Licitación ID: 1155683-7-LE25
Servicio de arriendo de cámaras ip de vigilancia
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 81
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Productos o servicios
1
Cámaras de seguridad 1 Global
Cod: 46171610
Servicio de cámaras ip de seguridad solicitadas en la base de brigada Vivero de Álamos, en la comuna de Chillán. (El detalle de los equipos y servicios a necesitar deberá ser detallado en los anexos n°10 y 14  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de arriendo de cámaras ip de vigilancia
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación del servicio de arriendo de cámaras ip de vigilancia, alarma e internet para la base de brigada vivero de álamos, ubicada en la comuna de Chillán.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
XVI - OFICINA REGIONAL DE ÑUBLE
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
CLAUDIO ARRAU NRO. 738 2DO. PISO
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-05-2025 15:15:00
Fecha de Publicación: 14-05-2025 15:14:17
Fecha inicio de preguntas: 14-05-2025 18:00:00
Fecha final de preguntas: 21-05-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-05-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-05-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-05-2025 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 07-07-2025 12:42:53
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Primera visita a terreno 16-05-2025 15:00:00
Segunda visita a terreno 19-05-2025 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo n° 1: Declaraciones juradas
2.- Anexo n°2: Comprobante de reglamento especial de subcontratación
3.- Anexo n° 3: Procedimiento de investigación Ley Karin
4.- Anexo n° 4: Protocolo Ley Karin Conaf
Documentos Técnicos
1.- Anexo n° 5:Tiempo de entrega e instalación
 
2.- Anexo n°6: Garantía de los trabajos realizados
 
3.- Anexo n° 7: Servicio técnico
 
4.- Anexo n° 8: Experiencia del oferente en el rubro
 
5.- Anexo n°9: Dirección casa matriz y/o sucursales.
 
6.- Anexo n°10: Propuesta técnica y plan de trabajo
 
7.- Anexo n°11: Checklist
 
8.- Anexo n°12: Programa de integridad
 
9.- Anexo n°13: Sello Mujer
 
Documentos Económicos
1.- Anexo n°14: Oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta técnica Ofrece los servicios y/o equipos solicitados según en el punto 9.7.3 de las bases administrativas. (ya sea, en temas de especificaciones técnicas y cantidad de equipos y/o servicios a necesitar) 100 Puntos No ofrece los servicios y/o equipos solicitados según en el punto 9.7.3 de las bases administrativas (ya sea, en temas de especificaciones técnicas y cantidad de equipos y/o servicios a necesitar) 30 puntos 20%
2 Experiencia 20 o más servicios realizados en empresas distintas (públicas, privadas y particulares) , durante el periodo 2021-2025 100 Puntos 15 a 19 servicios realizados en empresas distintas (públicas, privadas y particulares) , durante el periodo 2021-2025 70 puntos 9 a 14 servicios realizados en empresas distintas (públicas, privadas y particulares), durante el periodo 2021-2025 50 puntos 1 a 8 servicios realizados en empresas distintas (públicas, privadas y particulares), durante el periodo 2021-2025 30 puntos Sin trabajos realizados (empresa sin experiencia o iniciando sus servicios) 0 puntos 15%
3 Domicilio casa matriz / sucursales Región de Ñuble (100 Puntos) Región del Bio Bio y Maule (50 puntos) Otras regiones (10 puntos) No entrega información (0 puntos) 10%
4 Tiempo de entrega instalación del servicio 1 a 3 días hábiles (100 Puntos) 4 a 7 días hábiles (50 puntos) 8 días hábiles o más (10 puntos) 10%
5 Servicio técnico 1 día (corrido) (100 Puntos) 2 a 3 días corridos (60 puntos) 4 a 6 días corridos (30 puntos) 7 días corridos o más (0 puntos) 10%
6 Garantía de los equipos 24 meses (plazo contractual del proceso de licitación) (100 puntos) Mayor o igual a 12 meses y menor o igual a 1 año y 11 meses (70 puntos) Menor o igual a 11 meses y mayor a 1 mes (30 puntos) Menor o igual a 1 mes (0 puntos) 5%
7 Cumplimiento de los requisitos formales Cumple con todos los requisitos formales solicitados dentro del plazo establecido. (100 Puntos) No cumple con todos los requisitos formales solicitados dentro del plazo establecido. (0 puntos) 5%
8 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Regina Astroza Contreras
e-mail de responsable de pago: regina.astroza@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisco Dominguez Gómez
e-mail de responsable de contrato: francisco.dominguez@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2221446-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El la proveedor a adjudicado a, bajo ninguna forma, podrá subcontratar la parcialidad o la totalidad de los servicios solicitados y el incumplimiento de esta exigencia significará el término anticipado del contrato respectivo y el cobro de la boleta
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 24-09-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato de la licitación ID 1155683-7-LE25 “Contratación del servicio de arriendo de cámaras IP de vigilancia, alarma e internet, en base de brigada vivero de álamos, ubicada en la comuna de Chillán”.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato de la licitación ID 1155683-7-LE25 “Contratación del servicio de arriendo de cámaras IP de vigilancia, alarma e internet, en base de brigada vivero de álamos, ubicada en la comuna de Chillán”.
Forma y oportunidad de restitución: Serán entregados 60 dí as hábiles después de haber terminado el contrato. La devolución deberá ser coordinada en el Fono 958118943 (Sección Administración de CONAF) o enviando correo electrónico a juan.lillo@conaf.cl En caso de renovación del contrato por un periodo adicional, la garantía de fiel cumplimiento de contrato se deberá entregar nuevamente y en las mismas condiciones que la anterior.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Primera opción

