Licitación ID: 1096974-1-LP26
Servicio manejo residuos especiales y peligrosos
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE SAN FERNANDO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 57
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Eliminación de residuos médicos 1 Unidad
Cod: 76121901
Servicio de manejo de residuos especiales y peligrosos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio manejo residuos especiales y peligrosos
Estado:
Cerrada
Descripción:
El Hospital de San Fernando, en adelante denominado “El Hospital”, que para prevenir y controlar los riesgos provenientes del manejo de residuos especiales y peligrosos generados por el ejercicio de su función cuyo manejo debe ser realizado conforme lo establece el Decreto Supremo Nº62009 del Ministerio de Salud que aprueba reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud R.E.A.S y el Decreto Supremo Nº 1482003 del Ministerio de salud que aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, requiere contratar el servicio de manejo de residuos especiales y peligrosos. El Hospital mediante este acto e instrumento viene en llamar a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl conforme al procedimiento que regula la Ley Nº 19.886, del Ministerio de Hacienda sobre bases de contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su respectivo reglamento aprobado mediante Decreto N° 6612024 del Ministerio de Hacienda, el “Servicio de manejo de residuos especiales y peligrosos del Hospital de San Fernando”, conforme las especificaciones que pasan a señalarse.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Prevención de Riesgos
R.U.T.:
61.602.145-1
Dirección:
Negrete N° 1401
Comuna:
San Fernando
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-02-2026 17:30:00
Fecha de Publicación: 09-02-2026 17:18:14
Fecha inicio de preguntas: 09-02-2026 17:30:00
Fecha final de preguntas: 17-02-2026 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-02-2026 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-02-2026 17:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-02-2026 17:31:00
Fecha de Adjudicación: 27-03-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1: Identificación del oferente
2.- Anexo N° 2 Carta de aceptación y conocimiento de las bases administrativas especiales y técnicas
3.- Anexo N° 4 Programa de integridad del oferente.
4.- Anexo N° 5 Declaración jurada de independencia de la oferta
5.- Anexo N° 6 Experiencia
6.- Anexo N° 7 Transporte autorizado
7.- Anexo N° 8 Plantas de tratamiento
Documentos Técnicos
1.- Descripción de los servicios ofertados.
 
2.- Órdenes de compra/contratos que acrediten experiencia
 
3.- Resoluciones exentas que autoricen el transporte de residuos especiales y/o peligrosos (Vigentes).
 
4.- Resoluciones exentas que autoricen el tratamiento de residuos especiales y/o peligrosos (Vigentes)
 
5.- Resoluciones exentas que autoricen el almacenamiento de residuos especiales y peligrosos (Vigentes)
 
6.- Convenios vigentes a la fecha de la presentación de la oferta para el transporte, tratamiento, eliminación y/o almacenamiento.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3: Oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio PUNTAJE= ((Menor precio ofertado) / (Precio oferta) x 100) x 0,60 60%
2 Cumplimiento de los requisitos Si cumple con todos los antecedentes requeridos dentro del plazo para presentación de ofertas. 100 puntos No cumple con todos los antecedentes requeridos dentro del plazo para presentación de ofertas. 0 puntos 3%
3 Experiencia de los Oferentes La empresa posee experiencia en el rubro de manejo de residuos peligrosos y/o especiales. Acredita trabajos en 11 o más recintos de salud humana, público o privado en los últimos 2 años 100 puntos La empresa posee experiencia en el rubro de manejo de residuos peligrosos y/o especiales. Acredita trabajos en 6 a 10 recintos de salud humana, público o privado en los últimos 2 años. 50 puntos La empresa posee experiencia en el rubro de manejo de residuos peligrosos y/o especiales. Acredita trabajos en 1 a 5 recintos de salud humana público o privado en los últimos 2 años. 20 puntos No acredita experiencia 0 puntos 20%
4 Impacto Medioambiental La empresa acredita 3 o más iniciativas ambientales 100 puntos La empresa acredita 1 o más iniciativas ambientales 50 puntos No acredita iniciativas de compromiso con el medio ambiente. 0 puntos 15%
5 Programa de integridad del oferente El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal. 100 puntos El oferente no cuenta con programas de integridad y/o no son conocidos por su personal. 0 puntos 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital San Fernando
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: La criticidad del convenio de suministro, que presten los oferentes, el reconocido profesionalismo, confianza, seguridad y experiencia que puede comprobar el oferente adjudicado, y los costos que significan un nuevo proceso licitatorio.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Maria Eugenia Vilches Cordova
e-mail de responsable de pago: mariaeugenia.vilches@saludohiggins.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital San Juan de Dios de San Fernando
