Licitación ID: 1218463-3-LE25
HABILITACION SALAS COLEGIO EL ROMERO
Responsable de esta licitación: CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 327
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Habilitación aulas colaborativas de primero y segundo básico: pinturas y cambio de equipos de iluminación  

2
Mobiliario 1 Global
Cod: 56101532
Suministro e instalación Mobiliario para habilitación de Aulas colaborativas y sala de calma  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
HABILITACION SALAS COLEGIO EL ROMERO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Corporación Municipal Gabriel González Videla, a través de la Unidad de Infraestructura y Proyectos, requiere intervenir las salas de primero y segundo básico del establecimiento para que el traslado de kínder a enseñanza básica de los párvulos no sea tan difícil. La sala de calma se debe habilitar para dar cumplimiento a la Ley N° 21.545.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Área Educación SEP
R.U.T.:
70.892.100-9
Dirección:
Ánima de Diego 550
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-04-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 09-04-2025 12:06:37
Fecha inicio de preguntas: 12-04-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 15-04-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-04-2025 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-05-2025 13:59:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO DE CARACTER NO OBLIGATORIA, EN COLEGIO EL ROMERO, UBICADO EN CAMINO PRINCIPAL S/N, SECTOR EL ROMERO 11-04-2025 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO Nº1: Identificación Oferente y Programa de Integridad: El oferente deberá indicar si cuenta con un programa de integridad implementado y si éste es conocido por su personal traba-jador, debiendo adjuntar respaldo tanto del programa, como en su caso de haber efectuado la di-fusión a su personal, mediante documentos tales como: comunicado interno, mail masivo, folle-tos y otros. 1.1 En caso de personas jurídicas, se debe incluir: - Certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión. - Certificado que acredite la personería del representante legal con plazo de 60 días corridos má-ximo desde su fecha de emisión (Certificado de vigencia de poder del Registro de Comercio o Certificado Estatuto actualizado del registro de empresa en un día del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo). - Fotocopia simple del RUT de la Sociedad y el o los representantes legales, según corresponda. 1.2. En caso de persona natural, se debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad e iniciación de actividades del SII, cuando corresponda. 1.3. Los oferentes que oferten bajo la modalidad de UTP deberán acompañar adicionalmente al For-mulario N°2, certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión, certificado que acredite la personería del representante legal, y copia del RUT de las empresas. Además, se deberá acompañar el documento que dé cuenta del acuerdo para partici-par se esta forma. La oferta presentada por una Unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Los oferentes deben encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. En el caso de la Unión Tempo-ral de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá encontrarse hábil en dicho registro. 2. FORMULARIO Nº2: Declaración de Aceptación de Bases, Condiciones de la Propuesta y Pacto de Integridad. 3. FORMULARIO N°3: Declaración Jurada Simple de cumplimiento de obligaciones laborales y pre-visionales (para persona natural y jurídica)
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO Nº4: Experiencia en ejecución de servicios o trabajos iguales o similares, para acreditar la experiencia, por lo que se deberá adjuntar: Ordenes de Compras, Contratos o facturas en cuya glosa se describa claramente el tipo de obra ejecutada.
