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Bases Técnicas y Administrativas |
- BASES ADMINISTRATIVAS
- Características de la Licitación
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Nombre de la Licitación
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“PROYECTO DE CONSERVACIÓN LICEO ENRIQUE BACKAUSSE, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
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Descripción
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El Servicio Local de Educación Pública de Santa Rosa, en adelante también “SLEP SANTA ROSA”, en el cumplimiento de sus funciones como entidad sostenedora de los establecimientos educacionales de su dependencia, requiere contratar PROYECTO DE CONSERVACIÓN LICEO ENRIQUE BACKAUSSE, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA.
En mérito de lo anterior, el SLEP SANTA ROSA, convoca el presente proceso de licitación pública, con el objetivo de disponer de la ejecución de obras civiles, de acuerdo con los requerimientos explicitados en estas Bases Administrativas, Bases Técnicas, Planos referenciales y demás documentación que forme parte o complementen la presente licitación.
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Tipo de Licitación
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Licitación Pública entre >=1.000 y < 5.000 UTM (LP)
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Tipo de Convocatoria
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Abierta
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Moneda
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Peso Chileno
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Presupuesto Disponible
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$125.468.000.- (ciento veinticinco millones, cuatrocientos sesenta y ocho mil pesos) impuestos incluidos.
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Contrato
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Requiere contrato
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Tipo Contrato
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Contrato suma alzada
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Reajuste de precios
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No contempla reajuste de precios
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Etapas del proceso de apertura
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Una Etapa
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Toma de Razón Contraloría
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No aplica
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Publicidad de Ofertas Técnicas
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Si
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Definiciones
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Para la correcta aplicación de las presentes Bases, se entiende por:
Antecedentes del Contrato
Lo constituyen todos los documentos que forman parte de la Licitación.
Aumento o Disminución de obras
La modificación, autorizada por el Mandante, de cantidades de obras indicadas por la Inspección Técnica de Obras, en adelante también “ITO”, en los documentos de la licitación, las cuales se podrán indicar durante la ejecución de la obra.
Bases
Conjunto de normas que regulan una licitación y el posterior contrato de ejecución de la obra, al que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas y Técnicas, Instructivo de Documentos y Formularios, las Especificaciones Técnicas, Planos referenciales, Aclaraciones, Consultas y Respuestas y/o cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación.
Contratista
Persona natural o jurídica que, en razón de haberse adjudicado la propuesta, suscribe con el mandante el contrato de ejecución de la obra, adquiriendo los derechos y contrayendo las obligaciones estipuladas en éste.
Equivalente Técnico Certificado
Material, equipo o sistema, de igual o superior calidad respecto al definido en el proyecto y que cuente con certificación de sus propiedades de equivalencia en el producto reemplazante.
Mandante
Para la presente licitación, se entiende por Mandante al Servicio Local de Educación Pública de Santa Rosa.
Obras Nuevas o Extraordinarias
Obras que se incorporan o agregan al proyecto durante su ejecución, para llevar a un mejor término la obra contratada.
Oferta
Conjunto de antecedentes que presenta la Empresa o persona natural para la ejecución de la obra en licitación.
Planos Generales
Los diseños que, indicando ubicación, forma y medida, permiten un juicio completo de la obra por realizar y a una escala conveniente para su interpretación correcta y acertada.
Planos de detalle
Los diseños a escala adecuada para realizar la construcción, las piezas o las partes del proyecto, contenidos en los planos generales.
Plazos
El espacio de tiempo establecido en estas bases o en el Contrato, dentro del cual las partes deben cumplir con las obligaciones contraídas o ejercer los derechos que emanan del contrato de ejecución de obras.
Los plazos establecidos en las presentes Bases se entenderán de días corridos, salvo indicación expresa en contrario. Para efectos de la presente licitación, se considerarán hábiles, los días lunes a viernes inclusive, exceptuando los feriados y festivos, y se considerarán corridos, los días lunes a domingo, incluido feriados y festivos.
En el evento que el último día de plazo recayera en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente para el día hábil siguiente.
Presupuesto Oficial
El estudio detallado efectuado por el Mandante de las cantidades, precios unitarios y precio total previsto para una obra y que representa la opinión oficial sobre su valor.
Programa de Trabajo.
La ordenación dentro del plazo del contrato, del desarrollo de las diversas etapas, partidas o ítem de la obra, sea que ella deba ser ejecutada en forma simultánea o sucesiva.
Proyecto.
Conjunto de antecedentes que permiten la identificación de la obra a realizar y que incluye bases, todos los antecedentes que se realizaron para la elaboración del proyecto, diseños de ingeniería, arquitectura, especificaciones técnicas y todos los demás documentos de la licitación, que formen parte integrante de la licitación, que el oferente deba conocer para realizar su oferta.
Suma Alzada
Oferta a un precio determinado, sin reajustes ni intereses, en los términos que se establecen en el contrato.
Inspección Técnica de Obra.
La instancia encargada de supervisar que la obra se ejecute conforme a las normas de construcción aplicables a la ejecución de la obra, al permiso de construcción aprobado y sus modificaciones.
Carta Gantt
Herramienta de planificación del proyecto donde se representan las diferentes tareas con sus tiempos y personas responsables.
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Normativa aplicable
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Las obras se licitarán, contratarán y ejecutarán de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos:
a) Bases Administrativas (Normas Generales y Especiales) y sus modificaciones si las hubiere.
b) Bases Técnicas (especificaciones técnicas, etc.) y sus modificaciones si las hubiere.
c) Respuestas y Aclaraciones entregadas a los Oferentes a través del portal Mercado Público, dentro del plazo establecido en las Bases, las que se entienden forman parte integrante de las mismas. Con todo, si las modificaran, deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, dictado antes o en el momento mismo de la adjudicación.
d) Contrato de ejecución de obras, celebrado entre la Unidad Técnica y el Adjudicatario, y sus modificaciones si las hubiere.
En todo caso, deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria sobre la materia.
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- Antecedentes básicos del organismo demandante
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Razón Social
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA
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Unidad de Compra
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Programa 02
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RUT
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61.981.070-8
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Dirección
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El Llano Subercaseaux 3629, piso 11.
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Comuna
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San Miguel
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Región en que se genera la adquisición
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Metropolitana
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Representante legal
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Luis Emilio Echeverria Donaire
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- Datos de contacto para esta contratación
- Etapas y plazos
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Fecha de Publicación
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Dentro de las 24 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución aprobatoria de las bases.
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Fecha de inicio de consultas
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Desde el día de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Visita a terreno
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De carácter obligatorio a realizarse el 4° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.
La visita se realizará en las dependencias LICEO ENRIQUE BACKAUSSE, ubicado en José Backausse Nº2850, población San Joaquín, a las 10:30 hrs.
Existirá un margen de espera de 10 minutos, quien supere dicho plazo, no será considerado en la visita.
Quien asista a la Visita a Terreno solo podrá representar e inscribir en el acta a una sola empresa.
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Fecha final de consultas
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Hasta el 5° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha publicación de respuestas
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Hasta el 8° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha de cierre de recepción de las ofertas
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20° días corridos a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 20:00 hrs.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido dos (2) o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos (2) días hábiles, por una sola vez.
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Apertura de las ofertas
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El día hábil siguiente al cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 08:00 hrs.
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Fecha de adjudicación
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Hasta 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
Si por cualquier causa no fuera posible adjudicar en la fecha informada en la ficha de la Licitación, se comunicarán oportunamente los motivos, informando una nueva fecha a través del portal de la Licitación, sin necesidad de dictar un acto administrativo previo.
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Firma del Contrato
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Hasta 10 días hábiles desde el envío del contrato por parte del SLEP Santa Rosa al proveedor adjudicado.
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Se hace presente que, atendidas razones de operación del Portal www.mercadopublico.cl, los plazos señalados en el calendario anterior se comienzan a computar del día siguiente a la publicación del llamado a Licitación en el referido Portal.
Asimismo, se hace presente que los plazos están sujetos a ajustes en caso de que alguno de ellos recayere un sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se contabilizará desde el día hábil inmediatamente siguiente.
- Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases
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5.1. Preguntas y respuestas
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Los interesados en participar en esta Licitación Pública podrán consultar y solicitar aclaraciones en los plazos señalados en la cláusula 4 de estas bases a través del foro electrónico disponible en la página web www.mercadopublico.cl, conectando el ID correspondiente a esta Licitación.
Las respuestas y las aclaraciones, si las hubiere, serán emitidas por las instancias técnicas del Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa que tendrán participación en el presente proceso Licitatorio, de acuerdo con lo señalado en el cronograma de la presente Licitación y dentro del horario que determine el Portal www.mercadopublico.cl.
