Licitación ID: 1110404-13-LP26
CONTRATO SUMINISTRO TINTAS Y TONER PARA EE
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACION DE CHINCHORRO
Fecha de Cierre: 27-01-2026 10:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Cod: 12171703
CONTRATO SUMINISTRO DE TINTAS Y TONER PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, JARDINES INFANTILES Y DEPENDENCIAS DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CHINCHORRO PARA AÑO 2026-2027.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATO SUMINISTRO TINTAS Y TONER PARA EE
Estado:
Publicada
Descripción:
SE REQUIERE LA NECESIDAD DE TENER CONTRATO SUMINISTRO DE TINTAS Y TONER PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, JARDINES INFANTILES Y DEPENDENCIAS DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CHINCHORRO PARA AÑO 2026-2027.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SLEPCH - EE - Programa 02
R.U.T.:
62.000.660-2
Dirección:
Calle Codpa N° 2173
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-01-2026 10:00:00
Fecha de Publicación: 16-01-2026 15:58:22
Fecha inicio de preguntas: 16-01-2026 16:33:00
Fecha final de preguntas: 21-01-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-01-2026 19:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-01-2026 10:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-01-2026 10:10:00
Fecha de Adjudicación: 17-02-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- anexo administrativos
Documentos Técnicos
1.- anexos técnicos
 
Documentos Económicos
1.- anexo económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 MONTO MINIMO DE DESPACHO SEGUN SE INDICA EN PUNTO 8.6 DE LAS BASES 10%
2 PLAZO DE ENTREGA SEGUN SE INDICA EN PUNTO 8.5 DE LAS BASES 20%
3 OFERTA ECONOMICA SEGUN SE INDICA EN PUNTO 8.6 DE LAS BASES 45%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR SEGUN SE INDICA EN PUNTO 8.3 DE LAS BASES 10%
5 Criterio de alto impacto social SEGUN SE INDICA EN PUNTO 8.4 DE LAS BASES 5%
6 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES SEGUN SE INDICA EN PUNTO 8.1 DE LAS BASES 5%
7 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD SEGUN SE INDICA EN PUNTO 8.2 DE LAS BASES 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SEP
Monto Total Estimado: 140000000
Justificación del monto estimado El presupuesto disponible para está la licitación es de 140.000.000 ciento cuarenta millones de pesos Impuesto incluido, correspondiente al presupuesto asignado para las subvenciones SEP, General y Junji años 2026-2027.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: IGNACIO PARRA TESTA
e-mail de responsable de pago: ignacio.parra@epchinchorro.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Prohibición de Cesión de contrato El proveedor no podrá ceder ni transferir, en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nazcan con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PUBLICA CHINCHORRO
Fecha de vencimiento: 29-03-2027
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: El proveedor que resulte adjudicado en la presente licitación deberá presentar al momento de suscribir el contrato definitivo, un documento de Garantía, con carácter irrevocable, expresada en pesos chilenos, por un monto de $2.000.000 (Dos millones de pesos), para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato en la Licitación Pública: “CONTRATO SUMINISTRO DE TINTAS Y TONER PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, JARDINES INFANTILES Y DEPENDENCIAS DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CHINCHORRO PARA AÑO 2026-2027”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de fiel cumplimiento se efectuará una vez extinguida la obligación a caucionar, esto es, 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato. La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta, salvo que el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, o con las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, en cuyo caso el Licitante queda desde ya autorizado para proceder a su cobro sin más trámite. La devolución de la garantía será llevada a cabo por la encargada de Tesorería, previa solicitud del o la encargada del contrato, mediante Ordinario u Oficio por carta certificada, debidamente endosada al proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Encontrándose dentro de los plazos de vigencia de las ofertas, contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, el Servicio podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación, en cualquiera de los siguientes casos: a. Si el la adjudicatario a no adjunta la documentación necesaria para ser contratado dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación. b. Si el la adjudicatario a desiste de su propuesta o la retira unilateralmente. c. Si el la adjudicatario a no cumple los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases de licitación dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación. d. Otra causal que se contemple en las presentes bases de licitación. Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del Servicio SLEP Chinchorro, el Servicio podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
Resolución de Empates
El Servicio Local adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases. En caso de producirse empates de puntajes entre los oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán en el mismo orden en que se presentan las siguientes reglas de desempate: 1.- Se adjudicará a quien obtenga menor plazo de Entrega. 2.- Se adjudicará a quien obtenga menor Precio. 3.- Se adjudicará a quien obtenga menor número de sanciones por incumplimiento ingresadas en la ficha del proveedor. 4.- Se adjudicará a quien obtenga mayor puntaje en Criterio de alto impacto social 5.- En el caso de que aún persista el empate, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
OFERTA UNICA
se evaluará si el precio ofertado y el plazo de entrega, son convenientes con los intereses del SLEP Chinchorro de ser así la oferta podrá ser considerada como oferta viable a proponer y recomendar en el Informe de Evaluación, en caso contrario será declarada inadmisible. De los resultados obtenidos, se elaborará un informe de evaluación y recomendación de adjudicación, el cual será enviado al Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública Chinchorro quién finalmente resolverá.
Pacto de integridad
Este criterio de evaluación se refiere al cumplimiento de lo establecido por el dictamen N°E370752, de 2023, de la Contraloría General de la República, que establece la obligatoriedad de evaluar si los oferentes cuentan con programas de integridad que sean conocidos por sus trabajadores. (Artículo N°17 del reglamento) Los programas de integridad buscan resguardar que quienes contraten con la Administración de Estado demuestren que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se extiende a que las personas que trabajen para esos proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad. Lo anterior se traduce en que quienes contraten con la Administración del Estado y sus trabajadores: 1. No hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código penal; 2. Que como directivos o funcionarios directivos de organismos o empresas públicas o personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, o sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, o sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, o con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, o con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas, no ha suscrito contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con el mismo órgano o empresa pública; 3. Que, si se trata de personas jurídicas, les ha sido aplicable la prohibición de contratar a cualquier título con órganos o empresas del Estado o con empresas o asociaciones en que este tenga una participación mayoritaria, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, según lo señalado por el artículo 10 de la ley N°20.393; y JVA/FCM/ARC/JBS/PTG/hbp ____________________________________________________________________________________________ Documento con Firma Digital Avanzada Firmante: JULIO FRANCISCO VERDEJO AQUEVEQUE Fecha: 16/01/2026 CVE: k8m20aafb2f1601 Páginas verificadas:24 de 67 Plataforma Digital - Oficina de Partes F.M. k8m20aafb2f1601 25 Que no se les ha aplicado por parte del Tribunal de la Libre Competencia la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, según se establece en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.