Fecha de vencimiento: 05-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: Cualquiera que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable, en forma material y/o electrónica (de conformidad a lo establecido en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas). Si los documentos de Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato son emitidos en forma electrónica, estos deberán ajustarse a la Ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y entregarse en el correo electrónico del Jefe de la Unidad de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente (pedro.moscoso@redsalud.gob.cl), con copia al correo electrónico de profesional subrogante de la unidad (g.martinez @hospitalsanfernando.cl), del Jefe de Unidad de Contabilidad (mviches@hospitalsanfernando.cl) y y de la Gestora de Contratos (gestiondecontratoshsf@gmail.com) Si el documento se emite en forma material, la entrega se efectuará en la Oficina de Partes del Hospital San Juan de Dios de San Fernando, ubicada en Calle negrete Número 1401, comuna y cuidad de San Fernando, dentro del horario de atención de la Oficina, de lunes a jueves de 08:00 a 16:00 horas, y/o viernes, de 08:00 a 15:00 horas.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato “Servicio de manejo de residuos especiales y peligrosos del Hospital de San Fernando, Licitación ID “según ID que corresponda”.
Forma y oportunidad de restitución: Es obligación del proveedor tener siempre vigente la garantía de fiel cumplimiento. En caso de vencimiento de la misma antes del término del contrato, o de su cobro anticipado, debe ser reemplazada por otro documento de garantía de iguales características, con fecha de vencimiento de al menos 90 días hábiles posteriores a la fecha en que se terminen de ejecutar efectivamente las prestaciones objeto del contrato. En caso de renovación el contrato, el adjudicado, deberá renovar la garantía en los mismos términos de la Licitación original, a más tardar los 10 días corridos antes del vencimiento de la garantía original, manteniendo la nueva garantía de fiel cumplimiento una vigencia por un plazo no inferior a 90 días hábiles desde la fecha de término del presente contrato y de su renovación según corresponda, la que será solicitada por la Unidad de Finanzas, por medio del funcionario(a) de gestión de contratos del Hospital. Cabe mencionar, que el monto total (impuesto incluido) de la garantía para la renovación, será el proporcional al contrato original, que en este caso se solicitará por el monto correspondiente a un año.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en el Registro de Proveedores, en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Normativa aplicable
Para adquirir el “SERVICIO DE MANEJO DE RESIDUOS ESPECIALES Y PELIGROSOS DEL HOSPITAL DE SAN FERNANDO”, se licitará, contratará y ejecutará de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos: a) Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. b) Reglamento de la Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Presta-ción de Servicios. c) Decreto Supremo N° 6/2009 que aprueba reglamento sobre manejo de residuos de estableci-mientos de salud (REAS). d) Decreto Supremo N° 148/2003 que aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. e) Decreto Supremo Nº 594/1999 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento sobre condicio-nes sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. f) Decreto Supremo N° 44/2024, que aprueba el nuevo Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales para un Entorno de Trabajo Seguro y Saludable. g) Ley N° 16.744/1968 que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profe-sionales. h) Resolución Exenta N° 5149, que aprueba reglamento y procedimiento empresas contratistas y subcontratistas en el Servicio de Salud O’Higgins y la red de prestadores institucionales del Ser-vicio de Saud O’Higgins. i) Bases Administrativas y Bases Técnicas con sus respectivos anexos. j) Aclaraciones y Modificaciones a las Bases realizadas por el Hospital, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. k) Preguntas de los oferentes y respuestas o aclaraciones efectuadas por el Hospital. l) Oferta de la empresa u oferente. m) Contrato de aceptación, celebrado entre el Hospital y el Adjudicatario. n) Órdenes de compra emitida por el Hospital y aceptada por el Adjudicatario. o) Presupuesto afectado. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin ne-cesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallan. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria sobre la materia, entre otras: a) DFL Nº 36/80 del Ministerio de Salud. b) Ley Nº 20.584 Que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con Acciones vinculadas a su Atención de Salud. c) Reglamentos de la Ley Nº 20.584 d) Ley Nº 19.628 sobre Protección de la vida privada y su Reglamento. e) Normativa de la Superintendencia de Salud y en especial sobre acreditación en calidad. f) Normas de Seguridad y sus Reglamentos g) Normativa del Ministerio de Salud. h) Protocolos Hospitalarios. i) Código Sanitario. j) Código del Trabajo. k) Código Civil l) Todas aquellas Leyes, Reglamentos y Decretos no indicados y que tengan relación con la totali-dad de lo requerido, objeto de la presente licitación.
