Licitación ID: 1233822-11-LP26
SERVICIO DE SEGURIDAD ACUÁTICA EN PISCINA CDE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de salvavidas 1 Unidad
Cod: 92101904
SERVICIO DE SEGURIDAD ACUÁTICA EN PISCINA SEMIOLÍMPICA PARA COMPLEJO DEPORTIVO ESCOLAR  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE SEGURIDAD ACUÁTICA EN PISCINA CDE
Estado:
Cerrada
Descripción:
El referido recinto cuenta con una superficie edificada de alrededor de 16.000 m2, y comprende, entre otras dependencias, una piscina semiolímpica, respecto de la cual resulta necesario asegurar condiciones adecuadas de funcionamiento, operación y seguridad para sus usuarios.En razón de ello, para la correcta administración, operación y funcionamiento de dicha instalación, resulta necesario contratar un servicio especializado de seguridad acuática, que permita resguardar la integridad de sus usuarios, asegurar la continuidad operacional del recinto y dar cumplimiento a las exigencias aplicables a las piscinas de uso público, conforme a lo dispuesto en el Decreto N°209, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Piscinas de Uso Público.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CORPORACION MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE ANTOFAGASTA
R.U.T.:
65.076.481-1
Dirección:
AVENIDA ANGAMOS 393
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-08-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 14-07-2026 16:12:42
Fecha inicio de preguntas: 14-07-2026 16:31:00
Fecha final de preguntas: 21-07-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-07-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-08-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-08-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-08-2026 16:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO ADM
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TEC
 
Documentos Económicos
1.- ANEXOS ECON.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento contractual anterior Se considerará la nota del comportamiento base de la página de https://proveedor.mercadopublico.cl, al momento de iniciar la evaluación. CRITERIO PUN TAJE El/la oferente presenta nota en comportamiento base igual a 5 https://proveedor.mercadopublico.cl 100 El/la oferente presenta nota en comportamiento base menor a 5 pero mayor o igual a 1 en https://proveedor.mercadopublico.cl 50 El/la oferente no presenta nota o tiene nota 0/0 en comportamiento en https://proveedor.mercadopublico.cl 1 5%
2 Experiencia de los Oferentes Evaluación de la Experiencia del oferente: (35%) Los oferentes deberán comprobar la experiencia que poseen en el rubro, realizando servicios iguales o similares a los requeridos. Para esto deberán adjuntar las respectivas facturas, órdenes de compras y/o contratos emitidos por sus clientes. Se aplicará la siguiente tabla de puntajes según la cantidad de clientes acreditados en el rubro objeto de esta licitación: CRITERIO PUNTAJE El/la oferente presenta información de 10 o más servicios a distintos clientes en el rubro 100 El/la oferente presenta información de 7 a 9 servicios a distintos clientes en el rubro 80 El/la oferente presenta información de 3 a 6 servicios a distintos clientes en el rubro 60 El/la oferente presenta información de 1 a 2 servicios a distintos clientes en el rubro 30 El/la oferente NO presenta información de servicios de similares características. INADMISIBLE Medios de verificación: Facturas, órdenes de compra, contratos, links que permitan evidenciar los servicios realizados o facturas de los servicios de similares características, a servicios de seguridad acuática, entre los años 2020 a 2026. Nota: En caso de que un mismo servicio se encuentre respaldado por dos o más órdenes de compra, contratos u otros documentos, éstos se considerarán como una sola experiencia para efectos de la evaluación y asignación de puntaje. 35%
