Licitación ID: 1111432-54-LE26
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
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Productos o servicios
1
Supervisión de instalación, ajuste o mantenimiento de calderas 4 Unidad
Cod: 72102301
MANTENCION PREVENTIVA SEMESTRALSEGUN BASES ADMINISTRAIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUTAS  

2
Supervisión de instalación, ajuste o mantenimiento de calderas 1 Unidad
Cod: 72102301
MANTENCIÓN CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO, DE ACUERDO CON LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.  

3
Supervisión de instalación, ajuste o mantenimiento de calderas 1 Unidad
Cod: 72102301
CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S. N°10 1 CERTIFICACIÓN, LA QUE DEBERÁ EJECUTARSE DURANTE EL AÑO 2028, DE CONFORMIDAD CON LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL D.S. N°10  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DE CALDERAS DEL CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE Y CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S.10 PERIODO 2026-2028”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
BIENES Y SERVICIOS
R.U.T.:
69.287.560-5
Dirección:
Cajales Nº1900
Comuna:
San Felipe
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-07-2026 15:10:00
Fecha de Publicación: 14-07-2026 16:33:07
Fecha inicio de preguntas: 15-07-2026 17:00:00
Fecha final de preguntas: 20-07-2026 8:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-07-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-07-2026 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-07-2026 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 07-08-2026 16:07:34
Fecha de entrega en soporte fisico 15-07-2026
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
visita a terreno obligatoria y excluyente 15-07-2026 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-6
Documentos Técnicos
1.- 7
 
Documentos Económicos
1.- 8
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 • CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes (Anexos N°1 a 4) 100 No cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes. 0 5%
2 PRECIO KJHK 60%
3 4. GARANTÍA MANTENCIONES Desde 12 meses 100 Menor a 11 meses 50 No indica 0 5%
4 EXPERIENCIA Experiencia acreditada Puntaje 10 o más contratos similares 100 5 a 9 contratos 80 2 a 4 contratos 50 Menos de 2 contratos 20 20%
5 3. OFERTA TÉCNICA Incluye plan de mantenimiento, metodología y protocolos 100 Incluye parcialmente los antecedentes 50 No informa 0 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CESFAM SAN FELIPE EL REAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MACARENA GONZALEZ CORTES
e-mail de responsable de pago: macarena.gonzalezc@redsdalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: macarena gonzalez
e-mail de responsable de contrato: macarena.gonzalezc@redsdalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-70-2492076-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DE CALDERAS DEL CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE Y CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S.10 PERIODO 2026-2028” ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para el “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DE CALDERAS DEL CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE Y CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S.10 PERIODO 2026-2028”. La presente licitación será adjudicada a un único oferente, quien deberá ejecutar la totalidad de las prestaciones requeridas, correspondientes a la mantención preventiva, mantención correctiva a requerimiento y certificación de pruebas de funcionamiento de acuerdo con el D.S. N°10. En consecuencia, no se aceptarán ofertas parciales ni se efectuará adjudicación por prestaciones independientes, debiendo los oferentes presentar su oferta considerando la totalidad de los servicios requeridos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas. ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación. 2.1 Bases: Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios de mantención individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública. 2.2 Resolución Adjudicación: Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta. 2.3 Especificaciones Técnicas: Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios de mantención objeto de la presente licitación. 2.4 Garantías Administrativas: Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario. 2.5 Licitación: Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios de mantención que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato. 2.6 Oferta o Propuesta: Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente. 2.7 Oferente, Proponente o Licitante: Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta. 2.8 Boleta Garantía: Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas. 2.9 Mandante: Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N°1900 de la ciudad de San Felipe. ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA 3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales o jurídicas individualizados en los Términos de Referencia de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl y que cumplan los requisitos señalados en las Bases de la Licitación. 3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español. • La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente • para rechazar la propuesta presentada. • Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos. • La Propuesta será resuelta por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta. ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio de mantención especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar: • Licitación Pública. • Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas. • Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl. • La Oferta del Proponente. • Los Formularios constituidos que el oferente debe presentar con su oferta. • Todo otro documento que forme parte de la Licitación ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4, punto N° 4.5. El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas Especiales. Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión. Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas Especiales. Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Bases Administrativas Especiales, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación. Modificación de los documentos de licitación: El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas Especiales para publicar las respuestas a consultas. ARTICULO 6: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería. ARTÍCULO 7: DE LOS PRECIOS La Oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos. La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl EN VALOR NETO. ARTICULO 8: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 9: CONDICION DE LOS PROPONENTES Podrán participar en la presente licitación las Personas Naturales y Jurídicas, UTP que ofrezcan los servicios requeridos y/o acrediten la provisión y ejecución de trabajos ARTICULO 10: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican: • Las Bases Administrativas Generales. • Especificaciones Técnicas • Formularios ARTICULO 11: NORMAS Y REGLAMENTOS El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución. En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19.886 de Compras y Contratación pública y su Reglamentos, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen este recinto Asistencial. ARTICULO 12: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS Las ofertas económicas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones económicas y cualquier otro dato relevante del servicio de mantención ofertado. Formularios Administrativos: FORMULARIO Nº1: FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE FORMULARIO Nº2: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LAS BASES. FORMULARIO Nº3: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DEL OFERENTE INHABILIDADES FORMULARIO Nº4: UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (DEBEN FIRMAR SOLO PROVEEDORES QUE REFIERAN UNION TEMPORAL) FORMULARIO Nº5: DECLARACIÓN JURADA POR INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR FORMULARIO Nº6: NOMINA DE CLIENTES FORMULARIO Nº7: DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS SERVICIOS FORMULARIO Nº8: OFERTA ECONOMICA FORMULARIO Nº9: GARANTIA DEL SERVICIO Además, el Oferente deberá adjuntar como requisito OBLIGATORIO Y EXCLUYENTE: • Facturas, Ordenes de Compra o contratos para verificar la experiencia de las ofertas. Se aceptará cualquiera de los documentos indicados como medio suficiente para acreditar la experiencia • Registro y/o Autorización de Seremi de Salud de la persona que realizará la Mantención Preventiva y Pruebas de Funcionamiento de acuerdo a D.S. 10. • Currículum Vitae de la persona que realizará las mantenciones • Carta compromiso de realizar CERTIFICACION pruebas hidráulicas de funcionamiento de acuerdo a D.S. 10 • Declaración de Responsabilidad • Carta Compromiso Entrega de Informe. • Carta Compromiso tiempo de respuesta. • Carta Compromiso de realizar el Curso de Operador de Calderas y Autoclaves, de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas. El oferente deberá indicar el plazo de garantía ofrecido para los trabajos ejecutados, el cual deberá comprender la mano de obra, los repuestos instalados y las reparaciones efectuadas. Será obligación del oferente presentar la totalidad de los documentos requeridos en su propuesta, debidamente firmados por el representante legal o por quien cuente con las facultades para ello, y subirlos al portal www.mercadopublico.cl en la sección correspondiente (administrativa o económica), en formato digitalizado del original. El oferente deberá incluir, además, una nómina de clientes conforme al Formulario N° 6, correspondiente a servicios de similar naturaleza al objeto de la presente licitación. Esta deberá contener, al menos, el nombre de la entidad contratante (pública o privada), período de ejecución y descripción del servicio prestado. La experiencia deberá ser acreditada mediante antecedentes verificables, tales como certificados de conformidad, contratos, órdenes de compra, facturas u otros documentos que respalden la efectiva prestación de los servicios. En el caso de personas jurídicas, la experiencia deberá acreditarse a través del profesional que ejecutará las prestaciones, debiendo identificarse y adjuntar los respectivos respaldos. La falta de presentación de cualquiera de los documentos exigidos, su presentación incompleta, sin firma correspondiente o sin respaldo suficiente, así como la omisión de la nómina solicitada, será causal de inadmisibilidad de la oferta, no siendo susceptible de subsanación, por lo que dicha oferta no será evaluada. ARTICULO 13: VISITA A TERRENO OBLIGATORIA Y EXCLUYENTE. Los interesados en participar en la presente licitación deberán asistir obligatoriamente a la Visita a Terreno en la fecha, hora y lugar indicados en el portal www.mercadopublico.cl, con el objeto de inspeccionar las instalaciones y equipos asociados a las calderas. Cada empresa podrá asistir únicamente con un (1) representante, quien deberá acreditar su representación al momento del registro. No se permitirá que una misma persona represente a dos o más empresas participantes. Al inicio de la visita, el representante de cada empresa deberá firmar el Acta de Asistencia, registrándose la hora de ingreso. Al término de la visita, en la misma acta se dejará constancia de la hora de finalización de la actividad, certificando la permanencia del representante durante toda la visita. El oferente que no registre su asistencia en el acta o que no permanezca durante el desarrollo completo de la visita será considerado como no asistente, quedando su oferta inadmisible por incumplimiento de un requisito obligatorio y excluyente. El Acta de Asistencia será publicada posteriormente en el portal www.mercadopublico.cl. Toda consulta, observación o solicitud de aclaración derivada de la Visita a Terreno deberá formularse exclusivamente a través del Foro de Consultas de la licitación, dentro de los plazos establecidos en el cronograma del proceso. No se responderán consultas efectuadas verbalmente durante la visita ni por otros medios distintos a los establecidos en las presentes Bases. ARTICULO 14: TIEMPO DE RESPUESTA ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA El adjudicatario deberá contar con la capacidad operativa para atender situaciones de urgencia que pudieran surgir durante la ejecución del contrato. Se entenderá por urgencia toda situación que requiera atención inmediata para evitar perjuicios al servicio, a la seguridad de las personas o a los bienes involucrados. El tiempo máximo de respuesta ante una situación calificada como urgente será de 24 HORAS COMO MAXIMO desde la recepción del requerimiento por parte del mandante, a través del medio de comunicación previamente definido (correo electrónico, teléfono u otro medio oficial). El incumplimiento reiterado de este plazo podrá ser causal de término anticipado del contrato, según lo establecido en la cláusula de incumplimientos y sanciones ARTICULO 15: PRÓRROGA DEL CONTRATO El contrato podrá prorrogarse por una sola vez, por un período de hasta 3 meses, siempre que se cumplan copulativamente las siguientes condiciones: a) Existencia de disponibilidad presupuestaria para financiar el período de prórroga. b) Evaluación satisfactoria del cumplimiento del contrato por parte del CESFAM San Felipe El Real, emitida por la Unidad Técnica. c) Mantención de las condiciones originalmente pactadas, sin que la prórroga implique modificaciones sustanciales al contrato. d) Formalización de la prórroga mediante el correspondiente acto administrativo fundado, dictado con anterioridad al vencimiento del contrato. e) Que las necesidades del servicio se mantengan vigentes y resulte indispensable asegurar su continuidad. La prórroga tendrá por finalidad asegurar la continuidad del servicio mientras se gestiona un nuevo proceso de contratación, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y continuidad del servicio público. En ningún caso la prórroga podrá implicar alteración de las condiciones esenciales del contrato ni utilizarse para eludir un nuevo proceso de licitación. Asimismo, no implicará aumento de precios ni modificación de las condiciones económicas pactadas, salvo que ello se encuentre expresamente establecido en las presentes bases. ARTICULO 16: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS. Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo. La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 17: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS. La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por la Directora del Establecimiento. En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada en el ARTICULO 12 de las presentes Bases Administrativas Generales, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes. Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación. De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados. La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios o de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión. ARTICULO 18: PAUTA DE EVALUACION. Los criterios a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican a continuación: 1. PRECIO: 60% Para su evaluación se considerará el Formulario N° 8 y la siguiente formula: 2. EXPERIENCIA: 20% Este factor será evaluado con la información presentada en el Formulario N°6, respecto de la experiencia en servicios de mantención de calderas. Experiencia acreditada Puntaje 10 o más contratos similares 100 5 a 9 contratos 80 2 a 4 contratos 50 Menos de 2 contratos 20 3. OFERTA TÉCNICA:10 % Los oferentes deben completar la información requerida en Formulario N°7, para la evaluación de este criterio. Incluye plan de mantenimiento, metodología y protocolos 100 Incluye parcialmente los antecedentes 50 No informa 0 4. GARANTÍA MANTENCIONES: 5% Este factor será evaluado mediante el Formulario N°9. Garantía por del servicio Puntaje Desde 12 meses 100 Menor a 11 meses 50 No indica 0 Este criterio será evaluado considerando el plazo de garantía ofrecido por el proveedor para la mano de obra, los repuestos instalados y las reparaciones efectuadas, conforme a lo declarado en el Formulario N°9. • CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: 5% Los documentos por presentar son los anexos 1, 2, 3, 4 y 5 que se detallan en las presentes bases administrativas en el artículo 12, los que podrán ser solicitados en casos de omisión sin embargo no cambiarán el puntaje obtenido en este criterio. Presentación de Antecedentes Puntaje Cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes (Anexos N°1 a 4) 100 No cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes. 0 Nota: el puntaje obtenido en cada criterio será ponderado al porcentaje correspondiente. ARTICULO 19: COMISION DE EVALUACION La Comisión Evaluadora de correspondiente a la licitación pública denominada CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DE CALDERAS DEL CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE Y CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S.10 PERIODO 2026-2028” del CESFAM San Felipe El Real, la cual estará compuesta por los siguientes funcionarios: • Encargado de Logística • Encargado de Prevención de Riesgos • Representante Comité Paritario ARTICULO 20: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República. ARTICULO 21: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO El CESFAM designará, mediante el correspondiente acto administrativo, a un Administrador del Contrato, función que recaerá en la Subdirección Administrativa. Asimismo, la supervisión de la correcta ejecución del convenio estará a cargo del Encargado de Logística, quien actuará como contraparte técnica y será responsable de las siguientes funciones: • Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del proveedor. • Aprobar los informes y antecedentes asociados a la ejecución del servicio. • Solicitar y coordinar la realización de los trabajos requeridos. • Aplicar las multas y sanciones que correspondan, de conformidad con las presentes bases y la normativa vigente. • Emitir la recepción conforme de los servicios prestados. El Administrador del Contrato y/o la contraparte técnica podrán requerir al proveedor toda la información necesaria para verificar el adecuado cumplimiento del convenio. Se establece que: • Toda intervención deberá ser coordinada con el Administrador del Contrato. • Los trabajos que generen interrupción de servicios deberán ser previamente autorizados. • Las mantenciones críticas deberán ejecutarse fuera del horario de atención cuando corresponda ARTICULO 22: DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA DEL PERSONAL Solicitar antes del inicio del contrato: • Contrato de trabajo del personal asignado. • Certificado de afiliación a AFP y salud. • Pago de cotizaciones previsionales al día. • Registro de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP). • Inducción en prevención de riesgos. • Procedimiento seguro de trabajo. ARTICULO 23: MODIFICACIONES DEL CONTRATO. En el transcurso de la ejecución de la prestación, el Mandante podrá determinar modificaciones que afecten el monto del convenio en un aumento de hasta un 30%. Dichas modificaciones deben cumplir con el art. 129 del Decreto 661, y solo podrán ser iniciadas cuando hayan sido aprobadas por el Mandante, según la Resolución respectiva, la cual se entenderá incorporada al Contrato. ARTICULO 24: MODALIDAD DE PAGO El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva factura. Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por el Cesfam San Felipe El Real, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro. Puesto en marcha el sistema DTE (Documentación Tributaria del Estado) se debe emitir Factura Electrónica por sistema Acepta, cuyo formato debe incluir Documento de Referencia (orden de Compra) y Folio (N° orden de compra), se comunica que SII rechaza los Documentos electrónicos que no vengan con el Formato Predestinado. Considerar Facturar con el formato indicado por S.I.I., dicho documento debe ser enviado en archivo XML a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com. ARTICULO 25: PERIOCIDAD COMPONENTES DE LA CONTRATACION El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o productos de excelente calidad. Cada Adjudicado debe ejecutar: Requerimiento Duración Convenio Periodicidad Cantidad Total Mantención Preventiva 24 Meses Semestral 4 mantenciones Mantención Correctiva 24 Meses Según Necesidad Las mantenciones correctivas se ejecutarán a requerimiento del establecimiento durante toda la vigencia del contrato, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria. Certificación de pruebas de funcionamiento de acuerdo a D.S. N°10 24 meses Una vez 1 certificación, la que deberá ejecutarse durante el año 2028, de conformidad con los requerimientos establecidos en el D.S. N°10 Respecto de las mantenciones preventivas, estas deberán ejecutarse durante los meses de marzo (inicio de la temporada de calefacción) y septiembre (término de la temporada de calefacción), completando un total de cuatro (4) mantenciones durante la vigencia del contrato. La primera mantención preventiva deberá realizarse durante el mes de marzo de 2027. Respecto de las mantenciones correctivas, estas podrán efectuarse desde la fecha de inicio de la vigencia del contrato y se ejecutarán únicamente a requerimiento del CESFAM San Felipe El Real, de acuerdo con las necesidades del servicio y la disponibilidad presupuestaria. Respecto de la Certificación de las Pruebas de Funcionamiento de acuerdo con el D.S. N°10, esta deberá realizarse por una única vez durante la vigencia del contrato, correspondiendo su ejecución durante el año 2028, debiendo el proveedor entregar el certificado e informe técnico correspondiente. ARTICULO 26: DE LA RESOLUCION DE EMPATES En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio PRECIO, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate EXPERIENCIA, y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando su elección. ARTICULO 27: SOBRE LA READJUDICACION Cuando un proveedor adjudicado, informare (por cualquier medio de comunicación, teléfono, correo, cancelación de orden de compra, etc.), la no prestación de los servicios adjudicados, por medio de licitación, el CESFAM San Felipe El Real, podrá readjudicar a la segunda mejor oferta para el servicio requerido. Siempre y cuando el siguiente proveedor cumpla con los requerimientos solicitados. Si esta lógica no se cumpliera, se podrá requerir de la tercera mejor oferta y así sucesivamente, hasta cumplir así con las necesidades del Establecimiento de los servicios requeridos. Formalizándose mediante Resolución Fundada. ARTÍCULO 28: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION 24.1 El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 13 de las presentes Bases. 24.2 Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural. ARTÍCULO 29: DE LAS GARANTÍAS 25.1. Instrumento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro. El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar un instrumento bancario que sea de liquidez inmediata, pagadero a la vista e Irrevocable, como Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato proveniente del Llamado a Licitación, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, dicho documento debe ser entregado en la Oficina de Partes del Establecimiento, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe, o enviar por correo electrónico a francisca.mirandaedsalud.gob.cl, con copia a marisel.maulenedsalud.gob.cl. Este instrumento será tomado a nombre del “Consultorio General Urbano San Felipe”, Rut: 69.287.560-5, con la individualización clara de " Por el fiel cumplimiento del Contrato proveniente de Licitación ID (indicar licitación), en una entidad bancaria que estime conveniente. • Monto: Equivalente al 5% del monto total neto del contrato • Vigencia: 30.10.2028. • Devolución: Este instrumento será devuelto al proveedor hasta 30 días posteriores al vencimiento de la misma y de realizada la recepción conforme definitiva del servicio adjudicado. ARTICULO 30: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA 27.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta: La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas. La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N°1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento. Los oferentes podrán ser requeridos, a través del Foro de Aclaración de Ofertas del portal www.mercadopublico.cl, para aclarar aspectos de sus ofertas o subsanar errores u omisiones formales, siempre que ello no implique modificar la oferta técnica o económica presentada, alterar sus condiciones esenciales, afectar el principio de igualdad entre los oferentes o subsanar la falta de antecedentes cuya presentación haya sido establecida como obligatoria e insubsanable en el artículo 12 de las presentes Bases Administrativas. En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura. ARTÍCULO 31: DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION 28.1 De la Evaluación En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura y en un plazo máximo de 48 horas hábiles, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes. Estas consultas, así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl. La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por la Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. ARTICULO 32: LUGAR DE LA PRESTACION. Las Calderas se encuentran en las dependencias físicas del establecimiento, Cesfam San Felipe El Real. El día y hora para realizar las mantenciones deberá ser coordinado con el Encargado de Logistica. ARTÍCULO 33: PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara conocer y aceptar las normas de probidad, transparencia, integridad, libre competencia y ética que rigen los procesos de contratación pública regulados por la Ley N°19.886, su Reglamento y demás normativa aplicable. La sola presentación de la oferta implicará la aceptación íntegra de las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y de las obligaciones contenidas en el presente Pacto de Integridad. En virtud de lo anterior, los oferentes se obligan a: a) Actuar de buena fe durante todas las etapas del proceso licitatorio y durante la ejecución del contrato que eventualmente se suscriba. b) Abstenerse de ofrecer, prometer, otorgar, solicitar o aceptar pagos, beneficios, regalos, comisiones, incentivos o ventajas de cualquier naturaleza que puedan influir o intentar influir indebidamente en las decisiones de los funcionarios que participen en el proceso de compra o en la administración del contrato. c) No realizar acuerdos, prácticas concertadas o cualquier otra conducta que tenga por objeto o efecto restringir, impedir, falsear o entorpecer la libre competencia entre oferentes. d) Proporcionar información veraz, completa y fidedigna durante el proceso licitatorio y durante toda la vigencia del contrato. e) Cumplir las disposiciones contenidas en la Ley N°19.886, su Reglamento, las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, aclaraciones, respuestas, oferta adjudicada y contrato suscrito. f) Informar oportunamente cualquier situación que pueda constituir un conflicto de interés real o potencial relacionado con el procedimiento de contratación o la ejecución del contrato. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente artículo podrá constituir causal suficiente para declarar inadmisible una oferta, dejar sin efecto una adjudicación, poner término anticipado al contrato, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, aplicar las sanciones que correspondan y ejercer las demás acciones administrativas, civiles o penales contempladas en la legislación vigente. Sin perjuicio de lo anterior, el CESFAM San Felipe El Real podrá poner los antecedentes en conocimiento de las autoridades competentes cuando los hechos pudieren constituir infracciones a la normativa sobre compras públicas, libre competencia, probidad administrativa o cualquier otra disposición legal aplicable. ARTÍCULO 34: TÉRMINO ANTICIPADO UNILATERAL DEL CONTRATO El CESFAM San Felipe El Real se reserva el derecho de poner término anticipado y unilateral al contrato derivado de la presente licitación por razones de oportunidad, mérito o conveniencia institucional. Para estos efectos, bastará la notificación escrita al contratista con una anticipación mínima de 30 días corridos, sin que ello genere derecho a indemnización, compensación, lucro cesante, daño emergente ni cobro adicional alguno a favor del adjudicatario, debiendo el establecimiento pagar únicamente los bienes entregados o los servicios efectivamente ejecutados, recepcionados y aprobados hasta la fecha de término. El ejercicio de esta facultad no constituirá incumplimiento contractual por parte del establecimiento, entendiéndose aceptada esta condición por el oferente por el solo hecho de presentar oferta y participar en el presente proceso licitatorio. ______________________________________________________________________________________________________________ ESPECIFICACIONES TECNICAS CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DE CALDERAS DEL CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE Y CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S.10 PERIODO 2026-2028” ARTICULO 1° DESCRIPCION DEL PROYECTO. Las presentes especificaciones técnicas corresponden al proyecto denominado CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DE CALDERAS DEL CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE Y CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S.10 PERIODO 2026-2028” consiste en realizar las mantenciones preventivas con una periodicidad semestral (marzo y septiembre) y mantención correctiva según se requiera. REFERENCIAS EL Consultorio General Urbano de San Felipe cuenta con dos (02) calderas a gas, que se detallan a continuación. Las cuales necesitan contar con un programa de mantenciones preventivas y correctivas para el buen funcionamiento de estos. EQUIPOS: 02 CALDERAS A GAS A) 6 BOMBAS DE RECIRCULACION B) 1 ESTANQUE DE EXPANSION DE LAS CALDERAS C) RADIADORES (revisar en visita a terreno) D) 1 TABLERO ELECTRICO E) 1 INTERCAMBIADOR ARTICULO 2° CONTROL Y EVALUACION DE LAS MANTENCIONES. La mantención corresponde a los trabajos de limpieza más importantes, que deben ser realizados en los equipos; así como también la calibración de los mismos. Se da por entendido que el proponente, tiene la capacidad técnica, elementos, materiales instrumentos y experticia práctica para la ejecución de dicha mantención. 1. Mantenciones Preventivas: Estas deben asegurar el buen funcionamiento de las calderas como el funcionamiento del tablero eléctrico, en cada mantención se debe entregar un informe detallado de todo lo que se realizó, y a continuación, se detallan los puntos mínimos que se deben cumplir: 1.1. ACCIONES DEL MANTENIMIENTO 1. REVISIÓN COMPLETA DEL SISTEMA EN FUNCIONAMIENTO 2. REVISION DEL TABLERO ELECTRICO 3. MANTENCIÓN DE LAS CALDERAS 4. MANTENCIÓN DE LOS QUEMADORES 5. MANTENCION DE CHIMENEAS 6. MANTENCION DE ESTANQUE ACUMULADOR DE AGUA CALIENTE 7. MANTENCIONDE BOMBAS 8. MANTENCIÓN DE OTROS ACCESORIOS 9. PIPING COMPLETO 1.2. ACTIVIDADES DEL MANTENIMIENTO 1. DESMONTAR TAPAS 2. LIMPIEZA DEL FOGON POR HIDROLAVADO O LIMPIEZA POR ULTRASONIDO 3. LIMPIEZA DE TUBOS DE CHIMENEA 4. REVISION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD COMO TERMOSTATOS 5. REVISAR EL AISLAMIENTO TÉRMICO 6. REVISAR CONEXIONES ELECTRICO 7. LIMPIEZA DEL PILOTO 8. LIMPIEZA DEL SISTEMA DE ENCENDIDO 9. REVISAR ESTANQUEIDAD DE LAS CONEXIONES 10. VERIFICACION DE PRESIÓN DE GAS 11. REVISAR NIVEL DE LLENADO DEL SISTEMA, RELLENAR Y PURGAR 12. EFECTUAR LIMPIEZA DE TUBOS DE SALIDA DE LA CALDERA A LA CHIMENEA 13. EFECTUAR PRUEBAS DE OPERACIÓN 14. PUESTA EN MARCHA 15. MEDICIÓN Y REGULACION DE TEMPERATURAS 16. VERIFICACION DE LOS SIGUIENTES PARAMETROS CHEQUEO OPERACIONAL SATISFACTORIO PROGRAMACION DE OPERACIÓN DE TERMOSTATOS; MEDICION DE LA PRESION DE TRABAJO; MEDICION DE LA TEMPERATURA DE TRABAJO; MEDICION DE LOS PARAMETROS DE COMBUSTION COMO LO SON CO, %O2 y %CO2 TEMPERATURAS DE LOS GASES Y EXCESO DE AIRE 17. REGULACIÓN DE CALIDAD DE COMBUSTIÓN DE SER NECESARIO PARA MEJORAR RENDIMIENTO DEL CONSUMOS DE COMBUSTIBLE 18. REVISION DE PLACA INTERCAMBIADOR DE CALOR 19. CHEQUEO OPERACIONAL DE TABLERO ELECTRICO ACTIVIDAD EN LOS QUEMADORES 1.3. QUEMADORES 1. REVISION DE AISLACION TERMICA 2. REVISION DE CONEXIONES ELECTRICAS 3. REVISION DE ESTANQUEIDAD 4. LIMPIEZA DE FILTRO INYECTOR 5. REGULACION DE TOMA DE AIRE 6. REGULACION DE PRESION DE COMBUSTIBLE 7. MEDICION DE LOS GASES DE LA COMBUSTION 8. REGULACION DE LA LLAMA 9. LIMPIEZA DEL CUERPO DEL QUEMADOR 10. CHEQUEO DE SISTEMA DE ENCENDIDO 11. REVISION DE TREN DE COMBUSTIBLE 12. MEDICION Y REGULACION DEL RANGO DE COMBUSTIÓN 13. MEDICION DE % O2 Y CO2, TEMP GASES, CONCENT DE GASES. 