Licitación ID: 1113146-4-LE26
MANEJO FORESTAL DE BOSQUE NATIVO 2026
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Fecha de Cierre: 14-08-2026 18:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 83
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Productos o servicios
1
Servicios de asistencia forestal 1 Unidad
Cod: 70151508
Servicios Profesionales Manejo de Bosque Nativo.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANEJO FORESTAL DE BOSQUE NATIVO 2026
Estado:
Publicada
Descripción:
La Corporación Nacional Forestal, en adelante “CONAF” o la “Corporación”, indistintamente, invita a los oferentes inscritos en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, a participar en la licitaciónpara la contratación del servicio profesional de manejo forestal de bosque nativo. De acuerdo a las especificaciones incluidas en las Bases de Licitación y sus respectivos Anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
XI Región - Provincial General Carrera
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Blest Gana 121 Chile Chico XI Región Aysen
Comuna:
Chile Chico
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-08-2026 18:00:00
Fecha de Publicación: 28-07-2026 10:10:00
Fecha inicio de preguntas: 29-07-2026 10:00:00
Fecha final de preguntas: 07-08-2026 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-08-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-08-2026 14:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-08-2026 14:00:00
Fecha de Adjudicación: 19-08-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Reunión Técnica; en oficina Conaf, Calle Blest Gana 121 en la ciudad de chile Chico 05-08-2026 10:00:00
Reunión Técnica Virtual : Requiere Reunión Técnica Virtual, la que es de carácter obligatorio para oferentes que deseen participar de la licitación 11-08-2026 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Completar, firmar y adjuntar Anexo n°1 (Declaración Jurada de Aceptación de Bases). Anexo n°2A (Declaración jurada Simple Para Ofertar, Inhabilidades Por Condenas). Anexo n°2B (Declaración de Conformidad Con el Código de Ética Proveedores Contenido en la Directiva de Contratación Pública N°31). Anexo n°2C (Declaración Jurada Simple Acerca del Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios). Anexo n°2D (Programa de Integridad y Ética Empresarial) Anexo n°2E (Declaración Jurada Simple Acerca de Inadmisibilidad de Ofertas Simultáneas). Anexo n°3A (Conflicto de Interés). Anexo n°3B (Deudas Vigentes con los Trabajadores). Anexo n°4 (Antecedentes Actualizados del Oferente). Anexo n°5A. (No Colusión para Proveedor Único). Anexo n°5B. (No Colusión para Unión Temporal de Proveedores). Anexo n°5C. (Pago de Multas Pendientes)
Documentos Técnicos
1.- Formato 4. (Declaración Jurada Generación de Empleo) Anexo n°5 (Declaración Simple de Sustentabilidad) Anexo n°7 (Declaración Simple de no Litigio con CONAF) Formato E (Declaración de Experiencia). Formato D (Disponibilidad Inicio de Servicio). LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEBEN SER CUMPLIDOS EN SU TOTALIDAD, SI NO SE CUMPLE CON ESTE REQUISITO LA OFERTA NO SERÁ EVALUADA
 