3 Precio Se considerará el precio ofertado señalado en el Anexo N°2, este valor debe ser por el global de todas las actividades asociadas al servicio solicitado. Se evaluará con el puntaje más alto al oferente que oferte el menor valor, para los demás oferentes se asignará la siguiente fórmula: X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
4 Sello Pyme 100 puntos: Posee Sello PYME al momento de la evaluación. 0 puntos: No posee Sello PYME al momento de la evaluación. Esta información será obtenida directamente desde la ficha del proveedor desde la plataforma Mercado Público 3%
5 Sello Mujer 100 puntos: Posee Sello Mujer al momento de la evaluación. 0 puntos: No posee Sello Mujer al momento de la evaluación. Esta información será obtenida directamente de la ficha del proveedor desde la plataforma Mercado Público. 2%
6 Mejores Condiciones de Empleo y Remuneraciones Los oferentes deberán completar el Anexo N°4, donde deben ingresar el sueldo mínimo al momento de la postulación, además deben ingresar el aumento por sobre el ingreso mínimo mensual que pagará a sus trabajadores, donde la nota del ítem se calculará con la siguiente fórmula: PUNTAJE=P/1500 Donde: P: es el valor en pesos, corresponde al aumento por sobre el ingreso mínimo mensual (IMM) declarado por el oferente en el anexo N°4. Se deberá considerar lo siguiente: En el caso que P sea igual a $0, (es decir, que el oferente no considere un aumento por sobre el IMM) se asignará un puntaje de 0 puntos. En el caso que P sea mayor a $0 y menor o igual a $150.000.-, se asignará el puntaje calculado a partir de la ecuación anterior. En el caso que P sea mayor a $150.000.-, se asignará el mismo puntaje que para P= 150.000, es decir 100 puntos. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 177984000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: El contrato podrá ser renovado por mutuo acuerdo de las partes, por una sola vez, por 12 meses, siempre que dicha renovación sea conveniente para los intereses de la Corporación y ateniéndose a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente dad
Observaciones Un total de 177.984.000 Ciento setenta y siete millones novecientos ochenta y cuatro mil pesos por el total del contrato y un periodo de 12 meses
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Yaritza Vega Tabilo
e-mail de responsable de pago: daf@cmdrantofagasta.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Antofagasta
Fecha de vencimiento: 26-11-2027
Monto: 5 %
Descripción: Boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, certificado de fianza u otro instrumento que asegure el cobro de la garantía en términos equivalentes, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en las presentes bases y en la normativa aplicable.
Glosa: Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento respecto de la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD ACUÁTICA EN PISCINA SEMI OLÍMPICA PARA COMPLEJO DEPORTIVO ESCOLAR MUNICIPAL ANGAMOS DE ANTOFAGASTA”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía procederá una vez aprobada la liquidación del contrato, recibidos conforme los servicios, cumplidas íntegramente las obligaciones contractuales y acreditado, cuando corresponda, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales asociadas al contrato, sin perjuicio de las retenciones, descuentos, multas o cobros que procedan conforme a las presentes bases.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de que se produzca un empate al momento de realizar la evaluación, el orden de las variables a considerar para el desempate será el siguiente: 