Se deja constancia que las respuestas y aclaraciones solo se efectuarán a través del foro electrónico existente en el portal www.mercadopúblico.cl. No se responderán consultas fuera de este medio.
Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones se entenderán incorporadas a las presentes Bases Administrativas en todo aquello que las complemente o rectifique, y que no sea expresamente excluido por el Servicio.
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5.2. Modificaciones a las bases
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Se podrán modificar las bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, y se entenderá que forman parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Si se modifican elementos de las bases, cuando esto sea esencial para el correcto desarrollo del proceso Licitatorio, deberá efectuarse mediante la correspondiente resolución, hasta antes del cierre de ofertas, debiendo extenderse el plazo de cierre de ofertas hasta en 5 días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar su oferta.
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5.3. Bases técnicas
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Las bases técnicas y administrativas que rigen este proceso de Licitación, junto con las especificaciones técnicas en ellas contenidas, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, el día hábil siguiente a la total tramitación de la resolución aprobatoria, pudiendo los interesados acceder a ellas ingresando a dicho sitio web, a partir de esa fecha.
En caso de existir discrepancia entre lo dispuesto en las bases administrativas y en la ficha del sistema de información www.mercadopublico.cl, prevalecerán aquellas por sobre ésta última.
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- Instrucciones para presentar ofertas
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6.1. Presentación de ofertas por sistema
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Obligatorio
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6.2. Vigencia de las ofertas
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Las ofertas se mantendrán vigentes 90 días corridos desde la fecha de recepción de las ofertas.
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6.3. Documentos Administrativos
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- Anexo Nº1: Formulario de datos del oferente. En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado.
- Anexo N°2: Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. ADJUNTAR (F-30).
- Anexo N°3: Fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante Legal de la Empresa, de la persona natural o representante de la UTP.
- Anexo N°4: Declaración Jurada Simple de los Principales Socios y/o Accionistas.
- Anexo N°5: Declaración Jurada Pacto de Integridad
- Anexo N°6: Programa de Integridad y Ética Profesional
En el caso de uniones temporales de proveedores, el proveedor deberá adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma
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6.4. Documentos Técnicos
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- Anexo N°7: “Plazo de Ejecución”
- Anexo N°9: “Experiencia del Oferente”
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6.5. Documentos Económicos
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- Anexo N°8-A: “Oferta Económica” (PDF)
- Anexo N°8-B: “Itemizado” en formato (PDF y Excel)
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6.6. Documentos Informativos
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- Anexo N°10: “Planimetría”
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6.7. Consideraciones
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Los Anexos deberán ser suscritos por el oferente, en el caso de tratarse de una persona natural o por el o los representantes legales de los oferentes, cuando se trate de personas jurídicas, y por el representante de la UTP en el caso que corresponda
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío de ofertas que entrega el sistema. Por tanto, es responsabilidad del oferente verificar que su propuesta y sus antecedentes se hayan ingresado correctamente a la plataforma
Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
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- De los Documentos Administrativos
Los participantes deberán presentar junto con su propuesta técnico-económica, los documentos y antecedentes que se detallan a continuación. Sólo se recibirán documentos electrónicos los que deberán ser enviados a través del sistema de información de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de recepción de ofertas, en el horario que determine el portal.
Los interesados que se encuentren inscritos deberán publicar en su oferta sólo aquellos documentos administrativos que no se encuentren debidamente digitalizados o que no consten en el registro www.mercadopublico.cl
Los interesados que no se encuentren inscritos deberán igualmente acompañar los documentos administrativos a través del portal www.mercadopublico.cl
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7.1.1. Persona Natural
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- Anexo N°1 Formulario de datos del oferente.
- Fotocopia simple de cédula de identidad Anexo N°3.
- Declaración Jurada Pacto de Integridad, Anexo N°5
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7.1.2. Persona Jurídica
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- Anexo N°1 Formulario de datos del oferente. En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado
- Certificado de cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales (F30), de cobertura nacional, extendido por la Inspección del Trabajo competente, vigente al momento del acto de apertura y referido al período de los últimos dos años. Anexo Nº2.
- Fotocopia simple de cédula de identidad del representante legal de la empresa Anexo N°3.
- Anexo N°4, Declaración Jurada Simple de Los Principales Socios y/o Accionistas.
- Anexo N°5, Declaración Jurada Pacto de Integridad.
- En el caso de uniones temporales, el proveedor deberá adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS SÓLO SERÁN REQUERIDOS AL PROVEEDOR ADJUDICADO:
Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
En caso de sociedades:
- Copia simple de escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere; y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio.
- Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
- Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
10. Copia simple de la cédula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados.
11. Las Sociedades que se acojan a la Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar la documentación de Constitución, Estatutos y demás antecedentes emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo.
12. Cabe destacar que los documentos señalados en los numerales a.2 y a.3 los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, NO cumplen con la certificación de vigencia solicitada.
En caso de Fundaciones o Corporaciones:
13. Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
14. Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
15. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica.
16. Copia simple del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
17. Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.
Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
18. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
19. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
20. Deberá designar domicilio en Chile.
21. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
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7.1.3. Unión Temporal de proveedores
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En caso de que se conforme una UTP para participar en la presente licitación, se establecen las siguientes reglas especiales para la presentación de ofertas:
- Presentar un instrumento público o privado, en que se individualice cada una de las personas naturales o jurídicas que participarán en forma conjunta, se establezca la solidaridad respecto de todas las obligaciones que se generen con este Servicio; y se designe de entre ellas, un mandatario o representante común con poderes suficientes para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, y todas las modificaciones que sean requeridas, obligando solidariamente a todos los integrantes de la asociación respecto del cumplimiento de cada una de las obligaciones derivadas de las bases de licitación, de la propuesta presentada y del contrato.
- El apoderado designado de la UTP deberá firmar la “declaración jurada de requisitos para ofertar”, en el formato online que entrega el portal www.mercadopublico.cl al momento de ofertar, verificando el cumplimiento de los requisitos de cada uno de los integrantes que conformen la UTP y en representación de la misma.
Si durante el proceso licitatorio se retira uno o más de los integrantes de la UTP, esta deberá informarlo inmediatamente al SLEP, indicando además si la UTP continuará participando en la licitación, o si desistirá de esta.
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- Participantes e Inhabilidad Para Presentar Ofertas.
Pueden participar aquellas personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o unión temporal de éstas, que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente y en las presentes Bases de Licitación.
No pueden participar quienes, al momento de presentación de su oferta, se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades que establece el artículo 4 de la Ley N° 19.886; es decir aquellos que se encuentren condenados por prácticas antisindicales; condenados por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores; condenados por delitos concursales previstos en el artículo 27 de la Ley N° 19.913, en el artículo 8° de la Ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal.
Asimismo, no pueden participar y presentar ofertas, quienes se encuentran contemplados en las situaciones establecidas en el inciso sexto del artículo 4, de la Ley N° 19.886, es decir no pueden presentar ofertas aquellos funcionarios Directivos de la Institución Compradora o exfuncionarios que a la fecha de cierre de tramitación de las presentes bases, no lleven un periodo superior a 1 año fuera de la institución, ni con personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ni las empresas en que estos funcionarios o familiares sean parte, cuya participación sea del 10% o más del capital; ni los Gerentes, administradores, directores o representantes de dichas empresas. Lo anterior, de conformidad a lo que establece el dictamen N° 20.454 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Para efectos de acreditar que no hay afectos a la inhabilidad señalada, los proponentes deberán suscribir y adjuntar a sus ofertas la Declaración Jurada Simple acompañada en estas Bases como Anexo N°2, sin perjuicio de las indagaciones que pueda efectuar el Servicio.
En el mismo sentido, tampoco pueden presentar ofertas, aquellos que estén afectos a la prohibición de contratar con la Administración del Estado, contenida en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973, de conformidad con lo que establece el dictamen Nº7.672 del 2020.
También deben, al momento de presentar sus ofertas, acreditar que no les afecta la prohibición de contratar con la Administración del Estado contenida en el artículo 10 de la Ley N° 20.393, de acuerdo con lo que dispone el dictamen N° 24.695 de 2019.
- Antecedentes para contratar
El proponente adjudicado deberá contar con sus antecedentes vigentes en el portal de Chile Proveedores, en particular, los indicados en el numeral precedente, si su vigencia es mayor de 60 días, deberá incorporarlos actualizados en los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Por otro lado, el oferente que se adjudique la presente licitación en ningún caso podrá contratar a personal que presente inhabilidades para el trabajo con menores de edad. En este sentido, es de exclusiva responsabilidad del proveedor asegurar que este requisito se cumpla en toda la dotación del personal contratado.
