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DEFINICIONES |
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Además de las definiciones contempladas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley 19.886, las que forman parte integrante de las presentes Bases, se entenderá por:
a. Mandante: Corporación Nacional Forestal, que es la entidad que encomienda los trabajos materia de la presente Licitación Pública, poniendo a disposición del oferente los fondos necesarios para la realización de los trabajos.
b. Unidad Técnica de CONAF: Dependencia de la Corporación Nacional Forestal, a la que corresponde efectuar el control técnico y administrativo del desarrollo de la obra y de sus etapas de entrega.
c. Especificaciones Técnicas: El pliego de características que deberán cumplir los trabajos materia de la presente licitación, incluyendo las normas sobre procedimiento de elaboración, exigencia a que quedan sometidos los materiales y pruebas que deben superar las diferentes etapas de ejecución.
d. Diseño aportado por el Mandante: Se refiere al Proyecto definitivo de Arquitectura incluidos en los antecedentes de la presente licitación, para su evaluación presupuestaria por parte de los oferentes.
e. Inspector Técnico (I.T.O.): La persona que, en representación del director regional de la CONAF, actúa y se relaciona administrativa y técnicamente con el contratista en todas las materias relacionadas con el contrato de ejecución de la Obra, asumiendo la responsabilidad y la obligación de supervisar el cumplimiento correcto y oportuno en la ejecución del proyecto.
f. Presupuesto Oficial: El estudio detallado, efectuado por la Corporación, de las cubicaciones, precios unitarios y precio total previsto para una obra, y que representa su opinión oficial y justa sobre su verdadero valor.
g. Encargado técnico: El funcionario que, designado por el Director Regional de la Corporación Nacional Forestal, Región del Atacama, se le asignen las funciones de coordinación y dirección de los distintos estamentos de la licitación, durante la ejecución del proyecto o vigencia del contrato. Este estará representado por el Jefe del Departamento Áreas Silvestres Protegidas.
h. Administrador de la obra: es el profesional competente solicitado por las presentes bases de licitación, quien representa al contratista y es el responsable de dirigir y controlar la obra.
i. Propuesta: La cotización ofrecida por el proponente para los objetos indicados en esta bases de licitación.
j. Aumento o disminución de obras: La modificación de las cantidades de obras previstas en el proyecto materia de la presente licitación.
k. Obras nuevas o extraordinarias: Las obras que se incorporen o agreguen al proyecto, pero cuyas características sean diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes que sirven de base al contrato.
l. Modificación de obras: El reemplazo de parte de las obras contenidas en el proyecto de la Corporación por obras nuevas o extraordinarias.
m. SNASPE: Sistema Nacional de Áreas Silvestres protegidas del Estado
n. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
o. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
p. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
q. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
r. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
s. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
t. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
u. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
v. Accidente de trabajo: Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte, conforme a lo establecido en la Ley N°16.744, que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.
w. Administrador de Obra: Representante del contratista o el propio contratista en caso de tratarse de una persona natural. Deberá ser un profesional competente en la materia objeto de esta licitación y será la única persona habilitada para actuar técnica y administrativamente y con capacidad resolutiva ante la Corporación.
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PARTICIPANTES |
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Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, que estén inscritas en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a inscribirse previo a la fecha de suscripción del contrato.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso cuarto del artículo 4 de la Ley 19.886, norma que dispone que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación pública quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
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CONSIDERACIÓN DEL OFERENTE AL PRESENTAR SU OFERTA |
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Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
-Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
-Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
-Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
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PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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COTIZACIÓN U OFERTA |
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La cotización u oferta deberá presentarse EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie y se ajustará (n) a la modalidad de Suma Alzada. La oferta debe ser ingresada en valores netos.
El oferente deberá indicar su calidad de contribuyente de primera categoría.
La cotización presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos a contar desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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ANEXOS QUE SE DEBEN INCLUIR EN LA OFERTA |
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Los oferentes deberán presentar todos los antecedentes administrativos, la oferta técnica, económica y los formularios requeridos incorporados en las presentes bases, en formato electrónico o digital, en el plazo de recepción de las ofertas señalado y hasta la hora que se indica.
Se rechazarán las ofertas múltiples. En casos de presentarse por un oferente más de una oferta, la entidad licitante aceptará sólo la primera, en orden cronológico de ingreso al portal Mercado Público.