 

  1. En caso de igualdad en el puntaje final, se optará por la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en la oferta económica.

  2. De mantenerse el empate, se optará, por el oferente que haya obtenido mayor puntuación en el factor Oferta Técnica.

  3. De mantenerse el empate, se optará, por el oferente que haya obtenido mayor puntuación en el factor Experiencia.

  4. De mantenerse el empate, se optará, por el oferente que haya obtenido mayor puntuación en el factor Comportamiento Contractual

  5. De mantenerse el empate, se optará, por el oferente que haya obtenido mayor puntuación en el factor Sello Pyme

  6. De mantenerse el empate, se optará, por el oferente que haya obtenido mayor puntuación en el factor Sello Mujer.

  7. De mantenerse el empate, se optará, por la primera oferta ingresada al portal mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por la Corporación en las presentes Bases Administrativas.


Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.


Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o de referencia, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. 

 

La CMDR podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. 


Vigencia del Contrato
El contrato tendrá una duración de 12 meses, contados desde la fecha de inicio efectivo del servicio que se establezca en el acta de inicio o en el instrumento que la CMDR determine para tales efectos, una vez cumplidas las exigencias previas previstas en las presentes bases. Sin perjuicio de lo anterior, desde la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá cumplir las obligaciones preparatorias necesarias para la formalización y correcta ejecución del contrato, especialmente la entrega de los antecedentes requeridos para su suscripción, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la carpeta de arranque y la coordinación técnica con la Administración del Complejo Deportivo Escolar Municipal Angamos. El servicio no podrá iniciarse mientras no se encuentren cumplidas y aprobadas las exigencias previas que resulten aplicables, especialmente la suscripción del contrato, la entrega de la garantía, la aprobación de la carpeta de arranque y la coordinación operativa con la contraparte técnica. El contrato podrá ser renovado por mutuo acuerdo de las partes, por una sola vez, por 12 meses, siempre que dicha renovación sea conveniente para los intereses de la Corporación y ateniéndose a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente dada por la Dirección de Administración y Finanzas de la CMDR. Para estos efectos, el Área Requirente deberá emitir un informe fundado que evalúe, a lo menos, el cumplimiento oportuno y cabal de las obligaciones contractuales, la calidad del servicio prestado, la continuidad operacional, la oportunidad en la prestación del servicio, el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad, la existencia o inexistencia de multas o incumplimientos relevantes, y la conveniencia de mantener la prestación del servicio por el período de renovación. La renovación deberá ser aprobada mediante la correspondiente resolución interna y no podrá operar de manera automática, debiendo formalizarse antes del vencimiento del plazo original del contrato. En caso de que no se renueve el contrato, la CMDR deberá adoptar oportunamente las medidas necesarias para iniciar un nuevo procedimiento de contratación. Sin perjuicio de lo anterior, si por causas fundadas y no imputables a la Corporación el nuevo procedimiento de contratación se extendiera más allá de los plazos previstos, el contrato vigente podrá prorrogarse excepcionalmente sólo por el tiempo estrictamente necesario para asegurar la continuidad del servicio y hasta la entrada en vigencia del nuevo contrato, siempre que dicha prórroga se encuentre debidamente fundada, cuente con disponibilidad presupuestaria, no altere la naturaleza ni los elementos esenciales de la contratación y respete los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable. La prórroga excepcional deberá ser aprobada mediante resolución interna fundada, previa emisión de informe del Área Requirente y certificación de disponibilidad presupuestaria por parte de la Dirección de Administración y Finanzas. En caso de verificarse la renovación o prórroga del contrato, el contratista deberá renovar, prorrogar o reemplazar previamente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, de manera que esta cubra la totalidad del período renovado o prorrogado y mantenga una vigencia mínima de 60 días hábiles posteriores al nuevo plazo de término contractual, salvo que las presentes bases establezcan un plazo superior.
Modificación del Contrato
Se podrá modificar el contrato en los términos previstos en el artículo 129 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. Las partes, de común acuerdo y por motivos fundados, podrán modificar el contrato, siempre que dicha modificación se ajuste a las hipótesis, límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable y en las presentes bases. Asimismo, las modificaciones no podrán alterar la naturaleza del objeto contratado ni sus elementos esenciales, ni importar una vulneración de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, libre concurrencia, eficiencia y probidad. En caso de modificaciones que impliquen aumento del precio, ampliación de prestaciones, incorporación de servicios adicionales o cualquier otro ajuste valorizable económicamente, el monto total acumulado de todas las modificaciones aprobadas durante la vigencia del contrato no podrá superar el 30% del valor total originalmente contratado. Cualquier modificación al servicio adjudicado con fines de mejora deberá ser comunicada oportunamente al encargado de la licitación y posteriormente al área requirente para su aprobación. Si la modificación no es aprobada, el proveedor deberá garantizar la entrega de los servicios en las condiciones previamente aceptadas en el proceso de licitación. Dicha adaptabilidad del producto se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas. El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto de las bases, siendo esta consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el requirente emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución fundada.
