9.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
9.1.1. ANTECEDENTES GENERALES
ProChile tiene como misión promover el desarrollo de las exportaciones y apoyar el proceso de internalización de las empresas chilenas, a través de la permanente difusión, promoción, diversificación y estímulo en el mercado internacional de los productos y servicios chilenos, de manera de crear, extender o intensificar su demanda y potenciar la imagen de Chile en el exterior.
En este ámbito, ProChile lleva cinco décadas generando conexiones entre las empresas chilenas y el mundo, ayudando a abrir espacios de relaciones y negocios que han instalado a los productos y servicios chilenos como alternativas atractivas en los más diversos mercados. Con una oficina en cada región del país y más de 50 en los principales mercados del mundo, ProChile es generador de una fuerte y global red de negocios que hoy involucra a cerca de 2.700 empresas exportadoras beneficiarias de la institución y 5.300 importadores en el mundo.
ProChile es el socio de las empresas, capaz de acompañarlas no sólo en las diferentes etapas de su desarrollo exportador, sino que también de su ciclo de vida empresarial.
Para el periodo 2023 – 2025, se busca poner énfasis en el trabajo con las Pymes, buscando a aquellas pequeñas y medianas empresas exportadoras intermitentes e incipientes, para que logren exportar de forma continua, y a aquellas no exportadoras con real potencial exportador, para que logren concretar ventas al exterior. Además, seguirá trabajando con las Pymes que ya exportan para que sigan diversificando sus productos y mercados.
De acuerdo al análisis de ProChile, las empresas intermitentes e incipientes se encuentran en su mayoría en el sector manufacturas y exportan en su mayoría a América Latina.
En este contexto, el trabajo de ProChile con las empresas exportadoras y con potencial exportador está alineado con la política de gobierno de expandir y diversificar la base y la matriz exportadora del país, y de trabajar por un comercio exterior inclusivo y sostenible, enmarcando el trabajo de la institución en cinco ejes estratégicos: Innovación, Sostenibilidad, eCommerce, Género y Pueblos Originarios, con el objetivo de sumar más Pymes a la cadena exportadora, trayendo beneficios concretos para el país.
9.1.2. OBJETIVOS DE LA LICITACIÓN
Objetivo General
Para poder realizar un mejor trabajo en comunicaciones, ProChile requiere contratar los servicios de asesoría comunicacional, gestión de prensa y manejo de redes sociales para apoyar la comunicación estratégica en la difusión de las herramientas y servicios de ProChile para las empresas exportadoras y con potencial exportador en la región de Arica y Parinacota, por un periodo de 10 meses.
El objetivo general de la contratación es contar con herramientas de difusión para dar a conocer los servicios e instrumentos que ofrece ProChile a las empresas exportadoras y con potencial exportador en la región de Arica y Parinacota, de acuerdo a los lineamientos y a los mensajes comunicacionales que busca entregar ProChile y con los objetivos del convenio de transferencia de recursos suscrito entre este Servicio y el Gobierno Regional de Arica y Parinacota denominado “TRANSFERENCIA INTERNACIONALIZACION CON ENFOQUE DE GENERO DE LAS MIPYMES DE ARICA Y PARINACOTA”, Código Bip N° 40040200-0”.
El servicio también deberá dar a conocer las convocatorias de las actividades propias de la oficina de ProChile Arica y Parinacota y de ProChile a nivel nacional, además de apoyar la difusión a casos de éxito exportador de usuarios de ProChile Arica y Parinacota, en medios de comunicación regionales y plataformas digitales.
Objetivos Específicos
- Conseguir mayor visibilidad de las herramientas e instrumentos que ofrece ProChile a las empresas exportadoras o con potencial exportador, en medios de comunicación de la Región de Arica y Parinacota.
- Tener un manejo estratégico de los contenidos publicados en las redes sociales de la Dirección Regional ProChile Arica y Parinacota.
- Dar a conocer las convocatorias a actividades propias de la Dirección Regional de ProChile Arica y Parinacota y de ProChile a nivel nacional en medios de comunicación regionales y plataformas digitales.
- Apoyar la difusión de casos de éxito exportador de usuarios de ProChile Arica y Parinacota en medios de comunicación regionales y plataformas digitales.
9.1.3. SERVICIOS REQUERIDOS
El servicio deberá ser prestado presencialmente en la oficina regional de ProChile Arica y Parinacota, ubicada en 7 de Junio 268, piso 7, Arica, considerando visitas a terreno dentro de la región, entre otras actividades.
