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Participantes |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso:
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal: Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1, 4 y 5 (Declaraciones Juradas Simples), firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal: No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 180 del Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 661/24 y cumplir con el resto de los requisitos legales y reglamentarios.
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Forma de cotización |
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Las ofertas y sus antecedentes, se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases de licitación. Para el caso que los archivos se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados, la oferta será declarada inadmisible, lo que constará en el acta de evaluación correspondiente junto con su debido respaldo. Asimismo, las ofertas y sus antecedentes no podrán ser confeccionados en forma manuscrita y deberán presentarse en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en idioma inglés u otro.
Para presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl y para asegurar la visibilidad de la oferta, los participantes deberán ingresar los documentos solicitados en estas bases, de acuerdo a los siguientes software: Documentos en formato PDF, documentos de texto compatibles con Microsoft Word o formato imagen JPEG”
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS NºS 1 AL 5) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el numeral 3.3 de las presentes BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 115, numeral 2, del D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
c. En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 6 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (Artículo 181, inciso 2º, Decreto Supremo Nº 661/2024, del Ministerio de Hacienda).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las bases, no siendo la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, en ningún caso, responsable de estos.
g. En la etapa de apertura electrónica, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
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. Plazo de validez de la oferta |
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Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
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Precios y Monedas |
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Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, los revisores de ofertas analizarán sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
Asimismo, y en virtud al artículo 60 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
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Inspector Fiscal |
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Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio prestado por el adjudicatario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, designará por acto administrativo fundado, a un funcionario en calidad de Inspector Fiscal del contrato, el que tendrá las siguientes facultadas y responsabilidades:
Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Levantar acta de recepción conforme del servicio.
Mantener un archivo con la totalidad de los antecedentes del Contrato.
Revisar y aprobar los documentos de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del Adjudicatario, considerando los eventuales descuentos y/o multas a que hubiere lugar.
En general, desarrollar todas las acciones de control y gestión que faciliten la ejecución del contrato.
Proponer la aplicación de multas cuando sea procedente.
Visar documentación de pago en señal de recepción conforme del servicio.
Evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección ChileCompra
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Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta |
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Las Ofertas serán evaluadas por al menos un funcionario de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, cada revisor de oferta, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de Información.
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Contacto en etapa de evaluación de ofertas |
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En conformidad al artículo 56 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Desde la fecha de publicación en el Portal de la resolución que designa a los Revisores de Ofertas y hasta la adjudicación, éstos solo podrán mantener contacto con los oferentes de la licitación, para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes que estos pudiesen requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, ésta se realizará por medio del encargado del proceso de compra correspondiente, quien a su vez gestionará el requerimiento a través del módulo disponible en el Portal Mercado Público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
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Derecho a desestimar las ofertas |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el acta de evaluación de ofertas correspondiente. En tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
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Derecho a variación de cantidades |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho a disminuir o aumentar la cantidad originalmente de días solicitados durante la vigencia del contrato, sin embargo, ésta variación no podrá superar el 30% del precio total IVA incluido del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones.
Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad de días adjudicados, durante la etapa contractual, el plazo de entrega de las cantidades adicionales deberá ser señalado por el proveedor, y se formalizará mediante una modificación al contrato. En el caso de aumentar la cantidad en la adjudicación, el plazo de entrega corresponderá al plazo ofertado en el Anexo N°3.
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Resolución de empates |
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En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación
LUGAR NOMBRE DEL FACTOR
1° Oferta Económica
2° Oferta Técnica
3° Programas de integridad y ética empresarial
4° Requisitos Formales
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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Adjudicación de la licitación |
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La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana. Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes BA, BT y Anexos; las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser necesariamente la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el acta de evaluación de ofertas, en lo que corresponda.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esa Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.12.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a) En caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato
b) En caso de que el proveedor no acepte o rechace la orden de compra.
c) En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
d) Si el oferente adjudicado NO acreditase su inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en el plazo establecido en las presentes BA.
e) Si el oferente adjudicado correspondiese a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, NO acreditasen su inscripción en el Registro anteriormente señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores hábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación al documento público o privado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
f) Si el oferente adjudicado NO cumpliese con los requisitos para contratar, establecidos en el numeral 5 de las presentes BA.
g) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases.
h) En caso de que el proveedor adjudicado no presente garantías exigidas en punto 8 de las presentes BA, en caso de que hayan sido requeridas
i) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error
j) En general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente durante el presente proceso licitatorio.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el numeral 9.15 “Readjudicación de la licitación”, de las presentes BA.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del correo electrónico que se indicará en la resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes desde la fecha de recepción de las consultas.
