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BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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MINISTERIO DE SALUD
SERVICIO DE SALUD ACONCAUA
CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE
CESFAM SAN FELIPE EL REAL
SECCIÓN DE ABASTECIMIENTO/
VGS/MGC/FMA/mms
RESOLUCION EXENTA N°
San Felipe,
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES: Lo dispuesto en la Ley N° 19.653, sobre Probidad Administrativa; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763 de 1979 y de las Leyes N° 18.933 y N° 18.469; el Decreto Supremo N° 140, de 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto N° 38, de 2005, del Ministerio de Salud; la Resolución Exenta N° 451, de 2020, que designa Directora del Consultorio General Urbano San Felipe El Real; la Resolución de Trámite N° 62, de 2005, sobre Delegación de Facultades del Servicio de Salud Aconcagua, y las demás normas legales y reglamentarias aplicables.
CONSIDERANDO: Las indicaciones impartidas por la Subdirección Administrativa del Cesfam San Felipe El Real, donde solicita realizar la contratación de “MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS”. Las instrucciones del Directora del Establecimiento, en el sentido de licitar dicha contratación, el Presupuesto Disponible, las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios y demás documentos elaborados por la Unidad de Abastecimiento y considerando que estos servicios con las especificaciones solicitadas, no se encuentran en el Catálogo Electrónico de Convenio Marco, es que se tiene que licitar la contratación a través, del portal www.mercadopublico.cl, vengo en dictar la siguiente:
RESOLUCION
1.-APRUEBENSE las Bases Administrativas, Formularios, Términos de Referencia y cualquier otro documento que forme parte integral de esta Licitación Pública “MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS”, para el Consultorio General Urbano de San Felipe - CESFAM San Felipe El Real.
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
“MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS”
ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO
• Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para la “MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS”
ARTÍCULO 2: DEFINICION DE TERMINOS
• En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación.
2.1 Bases
Conjunto de normas que regulan el proceso de contratación de servicios profesionales individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas.
• Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública.
2.2 Resolución Adjudicación:
Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta.
2.3 Especificaciones Técnicas:
Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios profesionales objeto de la presente licitación.
2.4 Garantías Administrativas:
Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializar a través de instrumento Bancario.
2.5 Licitación:
Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios profesionales que se señalan. Se inicia el Llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato.
2.6 Oferta o Propuesta:
Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente.
2.7 Oferente, Proponente o Licitante:
Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta.
2.8 Boleta Garantía:
Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas.
2.9 Mandante:
Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N” 1900 de la ciudad de San Felipe.
ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA
3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales o jurídicas, profesionales y/o U.T.P. individualizados en los Especificaciones Técnicas de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chiLepr‹›veedores.cl y, autorizados en el Servicio de Salud que cumplan los requisitos señalados en las Bases de la Licitación.
3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español.
-La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
-Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días hábiles..
-La Propuesta será resuelta por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta.
ARTÍCULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y, respetar:
4.1.- Licitación Pública
4.2.- Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas.
4.3.- Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopubLico.cl.
4.4.- La Oferta del Proponente.
4.5.- Los Formularios constituidos por los formularios que el oferente debe presentar con su oferta.
4.6.- Todo otro documento que forme parte de la Licitación.
ARTÍCULO 5: ACLARACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN, CONSULTAS Y RESPUESTAS
Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4“, punto N° 4.5.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4”. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas Especiales.
Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal Decisión.
Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello serán comunicadas a través del sitio www.mercadopubLico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas.
Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Bases Administrativas Especiales, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación.
ARTICULO 6: MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas.
ARTÍCULO 7: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE
En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para' representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste, dicha personería.
ARTÍCULO 8: DE LOS PRECIOS
La Oferta Económica debe ser expresada obligatoriamente en pesos chilenos y se compondrá de dos instancias obligatorias para el oferente:
1. En la plataforma web (www.mercadopublico.cl): El proveedor deberá digitar exclusivamente el VALOR NETO (sin IVA) de su oferta total por los 24 meses de servicio en la ficha electrónica de la licitación.
2. En el Formulario Económico Anexo (Formulario N° 8): El proveedor deberá adjuntar un documento digitalizado donde desglose obligatoriamente el Valor Neto, el monto del IVA (19%) y el Valor Bruto Total (con el IVA incluido) de la propuesta.
Causal de Inadmisibilidad por Discrepancia: Los valores informados en la plataforma web y en el Formulario N° 8 deberán coincidir de manera exacta en su componente Neto. Cualquier contradicción, inconsistencia o incongruencia entre el valor neto digitado en el portal de Mercado Público y el valor neto declarado en el Formulario N° 8, así como la omisión del desglose del IVA, será causal suficiente para declarar la oferta inadmisible en el acto de apertura o evaluación técnica, quedando el oferente fuera del proceso de licitación.
Asimismo, las ofertas cuyo valor final supere el presupuesto máximo disponible de $20.000.000.- Bruto (IVA incluido) serán declaradas inadmisibles por superar la disponibilidad presupuestaria del establecimiento.
ARTLCULO 9: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia mínima 60 días hábiles a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopubLico.cl.
ARTICULO 10: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl.
ARTLCULO 11: CONDICION DE LOS PROPONENTES
Podrán participar en la presente licitación las Personas Naturales, Jurídicas Y/o U.T.P. que ofrezcan los servicios requeridos y/o acrediten CERTIFICACIÓN DE SEREMI por la provisión y ejecución de trabajos.
ARTLCULO 12: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en, la licitación, a través de www.mercadopubLico.cl, los antecedentes que se indican:
ARTLCULO 13: NORMAS Y REGLAMENTOS
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de Llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta adjudicación mediante Resolución.