Los antecedentes solicitados para la presentación de la oferta son los que a continuación se indican:
Anexos Administrativos
El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes:
a) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente persona natural, según Anexo n.° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas
b) Declaración Jurada Simple, Anexo N° 2: “Antecedentes Actualizados del Oferente” firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles
c) Declaración Jurada Simple, Anexo N° 3: “Conformidad de las Base” firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica.
d) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 4 (Inhabilidades por condenas), adjunto a las presentes Bases, donde el oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.
e) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 5 (Conflicto de interés), adjunto a las presentes Bases, donde el oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes.
f) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 6 Declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios
g) El oferente deberá adjuntar en su oferta el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
Anexos Técnicos
El oferente deberá completar los anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes:
Anexo N°1: Experiencia del oferente
Anexo N°2: El oferente debe adjuntar fotocopia simple del título y curriculum vitae resumido.
Las ofertas que no incluyan los Anexos N°1 y N°2 serán declaradas inadmisibles y eliminadas durante el proceso de evaluación.
La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta será rechazada por la comisión de evaluación.
Las ofertas que no incluyan los Anexos N°1, N°2, serán declaradas inadmisibles y eliminadas durante el proceso de evaluación.
La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta será rechazada por la comisión de evaluación.
Anexo Económico
Anexo N° 1: Económico
Para efectos de evaluación el oferente deberá completar el Anexo N°1, donde deberá indicar el precio a valor neto, por cada línea de producto solicitada, expresado en pesos chilenos.
Para efectos de la evaluación, se considerará la información indicada en el Anexo N°1, para el cálculo de la oferta se utilizaran 2 decimales.
La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes. Aquellos oferentes que no presenten la documentación solicitada tanto para el anexo económico como para los anexos técnicos, su oferta será declarada como inadmisible, quedando fuera de este proceso.
Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta.
La oferta económica debe considerar todos los impuestos y costos asociados..
La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma.
Observaciones:
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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Criterio
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Ponderación
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Oferta Económica
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5%
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Experiencia de los oferentes
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55%
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Formación y experticia de los oferentes
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25%
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Cumplimientos de los requisitos formales
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5%
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Proveedor Regional
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10%
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DETALLES CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación y criterios de evaluación se aplicarán a las ofertas en base a los siguientes métodos de cálculo:
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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5
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Oferta Económica
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Oferta Económica
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Anexo Económico N°1
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(Precio mínimo ofertado/Precio ofertado evaluado)*100
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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25
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Profesional Arquitecto, Constructor Civil, Ingeniero Constructor y/o, Ingeniero Civil en Obras Civiles
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Formación (25%)
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Curricular resumido
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Profesional requerido con postgrado o pos título afines a las características técnicas de la obra a inspeccionar
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100 puntos
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Profesional requerido sin postgrado o pos título afines a las características técnicas de la obra a inspeccionar
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50 Puntos
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Profesional No cumple con la formación requerida
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0 Puntos
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Los compromisos presentados serán verificados por la Corporación con las personas firmantes y deben ser en las condiciones informadas en las Cartas Compromisos, salvo que la contraparte se desista voluntariamente de la prestación del servicio o modifique las condiciones establecidas.
El formato de currículo resumido según Anexo Técnico N°6 tendrá los siguientes datos:
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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55%
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Experiencia de los oferentes en obras similares
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Superficie total de las inspecciones técnicas en obra, administraciones de obra y/o construcciones realizadas
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Anexo Técnico N°1 ( Este criterio será evaluado junto con las cartas de recomendación)
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Experiencia mayor a 5000mt.2=100 ptos
Experiencia mayor a 3000 mt.2 y menor o igual a 5000 m2.= 75 puntos
Experiencia mayor a 1.500 mt.2 y menor a 3000 mt.2= 50 Puntos
Experiencia mayor a 500 mt.2 y menor a 1500 mt.2.=25 Puntos
No demuestra experiencia mayor a 500 mt2 = Inadmisible
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70%
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Cantidad de proyectos inspecciones técnicamente, administrados y/o construidos
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Experiencia mayor a 12 cantidad de proyectos =100 ptos
Experiencia mayor a 8 y menor o igual a 12 cantidad de proyectos = 75 puntos
Experiencia mayor a 5 y menor o igual a 8 cantidades de proyectos = 50 puntos
Experiencia mayor a 2 y menor o igual a 5 cantidad de proyectos= 25 puntos
No demuestra experiencia mayor a 2 cantidad de proyectos= Inadmisible
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30%
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Si el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este criterio o no demuestra experiencia si oferta será declarada inadmisible en la evaluación.