De los oferentes, antecedentes requeridos
Podrán participar en este proceso licitatorio, personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información de www.mercadopublico.cl y que tengan acceso a la documentación publicada, debiendo además cumplir con los siguientes requisitos: 5.1 REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR a) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anó-nima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un geren-te, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. b) No encontrarse afecto a las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886, con salvedad de las circunstancias excepcionales contenidas en el referido artículo en caso de que esto aplique. c) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos y, además, en caso de ser personas jurídicas, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración a personas naturales que hu-bieren sido condenadas a la citada medida. 5.2 ANTECEDENTES LEGALES El oferente deberá acreditar a través de Chile Proveedores y/o enviar en archivo adjunto de la licitación los siguientes documentos: Persona Natural: 1.- Fotocopia simple cédula de identidad nacional o para extranjeros, (vigente). 2.- Fotocopia de iniciación de actividades en SII. Persona Jurídica: 1.-Fotocopia Simple del R.U.T de la Empresa. 2.-Fotocopia Simple de cédula de identidad nacional o para extranjeros del representante legal (vigente). 3.-Certificado de vigencia de la sociedad cuya fecha de emisión no supere los tres meses anteriores a la publicación de la licitación, pudiendo tener fecha de emisión posterior a la publicación de la licitación y ser adjunto antes de la fecha de cierre de la oferta. 4.- Escritura Pública en donde conste poderes del representante legal. (Solo si la oferta supera las 1.000 UTM). 5.- Certificado de vigencia de no revocación de poderes del representante legal, o Copia de Inscripción Registro de Comercio (constitución o acto posterior de otorgamiento de poderes, en donde conste que no existen anotaciones o subinscripciones marginales de revocación de poderes/administración; cuya fecha de emisión no supere los tres meses anteriores a la publicación de la licitación, pudiendo tener fecha de emisión posterior a la publicación de la licitación y ser adjunto antes de la fecha de cierre de la oferta. (Solo si la oferta supera las 1.000 UTM).
Registro proveedores
Los oferentes interesados en participar en el presente proceso licitatorio, deberán estar inscritos y en estado Hábil para contratar con el “El Hospital”, en el Registro de Proveedores. Por lo tanto, según el Artículo N°58 del reglamento de compras públicas 661/2024, que indica textualmente; “No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades”. “El Hospital” podrá verificar toda la documentación que se encuentre en el Registro de Proveedores, dispuesto en el portal www.mercadopublico.cl, a fin de obtener la documentación referida en las letras anteriores. Cabe, destacar, que según lo establecido en el Artículo N°120 del reglamento de compras públicas 661/2024, no solicitará entrega de documentación cuando esta se encuentre en dicho registro y cumpla con los solicitado en las presentes Bases de licitación. Si los antecedentes señalados en el punto 4.2, no se encuentran debidamente registrados y vigentes en el sitio señalado, el oferente deberá adjuntarlos complementariamente en su oferta vía sistema. En definitiva, para el caso que algunos documentos no se encuentren disponibles en el Registro de Proveedores, se aceptará su presentación en forma digitalizada y como anexo adjunto a la oferta solo de carácter administrativo, en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Consultas, aclaraciones y modificaciones de las bases administrativas y técnicas
Los oferentes podrán realizar consultas y obtener las respuestas o aclaraciones sobre el proceso de licitación en la fecha indicada en el cronograma, el que será solamente a través del foro electrónico del portal www.mercadopublico.cl, las respuesta y aclaraciones que emita este Hospital se pondrán en conocimiento de todos los proveedores participantes a través de este sitio, sin indicar autor de estas, mediante acto administrativo. Las respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las Bases Administrativas y Técnicas de esta propuesta, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes de la presente licitación pública. Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Mandante por acto fundado. De verificarse una ampliación, ella se dará a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del sistema de información www.mercadopublico.cl, la que se entenderá notificada 24 horas después de publicada. Las aclaraciones y/o respuestas derivadas de este proceso de consultas, que efectúe “El Hospital” formaran parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes de la licitación, siempre y cuando se sustenten sobre materias que no sean de fondo y pudieren modificar sustancialmente aspectos que se encuentren en forma expresa y claramente definidos y que en razón de ello, no admitan interpretaciones distintas, esto es plazos, montos, fechas, obligaciones, responsabilidades, etc. Los oferentes, en ningún caso podrán alegar desconocimiento de lo señalado previamente. No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada precedentemente.
