Licitación ID: 1287766-6-LP26
PRODUCCIÓN Y DESARROLLO FIESTAS PATRIAS ÑUÑOINAS
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Deportes de Ñuñoa
Fecha de Cierre: 24-06-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
CONTRATACIÓN SERVICIO DE "PRODUCCIÓN Y DESARROLLO FIESTAS PATRIAS ÑUÑOINAS 2026"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PRODUCCIÓN Y DESARROLLO FIESTAS PATRIAS ÑUÑOINAS
Estado:
Publicada
Descripción:
La Corporación de Deportes de Ñuñoa en adelante, la “Corporación” convoca al presente proceso licitatorio para la producción integral, implementación y ejecución de las actividades de Fiestas Patrias 2026, en el marco del evento “Ñuñoa, el Corazón de Chile”, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás antecedentes que forman parte integrante de la licitación. El proceso se regirá por las disposiciones contenidas en dichos documentos, los cuales establecen las condiciones, exigencias y características del servicio requerido. La presente licitación será publicada y gestionada a través de la plataforma del Portal de Compras Públicas Mercado Público, conforme a la normativa vigente.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Corporación Municipal de Deportes de Ñuñoa
R.U.T.:
65.199.980-4
Dirección:
Juan Moya Morales 1370
Comuna:
Ñuñoa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-06-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 03-06-2026 11:57:33
Fecha inicio de preguntas: 03-06-2026 15:01:00
Fecha final de preguntas: 13-06-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-06-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-06-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-06-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 13-07-2026 15:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico 24-06-2026
Fecha estimada de firma de contrato 31-07-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO 1
2.- FORMULARIO 2
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO 3
 
2.- FORMULARIO 2
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO 5
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Juegos Mecanicos SEGUN NUMERAL 3.2 vi) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 5%
2 Programa de Integridad SEGUN NUMERAL 3.2 viii) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 2%
3 Requisitos Formales SEGUN NUMERAL 3.2 x) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 2%
4 Popularidad de los Artistas o Grupos Musicales SEGUN NUMERAL 3.2 ii) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 20%
5 Conocimiento de los Artistas o Grupos Musicales SH SEGUN NUMERAL 3.2 iii) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 15%
6 Show Adicional SEGUN NUMERAL 3.2 iv) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 8%
7 Conocimiento de Artistas de los Show Adicionales SEGUN NUMERAL 3.2 v) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 7%
8 Sello Mujer SEGUN NUMERAL 3.2 ix) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 1%
9 Oferta Economica SEGUN NUMERAL 3.2 i) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 35%
10 Experiencia del Oferente SEGUN NUMERAL 3.2 vii) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 38
Monto Total Estimado: 1
Justificación del monto estimado El presente contrato no implicará erogaciones de recursos para la Corporación; por el contrario, considerando que el proveedor adjudicado será responsable de la administración de la instalación de fonderos y del acceso a la Gran Fonda de Ñuñoa, su oferta
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jose Eugenio Martinez Silva
e-mail de responsable de pago: jemartinez@nunoadeportes.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
i Queda expresamente prohibido que el Contratista, ceda o transfiera a terceros, a cualquier título, los derechos emanados del contrato con excepción de la cesión de créditos a que hace referencia la Ley N°19.983, de 2004, y a la subcontratación, si es
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES DE ÑUÑOA
Fecha de vencimiento: 15-12-2026
Monto: 50000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: En garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato “PRODUCCIÓN Y DESARROLLO EVENTOS FIESTAS PATRIAS ÑUÑOA 2026”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se realizará una vez efectuada la Recepción Definitiva del contrato, siempre que no existan multas pendientes, obligaciones incumplidas ni responsabilidades derivadas de la ejecución del servicio.
   
Beneficiario: CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES DE ÑUÑOA
Fecha de vencimiento: 17-10-2026
Monto: 1000 Unidad de Fomento
Descripción: No hay información
Glosa: En garantía por daños a 1.000 UF causados por la ejecución del servicio denominado “PRODUCCIÓN Y DESARROLLO EVENTOS FIESTAS PATRIAS ÑUÑOA 2026”.
Forma y oportunidad de restitución: Luego de los 30 días
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación se reserva el derecho a readjudicar o llevar a cabo un nuevo proceso de contratación, según lo que mejor convenga a sus intereses, si el adjudicatario: Se desiste de la celebración del contrato, no lo suscribe dentro del plazo establecido para ello o no acepta la Orden de Compra según corresponda, por causas imputables a éste. No presentara dentro del plazo señalado en las Bases Administrativas Especiales la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato cuando corresponda. - Se encontrará inhábil para contratar con la Administración del Estado, al momento de la firma del contrato, en conformidad a lo indicado en el artículo N°17 de la Ley de Compra, que refieren a inhabilidad para formar parte del Registro de Proveedores, y las del Artículo N°35 septies, del mismo cuerpo normativo. Si es que el adjudicatario es una UTP: En caso de que alguno de sus miembros no se encontrará inscrito en el Registro de Proveedores o concurriera la causal de la letra c precedentemente. - En caso de que alguno de los miembros de una UTP se retire, y sin el cual no se pueda ejecutar el contrato en los términos adjudicados o, se refiere a un miembro respecto del cual se consideraron características especiales al momento de evaluar la oferta. No presentara, dentro de plazo, todos los documentos señalados en las Bases Administrativas Especiales requeridos para la suscripción del contrato o, no presentara algún otro antecedente solicitado por el Asesor Jurídico de la Corporación. Cuando se acredite la presentación de antecedentes o documentos falsos o maliciosamente adulterados sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. Si no entrega la escritura pública donde consta la conformación de la UTP, en caso de que la contratación sea superior a 1.000 UTM, si correspondiere. Cualquier otra causal establecida en las Bases Administrativas Especiales.
Resolución de Empates