En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley N”19.886 de Compras y Contratación pública y su Reglamentos y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste recinto Asistencial.
ARTICULO 14: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS 0 PROPUESTAS, REQUISITOS FORMALES
Las ofertas deberán ser presentadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, debiendo los oferentes ingresar en dicho sistema los antecedentes administrativos, técnicos y económicos requeridos en las presentes Bases Administrativas Generales y Bases Técnicas.
Los oferentes deberán incorporar la totalidad de los documentos solicitados, conforme a la siguiente clasificación:
14.1 Antecedentes Administrativos
La oferta administrativa deberá contener los siguientes documentos:
• Formulario N°1: Formulario de Identificación del Oferente.
• Formulario N°2: Declaración Jurada Simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases.
• Formulario N°3: Declaración Jurada Habilidad Registro de Proveedores.
• Formulario N°4A: Declaración Jurada Simple del Oferente referente a Inhabilidades por Parentesco, Artículo 4 de la Ley N°19.886.
• Formulario N°4B: Declaración Jurada Simple del Oferente referente a Inhabilidades por Parentesco, Artículo 35 Quáter de la Ley N°21.634.
• Formulario N°5: Declaración Jurada por infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador.
• Formulario N°9: Pacto de Integridad.
•
Los formularios deberán ser presentados debidamente completados y firmados por el representante legal del oferente, cuando corresponda.
14.2 Antecedentes Técnicos
La oferta técnica deberá contener los antecedentes necesarios que permitan evaluar la capacidad técnica del oferente para ejecutar correctamente el servicio requerido.
Deberá incluir obligatoriamente:
• Formulario N°6: Nómina de clientes del sector público y/o privado a quienes el oferente haya prestado servicios de similar naturaleza al objeto de la presente licitación.
La experiencia informada deberá ser acreditada mediante antecedentes verificables, tales como certificados de conformidad emitidos por la entidad contratante, contratos, órdenes de compra, facturas u otros documentos que permitan acreditar la efectiva prestación del servicio señalado.
La falta de presentación de la nómina o la imposibilidad de acreditar la experiencia declarada podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases.
Asimismo, el oferente deberá adjuntar obligatoriamente:
• Formulario N°7: Oferta Técnica.
• Currículum Vitae del personal técnico que realizará las mantenciones.
• Certificación del fabricante de los equipos correspondientes a la Unidad de Esterilización, cuando corresponda, que acredite competencias técnicas para intervenir dichos equipos.
• Antecedentes de autorización, acreditación o certificación emitida por la autoridad competente que corresponda, respecto del personal que ejecutará las labores de mantención, cuando sea exigible conforme a la normativa vigente.
• Declaración de Responsabilidad respecto de la ejecución del servicio ofertado.
• Carta compromiso de cumplimiento del Reglamento Especial para Contratistas.
• Carta compromiso de entrega de informe posterior a cada mantención realizada.
14.3 Oferta Económica
La oferta económica deberá ser presentada mediante:
• Formulario N°8: Oferta Económica.
El oferente deberá informar en el portal www.mercadopublico.cl el valor económico de su propuesta, indicando claramente los precios asociados al servicio ofertado, conforme a lo solicitado en las presentes Bases.
14.4 Presentación y formalidades de los documentos
Los formularios y antecedentes solicitados deberán ser incorporados en el portal www.mercadopublico.cl dentro de los anexos correspondientes a cada tipo de oferta (administrativa, técnica o económica).
Los documentos deberán corresponder a copias digitalizadas de los originales y encontrarse debidamente firmados por el representante legal del oferente cuando corresponda.
Aquellas ofertas que no sean presentadas conforme a lo establecido en las presentes Bases podrán ser declaradas inadmisibles, de acuerdo con la evaluación de la Comisión Evaluadora y la normativa vigente.
ARTÍCULO 15: DE LAS REGLAS DE PRESENTACIÓN
- El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo № 14 de las presentes Bases.
- Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural.
ARTICULO 16: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS.
Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo.
La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirás al portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 17: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopubLico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por el Directora del Establecimiento.
En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes.
Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación.
De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados.
La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados.
La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios o de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas.
ARTICULO 18: CRITERIOS DE EVALUACION
A. PRECIO: 40%
B. OFERTA TECNICA DEL SERVICIO 50%
C. PLAZO DE ENTREGA Y EJECUCIÓN DE LA MANTENCION 5%
D. Programa de Integridad (5%)
CRITERIO A: PRECIO 40%, según la fórmula del Precio Mínimo Ofertado
PMO= Precio mínimo ofertado*100 /Precio Oferta X.
CRITERIO B: OFERTA TÉCNICA DEL SERVICIO 50 %
100 puntos: La oferta técnica cumple íntegramente con las actividades, requisitos y condiciones solicitadas en las Especificaciones Técnicas y en el Formulario N° 7.
50 puntos: La oferta técnica cumple parcialmente con las actividades, requisitos y condiciones solicitadas en las Especificaciones Técnicas y en el Formulario N° 7, existiendo omisiones que no afectan la correcta ejecución del servicio.
0 puntos: La oferta técnica no cumple con las actividades, requisitos o condiciones mínimas exigidas en las Especificaciones Técnicas y en el Formulario N° 7, o presenta omisiones que afectan la correcta ejecución del servicio.
