Licitación ID: 1110404-129-LE26
CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSTRUMENTOS MUSICALES PARA ESTABLECIMIENTOS PERTENECIENTES AL SLEP CHINCHORRO DE ARICA PERIODO 2026 Y 2027
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACION DE CHINCHORRO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Trompetas 1 Global
Cod: 60131101
SUMINISTROS INSTRUMENTOS MUSICALES PARA ESTABLECIMIENTOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSTRUMENTOS MUSICALES PARA ESTABLECIMIENTOS PERTENECIENTES AL SLEP CHINCHORRO DE ARICA PERIODO 2026 Y 2027
Estado:
Cerrada
Descripción:
CONVENIO DE SUMINISTROS INSTRUMENTOS MUSICALS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES PERTENECIENTES AL SLEP CHINCHORRO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SLEPCH - EE - Programa 02
R.U.T.:
62.000.660-2
Dirección:
Calle Codpa N° 2173
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-08-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 30-07-2026 11:54:21
Fecha inicio de preguntas: 30-07-2026 18:01:00
Fecha final de preguntas: 03-08-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-08-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-08-2026 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-08-2026 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 20-08-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO ADMINISTRATIVO
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TECNICO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONOMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento Programa de Integridad Segun Bases Administrativas 2%
2 Cumplimiento Requisitos Formales Segun Bases Administrativas 3%
3 Criterio de Alto Impacto Social Segun Bases Administrativas 5%
4 Comportamiento Contractual Anterior Segun Bases Administrativas 20%
5 Plazo de Entrega Segun Bases Administrativas 15%
6 Oferta Económica Segun Bases Administrativas 45%
7 Monto mínimo de Despacho Segun Bases Administrativas 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SEP - GENERAL
Monto Total Estimado: 70000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Susana Bastos
e-mail de responsable de pago: tesoreria@slepchinchorro.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Segun Bases Administrativas
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Derecho de Adjudicación
La adjudicación se realizará dentro del plazo señalado en el cronograma. Si la adjudicación no se realiza dentro de aquel término, el Servicio Local deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento de este, debiendo realizar la adjudicación dentro de los 5 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo original. El Servicio Local, adjudicará la licitación al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajoso acorde al puntaje obtenido y se ajuste a la estimación presupuestaria que tiene para esta adquisición. Para esta acción, se adjudicará la oferta mediante resolución fundada, la cual explicitará los criterios de evaluación que se han cumplido para adjudicar, debiendo notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de su publicación en el portal de www.mercadopúblico.cl. El Servicio Local declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses de éste, en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva resolución. También la declarará inadmisible cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por este concepto. La declaración de inadmisibilidad o de declarar desierta la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en www.mercadopublico.cl" El Servicio Local, no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. En este mismo sentido, no podrá adjudicar ofertas a Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con El Servicio Local o el Estado, ni tampoco podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente.
Mecanismos de Resolución de empate
El Servicio Local adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases. En caso de producirse empates de puntajes entre los oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán en el mismo orden en que se presentan las siguientes reglas de desempate: i. Se adjudicará a quien obtenga un menor porcentaje en el resultado del cálculo del criterio Comportamiento Contractual Anterior. ii. iii. Se adjudicará a quien oferte un menor número de días en el Criterio Plazo de Entrega. Se adjudicará a quien oferte menor Precio. iv. En el caso de que aún persista el empate, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
9.3 En el caso que exista una sola oferta a evaluar, se procederá a evaluar si el Precio, Plazo de entrega y Comportamiento contractual son convenientes a los intereses del SLEP Chinchorro, de ser así la oferta podrá ser considerada como oferta viable a proponer y recomendar en el Informe de Evaluación, en caso contrario será declarada inadmisible.
Notificación de la Adjudicación
El Servicio Local comunicará su decisión de adjudicación en el Portal www.mercadopublico.cl, la que se entenderá notificada a todos los oferentes luego de las 24 horas siguientes a la publicación.
Relativo a la Re-adjudicación
Encontrándose dentro de los plazos de vigencia de las ofertas, contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, el Servicio podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación, en cualquiera de los siguientes casos: a. Si el (la) adjudicatario (a) no adjunta la documentación necesaria para ser contratado dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación. b. Si el (la) adjudicatario (a) desiste de su propuesta o la retira unilateralmente. c. Si el (la) adjudicatario (a) no cumple los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases de licitación dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación. d. Otra causal que se contemple en las presentes bases de licitación. Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del Servicio SLEP Chinchorro, el Servicio podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
Reserva de la institución
El Servicio Local podrá declarar desierta la licitación según el artículo N° 9 de la Ley de Compras. Asimismo, podrá revocar por si y/o solicitar a la Dirección de Compras suspender la licitación en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. En todos estos casos mencionados se formalizará mediante una resolución fundada, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl De igual forma, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 129 del Reglamento DS 661 de la Ley N° 19.886, en aquellos casos en que se modifiquen las condiciones que existían al momento de publicarse las presentes bases administrativas o estas experimenten una variación que implique que no sean necesarias para el servicio, podrá revocarse uno o más ítems que integren la licitación, manteniendo vigente el proceso respecto de los demás, ello mediante resolución fundada.
Revocación
El Servicio Local, de acuerdo con el artículo 61 de la ley N° 19.880, podrá "Revocar" de oficio una licitación publicada, mediante una resolución fundada cuando, considere que se vulnera el interés público general. La revocación dejará sin efecto la licitación y deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, y no procederá: a) cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos; y c) cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto. Una vez revocado el proceso de licitación, este se detiene, aun existiendo ofertas. La revocación puede ser declarada de forma unilateral por el Servicio Local mediante resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta el momento previo de la adjudicación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.