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DEFINICIONES |
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Además de las definiciones contempladas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley 19.886, las que forman parte integrante de las presentes Bases, se entenderá por:
a. Mandante: Corporación Nacional Forestal, que es la entidad que encomienda los trabajos materia de la presente Licitación Pública, poniendo a disposición del oferente los fondos necesarios para la realización de los trabajos.
b. Unidad Técnica de CONAF: Dependencia de la Corporación Nacional Forestal, a la que corresponde efectuar el control técnico y administrativo del desarrollo de la obra.
c. Especificaciones Técnicas: El pliego de características que deberán cumplir los trabajos materia de la presente licitación, incluyendo las normas sobre procedimiento de elaboración, exigencia a que quedan sometidos los materiales y pruebas que deben superar las diferentes etapas de ejecución.
d. Propuesta: La cotización ofrecida por el proponente para los objetos indicados en esta bases de licitación.
e. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras.
f. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
g. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
h. Accidente de trabajo: Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte, conforme a lo establecido en la Ley N°16.744, que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.
i. Contrato: La contratación se formalizará mediante la emisión y aceptación de la Orden de Compra.
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PARTICIPANTES |
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Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, que estén inscritas en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso cuarto del artículo 4 de la Ley 19.886, norma que dispone que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación pública quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
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CONSIDERACIÓN DEL OFERENTE AL PRESENTAR SU OFERTA |
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Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
-Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
-Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
-Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
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PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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COTIZACIÓN U OFERTA |
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La cotización u oferta deberá presentarse EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie y se ajustará (n) a la modalidad de Suma Alzada. La oferta debe ser ingresada en valores netos.
El oferente deberá indicar su calidad de contribuyente de primera categoría.
La cotización presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos a contar desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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ANEXOS QUE SE DEBEN INCLUIR EN LA OFERTA |
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Administrativos
El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes:
a) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente persona natural, según Anexo n.° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas
b) Declaración Jurada Simple, Anexo N° 2: “Antecedentes Actualizados del Oferente” firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles
c) Declaración Jurada Simple, Anexo N° 3: “Conformidad de las Base” firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica.
d) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 4 (Inhabilidades por condenas), adjunto a las presentes Bases, donde el oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.
e) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 5 (Conflicto de interés), adjunto a las presentes Bases, donde el oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes.
f) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 6 Declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios
g) El oferente deberá adjuntar en su oferta el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo. El proveedor una vez que realice el trabajo y se de paso a pagar el servicio este deberá presentar a CONAF el F30-1 Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo.
Anexos Técnicos
El oferente deberá completar los anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes:
Anexo N°1: Experiencia
Anexo N°2: Certificado F-30
Las ofertas que no incluyan los Anexos Técnico N°1, N°2 y Económico N°1, serán declaradas inadmisibles y eliminadas durante el proceso de evaluación.
La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta será rechazada por la comisión de evaluación.
Anexo Económico y Plazo de entrega
Anexo N° 1: Económico y Plazo de entrega
Para efectos de evaluación el oferente deberá completar el Anexo N°1, donde deberá indicar el precio a valor neto, por cada línea de producto solicitada, expresado en pesos chilenos.
Para efectos de la evaluación, se considerará la información indicada en el Anexo N°1, para el cálculo de la oferta se utilizaran 2 decimales.
La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes. Aquellos oferentes que no presenten la documentación solicitada tanto para el anexo económico como para los anexos técnicos, su oferta será declarada como inadmisible, quedando fuera de este proceso.
Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta.
La oferta económica debe considerar todos los impuestos y costos asociados.
La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma.
Observaciones:
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Criterios de Evaluación
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Criterio
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Ponderación
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Oferta Económica
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25%
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Experiencia de los oferentes
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25%
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Plazo de entrega
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30%
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Cumplimientos de los requisitos formales
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5%
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Protocolo de material residual
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5%
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Visita a Terreno
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10%
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Detalles criterios de evaluación
La evaluación y criterios de evaluación se aplicarán a las ofertas en base a los siguientes métodos de cálculo:
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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25
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Oferta Económica
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Oferta Económica
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Anexo N°1
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(Precio mínimo ofertado/Precio ofertado evaluado)*100
Esta fórmula opera tomando el promedio del valor del precio mínimo de entre todas las ofertas recibidas y aceptadas, dividido por el promedio del valor del precio de la oferta del oferente evaluado, multiplicado por 100.