10.Naturaleza y monto de las garantías.
10.1. Garantía Fiel Cumplimiento del Contrato
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Tipo de documento
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Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el Artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024.
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Beneficiario
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Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa RUT N° 61.981.070-8
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Fecha de vencimiento
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Deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles posteriores a la fecha de ejecución de la obra.
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Monto
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5% del monto total neto del contrato, y deberá expresarse en pesos chilenos.
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Glosa
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID…………… (ID de la Licitación) y de los derechos laborales de los trabajadores”.
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Forma y oportunidad de restitución
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Para realizar la restitución de la boleta, el proveedor deberá ingresar por oficina de partes la solicitud por escrito con la firma de su representante legal. El Servicio tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para realizar la restitución, después del ingreso de la solicitud y será realizada una vez que:
- Se haya cumplido la fecha vencimiento del documento. Previa acreditación del pago de obligaciones laborales y sociales de los trabajadores.
- Se haya cumplido la fecha del documento, previa acreditación del pago de la totalidad de las multas.
- Habiéndose cumplido el plazo de ejecución de los servicios, el Administrador de Contrato ratifique el cumplimiento total de todas las obligaciones contratadas.
- Se presente la garantía para caucionar la correcta ejecución de las obras.
Se deja constancia que retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor en los plazos y fechas establecidos y previamente informados.
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Descripción
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Esta garantía deberá ser entregada físicamente en la oficina de partes del Servicio Local ubicadas en El Llano Subercaseaux 3629 piso 1, San Miguel, al momento de la firma del contrato, entre las 09:00 y 13:00 horas, por lo que se estipula un plazo no superior a 5 días hábiles. o en su defecto, en caso de corresponder a una póliza digital se permitirá enviar el antecedente a oficina de partes al correo oficinapartes@slepsantarosa.gob.cl con copia al correo electrónico licitaciones@slepsantarosa.gob.cl . En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma
Esta garantía sólo será entregada por el proveedor adjudicado.
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Cobro de documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
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El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se cobrará en los siguientes casos:
- En caso de terminar anticipadamente el contrato por incumplimiento grave de las obligaciones.
- En caso de incumplimiento en las obligaciones laborales y sociales del contratista.
- No pago de multas en los plazos establecidos en estas bases y/o el respectivo contrato.
- Para el pago de multas, cuando el cúmulo de éstas constituye incumplimiento grave, es decir cuando sumadas exceden el 20% (veinte por ciento), del precio total del contrato
- Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.
En el caso que el cobro del documento de garantía se deba a alguna de las cuatro últimas causales, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera.
En caso de no restituir el documento de garantía en los plazos indicados precedentemente, se procederá al termino anticipado del contrato.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato.
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10.2. Garantía por Correcta Ejecución de las Obras
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Tipo de documento
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Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el Artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024.
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Beneficiario
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Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa RUT N° 61.981.070-8
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Fecha de vencimiento
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Deberá tener una vigencia mínima de 12 meses posteriores a la fecha establecida en el Acta de Recepción Provisoria de Obra Terminada sin observaciones.
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Monto
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5% del monto total neto del contrato, y deberá expresarse en pesos chilenos.
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Glosa
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“Para garantizar la correcta ejecución de las obras del contrato derivado del ID……………” (ID de la Licitación) e identificación del contrato.
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Forma y oportunidad de restitución
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En el caso del último estado de avance y estado de pago, el Contratista deberá presentar a la contraparte técnica, en los documentos para tramitar el pago, el Acta de Recepción Provisoria de Obra Terminada sin observaciones, y comprobante de ingreso de la Garantía por Correcta Ejecución de las Obras.
Para efectos de remitir esta garantía, proveedor deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 121 del Decreto N°661, de 2024, en el sentido de tener presente que “la garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”; así aquellas garantías que sean emitidas y suscritas en formato físico deberán ser entregadas físicamente en la Oficina de Partes “SLEP SANTA ROSA”, ubicada El Llano Subercaseaux 3629 piso 1, comuna de San Miguel, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, entre las 09:00 y las 13:00 horas. Para los casos en que la Garantía se otorgue y suscriba por medio de firma electrónica, podrá entregarse de manera electrónica, teniendo presente lo contemplado en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica, y servicio de certificación de dicha firma. Para lo anterior, enviar el instrumento de garantía digitalizado a oficina de partes al correo oficinapartes@slepsantarosa.gob.cl con copia al correo electrónico licitaciones@slepsantarosa.gob.cl
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Descripción
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Cauciona la correcta ejecución de obras, estando en uso y con recepción. Las obras no deberán presentar fallas atribuibles a los procesos llevados a cabo por el adjudicado. De presentarse fallas de responsabilidad del adjudicado, se hará cobro de esta garantía.
La presentación de esta garantía será requisito para efectuar el último estado de pago indicado en las presentes Bases, se presenta para reemplazar la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y asegurar la correcta ejecución de las obras.
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Cobro Garantía de
Correcta Ejecución de
las Obras
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Durante el período de garantía, el Contratista a requerimiento escrito de SLEP y en el plazo que ésta le indique, deberá reparar, sustituir o modificar toda parte de la obra, construcción material o equipo defectuoso que no cumpla con las especificaciones, sea inoperante, deficiente o que se encuentre en malas condiciones, excepto que se originen por mal uso o falta de mantención adecuada. Esta exigencia es válida aun habiéndose firmado un finiquito por término anticipado de contrato y será la garantía que se utilice para el caso de existir mayor valor de las obras si ha sido necesario que la SLEP las ejecute directamente o a través de otra persona.
Si vencido el plazo otorgado por el SLEP el Contratista no hubiese efectuado las reparaciones o sustituciones señaladas, el SLEP podrá realizarlas en la forma que estime conveniente, cargando al Contratista los gastos que se ocasionen por tal motivo haciendo efectivas en forma parcial o total las garantías según corresponda, sin que el Contratista pueda formular a SLEP cargos por esas acciones.
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11. Seguros
11.1. Póliza de Seguro por Daños a Terceros
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TIPO DE DOCUMENTO
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El contratista deberá contratar una póliza de seguros contra daños a terceros, a su costo y a favor de la Unidad Técnica, por los posibles daños que se pudiera ocasionar a particulares, cualquier daño a la propiedad de terceros, muerte, incapacidad, gastos médicos.
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BENEFICIARIO
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PUBLICA SANTA ROSA. RUT 61.981.070-8.
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FECHA DE VENCIMIENTO
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Vigencia: Deberán estar vigentes durante toda la ejecución de las obras y hasta 90 días posteriores a la recepción provisoria sin observaciones.
En caso de haber aumentos de plazo del contrato también deberán modificarse los plazos de vigencia de las pólizas a fin de que su cobertura se extienda hasta los 90 días posteriores a la recepción provisoria. Este aumento de vigencia se exigirá solamente si el nuevo plazo contractual más su adicional no resultan cubiertos por la póliza original.
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MONTO
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250 UF, sin deducible.
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GLOSA
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Por responsabilidad civil por las obras del contrato “PROYECTO DE CONSERVACIÓN LICEO ENRIQUE BACKAUSSE, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PUBLICA SANTA ROSA, ID ……… (ID de la Licitación)”.
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DESCRIPCIÓN
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Inmediatamente tras la notificación de la Resolución de Adjudicación, el Adjudicatario deberá tramitar la Póliza y tendrá que presentar dicha Póliza, o en su defecto, el Certificado de su Contratación de la Compañía Emisora (que demuestre que ha sido contratado por el Adjudicatario), al Servicio, en un plazo no mayor a los 8 días hábiles contados desde dicha notificación.
El Seguro que contratará la empresa deberá ser sin deducible. En la eventualidad que no se pueda contratar un seguro bajo esas condiciones, el contratista asumirá el monto del deducible asociado al porcentaje más alto indicado para los deducibles en el documento, ante toda y cada eventualidad que se produzca.
Puede aceptarse por el total deducible, una Boleta de Garantía Bancaria, Nominativa a favor del Servicio u otro documento que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024, que cumpla con los mismos requisitos de vigencia señalados para el Seguro y que se deberá entregar al Servicio en el mismo plazo.
La póliza de responsabilidad civil deberá ser pagada al contado por el Contratista, presentando fotocopia de los documentos donde conste dicho pago y deberá contener, en forma explícita, cláusulas de responsabilidad civil cruzada, rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentra vigente), de renuncia a los derechos de subrogación y una indicación de la imposibilidad de cancelar o dar término al seguro por parte del Contratista sin la aprobación por escrito del Servicio.