Se consideran las inspecciones técnicas, administraciones de obras y/o construcciones de obra solicitada en las presentes bases y ejecutadas en los últimos 8 años. La experiencia deberá indicarse en el Anexo N°1. Sólo se valorizará en este criterio la experiencia demostrada con el escaneo de las facturas, boletas, órdenes de compra o contratos que den cuenta de lo declarado en el Anexo Nº1 y/o certificados o cartas de constancia expedidas y firmados por quienes encargaron la inspección técnica, la administración de obras, la construcción o por la Dirección de Obras correspondiente. El certificado o carta constancia deberá dar cuenta de la ejecución total de las respectivas inspecciones técnicas, administraciones de obra y/o construcciones ejecutadas; individualizar el nombre de la obra inspeccionada, administrada o construida; indicar la superficie dela obra inspeccionada, administrada o construida y señalar año y monto de la ejecución de la inspección técnica, de la administración de la obra o la construcción de ella. Si los certificados o cartas de constancia no presentan la totalidad de los datos solicitados, el ítem faltante no será considerado en el cálculo la CONAF. Podrán reemplazarse los certificados de la ejecución del trabajo de Consultoría, por una copia escaneada del contrato suscrito entre el Consultor y la Entidad o persona contratante, además del finiquito de contrato que demuestre el monto final ejecutado del contrato.
Se considerará como experiencia las obras civiles que involucre construcción de infraestructura que hayan sido inspeccionadas.
La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho a verificar los datos entregados en la declaración de la experiencia; en caso de que se detectasen inexactitudes o falsedades en la información entregada, esta será informada al oferente vía portal público de manera que pueda hacer su apelación y descargos en un plazo de 24 horas. Los antecedentes de dicha apelación serán estudiados y sancionados por la Comisión de Evaluación, cuyo resultado será informado a través del portal de compras públicas.
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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5%
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Cumplimientos requisitos formales
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Cumplimientos requisitos formales
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Anexos Administrativos N°1, 2,3,4,5 Y 6
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A. Proporciona la totalidad de los antecedentes antes del Cierre de la Licitación
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100
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B. Completa los antecedentes mediante “Aclaración de Ofertas” ,posterior al cierre.
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50
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C. No presenta algunos de los antecedentes administrativos requeridos
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0
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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10%
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Proveedor Regional
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Oferentes de la comuna de la región de Atacama
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Certificado de Residencia
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A. Comuna de Vallenar, Alto del Carmen, Huasco y Freirina.
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100
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B.-Comuna Copiapó, Tierra Amarilla y Caldera
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50
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C.- Comuna de Chañaral, Diego de Almagro
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25
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D.- Fuera de la Región
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0
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MONTOS Y DURACIÓN CONTRATO |
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Para los servicios descritos “Licitación pública “Servicios profesionales de inspección técnica de obras de la de construcción Centro Interpretación Ambiental Parque Nacional Llanos de Challe – comuna de Huasco Región de Atacama” CÓDIGO BIP 30259972-0”, se cuenta con el siguiente presupuesto máximo disponible, $ 18.630.000 (Dieciocho millones seiscientos treinta mil pesos) IVA incluido.
El valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto, o causa de él.
Toda oferta mayor al monto disponible indicado en las Presentes Bases, la Corporación procederá ser declarada inadmisible
El contrato tendrá una duración desde la firma del contrato y aceptación de la orden de compra hasta la obtención de la recepción final de la Dirección de Obras Municipales de la Comuna de Huasco.
En caso que mediara alguna suspensión, en la ejecución de la obra que da origen a esta inspección, automáticamente se suspenderá el programa de trabajo y el programa de pagos, los que reanudarán inmediatamente reiniciada la obra principal.
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APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público. A la Apertura electrónica, se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación.
En la apertura del proceso, serán rechazadas las ofertas que:
* No hayan presentado el documento de garantía por seriedad de la oferta, indicado en las presentes bases.
Como también serán declaradas inadmisibles en la evaluación las ofertas que
* El presupuesto supere el monto disponible.