Las prestaciones requeridas son las siguientes:
a) Elaborar, recaudar, revisar, actualizar y difundir la agenda mensual de servicios y herramientas ofrecidas mensualmente por ProChile a través del desarrollo de actividades regionales.
b) Conseguir, al menos, dos (2) publicaciones mensuales relacionadas al desarrollo del convenio FNDR en medios de comunicación regional (TV, Radio, Escrito y/o Digital). El plan de medios a desarrollar deberá ser validado por la contraparte técnica de ProChile.
c) Generar, al menos, 1 actividad/pauta al mes con medios de comunicación regionales, en actividades en terreno. Si los medios de comunicación no pueden asistir, se debe cubrir de igual forma las actividades, mediante cobertura audiovisual, fotográfico y entrevistas a los participantes para posteriormente, ofrecer el contenido a los medios que no pudieron asistir para conseguir publicaciones relacionadas al desarrollo del convenio FNDR.
d) Levantar casos de éxito, entrevistarlos, realizar videos y difundirlos en medios y redes sociales, al menos, uno al mes.
e) Publicar en el sitio web de ProChile todos los comunicados, notas y publicaciones generadas.
f) Cubrir comunicacionalmente las actividades de difusión de herramientas de ProChile que realice la Dirección Regional, a requerimiento del director regional o de quien lo subrogue, incluyendo generación de pautas, comunicados y gestiones de prensa con medios regionales.
g) Dar cobertura, al menos, a dos campañas mensuales de herramientas de ProChile efectuadas a nivel central, en los medios comunicacionales de ProChile Arica y Parinacota.
h) Manejar las cuentas de ProChile Arica y Parinacota en redes sociales, sean estas: Instagram, LinkedIn, X y Facebook, siempre en coordinación con el equipo del Departamento Dirección de Comunicación Estratégica de ProChile, considerando un mínimo de una publicación diaria en cada red social. Adicionalmente podrá proponer la apertura de una red social distinta a las ya mencionadas.
i) Realizar materiales audiovisuales en la región: fotos, videos, audios, asociadas a las actividades de la Dirección Regional, con calidad necesaria para su publicación en medios y redes sociales.
j) Preparar materiales para vocerías de ProChile en la región: minutas e ideas fuerza difusión de herramientas de ProChile, de acuerdo con las actividades que se generen en la región.
k) Deberá contemplar la coordinación y participación de al menos, dos salidas a terreno por mes, relacionadas al desarrollo del convenio FNDR, acordadas previamente con la Dirección Regional de ProChile Arica y Parinacota, debiendo incluir los gastos de transporte y otros que se requieran para ello.
l) Deberá considerar la realización de reuniones presenciales en la Dirección Regional de ProChile Arica y Parinacota, con un mínimo de 2 por semana, en horarios a convenir con la Contraparte Técnica.
Todos los servicios descritos anteriormente, deberán ser previamente aprobados por la contraparte técnica de ProChile.
9.1.4. ENTREGABLES
Informe mensual: El adjudicatario deberá enviar por correo electrónico a la Contraparte Técnica de ProChile, durante los primeros tres días hábiles de cada mes, por periodos vencidos, un listado de las publicaciones realizadas durante el mes anterior, que incluya, título, link / pdf u otro documento de verificación, incluyendo noticias relacionadas o que se han desprendido de su gestión inicial.
El informe debe incluir un listado de actividades, pautas, publicaciones en redes sociales, métricas y material realizado, que detalle las gestiones realizadas y obtenidas en el mes, incluyendo el valor publicitario estimado, según formato que será entregado oportunamente por ProChile.
Informe Final: El adjudicatario deberá elaborar un informe final, que debe ser entregado en conjunto con el último informe mensual, una vez finalizado el plazo de prestación del servicio. Este informe debe incluir un resumen concreto y estadístico de las gestiones realizadas durante el periodo, incluyendo el total de gestiones, comunicados realizados, publicaciones conseguidas, y una comparación de los números iniciales y finales en redes sociales. Además, debe contener una base de datos de medios regionales actualizada con los nombres y correos electrónicos de los periodistas contactados.
Todos los informes deberán ser aprobados por la Contraparte Técnica, mediante certificación de recepción conforme de los servicios prestados. Si el informe tiene observaciones, ProChile solicitará al adjudicatario que subsane las diferencias, quien tendrá un plazo máximo de tres días hábiles desde la solicitud de la contraparte.
9.1.5.- EQUIPO DE TRABAJO
El oferente debe contar al menos con un profesional que cuente con título de periodista otorgado por una Institución de Educación Superior reconocida por el Estado de Chile, obtenido en Chile o en el extranjero, reconocido oficialmente (homologado), idealmente con experiencia en los servicios solicitados.
El o los profesionales deberán ser suficientes para cubrir íntegramente los servicios descritos en las presentes bases. Se valorará positivamente que cuenten con experiencia comprobada en la prestación de servicios similares, especialmente en la Región de Arica y Parinacota.
El Oferente deberá individualizar en su propuesta técnica a los integrantes del equipo de trabajo que participará en la ejecución del proyecto, señalando su formación académica y la experiencia del personal incluido en su oferta, lo cual deberá ser acreditado mediante título profesional, y/o certificaciones correspondientes junto con su currículum vitae formato libre (ver Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”).
