Licitación ID: 1218463-10-LE25
Adq. De Material de Enseñanza Para EE.EE - Readjudicada en Id 1218463-10-R125
Responsable de esta licitación: CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 332
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1
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Cod: 14111509
Adquisición De Material de Enseñanza (artículos de librería) Para Establecimientos Educacionales Dependientes De La Corporación Municipal Gabriel González Videla  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adq. De Material de Enseñanza Para EE.EE - Readjudicada en Id 1218463-10-R125
Estado:
Readjudicada
Descripción:
La Corporación Municipal Gabriel González Videla, a través del Departamento de Educación, requiere las adquisiciones, compra, mantenimiento yo renovación de Infraestructura y recursos educativos, para asegurar los insumos fungibles básicos, recurso didáctico y TIC que potencian el aprendizaje permanente y oportuno de los y las estudiantes. Los recursos son adquiridos de acuerdo con las necesidades del establecimiento y propósitos educativos relacionados con su PEI. .
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Área Educación SEP
R.U.T.:
70.892.100-9
Dirección:
Ánima de Diego 550
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-05-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 12-05-2025 11:49:14
Fecha inicio de preguntas: 13-05-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 14-05-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-05-2025 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-05-2025 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-05-2025 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 12-06-2025 14:41:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO Nº1: Identificación Oferente y Programa de Integridad: El oferente deberá indicar si cuenta con un programa de integridad implementado y si éste es conocido por su personal trabajador, debiendo adjuntar respaldo tanto del programa, como en su caso de haber efectuado la difusión a su personal, mediante documentos tales como: comunicado interno, mail masivo, folletos y otros. 1.1 En caso de personas jurídicas, se debe incluir: - Certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión. - Certificado que acredite la personería del representante legal con plazo de 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión (Certificado de vigencia de poder del Registro de Comercio o Certificado Estatuto actualizado del registro de empresa en un día del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo). - Fotocopia simple del RUT de la Sociedad y el o los representantes legales, según corresponda. 1.2. En caso de persona natural, se debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad e iniciación de actividades del SII, cuando corresponda. 1.3. Los oferentes que oferten bajo la modalidad de UTP deberán acompañar adicionalmente al Formulario N°2, certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión, certificado que acredite la personería del representante legal, y copia del RUT de las empresas. Además, se deberá acompañar el documento que dé cuenta del acuerdo para participar se esta forma. La oferta presentada por una Unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Los oferentes deben encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá encontrarse hábil en dicho registro. 2. FORMULARIO Nº2: Declaración de Aceptación de Bases, Condiciones de la Propuesta y Pacto de Integridad. 3. FORMULARIO N°3: Declaración Jurada Simple de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (para persona natural y jurídica)
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO N°4: Oferta Técnica y plazo de entrega: El oferente deberá completar este formulario, indicando si oferta los productos señalados. Además, deberá adjuntar ficha técnica de los productos solicitados. El oferente debe ofertar por la totalidad de los productos requeridos.
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°5: Oferta Económica, los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto de la totalidad de los productos solicitados. La oferta económica deberá incluir el valor de flete hasta la bodega de educación, ubicada en Avenida Francisco de Aguirre N°261, La Serena (Liceo Marta Brunet), en horario de lunes a viernes, desde las 09:00 hasta las 15:30 hrs.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA . Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi) * 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 50%
2 PLAZO DE ENTREGA Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente respecto al plazo. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Pje Oi = (Oe/Oi) * 100 Donde: Pje Oi: Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor plazo de entrega) Oi : Oferta del oferente i 30%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Oferente presenta la totalidad de los documentos o certificaciones solicitados dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas. 100 puntos Oferente no presenta la totalidad de los documentos o certificaciones solicitados dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas, pero subsana la omisión dentro del plazo otorgado para tal efecto. 50 puntos Oferente no presenta la totalidad de los documentos o certificaciones solicitados dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas, ni tampoco subsana la omisión dentro del plazo otorgado para tal efecto. 0 puntos 15%
4 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD Oferente adjunta programa de integridad implementado, siendo este conocido por los trabajadores 100 puntos Oferente no adjunta programa de integridad implementado 0 puntos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO SEP
Monto Total Estimado: 48396127
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DEPARTAMENTO DE FINANZAS
e-mail de responsable de pago: atencionproveedores@corporacionggv.cl
Nombre de responsable de contrato: TAMARA TORRES ALCAYAGA
e-mail de responsable de contrato: tamara.torres@corporacionlaserena.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2544160-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación Municipal Gabriel González Videla podrá, en caso que el proveedor adjudicado no acepte la Orden de Compra dentro del plazo establecido para estos efectos; no entrega la declaración de Unión Temporal de Proveedores solo en caso que el adjudicado sea una UTP; no haga entrega del Programa de Integridad y su efectiva difusión a sus trabajadores; no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, no cumpla con los requisitos para contratar; se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N°19.886 y su Reglamento, readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes.
DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Para todos los efectos legales de la relación contractual, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. La Adquisición se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en el Formulario de la propuesta (Formulario N°5), expresado en moneda nacional. Tomando en consideración que el monto de lo requerido es menor a las 1000 UTM y en conformidad a lo estipulado en el artículo 117 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los bienes sobre los que versa la presente licitación pública se califican en este acto como de simple y objetiva especificación, formalizándose la relación contractual mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado. Si el Oferente no cumple con el Artículo N°4 de la ley N°19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no se podrá enviar la orden de compra al proveedor. Los plazos establecidos en la oferta del proveedor y formalizados por la orden de compra, comenzarán a regir a partir del día siguiente a la fecha de aceptación de la orden de compra por parte de la empresa adjudicada. En virtud de lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de los 4 días corridos desde el envío de ésta por parte de la Corporación, o no acredite la existencia del Programa de Integridad y Ética Empresarial, efectivamente conocido y aplicados por su personal, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente.
DEL PLAZO
El plazo de entrega de los productos, será el ofertado por la empresa proveedora y comenzará a regir a partir del día siguiente a la fecha de aceptación por parte de la empresa, de la orden de compra emitida por la Corporación. El plazo, el cual deberá ser ofertado en días hábiles, debe contemplar todo el proceso de adquisición, traslado, envío, y posterior recepción conforme en las dependencias de la bodega de educación, ubicada en Avenida Francisco de Aguirre N°261, La Serena (Liceo Marta Brunet), en horario de lunes a viernes, desde las 09:00 hasta las 15:30 hrs. Será de responsabilidad del proveedor todo gasto que irrogue la ejecución del proyecto de adquisición incluido el transporte, carga y flete del producto. Si el producto presenta problemas de calidad, empaque, envase en mal estado, defectuoso o que no corresponda a lo ofertado, deberán ser cambiados por el proveedor en un periodo no superior a 5 días hábiles. La entrega de los productos se realiza de forma total, debiendo ser entregados con guía de despacho y factura, según lo establecido en el artículo 24 de las presentes bases. El proveedor NO podrá realizar cambios de marcas de productos al momento de la entrega de la mercadería.
SANCIONES Y MULTAS
En caso que el proveedor no ejecutase el suministro de bienes en los términos establecidos en la orden de compra, o demás antecedentes que conforman la presente licitación, en forma oportuna, correcta, conforme y satisfactoria, la Corporación podrá aplicar las siguientes multas: Descripción Criterio de Aplicación Monto de Multa (UTM) Incumplimiento en los plazos de entrega Por cada día 0,2 Incumplimiento del procedimiento descrito para efectuar la factorización de facturas indicado en el artículo 30 de estas bases Por cada oportunidad 0,1 Incumplimiento de las instrucciones recibidas por el Supervisor de la relación contractual respecto a acciones correctivas inmediatas Por cada oportunidad 0,2 El valor de la multa será calculado por el Supervisor de la relación contractual, al valor de UTM del mes en que se genera el incumplimiento que constituye multa. El valor de las multas no podrá exceder del 20% del valor de la orden de compra. La acumulación de multas por un monto superior al 20% del total será causal de término de la relación contractual. Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, otorgándole un plazo de 5 días corridos para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la Corporación se entregará en un plazo de 15 días hábiles. En los descargos, el proveedor deberá señalar todos los antecedentes o circunstancias de hecho o derecho que lo eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos o éstos no son aceptados, se procederá a aplicar la sanción, a través de una Resolución fundada, la cual será publicada en el sistema de información. Contra la Resolución que aplica la sanción, el adjudicatario podrá interponer los recursos que establece la ley. Las notificaciones de medidas aplicadas por incumplimientos contractuales se realizarán a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl En caso que no se hubiese recurrido la multa por parte del proveedor o si alegada la aplicación de la multa, no se hubiere acogido tal por parte de la Corporación, se dispondrá su pago, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva multa, mediante transferencia bancaria de la Corporación Municipal, con los siguientes datos: CORPORACION MUNICIPAL GABRIEL GONZÁLEZ VIDELA RUT N° 70.892.100-9 CUENTA CORRIENTE N° 986010904 BANCO SCOTIABANK La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas, previo aviso del proveedor vía correo electrónico para ser validada. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta.
