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Resolución de Empates |
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Si dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje en el resultado final de la evaluación, se considerarán como criterios de desempate, en orden de prelación:
i. En primer lugar, se privilegiará el oferente que proponga la menor oferta económica.
- Si el empate persiste, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el factor Plazo de Entrega.
- Si el empate persiste, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el factor Programa de integridad.
- Si el empate persiste, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el factor Cumplimiento de requisitos formales.
- Si aun así el empate se mantiene, se zanjará finalmente a favor del oferente que primero hubiese ingresado su oferta al portal.
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ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La licitación corresponde a un proceso de adjudicación múltiple, permitiendo que cada oferente pueda presentar ofertas para una o más líneas, pero cada una de ellas solo podrá ser adjudicada a un único oferente y se ejecutará mediante la dictación de una Resolución al proponente que haya obtenido el más alto puntaje en la evaluación, de acuerdo con los criterios y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, el que se publicará en el Sistema de Información y gestión de compras públicas, una vez que se encuentre totalmente tramitado.
La Corporación podrá adjudicar la propuesta a un oferente que hubiese presentado una oferta menor al 50% a la del oferente que le sigue, aunque se haya verificado por parte de la Corporación que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite al oferente una garantía adicional de fiel cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases y/o en los Términos técnicos de referencia. Se declara desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
La notificación de la adjudicación se entenderá realizada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 19.886, esto es, luego de 24 horas transcurridas desde publicado la respectiva Resolución de adjudicación en el Sistema de Información y gestión de compras y contratación pública.
El oferente adjudicado podrá realizar todas las consultas, presencialmente, sobre la adjudicación a la Unidad Coordinadora, dentro del plazo de 2 días hábiles posterior al acto adjudicatario.
En la publicación de la licitación en el Sistema de información y gestión de compras públicas www.mercadopublico.cl , se debe señalar una fecha estimativa de la adjudicación o declaración desierta del proceso. Dicha fecha podrá ser modificada por la Corporación, en los casos que, a la fecha original determinada, no se hayan completado los trámites administrativos que autorizan la adjudicación, lo que será informado mediante una aclaración de oficio, donde se señalarán las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar. Dicha aclaración de oficio será aprobada a través de la respectiva Resolución.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondiente.
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