CRITERIO C: PLAZO DE ENTREGA Y EJECUCIÓN DE LA MANTENCIÓN 5%
X= (Plazo de entrega y ejecución más conveniente (mínimo plazo (días/horas)) / Por cada uno de los plazos (días/horas) ofertados) * 100
CRITERIO D: PROGRAMA DE INTEGRIDAD 5%
• Acredita contar con Programa de Integridad vigente: 100 puntos.
• No acredita contar con Programa de Integridad: 0 puntos.
Medio de verificación: Formulario N° 9 "Declaración de Programa de Integridad".
ARTICULO 19: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO
Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por el Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República.
ARTICULO 20: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO.
El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o productos de excelente calidad.
ARTÍCULO 21: DE LA RESOLUCION DE EMPATES
En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio OFERTA TECNICA, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate PRECIO, y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando su elección.
ARTÍCULO 22: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA
22.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta
La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, verificándose inicialmente el cumplimiento de los antecedentes requeridos para la presentación de ofertas, conforme a lo establecido en el Artículo N°14 de las presentes Bases Administrativas Generales.
La apertura se efectuará en el día y hora fijados en la ficha de licitación publicada en el portal www.mercadopublico.cl, en dependencias del Consultorio General Urbano San Felipe - CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N°1900, San Felipe, ante la Comisión Evaluadora designada para estos efectos, integrada por funcionarios del establecimiento.
La Comisión Evaluadora podrá solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de antecedentes presentados en sus ofertas, a través del foro de consultas y aclaraciones disponible en el portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas aclaraciones no impliquen modificar la oferta económica, alterar aspectos esenciales de la propuesta técnica ni incorporar antecedentes que debieron ser presentados obligatoriamente al momento de la oferta.
Cuando corresponda, y de acuerdo con la normativa vigente, podrán solicitarse antecedentes formales o certificaciones que permitan aclarar la información presentada, resguardando en todo momento los principios de estricta sujeción a las Bases, igualdad de los oferentes y transparencia del procedimiento.
En caso de detectarse errores en la presentación de la oferta económica, prevalecerá el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión Evaluadora deberá dejar constancia de dicha situación en el Acta de Evaluación correspondiente.
ARTÍCULO 23: DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION
23 .1 De la Evaluación
En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes.
Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopubLico.cl.
La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por el Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real.
23.2. DE LA ADJUDICACION.
El Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas.
De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva.
La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna.
Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada.
ARTICULO 24: SUPERVISION DE LA PRESTACION.
Corresponderá al Encargado de Logística del Establecimiento, la supervisión de los trabajos de mantención, quien evaluará el cumplimiento de los servicios contratados.
ARTICULO 25: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El CESFAM designará, mediante el correspondiente acto administrativo, a un Administrador del Contrato, función que recaerá en la Subdirección Administrativa.
Asimismo, la supervisión de la correcta ejecución del convenio estará a cargo del Encargado de Logística, quien actuará como contraparte técnica y será responsable de las siguientes funciones:
• Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del proveedor.
• Aprobar los informes y antecedentes asociados a la ejecución del servicio.
• Solicitar y coordinar la realización de los trabajos requeridos.
• Aplicar las multas y sanciones que correspondan, de conformidad con las presentes bases y la normativa vigente.
• Emitir la recepción conforme de los servicios prestados.
El Administrador del Contrato y/o la contraparte técnica podrán requerir al proveedor toda la información necesaria para verificar el adecuado cumplimiento del convenio.
Se establece que:
• Toda intervención deberá ser coordinada con el Administrador del Contrato.
• Los trabajos que generen interrupción de servicios deberán ser previamente autorizados.
• Las mantenciones críticas deberán ejecutarse fuera del horario de atención cuando corresponda.
ARTICULO 26: MODALIDAD DE PAGO
El pago de los servicios se efectuará dentro de los 30 días habiles siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 21.131, y será realizado por el Cesfam San Felipe El Real.
Una vez implementado el sistema DTE (Documentación Tributaria Electrónica del Estado), el proveedor deberá emitir factura electrónica mediante el sistema Acepta, incorporando como Documento de Referencia la Orden de Compra correspondiente y su respectivo folio. Asimismo, deberá remitir el archivo XML a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, conforme a las instrucciones establecidas por el Servicio de Impuestos Internos.
El proveedor deberá entregar, al término de cada mantención preventiva o correctiva, un informe técnico detallado que contemple, a lo menos, las actividades realizadas, observaciones, hallazgos, reparaciones efectuadas, materiales utilizados, registro fotográfico y recomendaciones, cuando corresponda.
La recepción conforme del servicio quedará supeditada a la revisión y aprobación del informe técnico por parte del Encargado de Logística y/o de la contraparte técnica designada por el establecimiento, quienes deberán pronunciarse dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la recepción de dicho informe.
La falta de entrega del informe técnico o la existencia de observaciones no subsanadas impedirá la emisión de la recepción conforme y, en consecuencia, no procederá el pago correspondiente hasta que la documentación y/o las observaciones hayan sido debidamente regularizadas.
Una vez emitida la recepción conforme del servicio, corresponderá a la Unidad de Abastecimiento gestionar la respectiva Orden de Compra. Posteriormente, y una vez aceptada ésta por el proveedor, deberá emitirse la correspondiente factura electrónica o boleta de prestación de servicios, según corresponda, para efectos de su pago, de acuerdo con la normativa vigente.
ARTICULO 27: LUGAR DE LA PRESTACION.
El profesional adjudicado deberá realizar las prestaciones de servicio en la Unidad de Esterilización del Cesfam San Felipe El Real, ubicado en Calle Cajales N°1900-San Felipe.