* La no entrega de los anexos técnicos
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS RECIBIDAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará conformada por:
a) Jefa Departamento Finanzas y Administración o quien lo subrogue
b) Jefe Departamento de Áreas Silvestres Protegidas o quien lo subrogue
c) Jefe Provincial o quien lo subrogue
d) Profesional de Apoyo Dpto. Áreas Silvestres Protegidas o quien lo subrogue
e) Abogado Ministro de Fe
f) Arquitecta de CONAF como asesora Técnica si fuera necesario
g) Jefe Administración (Secretario del proceso administrativo)
En la etapa de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
●Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
● Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
●Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Directora Regional de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación
Los documentos de garantía de seriedad de la oferta serán ingresados al portal de compras en el ID de la licitación, y posteriormente se enviarán a custodia a la Sección Finanzas de CONAF.
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CRITERIOS DE DESEMPATE |
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Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Experiencia del Oferente”
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Formación y experticia de los oferentes”.
- Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “precio”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el portal.
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CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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OBSERVACIONES A LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Solamente para el caso de Apertura de las propuestas, automáticamente serán rechazadas las ofertas que no cuenten con el documento de garantía por seriedad de la oferta.
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PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “Aclaración de Ofertas” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico samuel.jaque@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en el punto anterior.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación públicas, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. |
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En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto, actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
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VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 120 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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INTERPRETACIÓN DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación. Las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación pública, como también las aclaraciones a consultas realizadas a través de las modalidades FORO y FORO INVERSO del portal de compras, forman parte de las condiciones particulares del contrato que se suscriba en virtud de esta licitación pública.
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OBSERVACIONES GENERALES |
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En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
1.-Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
2.-Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
3.-La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
4.-El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo.
5.-Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
6.-Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen las modificaciones en sus propuestas.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
El plazo máximo de readjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
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ANTECEDENTES DEL CONTRATO |
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Se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado, el cual podrá ser firmado de manera digital o física, de acuerdo a como estime el procedimiento la Corporación que señalará los productos que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación y en las disposiciones de la Ley N° 19.886 como de su Reglamento.
El contrato será confeccionado por el abogado de CONAF Atacama, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
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Si el oferente es Persona Natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.
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Acreditar en el Registro de Proveedores
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Fotocopia de su cédula de identidad.
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Si el oferente no es Persona Natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.
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Acreditar en el Registro de Proveedores
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Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
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Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
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Todos los gastos notariales e impuestos correspondientes a la protocolización del contrato, serán de cargo del contratista.
Observaciones
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá readjudicar. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar un nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.
En tal caso, la Corporación hará efectivo el documento de garantía de seriedad de oferta del oferente adjudicado.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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CONAF y el adjudicatario suscribirán un Contrato de ejecución de obras, el cual será publicado en la respectiva licitación pública del portal mercado público. Este contrato será confeccionado por la Unidad Jurídica Regional de CONAF y en él se establecerán las cláusulas que regirán el proceso de la ejecución de la obra, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes Bases. Contrato que deberá ser firmado por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes de haber sido puesto a su disposición, para la firma, por parte de la Unidad Jurídica Regional de la Corporación Nacional Forestal.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de la ejecución del contrato, por lo tanto CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Del mismo modo, en el caso que el oferente adjudicado no entregare la garantía de fiel cumplimiento del contrato de acuerdo a lo estipulado en punto 8, la CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Cualquier diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, será resuelta administrativamente por CONAF.
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DE LOS PAGOS Y RETENCIONES |
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Los pagos se realizarán mensualmente, durante los 10 meses de ejecución de obras y se realizará un pago final asociado a la recepción final de las obras. El Gobierno Regional de Atacama pagará los estados de pagos al ITO, contra la presentación de la factura, extendida a nombre del Gobierno Regional Rut: 72.232.200-2, Domicilio: Calle Los Carrera N°645 en un plazo máximo de 30 días corridos.
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PAGOS
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MONTO (Impto. Incluido)
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CONTENIDO DEL PAGO
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1
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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2
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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3
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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4
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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5
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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6
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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7
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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8
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales (revisar Bases Técnica)
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9
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$1.863.000
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Informe Mensual – 2 Actas reuniones quincenales
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10
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$1.863.000
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Recepción e Informe Final (Revisar Bases Técnicas)
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No se contempla anticipo de pago.