Errores u omisiones detectados durante la evaluación
El Hospital, según el Artículo N°56 del Reglamento 661/2024, de la Ley N°19.886 y durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes; 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas. 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Por lo tanto, el oferente tendrá como un plazo fatal de 24 horas. para presentar certificaciones o antecedentes omitidos de presentar al momento de efectuar la oferta, los cuales sólo podrán ser de carácter administrativo, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de la licitación y publicados a través del portal www.mercadopublico.cl en el módulo “Aclaraciones a la Oferta de la Licitación”. Se asignará menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido, según el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Mediante foro de Mercado Publico disponible para dichas consultas en www.mercadopublico.cl.

Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuesta en una línea, una vez evaluadas todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.

Por lo tanto, de presentarse igualdad de puntajes totales en la evaluación de las ofertas, se determinará que la resolución de empates será el criterio con mayor puntaje precio. De continuar el empate, se considerará el segundo mayor puntaje y así sucesivamente, hasta desempatar dicha licitación. En caso de persistir el empate se considerará la Oferta Técnica, hasta que el acumulado de uno de ellos sea superior. En ese punto se produce el desempate quedando como ganador el que alcanzó mayor puntaje.

En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.


Readjudicacion
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en el Registro de Proveedores, en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Del factoring
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de Compras Públicas, “El Hospital” cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el oferente, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, existiendo la obligación de comunicar la cesión de la factura al Departamento de Finanzas en plazo máximo de 12 horas desde efectuada la cesión (además de la comunicación que se efectúa por vía SII), mediante correo electrónico (yessica.galaz@saludohiggins.cl; mariaeugenia.vilches@saludohiggins.cl)a fin de poder ejercer el eventual reclamo u oposición a la factorización en el plazo de 8 días. La no comunicación de la factorización por parte del oferente, se considerará un incumplimiento grave del contrato y del principio de buena fe contractual, debiendo informarse de esta situación a la Dirección de Chile Compras, facultándose al Hospital de San Fernando para no recibir próximas ofertas y dejar constancia clasificada de la situación acontecida como reclamo en el portal www.mercadopublico.cl.
