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6.1.1 Antecedentes Generales.
A los proponentes que sean personas naturales o jurídicas que hayan decidido participar en la licitación, se les exigirá la presentación de declaraciones juradas que acreditan que no se encuentran inhabilitados para ofertar ni para contratar con el Estado, según formato provisto por el Portal Mercado Público, firmadas por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica.
Además se requerirá la presentación de los siguientes antecedentes:
a) Para personas naturales:
- Fotocopia de la cédula nacional de Identidad.
b) Para personas jurídicas,
- Fotocopia del R.U.T. de la persona jurídica.
- Fotocopia de la cédula nacional de identidad del representante legal.
- Fotocopia del certificado de vigencia de poderes u otro documento que acredite la personería del representante legal.
c) Unión Temporal de Proveedores
- Copia del documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme con lo establecido en el artículo 180 del decreto 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley 19886.
- Fotocopia de los RUT y cédulas de identidad de las personas jurídicas o naturales participantes.
- Las declaraciones juradas deberán ser presentadas por cada uno de los miembros de la unión temporal
d) Todo oferente:
A. Declaración Jurada Simple Inhabilidades e Incompatibilidades para presentar ofertas Debe completarse electrónicamente, a través de la declaración jurada en línea para proveedores dispuesta en plataforma de Mercado Público, al momento de ingresar su oferta.
En caso de UTP, quien presente la oferta debe llenar la declaración en línea y el resto de los miembros de la UTP deben presentar la misma declaración anexándola a los antecedentes administrativos: En caso de no estar la declaración del resto de los miembros de la UTP, la oferta será declarada inadmisible
B. Declaración Jurada sobre Programa de Integridad (Anexo N°5)
El oferente, conforme lo dispone el artículo 17 del Reglamento de Compras, deberá acreditar que cuenta con un programa de integridad validable, que establezca medidas de difusión y comunicación, seguimiento, mitigación y correctivas, o bien, con un Modelo de Prevención de los Delitos en los términos previstos en el artículo 4° de la ley 20.393. Para estos efectos se entiende por Programa de Integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir, identificar y/o sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento, y su contenido se verificará conforme al siguiente listado:
• Que contenga reglas para asegurar un comportamiento honesto, evitando conflictos de intereses y previniendo la infracción de la normativa contenida en la Ley N° 20.393 y el Decreto Ley N° 211, que fija normas para la Defensa de la Libre Competencia; esto es que se oriente a asegurar la integridad de quienes contratan con la Administración.
• Que contenga mecanismos de control interno para prevenir conductas contrarias a la probidad e integridad.
• Que contenga un procedimiento de denuncia de estas conductas.
• Que contenga sanciones para quienes incumplan el programa.
• Que contenga disposiciones relativas a su revisión y actualización.
• Que se acredite haber capacitado y/o difundido el programa de integridad entre los trabajadores de la empresa
• Que, en caso de contar con programa de integridad, declarar que este programa se mantendrá vigente y operativo hasta 90 días después del término del contrato.
• En caso de UTP cada empresa integrante deberá presentar su propio programa de integridad
• Se deberán presentar documentos que permitan verificar el contenido del programa y su difusión entre los trabajadores.
Dicho programa será evaluado conforme al criterio de evaluación contenido en el numeral 9.1. de las presentes Bases, y no constituye un requisito de admisibilidad de la oferta.
Para la evaluación del programa de integridad, además de la declaración jurada del anexo 5, se deberá adjuntar los medios de verificación que en dicho anexo se declaren y el correspondiente programa de integridad.
Los oferentes que no presenten o no completen el anexo 5, o no acompañen los medios de verificación, serán evaluados como no acreditado.
C. Enfoque De Género. Se evaluará el que los oferentes cuenten con sello empresa mujer, el cual se acreditara mediante el portal mercado público.
La falta de cualquiera de los documentos anteriormente explicitados al momento de la apertura de las ofertas, implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible, salvo la posibilidad del licitante de solicitar antecedentes omitidos, conforme con el punto 8.4 de las presentes bases
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