Documentos Económicos
1.- Completar y adjuntar anexo 15 Propuesta Económica con valores Netos. En caso de no haber claridad en la oferta ingresada en el portal, se considerará lo descrito en el anexo 15.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia en faenas de manejo de bosque nativo. Se entiende como el conocimiento adquirido a través de la experiencia medida en número de hectáreas y cantidad de faenas vinculadas a actividades de manejo realizadas en bosque nativo que incluyan operaciones de raleo, volteo, desrame, trozado, y manejo de residuos. Para la acreditación de este factor, los oferentes deben adjuntar Formato E y respaldos mencionados a continuación. 35%
2 Oferta Económica. Es el monto que el oferente desea percibir por su trabajo en el periodo licitado. (El oferente deberá desglosar en el anexo 15 los valores incluyendo el impuesto a considerar). 15%
3 Generación de Empleo. Este factor mide el empleo total generado por la empresa a través de la contratación de trabajadores para ejecutar la faena descrita en las bases técnicas de esta licitación. Este sub-factor se medirá por la cantidad total de personas que serán contratadas y se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada simple (Anexo 4). Cabe mencionar que el oferente que se adjudique esta licitación deberá cumplir con lo señalado en esta declaración, y su incumplimiento será considerado una falta gravísima, impidiendo el pago de los servicios, e incluso pudiendo dar lugar a término anticipado de contrato y cobro de la garantía correspondiente. 10%
4 Sustentabilidad. Este tiene relación con el objetivo de disponer y/o reciclar sus desechos usados en el proceso de función a realizar, o que cuenten con convenios de reciclaje (papel, vidrio, latas, desechos tecnológicos, desechos usados en el proceso de manufactura), inscrito en huella de Carbono, o que cuente con certificación ISO 14001. (Anexo 5) 5%
5 Experiencia en faenas de manejo en el territorio. Indicativo del conocimiento de la región de Aysén, experiencia medida en número de hectáreas y cantidad de faenas vinculadas a actividades de manejo realizadas en bosque nativo que incluyan operaciones de, raleo, volteo, desrame, trozado, y manejo de residuos. Para la acreditación de este factor, los oferentes deben adjuntar Formato E y respaldos mencionados a continuación. 30%
6 Integridad y Ética Empresarial. El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, de la licitación pública denominada “Servicio profesional de manejo forestal de bosque nativo”, declaro bajo juramento que acredita la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales son efectivamente conocidos y aplicados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del DS Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda. (Anexo 2-B) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa de Siembra por Chile
Monto Total Estimado: 24700000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daniel Triviño
e-mail de responsable de pago: daniel.trivino@conaf.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal (Rut. 61.313.000 - 4)
Fecha de vencimiento: 28-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: El oferente que se adjudique este proceso licitatorio, deberá hacer entrega a la Corporación, de un documento, como forma de Garantía de fiel cumplimiento del contrato, el cual tendrá por objeto asegurar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de esta licitación pública y el respectivo contrato. Dicha garantía equivaldrá en términos porcentuales al 5 % del valor total del contrato, lo cual será valuado en Pesos Chilenos. Esta podrá consistir en un instrumento cualquiera que asegure el pago del documento de manera rápida y efectiva, pagadero a la vista, tomado por el oferente adjudicado con carácter de irrevocable y nominativo, a favor de la Corporación Nacional Forestal, con vigencia de a lo menos 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato de servicios, que no devengue reajustes ni intereses de ninguna especie que sean de cargo de CONAF. En cuanto a la entrega del instrumento de resguardo (garantía de fiel cumplimiento del contrato). Deberá ser entregado obligatoriamente al momento de la suscripción del contrato en el Departamento de Finanzas y Administración. La entrega deberá efectuarse en la oficina ubicada en Los Coigues 482, Coyhaique, Región de Aysén. En caso de que la garantía sea una póliza de seguro o un certificado de fianza, se podrá enviar al correo electrónico daniel.triviño@conaf.cl con copia a cristian.catrian@conaf.cl, myriam.parra@conaf.cl En caso de incumplimiento grave del adjudicado para con las obligaciones establecidas tanto en las bases de licitación como en el contrato, CONAF podrá hacer efectiva esta garantía administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer para el cumplimiento forzado de lo pactado o para la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones, que el adjudicado incurra en alguna de las causales de término de contrato, previstas en las presentes bases.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato de la Licitación
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será restituida al adjudicatario al momento de suscribir el finiquito correspondiente, previa recepción conforme de la totalidad de los servicios contratados
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de Licitación. La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley. Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna. CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases capitulo IX considerando como puntaje mínimo 60 puntos.
Etapas y Plazos.
Excepcionalmente, en el caso que CONAF determine que, por razones de buen servicio, los plazos establecidos en la tabla anterior, no sean suficientes para cumplir las etapas predefinidas de este proceso licitatorio, podrá modificar los plazos con estricta sujeción a los principios de igualdad y de libre concurrencia que deben primar para todos los Oferentes, decisión que sólo deberá ser comunicada, mediante una aclaración, a través de la Plataforma de Licitaciones www.mercadopublico.cl, en el correspondiente ID del proceso de licitación. El cierre de ofertas no podrá producirse en día inhábil o en día lunes o después de un día inhábil antes de las 15:00 horas. En caso de vencer algún plazo en día inhábil (sábado, domingo, feriado y/o festivo), con excepción del plazo máximo para adjudicación, se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente.
Consulta y Aclaraciónes.
Las consultas referentes a las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de Etapas y Plazos de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
Modificación de las Bases.
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del FORO de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
ACEPTACIÓN DE BASES Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley N° 19.886 de Compras y Contratación Pública, sus modificaciones y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras. Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación. Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado. La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, de las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato. Para estos efectos, el oferente deberá suscribir y presentar el Anexo N°1 denominado “Declaración Jurada Simple de conformidad con las bases”.
Persona Natural.
Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: 1.1 Condenas por delito de cohecho: Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. (Fuente: Ministerio Público) 1.2 Deudas tributarias: Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. (Fuente: Tesorería General de la República) 1.3 Deudas previsionales y laborales: Registrar deudas previsionales o de salud por más de 24 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. (Fuente: Dirección del Trabajo.) 1.4 Sentencia por presentación de documentos falsos: La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. (Fuente: ChileProveedores). 1.5 Deudas Estado de quiebra: Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. (Fuente: Superintendencia de Quiebras) 1.6 Suspensión o eliminación del registro: Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. (Fuente: ChileProveedores). 1.7 Condenas por prácticas anti-sindicales o infracción a los derechos de los trabajadores: Haber sido condenado por prácticas anti-sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. (Fuente: Dirección del Trabajo) 1.8 Haber sido condenado por prácticas anti-sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador: Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393)( Fuente: Dirección del Trabajo).
ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
El Oferente debe completar los archivos anexos que se indican a continuación, preferentemente en formato PDF, con los siguientes antecedentes:
Anexos Administrativos.
1.1 Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas 1.2 Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2A (inhabilidades por condenas), adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el Oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley n.° 1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley n.° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el Oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley n.° 20.393. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes. 1.3 Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2B (declaración de conformidad con el código de ética proveedores contenido en la directiva de contratación pública n.° 31). 1.4 Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2C (declaración acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios). 1.5 Anexo n.° 2D (Programa de Integridad y ética empresarial). El oferente deberá señalar en el presente anexo si cuenta con un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal. De no presentar dicho anexo, no marcar alguna alternativa, o marcar que si cuenta con el anexo, sin adjuntarlo, se dará por entendido que el oferente no cuenta con dicho programa. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores (UTP), este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes. En caso de ser una persona natural, debe señalar si ha completado exitosamente capacitaciones en temáticas relacionadas a Integridad y Ética Empresarial, las cuales deben haber sido llevadas a cabo por instituciones debidamente certificadas por el Estado. De no presentar dicho anexo, no marcar alguna alternativa, o marcar que si cuenta con el anexo, sin adjuntar el debido certificado, se entenderá que el oferente no cuenta con capacitaciones en Integridad y Ética Empresarial. 1.6 Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2E (Inadmisibilidad de ofertas simultaneas). Donde el oferente declara no presentar una oferta simultanea por un mismo bien o servicio, a través de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según es inadmisible de acuerdo al artículo 9° de la Ley de Compras Públicas N°19.886. 1.7 Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 3A (Conflicto de interés), según corresponda, adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley n.° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, y que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes. 1.8 Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 3B (deudas vigentes con trabajadores). 1.9 Declaración Jurada Simple, Anexo n.° 4 (Antecedentes Actualizados del Oferente) firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes. 1.10 Anexos n.° 5A, n.° 5B, y n.° 5C: declaraciones juradas simples de No Colusión y Pago de multas pendientes. Se debe adjuntar estos anexos firmados por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica.
Anexos y Documentos Técnicos.
2.1 Fotocopia legalizada del RUT de la empresa. Presentar fotocopia del RUT de la empresa, oferentes inscritos en Chile Proveedores deben acreditar a través de plataforma de la Chile Proveedores, en caso contrario deben adjuntar documento requerido. 2.2 Fotocopia legalizada de la cédula de identidad del representante legal. Presentar fotocopia del RUT del representante legal de la empresa, oferentes inscritos en Chile Proveedores deben acreditar a través de la plataforma de Chile Proveedores, en caso contrario deben adjuntar documento requerido. 2.3 Certificado de vigencia de la sociedad. Presentar certificado de vigencia de la sociedad, oferentes inscritos en Chile Proveedores deben acreditar a través de plataforma de Chile Proveedores, en caso contrario deben adjuntar documento requerido. 2.4 Declaración Jurada. Declaración simple acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."(formato B) 2.5 Declaración Jurada. Declaración simple acreditante que la empresa o contratista que desarrollará el servicio licitado no tienen litigio pendiente con CONAF en lo civil, penal y/o laboral. (Anexo 7) 2.6 Declaración Jurada. No haber sido condenado por los delitos previstos en el artículo N° 27 de la ley N° 19.913 en el artículo N° 8 de la ley N° 18.314 y el artículos N° 250 y N° 251 bis. Del código penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del estado. (Formato 2C)
Anexo Económico.
Completar y adjuntar anexo 15 Propuesta Económica con valores Netos. En caso de no haber claridad en la oferta ingresada en el portal, se considerará lo descrito en el anexo 15.
Persona Jurídica.
Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
                     anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados, por los proveedores ofertantes y adjudicados.
Todos los anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.