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación general, se procederá a dirimir proponiendo adjudicar de acuerdo con el mejor puntaje que haya obtenido el oferente según el orden de prelación de los criterios de evaluación (en función a las ponderaciones asignadas a cada uno de ellos), vale decir:

a)    Se propondrá adjudicar primero, al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio con mayor porcentaje de evaluación, de persistir el empate,

b)    Se propondrá adjudicar al oferente que obtenga mayor puntaje en el segundo criterio con mayor porcentaje de evaluación, y así sucesivamente.

c)    Si alguno de dichos criterios considerara “subcriterios” se aplicará esta misma metodología, vale decir, se propondrá adjudicar al oferente que obtuviera el mejor puntaje en aquel subcriterio con mayor ponderación dentro del criterio con mayor ponderación.

d)    En caso de persistir el empate, habiendo recurrido a todos los criterios o subcriterios de evaluación, se propondrá adjudicar al oferente que haya ingresado primero su oferta en la plataforma www.mercadopúblico.cl.

e)    La Corporación adjudicará la presente licitación, mediante la respectiva Resolución, a la oferta que obtenga el mayor puntaje final una vez aplicada la metodología de evaluación detallada en las Bases Administrativas Especiales y, siempre que se estime conveniente a los intereses de la Corporación.


Comunicacion entre las partes durante la ejecución del contrato
El Inspector Técnico del Contrato (ITC) llevará un Libro de Control del Contrato (en adelante, “LCC”), en el cual se registrarán todas las instrucciones impartidas, así como las observaciones, deficiencias u otras situaciones relevantes relacionadas con la ejecución del servicio. En dicho libro se dejará constancia de todas las comunicaciones formales con el proveedor, incluyendo solicitudes, requerimientos, encargos, plazos, notificaciones de multas y cualquier resolución que afecte al contratista. En consecuencia, toda instrucción o exigencia formulada por el ITC deberá quedar debidamente registrada en el LCC. Sin perjuicio de lo anterior, se considerarán válidas, para todos los efectos del contrato, las comunicaciones realizadas mediante correo electrónico y mensajería instantánea (incluyendo aplicaciones como WhatsApp), utilizando los datos de contacto previamente informados por el proveedor. Para estos efectos, será obligación del contratista designar un encargado del contrato que cuente permanentemente con correo electrónico habilitado y un dispositivo móvil con acceso a internet. El ITC deberá dejar constancia en el LCC de toda comunicación realizada a través de medios digitales, a más tardar el día hábil siguiente, pudiendo adjuntar copia de los antecedentes si lo estima pertinente. Toda comunicación emitida por el ITC deberá ser respondida por el contratista dentro del plazo de 24 horas desde su recepción, acusando recibo y, según corresponda, respondiendo, aclarando o justificando los hechos señalados.
Valor de la contratación
El valor del contrato corresponderá al porcentaje de participación ofertado por el proponente adjudicado en su Formulario N° 5, el cual se aplicará sobre el monto total de las entradas efectivamente vendidas, entendiéndose este como el valor final de venta al público. Dicho porcentaje representará el ingreso a percibir por la Corporación Municipal de Deportes de Ñuñoa, derivado de la ejecución del contrato. Para estos efectos, no se admitirán deducciones de ningún tipo sobre la base de cálculo, incluyendo impuestos, comisiones, costos operacionales u otros conceptos.
Transparencia Financiera
Con el objeto de resguardar la correcta administración y trazabilidad de los recursos asociados al evento, todos los ingresos generados en el marco de la actividad deberán ser debidamente transparentados e informados a la Municipalidad y/o Corporación. La productora adjudicataria deberá informar previamente y mantener registro actualizado de los cobros, tarifas, cánones o porcentajes asociados a: • Food trucks. • Cervecerías. • Barras de alcohol. • Ramadas. • Activaciones comerciales. • Sponsors y auspiciadores. • Venta de espacios comerciales. • Cualquier otro ingreso derivado de la explotación comercial del evento. Asimismo, la ticketera contratada deberá entregar reportes diarios de venta de entradas, indicando al menos cantidad de tickets vendidos, cortesías emitidas, recaudación diaria y cualquier otra información requerida por la contraparte técnica. La Municipalidad y/o Corporación deberá contar con acceso oportuno a información consolidada, verificable y trazable durante todo el desarrollo del evento, pudiendo solicitar antecedentes de respaldo cuando lo estime pertinente. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor deberá proporcionar al encargado de Finanzas de la Corporación acceso al sistema de reportabilidad y trazabilidad de la venta de entradas, mediante la entrega de las credenciales correspondientes, permitiendo la revisión directa y en línea de la información. Una vez validada por la Corporación la cantidad total de entradas vendidas y el monto total de ventas, se procederá a calcular el ingreso correspondiente, aplicando el porcentaje ofertado sobre dicho monto. Identificado el monto el proveedor adjudicado deberá El monto correspondiente deberá ser pagado por el proveedor dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contado desde la fecha de emisión del respectivo documento tributario por parte de la Corporación, previa validación del informe de liquidación de ventas. Previo al pago, el IMC deberá contar y haber visado la siguiente documentación: a) DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA, en la que individualice los trabajadores propies que intervinieron en la prestación de los servicios contratados b) COMPROBANTE DE PAGO DE MULTUAS, ejecutoriadas si las hubiese.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.