14. MANTENCION DE SENSORES DE LLAMA 15. REVISION DE TUBERIAS, UNIONES Y FLEXIBLES 16. PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO COMPLETO ATENCION A LA CHIMENEA 1.4. CHIMENEA 1. REVISION 2. LIMPIEZA INTERIOR 3. SELLADO DE FUGAS 4. REVISION DE GORRO DE TUBO DE GASES ATENCION A BOMBAS 1.5. BOMBAS (2 BOMBAS CENTRIFUGAS Y 7 BOMBAS RECIRCULACION) 1. LUBRICACION DE BUJES Y ENGRANES 2. REVISION DE SELLOS MECANICOS 3. REVISION DE EMPAQUETADURAS 4. REVISION DE VALVULAS Y PURGADORES 5. REVISIÓN DE MANOMETROS 6. REVISION DE CONEXIONES ELECTRICAS Y CONSUMOS 7. LIMPIEZA DE TERMINALES ELECTRICOS 8. REVISION DE ESTADO DE VALVULAS PORTAFILTROS 9. PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO ATENCION A ACCESORIOS 1.6. ACCESORIOS 1. REVISION DE TODOS LOS ACCESORIOS 2. LIMPIEZA 3. REEMPLAZO DE ACCESORIOS DAÑADOS 1.7. TABLERO ELECTRICO 1. REVISION Y REAPRETE DE CONEXIONES 2. MEDICION DE CONSUMOS ELECTRICOS 3. LIMPIEZA ELECTRICA 4. CAMBIO DE ELEMENTOS DEFECTUOSOS 5. LUCES DEL TABLERO (CAMBIO) 1.8. RADIADORES 1. REVISON DE VALVULAS 2. REVISION DE TERMINALES DE CONEXIÓN 3. VERIFICAR LOS EQUIPOS TAPADOS 4. LIMPIEZA DE FILTROS SI ES QUE EXISTEN 5. PURGADO 6. SELLADO DE FILTRACIONES 1.9. OTROS 1. REVISAR VALVULAS DE ENTRADA AUTOLLENADO 2. REVISAR MANOMETRO 3. AEREADORES 4. VALVULA DE SEGURIDAD 5. PIPING 6. PURGAR AIRE DEL SISTEMA Y RADIADORES 7. REGULAR PRESIONES 8. INSPECCIÓN VISUAL DE TODO EL CIRCUITO DE CALEFACCIÓN, PARA BUSCAR FILTRACIONES, EN VALVULAS, SELLOS, UNIONES AMERICANAS, UNIONES ANTIVIBRACIONES, AISLACIÓN TÉRMICA 9. CHEQUEO DE VALVULAS DE APERTURA Y CIERRE 10. CHEQUEO DE VALVULAS E REG DE CAUDAL 11. FABRICACION E INSTALACION DE PLACAS DE REGISTRO 12. LIMPIEZA CIRCUITO DE GASES 13. REPARACIÓN MATERIAL REFRACTARIO 14. REEMPLAZO SELLOS CAJAS DE HUMO 15. INSPECCIÓN LADO AGUA PARA VERIFICAR EFECTIVIDAD DEL TRATAMIENTO DE AGUA, EN LO QUE A PREVENCIÓN DE INCRUSTACIONES Y CORROSIÓN SE REFIERE 16. LIMPIEZA DE FILTROS LÍNEAS DE AGUA 17. REEMPLAZO BOQUILLA (QUEMADORES GAS) 18. REEMPLAZO ELECTRODOS ENCENDIDO 19. REEMPLAZO CABLES ALTA TENSIÓN 20. REEMPLAZO TRANSFORMADOR ALTA TENSIÓN 21. CALIBRACIÓN DEL QUEMADOR SOBRE LA BASE DE UN ANÁLISIS DE GASES PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN. 1.10. CERTIFICACION DE PRUEBAS HIDRAULICAS DE FUNCIONAMIENTO El proveedor adjudicado deberá realizar certificación de pruebas hidráulicas de funcionamiento acorde a los requerimientos del D.S. 10. Todo insumo y/o material debe ser compatible con los equipos mencionados. 2. Mantenciones Correctivas: La mantención correctiva se orienta a la restitución del normal funcionamiento de los equipos, cuando se ha producido una falla, ya sea, mediante la reparación y/o reposición de piezas y partes necesarias, eliminando la causa que ha provocado la detención o falla de los equipos. Se debe incluir en el valor de la oferta todos los costos necesarios para una correcta ejecución, tal como la mano de obra, traslados de técnicos y/o equipos, insumos, materiales, etc. Para mantenciones correctivas menores, se establece que cuyos insumos o repuestos no superen las 01 UTM, el adjudicatario deberá suministrarlos sin costo alguno para el establecimiento. En el caso de reparaciones mayores al monto estipulado en el párrafo anterior (01 UTM), estas se considerarán Mantención Correctiva Mayor y para ello el proveedor deberá presentar un Informe Técnico (en máximo de un (1) día hábil) junto al presupuesto, al administrador de contrato, el cual, en caso de ser autorizado, se tramitará administrativamente para la generación de la orden de compra respectiva. Dicho Informe Técnico debe incluir: 1. Identificación completa del proveedor 2. Equipo a intervenir (marca, modelo, número de serie, inventario, etc) 3. Tipo de intervención 4. Descripción de la intervención (mano de obra y repuestos requeridos) 5. Costos de repuestos (claramente desglosados) 6. Plazos de ejecución de los trabajos 7. Garantía de los trabajos y de los insumos En el caso que el equipo presente fallas, la empresa adjudicada debe certificados. y presentarse en el establecimiento, para realizar las pruebas y revisiones pertinentes, realizar el Informe Técnico (en un máximo de 1 día hábil) correspondiente que debe ser entregado al Coordinador de Contrato, junto a la cotización de Mantención Correctiva. Toda mantención correctiva deberá contar previamente con la autorización escrita del Administrador del Contrato antes de su ejecución, salvo en aquellos casos en que exista un riesgo inminente para la seguridad de las personas, la infraestructura o la continuidad operativa del establecimiento. En estos casos, el proveedor deberá informar de inmediato al Administrador del Contrato y justificar técnicamente la intervención realizada. La sola presentación del Informe Técnico y del presupuesto no autoriza la ejecución de los trabajos. Estos deberán iniciarse únicamente una vez emitida la autorización escrita por el Administrador del Contrato y, cuando corresponda, la respectiva Orden de Compra. • INFORME DEL TRABAJO REALIZADO Por cada mantención que se realice a los equipos, el contratista deberá generar el Informe Técnico correspondiente, individualizando cada equipo, adjuntar protocolo del trabajo realizado, debiendo ser firmado por el técnico y por el supervisor técnico. La empresa debe entregar tres (3) copias al Administrador de Contrato. • ETIQUETA INFORMACION DE MANTENCION Será de carácter obligatorio que cada vez que se realice mantención a los equipos, el Técnico debe adherir una etiqueta indeleble con los datos del equipo, fecha de la mantención, nombre del técnico y fecha próxima mantención. Capacitación en Operación de Calderas y Autoclaves El proveedor adjudicado deberá considerar dentro de la prestación del servicio la realización de un Curso de Operador de Calderas y Autoclaves destinado al personal designado por el CESFAM, de conformidad con la normativa sanitaria vigente y los requisitos establecidos por la autoridad competente. La capacitación deberá ser impartida por una entidad o relator debidamente habilitado para estos efectos y deberá contemplar, a lo menos, los contenidos mínimos exigidos para la obtención de la certificación correspondiente de operador de calderas y autoclaves. El proveedor deberá entregar al término de la capacitación los certificados de aprobación o participación correspondientes a cada funcionario capacitado. La cantidad de funcionarios a capacitar, fechas y coordinación de las actividades serán definidas por el Administrador del Contrato en conjunto con el proveedor adjudicado, sin que ello implique costos adicionales para el CESFAM, salvo que las bases técnicas establezcan expresamente lo contrario. ARTICULO 3° ALCANCE DE LOS TRABAJOS. Las condiciones que se señalan en las presentas Especificaciones Técnicas, se entenderán como requerimientos mínimos necesarios que deben presentar todas las actividades relacionadas con la mantención del sistema de calefacción y calderas capacitaciondel establecimiento. Es de responsabilidad del contratista la ejecución de todos los trabajos que, aun cuando no estén explícitamente señalados en los documentos, sean necesarios para cumplir con el requerimiento bajo una perspectiva de utilización efectiva y eficiente de los recursos asignados. El suministro deberá incluir todo elemento necesario para dar cumplimiento a este requerimiento dejando en funcionamiento del equipo intervenido. El contratista deberá entregar informe técnico al Encargado de Logística del CESFAM, el que deberá considerar a lo menos: ● Memoria técnica de los trabajos realizados ● Listado de insumos