. 

 

ProChile verificará tal(es) circunstancia(s) por cada Oferente y dejará constancia en el Acta de Evaluación, si correspondiere, del(los) acto(s) administrativo(s) que hayan dado origen a la sanción derivada de algún incumplimiento con ProChile. 

 

Calificación

Justificación

Nota 4

El oferente no ha sido sancionado por contrataciones de servicios con ProChile dentro de los últimos 24 meses.

Nota 0

El oferente ha sido sancionado por contrataciones de servicios con ProChile dentro de los últimos 24 meses.

 

Criterios de Desempate

 

El resultado de la evaluación se obtendrá del promedio ponderado considerando los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes asignados a dichos factores.

En caso de que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:

 


- Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Descripción de los servicios, maquinarias, utensilios e insumos”.
- Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Precio”
- Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Experiencia del oferente”
- Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Condiciones de empleo y de remuneración
- Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Criterios sustentables e inclusivos”
- Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Comportamiento Contractual anterior


9.12.- ADJUDICACIÓN

 

Terminada la evaluación y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.

 

La adjudicación producirá efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que la apruebe.

 

En caso de que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral N° 3.- “Etapas y plazos”, ProChile informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

 

De acuerdo al artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 4.- “Antecedentes para incluir en la oferta”, o cuando estas no se ajusten a lo establecido en las Bases de Licitación, la Ley N°19.886 y sus modificaciones o su Reglamento.

 

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el inciso segundo del artículo 9 de la Ley N° 19.886. En este caso, ProChile considerará para efectos de la evaluación de la presente licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no sea considerada una oferta “riesgosa o temeraria” de acuerdo a la definición establecida en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886, es decir, se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por la Contraparte Técnica de ProChile que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.

 

Cuando una oferta sea considerada “riesgosa o temeraria”, ProChile podrá solicitar una garantía de Fiel Cumplimiento por un porcentaje mayor, lo que deberá ser justificado en el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.

 

Adicionalmente, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile, podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no fueran admisibles y/o cuando estas últimas no resulten convenientes a sus intereses.

 

Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas, no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.

 

Consulta sobre la Adjudicación

 

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica comprasprochile@prochile.gob.cl.

 

Responsabilidades y obligaciones del Adjudicatario 

 

-Velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores durante todo el periodo de contratación.
-El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336, sobre propiedad intelectual.
-Velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los bienes y/o servicios entregables requeridos en virtud de los servicios encomendados, so pena de la medida que esta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.
-Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por ProChile, esto es, en los plazos que se determine para la entrega de estos.
-Proveer de los servicios que fueron adjudicados en los plazos comprometidos, según su oferta adjudicada, y cumpliendo las especificaciones y requerimientos técnicos correspondientes establecidos en las Bases de Licitación.
-El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
-Acreditar, a la mitad del periodo de vigencia del contrato, y con un máximo de seis meses, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
-Cumplir con las demás obligaciones que le impone las Bases de licitación y el contrato de prestación de servicios y/o la respectiva Orden de Compra, según corresponda.
-El cumplimiento de las normativas del Código del Trabajo y otras normas relacionadas como la Ley Karin, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.

 

9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN

 

La adjudicación será dejada sin efecto por resolución fundada en los siguientes casos:

 

-Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;
-
Si el oferente no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de suscribirlo;
-Si el Adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con ProChile;
-Si el Adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato;
-Si el Adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato dentro del plazo fijado para este fin en la resolución adjudicataria.
-Si la oferta presentada no emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
-Si la oferta no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
-Si el Adjudicatario no devuelve firmado el contrato dentro del plazo fijado en el numeral 9.14.- “Condiciones contractuales”.
-Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste.

 

Verificada alguna de las causales anteriores, ProChile podrá, dentro de un plazo de 60 días contados desde la publicación del acto administrativo que adjudicó, dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.