DE LOS AUMENTOS, DISMINUCIONES, MODIFICACIONES U OBRAS NUEVAS
Si se produjeran variaciones en las necesidades institucionales durante la vigencia del contrato, será la Corporación Nacional Forestal quien autorice todas las modificaciones del contrato. En relación al monto este no serán modificados bajo ninguna circunstancia.
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Plazo de pago |
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El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura. La cual deberá ser extendida de la siguiente manera: Razón Social: Gobierno Regional de Atacama RUT: 72.232.200-2 Domicilio: Calle Los Carrera N°645
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DE LOS AUMENTOS, DISMINUCIONES, MODIFICACIONES U OBRAS NUEVAS |
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Si se produjeran variaciones en las necesidades institucionales durante la vigencia del contrato, será la Corporación Nacional Forestal quien autorice todas las modificaciones del contrato. En relación al monto y plazo estos no serán modificados bajo ninguna circunstancia.
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DEL TERMINO DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO |
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a) Del término anticipado del contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a este. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones
2) Si el Adjudicatario se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
4) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses
5) Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada
6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante
b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación
c) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
8) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados
b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica
c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta
d) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato
e) Disolución de la UTP
9) Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023”
10) Resciliación o término de mutuo acuerdo; Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
11) Atrasos y demoras NO autorizadas por la Dirección Regional de CONAF, en la realización de las obras materias del presente contrato.
12) No pago íntegro y oportuno de las obligaciones legales a sus trabajadores.
13) Mala ejecución de las obras o ejecución de obras distintas a las contratadas, situación calificada directamente por CONAF.
14) Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
15)La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas.
16) En caso que la sumatoria de las multas aplicadas, por cualquier concepto, superen un 15%.
Si el término del contrato fuera imputable al adjudicatario, la Corporación Nacional Forestal continuará la ejecución de la obra de conformidad a la ley, y teniendo estados de pago pendientes, estos podrán retenerse con el objetivo de descontarse los perjuicios consistentes en el mayor costo de terminación de la obra y todo mayor gasto que sea ocasionado, directa o indirectamente por el incumplimiento.
17) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
18) Si la ITO o alguno de los socios de la empresa o profesional fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o el gerente;
19) Si la ITO no concurriere dentro del plazo establecido en las presentes Bases a la entrega de terreno;
20) Si la ITO no diere cumplimiento al programa de trabajo, no fiscalizare de manera correcta y que a juicio de la CONAF pongan en riesgo el término de la obra dentro de los plazos acordados;
21) Si la ITO no acatare en forma reiterada las órdenes o instrucciones del mandante representado por el supervisor;
22) Corrupción o Sobornos
• Si se demuestra que el inspector recibió pagos o favores a cambio de pasar inspecciones sin cumplir los requisitos de seguridad o calidad, lo cual sería considerado un acto de corrupción.
4. Falsificación de Informes o la no entrega de ellos.
• Si el inspector presenta informes falsificados o alterados en cuanto al progreso o las condiciones de la obra o bien no hace entrega de estos informes en las fechas establecidas.
5. Violación de la Ley o del Contrato
• Si el inspector viola disposiciones legales o contractuales vinculadas a su cargo. Esto puede incluir no realizar las visitas de inspección necesarias, no reportar problemas importantes o no tomar las medidas correctivas cuando se requiere.
*Si por error en las tareas de la ITO la obra quedará con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran su seguridad u obligarán a efectuar modificaciones sustanciales del proyecto y estos no fueran informados por la ITO;
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Casos en lo que no procederá el cobro de garantía:
- Mutuo acuerdo entre los contratantes, Resciliación.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
- Caso de muerte del adjudicatario, para personas naturales.
- Por incapacidad física y/o mental para desarrollar sus funciones
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
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La Corporación Nacional Forestal de mutuo acuerdo entre los contratantes y en aquellos casos que lo establezcan las presentes bases de licitación podrá modificar el contrato, en tal caso no podrá alterarse la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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MULTAS Y SANCIONES |
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Algunas situaciones comunes en las que podría aplicarse una multa son:
1. Desatención de las Normas de Seguridad
Si el inspector no cumple con las normativas de seguridad laboral o no garantiza que los trabajadores estén protegidos durante la ejecución de la obra y esta situación es detectada por CONAF, será considerado como una falta grave. CONAF aplicara una máximo de dos multas, de reiterarse se da termino anticipado al contrato. El valor de la multa será de 1 UTM
2.-Incumplimiento en la entrega de informe
En caso que el oferente no cumpla con el plazo de entrega de los informes se aplicará una multa de 1 UTM.- por cada día de atraso, con tope máximo de 10 días corridos, en caso contrario se procederá a dar término de contrato.