9.1.6. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:
ANEXO N°1: Formulario Datos del Oferente
Se debe entregar la información requerida en el Anexo N°1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N°1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores, se considerará como presentada por el oferente.
De no incluirse el mencionado Anexo N° 1 o si dicha información no está disponible en el Registro de Proveedores del Estado, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
ANEXO N°2: Formulario Oferta Económica
Los oferentes deberán completar el Anexo N°2, indicando el monto total ofertado. Dicho monto no podrá exceder del presupuesto estimado, que asciende a $18.000.000.- (dieciocho millones de pesos), incluyendo impuestos y costos asociados, por un período de 10 meses.
ANEXO N°3: Formulario Oferta Técnica
Presentación escrita de acuerdo al Anexo Nº3 “Formulario Oferta Técnica”. La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:
Ítem I: Descripción de los Servicios
Una presentación escrita con la descripción detallada de las características del servicio requerido, de acuerdo con lo indicado en las prestaciones requeridas en el numeral 9.1.3 y los entregables detallados en el 9.1.4 del presente documento.
Ítem II: Propuestas de mejora
Identificar aquellas propuestas que mejoren los servicios requeridos establecidos en el numeral 9.1.3 y que generen valor, tales como:
- Conseguir, al menos, 3 publicaciones mensuales relacionadas al desarrollo del FNDR, en medios de comunicación regional (TV, Radio, Escrito y/o Digital).
- Generar, al menos, 2 actividad/pauta al mes con medios de comunicación regionales, en actividades en terreno. Si los medios de comunicación no pueden asistir, se debe cubrir de igual forma las actividades, mediante cobertura audiovisual, fotográfico y entrevistas a los participantes para posteriormente, ofrecer el contenido a los medios que no pudieron asistir para conseguir publicaciones relacionadas al desarrollo del convenio FNDR.
- Deberá contemplar la coordinación y participación de al menos, tres salidas a terreno por mes, relacionadas al desarrollo del convenio FNDR, acordadas previamente con la Dirección Regional de ProChile Arica y Parinacota, debiendo incluir los gastos de transporte y otros que se requieran para ello.
- Dar cobertura, al menos, a tres campañas mensuales de herramientas de ProChile efectuadas a nivel central, en los medios comunicacionales de ProChile Arica y Parinacota.
Ítem III: Equipo de trabajo
Identificación del equipo de trabajo propuesto para la realización del servicio, incluyendo título profesional de los integrantes y/o certificaciones correspondientes, que dé cuenta de lo indicado en numeral 9.1.5.
Ítem IV: Experiencia Oferente
Experiencia del Oferente completando el listado con un máximo de tres (3) servicios similares al requerido en la presente licitación, prestados por el oferente entre los años 2020 y 2025, de acuerdo con el formato establecido en el Anexo N°3 Formulario de Oferta Técnica”.
Para efectos de la presente licitación, se entenderá como “servicios similares” aquellos relacionados con asesorías de comunicación estratégica y/o gestión de prensa en medios, manejo y/o creación de contenidos para redes sociales.
Se ponderará positivamente cuando la experiencia declarada haya sido realizada en la Región de Arica y Parinacota.
Cada prestación de servicios deberá ser acreditada mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: (1) Copia íntegra del contrato respectivo firmado por ambas partes, (2) Copia de Orden de Compra en estado “aceptada” o estados posteriores para el Sector Público; en caso de Orden de Compra entre entidades privadas, el documento deberá estar aprobado o firmado por el emisor o cliente; (3) Carta o Certificado emitido y firmado por el respectivo cliente. Los documentos utilizados para acreditar la experiencia deberán contener al menos la siguiente información (obligatoria): Nombre del cliente, fecha o año de la prestación, lugar de la prestación y breve descripción del servicio.
En el evento de que se incluyan más de 3 servicios similares al solicitado, ProChile sólo evaluará 3 incluidos en el listado.
No serán considerados como válidos los comprobantes que se deban obtener o consultar en otra fuente que no sea la documentación contenida en la propuesta. En el caso de que los servicios hayan sido prestados a ProChile, no será necesario que se adjunte documento de acreditación, pero si deberá indicarlo expresamente en el mencionado ítem III del Anexo N° 3.
Ítem V.- Criterios inclusivos:
Los oferentes deberán completar el formulario establecido en el ítem IV del Anexo N° 3 y adjuntar la documentación solicitada para verificar lo declarado, de acuerdo con el siguiente detalle:
- Sello Empresa Mujer: El/la oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado, a través del Certificado Empresa Mujer, disponible en el Registro de Proveedores. En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer (información del Registro Civil) y en el caso de que el proveedor sea una persona jurídica, debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones: (1) tener más del 50% de la propiedad de la empresa corresponde a una o más mujeres, (2) el representante legal o gerente general es mujer y (3) tener más del 50% de representantes legales mujeres (Este sello se puede verificar en www.mercadopublico.cl). En el caso que el proveedor, sea una institución sin fines de lucro, instituciones públicas u otro similar, podrá incorporar una certificación equivalente al Sello Empresa Mujer.