 

9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES

 

Notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, no deberá mediar un plazo superior a los 20 días hábiles, salvo razones fundadas calificadas por el Servicio que justifiquen su ampliación, para la celebración del respectivo contrato, período en que debe gestionarse la presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario, la elaboración del contrato, firma de éste y tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

 

Juntamente con la devolución del contrato firmado y la Declaración Jurada, conforme al Anexo N° 5, el Adjudicatario deberá entregar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, que además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores.

 

Para la elaboración del respectivo contrato, el adjudicatario deberá remitir a ProChile los siguientes Antecedentes Legales:

 

1.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):

 

-Declaración Jurada, según formato ANEXO N°5-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y en el artículo 33 de la Ley N°21.595.
-Cédula de identidad del Adjudicatario.
-Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas naturales que la integran.

 

2.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:

 

-Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
-Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
-Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
-Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
-Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
-Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y los artículos 33 y 50 de la ley N° 21.595 y que identifique los principales socios o accionistas del Adjudicatario.
-Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.

 

3.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:

 

-Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
-Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
-Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
-Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595.
-Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.

 

4.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:

 

- Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa Adjudicatario
-Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
-Documentos que acrediten su existencia legal, como, asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.

 

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 días hábiles.

 

El Adjudicatario sólo deberá remitir a ProChile aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores.

 

En los casos de que el oferente sea una empresa pública, se requerirá el acto administrativo de nombramiento de su representante legal o su equivalente, conforme lo determine la normativa aplicable al caso, y toda la documentación anteriormente citada, en los casos que sea procedente conforme con la naturaleza de la empresa pública.


9.15.- MODIFICACION DEL CONTRATO

 

De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el contrato podrá modificarse, en los siguientes casos:

 

-Aumento del monto total contratado. Esta modificación no deberá superar el 30 %.
-Aumento del Plazo de vigencia del contrato por solo una vez, hasta completar el total del monto máximo aumentado que no deberá superar el 30 %.
-Modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.

 

Con todo no podrá aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado, siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello. Cualquier modificación de aquellas señaladas previamente, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

 

En caso de materializar la modificación del contrato, el proveedor deberá renovar vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, equivalente a lo indicado en el capítulo 8. GARANTÍAS REQUERIDAS.

 

En caso de modificación de las dependencias donde deberá llevarse a cabo la prestación de los servicios de aseo y limpieza, corresponderá pagar a la Adjudicataria por el mayor espacio físico de las nuevas dependencias. Para determinar el valor adicional se aplicará la siguiente fórmula: 

 

MA x POC 

          MIC

 

Donde:

 

POC= precio originalmente convenido

MIC= metros cuadrados inicialmente contratados

MA= metros cuadrados adicionales

 

Asimismo, se aplicará la misma fórmula anterior en caso de reducirse el espacio físico de las nuevas dependencias, que conlleve una reducción del precio a pagar a la Adjudicataria por el menor espacio físico que será objeto del contrato.

 

9.16.- DEL PAGO

 

ProChile pagará mensualmente y por períodos vencidos, el precio que corresponda según la propuesta económica del Adjudicatario, para lo cual deberá adjuntar lo indicado en el numeral 9.22.3.i de las presentes Bases.

 

El procedimiento general será el siguiente:

 

- Cada pago se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la respectiva Factura, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, por los servicios contratados, y siempre que cuente con Recepción Conforme de la Contraparte Técnica de ProChile.
- Las facturas electrónicas deben ser enviadas a los correos electrónicos: “prochilerecepcion@custodium.com” y “dipresrecepcion@custodium.com”.
- Cada factura deberá ser emitida a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto). Lo anterior, señalando como “Giro”: Actividad de la Administración Pública en General “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
- Cada pago estará sujeto a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato suscrito al efecto y aceptadas la/s Órdenes de Compra emitidas a través de www.mercadopublico.cl.
- Los pagos se efectuarán a través de transferencia electrónica, para lo cual el Adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.

Los pagos podrán efectuarse, a través de transferencia electrónica, para lo cual el proponente adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.


No obstante lo anterior, ProChile sólo pagará al adjudicatario el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, de acuerdo a lo indicado en el numeral 9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO de las presentes Bases.