Observaciones respecto a los antecedentes a incluir en la oferta.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los Oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del Comprobante de envío de oferta que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del Oferente. El hecho de que el Oferente haya obtenido el Comprobante de envío de ofertas señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo comprobante. Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta. La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma.
Unión Temporal de Proveedores.
La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
a) Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño
b) Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenios marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c) Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d) Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e) Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Para las habilidades de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores e Inhabilidades, las bases se apegan a los artículos 182 y 183 del reglamento de Ley.
Presentación de la oferta
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita la Corporación, en respuestas a las consultas que fueren requeridas por los participantes a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras. Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios deberán ser presentados a través del Portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación. Por el sólo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Oferente ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Antecedentes a incluir en la oferta
Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes: a) Si durante el estudio de los antecedentes, el/la oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad FORO. b) Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el cronograma del Portal Mercado Público. c) Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como aclaración en el Portal Mercado Público.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
En caso de que uno o más Oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados de la petición de CONAF, a través del foro. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Apertura de las ofertas.
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas será realizada en el portal de Mercado Público, en dependencias de Oficina CONAF, por una comisión compuesta por los siguientes funcionarios:
a) El Jefe (a) del Provincial, o quien designe.
b) El Enc. Sefa Prorvincial , o quien designe.
c) El Jefe (a) del Departamento de Bosque y Cambio Climatico, o quien designe.
d) Abogado (a) designado por la Fiscalía de CONAF, en calidad de ministro de fe del proceso. En esta etapa del proceso serán rechazadas y no continuarán a la siguiente etapa las ofertas que no hayan hecho entrega del documento de Garantía de Seriedad, lo cual quedará registrado en el acta de apertura electrónica que emita el portal www.mercadopublico.cl. Los documentos de Garantía de Seriedad serán ingresados al portal de compras en el ID de la licitación, y posteriormente se enviarán a custodia del Departamento de Finanzas de la Oficina de CONAF. A su vez, los anexos a las Bases de Licitación y los archivos incluidos en las ofertas técnicas serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas Regional y Central para su respectivo análisis.
Observaciones a la apertura de ofertas
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley.
Consultas posteriores al cierre de la licitación.
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de «Aclaración de Ofertas» del Portal Mercado Público. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
Consultas respecto a la adjudicación
Las consultas respecto a la adjudicación deben ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo yerko.rivera@conaf.cl.
Evaluación de las ofertas aceptadas
Comisión Técnica Evaluadora Regional Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una “Comisión Técnica Evaluadora Regional”, integrada por a lo menos los siguientes funcionarios:
a) El Jefe (a) del Provincial, o quien designe.
b) El Enc. Sefa Prorvincial , o quien designe.
c) El Jefe (a) del Departamento de Bosque y Cambio Climático, o quien designe.
d) Abogado (a) designado por la Fiscalía de CONAF, en calidad de ministro de fe del proceso.
e) Un secretario (a) técnico designado por el Jefe del Departamento de Bosque Nativo Regional, quien se hará cargo de la sistematización del proceso. Esta evaluación se hará en base a la documentación presentada por cada oferente y los criterios de evaluación del presente documento. Este proceso generará una “Propuesta de evaluación”, realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administradas por la dirección de Compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes
Consideraciones generales
Para la evaluación de las ofertas, se considerarán las siguientes disposiciones generales: La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.

 Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de Compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

 Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Gerencia de Finanzas y Administración de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
Criterios e indicadores de evaluación.
F1. Oferta Económica. Es el monto que el oferente desea percibir por su trabajo en el periodo licitado. (El oferente deberá desglosar en el anexo 15 los valores incluyendo el impuesto a considerar).
 F2. Generación de empleo: Este factor mide el empleo total generado por la empresa a través de la contratación de trabajadores para ejecutar la faena descrita en las bases técnicas de esta licitación. Este sub-factor se medirá por la cantidad total de personas que serán contratadas y se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada simple (Anexo 4). Cabe mencionar que el oferente que se adjudique esta licitación deberá cumplir con lo señalado en esta declaración, y su incumplimiento será considerado una falta gravísima, impidiendo el pago de los servicios, e incluso pudiendo dar lugar a término anticipado de contrato y cobro de la garantía correspondiente.
F3. Experiencia en faenas de manejo de bosque nativo: Se entiende como el conocimiento adquirido a través de la experiencia medida en número de hectáreas y cantidad de faenas vinculadas a actividades de manejo realizadas en bosque nativo que incluyan operaciones de raleo, volteo, desrame, trozado, y manejo de residuos. Para la acreditación de este factor, los oferentes deben adjuntar Formato E y respaldos mencionados a continuación.
F4. Experiencia en faenas de manejo en el territorio: Indicativo del conocimiento de la región de Aysén, experiencia medida en número de hectáreas y cantidad de faenas vinculadas a actividades de manejo realizadas en bosque nativo que incluyan operaciones de, raleo, volteo, desrame, trozado, y manejo de residuos. Para la acreditación de este factor, los oferentes deben adjuntar Formato E y respaldos mencionados a continuación.
F5. Sustentabilidad. Este tiene relación con el objetivo de disponer y/o reciclar sus desechos usados en el proceso de función a realizar, o que cuenten con convenios de reciclaje (papel, vidrio, latas, desechos tecnológicos, desechos usados en el proceso de manufactura), inscrito en huella de Carbono, o que cuente con certificación ISO 14001. (Anexo 5) F6. Integridad y Ética Empresarial. El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, de la licitación pública denominada “Servicio profesional de manejo forestal de bosque nativo”, declaro bajo juramento que acredita la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales son efectivamente conocidos y aplicados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del DS Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda. (Anexo 2-B) Cada uno de los factores deberá ser acreditado según se indica en la siguiente tabla.

2. Puntajes de acuerdo a criterios e indicadores de evaluación:
El valor total ofertado no puede ser superior a $24.700.000, ni tampoco inferior al 90%, de dicho valor. Cada uno de los factores será calificado según la siguiente tabla.