:

Propuesta técnica

Segunda opción

:

Oferta económica

Tercera opción

:

Experiencia

Cuarta opción

:

Tiempo de entrega e instalación

Quinta opción

:

Garantía

Sexta opción

:

Dirección

Séptima opción

:

Servicio técnico

Octava opción

:

Programa de integridad

Novena opción

:

Sello Mujer


INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA Y HABILIDAD EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES.
Según lo indicado en la Ley N° 19.886 y sus modificaciones (Ley N° 21.634), Capitulo II, Artículo 4 y 6, capítulo VII, Articulo 35 septies, capitulo VIII, artículo 43 y capítulo IX, artículo 53, establece que, para ofertar a un proceso de compra del Estado, el proveedor o proveedora deberá estar habilitado y con su información actualizada en el Registro de Proveedores del Estado. Los organismos contratantes deberán exigir a los proveedores su inscripción y encontrarse habilitados. Este registro pasará a denominarse “Registro de proveedores”, será público y deberá individualizar a los socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales de las personas jurídicas inscritas, y contener información sobre los contratos adjudicados, ejecutados o terminados anticipadamente, de cada miembro del Registro con algún organismo del estado, las multas o sanciones respecto de los contratos en ejecución, e inhabilidades que correspondan. Por ende, este registro nos permitirá poder determinar que el o los oferentes no han incurrido en las siguientes causales de inhabilidades: Persona Natural A. Haber sido condenado (a) por cualquiera de los delitos de cohecho, contemplados en el título V del libro segundo del código penal. B. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un periodo superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente de juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. C. Registrar deudas previsionales, o de salud, por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. D. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. E. Haber sido declarado (a) en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. F. Haber sido eliminado (a), o encontrarse suspendido (a) del Registro Nacional de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compra. G. Haber sido condenado (a) por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. H. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (cumplimiento artículo 10, Ley 20.393). Persona Jurídica A. Haber sido condenado (a) por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del libro segundo del código penal. B. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un periodo superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente de juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. C. Registrar deudas provisionales, o de salud, por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. D. La presentación al registro nacional de proveedores de una o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. E. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. F. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del registro nacional de proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras. G. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. H. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (cumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
DECLARACIÓN JURADA SOBRE RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES DE CONTRATACIÓN (CAPITULO VII, ÁRTICULO 35 QUÁTER, LEY 21.634)
Asimismo, los oferentes deberán ingresar documentación que acredite estar idóneo a lo indicado en el capítulo VII, articulo 35 quáter de la Ley 21.634, donde habla sobre que, “Ningún organismo del estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen en 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley n° 18.575. orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la contraloría general de la república y a la cámara de diputados, en el caso de los órganos de la administración del estado. En el caso del Congreso Nacional, la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado o a la comisión de ética y transparencia de la Cámara, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su comisión de ética”.
INGRESO DE VALORES
Los valores que el o los oferentes entreguen, deberán tener completa concordancia entre un anexo y otro. El oferente deberá tener claro que la oferta entregada en los anexos respectivos deberá ser respetada hasta el término del contrato, puesto que el oferente es completamente responsable de los beneficios y riesgos que afrontan al momento de postular. Los valores por ingresar deberán ser NETOS, en el caso que él o los oferentes ingresen en el sistema de mercado público (de manera errónea) el valor bruto de la oferta y no el valor neto, como fue indicado en los párrafos anteriores, ésta no será rechazada o dejada fuera de bases, (siempre y cuando la información entregada en los documentos digitales y en la postulación en línea, tengan entre sí, completa concordancia), por lo que, la comisión podrá realizar el respectivo cálculo matemático y así dejar a todos los participantes en igualdad de condiciones. Y en el caso que él o los oferentes ingresen en el sistema de mercado público (de manera errónea) el valor total de la oferta, y esta no concuerde con lo entregado en los anexos respectivos, la comisión evaluadora tomará como información para evaluar, la ingresada en el sistema de compras públicas.
PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
Se recibirán y contestarán las consultas y/o aclaraciones, a través de los mecanismos legales impartidos por la plataforma de mercado público (www.mercadopublico.cl) y en los plazos establecidos en la presente licitación. Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl asociado al foro de preguntas y respuestas de esta licitación pública, hasta la fecha de recepción de consultas, indicando el numeral y tipos de bases que da origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir las aclaraciones a las bases que estimare necesarios o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
COMPLEMENTACIÓN DE LAS BASES
CONAF, podrá complementar las bases de la licitación, ya sea, por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases y contará con el acto administrativo que la autorice.
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, TÉCNICA Y ECONÓMICA
Toda la documentación, ya sea administrativa, técnica y económica (u otros que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento), deberán ser presentados a través del portal www.mercadopublico.cl. Todo esto será informado en los puntos n° 10.7.1, 10.7.2, 10.7.3; es decir, anexos número 1 – 2 – 3 – 4 – 5 – 6 – 7 – 8 – 9 – 10 – 11 – 12 – 13 y 14. Sera responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. Las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente en las fechas indicadas en el portal www.mercadopublico.cl. Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal. El oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios exigidos de acuerdo a las especificaciones administrativas, técnicas y económicas y demás estipulaciones de las presentes bases.
PRORROGA
CONAF, a través del DEPRIF, NO realizará para este proceso de licitación pública el proceso de prórroga del contrato de arriendo.
VISITA A TERRENO
La visita a terreno tiene como propósito, poder facilitar a los oferentes, una apreciación adecuada y detallada de los requerimientos a solicitar, de esta forma, las ofertas será mucho más preciso y ajustado a lo solicitado. Por lo tanto, es importante para el departamento de Protección Contra Incendios Forestales determinar la pertinencia de efectuar una visita a terreno. Dicha presentación, será de CARÁCTER OBLIGATORIO (para quienes deseen presentar oferta), por lo que, todos aquellos oferentes que no se presenten a tal visita, no podrán ser evaluados, siendo rechazados a través del portal www.mercadopublico.cl.
GARANTIAS
Según lo establecido en el artículo 11 inciso 2° de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones (Ley N°21.634), “La constitución de las garantías para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo se exigirá en las contrataciones superiores a las 1.000 unidades tributarias mensuales y alcanzará un 5 por ciento del precio final neto ofertado por el adjudicatario, a menos que, según lo establecido en las bases, sean declaradas como ofertas temerarias o se considere una contratación riesgosa. En las contrataciones iguales e inferiores a las 1000 unidades tributarias mensuales, la entidad licitante podrá fundadamente requerir la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en virtud del riesgo involucrado en las contrataciones, en el porcentaje previamente señalado” Es decir, y según lo indicado en el párrafo anterior, para este proceso de licitación pública (LE: 100 a 1000 UTM) se solicitara que el oferente adjudicado entregue un documento financiero, denominado garantía de fiel cumplimiento del contrato, puesto que los servicios a contratar son de gran relevancia, puesto que la empresa que se adjudique la presente licitación podrá conocer a cabalidad todos los movimientos efectuados en nuestra base, entre ellos podrá monitorear nuestros puntos de acceso, las actividades del servicio de vigilancia, roles de monitoreos (las 24 horas al día) y control de la seguridad de la base de brigada Vivero de Álamos. En base a lo anteriormente expuesto, la empresa (s) que se adjudique esta licitación deberá(n) entregar a la Corporación, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, equivalente al 5% del total neto ofertado por el periodo que dure el contrato, la que tendrá por objeto asegurar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de sus obligaciones contractuales, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato de la licitación ID 1155683-7-LE25 “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ARRIENDO DE CÁMARAS IP DE VIGILANCIA, ALARMA E INTERNET, EN BASE DE BRIGADA VIVERO DE ÁLAMOS, UBICADA EN LA COMUNA DE CHILLÁN” Tomada por el oferente adjudicado y con carácter de irrevocable, nominativa o endosable a favor de la Corporación Nacional Forestal, con un plazo de vigencia de 60 (sesenta días hábiles) después de terminado el contrato. Esta garantía no devengará reajustes ni intereses de ninguna especie que sean de cargo de CONAF. Tipo de documento: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguro o cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, cumpliendo la condición de ser pagada a la vista y tener el carácter de irrevocable.