 

El precio ofertado por el Adjudicatario se reajustará semestralmente, de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o por el organismo que lo suceda o reemplace legalmente. Para aplicar el reajuste, se entenderá que un (1) semestre se cumple a los 6 meses contados a partir de la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato respectivo, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.

 

Sin perjuicio de lo indicado se hace presente que contratación está sujeta a la disponibilidad de fondos que la respectiva Ley de Presupuestos contemple para el año 2027 y 2028, respectivamente.

 

9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA

 

Actuará como contraparte técnica en ProChile, Director/a Regional ProChile Biobío a quien le corresponderá gestionar el contrato, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado, la aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato y las garantías asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al reemplazante.

 

9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO

 

El contrato entrará en vigor una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de PROCHILE que lo apruebe y se extenderá por un periodo de 24 meses.

 

9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

 

El o los contratos podrán terminarse anticipadamente por PROCHILE sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

 

- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- Resciliación o mutuo acuerdo de las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratado, entendiéndose por tal la aplicación de tres multas o sanciones, o se haya superado el porcentaje máximo establecido en el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes bases.
- Estado de notoria insolvencia del contratado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Por la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible o dificulte significativamente la prestación de los servicios de la manera en que fueron contratados.
- Por la incapacidad del contratado de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato, según se indica en el N° 5 del artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
- Si los representantes o el personal dependiente del contratado cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
- No renovación o reposición de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, según lo dispuesto en el párrafo final del numeral “8. GARANTÍAS REQUERIDAS” de las presentes Bases.
- Incumplimiento de cláusula de “CONFIDENCIALIDAD” señalada en el contrato.
- Si el proveedor -en virtud de una petición de ProChile conforme al artículo 4° de la Ley N° 19.886- no presenta comprobantes y planillas que acrediten que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
- Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de Licitación o durante la vigencia del Contrato.

- En caso de no existir disponibilidad presupuestaria en el año respectivo.
- En caso que al proveedor se le imponga una pena de Inhabilitación para contratar con el Estado, lo que produce la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el proveedor condenado, de acuerdo al artículo 33, inciso segundo, de la Ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como en el caso que al proveedor se trate de una persona jurídica y se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, regulada en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Es caso de la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, y cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo indicado en el numeral 9.15 de las presentes Bases o en el reglamento de compras, ProChile pagará el precio sólo por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, lo que deberá ser verificado por la Contraparte Técnica de ProChile.

 

En el caso en que se configure alguna causal de término anticipado del contrato que sea imputable al contratado, será utilizado el mismo procedimiento para la aplicación de sanciones descrito en el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes Bases, en aquellas secciones que corresponda.

 

Se dictará una resolución fundada disponiendo el término anticipado de la contratación, la cual se pronunciará sobre el alcance de la terminación, la fecha a partir de la cual ésta entrará en vigor y los descargos efectuados, si existieren. El referido acto administrativo será impugnable por el contratado, por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

 

Una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

 

Conforme con lo señalado en el artículo 135 del Reglamento de la Ley N° 19.886, PROCHILE deberá cobrar la Garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de término anticipado del contrato, salvo en los casos que la imposibilidad del cumplimiento del contrato no obedeciere a motivos imputables al Proveedor.

 

9.20.- SANCIONES

 

Para los efectos de sanciones, se aplicarán las multas de acuerdo a los siguientes ítems, las cuales, conforme con lo señalado en el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en todo caso no podrán superar el 30% del monto total del contrato:

 
a. No proporcionar los servicios requeridos y ofertados por el Adjudicatario en el Anexo Nº 3: “Formulario Oferta Técnica”, durante las jornadas establecidas en los numerales “9.1.3.1. EJECUCIÓN DEL SERVICIO” Y “9.1.3.4. FRECUENCIA Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ASEO” de estas Bases, por causas que le sean imputables. Por cada dos días que el personal asignado no concurra a las dependencias para la prestación del servicio dentro de un mes, se aplicará una multa por un monto equivalente a un 10% (diez por ciento) de la factura mensual, con un tope de 20%.