De las multas
En caso de incumplimiento de las obligaciones del contratante, la Contraparte Técnica elaborará un informe a la Subdirección Administrativa con el detalle de las infracciones contractuales que detecte durante la vigencia del convenio, propondrá a la Dirección del Hospital la aplicación de las multas que procedan. La Dirección, a la vista del informe, emitirá resolución administrativa con la propuesta de multa correspondiente, notificando al contratante por la plataforma de Gestión de Contratos disponible en la página www.mercadopublico.cl, a fin de que efectúen sus correspondientes descargos en el plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la notificación, por el mismo medio electrónico. La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento de Compras Públicas. Se considerarán infracciones sujetas a multa, las siguientes: Infracción Criterio de Evaluación Monto de Multa (UF) Incumplimiento del plazo de entrega de los insumos indicado en las bases técnicas Por cada día de atraso 2 Incumplimiento de los días estipulados para el servicio de manejo de residuos especiales y peligrosos Por cada día de atraso El valor de la UF será establecido de acuerdo a la fecha de notificación de la infracción correspondiente. Las multas que se apliquen serán descontadas de los estados de pago correspondientes, a través de la plataforma de pago centralizado en aplicativo SIGFE 2.0. Para esto es necesario que el servicio o unidad requirente y la unidad compradora responsable del proceso licitatorio en cuestión, al efectuar la recepción conforme a las facturas y dé cumplimiento a los instructivos internos dictados por la Dirección del Hospital de San Fernando, que indica que desde la emisión del documento tributario hasta que se deriva a la Unidad de Contabilidad, no pueden pasar más allá de cuatro (4) días Asimismo, de no consumarse el pago de multas mediante las opciones descritas en el párrafo anterior, y si fuere suficiente, podrá hacerse efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, situación que permitirá al Hospital exigir que el oferente adjudicado o contratante le entregue un nuevo instrumento de garantía dentro del plazo de 10 días corridos (en caso de corresponder), en las mismas condiciones que el documento entregado originariamente para dichos fines. Para pagar las multas directamente en la Unidad de Recaudación del Hospital de San Fernando, el proveedor adjudicado deberá presentar en esta Unidad la resolución administrativa notificada, con lo cual se emitirá un comprobante de ingreso de los dineros adeudados, debiendo la Unidad de Recaudación informar oportunamente al Departamento de Finanzas del pago efectivo, además, el referido comprobante de pago se acompañará por el proveedor adjudicado junto a la facturación del período, a fin de evitar descuentos indebidos por sistema SIGFE 2.0. En el caso de pago vía transferencia electrónica, el proveedor adjudicado deberá enviar comprobante y resolución administrativa correspondiente a curse de multa notificada vía email a los siguientes correos electrónicos: yessica.galaz@saludohiggins.cl, mariaeugenia.vilches@saludohiggins.cl. Por lo tanto, las multas que se apliquen al oferente adjudicado no podrán superar el 3% del valor total del contrato, con todos los impuestos incluidos, de lo contrario, será causal de término anticipado de éste. Toda multa que se aplique según causales indicadas en este punto será incluida en la Ficha del Contrato del proveedor y en el respectivo aplicativo de Gestión de Contratos, con el fin de registrar el comportamiento contractual del proveedor relativos a los incumplimientos que originan la multa, cobro de garantía (en caso que corresponda) y/o término anticipado del contrato, mediante Resolución Exenta de la Dirección del Hospital de San Fernando. El Hospital se reserva el derecho de anular las órdenes de compra cuando el proveedor no cumpla con servicios adjudicados. Cuando esto ocurra se dejará constancia en el portal www.mercadopublico.cl de dicho incumplimiento.
Procedimiento de aplicación de medidas sancionatorias
Al verificarse cualquier situación que amerite la aplicación de Multas, Cobro de Garantía o Término Anticipado de Contrato, derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, a excepción del numeral 1), 2) y 6) del punto “Modificaciones o término anticipado del contrato” de las presentes bases, “El Hospital” deberá notificar la resolución fundada de inicio del procedimiento al contratante mediante plataforma de Gestión de Contratos disponible en la página www.mercadopublico.cl. El contratante tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la notificación a fin que efectúe sus correspondientes descargos por el mismo módulo electrónico, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten, en el aplicativo de Gestión de Contratos, disponible en plataforma de Mercado Público. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez cumplido este plazo, “El Hospital” deberá formalizar las medidas a aplicar a través de resolución fundada, la cual deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, notificando al contratante mediante publicación en el sistema de información del aplicativo de gestión de contratos. En contra de dicha resolución procederán los recursos administrativos dispuestos en el artículo 59 de la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, de lo cual en caso de presentarse o no, se comunicará su resolución correspondiente al oferente mediante publicación en el sistema de información del aplicativo de gestión de contratos. En definitiva, el procedimiento sancionatorio se ejecutará según lo dispuesto en la Ley N°19.880 y Guía de Uso Módulo Gestión de Contratos de la plataforma www.mercadopublico.cl, además de lo resuelto en Dictamen N°E414593/2023, de Contraloría General de la República, sobre gestión de procesos de contratación y ejecución contractual a través de las plataformas implementadas por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Caso fortuito o fuerza mayor