- Contratación de personas con discapacidad: El oferente deberá señalar si cuenta con personas con discapacidad dentro de la empresa. Para acreditar lo anterior deberá adjuntar: (1) contrato de trabajo vigente, firmado por ambas partes (dicho contrato debe ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la contratación) y (2) credencial de discapacidad correspondiente o certificado de discapacidad.
Ítem VI. Programa de Integridad y ética empresarial
De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal, lo que deberá ser declarado por los oferentes, completando el formulario contenido en el numeral IV. del Anexo N°3 de este pliego de condiciones.
Para efectos del presente proceso de licitación, se entenderá como programa de integridad y ética empresarial un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos, promoviendo una cultura de cumplimiento.
El cumplimiento de lo anterior deberá ser acreditado por los oferentes, según lo informado al ofertar en el ítem IV del Anexo N°3. Además, deberán adjuntar copia del programa y el documento correspondiente que acredite su difusión, tales como, correos electrónicos institucionales, actas de recepción, toma de conocimiento o recepción a conformidad firmada por los trabajadores, comunicado interno que conste en su página web y/o intranet, copia de reglamento interno dónde conste la aplicación del programa, u otro.
Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación
Cuando las ofertas sean presentadas por UTP, todos los integrantes deberán cumplir con lo señalado y adjuntar la documentación si corresponde.
En caso de que el oferente adjudicado haya declarado contar con programa de integridad y ética empresarial, y no haya adjuntado los medios de acreditación correspondientes, o bien el oferente adjudicado no declare información respecto a la existencia de un Programa de Integridad y Ética Empresarial, en caso de que el proveedor adjudicado no logre acreditar la existencia del programa de integridad y ética empresarial, efectivamente conocido y aplicado por su personal, no podrá ser contratado por ProChile (Artículo 17 Reglamento Ley de Compras), pudiendo ProChile, dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación según lo indicado en el numeral 9.13 de las presentes Bases.
En caso de que el oferente sea una persona natural y declare poseer un programa de integridad y ética empresarial, deberá adjuntar copia de dicho programa, pero no le será necesario acreditar los medios de acreditación de la difusión de éste.
No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas respecto de los criterios de evaluación previamente indicados.
Las propuestas que no contengan todos los Anexos o éstos no se acompañen debidamente completados, en los formatos indicados y con la información solicitada, o bien no adjunten los antecedentes requeridos, no serán evaluadas.
9.1.7.- PRIMACÍA DE LAS BASES
En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la información contenida en la ficha electrónica de licitación que figure en el portal www.mercadopublico.cl, primarán las presentes bases, las cuáles se encontrarán dentro de los archivos adjuntos, de la citada ficha de licitación.
9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 21.634 que moderniza Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, y las presentes Bases, las cuales son obligatorias para los que participen en la licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
Los derechos y obligaciones del adjudicatario se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:
- La Ley N°21.634 que la moderniza la Ley N° 19.886 y el Decreto Supremo Nº 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó su reglamento.
- Bases, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases si las hubiere.
- Oferta del adjudicatario y aclaraciones a la misma.
- Contrato que suscriba ProChile con el adjudicatario.
- Orden de Compra que emita ProChile.
9.3.- PLAZOS
Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos.
Si el plazo vence en sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente sin necesidad de comunicación o resolución alguna.
9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES
Quienes presenten ofertas en esta licitación, deberán, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones de lo contratado, fijar su domicilio en la ciudad de Arica, Región de Arica y Parinacota, y se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el adjudicatario de la contratación.
9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnica - económicas por un plazo de sesenta (60) días.
9.6.- COSTO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a ProChile responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
9.7.- ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3.- "Etapas y Plazos", de las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). ProChile pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.- "Etapas y Plazos".
9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES
ProChile podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. En caso de realizarse una modificación antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, dicho plazo deberá ampliarse en no menos de 2 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y serán aprobadas por resolución de ProChile.
9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por ProChile, en idioma español y sólo aquellas ofertas de los proponentes enviadas oportunamente.
Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta ahí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá indicarse en pesos, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:
- Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1138297-4-LE25. Presionar el Botón “Buscar”.
- Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.
- Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
- Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N°2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.
- Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N°1 “Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N°3 “Formulario Oferta Técnica”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
- Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.
9.10.- APERTURA
La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un/a funcionario/a del Departamento de Compras de la Dirección Administrativa de ProChile.