b. 
Se aplicará una multa por un monto equivalente a un
2% (dos por ciento) de la factura mensual, por cada dos horas de atraso en la hora de inicio, sumadas dentro del mismo mes, de acuerdo con lo establecido en los numerales “9.1.3.1. EJECUCIÓN DEL SERVICIO” Y “9.1.3.4. FRECUENCIA Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ASEO”, con un tope de 20%.

c. 
Por la entrega de los servicios solicitados con incumplimiento en la modalidad o calidad según lo requerido en el numeral “9.1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS” de estas Bases, y lo ofertado por el Adjudicatario en el Anexo Nº 3: “Formulario Oferta Técnica”, por causas que le sean imputables, y su monto ascenderá al
2% (dos por ciento) del valor de la factura mensual, con un tope de 20%.

d. 
El proveedor será sancionado con una multa de un
1% (uno por ciento) del valor de la factura mensual, por cada día de atraso en la entrega de la correspondiente factura, a contar de los 30 días de terminado el mes a facturar, con tope de 30 días.

e. En el evento que el proveedor no repare ni reponga los objetos y/o equipos dañados por el personal a su cargo, de acuerdo con lo indicado en el numeral 9.1.3.3. de las presentes Bases de Licitación, se aplicará una multa equivalente al
1% (uno por ciento) de la factura mensual correspondiente, por cada día de atraso en la reparación y/o reposición del daño, con un tope de 30%.

 

La multa no se aplicará si el evento se produce por caso fortuito o fuerza mayor.

 

Si PROCHILE considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al contratado, indicando el monto y fundamento de la misma. El contratado dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos.

 

En los descargos, el Proveedor deberá señalar todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Todo ello, sin perjuicio de otras presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del procedimiento sancionatorio con el mismo objeto. Asimismo, deberán solicitarse las diligencias probatorias pertinentes.

 

Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, ProChile resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada, dentro del plazo de diez días hábiles, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al contratado, copia del Acto Administrativo pertinente.

 

Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por el contratado por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones del artículo 59 de la Ley Nº 19.880.

 

En caso de que PROCHILE determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, el Adjudicatario deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a 5 días contados desde su notificación mediante la resolución fundada. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado, PROCHILE quedará facultado para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago, o bien, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera al Adjudicatario del cumplimiento de la obligación principal.

 

9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las Personas Jurídicas chilenas)

 

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, el Adjudicatario que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

 

PROCHILE, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que el Adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

 

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del oferente contratado dará derecho a PROCHILE a hacer efectiva la boleta de garantía prevista en el numeral 8.- “Garantías requeridas” y a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que la empresa referida no podrá participar

 

9.22.- TRABAJO EN RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN

 

9.22.1.- El personal que desempeñe trabajos relacionados con los servicios objeto de esta Licitación, deberá estar efectivamente contratado por el adjudicatario, mediante los correspondientes contratos de trabajo, extendidos conforme a la ley. Dicho personal no tendrá relación laboral, de subordinación ni dependencia, ni relación contractual de ninguna naturaleza con “ProChile”, siendo de cargo del adjudicatario, el pago de sueldos, sobresueldos, cotizaciones, impuestos u otros, derivados de los contratos que al efecto se celebren.

 

Dentro de los tres (3) primeros días del inicio de las labores propias del contrato, el adjudicatario deberá entregar a ProChile la nómina completa del personal que realizará las labores y copias de todos los contratos de trabajo del personal a su cargo que esté destinado directamente a la prestación de los servicios contratados, quienes deberán tener la idoneidad requerida para la ejecución de las obras o servicios contratados, tanto técnica como moral. El adjudicatario sólo podrá destinar a las labores correspondientes a los servicios contratados, a aquellas personas que figuren en las referidas nóminas y se obliga, además, a mantenerlas actualizadas durante la vigencia del contrato.

 

En el evento que se produzca el término del contrato de trabajo de alguno de los trabajadores que realicen las labores correspondientes a los servicios que se contraten, cualquiera sea la causa o motivo, el adjudicatario deberá informarlo prontamente a ProChile, remitiéndole copia del finiquito de trabajo legalmente extendido.

