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OTRAS CLÁUSULAS |
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Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los
siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
Vigencia y renovación
La relación contractual tendrá una vigencia de 30 días, contados desde la total tramitación del acto
administrativo que apruebe el contrato, si lo hubiere, o desde la aceptación de la orden de compra, si no se
suscribe contrato.
El contrato, si lo hubiere, podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez.
Emisión de la orden de compra
La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión
de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Plazo de Entrega
Los oferentes deberán indicar en el Anexo Nº 3 Oferta Técnica, el plazo de ejecución del servicio
solicitado. Estos plazos deben ser expresados en días hábiles, contados desde la aceptación de la orden
de compra. El plazo de ejecución del servicio no podrá superar la cantidad de días ofertada en su Oferta
Técnica.
Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiese cumplir con el plazo
aceptado por causa de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificado por la Dirección, podrá solicitar
una ampliación. Esta ampliación, deberá ser solicitada antes de la fecha de vencimiento del plazo de
entrega original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. No obstante, lo anterior, dicha
solicitud no obliga de modo alguno a la Dirección, siendo esta soberana para conceder, disminuir o
denegar el aumento de plazo solicitado
Pago
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá
efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo
instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción
conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
Efectos derivados de incumplimientos del proveedor
Multas, sanciones y procedimientos para su aplicación
El Inspector Fiscal debe notificar por oficio, carta o correo electrónico al adjudicatario y luego, informada
mediante oficio o correo electrónico a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M., las
sanciones que se aplicarán, a fin de recibir los descargos correspondientes, para las medidas pertinentes,
si existen multas relacionadas con el incumplimiento contractual, de acuerdo con lo indicado en el Anexo
Nº 3.
El incumplimiento o infracción por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas
tanto en las Bases de Licitación como en el contrato, será causal de las multas que se indican a
continuación:
MONTO MULTA (% SOBRE EL MONTO ADJUDICADO)TIPO DE INFRACCION - CRITERIO DE
APLICACIÓN - TOPE
0,5 % En caso de cualquier incumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes bases, sus
bases técnicas, anexos o demás antecedentes que forman parte integral de esta licitación. Por cada vez
que ocurra con un tope de 5 Veces
1%Por atraso en la entrega del servicio informado en el Anexo N°3. Por cada día hábil de atraso con un
tope 15 días hábiles
La multa que corresponda, será descontada del pago del servicio contratado.
En caso de que dicha multa supere el tope considerado para cada criterio, se realizará el término
anticipado del contrato, por incumplimiento grave.
Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte
del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios
ocasionados.
No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza
mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la
voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana,
en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide
cumplir.
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
a) El Inspección Fiscal comunicará mediante carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que
ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal
específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
El Inspección Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor, quien los podrá presentar (en
soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por la
contraparte técnica. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al
Director de Vialidad Región Metropolitana, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando
la causal del incumplimiento, el cálculo y monto de la multa.
a)El Director de Vialidad Región Metropolitana analizará los antecedentes, y si es procedente, aplicará la
multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá
pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el
Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito a la empresa contratista, en el
plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar
copia de dicha notificación a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor podrá interponer los
siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el numeral anterior (Director
de Vialidad Región Metropolitana), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de
Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra c) anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y
conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la
resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra c), tendrán un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva, será descontada del pago correspondiente.
Término Anticipado
Modificación y término del contrato
En virtud artículo 129 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá modificarse
durante su vigencia cuando se dé algunas de los siguientes supuestos:
1.Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato.
2.Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los
siguientes requisitos:
(i)Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la
Dirección de Vialidad Región Metropolitana
(ii)Que el cambio de proveedor generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes
para Dirección de Vialidad Región Metropolitana
(iii)Que se límite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva
que la haga necesaria, y
(iv)Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del
contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a
los servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de
interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado
origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto
con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto
originalmente convenido entre el Proveedor y la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, siempre que
este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Por otro lado, y en conformidad al artículo 130 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el
contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1.La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de
la sociedad contratista.
2.La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de
cumplir sus obligaciones.
3.El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
4.El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5.La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible
modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la ley de compras públicas. En tal caso, la
Dirección de Vialidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren
entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la
imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que
se apliquen en su contra las multas y otras las medidas establecidas en las bases, según el artículo 135
del reglamento de la ley de compras públicas.