3.- Incumplimiento de reuniones quincenales
Si el ITO no cumple con las reuniones quincenales acordadas, será considerado como una falta grave. CONAF aplicara una máximo de dos multas, de reiterarse se da termino anticipado al contrato. El valor de la multa será de 1,5 UTM
Nota: En caso que las reuniones quincenales cayeren días sábados domingos o festivos, se celebrarán el día siguiente hábil.
4.- Incumplimiento de normas técnicas y negligencia en la supervisión
Si no aplica correctamente los procedimientos o no realiza las inspecciones en el momento adecuado.
Si el inspector no lleva a cabo sus tareas con la debida diligencia, permitiendo que la obra avance sin supervisión o sin que se corrijan errores o deficiencias.
Si permite que los trabajos se realicen sin respetar los estándares de calidad, seguridad o los planos aprobados.
Las sanciones aplicadas por incumplimiento en el punto N°4 serán consideradas para CONAF como graves o gravisimas dependiendo del incumplimiento por parte del ITO. Esta Tipificación estará a cargo del Jefe de proyecto de CONAF.
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Faltas Graves
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Multa
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Sanción
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Incumplimiento
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2 UTM
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Se aplicara un máximo de dos multas, de reiterarse se da termino anticipado al contrato
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Faltas Gravisima
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Multa
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Sanción
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Incumplimiento
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2 UTM
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Se aplicara un máximo de una multa, de reiterarse se da termino anticipado al contrato
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JURISDICCIÓN APLICABLE |
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Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria, a la cual desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad y comuna de Copiapó. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que la Contraloría General de la República pueda ejercer sobre la materia cuestionada.
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES |
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Procedimiento de aplicación de multas:
Cuando se verifique la ocurrencia de uno o más incumplimientos por parte del ITO será el encargado del proyecto de comunicar esta situación indicándole el (los) hecho (s) que configure (n) el (los) incumplimiento (s) y la (s) sanción (s) que resulta (n) aplicable (s) de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
El ó la ITO podrá presentar sus descargos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación, debiendo acompañar todos los antecedentes de respaldo. Si el ITO no formula reparos o se allana a la aplicación de la medida respectiva, la Directora Regional de CONAF dictará una resolución fundada, dando cuenta de ello y aplicará la sanción.
En caso de existir descargos, la Unidad Técnica informará por escrito si acoge la reclamación o la rechaza. En caso de ser rechazada, dicha unidad remitirá un Informe a la Directora Regional a fin de que esta, en ejercicio de sus atribuciones, aplique o no la sanción respectiva. El informe elaborado por la Unidad Técnica deberá contener:
a) Identificación del Proveedor
b) Individualización de la resolución que aprueba el contrato
c) Identificación del responsable por parte del Inspector Técnico
d) Fecha del incumplimiento por parte del ITO
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda
f) Monto de la multa y su forma de cálculo, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases
g) Informe de Rechazo emitida por la Unidad Técnica al contratista
h) Firma del Encargado de la Unidad Técnica
i) El acto administrativo dictado por la Directora Regional será notificado al proveedor, sin perjuicio de su publicación en el portal Mercado Público.
Con todo, las multas establecidas podrán sumarse a las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos. Todo ello, sin perjuicio de la facultad de la Corporación de poner término anticipado al contrato por incumplimiento de sus obligaciones de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
Asimismo, la Unidad Técnica deberá informar formal y oportunamente al Gobierno Regional, sobre cualquier sanción pecunaria, deducción o reembolsos que afecte al proveedor.
El pago por parte del proveedor deberá ser respaldado por Vale Vista bancario emitido a nombre del Gobierno Regional de Atacama.
En caso que el proveedor no cumpliera con la entrega del Vale Vista en los plazos establecidos CONAF Podrá dar termino de forma anticipada al contrato.
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PROCEDIMIENTO DE PAGO DEL ESTADO DE PAGO |
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Revisión de Estado de Pago
Para el proceso de revisión de los estados de pagos, el proveedor debe derivar los antecedentes a los siguientes correos, con los siguientes antecedentes:
Jorge Carabantes Ahumada Jorge.carabantes@conaf.cl
Mario Cerda Espoz mario.cerda@conaf.cl
· Carátula señalando los datos del proyecto, código BIP, plazos, monto contratado, modificaciones y resumen del Estado de Pago.