El(la) funcionario(a) del Departamento de Compras revisará y verificará el cumplimiento de los antecedentes indicados en el numeral 4. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA, y dejará constancia del o los oferentes que no cumplan dichos requisitos mínimos exigidos en la presente bases, lo cual quedará reflejada en la apertura electrónica. Esta acta será de conocimiento de los participantes.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, ProChile podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
Conforme con el inciso cuarto del artículo 51 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N°19.886, los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas admisibles que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.
La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora, integrada por tres funcionarios(as) la que se designará y publicará previo a la apertura.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
- Evaluar las ofertas técnicas y económicas presentadas, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.
- Resolver si las ofertas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las Bases de Licitación. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla.
- Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
- Elaborar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, dejará constancia de las propuestas rechazadas o inadmisibles y sus razones y, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
- La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, desde publicada la consulta, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:
- Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer click en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1138297-4-LE25, presionar el Botón “Buscar”.
- Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.
- Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.
- Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:
|
CRITERIOS A EVALUAR
|
Porcentaje
|
|
A. Propuesta Económica
|
10%
|
|
B. Calidad de la Propuesta Técnica
|
45%
|
|
C. Experiencia del oferente
|
40%
|
|
D. Criterios Inclusivos
|
3%
|
|
E. Programa de Integridad y ética empresarial
|
2%
|
A.- Evaluación del criterio Propuesta Económica (10%)
Para la evaluación de este criterio se considerará el monto total ofertado, por el período de 10 meses de prestación de los servicios, incluyendo impuestos y eventuales costos asociados.
La Nota de cada oferente por su “Valor total ofertado para Evaluación” se calculará de la siguiente forma: La propuesta de menor valor será calificada con el mayor puntaje asignado para este factor (nota 4). Las siguientes ofertas serán calificadas con un puntaje proporcional a dicha propuesta, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Nota Oferente: Valor total de la oferta de menor precio x 4
Valor total de la oferta que se analiza
En caso de que se reciba una sola oferta será calificada con nota 4 siempre que no supere el presupuesto disponible. Las ofertas que excedan de $18.000.000.- (dieciocho millones de pesos) no serán evaluadas.
B.- Evaluación del criterio Calidad de la Propuesta Técnica (45%)
La evaluación de este criterio se realizará en base a la propuesta descriptiva de los oferentes y el cumplimiento de los servicios requeridos y detallados en el numeral 9.1.3 de las presentes Bases de Licitación, de acuerdo a la siguiente tabla:
|
Calificación
|
Justificación
|
|
Nota 4
|
La propuesta entregada por el oferente cumple de manera satisfactoria, pues describe en detalle todos los servicios mencionados en las especificaciones técnicas de los numerales 9.1.3., 9.1.4., abarcando completamente los requerimientos de la presente licitación y además presenta propuesta(s) de mejora, en base al Ítem II: Propuestas de mejora del numeral 9.1.6., directamente relacionada(s) al servicio y que generan valor.
|
|
Nota 3
|
La propuesta entregada por el oferente cumple de manera satisfactoria, pues describe en detalle todos los servicios mencionados en las especificaciones técnicas del numeral 9.1.3., 9.1.4., abarcando completamente los requerimientos de la presente licitación, sin embargo, no presenta propuesta(s) de mejora, en base al Ítem II: Propuestas de mejora del numeral 9.1.6., directamente relacionada(s) al servicio y que generan valor.
|
|
Nota 2
|
La propuesta entregada por el oferente cumple con lo solicitado, pues describe o menciona los servicios incluidos en las especificaciones técnicas de los numerales 9.1.3., 9.1.4., abarcando todos los requerimientos de la presente licitación, pero careciendo de precisión o detalle en alguno de ellos. Además, presenta propuesta(s) de mejora, en base al Ítem II: Propuestas de mejora del numeral 9.1.6., directamente relacionada(s) al servicio y que generan valor.
|
|
Nota 1
|
La propuesta entregada por el oferente cumple con lo solicitado, pues describe los servicios mencionados en las especificaciones técnicas de los numerales 9.1.3., 9.1.4., abarcando todos los requerimientos de la presente licitación, pero careciendo de precisión o detalle en alguno de ellos, además, no presenta propuesta(s) de mejora, en base al Ítem II: Propuestas de mejora del numeral 9.1.6. directamente relacionada(s) al servicio y que generan valor.
|
C. Evaluación del criterio Experiencia del Oferente (40%)
Para la evaluación de este criterio se tendrá en cuenta la experiencia que acrediten los oferentes en el ítem IV del Anexo N°3, de acuerdo con la información descrita en el numeral 9.1.6 “Contenido de la propuesta Técnica y Económica”, de las presentes Bases de Licitación, de acuerdo con la siguiente tabla.
|
Calificación
|
Justificación
|
|
Nota 4
|
Acredita 3 servicios similares, todos ellos prestados en la Región de Arica y Parinacota.
|
|
Nota 3
|
Acredita 3 servicios similares y uno o dos de ellos prestados en la Región de Arica y Parinacota.
|
|
Nota 2
|
Acredita 3 servicios similares, pero ninguno de ellos prestados en la Región de Arica y Parinacota.
|
|
Nota 1
|
Acredita 1 ó 2 servicios similares.
|
|
Nota 0
|
No entrega información o no acredita proyectos similares.
|
D. Evaluación de Criterios inclusivos (3%)
El Oferente deberá indicar en el ítem V. del Anexo N°3, si cumplen o no con alguno de los criterios sustentables establecidos en el numeral 9.1.6, ítem V de las presentes Bases de Licitación.