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°5: Oferta Económica, en el cual se deberá indicar los montos unitarios y el monto total del proyecto IVA incluido, además del plazo ofertado del proyecto en días corridos, según Anexo adjunto.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROPUESTA ECONÓMICA Corresponde al monto, por cada línea ofertada, indicado en el Formulario N°5 Oferta Económica, que deberá ser coincidente con la oferta presentada en portal www.mercadopublico.cl. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi) * 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 40%
2 EXPERIENCIA EN EJECUCIÓN EN SERVICIOS IGUALES O SI B.1) Cantidad de Obras (25%): Cantidad de Obras debidamente certificadas Calificación Dieciséis o más obras 100 Trece a Quince obras 80 Diez a Doce obras 60 Siete a Nueve obras 40 Cuatro a Seis obras 20 Una a Tres obras 10 Ninguna obra o No presenta Certificado de Experiencia alguna 0 (Total puntaje) X 0.25 B.2) Años de experiencia en obras infraestructura educacional (50%): Suma de los valores de las Obras debidamente certificadas Calificación Mayor o igual a 5 años 100 Mayor o igual a 4 años 70 Mayor o igual a 3 años 50 Mayor o igual a 2 años 30 Mayor o igual a 1 año 10 No posee experiencia o No presenta Certificado alguno 0 (Total puntaje) X 0.5 B.3) Tipo de Obra (25%): Tipo de las Obras debidamente certificadas Calificación Obras de infraestructura en establecimientos educacionales 100 Obras de infraestructura en otros servicios públicos 50 Ningún valor de obra o No presenta Certificado alguno 0 (Total puntaje) X 0.25 30%
3 PLAZO DE EJECUCIÓN Pje Oi = (Oe/Oi) * 100 Donde: Pje Oi: Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor plazo de entrega) Oi : Oferta del oferente i 20%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Cumplimiento Requisitos Formales Puntaje Oferente presenta la totalidad de los documentos o certificaciones solicitados dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas. 100 puntos Oferente no presenta la totalidad de los docu-mentos o certificaciones solicitados dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas, pero subsana la omisión dentro del plazo otorgado para tal efecto. 50 puntos Oferente no presenta la totalidad de los documentos o certificaciones solicitados dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas, ni tampoco subsana la omisión dentro del plazo otor-gado para tal efecto. 0 puntos 5%
5 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD Cumplimiento Programa de integridad Puntaje Oferente adjunta programa de integridad implementado, siendo este conocido por los trabajadores 100 puntos Oferente adjunta programa de integridad implementado, pero no es conocido por los trabajadores 50 puntos Oferente no adjunta programa de integridad implementado 0 puntos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO SEP
Monto Total Estimado: 22254488
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DEPARTAMENTO DE FINANZAS
e-mail de responsable de pago: atencionproveedores@corporacionggv.cl
Nombre de responsable de contrato: TAMARA TORRES ALCAYAGA
e-mail de responsable de contrato: tamara.torres@corporacionlaserena.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2544160-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal Gabriel Gonzalez Videla, La Serena
Fecha de vencimiento: 22-10-2025
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario al momento de la entrega del Contrato firmado, en la Unidad de Adquisiciones, deberá entregar una Garantía, extendida a favor de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, La Serena, RUT: 70.892.100-9, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, de acuerdo al Artículo Nº 11 de la Ley Nº19.886 cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste.
Glosa: Garantía de Fiel cumplimiento del contrato “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN DE MOBILIARIO E ILUMINA-CIÓN LED Y OBRAS DE PINTURA PARA LA HABILITACIÓN AULAS COLABORATIVAS DE PRIMERO Y SEGUNDO BÁSICO DEL COLEGIO EL ROMERO”
Forma y oportunidad de restitución: La (s) garantía (s) de “Fiel Cumplimiento del Contrato” se devolverá al adjudicatario una vez concluido el contrato y término de vigencia de dicha garantía, a entera conformidad de los servicios contratados, res-guardando el cumplimiento en el pago de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores por parte del proveedor. También se hará entrega a solicitud, por escrito del Prestador posterior a los 60 días de concluido el contrato, siempre que haya dado fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Las garantías deberán ser retiradas en Unidad de Tesorería dependiente del Departamento de Finanzas, ubicada en calle Anima de Diego N°550, La Serena, previa coordinación con dicha Unidad.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación Municipal Gabriel González Videla podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no entregue la declaración de Unión Temporal de Proveedores solo en caso que el adjudicado sea una UTP; no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, no cumpla con los requisitos para contratar; se desista de su oferta o sea inhábil para con-tratar de acuerdo a la Ley N°19.886 y su Reglamento, readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes.
CRITERIOS DE DESEMPATES
En caso de empates en el resultado final de la evaluación, se contempla como criterio para resolverlo el siguiente: a) En caso de empate de dos o más propuestas en la más alta calificación final, el primer criterio para desempatar será el oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de evaluación de “Oferta económica”. b) En la eventualidad de existir un segundo empate se resolverá por el proveedor que haya obtenido mejor puntaje el criterio: “Experiencia en ejecución de servicios iguales o similares” c) Si aplicados los dos criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio: “Plazo de Ejecución”. d) Si aplicados los tres criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio: “Cumplimiento de Requisitos Formales”. e) Si aplicados los criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento Programa de Integridad”. f) Si continuara el empate luego de aplicado cada uno de los criterios de desempates señalados precedentemente, la Comisión Evaluadora deberá adjudicar al oferente que haya ofertado en primer lugar en el portal de Mercado Público.
