Licitación ID: 1121-1-LE26
Servicio y mantención de la línea telefónica E1
Responsable de esta licitación: - - -
Fecha de Cierre: 02-02-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Servicio telefónico local 24 Mes
Cod: 83111501
Servicio y mantención de la línea telefónica E1, por 24 meses.  

2
Servicio telefónico local 24 Mes
Cod: 83111501
Costos variables mensuales.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio y mantención de la línea telefónica E1
Estado:
Publicada
Descripción:
Servicio y mantención de la línea telefónica E1 por 24 meses. Su objetivo es mantener habilitado el servicio de telefonía de red fija +56 2 2382 8100 y su enlace.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Comisión Chilena del Cobre - COCHILCO
R.U.T.:
61.706.000-0
Dirección:
Agustinas 1161 Piso 4°
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-02-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-01-2026 12:27:07
Fecha inicio de preguntas: 16-01-2026 12:30:00
Fecha final de preguntas: 21-01-2026 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-01-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-02-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-02-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 09-02-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 02-02-2026
Fecha estimada de firma de contrato 10-03-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1: Formulario de datos del oferente.
2.- Anexo N° 2: Programa de integridad.
3.- Anexo N° 8: Declaración Inclusión de Personas con Discapacidad.
4.- Anexo N° 9: Declaración Jurada de Iniciativas de Sustentabilidad Ambiental.
5.- Anexo N° 12: Declaración Jurada de Oferta de Empresas Relacionadas y Pertenecientes a un Grupo Empresarial.
6.- Anexo N° 4: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
7.- Anexo N° 5: Declaración Inhabilidades por Condenas.
8.- Anexo N° 6: Declaración sin Conflictos de Interés.
Documentos Técnicos
1.- PROPUESTA TÉCNICA
 
2.- Anexo N° 7: Formulario Resumen de Propuesta (Check List).
 
3.- Anexo N° 10: Experiencia de la empresa en servicios similares.
 
4.- Anexo N° 11: “Evaluaciones de clientes en trabajos similares” o documento equivalente:
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3 (o equivalente): Oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Según art. 17, letra b) Oferta Económica 30%
2 Oferta Técnica Según art. 17, letra a) Oferta Técnica 60%
3 Iniciativas de Sustentabilidad–Mejores Condiciones Según art. 17, letra d) Iniciativas de Sustentabilidad–Mejores Condiciones de Empleo 4%
4 Cumplimiento de Requisitos Formales Según art. 17, letra e) Cumplimiento de Requisitos Formales 2%
5 Inclusión Según art. 17, letra c) Inclusión 4%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.05.005
Monto Total Estimado: 264
Justificación del monto estimado El presupuesto total y máximo disponible para esta contratación es de UF 264 doscientos sesenta y cuatro unidades de fomento con I.V.A. incluido, equivalente a un monto mensual de UF 11 once unidades de fomento, I.V.A. incluido, por 24 meses.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Para efectos de la presente licitación, Cochilco contempla la posibilidad de renovar el contrato, por única vez, hasta por un plazo de 12 meses, previa evaluación favorable del servicio por parte del Administrador del contrato.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gustavo Marambio
e-mail de responsable de pago: gmarambi@cochilco.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con la Comisión Chilena del Cobre.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Comisión Chilena del Cobre, rol único tributario N° 61.706.000-0
Fecha de vencimiento: 29-06-2028
Monto: 5 %
Descripción: Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía, ya sea en soporte físico o electrónico, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. No se aceptarán cheques como instrumento de garantía. En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente: - Debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato en los términos del artículo 124 del Reglamento de Compras - Debe establecer que se podrá hacer efectiva en caso de multas aplicadas al contratista. - Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del proveedor. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje por caucionar, tal como dispone el artículo 121, inciso quinto, del Reglamento de Compras Públicas. Dicha garantía podrá ser tomada por el adjudicatario por sí mismo o mediante un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado precedentemente en este artículo. Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles administrativos después de terminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las reposiciones que procedan producto de la ejecución de esta caución, así como sus renovaciones serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La garantía deberá ser entregada a Cochilco dentro del plazo de diez (10) días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la adjudicación. En caso de ser emitida en soporte papel, deberá ser entregada en la dirección de la Comisión, de lunes a viernes, entre las 08:30 y las 14:00 horas. Si la garantía fuese emitida en formato electrónico, deberá enviarse al correo electrónico xtoro@cochilco.cl. En ambos casos, la garantía deberá ser entregada con anterioridad a la suscripción del contrato.
Glosa: “Garantiza el fiel cumplimiento del contrato de la Propuesta Pública ID 1121-1-LE26 y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
Forma y oportunidad de restitución: Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles administrativos después de terminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las reposiciones que procedan producto de la ejecución de esta caución, así como las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en el artículo sobre el “Término anticipado de contrato” de estas Bases. La restitución de esta garantía será realizada sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del adjudicatario. Finalmente, cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de este artículo, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por Cochilco cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: Art. 21 de las Bases de Licitación
COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente, y posteriormente, el adjudicatario declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el adjudicatario, aceptan suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las Bases de Licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad durante el proceso de licitación dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Si el adjudicatario incumple el Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y antes de la formalización del contrato, la adjudicación será dejada sin efecto, permitiendo a Cochilco readjudicar la licitación. En ambos casos, la Comisión ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor, si esta hubiese sido exigida. Si durante la ejecución del contrato se detecta un incumplimiento del Pacto de Integridad por parte del adjudicatario, se producirá el término anticipado del mismo.
SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y NORMAS LABORALES
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Cochilco se reserva el derecho a exigir al adjudicatario, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4°, de la Ley de Compras y el artículo 183-C, del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C, del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La Comisión exigirá al adjudicatario que proceda a dichos pagos y le presente el formulario F30 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales), emitido por la Dirección del Trabajo que demuestre el total cumplimiento de sus obligaciones laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes de seguridad social, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN
La oferta técnica presentada por el adjudicatario, el desarrollo posterior del servicio adjudicado, los documentos asociados y otros serán de propiedad de Cochilco, no pudiendo hacer uso el adjudicatario de éstos sin la autorización previa y escrita de la Comisión.
ACCESO A SISTEMAS
En caso de que el personal del adjudicatario requiera acceso a los sistemas de Cochilco para llevar a cabo las prestaciones contratadas, deberá previamente informar a través de su coordinador del contrato a la contraparte de la Comisión, el nombre y cédula nacional de identidad de las personas que accederán, el objeto de actividad, la fecha y lugar, y el tipo de sistemas, información o equipos que requerirá. Solo podrán tener acceso a los sistemas aquellas personas autorizadas por la contraparte de la Comisión, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la autorización. Si el personal del adjudicatario que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, deberán individualizarse previamente.
MECANISMO DE SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATES
En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”, si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. Si el empate aún se mantiene, se seleccionará la oferta que cuente con un mayor puntaje en el subcriterio “Presentación de Antecedentes”. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores mencionados, se seleccionará a aquel que primero haya ingresado su oferta en el Portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.