utilizados ● Set de fotografías de los trabajos realizados ● Plan de mantenimiento próxima intervención ● Entrega de informe posterior a los trabajos realizados en un plazo máximo de cinco (5) días corridos El contratista deberá firmar un registro, según formato realizado por Encargado de Logística (el cual se encuentra en portería), el cual especifica hora de ingreso, especificaciones de las mantenciones y horario de salida que realizó el trabajo. ARTICULO 4º CUIDADOS DE LA ZONA DE TRABAJO. Se debe entender que las mantenciones se realizan dentro del CESFAM, el cual se encuentra en funcionamiento y con atención de público, por lo que será responsabilidad del Contratista cualquier daño ocasionado a las instalaciones que se intervengan y deberá reparar todos los daños producidos por trabajos e incluso reponer equipos, accesorios o pinturas que se dañen por causa o en ocasión de los trabajos que realice. Considerando que en los sectores intervenidos se encuentran equipos y sistemas energizados y en utilización, toda intervención será previamente coordinada con Encargado de Contrato, con el objeto de generar la menor alteración de las actividades que se desarrollan en el CESFAM y/o Complejo de Salud, idealmente fuera del horario habitual de trabajo. Para efectos técnicos, el referente será el Encargado de Mantención del CESFAM. Seguros y Responsabilidad Civil "El proveedor será responsable de cualquier daño ocasionado a personas, infraestructura o equipamiento producto de la ejecución de los trabajos." ARTICULO 5º SEGURIDAD Y OTROS. El Contratista será responsable de tomar todas las medidas de seguridad para evitar posibles accidentes o fallas durante la mantención del equipo. Esto considerando personal propio de la empresa, funcionarios del CESFAM y usuarios, por lo que se deberá tener especial cuidado en la señalética de obra, indicación de equipos y/o sistemas energizados y elementos de mitigación de polución y ruido. El Contratista debe proporcionar a sus trabajadores la totalidad de elementos de protección personal certificados, para las tareas a realizar en el CESFAM. El Contratista debe entregar un plan de trabajo y procedimientos de trabajo seguro, CON REGISTRO DE LA ODI Y REGISTRO DE ENTREGA EPP. EL encargado de supervisar la seguridad será el Encargado de Prevención de Riesgos del CESFAM. ARTICULO 6º DE LA ADJUDICACION. La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas. De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva. La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna. Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada. ARTICULO 7° SUPERVISIÓN DE LA PRESTACIÓN La Unidad de Logística será el encargado de supervisar que los servicios sean realizados de manera oportuna. ARTICULO 8° SUSCRIPCION DEL CONTRATO Se suscribirá un contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado que señalará el servicio que se obliga a entregar el adjudicatario conforme a las bases; su oferta y mientras haya presupuesto disponible. El contrato tendrá vigencia desde la fecha de adjudicación hasta el 28 de abril de 2028, ambas fechas inclusive. Las atenciones aquí contratadas deben realizarse dentro de ese periodo de tiempo. El Contrato proveniente de la Licitación denominada CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA A REQUERIMIENTO DE CALDERAS DEL CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE Y CERTIFICACIÓN DE PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE ACUERDO A D.S.10 PERIODO 2026-2028”, estará disponible en un plazo máximo de 30 días corridos desde la adjudicación en la Unidad de Abastecimiento. Una vez el contrato esta V°B° por Jefatura de Abastecimiento y V°B° de Subdirección Administrativa, se avisará mediante correo electrónico al adjudicatario, quien debe acercarse a la unidad de Abastecimiento a retirar dicho documento para realizar el trámite en Notaria y cuenta con un plazo máximo de 05 días hábiles para hacer llegar el contrato firmado por Notaria. En caso que el adjudicatario tenga domicilio fuera de la región de Valparaíso, el contrato será enviado por correo electrónico y debe realizar el trámite en Notaria, posterior a eso, debe hacer llegar el contrato a la siguiente dirección e información de remitente, mediante empresa de transporte de documentos: ● Francisca Miranda ● 69.287.560-5 ● Cajales 1900, San Felipe. ● Francisca.miranda@redsalud.gob.cl ● 34 249 2076 El prestador deberá asumir la responsabilidad de realizar el trámite en Notaria y los costos de la suscripción de Contrato. Este contrato NO podrá ser modificado ni alterado por el oferente. El contrato será confeccionado por la unidad de Abastecimiento del CESFAM San Felipe El Real, y en él se establecerán las cláusulas que regirá la entrega del servicio requerido y adjudicado, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicatario, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. El adjudicatario deberá adjuntar la documentación que les requiera la unidad y deberá suscribirlo dentro de los 05 días siguientes a la fecha en que se le informe que el instrumento está disponible para su suscripción. El contrato será publicado en la licitación asignada del portal de compras mencionado. Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, el CESFAM San Felipe El Real tendrá derecho a READJUDICAR y junto con ello encomendar la provisión del servicio licitado al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación les sigan en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando la nulidad del proceso anterior y cancelación de la adjudicación respectiva, todo ello mediante resolución fundada. NOTA: El CESFAM San Felipe El Real podrá requerir del o los oferentes adjudicados todos los antecedentes que permitan conocer y validar cualquiera de las causales antes descritas, de igual forma podrá recurrir a las instancias e instituciones que regulan y fiscalizan el cumplimiento de estas disposiciones legales. ARTÍCULO 9º FISCALIZACION DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Corresponderá a la Subdirección Administrativa, la Supervisión de la Prestación y fiel cumplimiento del contrato. ARTICULO 10º INTERPRETACION DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO Cualquier discrepancia en la interpretación de los documentos vinculados a la licitación, será resuelta sin ulterior recurso por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a la Contraloría General de la República. ARTICULO 11º PROBIDAD ADMINISTRATIVA De acuerdo a lo establecido por la Ley N° 18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real: ● Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Aconcagua cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. ● Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. ● Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. ● Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. ● Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad ● Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. ● Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución. ● Las personas que tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, con el respectivo organismo de la Administración Pública descrito en la letra a) del art. 56 de la Ley 18.575 ARTICULO 12° DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Se entenderá que forman parte del contrato los siguientes documentos para todos los aspectos legales: docume - Bases Administrativas Generales. - Especificaciones Técnicas - Resolución que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios y autoriza el Llamado a Licitación Pública. - Acta de Apertura - Ofertas - Acta de Evaluación de las Ofertas. - Resolución de Adjudicación. - Cualquier otro documento que forme parte de la presente Licitación Pública. ARTICULO 13° RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría General de la República. En todo caso, los antecedentes se interpretarán siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de la prestación conforme con las normas de la Especificaciones Técnicas. ARTICULO 14º CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO Podrá ponerse término anticipado de contrato, en los siguientes casos: ● Por mutuo acuerdo entre las partes. ● Por incumplimiento del Contratista, ya sea por: o Inadecuada calidad de la prestación. o No acatar en forma reiterada las indicaciones del Encargado de Logística y/o Administrador del contrato. o Insolvencia Económica. El Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, hará efectivo el instrumento Bancario por Fiel Cumplimiento de Contrato, de ocurrir el término anticipado del contrato por estas causales. ● Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Mandante. En este caso se podrá cursar las cancelaciones correspondientes a la prestación ejecutada hasta la fecha del término del contrato, debiendo determinarse la facultad de hacer efectivas el instrumento de Garantía y la procedencia o no del pago de indemnizaciones. ● Por necesidad del Establecimiento con aviso de 30 días de anticipación. ● No cumplir con lo señalado en el artículo 17°. ● No cumplir con medidas de seguridad y uso de EPP. ARTICULO 15º MULTAS Se aplicará una multa equivalente a 5 U.T.M., las cuales serán descontadas del pago en el cual se presentó la falta, en los siguientes casos: ● Faltas reiteradas a las cláusulas del contrato, que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al profesional. ● Incumplimiento de los plazos señalados en oferta. ● Incumplimiento en la garantía del servicio. COBRO DE MULTAS Retraso en atención de emergencia 1 UTM por evento No entrega de informe técnico 0,5 UTM Incumplimiento de plazos comprometidos 1 UTM por día Incumplimiento reiterado 5 UTM Incumplimiento grave Término anticipado 15.1.- PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTAS La multa se hará efectiva una vez que la Subdirección Administrativo, informe por escrito a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio en cualquiera de los ámbitos de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, o de la oferta realizada en general, la Unidad de Abastecimiento generará Acto Administrativo y notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. ARTICULO 16º SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS. Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo. La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 17º LUGAR Y HORARIO DE LA PRESTACION. 1. En las dependencias del establecimiento, Cesfam San Felipe El Real, dirección Cajales 1900, San Felipe, Región de Valparaíso. 2. De lunes a viernes de 08:00 a 17:00 hrs y sábados de 09:00 a 13:00 hrs, previa coordinación con el Administrador de Contrato. ARTICULO 18 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO "El CESFAM podrá poner término anticipado al contrato cuando existan modificaciones en la cartera de servicios, cierre temporal o definitivo de dependencias, cambios en la infraestructura, razones presupuestarias o cualquier eventualidad institucional que haga innecesaria la continuidad del servicio, sin derecho a indemnización para el proveedo. ARTICULO 19 RECEPCIÓN CONFORME Establecer que el pago se realizará únicamente una vez emitida la recepción conforme por el Administrador del Contrato. ARTICULO 20 PRESUPUESTO DISPONIBLE El Consultorio General Urbano San Felipe – CESFAM San Felipe El Real dispone de un presupuesto máximo para la contratación del servicio de $13.443.680 (trece millones cuatrocientos cuarenta y tres mil seiscientos ochenta pesos), impuestos incluidos, distribuido de la siguiente forma: • Mantenciones preventivas (4 mantenciones): $9.843.680, IVA incluido, correspondiente al valor total de las cuatro mantenciones preventivas contempladas durante la vigencia del contrato. Como referencia, el presupuesto máximo por cada mantención preventiva asciende a $2.460.920, IVA incluido. • Mantenciones correctivas: Hasta $3.000.000, IVA incluido, las que se ejecutarán únicamente a requerimiento del establecimiento y de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria. • Certificación de Pruebas de Funcionamiento de acuerdo con el D.S. N°10 (año 2028): Hasta $600.000, IVA incluido. Los oferentes deberán considerar que los montos señalados corresponden a los presupuestos máximos disponibles para cada concepto. ARTÍCULO 22 TÉRMINO DEL PROCESO LICITATORIO El CESFAM San Felipe El Real podrá, mediante resolución fundada, dejar sin efecto o poner término al presente proceso licitatorio en cualquier etapa previa a la adjudicación, cuando existan razones de interés público, caso fortuito, fuerza mayor, modificaciones en las necesidades institucionales, insuficiencia o pérdida de disponibilidad presupuestaria, errores sustanciales detectados en las Bases Administrativas o Especificaciones Técnicas, o cualquier otra circunstancia debidamente justificada que haga inconveniente continuar con el proceso. La decisión será informada a través del portal www.mercadopublico.cl y no generará derecho a indemnización, compensación o reembolso alguno a favor de los oferentes por los gastos incurridos con motivo de su participación en la licitació ARTICULO 21 MODALIDAD DE CANCELACION El valor por cada mantención deberá contemplar todo los necesario para la realización de las mantenciones, impuesto incluido. El sistema de pago será dentro de los 30 días siguientes, por prestación de servicios efectivamente realizados, con la respectiva boleta de honorarios o factura, incluyendo el Informe del Trabajo realizado, la cual serpa cancelada previa visación del Administrador de Contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.