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Notificación y aceptación de orden de compra |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana publicará el resultado de la licitación en el Sistema de Información, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al artículo 9 del D.S. de Hda N°661/2024, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad Región Metropolitana publique en el Sistema de Información, la resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través del Sistema de Información, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá cancelar dicha orden de compra.
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Readjudicación de la licitación |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando haya sido requerida), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efectos la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
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Cesión del contrato |
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La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
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Gestión del contrato |
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a. Firma del contrato
De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA.
b. Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del contrato fuera declarada la inhabilidad sobreviniente del proveedor, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 159 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
c. Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, evaluará antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado.
Los factores a medir, son:
• Oportunidad de entrega
• Calidad
• Cumplimiento de Bases Técnicas
• Desempeño en general
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Vigencia del contrato |
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El periodo de vigencia del contrato será de 20 días hábiles, los que se podrán utilizar en un periodo de dos (02) meses y podrá comenzar a regir a contar del primer día posterior a la tramitación de la Resolución y notificación de Adjudicación.
El contrato podrá ser prorrogado, en el caso que a su fecha de término el nuevo proceso licitatorio que se realice aún se encuentre en trámite o bien, se declare desierto o sus ofertas sean consideradas inadmisibles.
En el caso de prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, incluyendo la mantención de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento y en las condiciones del artículo 42 y 129 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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Plazo de entrega |
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Los oferentes deberán indicar en el Anexo Nº 3, el plazo de entrega del servicio (se refiere al Punto 7. Letra c) de las Especificaciones Técnicas). Estos plazos deben ser expresados en días hábiles, contados desde enviado el requerimiento por parte del Inspector Fiscal a cargo del contrato.
Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiere cumplir con el plazo aceptado por causa de fuerza mayor debidamente calificadas por la Dirección, podrá solicitar una ampliación.
Esta ampliación, deberá ser solicitada antes de la fecha de vencimiento del plazo de entrega original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. No obstante, lo anterior, esta solicitud, no obliga de modo alguno a la Dirección, siendo ésta la soberana para conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo solicitado.
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Acreditación de cumplimientos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social |
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El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana una declaración firmada por el representante legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales (F30) vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.
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Condiciones de pago |
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Al momento de Facturar, el proveedor adjudicado deberá hacer llegar junto a la emisión del documento tributario, el Certificado de Antecedentes Laborales vigente (F30) a la fecha de realización del pago.
Los pagos al proveedor se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente, la contraparte técnica/Inspector Fiscal certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
1. Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 1650.
2. Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es:
REG_METROP_DIRECCFION_DE_VIALIDAD_.
3. Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Domicilio: Morandé 71, primer piso. Comuna: Santiago.
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes de generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para acceder a la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente enlace: https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx, o bien, https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e identificarse mediante Clave Única y completar el formulario web.
Requisitos para crear una solicitud
Requisitos en caso de ser Persona Natural: Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave única, con lo que se verificará identidad.
Requisitos en caso de ser Persona Jurídica:
Ser Representante Legal de una Empresa.
Contar con Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Contar con Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Ambos certificados hayan sido emitidos recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad máxima de 48 horas.
Crear una solicitud
Completar el formulario web indicando:
• Rut de la empresa
• Región (en la que desea agregar o revocar la cuenta)
• Correo electrónico
• Tipo de Solicitud (Agregar o Revocar cuenta)
• Cuenta
• Tipo de Cuenta
• Banco
Además, en caso de ser Persona Jurídica:
• Cargar Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
• Cargar Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
Ambos certificados pueden ser obtenidos en el sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago / Trámites en Línea /Registro de Comercio (https://www.conservador.cl/portal/)
Aprobación/Rechazo de la solicitud
Una vez verificados los datos proporcionados en la solicitud de Autorización, ésta será Aprobada o Rechazada.
La notificación del resultado de la solicitud será entregada a través del correo electrónico proporcionado en formulario web. En caso de ser aprobada, la autorización o revocación comenzará a regir a partir del tercer día hábil siguiente desde que la solicitud sea recibida en la plataforma.
La autorización comenzará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción del documento en la Dirección de Contabilidad y Finanzas, y se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio de poder revocarla, notificando por escrito con a lo menos 3 días de anticipación a la fecha requerida de revocación. También será causal de expiración el cierre de la cuenta individualizada. La información que se detalla en esta autorización es de exclusiva responsabilidad del beneficiario, eximiendo a la Dirección de Contabilidad y Finanzas de toda responsabilidad por errores o imprecisiones en los datos entregados. Las personas jurídicas deberán acreditar su representación mediante los instrumentos requeridos.