Criterios complementarios.
Los siguientes requerimientos técnicos serán de carácter excluyentes, es decir, los oferentes deberán cumplir con cada uno de ellos para que su oferta sea considerada en el proceso de adjudicación de las actividades de Manejo Forestal de Bosque Nativo, a ejecutar en dos predios de la Provincia General Carrera.
 • Ofertas que superen el presupuesto disponible, no serán evaluadas.
• Quien no participe de Reunión Técnica Virtual, su oferta no será evaluada.
• Con el fin de asegurar la ejecución total de las actividades silvícolas contenidas en la presente licitación antes del 30 de Noviembre, las ofertas que consideren el inicio de actividades de manera posterior a el 10 de septiembre de 2026 no serán evaluadas (Formato D)
• Cumplir con la totalidad de los Requerimientos Técnicos y otras Cláusulas, detalladas en Anexo 1. Quien no complete el Anexo 1 cumpliendo los requerimientos y productos solicitados, su oferta no será evaluada.
• Oferentes que contengan contratos vigentes en el mismo periodo por prestación de servicios con CONAF, su oferta no será evaluada.
• Oferentes que no ingresen (“suban”) los anexos administrativos y técnicos a la plataforma de mercado público, dichas ofertas no serán evaluadas.
 • Los oferentes deberán considerar dentro de su equipo de trabajo, al menos un integrante con formación académica formal, ya sea técnica u profesional, en el área silvoagropecuaria.
Visita a Terreno.
Dada la distancia existente entre los predios se ha optado por realizar una Reunión Técnica entre los funcionarios de CONAF y TODOS los participantes en la licitación, donde funcionarios de CONAF harán exposición de las características de las intervenciones y entrega de cartografía y otros antecedentes relevantes de los predios incluidos en la licitación.
Criterios de desempate.
En caso de producirse empate entre dos o más oferentes, los funcionarios encargados de la evaluación, favorecerá al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio: Revisar criterios de evaluación y puntaje
 I. Como primer criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 1 “Oferta Económica”
 II. Como segundo criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 2 “Generación de Empleo”.
 III. Como tercer criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N°3 “Experiencia en faenas de manejo de bosque nativo”
 IV. Como cuarto criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 4 “Experiencia en faenas de manejo de bosques nativos en la Región de Aysén”
 V. Como quinto criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 5 “Sustentabilidad”.
 VI. Como sexto criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 6 “Integridad y Ética Empresarial.” De persistir la igualdad de puntaje la comisión seleccionará aquella oferta donde el oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal mercado público.
Declaración de inadmisibilidad.
La Corporación Nacional Forestal declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la Ley o el reglamento. Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en el procedimiento de licitación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas o uniones temporales de proveedores pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí. Para estos efectos se entenderá como servicios distintos cada una de las bases de operaciones de la presente licitación. De esta manera, la Corporación Nacional Forestal considerará para efectos de la evaluación de esta licitación pública, sólo la oferta más conveniente en cada una de las bases de operaciones, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás. La adjudicación estará determinada por la oferta técnica-económica más ventajosa para la Corporación, primando las ofertas que obtengan el mayor puntaje, según lo establecido en las presentes bases Para estos efectos, se entenderá que dos o más oferentes, cualquiera sea su naturaleza jurídica, son del mismo grupo empresarial cuando respecto de éstos concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) Una sociedad y su controlador. b) Todas las sociedades que tienen un controlador común, y este último. Para estos efectos es controlador toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participa en su propiedad y tiene poder para realizar alguna de las siguientes actuaciones: 1. Asegurar la mayoría de los votos en las juntas de accionistas y elegir a la mayoría de los directores tratándose de sociedades anónimas, o asegurar la mayoría de los votos en las asambleas o reuniones de sus miembros y designar al administrador o representante legal o a la mayoría de ellos, en otro tipo de sociedades, 2. Influir decisivamente en la administración de la sociedad. Se entiende que una persona o grupo de personas influye decisivamente en la administración de la sociedad cuando directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas controla al menos el 25 por ciento del capital con derecho a voto de una sociedad o del capital de ella. Se entenderá para efectos de la evaluación que dos o más oferentes son empresas o personas relacionadas en los siguientes casos: i. Entidades que pertenecen a un mismo grupo empresarial, cualquiera sea su calidad o estructura jurídica. ii. Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad con las definiciones contenidas en la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas. iii. Una sociedad y sus directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores de la sociedad, y sus cónyuges, convivientes civiles o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, así como toda entidad controlada, directamente o a través de otras personas, por cualquiera de ellos. iv. Una sociedad y toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle un 10 por ciento o más del capital o del capital con derecho a voto si se trata de una sociedad por acciones. v. El cónyuge, conviviente civil y los parientes, ascendientes o descendientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. vi. Todas aquellas empresas que tengan la misma persona beneficiaria final, según los términos señalados en el artículo 16. En caso de que se compruebe la no veracidad de la información ingresada en el anexo N°2E (Declaración jurada simple acerca de inadmisibilidad de ofertas simultáneas), se hará cobro de la garantía correspondiente a la etapa en que se encuentre el proceso; cobrándose la Garantía de Seriedad de la Oferta en la etapa de evaluación de ofertas; y cobrándose la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato si la Licitación se encuentra adjudicada y firmado el contrato, ya que la no veracidad será sancionada con termino anticipado del contrato. Asimismo, se declarará desierto el procedimiento de contratación, cuando no se presenten ofertas, o cuando las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Corporación Nacional Forestal. En todos los casos señalados la resolución de la Corporación Nacional Forestal será fundada.
Errores u omisiones.
Durante la etapa de evaluación, CONAF podrá solicitar a los Oferentes de acuerdo, al artículo 56 del Reglamento de Compras, lo siguiente:
 a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
 b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
 c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.
Acta de evaluación de las ofertas.
De la evaluación resultante, se elaborará un informe que será suscrito por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicho informe dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará al oferente que se sugiere adjudicar la licitación, o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el informe de las ofertas que fueron declaradas inadmisibles o que no fueron evaluadas de conformidad a las bases: A lo menos, el informe deberá hacer mención a:
 a) Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas
 b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases administrativas y/o técnicas, la Ley de Compras o su Reglamento; o por corresponder a Empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial (Art 60, del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda)
 c) La proposición de declaración como desierta cuando no se presenten ofertas o cuando las presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación e) La proposición de adjudicación
ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN.
CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de Licitación. La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley. Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna. CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases (capitulo IX) considerando como puntaje mínimo 60 puntos.
Fecha de la adjudicación.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha e indicando un nuevo plazo, según lo indica el artículo 58, del reglamento de la Ley de Compras.
 2 Observaciones posteriores a la adjudicación y readjudicación Las reclamaciones que se interpongan en contra la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes de la licitación deberán formularse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, www.mercadopublico.cl, las que serán respondidas por CONAF en plazo de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado: a) Si el oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con CONAF b) Si el adjudicatario desistiere de firmar el contrato dentro del plazo establecido, o de aceptar la orden de compra, o no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases. En todos los casos, CONAF podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá re-adjudicar al siguiente proponente que le seguía en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Cabe señalar que la posible re-adjudicación no moverá ni modificará el resultado de las demás líneas adjudicadas. Sin perjuicio de lo anterior, además se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. El plazo máximo de re-adjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de la adjudicación original.
Vigencia de la oferta.
La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 120 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
1. Formalización del contrato CONAF y el/la prestador/a, suscribirán un contrato por el servicio licitado, el cual será publicado en la respectiva licitación del portal de compras, el plazo para la firma del contrato será dentro de 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación. En el caso de que el oferente adjudicado no haga entrega de antecedentes formales de la licitación”, no se procederá a la firma de contrato. (Mientras no presenten los antecedentes solicitados a través del Foro.) Este contrato establecerá las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto CONAF, tendrá derecho a encomendar la adquisición del servicio licitado al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta. El oferente adjudicado deberá contratar a su costo una póliza de seguros, con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte e invalidez accidentales, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes, posterior a la ejecución del contrato y deberá otorgar cobertura a todos sus trabajadores contratados.
                                    Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las Bases de Licitación, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.


En dicha situación, CONAF estará facultada para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta establecida en las presentes Bases.


Observaciones:
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores.


En los casos en que se solicite, la garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser entregada físicamente o de manera electrónica, según como lo indiquen las Bases. De tratarse de garantía electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.


Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá re-adjudicar. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.