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito, el acontecimiento o hecho a que se refiere el Artículo 45 del Código Civil, que no es imputable a las partes y que no pudo preverse, o que pudiendo preverse, es inevitable y de tal naturaleza que impide el cumplimiento de la obligación. Cuando ocurra un caso calificado como fuerza mayor, cada parte debe absorber sus respectivos costos por los daños que pudiesen haber afectado a los recursos o instalaciones. Si durante la ejecución del contrato acontece algún caso fortuito o fuerza mayor que no sea imputable al oferente adjudicado, se podrá con previa autorización de “El Hospital” y siempre que ello no sea contrario a los fines previstos con la contratación, efectuar adecuaciones en los plazos de entrega. Cualquiera consideración de esta naturaleza no implicará en caso alguno asumir costos adicionales para “El Hospital”. Del mismo modo, el oferente deberá informar de esta situación dentro del plazo máximo de 5 días del acaecimiento del hecho a través de comunicación dirigida a la Dirección de “El Hospital” e ingresada por Oficina de Partes, informando de la situación y adjuntando documentación de respaldo del hecho. Ello será analizado por “El Hospital” y resuelto mediante informe fundado y resolución, pudiendo en caso de rechazarse la causal de caso fortuito efectuar cobros respectivos por incumplimiento contractual a través del cobro del instrumento de garantía, si correspondiese o curse de multas.
Solución de controversias
Para la solución de conflictos que pudieren originarse durante la vigencia del contrato, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la ciudad de San Fernando.
Del deber de confidencialidad de la información y la ciberseguridad
Los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación y de su respectivo contrato y/o resolución serán intransferibles, a excepción del cambio de la representación oficial de la empresa en el país, el cual no podrá afectar los intereses generales de la administración ni interrumpir el funcionamiento de los diferentes servicios y unidades del este Hospital, en dicho caso deberá el oferente adjudicado desplegar las gestiones necesarias a su costo a fin de no incurrir en incumplimiento contractual. El oferente deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del presente contrato y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la presente licitación; en tal sentido se encuentra especialmente obligado a: - Cumplir lo dispuesto en la Ley Nº 20.584, sobre Derechos y Deberes del Paciente, la Ley N.º 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, y todas aquellas normas aplicables sobre tratamiento y protección de datos personales. - Cumplir íntegramente con lo establecido en la Ley N.º 21.663 - Ley Marco de Ciberseguridad, y sus reglamentos, debiendo aplicar medidas de protección, integridad, disponibilidad y confidencialidad de los datos e infraestructuras tecnológicas utilizadas en el marco del contrato. - No podrá hacer uso de información alguna a la que tenga acceso durante el desarrollo de todo el proceso de la presente licitación y del contrato a que hubiere lugar, para fines ajenos a la contratación de los productos contratados; el oferente o contratante, sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria, para dar cumplimiento a la contratación que por la presente licitación pública se pretende materializar. De esta manera, bajo ninguna circunstancia el prestador podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia de la contratación como después de su finalización, salvo autorización expresa del Mandante, otorgada a través de su Dirección. Esta prohibición afecta al oferente, a su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados a esta licitación, en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de la contratación. El oferente sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a la contratación que por la presente licitación pública se pretenda materializar. En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Mandante podrá terminar anticipadamente el contrato de servicio con el prestador, encontrándose facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato conforme a lo dispuesto en estas bases, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.”

Cumplimiento de obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N°19.886, y artículos 41 y 124 del Regla-mento de Compras Públicas, en caso de que el oferente persona jurídica incumpla con obligaciones laborales y sociales de los trabajadores que brindan los servicios, el Hospital de San Fernando, se encuentra facultado para imputar pagos al cumplimiento efectivo de estas obligaciones sociales, así como a efectuar cobro de instrumento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, si correspondiere, o en su caso a pedir el cumplimiento forzado o rescisión del contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.