Para la evaluación, se aplicará la siguiente tabla:
|
Calificaciones
|
Justificación
|
|
Nota 4
|
Acredita el cumplimiento de 2 criterios sustentables e inclusivos
|
|
Nota 2
|
Acredita el cumplimiento de 1 criterio sustentable e inclusivo
|
|
Nota 0
|
No entrega información o no acredita.
|
g) Evaluación del criterio Programa de Integridad y ética empresarial (2%)
La evaluación de este criterio se realizará en base a si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal, y acompaña los antecedentes requeridos, lo que será evaluado según lo indicado en el ítem VI del Anexo 3.
|
Calificaciones
|
Justificación
|
|
Nota 4
|
Declara poseer un programa de integridad y ética empresarial conocido y aplicado por su personal, y adjunta copia de dicho Programa y de los medios que acrediten que éste es conocido y aplicado por su personal.
|
|
Nota 0
|
Declara no poseer un programa de integridad y ética empresarial o bien posee uno, pero no acredita que sea conocido y aplicado por su personal.
|
En caso de que el oferente sea una persona natural y declare poseer un programa de integridad y ética empresarial, deberá adjuntar copia de dicho programa, pero no le será necesario acreditar los medios de acreditación de la difusión de éste.
Con todo, en caso de que el oferente adjudicado, al momento de suscribir el contrato no acredite la existencia del programa de integridad y ética empresarial efectivamente conocido y aplicado por su personal, no podrá ser contratado por ProChile, pudiendo ProChile dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación según lo indicado en el numeral 9.13 de las presentes Bases.
Criterios de Desempate
El resultado de la evaluación se obtendrá de las notas obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes de ponderación asignados a dichos factores, los que al ser sumados serán considerados como puntaje final.
En caso de que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:
- Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio Calidad de la Propuesta Técnica.
- Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio Experiencia del Oferente.
- Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio Propuesta Económica.
- Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio Criterios sustentables e Inclusivos.
9.12.- ADJUDICACIÓN
Terminada la evaluación, y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que incluirá las declaraciones de inadmisibilidad correspondientes.
En caso de que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral N°3.- “Etapas y plazos”, ProChile informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
De acuerdo al artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 4.- “Antecedentes para incluir en la oferta”, o cuando estas no se ajusten a lo establecido en las Bases de Licitación, la Ley N°19.886 y sus modificaciones o su Reglamento.
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el inciso segundo del artículo 9 de la Ley N° 19.886. En este caso, ProChile considerará para efectos de la evaluación de la presente licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no sea considerada una oferta “riesgosa o temeraria” de acuerdo a la definición establecida en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile, podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no fueran admisibles y/o cuando estas últimas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas, no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.
Consulta sobre la Adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica comprasprochile@prochile.gob.cl.
9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
Se podrá dejar sin efecto la adjudicación, por resolución fundada, concurriendo alguna de las siguientes causales:
- Si el Adjudicatario rechaza expresamente la adjudicación;
- Si el Adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con ProChile;
- Si el Adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección ChileCompra y Contratación Pública, al momento de la suscripción del Contrato.
- Si el Adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del Contrato dentro del plazo fijado para este fin en la Resolución Adjudicataria;
- Si la oferta presentada no emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
- Si la oferta no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
- Si el Adjudicatario no devuelve firmado el Contrato dentro del plazo fijado en el numeral 9.14.- “Condiciones contractuales”;
- Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la Licitación a éste.
- Si el Adjudicatario no cumple con las condiciones comerciales estipuladas en su propuesta, Técnica y Económica.
- En caso que el adjudicatario, al momento de la suscripción del contrato, no posee un programa de integridad y ética empresarial o bien no acredita su difusión.
En tales casos, verificada alguna de las causales anteriores, ProChile podrá readjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES
Notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, no deberá mediar un plazo superior a los 20 días hábiles, salvo razones fundadas calificadas por el Servicio que justifiquen su ampliación, para la celebración del contrato, período en que debe gestionarse la presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario, la elaboración del contrato, firma de éste y tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Si no se suscribiera dentro de este término, ProChile podrá dejar sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor.
Junto con la devolución del contrato firmado, el Adjudicatario deberá entregar la correspondiente Declaración Jurada conforme al Anexo N° 4.