De producirse daños a terceros, el Contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados. Así, en caso que la compañía de seguro se negase a pagar total o parcialmente los daños producidos, ya sea porque no estén incluidos en las cláusulas del seguro comprometido, o porque el valor del daño es menor o igual al deducible que impone la compañía, o porque el monto asegurado se encuentra parcial o totalmente ocupado por otros accidentes ocurridos en este Contrato, o porque el monto asegurado es inferior al monto a indemnizar, la diferencia entre el monto pagado con cargo a la póliza y el monto a indemnizar deberá ser pagado por el Contratista.
Además, toda y cada denuncia realizada por terceros dentro del plazo de vigencia serán investigadas por la Compañía de Seguros y será responsabilidad del Contratista hacer todas las gestiones necesarias ante la compañía para que se efectúe el pago por los daños ocasionados.
La póliza contratada deberá incluir en forma expresa las siguientes cláusulas:
a) SLEP SANTA ROSA debe ser incluido como beneficiario en el seguro contratado;
b) Prohibición de modificar, cancelar o anular la póliza, aún por falta de pago de prima, por toda la vigencia efectiva de la misma, sin previo aviso de la compañía de seguros respectiva a SLEP SANTA ROSA por carta certificada, con un mínimo de 60 días de anticipación;
c) Póliza sujeta a rehabilitación automática de la suma asegurada;
d) Renuncia de la compañía de seguros al derecho de subrogación en contra de SLEP SANTA ROSA.
La póliza de seguro no podrá tener vigentes cláusulas de arbitraje y el asegurado principal y beneficiario deberá ser el Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa.
No se procederá a la entrega de terreno, sin el ingreso previo de dicha póliza y garantía por el deducible, si correspondiera, por este concepto, gestión que deberá asegurar la unidad técnica.
En caso de ampliación de plazo asociado a un aumento de obra el contratista dispondrá de un plazo de 15 días corridos para entregar las pólizas en la Subdirección de Administración y Finanzas (o el certificado de la Compañía de Seguros que acredite que se encuentran en trámite de ser emitidas), en el caso de ampliación de plazo sin aumento de obra asociada dispondrá de un plazo de 10 días corridos. En ambos casos el plazo de contará desde el día siguiente a la fecha de presentación en el servicio de la carta en que solicita el aumento de obra y/o plazo. En caso de no presentar las pólizas o sus certificados durante los 15 ó 10 días corridos indicados, se aplicarán las multas correspondientes.
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11.2. Póliza de Seguro Progresivo de Todo Riesgo Construcción por el valor total de la Obra
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TIPO DE DOCUMENTO
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El contratista deberá asegurar y contra todo riesgo el valor total de la obra mediante la contratación de una póliza de seguro progresiva y de ejecución inmediata, la que deberá incluir cobertura de huelga, motín, incendio, terremoto, error de diseño y de cobertura amplia de mantenimiento, a su costo.
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BENEFICIARIO
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PUBLICA SANTA ROSA. RUT 61.981.070-8.
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FECHA DE VENCIMIENTO
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Vigencia: Deberán estar vigentes durante toda la ejecución de las obras y hasta 90 días posteriores a la recepción provisoria sin observaciones.
En caso de haber aumentos de plazo del contrato también deberán modificarse los plazos de vigencia de las pólizas a fin de que su cobertura se extienda hasta los 90 días posteriores a la recepción provisoria. Este aumento de vigencia se exigirá solamente si el nuevo plazo contractual más su adicional no resultan cubiertos por la póliza original.
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MONTO
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MONTO TOTAL DE LA OBRA sin deducible.
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GLOSA
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Por Seguro de Construcción de Todo Riesgo para las obras del contrato “PROYECTO DE CONSERVACIÓN LICEO ENRIQUE BACKAUSSE, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PUBLICA SANTA ROSA, ID …..… (ID de la Licitación)”.
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DESCRIPCIÓN
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Inmediatamente tras la notificación de la Resolución de Adjudicación, el Adjudicatario deberá tramitar la Póliza y tendrá que presentar dicha Póliza, o en su defecto, el Certificado de su Contratación de la Compañía Emisora (que demuestre que ha sido contratado por el Adjudicatario), al Servicio, en un plazo no mayor a los 8 días hábiles contados desde dicha notificación.
El Seguro que contratará la empresa deberá ser sin deducible. En la eventualidad que no se pueda contratar un seguro bajo esas condiciones, el contratista asumirá el monto del deducible asociado al porcentaje más alto indicado para los deducibles en el documento, ante toda y cada eventualidad que se produzca.
Puede aceptarse por el total deducible, una Boleta de Garantía Bancaria, Nominativa a favor del Servicio u otro documento que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024, que cumpla con los mismos requisitos de vigencia señalados para el Seguro y que se deberá entregar al Servicio en el mismo plazo.
De producirse daños a terceros, el Contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados. Así, en caso que la compañía de seguro se negase a pagar total o parcialmente los daños producidos, ya sea porque no estén incluidos en las cláusulas del seguro comprometido, o porque el valor del daño es menor o igual al deducible que impone la compañía, o porque el monto asegurado se encuentra parcial o totalmente ocupado por otros accidentes ocurridos en este Contrato, o porque el monto asegurado es inferior al monto a indemnizar, la diferencia entre el monto pagado con cargo a la póliza y el monto a indemnizar deberá ser pagado por el Contratista.
Además, toda y cada denuncia realizada por terceros dentro del plazo de vigencia serán investigadas por la Compañía de Seguros y será responsabilidad del Contratista hacer todas las gestiones necesarias ante la compañía para que se efectúe el pago por los daños ocasionados.
La póliza contratada deberá incluir en forma expresa las siguientes cláusulas:
a) SLEP SANTA ROSA debe ser incluido como beneficiario en el seguro contratado;
b) Prohibición de modificar, cancelar o anular la póliza, aún por falta de pago de prima, por toda la vigencia efectiva de la misma, sin previo aviso de la compañía de seguros respectiva a SLEP SANTA ROSA por carta certificada, con un mínimo de 60 días de anticipación;
c) Póliza sujeta a rehabilitación automática de la suma asegurada;
d) Renuncia de la compañía de seguros al derecho de subrogación en contra de SLEP SANTA ROSA.
La póliza de seguro no podrá tener vigentes cláusulas de arbitraje y el asegurado principal y beneficiario deberá ser el Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa.
No se procederá a la entrega de terreno, sin el ingreso previo de dicha póliza y garantía por el deducible, si correspondiera, por este concepto, gestión que deberá asegurar la unidad técnica.
En caso de ampliación de plazo asociado a un aumento de obra el contratista dispondrá de un plazo de 15 días corridos para entregar las pólizas en la Subdirección de Administración y Finanzas (o el certificado de la Compañía de Seguros que acredite que se encuentran en trámite de ser emitidas), en el caso de ampliación de plazo sin aumento de obra asociada dispondrá de un plazo de 10 días corridos. En ambos casos el plazo de contará desde el día siguiente a la fecha de presentación en el servicio de la carta en que solicita el aumento de obra y/o plazo. En caso de no presentar las pólizas o sus certificados durante los 15 ó 10 días corridos indicados, se aplicarán las multas correspondientes.
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12. De la evaluación y adjudicación de las ofertas.
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12.1. Comisión Evaluadora
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Serán funciones de la comisión evaluadora las siguientes:
a) Resolver si las ofertas técnicas y económicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las presentes bases de licitación. En caso de que ello no ocurra deberá proponer declarar inadmisible la propuesta sin evaluarla.
b) Analizar las ofertas presentadas y evaluar las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
c) De acuerdo a lo establecido por el artículo 56° del Decreto Nº661, de 2024, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores u omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes tendrán el plazo fatal que determine la Comisión Evaluadora a través del sistema de información, el que, en todo caso, no podrá ser inferior a 48 horas desde la solicitud realizada a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) Confeccionar un Acta o Informe de Evaluación, en la que dejará constancia de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, en el acta de evaluación se deberá indicar expresamente cuáles fueron las ofertas inadmisibles y los motivos de la inadmisibilidad, y se dejará constancia de cualquier hecho relevante relacionado con el proceso de evaluación.
e) Presentar a la autoridad competente el Acta o Informe de Evaluación de Ofertas, donde propondrá, declarar inadmisible una o más ofertas, adjudicar la oferta que haya obtenido el mayor puntaje o declarar desierto el proceso licitatorio, según corresponda, de acuerdo con los requisitos y criterios de evaluación, establecidos en las presentes Bases de Licitación.