ARTÍCULO 28: DE LAS GARANTIAS
28.1. Instrumento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la Ley N”19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro.
El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar un instrumento bancario que sea de liquidez inmediata, pagadero a la vista e Irrevocable, como Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato proveniente del Llamado a Licitación, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, dicho documento debe ser entregado en la Oficina de Partes del Establecimiento, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe.
Este instrumento será tomado a nombre del “Consultorio General Urbano San Felipe”, Rut: 69.287.560-5, con la i individualización clara de " Por el fiel cumplimiento del Contrato proveniente de Licitación ID (completas con id de licitación)., en una entidad bancaria que estime conveniente.
Monto: Equivalente al 10% del monto total del contrato.
Fecha de vencimiento: La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato
Devolución: Este instrumento será devuelto al proveedor hasta 30 días posteriores al vencimiento de la misma y de realizada la recepción conforme definitiva del servicio adjudicado.
ARTICULO 29: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez notificada la Resolución de Adjudicación, al Oferente, el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, suscribirá con el prestador un contrato simple por la provisión de los servicios adjudicados.
Se suscribirá un contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado que señalará el servicio que se obliga a entregar el adjudicatario conforme a las bases y su oferta.
El Contrato proveniente de la Licitación denominada "MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS”, el contrato estará disponible para su suscripción en un plazo máximo de 10 días habiles contados desde la adjudicación y será remitido por correo electrónico al proveedor adjudicado para su revisión.
La suscripción podrá efectuarse mediante Firma Electrónica Avanzada (FEA), de conformidad con la normativa vigente, o mediante firma ante Notario. En este último caso, todos los costos asociados a la legalización y suscripción del contrato serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la recepción del contrato por correo electrónico, para proceder a su suscripción y remitirlo a la Unidad de Abastecimiento junto con los antecedentes que le sean requeridos.
El contrato será confeccionado por la Unidad de Abastecimiento del CESFAM San Felipe El Real y no podrá ser modificado ni alterado por el adjudicatario. Una vez suscrito, será publicado en la licitación respectiva del portal www.mercadopublico.cl.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido o no presenta la documentación requerida para su formalización, se entenderá que desiste de su adjudicación. En tal caso, el CESFAM San Felipe El Real podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de evaluación y que cumpla con los requisitos establecidos, o bien declarar desierto o inadmisible el proceso mediante resolución fundada, según corresponda. El CESFAM San Felipe El Real podrá solicitar al adjudicatario todos los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos legales, administrativos, técnicos y financieros exigidos para la suscripción y ejecución del contrato.
ARTICULO 30: VIGENCIA DEL CONTRATO Y PERIODICIDAD DE LAS MANTENCIONES
El contrato tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la fecha que se establezca en el respectivo contrato o desde la fecha de inicio de la prestación de los servicios, según corresponda.
Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá realizar ocho (8) mantenciones preventivas obligatorias, las cuales deberán ejecutarse conforme al siguiente calendario referencial:
1. Agosto de 2026.
2. Noviembre de 2026.
3. Febrero de 2027.
4. Mayo de 2027.
5. Agosto de 2027.
6. Noviembre de 2027.
7. Febrero de 2028.
8. Mayo de 2028.
Las fechas específicas de ejecución de cada mantención serán coordinadas previamente entre el adjudicatario y el Encargado de Logística del CESFAM San Felipe El Real, procurando mantener la periodicidad señalada y asegurar la continuidad operacional de la Unidad de Esterilización.
Las mantenciones correctivas serán efectuadas a requerimiento del establecimiento y durante la vigencia del contrato, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes Bases y dentro de la disponibilidad presupuestaria autorizada.
ARTICULO 31: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO
Se entenderán que forman parte del presente contrato, los siguientes documentos:
Ficha de Licitación.
Bases Administrativas Generales.
Especificaciones Técnicas y Formularios.
Serie de consultas y respuestas. Apertura.
Acta de evaluación.
Resolución de adjudicación.
Orden de Compra.
Todos los antecedentes que formen parte del Llamado a Licitación.
ARTÍCULO 32: PRÓRROGA DEL CONTRATO
El CESFAM San Felipe El Real podrá prorrogar el convenio por una sola vez, hasta por un período máximo de tres (3) meses, en las mismas condiciones técnicas y económicas adjudicadas, cuando resulte necesario asegurar la continuidad del suministro mientras se desarrolla un nuevo proceso licitatorio.
La prórroga deberá formalizarse mediante Resolución Exenta debidamente fundada y contar con disponibilidad presupuestaria.
ARTICULO 33: MULTAS
Se aplicará una multa equivalente a 2 U.T.M., la cual se descontará del pago correspondiente, en los siguientes casos:
Faltas a las cláusulas de la oferta, que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al proveedor.
Incumplimiento de los plazos señalados en su oferta, tanto para la entrega o para observaciones formuladas de la Unidad Requirente o Referente Técnico del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real.
Incumplimiento de los plazos de informe Técnico post mantención definidos en la carta compromiso.
ARTÍCULO 34: PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTAS
La multa se hará efectiva una vez que el encargado de Logística informe a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio adjudicado por parte del proveedor, ya sea en plazo y ejecución de los trabajos, dicha multa se notificará al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopubLico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
ARTÍCULO 35: CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO
El CESFAM San Felipe El Real se reserva el derecho de poner término anticipado y unilateral al contrato derivado de la presente licitación por razones de oportunidad, mérito o conveniencia institucional.
