Licitación ID: 1098-1-LE26
REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RIO COSCAYA
Fecha de Cierre: 23-04-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad Internacional
Cod: 81101513
REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RIO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RIO COSCAYA
Estado:
Publicada
Descripción:
REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RIO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección General de Aguas - I Región - Iquique
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Tarapaca N° 130
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 07-04-2026 18:16:14
Fecha inicio de preguntas: 07-04-2026 21:34:00
Fecha final de preguntas: 13-04-2026 21:34:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-04-2026 21:34:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 05-05-2026 18:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según lo estipulado en las Bases Administrativas y anexos adjuntos.
Documentos Técnicos
1.- Según lo estipulado en las Bases Administrativas y anexos adjuntos.
 
Documentos Económicos
1.- Según lo estipulado en las Bases Administrativas y anexos adjuntos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Según lo establecido en el punto XII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS de las Bases Administrativas. 20%
2 Precio Según lo establecido en el punto XII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS de las Bases Administrativas. 10%
3 Programa de integridad Según lo establecido en el punto XII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS de las Bases Administrativas. 5%
4 Equipo de trabajo Según lo establecido en el punto XII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS de las Bases Administrativas. 25%
5 Cumplimiento de los requisitos Según lo establecido en el punto XII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS de las Bases Administrativas. 5%
6 Experiencia de los Oferentes Según lo establecido en el punto XII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS de las Bases Administrativas. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 40000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Camila López de la Vega
e-mail de responsable de pago: camila.lopez@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Tarapacá
Fecha de vencimiento: 31-08-2026
Monto: 5 %
Descripción: Pesos chilenos. En caso de que la garantía que se presente sea una póliza de seguro o certificado de fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), dicha cifra deberá indicarse obligatoriamente en pesos chilenos, tanto en cifras numéricas como en forma escrita. Asimismo, la garantía deberá señalar de manera expresa que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador y sin cláusula de arbitraje, y deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero. La garantía deberá cubrir, ya sea mediante endoso o cláusula expresa, el importe para los casos en que sea necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. Si el instrumento de garantía solo pudiere ser emitido en divisas, UF o similares, deberá indicarse de forma expresa su conversión a pesos chilenos, calculada a la fecha de emisión del documento. En caso de optar por una póliza de seguro pagadera a la vista o a primer requerimiento, y siempre que esta se encuentre dentro de las permitidas por la CMF, deberá excluirse expresamente a la D.G.A. de cualquier cláusula de arbitraje. Por su parte, en caso de optar por un certificado de fianza, este deberá excluir el beneficio de excusión.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe solicitarse por escrito, presentando el proveedor en la oficina de partes de la D.G.A. dicha solicitud, una vez transcurrida su vigencia. La Inspección Fiscal, deberá dejar constancia de la devolución de la garantía estableciendo que el Contrato fue ejecutado a conformidad, y en el caso que hubiere multas, deberá expresar si fueron descontadas en su oportunidad indicando el acto administrativo respectivo. Dicha acta o constancia deberá ser aprobada mediante resolución exenta de la Autoridad Competente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso de que el adjudicatario se desista de su oferta, no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato si fuese el caso, no entregue los antecedentes legales necesarios para la contratación, no suscriba el contrato dentro de los plazos establecidos en las Bases Administrativas, no acepte la orden de compra dentro del plazo fijado, no pueda cumplir con la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, o concurra cualquier otra circunstancia que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, impida continuar con el proceso de contratación o perfeccionar el contrato, la DGA podrá, mediante acto administrativo debidamente fundado y tramitado, readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le siga en orden de calificación, declararla desierta o efectuar un nuevo proceso de compra. En cualquiera de los casos antes señalados, y cuando proceda conforme a lo establecido en el numeral X de las Bases Administrativas, la DGA podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.
Resolución de Empates
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 1 “Experiencia del oferente”;
2° Criterio 2 “Equipo de trabajo”;
3° Criterio 3 “Plazo de ejecución”;
4° Criterio 4 “Precio Ofertado”;
5° Criterio 5 “Programa de Integridad”; y
6° Criterio 6 “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas en éste.
La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública.
Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación.
Es necesario tener presente que, en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta. La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta.
La Comisión Evaluadora levantará un Acta de Evaluación del presente concurso –informe completo y fundado–, con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado.
Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas, se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 70 puntos.
Nota: El comportamiento contractual anterior no constituye criterio de evaluación, ni tiene ponderación. En caso de corresponder, se aplicará únicamente como descuento al puntaje final ponderado, una vez concluida la evaluación de todos los criterios precedentes, conforme al Oficio N° E106807, de 2025, de la Contraloría General de la República.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán formular consultas u observaciones respecto del proceso de adjudicación dentro del plazo de 48 horas contado desde la notificación de la resolución adjudicatoria en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Dichas consultas deberán realizarse a través del correo electrónico institucional que se indique en el acto administrativo antes referido. Las consultas serán respondidas en el más breve plazo posible por el mismo medio, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de la ley N° 19.886.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación pública, acepta expresamente el Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven.
2) No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
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4) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia, tanto en el presente proceso licitatorio como en la ejecución del contrato.
5) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ello se derivase.
6) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
8) Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
9) Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
Se hace presente que, el adjudicatario que finalmente preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el numeral XV de las presentes bases de licitación, referente a la readjudicación. En los dos casos anteriormente señalados, la DGA ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor (si corresponde). Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral XXVIII de estas Bases de Licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.