| Ítem | Observaciones | Ponderación |
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1
Sello empresa mujer (máximo 3% ponderación)
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Sello empresa mujer
(máximo 3% ponderación)
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3%
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2
Precio
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Para la evaluación se considerará la oferta económica del anexo N°5, como lo indica el punto 8.2. de las BAE.
La evaluación se realizará aplicando la fórmula que se indica a continuación, considerando que, a menor precio de la oferta, mayor será la ponderación precio de la oferta:
%PPO= [(PO(min)* 100)/(PO(o))]* P%
Donde:
%PPO = Ponderación oferta económica
PO(o) = Oferta económica de la oferta
PO(min) = Oferta económica mínima (menor “Oferta económica” de todas las ofertas)
P% = Ponderación del criterio.
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45%
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3
Descentralización y desarrollo local (máximo 4% po
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Para la evaluación de este criterio se considerará la copia de Patente Municipal al día y/o documento emanado del SII que acredite dirección tributaria indicada por el oferente en el Anexo N°1.
Si el oferente tiene y acredita dirección comercial en la región de Aysén, se le asignará el máximo puntaje de evaluación de este criterio, de lo contrario, se le asignará 0 (cero) por ciento. Así también, sí indicando dirección regional en el anexo N°1 y no acredita dirección en la región de Aysén, también se le asignará 0 (cero) por ciento.
Será responsabilidad del proveedor adjuntar documentos(s) que acredite dirección comercial en la región de Aysén, ya que la omisión de éstos no será solicitado por foro inverso.
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4%
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4
Registro RENASTRE (máximo 25% ponderación)
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Para la evaluación se considerará la inscripción RENASTRE del anexo N°6, y validado como lo indica el punto 8.3 de las BAE.
Si el oferente indica “SI” en el anexo, cuenta y acredita adjuntando a su oferta certificado con inscripción vigente de transporte escolar en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (RENASTRE), se le asignará el máximo puntaje de evaluación de este criterio, de lo contrario, se le asignará 0 (cero) por ciento. Así también, si deja la casilla en blanco o seleccionando “SI” respecto a la inscripción RENASTRE en el anexo y no acredita adjuntando a su oferta certificado de inscripción vigente RENASTRE o adjuntándolo este se encuentra con servicio vencido, también se le asignará 0 (cero) por ciento.
Será responsabilidad del proveedor adjuntar certificado con inscripción vigente de transporte escolar en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (RENASTRE), ya que la omisión de este no será solicitada por
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25%
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5
Año vehículo (máximo 20% ponderación)
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Para la evaluación se considerará el año de fabricación del vehículo ofertado en anexo N°6, y validado como lo indica el punto 8.3 de las BAE.
Serán evaluadas aquellas ofertas que presenten fabricación del vehículo mayor o igual al año 2014; de lo contrario la oferta se declarará inadmisible por no cumplir con los requisitos mínimos solicitado en bases de licitación.
La evaluación se realizará de acuerdo con la siguiente tabla:
AÑO FABRICACIÓN PONDERACIÓN
Mayor o igual año 2022 20%
Del año 2018 al 2021 10%
Del año 2015 al 2017 5%
Año 2014 0%
En el caso que por línea de oferta se considere dos vehículos por recorrido, será considerado para la evaluación el vehículo con mayor año de fabricación y correctamente validado.
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20%
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6
Cumplimiento de los requisitos
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Será evaluado el cumplimiento del envío oportuno y completo de la documentación solicitada en el punto 7.1 y 7.3 de las Bases Administrativas Especiales.
Los oferentes que cumplan con la presentación oportuna y completa de los documentos requeridos obtendrán el máximo porcentaje de ponderación de este criterio, y los oferentes a los cuales sea necesario solicitar parte o toda la documentación a través del Sistema de Información, obtendrán 0% (cero por ciento).
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2%
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7
Programa de Integridad (máximo 1% ponderación)
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Para la evaluación de este criterio se considerará si el oferente o al menos un integrante de la UTP, posee programa de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores/ras dependientes, conforme con lo indicado en el anexo N°4.
Si el oferente es persona natural, para la evaluación de este criterio se considerará si éste o las personas que estén a su cargo, sea que administren el contrato o participen en la ejecución directa de la labor encomendada, cuentan con cursos, capacitaciones, diplomados o que hubieren participado en otras instancias similares de formación en materia de integridad o compliance, lo que deberá ser acreditado a través de documentos fidedignos.
Si el oferente tiene y acredita programa de integridad implementado, se le asignará el máximo puntaje de evaluación de este criterio; de lo contrario, se le asignará 0 (cero) por ciento. Así también, si no adjunta anexo N°4 a la oferta o indicando “Si cuenta con programa de integridad” y no acredita éste
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1%
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