ENTREGA DE GARANTIAS
Tratándose sólo de boleta de garantía bancaría o vale vista, la garantía deberá además ser entregada por el (la) proveedor (a) a la Corporación de forma presencial antes de la firma de contrato y adjudicación de la licitación, en sobre cerrado dirigido al Jefe de Finanzas y Administración o quien lo subrogue, en la oficina de partes de Conaf Regional Ñuble, ubicada en Panamericana Norte N° 3430, comuna de Chillán; para que quede registro de timbre, fecha y hora de ingreso. El horario de entrega del documento debe ser en horario de atención de público, el cual corresponde de lunes a viernes, desde 08:30 hasta las 13:00 horas. Al reverso del sobre deberá señalar el nombre del (de la) oferente, su dirección, teléfono y número de contacto.
CONSULTA Y ACLARACIONES
Todas las consultas referentes al proceso de licitación de estas bases publicas deberán ser realizaran solo a través la modalidad del foro de consultas y respuestas entregado por la plataforma de mercado público, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de este mismo mecanismo.
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN (ANTES DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN)
Conaf, podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el periodo posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad denominada foro inverso, del portal de compras públicas. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales; y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de este proceso de licitación.
FECHA DE CIERRE DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La fecha de cierre de recepción de las ofertas podrá ser prorrogada en más días de las contempladas en el calendario inicial de la licitación, solo si la Corporación lo requiera, debido a la cantidad de oferentes postulando en el proceso de licitación. Todo este proceso de cambios y/o modificaciones serán indicados oportunamente en el portal de Mercado Público.
CIERRE DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser enviadas por los oferentes y recibidas por la entidad licitante a través del sistema de información. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el Artículo 115 de este reglamento, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la entidad licitante y en los plazos que corresponda. (Artículo 50, Decreto n° 661 de la Ley 19.886).
APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La apertura electrónica de las ofertas económicas, administrativas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará a cargo de la Sección de Administración, junto a la sección de Logística del Deprif, Ñuble. En este primera etapa del proceso, se realizara el proceso de aceptación y/o rechazo de las ofertas. Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del sistema de información. En el caso de aperturas de ofertas en soporte papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones en el acta que se levantará especialmente al afecto (Artículo 51, Decreto n° 661 de la Ley 19.886).
PROCESO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la oferta se realizará a través del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del portal www.chilecompra.cl, y será quien obtenga la mayor puntuación de este proceso de licitación. El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: - Resolución de Adjudicación - Notificación de Adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl - Publicación en Página Web (portal www.mercadopublico.cl) - Notificación al proveedor, a través de los canales formales. - Aceptación y entrega de boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato (5 días hábiles, una vez notificado) - Firma de contrato - Envié y aceptación de la orden de compra. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, la Corporación publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando las razones del atraso. La fecha de adjudicación será la indicada en el portal www.mercadopublico.cl
READJUDICACIÓN
