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Resolución de Empates |
En caso de que dos o más ofertas obtengan un puntaje empate, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, en el orden que se indica:
1. Precio ofertado.
2. Plazo de entrega.
3. Presencia local.
4. Requisitos Formales.
5. Programa de integridad y ética empresarial.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Se podrá solicitar a los oferentes que salven errores (información extraída desde el portal www.mercadopublico.cl fuere ilegible y/o incomprensible o ininteligible) u omisiones formales de la oferta Administrativa, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los
oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (Art. 56 del Decreto N°661/2024) De acuerdo a lo anterior, se permitirá la presentación de los documentos administrativos solicitados, siempre que dichos documentos se hayan obtenido con anterioridad al cierre de las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el cierre del plazo para presentar propuestas y el periodo de evaluación, para lo cual se otorgará plazo fatal de 72 horas corridas, para
responder a lo solicitado, mediante el requerimiento por parte de la unidad licitante. Una vez subsanado por el oferente, se someterá a evaluación y se asignará menor puntaje en CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN. La municipalidad NO considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo y/o enviadas por otro medio que no sea el Portal Mercado Público. En caso de no presentar el documento solicitado, la oferta
será declarada inadmisible.
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Pacto de integridad |
El oferente deberá adjuntar el referido Programa de Integridad a su oferta y respaldo que permita verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores tales como: un comunicado interno a los trabajadores, mail masivo, lista de los trabajadores con correspondientes firmas, anexos de contratos u otro medio de respaldo (para aquellos oferentes que sean personas jurídicas y/o sean persona natural con personal a cargo).
Asimismo, se asignará puntaje tanto a personas jurídicas como naturales (sin personal a cargo) que acrediten cursos, capacitaciones, diplomados u otros documentos fidedignos en que conste que tanto las personas naturales que estén en contacto directo con la Administración durante la ejecución contractual como aquellas que realizan directamente la labor encomendada, se han capacitado en integridad o compliance.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga
como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En caso que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores (UTP), la
declaración deberá ser completada por cada uno de sus integrantes, quienes,
cuando corresponda, deberán presentar su propio programa de integridad, el cual
deberá ser acompañado de su respectivo medio de difusión.
En caso de no adjuntarla dentro del plazo establecido, ya sea en la oferta inicial o en el proceso de “Aclaraciones a la Oferta de la Licitación”, se considerará que no
cumple con este requisito y la oferta será evaluada con puntaje cero en el criterio de evaluación Programa de Integridad.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Solo se responderán consultas que sean pertinentes y directamente relacionadas con el objeto del servicio licitado. Las respuestas a dichas consultas, una vez emitidas, formarán parte integrante de las presentes Bases de Licitación y/o del contrato de servicio que se derive de este proceso, teniendo el mismo valor jurídico que los demás documentos contractuales.
Asimismo, la Municipalidad dentro del proceso de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a alguna aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, se reserva el derecho de hacer aclaraciones, enmiendas, rectificaciones y modificaciones a las Bases Administrativas, a las Bases Técnicas y demás antecedentes de esta licitación, las que serán aprobadas mediante acto administrativo por la autoridad competente, enmiendas que pasarán a formar parte integrante de estas bases y/o del contrato respectivo,
las cuales serán informadas debidamente a través del Portal Mercado Público, hasta 2 días corridos antes del cierre de recepción de las ofertas en el portal.
Las aclaraciones se entenderán siempre conocidas y será responsabilidad de los oferentes que participen en la licitación consultar la información en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Sin embargo, si en el caso en que el municipio formulara aclaraciones, el plazo se podrá aumentar prudencialmente para que los oferentes puedan adecuar sus propuestas a las modificaciones introducidas.
El Documento de Respuestas y Aclaraciones, para todos los efectos legales y contractuales, pasarán a formar parte integral de las presentes Bases.
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