DEL CONTRATO
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. El proyecto se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, enten-diéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Pro-puesta, expresado en moneda nacional. El precio del contrato comprende el total de las obras cuya ejecución se encomienda, asumiendo el contratista todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución, cualquier sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye, además, el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costos de las garantías y, en general, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto. Asimismo, se deberá tener presente que el precio de las obras no incluirá ningún tipo de aporte reembolsable que deba efectuarse como gastos propios de la ejecución de la obra, entendiendo éstos como pagos a empresas de Servicios Eléctricos, Agua Potable u otros, en consecuencia, dichos aportes serán de cargo del contratista que será responsable de cuantificarlos en su oferta, ítem gastos generales. El contrato será redactado por el Departamento Jurídico de la Corporación, en conformidad a todos los antecedentes que forman parte de la Licitación, a los antecedentes presentados por el adjudicado y a las disposiciones pertinentes de la Ley N°19.886 y su Reglamento. El contrato se redactará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el portal de www.mercadopublico.cl, y deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde el envío del contrato al adjudicatario, por parte del Departamento de Administración por el medio más expedito, y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe. Si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado; o no entrega el documento de garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo; no entrega la declaración de Unión Temporal de Proveedores suscrita ante notario, materializada por Escritura Pública (solo en caso que el adjudicado sea una UTP); no realiza su inscripción en el Registro de Proveedores, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta, procediendo la Corporación, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación o el evaluador , o rechazar todas las restantes. El contrato que se celebre contendrá todas las cláusulas necesarias para su acertada inteligencia y ejecución. Al momento de suscribirse el contrato se deberá de presentan los siguientes antecedentes: a) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra, según lo dispuesto en el numeral 11.3 de las presentes Bases. b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), con una antigüedad no mayor a 30 días corridos posteriores a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales. c) En caso de que el oferente adjudicado sea una UTP deberá hacer entrega a la firma del con-trato la declaración de Unión Temporal de Proveedores, y exigible como documento para con-tratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, de manera de dar cumplimiento con la Directiva 22 de la Dirección de Compras Públicas de fecha 01/12/2015 y lo regulado en el artículo 52 del reglamento de Compras Públicas, Ley N°19.886. El acuerdo en que conste la UTP, deberá materializarse por escritura pública. Para las contrataciones inferiores a las 1.000 UTM, el representante de la Unión Temporal de proveedores, deberá adjuntar al momento de ofertar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En virtud del Dictamen N° 13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República de fecha 4/6/2018, la emisión de la Orden de Compra, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal y de su aprobación, por ende, el responsable del proceso de licitación la enviará con posterioridad al contrato. Una vez firmado el contrato, se dictará la Resolución que lo aprueba. Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá firmar el contrato. Los plazos establecidos en la oferta del proveedor y formalizados por la orden de compra, comenzarán a regir a partir de la fecha de entrega de terreno a la empresa adjudicada. En virtud de lo señalado en el Capítulo IX, Contrato de suministro y servicios, artículo 117 del Reglamento de la Ley 19.886, En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
ENTREGA DE TERRENO
La fecha de Entrega de Terreno será informada por el ITO al Contratista, mediante correo electrónico, previa coordinación entre las partes involucradas. En este acto el Contratista deberá entregar al Inspector Técnico lo siguiente: 1- Libro de Obras, el cual debe ser foliado, autocopiativo en triplicado, con hojas prepicadas y con tapa dura. En la portada deben estar individualizados todos los datos del contrato: - Nombre de la obra - ID Licitación - Empresa Contratista - Representante Legal - Nombre Responsable Técnico Residente - Nombre ITO 2- Nombre del profesional Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil o Técnico en Construcción a cargo de las obras, que será responsable de la supervisión y correcta ejecución de la obra. En la fecha fijada se levantará un Acta de Entrega de Terreno que será firmada por el ITO y el responsable técnico a cargo de la obra, en que constará si corresponde, la entrega de otros antecedentes de la obra, de todo ello se dejará constancia, además en el Libro de Obra. En el caso de que el Contratista no concurra en la fecha programada para la Entrega de Terreno, el ITO estará facultada a cobrar la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato de acuerdo a lo indicado en el numeral 11.3 de estas bases. El plazo de ejecución del Contrato y de la obra se contará desde el día siguiente a la fecha de Entrega de Terreno. Se prohíbe realizar modificaciones no autorizadas en planos y especificaciones. En caso de cambios sin autorización, el contratista deberá rehacer o reconstruir a su costo y cargo lo ejecutado incorrectamente.
PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo máximo de ejecución del proyecto será de 60 días corridos, sin perjuicio que, el plazo contratado será el ofertado por la empresa según formulario N°5 y se contabilizará a partir de la fecha del Acta de Entrega de Terreno. Los plazos cuyo vencimiento recaiga en día inhábil (sábado, domingo o festivo) deberán cumplirse, a más tardar, el día hábil siguiente a dicho vencimiento. Dentro de este plazo ofertado, se deberá prever la ejecución completa del proyecto, en cumplimiento a planos y Especificaciones Técnicas, entre otros, debiendo considerar las aprobaciones de los proyectos de instalaciones ante los organismos competentes, así como otras que por normativa debe dar cumplimiento el contratista para la correcta ejecución y entrega de las obras. El plazo que se estipula para la ejecución de los trabajos, será el ofertado, sin deducción de días lluvias, feriados ni festivos y se contará desde el día siguiente de la fecha del acta de entrega del terreno. La ITO podrá ampliarlo, en caso de cualquier modificación del contrato que lo afecte y siempre que sea por causa no imputable al Contratista. El plazo podrá prorrogarse, previa petición escrita del Contratista, en la que deberá presentar toda la documentación que respalde su solicitud; la que podrá ser aceptada o rechazada por la Unidad Técnica, previo informe del ITO que dé cuenta si corresponde o no aceptar la ampliación de plazo solicitada y fundamente los días de ampliación aprobados o rechazados. De ser aceptada, se dictará la resolución que corresponda y se modificará el contrato. La prórroga no podrá solicitarse una vez terminado el plazo contractual. Toda petición de aumento de plazo deberá formalizarse por escrito ante la Inspección Técnica de Obras hasta antes del término legal de la ejecución de la obra indicada en el Acta de Entrega de Terreno, suscrita por el ITO y la empresa contratista y el respectivo contrato. El aumento de plazo se sumará al término del plazo ofertado. La Inspección Técnica de Obras deberá emitir un informe con el pronunciamiento res-pecto a la pertinencia de la ampliación de plazo solicitada por la empresa en virtud de los antecedentes de respaldo presentados.
ESTADO DE PAGO POR AVANCE DE OBRA
La CGGV pagará al contratista el valor de la prestación del servicio ejecutado a través de Estados de Pago parciales, asociados a los correspondientes avances físicos del proyecto, debidamente aprobados por el ITO y serán de la siguiente manera: - 1° EP por un 50% del valor total del contrato al llegar a un 50% de avance físico. - 2° EP por un 50% del valor total del contrato al llegar a un 100% de avance físico y obtener la Recepción Provisoria de las Obras. El último estado de pago será pagado una vez obtenida la recepción provisoria por parte de la Unidad de Infraestructura y Proyectos. La CGGV pagará al Contratista el valor de las obras efectivamente ejecutadas a través de estados de pago por avance de obra. Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa la CGGV y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista. El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico de Obra, en el cual deberá deducirse las retenciones establecidas en las presentes Bases y los demás des-cuentos que procedan. El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITO. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura.