Asimismo, el CESFAM San Felipe El Real podrá poner término anticipado al contrato mediante Resolución Exenta fundada, en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones establecidas en las presentes Bases, en el contrato o en la oferta presentada por el adjudicatario.
b) Aplicación de tres (3) o más multas durante la vigencia del contrato.
c) Pérdida, suspensión o vencimiento de las autorizaciones, certificaciones o habilitaciones exigidas para la correcta ejecución del servicio.
d) Estado de insolvencia, liquidación, quiebra o cualquier procedimiento concursal que afecte la continuidad de la prestación del servicio.
e) Configuración de alguna causal de inhabilidad para contratar con los órganos de la Administración del Estado, conforme a la Ley N° 19.886 y su normativa vigente.
f) Cesión o subcontratación del contrato en contravención a lo establecido en las presentes Bases.
g) Incumplimiento injustificado de los tiempos máximos de respuesta comprometidos para mantenciones correctivas o situaciones de emergencia, cuando ello afecte la continuidad operativa del establecimiento.
En los casos señalados en las letras a), b), c), d), e), f) y g), previo a la dictación de la resolución que disponga el término anticipado del contrato, el CESFAM notificará por escrito al adjudicatario los hechos que lo fundamentan, otorgándole un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos y acompañar los antecedentes que estime pertinentes. Vencido dicho plazo, y analizados los antecedentes, el establecimiento resolverá mediante el acto administrativo correspondiente.
En caso de término anticipado del contrato, bastará la notificación escrita al contratista con una anticipación mínima de treinta (30) días hábiles cuando éste se funde en razones de oportunidad, mérito o conveniencia institucional. Dicha terminación no generará derecho a indemnización, compensación, lucro cesante, daño emergente ni cobro adicional alguno a favor del adjudicatario, debiendo el establecimiento pagar únicamente los servicios efectivamente ejecutados, recepcionados y aprobados hasta la fecha de término.
El ejercicio de esta facultad no constituirá incumplimiento contractual por parte del establecimiento, entendiéndose aceptada esta condición por el oferente por el solo hecho de presentar su oferta y participar en el presente proceso licitatorio.
ARTICULO 36: CONTINUACION DE LA PRESTACION POR TÉRMINO ANTICIPADO
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real (Mandante), determinará el procedimiento a seguir para la continuación de la prestación.
Esta continuidad de prestaciones podrán ser autorizadas mediante Resolución Exenta aduciendo a la Contratación de Servicios Conexos, según el Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas y siempre que no supere la Disponibilidad Presupuestaria asignada para esta Licitación Pública.
ARTICULO 37: ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Las condiciones que se señalan en las presentes Especificaciones Técnicas se entenderán como requerimientos mínimos necesarios que deben presentar todas las actividades relacionadas con la mantención de equipos unidad esterilización y planta de osmosis
Es de responsabilidad del contratista la ejecución de todos los trabajos que, aun cuando no estén explícitamente señalados en los documentos, sean necesarios para cumplir con el requerimiento, bajo una perspectiva de 'utilización efectiva y eficiente de los recursos asignados.
El suministro deberá incluir todo elemento necesario para dar cumplimiento a este requerimiento; dejando en funcionamiento el equipo intervenido.
El Contratista deberá entregar informe técnico a Encargado de Mantención de la unidad de Logísticas del CESFAM y/o Encargado de Prevención, el que deberá considerar a lo menos:
Memoria técnica de los trabajos realizados
Listado de insumos utilizados.
Set de fotografías de los trabajos realizados
Plan de mantenimiento próxima intervención
Entrega de informe posterior a los trabajos realizados debe realizarse en un plazo máximo de 05 días hábiles
El contratista deberá firmar un registro, según formato realizado por Servicios Generales el cual se realizará en Portería, donde se especifica la hora de ingreso, especificaciones de las mantenciones y horario de salida que realizó el trabajo.
ARTICULO 38: CUIDADOS DE LA ZONA DE TRABAJO
Se debe entender que las mantenciones se realizan dentro del CESFAM, el cual se encuentra en funcionamiento y con atención de público, por lo que será responsabilidad del Contratista los daños ocasionados a las instalaciones que se intervengan y deberá reparar todos daños producidos por trabajos e incluso reponer equipos accesorios o pinturas que se dañen por causa o en ocasión de los trabajo que realice.
Considerando que los sectores intervenidos, se encuentran equipos y sistemas energizados y en utilización, toda intervención será previamente coordinada con Encargado de Logística del CESFAM y/o Encargado de Prevención con el objeto de generar la menor alteración de las actividades que se desarrollan en el CESFAM y/o Complejo de Salud, idealmente fuera del horario habitual de trabajo, el referente técnico de las mantenciones será el Encargado de Logística del CESFAM.
ARTICULO 39: SEGURIDAD Y OTROS.
El Contratista, será responsable de tomar todas las medidas de seguridad, para evitar posibles accidentes o fallas durante la mantención del equipo. Esto considerando personal propio de la empresa, funcionarios del CESFAM y usuarios, por lo que se deberá tener especial cuidado en la señalética de obra, indicación de equipos y/o sistemas energizados, y elementos de mitigación de polución y ruido.
El contratista, debe proporcionar a sus trabajadores la totalidad de Elementos de Protección Personal certificados, para las tareas a realizar en el CESFAM.
El contratista debe entregar un plan de trabajo y procedimientos de trabajo seguro, CON REGISTRO DE LA ODI Y REGISTRO DE ENTREGA EPP.
Sera encargada de supervisar la seguridad el Encargado de Prevención de riesgos del CESFAM.
ESPECIFICACIONES TECNICAS
“MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS”
Los Presentes Términos Técnicos de Referencia, regularán el proceso de licitación y contratación de la prestación de servicio denominado “MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS”, a desarrollarse por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real.