Las ofertas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por los siguientes funcionarios titulares:
1) Cristopher Sánchez V. Coordinador de Unidad de Compras y Licitaciones
2) Sebastian Santander Guzman, Profesional Departamento Jurídico, Transparencia y Protección de Derechos de las y los Estudiantes.
3) Andrea Tagle Escauriaza, Profesional de Unidad de Diseño Proyectos de Infraestructura.
En caso de impedimento o ausencia de alguno de ellos, debidamente justificado al coordinador de Adquisiciones, se designan como suplentes a:
4) Gabriel Silva Monzalve, Jefe de Área de Proyectos de Infraestructura.
5) Gerardo Urzua Melipil, Coordinador de Unidad de Gestión de Facturación y Pago.
6) Katherine Muñoz Porcile, Profesional Departamento Jurídico, Transparencia y Protección de Derechos de las y los Estudiantes.
Sin perjuicio de lo anterior, la conformación de esta comisión podrá modificarse e informar a través de la plataforma www.mercadopublico.cl
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12.2. Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
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Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, se podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones. Lo anterior, siempre y cuando ello se efectúe de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Decreto Nº 661, de 2024.
La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Sin embargo, será restado su puntaje el cumplimiento de requisitos formales, Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a integrar los antecedentes del contrato, si se adjudica.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, según corresponda y se haya solicitado a través de los canales disponibles, considerando que esta podría ser solicitada en un plazo menor, lo anterior, para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración.
Se asignará con 0 (cero) puntos a las ofertas que no cumplan con la presentación de la totalidad de los anexos solicitados para la evaluación de requisitos formales, sus complementos, formatos correspondientes o alguno que sea requerido a través de foro inverso
Prórroga de plazos
De producirse algunas de las hipótesis precedentemente señaladas se entenderán prorrogados automáticamente los plazos relativos a la evaluación de las propuestas, hasta la publicación de la Resolución que adjudique la Licitación. Dicha prórroga no requerirá acto administrativo previo.
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12.3. Causales de inadmisibilidad de las ofertas
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El SLEP Santa Rosa, podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos:
- Incurra en falsedad con respecto a la información proporcionada en la integración de su oferta.
- No presentación de Anexo N°8-A “Oferta Económica”.
- Que la oferta económica sea superior al presupuesto máximo disponible, de acuerdo con lo ofertado en el Anexo N°8-A.
- No oferta la totalidad de los servicios en Anexo N°8-A “Oferta Económica” o Anexo N°8-B “Itemizado”.
- Si existen errores en el precio de la oferta económica de Anexo N°8-A o Anexo N°8-B.
- No presentación de Anexo N° 7 “Plazo de Ejecución”.
- Anexo N°7 “Plazo de Ejecución” supere los 120 días corridos.
- Cualquier otra causal de inadmisibilidad contemplada en la Ley N°19.886 y su reglamento Decreto N°661 de 2024.
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12.4. Resolución de empates
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Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya presentado la mejor oferta económica, en caso de persistir el empate, se considerará el siguiente orden de prioridad para desempatar:
- Mayor puntaje en Experiencia del Oferente.
- Mayor puntaje en ejecución y entrega de la obra.
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En caso de persistir el empate, aplicadas estos mecanismos, será seleccionada la oferta que, siendo parte de esta situación hubiese presentado con mayor antelación su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, situación que será confirmada por la ficha de oferta disponible en el portal.
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12.5. Adjudicación
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La Licitación se adjudicará al proponente que haya presentado la oferta más ventajosa, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores indicados en las presentes bases, aun cuando no sea la de más bajo costo, de acuerdo a la propuesta realizada por la Comisión Evaluadora, o bien podrá proponer rechazar fundadamente todas las ofertas por resultar inconvenientes a sus intereses, declarando en este caso desierta la Licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Igualmente podrá proponer que se declare desierta en los casos en que no se presenten oferentes.
El Servicio declarará inadmisibles las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, según lo establecido en la normativa de compras públicas y en estas bases.
La Entidad Licitante podrá, además, declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La adjudicación de la propuesta pública se hará mediante resolución fundada. Si la adjudicación no se realizase dentro del plazo estimado señalado en el calendario de la Licitación, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento, debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite que, en todo caso, no podrá exceder de 10 días corridos.
No podrá adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades. Lo anterior, de conformidad con lo que señala el artículo 58 del Decreto N° 661, de 2004.
Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl).
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12.6. No acepta adjudicación
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Sin perjuicio de lo anterior, se entenderá que el oferente adjudicado no acepta la adjudicación en los siguientes casos:
a) No entregue los documentos señalados precedentemente en los plazos señalados al efecto por el Servicio.
b) No entregue en tiempo y forma el documento de Garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato (si aplicase).
En estos casos el Licitante podrá adjudicar y contratar con el oferente que hubiere ocupado el siguiente lugar en la evaluación o bien declarar desierta la Licitación.
Para estos efectos el oferente ubicado en el siguiente lugar en la evaluación deberá cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, previo a la formalización de la contratación, en los plazos establecidos.
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12.7. Readjudicación
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Si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el SLEP Santa Rosa podrá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, debiendo, además, declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien readjudicar al oferente que hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero en la evaluación, este último solo si el segundo se desiste de la readjudicación, previa Resolución del SLEP Santa Rosa.
En el caso que el adjudicatario sea una Unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a inhabilidad deberá informar por escrito dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
De ser necesario, el SLEP SANTA ROSA, podrá solicitar la prórroga de la Vigencia de la Oferta para readjudicar.
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12.8. Consultas acerca de la adjudicación
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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Decreto Nº 661 de 2024, los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles siguientes a la respectiva notificación del acto, consultas que se realizarán mediante correo electrónico licitaciones@slepsantarosa.gob.cl, indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta. Las respuestas serán remitidas dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, mediante correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta.
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13. Condiciones contractuales y otras cláusulas.
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13.1. Notificación y aceptación
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Una vez notificada y de conformidad al artículo Nº 63 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la suscripción de un contrato, la tramitación de la resolución que apruebe el mismo, así como la aceptación de la orden de compra emanada de este proceso en el plazo de 24 horas siguientes a su emisión, la cual se materializará posterior al acto administrativo que aprueba el contrato.
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13.2. Monto del contrato
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El monto del contrato corresponderá a la suma declarada en el Anexo N°8-A “Oferta Económica" del oferente que resulte adjudicado. Será en pesos, moneda nacional, e incluirá todos los gastos e impuestos que el proyecto genere.
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13.3. Emisión de Orden de compra
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Se emitirá una Orden de Compra, correspondiente al Programa 02 la cual deberá ser aceptada por el proveedor que resulte adjudicado dentro del plazo máximo de 24 horas hábiles contadas desde el respectivo envío de esta, posterior al acto administrativo que aprueba el contrato.
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13.4. Del Contrato
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El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles desde el envío del contrato por parte del SLEP Santa Rosa al proveedor adjudicado.
Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro de dicho plazo se desiste de la propuesta, caso en que el SLEP SANTA ROSA procederá, si así lo estima pertinente, a readjudicar la Licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes.
Se entenderá que forman parte de la contratación las presentes Bases Administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas, la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado y la Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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13.5. Del contenido del contrato.
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Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas, y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado
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13.6. Delimitación de responsabilidad
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El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato no tendrá vínculo laboral alguno con el Servicio, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder.
El proveedor será el único responsable si se daña a las personas o la propiedad pública o privada atribuibles a actos u omisiones de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato.
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13.7. Vigencia, duración del contrato.
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El contrato entrará en vigor a partir de la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe hasta por 60 días hábiles posteriores a la fecha de “Acta de Recepción Final de la Obra”.
La ejecución de los servicios se extenderá por el plazo indicado en Anexo N°7 “Plazo de Ejecución”, contados desde la fecha establecida en el “Acta de entrega de terreno”.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, a solicitud del SLEP, la etapa de implementación podrá comenzar a partir de la fecha de suscripción del contrato. Dejándose constancia de los inicios y términos de las respectivas etapas en las actas descritas con anterioridad.
Lo anterior es sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el SLEP Santa Rosa con el proveedor, desde la fecha de la adjudicación.
No obstante, lo anterior, no procederá pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo.
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13.8.
Término anticipado y liquidación del contrato.