A. En caso que el oferente adjudicado, no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo establecido en las bases de licitación (que será de 5 días hábiles, desde que fue vez notificado a través de correo eléctrico, u otro mecanismo formal), no acepte la orden de compra (dentro de un plazo de 2 días hábiles) o desista de su adjudicación (por cualquier motivo o circunstancia) CONAF B. podrá re adjudicar al segundo oferente, o sucesivos, de mayor puntaje, que resulten de la aplicación de los criterios de evaluación. C. En el caso que el o los oferentes adjudicados de este proceso de licitación caiga en incumplimientos del contrato, los cuales se encuentran definidos en las presentes bases, la CONAF tendrá la facultad de adjudicar al segundo oferente con mayor puntaje, que resulte de la aplicación de los criterios de evaluación. D. En el caso que el o los proveedores adjudicados no entregue la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato, en los plazos establecidos en estas bases de licitación (Plazo máximo de 5 días hábiles siguientes al proceso de notificación de adjudicación, Punto n° 18.1.2)
INICIO DE LOS SERVICIOS
A. La fecha de inicio de los trabajos (instalación y puesta en marcha) será determinada de acuerdo a los anexos entregados por el oferente adjudicado (específicamente en el anexo n°5). B. Una vez realizado los trabajos de instalación y puesta en marcha, la Sección de Logística realizará un acta de conformidad de inicio e instalación de los servicios contratados.
CONTRATO
Una vez realizado el proceso de cierre, apertura y adjudicación de la licitación pública (resolución), la Corporación Nacional Forestal se contactara con el proveedor (a través del correo electrónico u otro mecanismo formal) para notificarle de lo sucedido, teniendo así un plazo de máximo de 5 días hábiles para hacer entrega (física o digital) de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato; y en base a esta información, la Unidad Jurídica dispondrá de 10 días corridos para elaborar el contrato respectivo (lo que conlleva al proceso de revisión, aprobación y firmas respectivas). Una vez aprobado y firmado el contrato por el Director Regional de CONAF, el proveedor adjudicado dispondrá de 5 días hábiles para firmar el contrato respectivo. El procedo de firmas será realizado en oficinas regionales de CONAF, ubicadas en Panamericana Norte 3430, Avenida O´Higgins, comuna de Chillán, y la Sección a cargo de este proceso será Administración, a través del Señor Juan Lillo Escalona o quien lo subrogue. NOTA: Aspectos no contemplados en estas bases podrán ser incluidos en el contrato, no obstante, las bases serán parte integral de este contrato.
ORDEN DE COMPRA
Una vez firmado el contrato respectivo, se emitirá y enviará la orden de compra respectiva, siendo esta ser aceptada por el oferente adjudicado, en un plazo no superior a 2 días hábiles; en caso contrario, la Corporación tendrá la facultad de re adjudicar al oferente que haya obtenido la segunda mejor oferta.
INCUMPLIMIENTOS GRAVES
A. El oferente no hace entrega de la totalidad de los equipos y servicios indicados en su oferta técnica. Ante lo expuesto, CONAF informa (mediante los canales formales de comunicación) la entrega e instalación de los equipos pendientes y a su vez de sus servicios derivados y en el caso de no tener respuesta (en un plazo máximo de 3 días corridos) se dará término al contrato respectivo. B. Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las bases administrativas y técnicas de esta licitación pública. C. Si el oferente no da cumplimiento con las especificaciones técnicas entregadas en el punto número 9.7.1, 9.7.2 y 9.7.3 y/o anexo n° 10 y 11. D. El oferente sobrepasa el plazo entregado para su instalación y/o entrega de los equipos establecidos en su oferta técnica (en más de 5 días corridos, una según anexo n°5). E. Si el proveedor excede el plazo y montos máximo de multas indicados en el punto 27. F. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran las prohibiciones señaladas en las presentes bases y/o en el respectivo contrato (punto número 25.1 y 25.2). G. El proveedor entrega información confidencial y de seguridad propia de la bases de brigada vivero de álamos.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el (la) proveedor adjudicado (a) y demás el cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: A. Si se produjese cualquier incumplimiento grave, definidos en el punto número 25.1 de las presentes bases de licitación. B. Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera. C. Si el adjudicatario fuese una empresa y se disolviese. D. Cuando CONAF y el proveedor, de común acuerdo resuelvan poner término al contrato. E. Si el adjudicatario es sometido a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva F. Muerte o incapacidad sobreviviente del adjudicatario, si fuese una persona natural. G. Fallecimiento del representante legal que implique el término del giro de la sociedad, si fuese persona jurídica. H. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. I. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal independiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: I.I. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presentes o futuros, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. I.II. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario durante la relación contractual objeto de la presente licitación. I.III. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. J. En caso de que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 5 días completos, continuos o discontinuos del mes. K. En caso de que las multas cursadas por atrasos o incumplimientos sobrepasen el 15% del valor total contratado (iva incluido). L. Por incumplimientos de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases. M. Si el adjudicatario es sometido a proceso de formalización, por algún delito que merezca pena aflictiva y por el cuál no pueda entregar el servicio contratado. N. Si el adjudicatario no iniciara la ejecución del servicio en el plazo fijado, habiendo sido notificado oportunamente, según letra número A, del punto 25.1 de estas bases administrativas. O. Si existe incumplimientos de obligaciones labores, de seguridad social u otras de los dependientes que ejecutan o ejecutaron los servicios. P. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
26. POLITICA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN DE LA CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL.
Considerando la reciente implementación de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corporación Nacional Forestal, en el mes de marzo del año 2023, la cual impulsa un cambio de paradigma -de largo plazo- que debe abarcar la totalidad de las relaciones entre las personas que trabajan en la institución y de los servicios en el marco de los objetivos estratégicos de la Corporación Nacional Forestal, es que se actualiza la cláusula referida al Principio de Igualdad y No Discriminación Arbitraria en las bases de licitación, requerimientos y en convenios o contratos que la Institución suscriba, en los siguientes términos: - PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA. La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas: A. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria. B. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas partes, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos. C. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes. D. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes. Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia persona y la enfermedad o discapacidad.”
MULTAS
A. CONAF aplicará una multa de 1/4 UTM por cada día de retraso en el inicio de las labores (considerando el plazo máximo indicado en el anexo n° 5). En caso de no iniciar las labores dentro de los 5 días corridos, posteriores a la fecha de plazo indicada en sus anexos, se considerará incumplimiento grave y podrá establecerse el término anticipado del contrato, a partir del día 6 (Letra D, punto número 25.1). B. CONAF aplicará una multa de 1/4 UTM por cada día de retraso en la instalación y funcionamiento de la totalidad de los servicios contratados, considerando un plazo máximo de 3 días corridos, según letra A, del punto 25.1 de las bases administrativas. C. CONAF aplicara una multa de 1/4 UTM por cada día de retraso, en el caso de que la contraparte técnica informe sobre fallas o anomalías en el servicio y aquellas no han sido reparadas en los plazos establecidos, según anexo n° 7.
PROCEDIMIENTOS APLICATIVO DE MULTAS
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa: A. La Contraparte Técnica informará mediante Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de cumplimiento de contrato si procede, a través de la entrega de un informe de operaciones y los respaldos que lo acrediten. B. El Departamento de Finanzas tramitará la solicitud de la Contraparte Técnica y notificará al (a la) proveedor (a) mediante una Carta Sencilla firmada por la Jefe de Finanzas y Administración sobre la aplicación y los hechos que motivan la multa. C. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el (la) proveedor(a) tiene un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes, ubicada en Panamericana Norte N°3430, Chillán. D. Transcurrido el plazo indicado en la letra anterior sin que el (la) proveedor(a) haya presentado descargos, se procederá con la aplicación de la multa notificada a través de resolución fundada del Director Regional, la cual será notificada mediante carta de CONAF. En dicha carta formalizará la resolución de la multa, se adjuntará la factura emitida por este concepto y los datos para realizar la transferencia de pago a CONAF. E. Si el (la) proveedor(a) ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional dispondrá de un plazo de 30 días hábiles administrativos para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente. F. La medida a aplicarse del punto anterior, deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. G. Los valores de las multas deberán ser pagaderos por el (la) proveedor(a) por el valor total de las multas aplicadas en un plazo no superior a 15 días hábiles administrativos, una vez emitida la factura o boleta por parte de la Corporación Nacional Forestal. H. En el caso de no cancelar las multas en el plazo mencionado en el punto anterior, la Corporación Nacional Forestal procederá a cobrar de las facturas pendientes de pago o de la boleta de garantía de fiel cumplimiento si no existieran pagos de facturas pendientes. I. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las partes procurarán dar solución a sus conflictos en forma amistosa y de común acuerdo. En caso de no prosperar, o no llegar a acuerdo en los términos señalados, se someterán a los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Chillán.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