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopubLico.cl los antecedentes que se indican:
Las Bases Administrativas Generales.
Términos Técnicos de Referencia
Formularios
ARTICULO 1. NORMAS Y REGLAMENTOS
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de Llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta adjudicación mediante Resolución.
En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales, Reglamentos Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen un recinto Asistencial.
ARTICULO 2. LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Propuesta: “MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS UNIDAD ESTERILIZACIÓN Y PLANTA DE OSMOSIS", con la indicación visible del nombre del proponente, conteniendo los documentos que se señalan a continuación
Es Obligatorio además ingresar la oferta al portal www.mercado.cl. El no hacerlo invalida la oferta.
La presentación de los documentos será en forma digital, escaneada y adjunta a la oferta, hecha en el portal www.mercapublico.cl.
El postulante deberá utilizar los formatos o modelos de estos, que se anexan, en los casos que correspondan.
Los documentos de la licitación, que así lo indiquen, deberán ser firmados por el Representante Legal en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario, de este, en caso de Persona Natural.
Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados. Los profesionales interesados en ofertar deben estar inscritos en el Registro Chileproveedores y en calidad de HABIL al momento de contratar.
ARTICULO 3. ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopubLico.cl y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por La Directora del Establecimiento.
En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estima se necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes.
Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación.
De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factor es considerados.
La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento considerando en detalle los antecedentes evaluados.
La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de, adjudicar la prestación de servicios o de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas.
La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de, Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión.
ARTÍCULO 4. PAUTA DE EVALUACION.
Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican en el ARTÍCULO 18 de las Presentes Bases Administrativas.
ARTICULO 5. DE LA ADJUDICACION
La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas.
De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva.
La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellas se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna.
Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada.
ARTICULO 6. DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO.
El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o, productos de excelente calidad.
El contratista debe entregar un plan de trabajo y procedimientos de trabajo seguro, CON REGISTRO DE LA ODI Y REGISTRO DE ENTREGA EPP para sus trabajadores.
ARTICULO 7. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Los trabajos de mantención deberán ejecutarse en coordinación con el Encargado de Logística del CESFAM, procurando en todo momento no interferir con el normal funcionamiento del establecimiento.
Las mantenciones podrán realizarse de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 y viernes de 08:00 a 16:00 hrs (dentro del horario habitual de funcionamiento del establecimiento), siempre que su ejecución no entorpezca la atención de usuarios ni las labores del personal. Asimismo, cuando las necesidades del servicio lo requieran, las actividades podrán ejecutarse fuera del horario habitual, de lunes a jueves a partir de las 17:00 horas y los días sábado en jornada de tarde, previa coordinación y autorización del Encargado de Logística del CESFAM.
El proveedor deberá ajustar la programación de los trabajos a los horarios definidos por el establecimiento, velando por la continuidad operativa de las dependencias intervenidas.
Plazo para subsanar observaciones
Si Logística rechaza un informe:
El proveedor dispondrá de un plazo máximo de 5 días hábiles para subsanar las observaciones formuladas
Seguros y Responsabilidad Civil
"El proveedor será responsable de cualquier daño ocasionado a personas, infraestructura o equipamiento producto de la ejecución de los trabajos."
7.1.-MANTENCIÓN PREVENTIVA
Este tipo de visitas serán programadas y en ellas deben realizarse una revisión visual externa, comprobación de funcionamiento, ajuste, lubricación y limpieza del equipo.
Se da por entendido que el proponente, tiene la capacidad técnica, elementos, materiales instrumentos y experticia práctica para la ejecución de dicha mantención.
Los trabajos a realizar si bien corresponden a mantención de un equipo, de todas maneras deben considerar una solución integral al requerimiento de mantención preventiva. Considerando los tiempos para realizar las mantenciones, el cual deberá ceñirse a la disponibilidad del establecimiento con horario de lunes a jueves desde las 08:00 a las 17:00 Hrs, viernes desde las 08:00 a las 16:00 Hrs
Para mantenciones preventivas, se establecerá aquellas que cuyos insumos o repuestos que no superen las 05 UTM. El Contratista los deberá suministrar sin costo alguno para el Establecimiento. La mantención requerida contempla los siguientes equipos:
Autoclave MDSTM.2.200. 1VSD.E NÚMERO DE SERIE L509653
TERMODESINFECTADORA PUERTA ABATIBLE AWD655-10 DIN NÚMERO DE SERIE W15720704
PLANTA OSMOSIS - RO221D NOBEL NÚMERO DE SERIE 47503 2016
SELLADORA -TS 45D/TSDN
ESTANQUE HIDRONEUMATICOS BESTFLOW TVTSOL
Este tipo de visitas serán programadas y en ellas deben realizarse mínimo las siguientes revisiones
A) AUTOCLAVE MDSTM.2.200.1VSD.E NÚMERO DE SERIE L509653
Revisar Filtro de Aire
Recambio de empaquetadura en cada mantención preventiva
Revisar estado de aseo de la cámara eliminando los residuos que se generan en el proceso.