Los derechos y obligaciones que deriven del contrato licitado, serán establecidos en las presentes Bases, en la oferta del adjudicatario, siempre y cuando no contravenga las Bases de Licitación, y se sujetaran a las siguientes condiciones contractuales:

Cláusulas de Contratación.
CONAF y el/la prestador/a, suscribirán un contrato por el servicio licitado, el cual será publicado en la respectiva licitación del portal de compras, el plazo para la firma del contrato será dentro de 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación. En el caso de que el oferente adjudicado no haga entrega de antecedentes formales de la licitación”, no se procederá a la firma de contrato. (Mientras no presenten los antecedentes solicitados a través del Foro.) Este contrato establecerá las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto CONAF, tendrá derecho a encomendar la adquisición del servicio licitado al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta. El oferente adjudicado deberá contratar a su costo una póliza de seguros, con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte e invalidez accidentales, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes, posterior a la ejecución del contrato y deberá otorgar cobertura a todos sus trabajadores contratados.
Plazo de Vigencia del Contrato.
El plazo de vigencia del contrato comenzará desde la aceptación de la orden de compra y se extenderá por un periodo de 4 meses.
 b) Formalidad para el pago. Los pagos serán efectuados por cada Dirección Regional de CONAF, de acuerdo al territorio adjudicado, una vez ocurran las siguientes condiciones:
• Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl
• Informe Mensual de avance con los respectivos medios de verificación que den cuenta del cumplimiento de las actividades programadas que emita el extensionista, validado por su Supervisor.
• Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente (F30), en el caso que proceda.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales vigente (F30-1), en el caso que proceda.
• Recepción conforme de los servicios requeridos por la contraparte técnica. • Emisión, Publicación y aceptación del documento tributario
• Consultas de pago contactar a cada Dirección Regional de CONAF, de acuerdo al territorio adjudicado. La Corporación procederá al pago dentro de los 30 días de la aceptación del documento tributario, según Ley N°21.131. La facturación / Emisión de Boleta de honorarios y su pago será contra mes vencido.
Requisitos para la facturación.
• El documento tributario debe ser emitido una vez recibido conforme los Servicios a windte_dte@custodium.com. • El proveedor debe indicar el ID de la Orden de Compra en el Campo Folio de la Referencia de la Factura. El tipo de cambio a utilizar tratándose de operaciones expresadas en monedas extranjeras, es el vigente al momento de la emisión de la factura. Entendiéndose que la "fecha de emisión de la factura" es cuando el documento es enviado al SII y autorizado, dando inicio al plazo legal para la aceptación o reclamo de la factura (192 Horas u 8 días). El proveedor al momento de realizar la facturación deberá incluir en las observaciones el mes facturado, ID de licitación y territorio adjudicado.
                 d) Requisitos para la emisión de boleta de honorarios.
La boleta de honorarios debe ser emitida en moneda nacional (pesos chilenos), a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII).
El monto de cada boleta de honorarios debe coincidir con la orden de compra asociada a la contratación.
Emitir boleta de honorarios una vez recibido conforme los BB y/o SS a windte_dte@custodium.com. 
La emisión de la Boleta de Honorarios se efectuará contra mes vencido, al término de cada mes, por los servicios realizados durante el mismo.
En la descripción de la boleta de honorarios debe indicar el mes que se está cobrando, territorio e ID de la orden de compra.
Datos para la emisión de la Boleta de Honorarios:
Corporación Nacional Forestal.
Rut: 61.313.000-4
Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
Domicilio: Paseo Bulnes 285, Santiago.


Una vez emitida la Boleta de Honorarios, debe ser remitida al correo indicado por cada Oficina regional de CONAF según corresponda al territorio adjudicado. En caso de no ser remitida a los correos que serán indicados por cada oficina, la boleta no será tramitada.




e) Forma de pago.
El pago de las prestaciones requeridas se llevará a cabo en moneda nacional (pesos chilenos), mediante Transferencia Electrónica o Cheque. Tesorería General de la República pagará en un plazo de 30 días hábiles contados desde la fecha de emisión de la factura.


Para que proceda el pago, se deberá contar con la aprobación de un estado de avance de actividades informadas por el contratista, Para ello se solicitara al adjudicatario un informe (no mayor a 5000 palabras, con respaldo de imágenes) que dé cuenta de los trabajos realizados, graficando los avances y objetivos alcanzados productos de la intervención realizada en cada una de las etapas (faenas). 


El avance de la faena se medirá en cantidad de faenas ejecutadas y su unidad de medida será rodal intervenido. La aprobación estará sujeta a la verificación del cumplimiento de las actividades, y que éstas sean acordes en tipo, cantidad y calidad con un estándar establecido por CONAF. 


El servicio, valorizado en faenas, se pagará en dos estados de avance medidos en número de rodales intervenidos totalmente, de acuerdo a lo siguiente: 


1° El primer pago, correspondiente al 40% del monto total licitado, se pagará una vez materializado un avance de 50% de las faenas (Equivalente a la Intervención del Predio 1), el cual deberá concretarse en un plazo no superior a 40 días corridos desde el inicio de faenas 


2° Pago correspondiente al 60% restante del monto total adjudicado una vez totalizado el 100% de las faenas en ambos predios en un plazo no superior al 30 de noviembre de 2026 




En el caso que no se cumplan los avances, por motivos de impedimento de acceso por condiciones climáticas debidamente justificadas en informe presentado y validado por Javier Domínguez, se podrá ampliar el plazo de ejecución, posponiendo de igual manera el pago de los servicios correspondientes, sin que esta fecha pueda ser superior al 15 de diciembre. Una vez aprobado el estado de pago por la contraparte técnica de CONAF, esta se envía al Jefe(a) Provincial María Elena Suarez y finalmente a SEFA Provincial. Yerko Rivera Cid. Para posterior pago. 


f) Emisión de órdenes de compra.
La Dirección Regional correspondiente al territorio adjudicado realizará la Resolución Aprobatoria de contrato del proveedor adjudicado. Una vez dicha Resolución sea tramitada y firmada por la autoridad respectiva, se emitirá la orden de compra correspondiente.