DE LAS MODIFICACIONES DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia, siempre y cuando no se vean alterados los elementos esenciales del contrato u Orden de compra inicial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras, esto es, cuando se altere la aplicación de los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases; si se altera el equilibrio financiero del contrato o si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. El monto de las modificaciones, en ningún caso, podrá superar el 30% del valor total de la respectiva orden de compra, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria. Toda modificación efectuada deberá aprobarse por Resolución fundada, en la que se consignen las razones que la justifiquen y publicarse en el sistema de información.
DEL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
La Corporación, podrá poner término anticipado a la contratación por las siguientes causas: a. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sean imputables a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del contratante de las obligaciones contractuales descritas en las presentes bases, sin que exista una causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Corporación perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. c. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 26 de las presentes bases. En tal caso, la Corporación sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 25 de las presentes bases. e. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. f. Por disolución de la empresa adjudicada. g. Cuando el valor de las multas exceda del 20% del valor de la orden de compra según lo indicado en el Artículo 26 de las presentes bases, esta situación se considera como incumpliendo grave a la relación contractual, dando lugar al término anticipado de este. h. Si el contratante, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: - Dar u ofrecer obsequio, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el adjudicatario y la Corporación. - Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de algún funcionario de esta Corporación, durante la relación contractual objeto de la presente licitación pública. - Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la Corporación. i. En caso reemplazo de algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores por una inhabilidad sobreviniente, que no cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases, y cuyos atributos sean inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato. j. En cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del Proveedor, tales como emergencia nacional, instrucciones de entes fiscalizadores, u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. Antes de dar término anticipado a la relación contractual, se notificará al proveedor mediante correo electrónico, otorgándole un plazo de 5 días corridos para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la Corporación se entregará en un plazo de 15 días hábiles. En los descargos, el proveedor deberá señalar todos los antecedentes o circunstancias de hecho o derecho que lo eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos o éstos no son aceptados, se procederá a aplicar la sanción, a través de una Resolución fundada, la cual será publicada en el sistema de información. Contra la Resolución que aplica la sanción, el adjudicatario podrá interponer los recursos que establece la ley. Las notificaciones de medidas aplicadas por incumplimientos contractuales se realizarán a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl
CAUSAL DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS EN LA APERTURA.
Serán declaradas inadmisibles, las ofertas que no ingresen, en el portal mercado público el formulario N°5, señalado en el numeral 12.4 de las presentes Bases, o sí éste se encuentra incompleto.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS EN LA EVALUACIÓN.
Las causales de rechazo de las ofertas en el proceso de evaluación: a. Si la oferta presentada no contempla la totalidad de productos requeridos. b. Si los oferentes no cumplen con las características exigidas de los materiales de enseñanza y/o las modifican. c. Cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades de la Corporación. d. Aquella oferta u ofertas simultáneas, que se presenten en la licitación, respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras.
CRITERIOS DE DESEMPATES
En caso de empates en el resultado final de la evaluación, se contempla como criterio para resolverlo el siguiente: a) En caso de empate de dos o más propuestas en la más alta calificación final, el primer criterio para desempatar será el oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de evaluación de “Oferta Económica”. b) En la eventualidad de existir un segundo empate se resolverá por el proveedor que haya obtenido mejor puntaje el criterio: “Plazo de entrega” c) Si aplicados los dos criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio: “Cumplimiento de Requisitos Formales”. d) Si aplicados los tres criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio: “Cumplimiento Programa de integridad”. e) Si continuara el empate luego de aplicado cada uno de los criterios de desempates señalados precedentemente, la Comisión Evaluadora deberá adjudicar al oferente que haya ofertado en primer lugar en el portal de Mercado Público.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.