Revisar estado de aseo del generador
Revisar funcionamiento de puertas
Revisar estado y funcionamiento del filtro de agua
Revisar estado y funcionamiento de las conexiones eléctricas
Revisar operación de las bombas
Revisar integridad física de los sellos de las resistencias del generador
Revisar resistencias del generador
Revisar y limpiar generador (depósitos de calcio)
Revisar fusibles
Revisar trampas de vapor
Revisar operación del termostato
Revisar función de todos los switch del equipo y presostatos
Revisar integridad de las válvulas de seguridad o neumáticas
Revisar estado de las sondas de temperatura y calefactores
Revisar estado de los transductores de presión
Revisar estado de los manómetros
Revisar estado de la impresora
Revisar estado de la mirilla
Revisar estado de los botones de emergencia
Revisar suministros de vapor
Revisar suministro de agua
Revisar suministro de aire comprimido
Revisar válvula de alivio y anti-retorno en bomba de vacío
Revisar estado de contactores
Revisión de software, bios, tarjeta de memoria, pantalla ajustando parámetros según corresponda
Revisar block de control de válvulas neumáticas
Revisar presostato empaquetadura
Revisar estados de mangueras
B) TERMODESINFECTADORA PUERTA ABATIBLE AWD655-10 DIN NÚMERO DE SERIE W157Z0704
Revisar filtro de aire
Revisar empaquetadura de puerta
Revisar estado de aseo de la cámara
Revisar estado del ablandador
Revisar funcionamiento de sensores de cierre de puerta, revisar y limpiar filtros de agua
Revisar estado y funcionamiento de las conexiones eléctricas '
Revisar operación del ventilador
Revisar operación de la bomba de agua Revisar operación de las bombas peristálticas
Revisar consumo eléctrico de las resistencias de calefacción de agua
Revisar fusibles
Revisar función de todos los switch del equipo Revisar conexiones hidráulicas
Revisar estado de las sondas de temperatura
Revisar y limpiar filtros internos de la cámara
Revisar estado de la impresora
Revisar lanza de succión de detergente Revisar línea de salida de vapores
Calibración de detergentes y/o lubricantes según requerimientos de la Unidad
Revisar estado de los suministros
C) PLANTA OSMOSIS — RO221D NOBEL NÚMERO DE SERIE 47503 2016
Revisar y cambiar filtro polipropileno en cada mantención según corresponda
Revisar filtro de carbón activado en cada mantención según corresponda
Revisar filtro de membranas
Revisar sistema de flushing automático
Revisar tablero eléctrico
Revisar estado de rotámetro de agua rechazo
Revisar conductividad en tablero de control
Revisar dureza a la salida del ablandador
Revisar estado de estanque de salmuera
Revisar funcionamiento de presostato
Revisar sistema de encendido automático
Revisar sistema de corte automático
Revisar estado de estanques de acumulación de agua tratada
Revisar estado de bomba de agua cruda
Revisar estado de bomba de agua tratada
Revisar filtraciones del sistema
Revisar válvulas solenoides
Revisión y limpieza de flotadores
Limpieza filtro de malla
Realizar medición y análisis de dureza del agua 3ppm
D) SELLADORA -TS 45D/TSDN
Certificación de temperaturas
Revisión de la Calidad de teflón
Revisión de las conexiones eléctricas
Revisión de velocidad y calidad del sellado
E) ESTANQUE HIDRONEUMATICOS BESTFLOW TVTSOL
Relleno de aire con compresor a bombona de planta de osmosis.
Los trabajos a realizar si bien corresponden a mantención de un equipo, de todas maneras, deben considerar una solución integral al requerimiento de mantención preventiva. Considerando los tiempos para realizar las mantenciones, el cual deberá ceñirse a la disponibilidad del establecimiento con horario de lunes a jueves desde las 08:00 a las 17:00 Hrs, viernes desde las 08:00 a las 16:00 Hrs.
7.2.-MANTENCION CORRECTIVA O REPARATIVA
Se define como aquella mantención que se realiza para reparar un equipo toda vez que se ha producido una falla, se orienta a la restitución del normal funcionamiento del equipo mediante la reparación y/o reposición de piezas y partes, eliminando de esta manera la causa que ha provocado la detención o falla del equipo. La mano de obra, traslados de Técnicos y/o equipos, insumos, materiales, etc., de todas las mantenciones reparativas que se requieran durante la vigencia del contrato deben estar consideradas en el precio de la oferta.
Para mantenciones reparativas menores, se establecerá aquellas que cuyos insumos o repuestos no superen las 05 UTM, el Contratista deberá suministrar sin costo alguno para el Establecimiento.
En el caso de reparaciones mayores al monto estipulado en el párrafo anterior (05 UTM), éstas se consideraran Mantención Correctiva Mayor, y para ello el proveedor deberá presentar un presupuesto en un plazo máximo de 24 horas hábiles desde emitido el informe técnico correspondiente de cambio de repuesto, éste presupuesto debe contener:
1.-Ldentificación completa del proveedor
2.-Equipo a intervenir (marca, modelo, número de serie, inventario, etc.)
3.-Tipo de intervención
4.-Descripción de la Intervención (detalle de la reparación y repuestos que se requieren)
5.-Costos de repuestos, los cuales deben ser claramente desglosados
6.-Plazos involucrados para la ejecución de los trabajos
7.-Garantías comprometidas para la mano de obra y repuestos ofertados.
Dicho presupuesto será recepcionado y en el caso de ser aprobado y autorizado por la jefatura correspondiente, se tramitará administrativamente para la generación de la orden de compra respectiva. Para la facturación de estos trabajos, la empresa deberá contar previamente con la orden de compra respectiva y recepción conforme de servicios generales.
La empresa sólo procederá con la ejecución de los trabajos, una vez emitida la orden de compra correspondiente.