SANCIONES Y MULTAS
Las multas serán aplicadas por el ITO, en donde se indicará el tipo y el monto de la multa, además, de las razones por las cuales se incurre en la sanción, lo que se notificará de inmediato al contratista por escrito, ya sea, mediante anotación en el libro de prestación del servicio de control de actividades, o mediante correo electrónico o carta certificada, pero siendo siempre prioritaria la primera forma de notificación. a. Procedimiento para la Aplicación de Multas: La CGGV aplicará administrativamente multas al contratista, que corresponderán a un valor expresado en UTM, (el valor de la UTM será tomada al valor del mes en que se haya incurrido en la falta). A continuación, se detallan las infracciones que harán incurrir al contratista en multas y sus correspondientes montos: i. Se aplicará una multa de tres (3) UTM, por no señalizar en forma adecuada los trabajos en ejecución, esta multa se aplicará cada vez que el contratista sea sorprendido por el ITO incurriendo en esta falta. Hasta un máximo de 30 UTM. ii. Se aplicará una multa de dos (2) UTM, cada vez que se sorprenda a algún trabajador sin los im-plementos de seguridad requeridos para el desarrollo de su labor, ya sea por negligencia propia del trabajador o por no provisión de los implementos por parte del contratista; esta multa se aplicará por cada trabajador sorprendido por el ITO incurriendo en esta falta. Hasta un máximo de 10 UTM. iii. Si el contratista utiliza materiales y equipos que no cumplan con los criterios de calidad requeridos según la pauta señalada en las Especificaciones Técnicas, o en su defecto, que no haya sido de aquellos autorizados por el ITO., la multa será de tres (3) UTM por cada vez que sea sorprendido. Hasta un máximo de 9 UTM. iv. Se aplicará una multa por incumplimiento de las obligaciones contraídas, de acuerdo a lo establecido en el Contrato, Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y cualquier otro antecedente que rija la presente licitación, la multa será de dos (2) UTM por cada incumplimiento informado por el ITO Hasta un máximo de 6 UTM. v. Si el contratista se extendiera en el plazo que señale expresamente el ITO para solucionar observaciones que afecten la ejecución de los trabajos, del servicio contratado, la multa será de dos (2) UTM por cada día de atraso. Este plazo no podrá excederse en más de cinco (5) días corridos inclusive, vencido este plazo el Mandante podrá poner término al contrato. Nota: Las observaciones realizadas por el ITO, deberán ser cumplidas por el contratista en el plazo establecido en el libro de prestación del servicio. vi. Por cada día corrido de atraso en las recepciones, en el plazo señalado en el Artículo 34 de estas Bases, se fijará una multa de: Por días de atraso % del monto contratado x día de atraso Si el adjudicatario excede el plazo ofertado, se multará por cada día de atraso 0,1 Para el caso de que se realicen observaciones al momento de Recepción Provisoria y estas no se levan-ten en el plazo indicado para ello en el libro de prestación del servicio, estos días de atraso vendrán a sumarse al atraso ya presentado. En ningún caso el atraso podrá superar, en días corridos, el 30% del plazo ofertado por el contratista, por lo que el Servicio podrá poner término anticipado al contrato, cobrando la multa correspondiente y haciendo efectiva las garantías correspondientes. vii. Se multará con dos (2) UTM por cada vez que se sorprenda a algún empleado en malos tratos de palabra con el ITO, funcionario y/o Público en general. Hasta un máximo de 6 UTM. viii. Incumplimiento de las instrucciones del ITO, en los plazos fijados por este en el libro de prestación del servicio, aplicándose una multa de tres (3) UTM por día de atraso, sin perjuicio de lo dispuesto en el Articulo Punto 21.2 de las presentes Bases Administrativa ix. Se multará con tres (3) UTM por cada evento, al no informarse al ITO, dentro de las siguientes 24 horas, del cambio de uno o más trabajadores; debiéndose enviar una nómina actualizada con los nuevos trabajadores. x. Se multará por realizar subcontratación y no informar o no estar autorizado por el ITO para sub contratar. (10) UTM xi. Se multará con tres (3) UTM por cada evento, cada vez que el ITO solicite la documentación de los trabajadores que desempeñan en la prestación del servicio y esta no se encuentre en el lugar donde se prestan los servicios. Tope 9 UTM. b. Descargos a las infracciones. El contratista podrá realizar descargos respecto de la anotación de la infracción, para lo cual deberá dirigirse, por escrito, a la jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles, contados desde la fecha de anotación o notificación del incumplimiento. En dichos descargos deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del