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El contrato podrá terminarse o modificarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130° del Decreto N° 661 de 2024, por las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante:
a) Incumplimiento de los plazos relacionados con el pago de eventuales multas.
b) Si el cobro de las multas supera el 20% del monto total contratado.
c) Incumplimiento en la seguridad de la información y confidencialidad a que se obligar al proveedor
d) Que los trabajadores del proveedor agredan física o verbalmente, realicen altercados, y/o insulten a estudiantes, docentes, asistentes de la educación, y, en general, a cualquier funcionario del SLEP Santa Rosa durante la realización de sus labores
e) En caso de que el contratista sea una UTP y que durante la ejecución del contrato se retire alguno de los integrantes, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
f) En caso de que el contratista sea una UTP y que durante la ejecución del contrato se haya ocultado información relevante para su ejecución, que afecta a cualquiera de sus miembros.
g) En caso de que el contratista sea una UTP y que durante la ejecución del contrato sobrevenga la inhabilidad de alguno de sus integrantes y el contrato no pueda continuar su ejecución con los restantes miembros, en los términos adjudicados.
h) En caso de que el contratista sea una UTP y ésta se disuelva.
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Si se disolviere la sociedad contratista.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Por incumplimiento a las obligaciones laborales o previsionales con trabajadores propios: En caso que el proveedor a registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, el primer estado de pago deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el contrato.
- www.mercadopublico.cl , dentro de 24 horas.
- Si el adjudicatario cediera a terceros los derechos y las obligaciones que asuma en virtud del presente contrato de suministro, salvo en el caso indicado en el artículo 127 del Decreto Supremo Nº 661, de 2024.
- Si durante la vigencia del contrato incurriera en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado o con esta entidad licitante.
Además, podrá poner término unilateral y administrativamente al contrato, en forma anticipada, sin forma de juicio e ipso facto, mediante acto administrativo fundado, en los siguientes casos, que se enuncian a vía enunciativa y ejemplar, sin ser taxativas, y sin perjuicio de las multas e indemnizaciones y demás acciones que procedan:
a) Si el Contratista es declarado en quiebra, solicita su quiebra o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
b) Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de sus bienes.
c) Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes en favor de sus acreedores.
d) Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
e) Si el Contratista es una sociedad y va a su liquidación.
f) Si el Contratista le fueren protestados documentos comerciales que mantuviere impagos durante 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
g) Si el Contratista fuere condenado por delito que merezca pena aflictiva, o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si lo fuere, el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima.
h) Si el Contratista ha hecho abandono de las obras o ha disminuido el ritmo de trabajo a un extremo que, a juicio de la Unidad Técnica, equivalga a un abandono de estas.
i) Si no ha comenzado las obras dentro de los 15 días corridos siguientes a la entrega del terreno o las ha suspendido por 15 días o más, habiendo requerimiento por escrito de la Unidad Técnica en orden de iniciarla o continuarla sin que el Contratista haya justificado su actitud.
j) Si no ha efectuado, dentro de 15 días después de haber sido notificado por escrito por la Unidad Técnica, la remoción y reemplazo de materiales, equipos o personal que hayan sido rechazados.
k) Si a juicio de la Unidad Técnica no está ejecutando las obras de acuerdo con el Contrato o, en forma reiterada o flagrante, no cumple con las obligaciones estipuladas.
l) Si por errores del Contratista las obras que quedaren con defectos graves no pudieren ser reparadas y dichos defectos comprometieren, a juicio de la Unidad Técnica, la seguridad de las obras u obligasen a modificaciones sustanciales del proyecto.
m) En caso de muerte del Contratista o socio que implique término de giro de la empresa constructora.
n) El incumplimiento del pago de los sueldos, salarios y leyes sociales o el pago de proveedores, a menos que se subsane dicha situación dentro del quinto día desde que le fuera advertido formalmente por la Unidad Técnica.
o) La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
p) Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
q) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato –en el caso de una Unión Temporal de Proveedores-, que afecte a cualquiera de sus miembros;
r) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
s) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores. La Unión Temporal de Proveedores es una asociación de, al menos, 2 integrantes; cuando su número disminuya de 2, la Unión Temporal de Proveedores se entenderá inmediatamente disuelta.
t) Todo otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista.
u) Cuando la Unidad Técnica de común acuerdo con el contratista, acuerdan terminar anticipadamente el contrato.
En cualquiera de los casos señalados en la presente cláusula, excepto el indicado en la letra u), la Unidad Técnica podrá hacer efectiva la de garantía que corresponda, sin perjuicio de las multas e indemnizaciones por perjuicios que fueren procedentes.
Lo establecido precedentemente es sin perjuicio de las acciones que el Servicio Local pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios y del cobro de las garantías, en caso de que resulte procedente.
6.- Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el Contratista pueda funcionar en el giro de su actividad.
En caso que, durante el transcurso de la obra, el ITO estime que el Contratista no puede seguir ejecutándola, lo cual deberá ser explicitado mediante un informe técnico, dirigido al Director Ejecutivo del Servicio, proponiendo el término anticipado, se procederá de la siguiente forma:
a) El ITO deberá comunicar oficialmente al Contratista las razones para realizar la liquidación de contrato. Deberá caucionar que el Contratista paralice las obras y que no realice retiros de maquinarias ni materiales sin su expresa autorización.
b) El Contratista dispondrá de un término de 10 días corridos para presentar sus descargos, por escrito, acompañando todas las pruebas y fundamentos relacionadas con el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones establecidas en las bases técnicas y administrativas, así como en este contrato.
c) Con el mérito de las argumentaciones y pruebas entregadas por el Contratista, el ITO deberá elaborar un informe, en el sentido de que el contrato puede continuar o, en caso contrario, de ser necesaria su liquidación. En el primer caso lo notificará al Contratista; en el segundo remitirá los antecedentes al Director Ejecutivo del Servicio Local.
d) El Director Ejecutivo del Servicio Local emitirá una resolución fundada, ya sea acogiendo o denegando lo solicitado por el ITO y, en el primer caso, de ser procedente, se resolverá el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato. Esta resolución deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren. En contra de esta resolución, el Contratista podrá interponer recurso de reposición ante el Director Ejecutivo, dentro de 5 días hábiles, debiendo este resolverlo en el mismo plazo.
e) El ITO en conjunto con el Contratista y las personas que el ITO estime conveniente, deberán realizar el avance valorizado de las partidas, que consiste en determinar el avance real de cada una de las partidas contratadas al momento de la realización de la paralización de la obra por término anticipado. Si el Contratista se niega a participar, se realizará el avance valorizado de todas maneras, sin la participación del Contratista.
f) Luego de realizado el avance valorizado, y en acuerdo o no con el Contratista, se deberá realizar la liquidación del contrato, la que deberá considerar en su análisis los siguientes aspectos:
i. Daños y perjuicios: se refiere a los gastos adicionales en que debió incurrir el Servicio Local por la paralización de obra, como servicios de vigilancia u otros.
ii. Partidas defectuosas: se refiere a las partidas que, pese a estar ejecutadas, deberán realizarse nuevamente, parcial o totalmente, por problemas de ejecución o deterioro climático.
iii. Avance valorizado al momento de la liquidación, mencionado anteriormente.
iv. Antecedentes de valorización de las sanciones contempladas en este contrato.
v. Antecedentes de ejecución de boleta de fiel cumplimiento de contrato.
vi. Antecedentes de devolución del anticipo.
vii. Rendición y detalle de obligaciones contractuales del Contratista, que fueran canceladas con cargo a los excedentes de la liquidación del contrato, si corresponde.
viii. Antecedentes sobre consumos básicos pendientes, si corresponden.
ix. Antecedentes de Estados de Pago cancelados al Contratista
x. Conclusión con el balance de los factores anteriores, y valoración de lo que debiese pagarse o deducirle al Contratista, como producto de la liquidación por el término anticipado del contrato.
g) Al terminar la confección de la liquidación de contrato, se deberá realizar un documento oficial por parte del Servicio Local, sancionando el término del proceso de liquidación por término anticipado de contrato y sus conclusiones.
En ninguno de estos casos, procederá el pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado.
Liquidación de Contrato.
La duración del contrato será hasta la liquidación definitiva de éste, la cual procederá luego de efectuada la recepción definitiva, sin observaciones por parte de la Unidad Técnica, mediante acto formal de esta última, que deberá suscribir el contratista, y aprobado por resolución administrativa, con la finalidad de formalizar la terminación del vínculo contractual y, en su caso, efectuar los correspondientes ajustes de cuentas, multas, saldos y demás aspectos que resulten pertinentes.
Formulada la liquidación del contrato, debidamente suscrita por el contratista, la Unidad Técnica procederá a devolver la garantía de correcta ejecución de las obras, dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha del acta de recepción final.