7.3.-INFORME DEL TRABAJO REALIZADO
Por cada mantención que se realice a los equipos, el contratista deberá general el informe técnico correspondiente, individualizando el equipo, adjuntar protocolo completo del trabajo realizado, debiendo ser firmado por el técnico y por el supervisor técnico a través de correo electrónico a encargada de Unidad de Esterilización Enfermera Gestora del Cuidado y a encargado de logística.
7.4.-ETIQUETA INFORMACION MANTENCION
Sera de carácter obligatorio que cada vez que se realice una mantención a los equipos, que el Técnico de la Empresa en Convenio, adhiera una etiqueta indeleble con los datos del equipo, fecha de la mantención, nombre técnico y fecha próxima mantención.
7.5 OTROS
Las presentes bases el proveedor deberá garantizar
F) Asistencia a revisión de problemas por el cual se le convoca dentro de los 3 primeros días ocurridos el desperfecto y debe permanecer en la Unidad de Esterilización hasta que termine el ciclo de prueba del Autoclave.
G) En caso de falla reiterada se debe presentar análisis causal en un plazo corto de tiempo.
ARTICULO 8. VISITA A TERRENO (OBLIGATORIA)
Los interesados en participar en la presente licitación deberán asistir obligatoriamente a la Visita a Terreno en la fecha, hora y lugar indicados en el portal www.mercadopublico.cl, con el objeto de inspeccionar las instalaciones y equipos asociados de esterilización.
Cada empresa podrá asistir únicamente con un (1) representante, quien deberá acreditar su representación al momento del registro. No se permitirá que una misma persona represente a dos o más empresas participantes.
Al inicio de la visita, el representante de cada empresa deberá firmar el Acta de Asistencia, registrándose la hora de ingreso. Al término de la visita, en la misma acta se dejará constancia de la hora de finalización de la actividad, certificando la permanencia del representante durante toda la visita.
El oferente que no registre su asistencia en el acta o que no permanezca durante el desarrollo completo de la visita será considerado como no asistente, quedando su oferta inadmisible por incumplimiento de un requisito obligatorio y excluyente.
El Acta de Asistencia será publicada posteriormente en el portal www.mercadopublico.cl.
Toda consulta, observación o solicitud de aclaración derivada de la Visita a Terreno deberá formularse exclusivamente a través del Foro de Consultas de la licitación, dentro de los plazos establecidos en el cronograma del proceso. No se responderán consultas efectuadas verbalmente durante la visita ni por otros medios distintos a los establecidos en las presentes Bases.
ARTICULO 9. TIEMPO DE RESPUESTA ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA
El adjudicatario deberá contar con la capacidad operativa para atender situaciones de urgencia que pudieran surgir durante la ejecución del contrato. Se entenderá por urgencia toda situación que requiera atención inmediata para evitar perjuicios al servicio, a la seguridad de las personas o a los bienes involucrados.
El tiempo máximo de respuesta ante una situación calificada como urgente será de 24 HORAS COMO MAXIMO desde la recepción del requerimiento por parte del mandante, a través del medio de comunicación previamente definido (correo electrónico, teléfono u otro medio oficial).
El incumplimiento reiterado de este plazo podrá ser causal de término anticipado del contrato, según lo establecido en la cláusula de incumplimientos y sanciones
ARTICULO 10. LUGAR Y HORARIO
Se da por entendido que el proponente, tiene la capacidad técnica, elementos, materiales instrumentos y experticia práctica para la ejecución de dicha mantención.
Los trabajos a realizar si bien corresponden a mantención de un equipo, de todas maneras deben considerar una solución integral al requerimiento de mantención preventiva. Considerando los tiempos para realizar las mantenciones, el cual deberá ceñirse a la disponibilidad del establecimiento con horario de lunes a jueves desde las 08:00 a las 17:00 Hrs, viernes desde las 08:00 a las 16:00 Hrs y sábado desde las desde las 08:00 a las 14:00Hrs. (SIEMPRE EN COORDINACIÓN CON ENCARGADO DE LOGISTICA)
ARTICULO 11. CESION DE CONTRATO
El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el órgano comprador.
ARTICULO 12. SUBCONTRATACION
Se encuentra prohibida la subcontratación total o parcial de servicios.
ARTICULO 13. REUNION DE COORDINACION
Una vez adjudicada la propuesta, el proveedor adjudicado deberá asistir a reunión de coordinación para inicio de las mantenciones, ésta se realizará previa coordinación entre la Unidad de Abastecimiento vía correo electrónico, debiendo el proveedor asistir obligatoriamente en la fecha y hora coordinada.
ARTICULO 14. PRUEBAS HIDRAULICAS DE FUNCIONAMIENTO
El proveedor adjudicado deberá realizar pruebas hidráulicas de funcionamiento acorde a los requerimientos del D.S. 10
ARTICULO 15. DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE
El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma de $20.000.000 IVA incluido, distribuido de la siguiente forma:
a) Mantenciones preventivas programadas: hasta $16.000.000 IVA incluido, correspondiente a ocho (8) mantenciones durante la vigencia contractual.
b) Mantenciones correctivas: hasta $4.000.000 IVA incluido, monto destinado exclusivamente a reparaciones requeridas durante la vigencia del contrato, previa autorización del establecimiento.
2.-LLÁMESE a Licitación Pública a través, del portal www.mercadopublico.cl.
3.-INFÓRMESE la presente Resolución en el sistema www.mercadopublico.cl.
4.-SOLICÍTESE a las unidades mencionadas en la distribución tomar conocimiento de la presente Resolución.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE
“POR ORDEN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA”
VARINIA GAETE SERRANO
DIRECTORA
CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE
CESFAM SAN FELIPE EL REAL
Distribución:
Abastecimiento.
Oficina de Partes
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