 

9.22.2.- El adjudicatario dará estricto cumplimiento a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores que se desempeñen en dependencias de ProChile, reconociendo expresamente los derechos de información y retención contemplados en el artículo 183-C del Código del Trabajo.

 

Para lo anterior, el adjudicatario deberá acreditar mensualmente que ha dado cumplimiento a las normas legales sobre protección contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, así como del pago de las cotizaciones previsionales y de salud correspondiente a los empleados que tiene asignados para la prestación de servicios respectiva, obteniendo los comprobantes de los organismos fiscalizadores correspondientes, que le sean requeridos sobre el particular por ProChile. Sin perjuicio de ello, ProChile podrá por si o a través de las entidades que designe, ejercer control laboral respecto de las obligaciones de dicha naturaleza que mantenga el adjudicatario con su personal.

 

9.22.3.- En prevención de la responsabilidad legal establecida en los Artículos 183-B y siguientes del Código del Trabajo o en las normas jurídicas que a futuro regulen o complementen la misma materia y en resguardo del interés fiscal, ProChile tendrá las facultades de control laboral que se indican a continuación.

 

9.22.3.i.- En todo momento, ProChile podrá exigir al adjudicatario que le acredite el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y previsionales que tenga con sus trabajadores asignados a las labores correspondientes a los servicios contratados y podrá utilizar cualquier mecanismo de auditoría laboral que estime conveniente para verificar la información proporcionada por el Adjudicatario o aquella que ProChile estime necesaria, sea con medios propios o externos. Requerido que sea el Adjudicatario por ProChile para acreditar cualquiera de las obligaciones mencionadas, la debida acreditación por parte del Adjudicatario será condición esencial para el pago de la factura.

 

Sin perjuicio de lo anterior, el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales aludidas precedentemente, deberá ser acreditado mensualmente mediante los siguientes documentos a entregar por el adjudicatario a ProChile, juntamente con la factura respectiva:

 

- Certificado, dado conforme a la ley, que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario respecto de los trabajadores que hayan tomado parte o intervenido en la ejecución de las actividades o labores propias del contrato, correspondiente a los servicios prestados en el período mensual anterior al correspondiente a la facturación.

- Acreditación del pago mensual de remuneraciones de sus trabajadores, mediante liquidaciones de sueldo debidamente firmadas por aquéllos.

- Contratos de trabajo, respecto de los trabajadores incorporados en el período correspondiente, y de los que hayan sido trasladados a otras faenas o establecimientos, con su respectivo anexo.

- Finiquitos, si correspondiera, de todos los trabajadores que dejen de prestar sus servicios asociados al presente contrato en el período respectivo.

- Planillas de cotizaciones previsionales y de salud, incluidas las correspondientes al seguro Ley Nº 16.744, correspondientes a las remuneraciones pagadas a sus trabajadores durante el mes anterior, con la constancia de su debida declaración y pago ante los organismos correspondientes.

Se deja expresa constancia del hecho que, para efectos del contrato que resulte de la presente Licitación, no se entenderá debidamente presentada una factura a la cual falte todo o parte de la documentación mínima de respaldo establecida precedentemente.

 

9.22.3.ii.- A más tardar sesenta (60) días antes del vencimiento del contrato a que de origen esta licitación y respecto de los trabajadores que sean contratados por el adjudicatario de manera temporal o transitoria, ya sean trabajadores directos o subcontratados, para desarrollar la labor objeto de esta licitación, el contratista se obliga a presentar a ProChile un Plan de Desmovilización con motivo de la terminación del respectivo contrato de prestación de servicios y con el objeto de garantizar la completa indemnidad de ProChile en materia laboral.

 

Cualquiera sea el Plan de Desmovilización que presente el contratista, éste deberá contemplar el finiquito de todos los contratos de trabajo involucrados en la ejecución de los servicios materia de esta contratación y el pago de las indemnizaciones que pudieren corresponder.