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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PUNTAJE
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25%
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Experiencia de los oferentes en obras similares
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Experiencia en obras similares.
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Anexo Técnico N°1
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5 o más obras 100 puntos
4 obras 80 puntos
3 obras 60 puntos
2 obras 40 puntos
1 obra 20 puntos
No acredita 0 puntos
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EXPERIENCIA EN TRABAJOS SIMILARES
Definición
Se evaluará las experiencias acreditadas del oferente en la ejecución de obras similares realizadas relacionadas con:
ü Construcción de sombreaderos.
ü Obras de carpintería y estructuras.
ü Construcción de viveros.
ü Instalación de mallas técnicas.
ü Obras menores de infraestructura exterior.
ü Construcción de cierres perimetrales.
ü Obras para áreas verdes o conservación ambiental.
La experiencia deberá acreditarse mediante:
ü Certificados de recepción conforme.
ü Órdenes de compra.
ü Contratos.
ü Facturas acompañadas de respaldo.
ü Certificados emitidos por mandantes públicos o privados.
Análisis del mínimo Plazo (30%)
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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30
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Oferta Técnica
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Tiempo de entrega
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Anexo N°1
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Formula = (Plazo mínimo ofertado/Plazo de la oferta evaluada) / 100
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Visita a terreno (10%)
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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10
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Oferta Técnica
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Visita
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Anexo Firmado en Terreno
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Si= 100 puntos
No= puntos
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Requisitos Formales (5%)
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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5%
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Cumplimientos requisitos formales
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Cumplimientos requisitos formales
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Anexos Administrativos N°1,2,3,4,5 y 6
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A. Proporciona la totalidad de los antecedentes antes del Cierre de la Licitación
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100
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B. Completa los antecedentes mediante “Aclaración de Ofertas” ,posterior al cierre.
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50
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C. No presenta algunos de los antecedentes administrativos requeridos
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0
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Protocolo para el retiro de material Residual (5%)
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5%
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Protocolo del material residual
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Cumpla con las medidas de protección ambiental
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Protocolo
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- El oferente cuenta con Protocolo para el retiro de material
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100
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MONTOS Y DURACIÓN CONTRATO |
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Estimación en base a
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Presupuesto Referencial.
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Monto bruto
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$11.434.000- IVA incluido. Toda oferte que supere el presupuesto será declarada inadmisible.
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Plazos de Pago
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A 30 días contra la recepción conforme de la factura.
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Opciones de pago
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Transferencia de Fondos
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Nombre de responsable de pago
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Mario Cerda Espoz
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Email responsable de pago
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mario.cerda@conaf.cl
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Tiempo del contrato
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Contrato de Ejecución Inmediata
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Nombre responsable del Contrato
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Rafael Andrés González Ávila
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Email
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rafael.gonzalez@conaf.cl
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Teléfono
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51-2-611555
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Prohibición de Subcontratación
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No, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el adjudicatario.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS RECIBIDAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará conformada por:
a) Jefa Departamento Finanzas y Administración o quien lo subrogue
b) Jefe Dpto. Fiscalización y Evaluación Ambiental o quien lo subrogue
c) Jefe de Departamento de Bosques y Cambio Climático
d) Abogado Ministro de Fe
e) Jefe Administración (Secretario del proceso administrativo)
En la etapa de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
● Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por la ley N° 19.886.
● Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
● Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director Regional de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación
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CRITERIOS DE DESEMPATE |
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Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Experiencia del Oferente”
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Plazo de entrega”.
- Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “precio”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el portal.
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CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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OBSERVACIONES A LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Solamente para el caso de Apertura de las propuestas, automáticamente serán rechazadas las ofertas que no cuenten con el documento de garantía por seriedad de la oferta.