contratista, la deficiencia y qué procedimiento se utilizó en terreno para superar la situación, ya sea intentando evitar o disminuir la deficiencia, dadas las condiciones en terreno, de no realizarse los descargos en el plazo establecido, se en-tenderá por aceptada la infracción. c. Resolución de los descargos a las infracciones: El Director de Administración y Finanzas resolverá sobre los descargos a la anotación de las infracciones registradas en el libro de prestación del servicio, para lo cual, según su criterio, determinará si la justificación del contratista procede o no, y en qué grado puede ser considerada procedente. d. Rechazo de los descargos: El rechazo total de los descargos significará cursar la multa completa al contratista. Se aplicará este procedimiento cuando la deficiencia sea responsabilidad directa y total del contratista y la justificación utilizada por éste en la apelación, sea considerada técnicamente improcedente, es decir, que dicha justificación no se acepta. Esto significa que, no existiendo impedimento para la aplicación cabal del contrato, si la empresa lo hubiere aplicado como indican las Especificaciones Técnicas, la deficiencia no hubiese producido. e. Aceptación de los descargos: La aceptación total de los descargos significará desestimar completamente la aplicación de la multa al contratista. Se aplicará este procedimiento cuando se considere que la ocurrencia de la deficiencia no es responsabilidad directa y total del contratista, sino que obedece a situaciones que escapan completamente a su control, aun cuando aplicare medidas de disminución de efectos negativos. f. Aplicación de multas: El director del Departamento de Administración y Finanzas emitirá un Informe Técnico de la procedencia o no, de los descargos; el que será remitido al Secretario General, quien resolverá respecto de su aceptación o rechazo total; y procedencia final de la aplicación de la multa o no. Procediendo a remitir los antecedentes al Departamento Jurídico para que elabore el acto administrativo correspondiente, en caso de aplicación. En caso de aplicarse multas, el proveedor adjudicado podrá reclamar de su aplicación al Secretario Gene-ral, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley N° 19.880. g. Pago de las multas: Las multas podrán hacerse efectivas con cargo a: 1) En caso que no se hubiese recurrido la multa por parte del proveedor o si alegada la aplicación de la multa, no se hubiere acogido tal por parte de la Corporación, se dispondrá su pago, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva multa, mediante transferencia bancaria de la Corporación Municipal, con los siguientes datos: CORPORACION MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA RUT N° 70.892.100-9 CUENTA CORRIENTE N° 986010904 BANCO SCOTIABANK La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas, previo aviso del proveedor vía correo electrónico para ser validada. 2) Si no se produjese la transferencia en dicho plazo, la CGGV estará autorizada para hacer cobro de la boleta de garantía por fiel cumplimiento del contrato y descontar de ese monto la multa cursada, consignado el punto 11.3 de las presentes bases de licitación. h. Tope de las multas: Se establece que el monto tope máximo para cursar multas en su conjunto, no podrán exceder del 10% del valor total del contrato. En caso de superar dicho porcentaje, será causal de termino de contrato
RECEPCIÓN PROVISORIA
Una vez finalizadas las obras, el contratista deberá comunicarlo por escrito a la Unidad Técnica, solicitando la Recepción Provisoria. Si, durante la inspección, la Inspección Técnica de Obra (ITO) detecta observaciones o incumplimientos, podrá otorgar un plazo de hasta 15 días corridos para su corrección. Una vez subsanadas las observaciones, se procederá a la recepción, levantando el Acta de Recepción Provisoria de la Obra, que deberá ser firmada por el Contratista y el ITO. El acta incluirá, al menos, los siguientes puntos: • Fecha de término de la obra según contrato. • Modificaciones en obra o plazos. • Fecha de término real de la obra. • Aplicación de multas (si corresponde). • Fecha estimada para la Recepción Definitiva.
DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA
Transcurridos 30 días corridos desde la Recepción Provisoria, el ITO procederá a la Recepción Definitiva. Si durante este período se presentan fallas o defectos constructivos atribuibles al contratista, este deberá repararlos a su costo en el plazo que determine el ITO. Para solicitar la Recepción Definitiva, el contratista deberá presentar la solicitud a través de la Oficina de Partes de la Corporación. Aprobada la recepción, se liquidará el contrato y se procederá a la devolución de la garantía en custodia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.