En caso de que el proveedor adjudicado cobre impuesto honorario, se emitirán dos órdenes de compra por año. La primera, dentro del primer mes desde emitida la Resolución aprobatoria del contrato adjudicado; y la segunda, dentro del primer mes de 2027, en consideración al porcentaje de retención correspondiente a la Boleta de Honorarios. La suma del monto de ambas órdenes de compra debe corresponder al monto del contrato bruto adjudicado.


Por otro lado, en caso de que el proveedor adjudicado cobre impuesto IVA, se emitirá solo una orden de compra por el total de los dos años de contrato, cuyo monto debe corresponder al monto del contrato bruto adjudicado.


Adicionalmente, por cada concepto de bonificación, se emitirá una orden de compra adicional, correspondiente al valor bonificado.

Contraparte Técnica y Administrativa.
Contraparte Técnica (Adjudicatario). El adjudicatario deberá informar, antes de la suscripción del contrato, el nombre del encargado/coordinador o persona a cargo, quien actuará como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica de CONAF. El responsable del proveedor adjudicatario se encargará, entre otras labores, de:
 ● Asistir personalmente a todas las reuniones que convoque la Contraparte Técnica de CONAF y coordinar la labor de su equipo de trabajo.
● Responder a los requerimientos y las observaciones que le formule la contraparte técnica de CONAF. Deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones de control y súper-vigilancia de la contraparte técnica de CONAF Contraparte Técnica (CONAF) La Contraparte Técnica de CONAF ante los oferentes adjudicados, la ejercerá el jefe de Depto. De Bosques y Cambio Climático, de la regiones que correspondan, o quienes designen en su representación. Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
 ● Administrar el contrato. 
 Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
 ● Instructor en el procedimiento administrativo de aplicación de multas y término anticipado del contrato.
 ● Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
 ● Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda. Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación
Contraparte Administrativa.
La contraparte administrativa corresponderá a la sección de finanzas y administración provincial a través del SEFA Yerko Rivera Cid, SEFA. Provincia General Carrera o quienes los subroguen, en las materias que le competen a cada uno de ellos. Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
 ● Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
● Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
● Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
● Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
● Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor. h) Modificación del contrato. Debido a la naturaleza de las actividades que componen la faena, no se contempla la modificación del contrato. i) Multas por incumplimiento El incumplimiento en el plazo de entrega de la faena realizada, y otras coberturas por causas imputables al proveedor, salvo causas de fuerza mayor comunicadas formalmente por éste, podrá ser objeto de una multa de 3 UTM por cada día corrido de atraso. (Conforme a cronograma de actividades presentado en Anexo 1 Bases Técnicas).
El atraso se medirá sobre la base del cumplimiento en la programación establecida en conjunto la contraparte técnica de CONAF y el contratista forestal. El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente a la fecha de término previamente programada. a) Monto máximo Cobro Multa
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total de la Orden de Compra. b) Procedimiento de Aplicativo de Multas A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas y/o cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato:
I. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, según lo estime la Corporación, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico, con todos los documentos de respaldo necesarios.
II. El Departamento de Administración calculará y validará con el Departamento de Finanzas las multas aplicadas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción o el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, según sea el caso, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
III. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida a la Sr. Director Regional de CONAF, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden su apelación. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Ogana 1060, Piso 2, Coyhaique.
IV. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá rebajar o condonar dicha multa en caso de alguna circunstancia extraordinaria o especial, cuya calidad será juzgada “como tal” exclusivamente por la Corporación. V. Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada de CONAF.
VI. Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, CONAF tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.}
VII. La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
VIII. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
IX. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
X. En el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuento en el pago que CONAF deba efectuar al proveedor.
XI. En el evento que la garantía de cumplimiento sea finalmente cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
XII. Además, de acuerdo a las bases de esta licitación, CONAF podrá poner término anticipado al contrato de servicios, producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud de los daños y perjuicios ocasionados.
XIII. No se realizara cobro de multas, cuando el incumplimiento respecto de los plazos de ejecución sea por motivos de accesibilidad a la faena producto de la condiciones climáticas, la que deberá ser informada de manera oportuna en un informe o carta dirigida a la Dirección Regional y verificada por un funcionario del Dpto. de Conservación de Ecosistemas boscosos y xerofíticos, quien deberá emitir un informe al respecto.
j) Monto máximo por cobro de multas El monto máximo a cobrar no podrá ser superior al 15% del monto total del contrato En caso de alcanzarse el monto máximo del cobro de multas, la Corporación podrá poner término anticipado al contrato k) Procedimiento Aplicativo de Multas El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas.
2. El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas aplicadas, y, posteriormente, notificará de ello al proveedor, visada por la contraparte técnica y la Unidad Jurídica respectiva, a través del correo electrónico único que el proveedor inscriba en el Sistema de Información e indique en su oferta, y se entenderán como notificadas una vez transcurrido el plazo de 24 horas. En dicho correo de notificación, se identificarán los correos electrónicos a los cuales deberá dirigir su defensa
3. A contar de dicha notificación el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus defensas por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime necesarios que puedan servirle de fundamento.
4. Recibidos los descargos del proveedor dirigidos al Director Ejecutivo o Director Regional o Gerente de Finanzas y Administración, según corresponda, el Departamento de Abastecimiento/Administración, deberá remitir los descargos a la contraparte técnica para que posteriormente sean enviados a la Fiscalía o Unidad Jurídica correspondiente para que pueda anualiza, rechazar o acoger total o parcialmente en un plazo de 30 días hábiles Dicha decisión será comunicada mediante resolución fundada firmada por el Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, la cual informará sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan. 5. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante correo electrónico dirigido al Director Ejecutivo/Director Regional considerando los destinatarios indicados en la notificación anterior. 6. CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerse, total o parcialmente. Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por el Director Ejecutivo/Director Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existiesen; y, posteriormente, ser notificada al proveedor mediante el correo electrónico inscrito en el Sistema de Información.
7. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva a través de una Factura de Cobro emitida al Proveedor por la Unidad de Finanzas correspondiente. Dicho documento deberá ser solicitado por el área administrativa mediante memorándum, adjuntando toda la documentación que respalda la aplicación de la sanción. Por otro lado, si la sanción amerita el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dicho cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Igualmente, de acuerdo a las bases de licitación o el requerimiento, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado. Nota: en caso de que el Adjudicatario no pague la multa en un plazo de 30 días hábiles se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y el monto se descontará de dicho valor, si procede. Notificación electrónica: Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, la cual debe ser informada en el Anexo N° 4. Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizado e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras y a la Corporación Nacional Forestal.