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PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 56, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “Aclaración de Ofertas” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico samuel.jaque@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en el punto anterior.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación públicas, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN
En los casos en que el oferente adjudicado no acepte la orden de compra dentro del plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime fundadamente declarar desierto el proceso.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. |
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En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 180.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto, actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para aceptar la orden de compra.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
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VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 60 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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INTERPRETACIÓN DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación.
Las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación pública, como también las aclaraciones a consultas realizadas a través de las modalidades FORO y FORO INVERSO del portal de compras, forman parte de las condiciones particulares del contrato que se suscriba en virtud de esta licitación pública.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
1.-Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
2.-Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
3.-La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
4.-Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
5.-Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen las modificaciones en sus propuestas.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
El plazo máximo de readjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
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CLÁUSULA LEY SUBCONTRATACIÓN |
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El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
La Corporación podrá requerir cuando estime conveniente la siguiente documentación al proveedor adjudicado;
a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
c) Carta Gantt de actividad a realizar.
d) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
e) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
f) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
g) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
h) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
i) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
j) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
k) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
l) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Responsabilidad del proveedor
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente. El adjudicatario deberá cumplir con todo lo establecido en la normativa de accidentes laborales Ley 16.744.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
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DE LOS AUMENTOS, DISMINUCIONES, MODIFICACIONES U OBRAS NUEVAS |
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Si se produjeran variaciones en las necesidades institucionales durante la vigencia del contrato, será la Corporación Nacional Forestal quien autorice todas las modificaciones del contrato. En relación al monto y plazo estos no serán modificados bajo ninguna circunstancia.
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DEL TERMINO DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO |
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a) Del término anticipado del contrato (orden de compra)
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a este. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones
2) Si el Adjudicatario se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del servicio.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
4) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses
5) Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada
6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante
b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación
c) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
8) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados
b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica
c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta
d) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato
e) Disolución de la UTP
9) Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023”
10) Resciliación o término de mutuo acuerdo; Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
11) Atrasos y demoras NO autorizadas por la Dirección Regional de CONAF, en la realización de las obras materias del presente contrato.
12) No pago íntegro y oportuno de las obligaciones legales a sus trabajadores.
13) Mala ejecución de las obras o ejecución de obras distintas a las contratadas, situación calificada directamente por CONAF.
14) Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
15) La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas.
16) En caso que la sumatoria de las multas aplicadas, por cualquier concepto, superen un 15%.
Si el término del contrato fuera imputable al adjudicatario, la Corporación Nacional Forestal continuará la ejecución de la obra de conformidad a la ley, y teniendo estados de pago pendientes, estos podrán retenerse con el objetivo de descontarse los perjuicios consistentes en el mayor costo de terminación de la obra y todo mayor gasto que sea ocasionado, directa o indirectamente por el incumplimiento.
17) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
18) Caso de muerte del adjudicatario, para personas naturales.
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MULTAS Y SANCIONES |
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La aplicación de las multas se hará sobre el valor NETO del contrato (orden de compra), administrativamente, sin forma de juicio.
Por Atraso
El atraso en la entrega de los servicios contratados será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo.
El atraso en la ejecución y entrega de las obras, facultará a CONAF para resolver administrativamente con Cargo al Contrato una multa por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo contractual la que será equivalente a 0.5% del valor neto del contrato.
Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales, ocasionados por fuerza mayor o por caso fortuito, el adjudicatario deberá presentar Al encargado de la Obra su justificación por escrito, antes de que transcurran 2 días corridos desde que se hayan producido; pasado este período no se aceptará justificación alguna. La Corporación Nacional Forestal estudiará las razones invocadas por el adjudicatario para justificar el atraso y resolverá la aceptación o rechazo de la ampliación del plazo. Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo por la Inspección de materiales que no cumplan las condiciones del contrato, no autorizan al adjudicatario para solicitar prórroga del plazo.