Del pago y facturación
El pago se efectuará en 12 cuotas iguales y de carácter mensual, en pesos chilenos, dentro de 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura respectiva. En todo caso el pago sólo se cursará contra entrega de la totalidad de los servicios prestados y, previa recepción conforme de la unidad requirente del servicio y la entrega de la documentación necesaria y sin observaciones para cursar el estado de pago pertinente. La recepción conforme emitida por el Área Requirente tendrá por objeto acreditar la correcta ejecución del servicio desde el punto de vista técnico y operacional del servicio verificando el cumplimiento de las bases técnicas, haciendo énfasis en el cumplimiento de los siguientes puntos: - Registro de asistencia del personal. - Dotación efectiva del servicio. - Acreditaciones y capacitaciones del personal. - Informe mensual del proveedor. - Bitácoras o registros operativos. La unidad requirente tiene el rol de fiscalizar y validar lo declarado por el proveedor, velando por el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales, tributarias, administrativas o documentales que correspondan al contratista. Además de la recepción conforme técnica ya mencionada, el contratista deberá acompañar la documentación exigida en las presentes bases, especialmente aquella destinada a acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales, previsionales y de seguridad social respecto de los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato, sin perjuicio de los demás antecedentes administrativos, tributarios o contractuales que resulten procedentes. En ese sentido, para cursar la recepción conforme y para aprobar los respectivos estados de pago, el Adjudicatario deberá acompañar los siguientes documentos de forma previa: Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de las personas que prestaron servicios en el mes que se está pagando - F30-1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales - F30. Listado del personal asignado al servicio del mes Fotocopia de las liquidaciones de sueldo firmadas por los trabajadores y el comprobante de pago de la liquidación del mes que se está pagando. Comprobante de pago de las cotizaciones legales y previsionales de los trabajadores del mes que se está pagando. Contratos de trabajo del personal debidamente firmados por ambas partes Anexos de obra o renovación cuando corresponda. Finiquitos y comprobantes de pago de finiquitos cuando corresponda. Cartas de renuncia y licencias del personal si corresponde. Nota: Se solicita que la documentación sea remitida de manera ordenada, siguiendo el orden del listado del personal, con el objeto de facilitar su revisión y verificación. La Dirección de Administración y Finanzas, o la unidad que corresponda, revisará la suficiencia de los antecedentes administrativos necesarios para cursar el pago, pudiendo observar, suspender o retener el estado de pago cuando existan documentos pendientes, inconsistencias, incumplimientos laborales o previsionales, multas pendientes, observaciones no subsanadas o cualquier otra circunstancia que impida aprobar administrativamente el pago conforme a las presentes bases y a la normativa aplicable. Solo una vez emitida la recepción conforme técnica, acompañados y revisados los antecedentes administrativos exigidos, y no existiendo observaciones pendientes, el contratista podrá emitir la factura o documento tributario que corresponda, conforme a su régimen tributario y a la normativa vigente En caso de que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones, cotizaciones de seguridad social u otras obligaciones laborales o previsionales respecto de sus trabajadores actuales o de aquellos contratados durante los últimos dos años, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso segundo de la Ley N°19.886, debiendo destinarse los primeros estados de pago que correspondan al pago de dichas obligaciones, en los términos y condiciones previstos en dicha norma. Asimismo, durante toda la vigencia del contrato, el contratista deberá acreditar oportunamente el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores adscritos a la ejecución del servicio, mediante los certificados, planillas, comprobantes u otros antecedentes exigidos en las presentes bases o requeridos por la CMDR. Lo anterior se establece sin perjuicio de los derechos de información y retención que correspondan a la CMDR, en conformidad con los artículos 183-B, 183-C y demás normas pertinentes del Código del Trabajo, así como de las medidas contractuales que procedan en caso de incumplimiento, tales como la observación, suspensión o retención del estado de pago, aplicación de multas, cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, término anticipado del contrato y demás acciones que resulten aplicables. Documentos requeridos para cursar el Pago Recepción Conforme: Se debe considerar un documento de Recepción Conforme, donde la contraparte técnica indique mediante su firma, la correcta recepción del servicio o bienes entregados por el proveedor, dicho documento de forma posterior, debe publicarse en Mercado Público. Factura: La emisión y envío de la factura debe efectuarse una vez que los servicios se encuentren con recepción conforme con su número de folio, el detalle de los datos se encuentran consignados en el punto 17.2, debe respetar dichos datos y coincidir con el monto indicado, de lo contrario podrá ser rechazada dentro del plazo de 8 días corridos en el SII, o solicitar nota de crédito. Informe Mensual: debe considerar todos los ítems y condiciones establecidas en el