Consulta de Pagos: Para los Contratista y Proveedores se encuentra se encuentra disponible el trámite que les permite obtener información en nuestra página WEB https://aplicaciones.mop.gob.cl/proveedores/inicio.
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. Multas, Sanciones y procedimientos para su aplicación |
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Todo incumplimiento del proveedor al Contrato facultará a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana para aplicar una o más sanciones que se indican, sin perjuicio de los otros derechos que corresponden, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituida el proveedor en favor esta
Se establece como unidad monetaria de multa la UTM al día de la aplicación de la misma, los montos por aplicación serán descontados del pago de la factura del mes correspondiente.
El Inspector Fiscal deberá informar a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaría R.M., para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas al servicio realizado.
A Incumplimiento, retraso o abandono de la puesta en terreno de la maquinaria, operador y todos los insumos necesarios para garantizar el buen funcionamiento y la ejecución de la operación del tipo de maquinaria que será utilizada en la faena en el presente servicio de arriendo.
Multa diaria de 1 UTM por cada día hábil de atraso.
B Incumplimiento de instrucciones por parte del IF durante el desarrollo del Contrato Multa de 1 UTM por cada día hábil de atraso.
La multa que corresponda, será descontada del pago del bien adquirido o servicio contratado.
En caso de que dicha multa supere el tope considerado para cada criterio, se realizará el término anticipado del contrato, por incumplimiento grave.
Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.
No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
9.22.1. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Inspección Fiscal comunicará mediante carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
La Inspección Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por la contraparte técnica/inspector fiscal. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de Vialidad Región Metropolitana, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento, el cálculo y monto de la multa.
b) El Director de Vialidad Región Metropolitana analizará los antecedentes, y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito a la empresa adjudicada, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M.
1.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el adjudicatario podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el numeral anterior (Director de Vialidad Región Metropolitana), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra c) anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra c), tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva, será descontada del pago correspondiente.
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Modificación y Término del Contrato |
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Modificación y Término del Contrato
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en los artículos 129 y 130 del D.S. de Hda N°661/2024:
a) Resciliación o mutuo acuerdo.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entenderá por incumplimiento grave:
• NO dar cumplimiento en la entrega de los productos en la forma requerida en las presentes bases.
• Llevar un atraso superior en el plazo de entrega de los productos de 35 días corridos y/o que haya sobrepasado el tope de las multas establecidas en el numeral 9.21 de estas bases, sin causa justificada.
• Efectuar la cesión del contrato.
• La NO ejecución o la ejecución parcial por parte del proveedor de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases de licitación, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
e) Si el proveedor se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el proveedor, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
• Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo Proveedor y la entidad licitante.
• Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
• Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la contraparte técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento (cuando ésta haya sido requerida).
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la Dirección de Vialidad Región Metropolitana concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana y el respectivo proveedor podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
9.23.1. Procedimiento previo a la declaración de término anticipado por mutuo acuerdo del contrato:
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito con una anticipación no inferior a 10 días. Si es el MOP- Dirección de Vialidad Región Metropolitana la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa adjudicada no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
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Confidencialidad y seguridad de la información |
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a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
9.25. Solución de controversias
Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados al Coordinador General o Inspector Fiscal quién los enviará, si fuere necesario, a la Unidad correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Regional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, la Ministra de Obras Públicas y Contralora General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley Nº 19.880.
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Solución de controversias |
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Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados al Coordinador General o Inspector Fiscal quién los enviará, si fuere necesario, a la Unidad correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Regional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, la Ministra de Obras Públicas y Contralora General de la República. La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos. Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley Nº 19.880.
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Jurisdicción y domicilio |
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Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
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Interpretación e información |
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Las BA, BT y Anexos se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
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Integración del Contrato |
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Integración del Contrato
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las BA, BT y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el proveedor adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (BA, BT y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta presentada por el adjudicatario, el contrato definitivo, la orden de compra y toda su documentación anexa, que dan origen al presente contrato, forman parte del mismo para todos los efectos legales.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
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Días inhábiles |
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Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
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Estándares de probidad |
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El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Marca o equivalentes |
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Cualquier referencia a marcas y modelos respecto de lo solicitado en la presente licitación, entiéndase con la posibilidad de ofertar equivalentes del mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas.
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