Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 25 horas hábiles, contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
La CORESAM dispondrá de 48 horas hábiles para dar respuesta a dichas consultas.
18.1. FACULTAD DE READJUDICAR
La CORESAM podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
c) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud del artículo 141 del decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
e) Si no se encuentra inscrito en el Registro de Proveedores (aplicado también en UTP).
f) Si no acompaña el Acta de Unión Temporal de Proveedores, según fuere procedente.
g) Si no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecido en las presentes Bases.