punto n°15 de las bases técnicas, dicho informe debe ser enviado a la Unidad Requirente ya sea vía correo electrónico y/o en formato físico, en un plazo de 5 días hábiles previos al término del mes. Documentos para cursar Estados de Pago: Se considerará la revisión y VB de la documentación solicitada para cursar el Estado de Pago por parte de DAF o a quien se le asigne dicha tarea, dicha documentación está destinada a acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales, previsionales y de seguridad social respecto de los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato. Información de individualización y datos fiscales: Rut: 65.076.481-1 Razón Social: Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Antofagasta Giro: Gestión de otras instalaciones deportivas N.C.P. ó Glosa descriptiva de actividades económicas: Actividades Deportivas y Recreativas Dirección: Avenida Angamos 393 ó Domicilio (facturación SII): Angamos P Blanca Sect 1 Comuna Antofagasta Orden de compra: Se debe individualizar el ID de la Orden de Compra de Mercado Público en el campo de referencias. Guia de despacho: En caso de facturación de bienes, debe asociar el número de la guía de despacho correspondiente. Forma de pago: Crédito, a 30 días, en pesos chilenos, a través de transferencia bancaria asociada a proveedor, la cual debe proporcionar al momento de envío de la factura. Procedimiento de envío de DTE y canales oficiales: Toda documentación tributaria electrónica, junto a sus respectivos archivos adjuntos (XML y PDF), debe ser remitida simultáneamente a las siguientes direcciones de correo electrónico: Intercambio@dte.nubox.com Daf@cmdrantofagasta.cl Contabilidad@cmdrantofagasta.cl Nota de cumplimiento: Todo documento tributario que no se ajuste a las indicaciones establecidas en los puntos anteriores será RECHAZADO, sin responsabilidad para esta corporación por los retrasos en los pagos que dicha omisión pudiera generar.
Multas
INFRACCIÓN MULTA Daños, perjuicios o deterioros en los bienes muebles o inmuebles de la CMDR y pérdidas o hurtos de bienes de la Corporación o de sus funcionarios, todos los cuales hayan sido ocasionados por su personal. Incumplimiento de la normativa laboral, previsional y contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Atrasos de uno o más trabajadores que implique la imposibilidad de abrir la piscina del CDE al público y/o usuario. Ausencia total de personal de seguridad acuática, o incumplimiento de dotación que determine la suspensión total o parcial del funcionamiento de la piscina. Prestación del servicio por personal que no cuente con las certificaciones, habilitaciones, condiciones de salud compatible o demás requisitos técnicos exigidos en las Bases Técnicas. 7 UF por evento Demora superior a 2 horas en el reemplazo de un trabajador por inasistencia o abandono. Para estos efectos, no se entenderá cumplida la obligación de reemplazo mediante la incorporación de personal que no reúna íntegramente los requisitos exigidos en las Bases Técnicas. Atrasos superiores a 1 hora de uno o más trabajadores. Reiteración de retrasos, inasistencia o abandono de labores del personal. Inasistencia, retiro anticipado o abandono injustificado de funciones de uno o más trabajadores que afecte la dotación mínima o la cobertura efectiva del servicio. Incumplimiento de protocolos o procedimientos de vigilancia, rescate, primeros auxilios, comunicación de incidentes o respuesta ante emergencias. Lo anterior, sin perjuicio de que, atendida la gravedad, consecuencias o riesgo generado por el incumplimiento, éste pueda constituir causal de término anticipado del contrato. 5 UF por evento Incumplimiento de las órdenes e instrucciones emanadas por la contraparte técnica de la CMDR. Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en las bases técnicas. No cambiar al o los trabajadores, a solicitud de la contraparte técnica de la Corporación, dentro de 24 horas, contadas desde la solicitud, según lo señalado en las bases técnicas. Incumplimiento de la dotación mínima exigida, cuando ésta sea restituida dentro del plazo máximo de dos horas previsto en las Bases Técnicas. Para estos efectos, no se entenderá cumplida la obligación de reemplazo mediante la incorporación de personal que no reúna íntegramente los requisitos exigidos en las Bases Técnicas. 3 UF por evento No utilización del uniforme o de los elementos de protección personal dispuestos para los/a trabajadores/as. No proporcionar al personal los materiales o equipos necesarios para sus labores, inclusive la radio requerida en las bases técnicas. 1 UF por evento La aplicación de multas tendrá un tope máximo del 15% del monto total del contrato. El valor de la UF se considerará de acuerdo al día del evento y/o incumplimiento. Cuando un mismo hecho pudiere quedar comprendido en más de una de las infracciones previstas en la presente tabla, se aplicará la multa correspondiente a la infracción más específica, sin que proceda sancionar dos veces un mismo hecho o conducta. Lo anterior no impedirá la aplicación conjunta de multas cuando se trate de hechos, omisiones o incumplimientos distintos e independientes entre sí, ni el ejercicio de las demás medidas y acciones contractuales que correspondan. Para efectos de la aplicación de multas, se entenderá por evento cada hecho u omisión individualizable que configure una infracción. Tratándose de incumplimientos continuados, se considerará un nuevo evento por cada jornada de prestación en que el incumplimiento persista, salvo que la respectiva infracción establezca expresamente una regla distinta. La infracción relativa al incumplimiento de otras obligaciones establecidas en las Bases Técnicas tendrá carácter residual y solo será aplicable cuando el hecho no se encuentre expresamente tipificado en otra infracción. Las multas que se apliquen podrán ser descontadas de cualquier estado de pago.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.