Para la elaboración del contrato, el adjudicatario deberá remitir a ProChile los siguientes Antecedentes Legales:
1.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):
- Declaración Jurada, según formato ANEXO N°4-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y en el artículo 33 de la Ley N°21.595.
- Cédula de identidad del Adjudicatario.
- Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas naturales que la integran.
- Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial.
2.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:
- Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente Licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
- Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
- Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
- Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
- Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
- Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y los artículos 33 y 50 de la ley N° 21.595 y que identifique los principales socios o accionistas del Adjudicatario.
- Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas jurídicas que la integren.
- Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.
3.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:
- Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
- Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
- Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
- Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595.
- Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas jurídicas que la integran.
- Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.
4.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:
- Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa Adjudicatario.
- Documentos que acrediten su existencia legal, como, asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.
- Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
- Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del Adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 días hábiles.
El Adjudicatario sólo deberá remitir a ProChile aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores.
En los casos de que el oferente sea una empresa pública, se requerirá el acto administrativo de nombramiento de su representante legal o su equivalente, conforme lo determine la normativa aplicable al caso, y toda la documentación anteriormente citada, en los casos que sea procedente conforme con la naturaleza de la empresa pública.
9.15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el contrato podrá modificarse siempre que no alteren elementos esenciales del mismo conforme a lo señalado en dicho precepto, y se cumplan los siguientes requisitos:
- Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Contraparte Técnica de ProChile.
- Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para ProChile.
- Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
- Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
Para efectos de la presente contratación, se considerarán, entre otras que cumplan con los requisitos antes descritos, las siguientes causales:
- Aumento del monto total contratado, por una sola vez, que no deberá superar el 30 %.
- Aumento del Plazo de vigencia del contrato por una sola vez, hasta completar el total del monto máximo aumentado que no deberá superar el 30 %.
- Modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Con todo no podrá aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado, siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello. Cualquier modificación de aquellas señaladas previamente, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl
9.16.- DEL PAGO
Los pagos se realizarán en pesos chilenos, de forma mensual y por periodos vencidos, en montos iguales según la propuesta económica del adjudicatario, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Contra entrega del respectivo informe mensual establecido en el numeral 9.1.4 de las presentes bases de licitación, y aprobación de este por parte de la contraparte técnica de ProChile.
- Cada pago se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la respectiva Factura, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, por los servicios contratados, y siempre que cuente con recepción conforme de la Contraparte Técnica de ProChile.
- Las facturas electrónicas deben ser enviadas, a los correos electrónicos “prochilerecepcion@custodium.com” y “dipresrecepcion@custodium.com”.
- Cada factura deberá ser emitida a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto).
- Lo anterior, señalando como “Giro”: Actividad de la Administración Pública en General “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
- El pago estará sujeto a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato suscrito al efecto por las Partes y aceptadas las Órdenes de Compra emitidas, a través de www.mercadopublico.cl.
- El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, para lo cual el Adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.
Sin perjuicio de lo indicado se hace presente que contratación está sujeta a la disponibilidad de fondos que la respectiva Ley de Presupuestos contemple para el año 2026.
No obstante lo anterior, ProChile sólo pagará al adjudicatario el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, de acuerdo a lo indicado en el numeral 9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO de las presentes Bases.
9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA
Actuará como contraparte técnica en ProChile, el Director Regional ProChile Arica y Parinacota, a quien le corresponderá gestionar el contrato, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado y la aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al remplazante.
9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de ProChile que lo apruebe y se extenderá por un período de 10 meses.
9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El o los contratos podrán terminarse anticipadamente por PROCHILE sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- Resciliación o mutuo acuerdo de las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratado, entendiéndose por tal la aplicación de tres multas o sanciones, o se haya superado el porcentaje máximo establecido en el numeral 9.20 de las presentes bases.
- Estado de notoria insolvencia del contratado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Por la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible o dificulte significativamente la prestación de los servicios de la manera en que fueron contratados.
- Por la incapacidad del contratado para seguir adelante con la ejecución del Contrato, derivada de problemas internos, como en caso de huelga de sus trabajadores, entre otros.
- Si los representantes o el personal dependiente del contratado cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
- Incumplimiento de cláusula de “CONFIDENCIALIDAD” señalada en el contrato.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
- Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de Licitación o durante la vigencia del Contrato.
- En caso de no existir disponibilidad presupuestaria en el año respectivo.
- En caso que l proveedor, se le imponga una pena de Inhabilitación para contratar con el Estado, lo que produce la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el proveedor condenado, de acuerdo al artículo 33, inciso segundo, de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como en el caso que al proveedor se trate de una persona jurídica y se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, regulada en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Es caso de la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, y cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo indicado en el numeral 9.15 de las presentes Bases, ProChile pagará el precio sólo por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, lo que deberá ser verificado por la Contraparte Técnica de ProChile.