A. El adjudicado deberá cumplir con todas las instrucciones y/o disposiciones de carácter técnico y administrativo que la Corporación Nacional Forestal le imparta, según lo establecido en las bases de licitación y así asegurar una correcta ejecución de la entrega del servicio. B. El adjudicado es el único responsable de la entrega integra del servicio. C. El adjudicado se compromete a observar la legislación vigente para todas las materias que involucre la presente propuesta. D. La Corporación deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el adjudicado, ya sea en materia laboral, tributaria y otros, será de exclusiva responsabilidad de éste. E. Acreditar experiencia, según la documentación entregada, según anexos técnicos. F. Realizar el servicio en los plazos y periodos estipulados. G. Tener presente en terreno las actividades a realizar e instalar. H. Proveedor el vestuario y elementos de protección personal para los trabajadores, de acuerdo a los distintos tipos de funciones que se desarrollen en o los trabajos objeto de esta presente licitación. I. Pagar oportunamente los sueldos y leyes sociales de los trabajadores. J. Instruir a sus trabajadores sobre la prohibición de hacer fuego para calefacción o cocción de alimentos, de fumar y de consumir bebidas alcohólicas y drogas en los establecimientos donde se realice la prestación de los servicios. K. Dejar el área trabajada, cuando éstas estén concluidas, libre de basuras y residuos líquidos o sólidos que puedan generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas, o mejores, condiciones en que lo recibió al inicio de los servicios. En caso de almacenar combustibles y/o aceites, estos deberán quedar acopiados en un lugar seguro con un cortafuego en derredor. L. Se deja constancia que el proveedor es el único y exclusivo responsable de las obligaciones laborales y previsionales que emanen para sus trabajadores. M. Queda completamente prohibido cortar, eliminar, destruir o descepar algunas especies en peligro de conservación o especies que no se encuentren solicitadas en las especificaciones técnicas. N. Se deberá cumplir con las normativas estipuladas en el reglamento especial para empresas contratistas y sub-contratistas de seguridad y salud en el trabajo. (Según documento adjunto).
OBLIGACIONES DE CONAF
A. Entregar la información digital y georreferencial de la brigada Vivero de Álamos y de las actividades a realizar por el proveedor. B. Se entregara en las respectivas visitas a terreno, toda la información necesaria que los oferentes necesiten para su postulación, como es el caso del plano de las dependencias de la base de brigada Vivero de Álamos, con todos los puntos de vigilancia a necesitar. Esta información será entregada en el momento de la visita y al término de esta, deberá ser devuelta al personal de CONAF a cargo de la visita a terreno. C. Supervisar la calidad técnica del servicio, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases, anexos y contratos. D. Recepcionar periódicamente el correcto funcionamiento de los servicios contratados, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases, anexos y contrato. E. Velar por el fiel cumplimiento de estas bases y contratos.
OBSERVACIONES GENERALES
A. El proveedor adjudicado debe efectuar un aseo prolijo en las áreas que directa e indirectamente hubieran intervenido. B. El servicio estará en condiciones de ser recibidas, una vez retirados la totalidad de los escombros, desechos y basuras producidas para la ejecución de los servicios. Además se verificará la completa y correcta instalación y ejecución de los servicios contratados. C. Esta contratación de los servicios no considera la entrega de materiales, por ende el proveedor adjudicado deberá incluir en sus costos la compra de materias primas y/o materiales a utilizar. D. Los establecimientos de la Corporación Nacional Forestal, DEPRIF Ñuble, no serán facilitados para uso personal del contratista, es decir, baños, camarines, comedores u otros; por lo que, es obligación de parte del proveedor entregarles a sus trabajadores, todos los servicios y/o comodidades necesarias para su operatividad y buen funcionamiento.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.