Cuando el contratista, previamente notificado, no se presenta a la citación para practicar la liquidación de común acuerdo, o si las partes no logran acuerdo sobre el contenido de esta, la Unidad Técnica, junto con acreditar dicha circunstancia, liquidará el contrato directa y unilateralmente, mediante acto formal. La constancia de la notificación previa, mediante carta certificada, será condición de validez para la liquidación unilateral.
El Contratista que no haya suscrito y aceptado la liquidación podrá reclamar de ella, dentro del plazo de 30 días, contados desde la tramitación de la resolución pertinente. Transcurrido ese plazo, la liquidación se entenderá aceptada por el Contratista.
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13.9. Sanciones, causales y montos
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Se considerarán infracciones sujetas a multas las que se detallan en la siguiente manera, las que pueden ser aplicadas en más de una instancia y de manera simultánea dependiendo de la naturaleza de la causa.
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CAUSAL
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MULTAS y/o SANCIONES
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- Incumplimiento de plazo en la ejecución parcial o total de las obras
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10 UTM por cada día de atraso
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- Incumplimiento de instrucciones del ITO.
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5 UTM por evento.
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- Incumplimiento de obligaciones del contratista
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5 UTM por evento.
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- Mala ejecución o calidad de las obras
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2 UTM por cada día de atraso
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Las multas considerarán un límite máximo de 20% del monto total del contrato. Superior a ese porcentaje, se considerará una Falta grave al cumplimiento del contrato. La conversión de la UTM aplicada, será del mes en que se notifique el incumplimiento.
A continuación, se detallan las causales:
1- Incumplimiento de plazo en la ejecución parcial o total de las obras.
Una vez de detectada(s) el/los atraso(s) por el ITO e informado(s) al contratista, luego de transcurridos 3 días hábiles de solicitada la respuesta y que ésta sea calificada como injustificada por el ITO, se aplicará una multa, de 10 UTM por cada día de atraso, respecto de la ejecución parcial y/o total, según corresponda.
Se entenderá por ejecución parcial, la correspondiente al avance en la ejecución de las obras, conforme la Carta Gantt entregada por el Contratista y visado por la inspección técnica en el libro de obras.
Se entenderá por ejecución total, el plazo de ejecución para todas las obras a desarrollar por parte del Contratista. El ITO evaluará de manera permanente el avance en la ejecución de las obras, conforme la referida Carta Gantt y determinará la aplicación de multas en caso de atrasos en la ejecución programada.
2- Incumplimiento de instrucciones del ITO.
Se aplicará una multa de 5 UTM por incumplimiento a instrucciones entregadas por el I.T.O.
En caso de incumplimiento de una orden impartida por el Inspector Técnico de Obras (ITO)
-No Acción: se entiende que dada una orden formalizada por el Libro de Obra o canal formal (informe o correo electrónico recibido por el oferente), no se ejecute en los plazos que se disponen y se produzcan retrasos no deseados, sólo imputables al contratista.
-Repetición: dada una orden expresada en el Libro de Obras o canal formal (informe o correo electrónico recibido por el oferente), que no acate el contratista, asumiendo una postura contumaz al respecto. Se aplicará, asimismo, la multa por “No Acción”.
-Incumplimiento de Carta Gantt: se verificará en terreno la correcta ejecución de la obra, en tanto plazo de ejecución, mediante Carta Gantt (entregada por el proveedor al inicio del servicio), lo que será controlado por la ITO. En caso de atrasos, se darán 2 días corridos para la normalización de los mismos. Si luego de la observación, persistiese el atraso o, a raíz del mismo, se atrasa consecuentemente otra partida, se entenderá como el mismo proceso de atraso, es decir, tiene carácter de acumulativo.
-Implementos de Seguridad: cada vez que se sorprenda a un trabajador del Contratista sin hacer uso de sus implementos de seguridad o ejecutando acciones en contravención del Reglamento de Higiene y Seguridad del Servicio Local y/o del Contratista o del decreto N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, así como la demás reglamentación que sea pertinente en materias de prevención de riesgos
-Modificación de Especificaciones Técnicas sin consulta: en el evento que, por decisión propia, el contratista modifique las Especificaciones Técnicas (EETT), en tanto sistema constructivo o de funcionamiento, cantidad o calidad de lo especificado, sin consulta a la ITO, produciendo obras, además de la obligación de demoler a coste propio lo ejecutado, se le cursará multa, entendida como “cambio de partida de EETT sin consulta”.
-Acciones que desencadenen cese de actividades pedagógicas: se asume que las empresas tienen experiencia afín a los servicios contratados (criterio de evaluación) por lo que conocen las normativas y reglamentos que atañen a los establecimientos educacionales. Es en aquel entendido que, si a raíz de obras o no ejecución de las mismas se producen cortes de los suministros básicos (internet, agua, luz, alcantarillado o gas), no sólo será de responsabilidad y cargo del contratista reponerlos (siempre que corresponda, según argumentación técnica de la ITO); además se le cursará multa sólo por el evento ocasionado.
También aplica por obras u omisiones de las mismas que produzcan deterioro o corte del normal funcionamiento del establecimiento, en el entendido de cubiertas, salas, acceso, vegetación o similares que afecten el servicio pedagógico del establecimiento.
3- Incumplimiento de obligaciones del contratista.
Se aplicará una multa de 5 UTM por incumplimiento de alguna de las obligaciones del contratista estipuladas en el 12.22 de las presentes bases.
4- Mala ejecución o mala calidad de las obras.
Una vez de detectado(s) el/los hecho(s) por el ITO e informado(s) al contratista, luego de transcurridos 3 días hábiles de solicitada la reparación, reconstrucción y/o cambio de algún(os) elemento(s), o en un plazo superior determinado por la ITO, y que ésta nuevamente sea calificada como deficiente por el ITO, se aplicará una multa diaria, de 2 UTM, por cada día de atraso y para cada uno de los hechos y/o partidas observadas, en relación al plazo de entrega fijado para cada uno de el/los hecho(s).
Procedimiento de término anticipado y aplicación de Sanciones y Multa
Cuando el ITO, verifique la ocurrencia de uno o más causales de término anticipado o de los incumplimientos tipificados precedentemente, notificará dicha(s) causales o incumplimiento(s) al proveedor, mediante el envío de un correo electrónico registrado en el Anexo N°1 indicándole el detalle de los hechos que configuran el (los) incumplimiento(s) y la(s) multa(s) que resulta(n) aplicable(s).
El proveedor podrá reclamar por escrito del término anticipado o incumplimiento (s) notificado (s) y de la aplicación de la (s) multa (s), dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha del mencionado correo electrónico, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar sus descargos.
El ITO resolverá los descargos a través de Resolución Exenta, la que será notificada al proveedor, mediante el envío de copia de dicha Resolución por correo electrónico registrado en el Anexo N° 1.
En contra de esta Resolución, el proveedor podrá presentar Recurso de Reposición, dispuesto en la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el Recurso.
El ITO, resolverá el Recurso de Reposición a través de Resolución Exenta fundada, en la que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el Recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta Resolución será notificada al proveedor mediante el envío de copia de la misma, por correo electrónico al correo registrado en el Anexo N° 1.
En contra de la Resolución que resuelve el Recurso de Reposición presentado, no procederán más Recursos, por lo que la dictación de ésta, producirá el efecto de terminar definitivamente el presente procedimiento especial de Reclamación, quedando firme la multa aplicada. Lo anterior, sin perjuicio del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 de la Ley N° 19. 880. Si la Contraparte Técnica considera que existe merito suficiente para la aplicación de una multa, comunicara la infracción detectada al proveedor mediante correo electrónico.
Cobro de multas.
El contratista deberá pagar la/s multa/s directamente, enterando el monto de ésta/s en la cuenta corriente del SLEP Santa Rosa, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de esta, o en su caso, desde que se notifique el acto que rechaza la reclamación respectiva. Una vez pagada la/s multa/s, el contratista deberá remitir una copia del depósito o transferencia vía correo electrónico a la Contraparte Técnica.
No obstante, en caso de que el contratista no pague la/s multa/s directamente, el SLEP podrá deducirlas del valor de la(s) factura(s) próxima(s) que se encuentre(n) pendiente(s) de pago al contratista, siempre y cuando sea posible de acuerdo con el sistema de pago aplicable.