De cualquier manera, CONAF registrará todo incumplimiento al contrato en los antecedentes que disponga del Adjudicatario, pudiendo ser considerados negativamente en futuros procesos de licitación que la Corporación realice. Además, tales situaciones serán puestas en conocimiento de las instancias pertinentes del portal de compras del Estado.
l) Del término anticipado del contrato. CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el/la prestador/a del servicio, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación, además se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, con excepción de los literales d, f, i, y ñ. a) Si el/la Adjudicatario/a fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en Bases, Contrato y/o Anexos Vinculantes.
c) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato. d) Cuando CONAF y el/la Adjudicatario(a) del Servicios, de común acuerdo, resuelvan poner término al Contrato.
e) Si el adjudicatario/a es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Cuando en cualquier forma la Corporación Nacional Forestal considere que están siendo vulnerados sus intereses.
h) Si el proveedor no responde satisfactoriamente a las solicitudes que la Corporación imparta en interés de superar dificultades suscitadas.
i) Si concurre alguna causal de fuerza mayor o caso fortuito, la que deberá declararse por Resolución Fundada del Director Regional de CONAF.
j) Si el (la) adjudicatario(a) fuere una sociedad y se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato k) Si durante la vigencia del contrato se detecta que el oferente seleccionado ha omitido información o la proporcionada al presentar la oferta no es veraz.
l) Si durante la vigencia del contrato se detecta que el oferente seleccionado ha omitido información o la proporcionada al presentar la oferta no es veraz.
m) Cuando se detecte que el adjudicatario preste servicios similares a los establecidos en el presente contrato en la Comuna de Coyhaique.
n) Si el adjudicatario no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 15 días corridos después de haber suscrito el contrato. ñ) Si se decretase medidas sanitarias debido al COVD 19 que impidan la ejecución normal de las actividades que contemplan esta licitación.
0) Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 m) Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual a) El contenido del presente contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento el proveedor(a), relativas actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros en ninguna circunstancia, incluso después de la terminación del mismo. Específicamente, queda prohibido al proveedor(a), divulgar o hacer pública cualquier información entregada y/u obtenida de CONAF respecto a su actuar, administrativo, de investigación y de gestión. En consecuencia, el proveedor(a) no deberá c opiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente, evitando el acceso de terceros a la misma; adoptar medidas de seguridad adecuadas para conservar la propiedad de la Información confidencial, libres de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
b) Los resultados intelectuales o materiales, informes y productos, que con ocasión de la ejecución del presente contrato se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, son de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie para su uso, no pudiendo por tanto el proveedor(a) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización de CONAF. Además, el proveedor seleccionado deberá cumplir además con las normas establecidas en el Manual de Seguridad de la Información de la Corporación, que es expresión de la legislación y reglamentación vigente en la materia, en especial del Decreto Supremo N°83 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial de 12 de enero de 2005. Por lo anterior una vez contratado el proveedor adjudicado deberá declarar conocer el referido Manual, el cual se da por reproducido expresamente, sin necesidad de transcripción, entendiéndose que forma parte integrante del contrato de prestación de servicios. n) Cláusula de subcontratación (Articulo 128 del Decreto 661/2024) El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. La Corporación podrá requerir cuando estime conveniente la siguiente documentación al proveedor adjudicado; a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo. b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar. c) Carta Gantt de actividad a realizar. d) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal. e) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI). f) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar. g) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad. h) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo. i) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo- j) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley. k) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. l) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. o) Responsabilidad del proveedor Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente. El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas. p) Exclusividad La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. CONAF podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las líneas que forman parte de la presente Licitación con otros proveedores. q) Trabajadores que ejecuten los servicios Los trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios serán dependientes exclusivos del proveedor, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ningún vínculo laboral, ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores. r) Pacto de integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. s) Cláusula de Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otro En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos. t) Principio de Igualdad y no Discriminación Arbitraria La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas: 1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria. 2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos. 3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes. 4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes. u) Cesión del contrato En virtud del principio de igualdad de los oferentes, el adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, de conformidad a lo establecido en el artículo 74 del D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. v) Domicilio Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. w) Ley 21.643, Ley Karin En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, que modificó el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N° 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento que estableció las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada. Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa. Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda. Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal. En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento. Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente. Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación. x) Observaciones generales En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases 44 de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato. La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación y) Definiciones Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por: 1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras". 2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. 3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. 4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías. 5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato. 6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener, sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato. 7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento. 8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal) 9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él. 10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación. 11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades. 12. Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado previamente establecido en dichos documentos. 13. Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas. 14. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado. 15. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios. 16. Plan Base: Corresponde a la compra que realizará la Corporación con presupuesto Institucional. 17. Plan de Reforzamiento: corresponde a un convenio de suministro, el cual estará sujeto a necesidad y disponibilidad presupuestaria por parte de la Corporación.


NOTA 1: No se considerarán en la evaluación documentos adicionales a los indicados en el cuadro precedente.

NOTA 2: Aplicable para aquellos profesionales que hayan prestado servicios previamente a CONAF.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.