Por incumplimiento de instrucciones del Encargado Técnico del proyecto
Si el adjudicatario no cumpliere una instrucción del encargado de la obra, se le aplicará una multa de 0.5% sobre el monto neto del contrato por cada día que no se haya subsanado la observación una vez cumplido el plazo establecido por el encargado. Ante esta medida el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos.
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DENUNCIAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO |
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Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo ante el organismo administrador para efecto de dar cumplimiento a la Ley N° 16.744 y a su vez informar inmediatamente al Encargado del proyecto, su no cumplimiento será sancionado con una multa de 0.1% del valor total del Servicio. La suma de sanciones no debe superar el 1 % del total del servicio por incumpliendo legal. En caso que supere este último porcentaje el contrato podrá terminar de forma anticipada.
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JURISDICCIÓN APLICABLE |
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Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria, a la cual desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad y comuna de Copiapó. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que la Contraloría General de la República pueda ejercer sobre la materia cuestionada.
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES |
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Cuando se verifique la ocurrencia de uno o más incumplimientos, el Encargado del proyecto comunicará esa situación al contratista, indicándole el (los) hecho (s) que configure (n) el (los) incumplimiento (s) y la (s) sanción (s) que resulta (n) aplicable (s) de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
El contratista podrá presentar sus descargos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación a través de carta formal, debiendo acompañar todos los antecedentes de respaldo. Si el contratista no formula reparos o se allana a la aplicación de la medida respectiva, el Director Regional de CONAF dictará una resolución fundada, dando cuenta de ello y aplicará la sanción.
En caso de existir descargos, la Unidad Técnica informará por escrito si acoge la reclamación o la rechaza. En caso de ser rechazada, dicha unidad remitirá un Informe al Director Regional a fin de que este, en ejercicio de sus atribuciones, aplique o no la sanción respectiva. El informe elaborado por la Unidad Técnica deberá contener:
a) Identificación del contratista
b) Individualización de la resolución que aprueba el contrato (orden de compra)
c) Identificación del responsable por parte del contratista
d) Fecha del incumplimiento por parte del contratista
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda
f) Monto de la multa y su forma de cálculo, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases
g) Informe de Rechazo emitida por la Unidad Técnica al contratista
El acto administrativo dictado por el Director Regional será notificado al contratista a través de carta, sin perjuicio de su publicación en el portal Mercado Público.
En caso de tratarse de multas que medien entre la recepción provisoria y la liquidación del contrato, la comunicación será realizada por CONAF, mediante carta certificada enviada al domicilio del contratista. El contratista podrá reclamar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de su notificación, en cuyo caso la Comisión de Recepción de la Obra informará por escrito si acoge o no la reclamación. En caso de que la reclamación sea rechazada, la Comisión emitirá un informe dirigido al Director Regional, para efectos de que aplique la sanción respectiva, si procediere. Este informe deberá contemplar:
a) Identificación del contratista
b) Individualización de la resolución que aprueba el contrato
c) Individualización del Acta de Recepción Provisoria
d) Identificación del responsable por parte del contratista
e) Fecha del incumplimiento por parte del contratista
f) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda
g) Monto de la multa y su forma de cálculo, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases
h) Informe de la Comisión de Recepción de Obra en donde conste el rechazo de la reclamación efectuada por el contratista
i) Firma del representante de la Comisión de Recepción de Obra
El acto administrativo dictado por el Director Regional, será mediante carta certificada dirigida al domicilio del contratista que hubiere designado en el contrato.
En ambos casos, el contratista tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde su notificación, para interponer un recurso de reposición por escrito ante la autoridad administrativa que dictó el acto que se impugna, o quien lo subrogue, de acuerdo a lo dispuesto en la ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
Con todo, las multas establecidas podrán sumarse a las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos. Todo ello, sin perjuicio de la facultad de la Corporación de poner término anticipado al contrato por incumplimiento de sus obligaciones de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
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FACTURACIÓN |
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● La factura debe ser emitida a una vez recibido conforme los Servicios; Una vez emitida la factura el contratista siempre debe enviar la factura, nota de débito o nota de crédito en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com
● La factura debe indicar Orden de Compra en el folio de referencia
● La factura siempre debe ser pago Crédito, y NO contado
● Antes de emitir la factura se debe haber Aceptado la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
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*El adjudicatario deberá revisar y conocer completamente el proyecto, ejecutando todos los trabajos solicitados de manera completa y oportuna, en tiempo y forma, con estricto apego a las bases.