En el caso en que se configure alguna causal de término anticipado del contrato que sea imputable al contratado, será utilizado el mismo procedimiento para la aplicación de sanciones descrito en el numeral 9.20. “SANCIONES” de las presentes Bases, en aquellas secciones que corresponda.
Se dictará una resolución fundada disponiendo el término anticipado de la contratación, la cual se pronunciará sobre el alcance de la terminación, la fecha a partir de la cual ésta entrará en vigor y los descargos efectuados, si existieren. El referido acto administrativo será impugnable por el contratado, por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
9.20.- SANCIONES
El Adjudicatario será sancionado por ProChile con el pago de multas, conforme con lo señalado en el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en todo caso no podrán superar el 30% del monto total del contrato, en los siguientes casos:
- Por no proporcionar los servicios contratados en las modalidades exigidas en estas Bases de Licitación Pública y ofrecidas por el Adjudicatario en su Propuesta, por causas que le sean imputables, en cuyo caso se aplicará una multa en la que, por cada ocurrencia se computará el 5% del monto total del servicio contratado, con un tope máximo del 15% por cada multa.
- Incumplimiento en el plazo de entrega de los informes mensuales: Se aplicará una multa en la que se computará un 1% por cada día hábil de atraso, con un tope máximo de 15% del total del monto del mes respectivo por cada multa.
La multa no se aplicará si el evento se produce por caso fortuito o fuerza mayor.
Si ProChile considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al Adjudicatario, indicando el monto y fundamento de esta. El Adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos.
En los descargos, el Proveedor deberá señalar todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Todo ello, sin perjuicio de otras presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del procedimiento sancionatorio con el mismo objeto. Asimismo, deberán solicitarse las diligencias probatorias pertinentes.
Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, ProChile resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al Adjudicatario, copia del acto administrativo pertinente.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por la adjudicataria por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones del artículo 59 de la Ley Nº 19.880.
En el caso que ProChile determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, la Adjudicataria deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a cinco (5) días contados desde su notificación. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado o así lo solicite el Adjudicatario, ProChile quedará facultado para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera al Adjudicatario del cumplimiento de la obligación principal.
9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las personas jurídicas chilenas)
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, la empresa adjudicataria que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. ProChile, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que la adjudicataria proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a ProChile a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que la referida empresa no podrá participar.
9.22.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.23.- CONFIDENCIALIDAD
Tanto el Adjudicatario como el personal del Adjudicatario que realice las tareas objeto de esta licitación, estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.
Asimismo, el Adjudicatario quedará obligado a guardar absoluta reserva y confidencialidad acerca de la información de ProChile a que pueda tener acceso en razón de la ejecución del contrato. Esta obligación recaerá, además, en las personas que le presten servicios, permanentes o no y a cualquier título, asumiendo el adjudicatario la responsabilidad por el cumplimiento de dicha obligación.
9.24.- PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de los servicios desarrollados en conformidad al contrato a que dé origen la presente Licitación pertenecerán exclusivamente a ProChile y, cuando corresponda, los documentos que acrediten la cesión de estos derechos deberán ser entregados a requerimiento de ProChile, sin necesidad de formalidad alguna.
Tanto el trabajo elaborado como el producto final del mismo serán de propiedad de ProChile, la cual tendrá los exclusivos derechos de propiedad intelectual sobre éste, reconociendo desde ya el proveedor, que en ella radica todos los derechos patrimoniales exclusivos que señala la Ley Nº17.336, sobre Propiedad Intelectual.
La Adjudicataria no hará ningún uso de material protegido por derechos de autor, marca comercial, registrada o en trámite de registro, o de cualquier otro derecho de propiedad intelectual o propiedad industrial de propiedad de ProChile, excepto bajo los términos que se estipulen en el contrato que para los efectos de la presente Licitación se suscriba.
La Adjudicataria no podrá utilizar en forma alguna la totalidad o parte del material usado generado por ProChile para los “Servicios de asesoría en comunicaciones para apoyar las comunicaciones estratégicas para la difusión de las herramientas y servicios de ProChile en la Región de Arica y Parinacota”, sin autorización previa de ProChile. En particular, la Adjudicataria no podrá utilizar dicho material para efectuar en su propio beneficio o en beneficio de terceros, ya sea a título gratuito u oneroso, nuevas ediciones, traducciones, cambios de formato o cualquier otro tipo de modificación de la prestación de los servicios y tampoco podrá utilizar parte de este material para realizar cualquier tipo de publicación similar a la que se le encargará en virtud de la adjudicación de esta Licitación.
Dado lo anterior, la Adjudicataria deberá entregar a ProChile, al término del servicio encomendado, toda la documentación, bases de datos y cualquier material que ésta utilice.
Cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual no otorgado expresamente a la Adjudicataria bajo los términos del Contrato de Licitación que se suscriba al efecto quedará reservado exclusivamente a ProChile.