· Informe mensual o final según corresponda
Tener presente que antes de emitir la factura o boleta deben derivar los datos del proveedor para ingresarlo en la lista blanca de la plataforma de gestión DTE.
Nota: Con el objeto de agilizar estos procedimientos, se recomienda que el proveedor pueda estar habilitado para firma electrónica de documento.
Derivación de los Estados de pagos
Una vez revisado y dada la conformidad de los documentos anteriormente mencionado deberá remitir a CONAF el estado de pago en formato físico, el cual debe ingresar por oficina de partes con la siguiente información:
· Carta señalando él envío del Estado de Pago, indicando expresamente el nombre del Proyecto, código BIP y los documentos que adjunta.
· Factura o boleta original a nombre del Gobierno Regional de Atacama, por la cantidad a cancelar en el estado de pago.
·Carátula en original señalando los datos del proyecto, código BIP, plazos, monto contratado, modificaciones y resumen del Estado de Pago, debidamente firmada y timbrada por Inspector Técnico.
· Resolución original de modificación o ampliación de contrato, cuando corresponda.
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FACTURACIÓN |
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● La factura debe ser emitida a una vez recibido conforme los Servicios; Una vez emitida la factura el contratista siempre debe enviar la factura, nota de débito o nota de crédito en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com
● La factura No debe indicar Orden de Compra en ninguna casilla (solo pueden nombrarla en el detalle que escriben el proyecto o estado de pago)
● La factura siempre debe ser pago Crédito, y NO contado
● Antes de emitir la factura se debe haber Aceptado la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA |
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a) Contraparte Técnica
La contraparte técnica corresponderá al Jefe Dpto. Áreas Silvestres Protegidas, o quien lo subrogue,
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
● Administrar el contrato.
●Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
● Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios.
●Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Jefe del Dpto. de Finanzas y Administración, o quienes lo subrogue, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
● Emitir órdenes de compra asociadas a la Licitación.
●Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a Licitación.
●Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
●Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
●Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
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FACTORING |
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El contratista en la eventualidad que envíe las facturas a una empresa de factoring debe cumplir con el siguiente procedimiento, para que la Corporación proceda a realizar los pagos correspondientes:
1.- Informar oportunamente mediante una carta dirigida al Director regional de CONAF Atacama, indicando claramente todos los antecedentes de factura, empresa de factoring e incluir copia del contrato con dicha empresa.
2.- Dar cumplimiento al procedimiento de pago establecido en las presentes bases, vale decir cumplir con la entrega de todos los antecedentes que debe acompañar la factura al momento de su entrega.
3.- Cumplir con lo establecido en el Art. N°75 del reglamento en orden que no existan obligaciones o multas pendientes.
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PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO |
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El plazo máximo para la ejecución del servicio será de 380 días corridos, los que serán distribuidos de la siguiente manera.
*Plazo ejecución del servicio: 300 días Corridos
*Plazo para obtención de recepción de obras y cierre del proyecto: 80 Días Corridos
*Total Plazo hasta última recepción: 380 días
En caso que el constructor invoque como causal de ampliación de plazo, aumentos de obras ordenados por la Unidad Técnica o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, reconocidas como tales por el ITO de la Unidad Técnica, la Corporación podrá otorgar un aumento en el plazo de entrega de la obra, el que será autorizado por la DIRECTORA REGIONAL de CONAF mediante una resolución. Esta ampliación y/o suspensión tendrá en su efecto en igual manera en el contrato del inspector técnico de obra.
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DE LA RECEPCIÓN FINAL DEL SERVICIO |
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El contrato tendrá una duración, cuya fecha de término, sea la entrega del informe final de cierre del proyecto, es decir, posterior a la recepción a las obras municipales.
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APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público. A la Apertura electrónica, se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación.
En la apertura del proceso, serán rechazadas las ofertas que:
* No hayan presentado el documento de garantía por seriedad de la oferta, indicado en las presentes bases.
Como también serán declaradas inadmisibles en la evaluación las ofertas que
* El presupuesto supere el monto disponible.
* La no entrega de los anexos técnicos
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CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN |
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En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime fundadamente declarar desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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