 

Este plan deberá indicar: 

 

  1. La fecha en que pondrá término a los contratos de trabajo de cada uno de sus trabajadores con motivo del término del respectivo contrato comercial. Asimismo, la oportunidad en que les dará aviso del término del vínculo laboral.
  2. La fecha en que sus subcontratistas pondrán poner término a los contratos de trabajo de cada uno de sus trabajadores con motivo del término del respectivo contrato comercial. Asimismo, la oportunidad en que les dará aviso del término del vínculo laboral.
  3. El proyecto de texto de los finiquitos de los contratos de trabajo y el monto unitario y total aproximados de los valores a pagar.

 

ProChile tendrá un plazo de diez (10) días para aprobar o rechazar el plan presentado por el adjudicatario, vencido el cual se entenderá aprobado. En caso de rechazarlo, ProChile señalará los elementos del plan que deben ser corregidos.

 

El adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días para corregir los elementos del plan de desmovilización que haya objetado ProChile, al término del cual deberá ponerlo en conocimiento de ésta.

 

Aprobado definitivamente el plan de desmovilización, el adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a sus términos.

 

9.22.3.iii.- Tratándose de trabajadores que tengan contrato de trabajo de carácter indefinido, que sean destinados a la prestación de las labores objeto de esta licitación, el adjudicatario deberá acreditar que se ha incluido como anexo a sus respectivos contratos de trabajo una cláusula que estipula expresamente la fecha a partir de la cual el trabajador comenzará a prestar servicios en el marco del contrato que su empleador ha suscrito con ProChile.

 

Asimismo, a la expiración del contrato a que de origen esta licitación, el contratista deberá acreditar, del mismo modo que en el párrafo anterior, la fecha de término de la prestación de los servicios para ProChile.

 

9.22.3.iv.- Se entenderá que el adjudicatario ha incumplido las obligaciones referidas en los numerales 9.22.3.ii y 9.22.3.iii.- si no se ajustare al procedimiento y plazos antes señalados o no aplicare efectivamente el Plan de Desmovilización aprobado, facultándose expresamente a ProChile para retener en su oportunidad el pago de la factura por los servicios prestados por el Contratista durante los dos últimos meses, según corresponda, hasta la acreditación del cumplimiento íntegro del Plan de Desmovilización aprobado o bien para imputar tales valores al pago por subrogación de las obligaciones laborales referidas en el Artículo 183-B del Código del Trabajo.

 

9.22.4.- Será obligación esencial del adjudicatario, cumplir estrictamente con las normas de Higiene y Seguridad que establezca e imparta ProChile, así como aquellas normas que impongan las leyes y reglamentos de prevención de riesgos, de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744); las del Código Sanitario; las normas del Decreto N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, que reglamenta las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y todas aquellas normas que complementen y modifiquen tales disposiciones.

 

El Adjudicatario deberá adherirse a una entidad mutualista de seguridad, con el objeto de dar plena garantía a sus trabajadores y a ProChile en el cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene. En tal sentido, el adjudicatario, en su calidad de empleador, contratará y mantendrá vigentes durante el plazo de vigencia del contrato que suscriba con ProChile, seguros de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales dispuestos en la Ley N° 16.744 para su personal y demás seguros contemplados y exigidos por la Ley Chilena, lo que ProChile podrá pedir sea acreditado en cualquier oportunidad.

 

El Adjudicatario deberá obligatoriamente proporcionar todos los equipos de protección personal e implementos de seguridad que cada uno de sus trabajadores requiera para las labores correspondientes a los servicios contratados, debiendo fiscalizar su uso en terreno.

 

9.23. CONFIDENCIALIDAD

 

Tanto el Adjudicatario como el personal que realice las tareas objeto de esta Licitación estarán obligados a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre toda información a la que tengan acceso en virtud de esta. La presente obligación en ningún caso cesará por el hecho de haber terminado la relación contractual entre el Adjudicatario y ProChile.

 

9.24. PACTO DE INTEGRIDAD

 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 

ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

 

iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

 

iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

 

v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

 

vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

 

vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

 

viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.




10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.