*El adjudicatario debe dirigir los trabajos personalmente o a través de un profesional o especialista competente, por él designado, y atenderlos de manera que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado.
*Cualquier modificación al proyecto original deberá ser autorizado por el mandante
*El adjudicatario está obligado a cumplir con todas las normas que el proyecto considera.
*Será responsable de todo el personal contratado para la ejecución de obras cumpliendo con normas de seguridad y prevención de riesgos asociado a dicho trabajo.
*El adjudicatario se obliga a cumplir las leyes laborales vigentes así como también toda normativa legal vigente aplicable al contrato.
*El adjudicatario deberá dar cumplimiento al Reglamento Especial para empresas contratistas y sub-contratistas de seguridad y salud en el trabajo, de CONAF.
*Será obligación del adjudicatario mantener, en obra, copia de todos los contratos de trabajo, así como también todos los trabajadores deberán portar su cédula de identidad.
*Será responsabilidad del adjudicatario la procedencia de los materiales comprobando su óptimo estado, asegurándose que dichos materiales sean los especificados en las EETT. Si no fuese posible obtener los materiales especificados, estos deberán ser cambiados por materiales de igual o mayor calidad y en consenso con el mandante.
*El acopio de materiales deberá mantener el óptimo estado de materiales.
*Cuando el mandante encuentren trabajos en mal estado, podrá ordenar al adjudicatario rehacer la parte mal ejecutada. Los gastos que esto demande deberán ser pagados por parte del contratista.
*Todas las herramientas, materiales e insumos necesarios para la óptima ejecución de las obras deberán ser proporcionados por el adjudicatario.
*Durante la ejecución de las obras, el adjudicatario contará con las medidas de seguridad y vigilancia necesarias para evitar pérdidas, hurtos, robos, daños o perjuicios producidos en el transcurso de la intervención.
*El adjudicatario deberá considerar todas las medidas necesarias para evitar daños a la obras, a su personal y a terceros. Si a pesar de las precauciones hubiese daños o perjuicios, el contratista queda obligado a reparar los daños causados e indemnizar los perjuicios.
*El adjudicatario asumirá todos los riesgos e imponderables de la construcción que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia. Así como de aquellos derivados de la mala construcción, por el empleo de materiales deficientes o de mala calidad. Por su parte será único y exclusivo responsable, de todos los daños provocados a las instalaciones, al medio ambiente, a funcionarios de CONAF o los ocasionados a terceros, por actos culpables o negligentes que se verifiquen en el desarrollo de las obras.
*Durante la ejecución de las obras se deberá mantener el orden y la limpieza en toda el área de intervención.
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RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO |
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Como toda Empresa que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que le imparta al inspector respectivo sobre la materia, durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente.
El adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a funcionarios de CONAF o a terceros, y también respecto de su propiedad, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores.
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DE LA EJECUCIÓN |
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Una vez adjudicada la licitación y previo aceptación de la orden se hará entrega del terreno al proveedor para que pueda comenzar con la obra. El adjudicatario debe iniciar los trabajos inmediatamente después de la entrega de terreno y proseguirlos, de acuerdo con el programa de trabajo presentado en su propuesta.
Se considerará un plazo máximo para la ejecución de las obras de 40 días corridos desde la entrega del terreno al adjudicatario hasta la entrega de las obras.
El adjudicatario no puede hacer, por iniciativa propia, cambio alguno de las bases, planos y especificaciones técnicas que sirvan de base al contrato, y si lo hiciere, deberá reconstruir las obras sin cargo para la CORPORACIÓN, o reemplazar, por su propia cuenta y costo, los materiales que a juicio de la Inspección, se aparten a las condiciones del contrato.