6.Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7.Las demás establecidas en la ley, en las Bases de la licitación o en el contrato.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la contraparte técnica/Inspector Fiscal,
deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, que emita el acto administrativo
correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las
medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la Dirección
de Vialidad Región Metropolitana, concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren
insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana y el
respectivo proveedor podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común
acuerdo.
Propiedad de la información
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del
órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido
adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya
accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación
contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes
relacionados con el desarrollo de aquélla.
El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información,
reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de
acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la
totalidad o parte de la información referida.
Estándares de probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la
relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de
probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos
a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose
por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º,
6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete
a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos
en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos
cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en
relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de
la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del contrato, si lo hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo
o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar
durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la
misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general,
por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Domicilio y jurisdicción
Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales
Ordinarios de Justicia.
Derecho a variación de cantidades
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho a disminuir o aumentar las
cantidades originalmente solicitadas durante la vigencia del contrato, sin embargo, ésta variación no podrá
superar el 30% del precio total IVA incluido del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y
condiciones.
Derecho a desestimar las ofertas
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera
de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al
interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el acta de evaluación de ofertas
correspondiente. En tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la
Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección
de Vialidad Región Metropolitana dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal
Mercado Público
Inspector Fiscal
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento en la entrega del servicio por parte del
adjudicatario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, designará por acto administrativo fundado, a
los funcionarios que actuarán como Inspectores Fiscales del contrato en cada dependencia y a un
subrogante en caso de ausencia, los cuales estarán encargados de velar por el fiel cumplimiento del
contrato. Asimismo tendrán a su cargo el seguimiento y control de la totalidad de los trabajos asociados a
la contratación, tal y como se establece en las bases técnicas. Visará la documentación de pago quien
tenga las atribuciones según corresponda.
Revisores de Ofertas
Las Ofertas serán evaluadas por al menos un funcionario de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana
del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha de cierre de
presentación de ofertas, en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, cada revisor de
oferta, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos
de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de
evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de
compra que se publiquen en el Sistema de Información.
Procedimiento de Evaluación
a. Los Revisores de ofertas recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Sistema de
Información, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes BA y BT o por corresponder a
empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del
D.S. de Hda N° 661/2024.
b. Los Revisores propondrá declarar inadmisibles:
Las ofertas que no cumplan con la presentación los Anexos Nºs 2 y 3, por tratarse de documentos
esenciales, salvo el Anexo N°1 por su carácter opcional y Anexo N°5, por corresponder a un criterio de
evaluación. En el caso de las UTP, además de lo señalado, debe incluir los documentos públicos o
privados mediante los cuales se da cuenta de la unión.
Las ofertas que contengan archivos que se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados.
Las ofertas y/o antecedentes confeccionados en forma manuscrita.
Las ofertas presentadas por participantes que no asistieron a alguna de las visitas a terreno obligatorias
establecidas en las presentes BA.
Las ofertas riesgosas o temerarias, según lo establecido en el artículo 61 del D.S. de Hda N° 661/2024.
c. Los Revisores propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº
19.886, en los siguientes casos:
Cuando no se presenten ofertas, o
Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el
cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 57 del D.S. de Hda N° 661/2024.
d. Los revisores de ofertas efectuarán la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los
criterios de las presentes BA.
e. Los revisores de ofertas rechazarán las ofertas que NO cumplan con los requisitos mínimos
establecidos en las BA y BT, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 54 del
D.S. de Hda N° 661/2024.
f. Los revisores de ofertas tendrán el plazo señalado en las presentes BA, para presentar el Acta de
Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Sistema de Información, proponiendo la adjudicación, de
conformidad a lo establecido en las BA y BT, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que
haya obtenido el mayor puntaje final
Acreditación de cumplimientos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social
El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Región
Metropolitana, una declaración firmada por el representante legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener
saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales (F30)
vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.
Cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del Oferente adjudicado:
Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar un certificado
de antecedentes laborales y previsionales (F30-1) vigente emitido por la Dirección del Trabajo, acreditando
no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, el cual deberá ser emitido a nombre del
Secretario Regional Ministerial subrogante: ROBINSON VALDEBENITO ESPINOZA, Rut.: 11.916.762-0,
como Representante Legal, Dirección: Bombero Salas 1351 Santiago
Condiciones de Pago
Los pagos al proveedor se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura
o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente, el Inspector Fiscal certifique la recepción
conforme de los servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
1.Deben indicar en las Referencias el código UDP 1650.
2.Deben indicar en las Referencias el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es:
REG_METROP_DIRECCION_DE_VIALIDAD_
3.Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que
establece la ley.
Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS
DCYF
Domicilio: Morandé 71, primer piso. Comuna: Santiago.
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes de
generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras
Públicas (MOP).
Para acceder a la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente enlace:
https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx, o bien, https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e
identificarse mediante Clave Única y completar el formulario web.
Requisitos para crear una solicitud
Requisitos en caso de ser Persona Natural: Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave
única, con lo que se verificará identidad.
Requisitos en caso de ser Persona Jurídica:
Ser Representante Legal de una Empresa.
Contar con Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de
Bienes Raíces.
Contar con Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de
Bienes Raíces.
Ambos certificados hayan sido emitidos recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad
máxima de 48 horas.
Crear una solicitud
Completar el formulario web indicando:
Rut de la empresa
Región (en la que desea agregar o revocar la cuenta)
Correo electrónico
Tipo de Solicitud (Agregar o Revocar cuenta)
Cuenta
Tipo de Cuenta
Banco
Además, en caso de ser Persona Jurídica:
Cargar Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de
48 horas al ingreso de la solicitud)
Cargar Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48
horas al ingreso de la solicitud)
Ambos certificados pueden ser obtenidos en el sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago /
Trámites en Línea /Registro de Comercio (https://www.conservador.cl/portal/)
Aprobación/Rechazo de la solicitud
Una vez verificados los datos proporcionados en la solicitud de Autorización, ésta será Aprobada o
Rechazada.
La notificación del resultado de la solicitud será entregada a través del correo electrónico proporcionado en
formulario web. En caso de ser aprobada, la autorización o revocación comenzará a regir a partir del tercer
día hábil siguiente desde que la solicitud sea recibida en la plataforma.
La autorización comenzará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción del documento en
la Dirección de Contabilidad y Finanzas, y se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio de poder
revocarla, notificando por escrito con a lo menos 3 días de anticipación a la fecha requerida de revocación.
También será causal de expiración el cierre de la cuenta individualizada. La información que se detalla en
esta autorización es de exclusiva responsabilidad del beneficiario, eximiendo a la Dirección de
Contabilidad y Finanzas de toda responsabilidad por errores o imprecisiones en los datos entregados. Las
personas jurídicas deberán acreditar su representación mediante los instrumentos requeridos.
Consulta de Pagos: Para los Contratista y Proveedores se encuentra se encuentra disponible el trámite
q u e l e s p e r m i t e o b t e n e r i n f o r m a c i ó n e n n u e s t r a p á g i n a W E B
https://aplicaciones.mop.gob.cl/proveedores/inicio.
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA
La visita a terreno es de carácter obligatoria, la que se realizará el 2º día hábil posterior a la fecha de
publicación de la licitación (el primer día hábil, se cuenta al día siguiente de la publicación), en horario
único, quedando el registro en un Acta de los oferentes que asistieron a dicha visita. La coordinación de
esta visita, será regulada por la Jefa del Subdepto. de Pesaje R.M., correo veronica.chamaca@mop.gov.cl,
teléfono 224496697 y cada Jefe de plaza. El plazo de publicación de esta licitación, deberá ser superior a
los 5 días hábiles, esto con el objetivo de realizar una adecuada oferta económica y técnica por parte del
proveedor. En esta visita técnica, se verificará la cantidad y medidas de las Fosas Sépticas existentes y los
trabajos a realizar en situ.
DEPENDENCIA
PLAZA PESAJE LAMPA- HORARIO DE LA VISITA 09:30 HORAS
PLAZA PESAJE EL MONTE - HORARIO DE LA VISITA 12:00 HORAS
DEPENDENCIA LA PATAGUILLA - HORARIO DE LA VISITA 15:00 HORAS
PLAZA PESAJE CURACAVÍ - HORARIO DE LA VISITA 17:00 HORAS
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