Cuando razones de orden técnico aconsejen paralizar o suspender temporalmente la ejecución de las obras, las partes contratantes concordarán previamente la paralización o suspensión, siempre y cuando esto no implique un incremento del presupuesto asignado. El Director Regional de CONAF podrá autorizar la paralización o suspensión del mismo hasta una fecha en que técnicamente sea aconsejable su prosecución. Para avalar lo anterior, el encargado Técnico de la Obra por parte de CONAF deberá emitir un Informe Técnico, estableciendo las razones por las cuales debían paralizarse temporalmente las obras.
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DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS |
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Terminados los trabajos, el adjudicatario notificará via correo al encargado del proyecto de CONAF, quien deberá verificar el fiel cumplimiento de las bases, planos y especificaciones técnicas del respectivo contrato.
Verificado y confirmado el término de las obras y el fiel cumplimiento del Contrato, ajustado a los planos, especificaciones técnicas se darán como fecha exacta de término.
Si de la Inspección de la obra que haga, resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad con las bases, planos, especificaciones técnicas, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, no se dará curso a la recepción, fijando un plazo para que el adjudicatario ejecute, a su costa, los trabajos y reparaciones que aquella determine, situación que deberá quedar reflejada en un acto administrativo.
Concluido el plazo para subsanar las observaciones por parte del adjudicatario, él Encargado Técnico del Proyecto de CONAF se constituirá nuevamente en terreno, para verificar la atención a las observaciones y efectuar la Recepción Provisoria, si procediere, levantándose el Acta de Recepción correspondiente. En caso de no cumplimiento, se procederá a rescindir el contrato (Orden de compra).
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VISITA A TERRENO |
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La visita a terreno NO tendrá carácter obligatorio pero si será evaluable, para cuyos efectos se levantará un acta donde se registrará la asistencia, que deberá ser firmada por él o los asistentes y el funcionario designado por la Corporación para tal efecto, el cual actuará como ministro de fe.
Los participantes que concurran a la visita deberán registrarse en el acta que a tal efecto se levante y registrar la identificación del oferente con su nombre, RUT y teléfono, junto con el nombre y firma de la persona que asiste a la visita en su representación.
A dicha visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar en la licitación y se efectuará en la fecha, hora y lugar de acuerdo a las condiciones que se indiquen en las presentes bases. En esta oportunidad se hará una presentación de los alcances del proyecto a ejecutar.
La visita se realizará el día 17 de Junio del 2026 y el punto de encuentro será el Centro recreacional de Bahía Inglesa, el cual se encuentra ubicado entre el camino que une la ciudad de Caldera y Bahía Inglesa., a las 12.00 hrs., con un tiempo de espera de 15 minutos. Transcurrido ese tiempo, se dará inicio a la visita de terreno.
El Encargado Técnico del proyecto Sr. Rafael González Ávila (rafael.gonzalez@conaf.cl) o quien lo reemplacé será el responsable de recibir a los distintos oferentes en el lugar de encuentro.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA |
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a) Contraparte Técnica
La contraparte técnica corresponderá al Jefe Dpto. Fiscalización y Evaluación Ambiental (I), o quien lo reemplaze,
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
● Administrar el contrato.
● Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
● Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios.
● Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Jefe del Dpto. de Finanzas y Administración, o quienes lo subrogue, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
● Emitir orden de compra asociada a la Licitación..
● Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
● Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
● Comunicar al Departamento de Finanzas y Administración, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
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FACTORING |
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- El contratista en la eventualidad que envíe las facturas a una empresa de factoring debe cumplir con el siguiente procedimiento, para que la Corporación proceda a realizar los pagos correspondientes:
1.- Informar oportunamente mediante una carta dirigida al Director regional de CONAF Atacama, indicando claramente todos los antecedentes de factura, empresa de factoring e incluir copia del contrato con dicha empresa.
2.- Dar cumplimiento al procedimiento de pago establecido en las presentes bases, vale decir cumplir con la entrega de todos los antecedentes que debe acompañar la factura al momento de su entrega.
3.- Cumplir con lo establecido en el Art. N°127 del reglamento en orden que no existan obligaciones o multas pendientes.
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