Las multas no se aplicarán si el incumplimiento de las obligaciones del proveedor se produce por caso fortuito o fuerza mayor, previa comunicación por escrito del proveedor y calificación conforme por parte del SLEP, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados
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13.10. Del Pago
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El pago de las obras se efectuará en cuatro Estados de Pago (EDP), en función del avance físico comprobable por partidas conforme a las valorizaciones aprobadas por la Inspección Técnica del Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa. Los porcentajes asociados a cada EDP serán los siguientes:
- EDP N°1: 25%
- EDP N°2: 30%
- EDP N°3: 30%
- EDP N°4: 15%
Conforme a los lineamientos de gestión presupuestaria del Servicio Local, deberá ejecutarse obligatoriamente al menos un 25% del presupuesto durante el año 2025, al objeto de asegurar el cumplimiento del cronograma de inversión pública y la correcta imputación de los recursos asignados al ejercicio presupuestario vigente.
En caso de que el avance físico de las obras durante el año 2025 supere el porcentaje señalado (25%), el pago correspondiente se efectuará con cargo a los recursos disponibles a inicios del ejercicio 2026.
Por el contrario, si el avance físico ejecutado al cierre del año 2025 fuese inferior al 25%, el saldo no ejecutado será reprogramado para el ejercicio presupuestario siguiente (2026). En dicho escenario, los pagos asociados podrán experimentar un desfase administrativo de hasta cuatro (4) meses, considerando los procesos de reasignación y liberación presupuestaria requeridos por las entidades competentes.
Para la emisión de cada Estado de Pago, el contratista deberá acreditar el cumplimiento efectivo de los porcentajes de avance estipulados. En el caso de las partidas de carácter global, su pago procederá únicamente una vez que éstas se encuentren ejecutadas en un 100%, previa aprobación técnica del Servicio.
El último estado de pago no podrá sobrepasar el 10% del valor total del contrato. Se pagará contra Recepción Provisional Sin Observaciones de los trabajos y la presentación de la Garantía de Correcta Ejecución, junto con los antecedentes que correspondan.
En caso de existir multas, ellas se descontarán del valor total facturado del Estado de Pago correspondiente.
Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectuará el Servicio Local y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista.
Para proceder al pago y anterior a la facturación, el Contratista deberá seguir el siguiente procedimiento:
1.- Enviar en formato digital toda la documentación y antecedentes requeridos a la Contraparte Técnica, a más tardar, el día 10 de cada mes.
2.- La Contraparte Técnica revisará los antecedentes presentados y, de contar con observaciones, solicitará al Contratista que sean subsanadas y/o complemente los antecedentes faltantes o en caso de tener observaciones. Esto se llevará a cabo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de los antecedentes, teniendo un plazo no superior a 3 días hábiles el proveedor para subsanar dichas observaciones
3.- Una vez remitidos todos los antecedentes, la Contraparte Técnica procederá a solicitar el avance físico (estado de pago) ejecutado a la fecha al Contratista, para ser verificado en terreno y aprobado.
4.- Sólo contando con la aprobación de la Contraparte Técnica del avance y los antecedentes de los trabajadores, se hará entrega del estado de pago a la Subdirección de Administración y Finanzas, la cual dará el VB° para la emisión de la factura a través de correo electrónico informado en su Anexo N°1.
Posterior a la entrega de la documentación a la contraparte técnica, este revisará los antecedentes presentados, de contar con observación solicitará al contratista subsane y/o complete los antecedentes faltantes.
Una vez revisado los antecedentes señalados y no presentando observaciones, la contraparte técnica emitirá la “recepción conforme de bienes y/o servicios”, lo que será enviado a la unidad de adquisiciones. Quien dará VB° al proveedor mediante correo electrónico para emitir la/s factura/s dentro de un plazo máximo de 5 días. La cantidad de facturas será acordada directamente entre el proveedor que resulte adjudicado y el Administrador de Contrato.
Sumado a lo anterior, el proveedor enviará el Documento Tributario Electrónico (DTE) al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com con copia a licitaciones@slepsantarosa.gob.cl la factura deberá contener en el folio 801 el ID de orden de compra asociado a la contratación, bajo apercibimiento de rechazar el referido documento. Informando, además los datos de cuenta bancaria necesarios para el pago del documento, así como la información referida a la cesión de facturas (factoring) en caso de corresponder.
En caso de existir multas, el proveedor deberá emitir la nota de crédito correspondiente dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la referida multa, o en su defecto, si la multa es informada previo a la fecha de emisión del documento de cobro, el proveedor podrá emitir el DTE por el monto total descontado el monto cobrado, el cual deberá ser presentada por el oferente para ratificar el cumplimiento de este apartado.
Por último, En caso de que el proveedor desee que su pago se realice por transferencia electrónica de fondos, al momento de presentar la factura, deberá entregar los siguientes datos:
- Nombre Proveedor
- RUT
- Tipo de cuenta
- Banco
- Correo electrónico al cual informar
Será la Unidad de facturación al momento del pago, verificará el acta de recepción conforme del servicio emitido por la Unidad correspondiente, acompañado de los documentos requeridos para efectos de solicitud de factura.
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13.11. Presentación de los Estados de Pago
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La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos en triplicado (copias, en los casos que corresponda):
1.- Carta de solicitud dirigida por el Contratista al Servicio Local, firmada y en original, con el monto solicitado y el nombre de la obra.
2.- Estado de pago según avance (resumen del estado y detalle de este, itemizado de cada partida ejecutada) revisado y aprobado por la Contraparte Técnica (ITO).
3.- Documentos que acrediten el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores involucrados en la obra. En este caso, corresponde al Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F31). además de contratos y finiquito en el caso que corresponda este último.
4.- A lo menos 12 fotografías mensuales distintas, en colores, de formato 10 x 15 centímetros, que muestren de manera clara el avance semanal de las obras.
5.- Copia del comprobante de pago de la prima, en caso de que se garantice mediante póliza de garantía (para garantizar el fiel cumplimiento del contrato).
6.- Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores de edad, de todos los trabajadores indicados en el certificado F31.
7.- Programación financiera. El margen de error de dichas programaciones no debe ser superior al 5%.
8.- Deberá señalar Datos de transferencia y en caso de factorizar deberá informar antes de la facturación.
9.- Para el último estado de pago, será requisito que se encuentre acreditado el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales para todo el periodo que comprendió el desarrollo de la obra. Del mismo modo, deberá adjuntarse el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones de la Unidad Técnica y la garantía por correcta ejecución de las obras.
10.- Las retenciones sólo serán pagadas 90 días después de emitida el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones.
11.- Algún otro documento solicitado de manera particular por la ITO
El Contratista, al inicio del contrato, deberá informar la nómina de trabajadores que se desempeñarán en la obra, debiendo informar cualquier cambio que se produzca, y acreditar respecto del o los trabajadores salientes el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que haya lugar.
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13.12.
Cesión
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El contratante no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación. El contratista podrá ceder las facturas (factoring), debiendo informar de inmediato de aquello a la Contraparte Técnica. Ésta deberá dar aviso a la Subdirección de Administración y Finanzas, para el cambio de beneficiario.
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13.13.
Subcontratación
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El proveedor, a fin de apoyar la ejecución de alguna de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato, podrá celebrar contratos con terceros, sean personas naturales o jurídicas.
Dichos contratos con terceros serán de exclusiva responsabilidad del proveedor, sin que ello genere vínculo contractual alguno entre dichas personas y SLEP Santa Rosa, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 20.123, en lo que sea pertinente.
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13.14. De la jornada de trabajo y secuencialidad
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El contratista debe considerar, dentro de su oferta, el siguiente rango horario disponible para la realización de los trabajos:
- Lunes a viernes de 17:00 a 21:00 hrs.
- Sábado y Domingo de 09:00 a 14:00 hrs.
La ITO podrá autorizar, por razones de buen servicio, otros horarios de trabajos, los cuales no tendrá cargo adicional para el SLEP Santa Rosa. Esto deberá estar coordinado con la dirección del Establecimiento.
Todo lo anterior debe estar de acuerdo con lo indicado en la normativa vigente y la ordenanza municipal.
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13.15. Inspector Técnico de la Obra
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Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico el profesional de la Unidad de Mantenimiento y Procesos, o el profesional que el Subdirector de Infraestructura y Mantenimiento le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de la obra y, en general, por el cumplimiento del contrato. El ITO y sus dos subrogantes serán informados a través de correo electrónico al Área de Adquisiciones, entiendose para todos los efectos la contraparte..
De acuerdo con la Ley Nº 20.703, y el artículo 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Inspector Técnico de Obra (ITO) será responsable de supervisar que las obras se ejecuten conforme a las normas de construcción aplicables en la materia.
Durante el período de ejecución de la obra, habrá a lo menos un Inspector Técnico, el cual podrá ser subrogado en caso de ausencia.
El ITO deberá formular todas las observaciones que le merezcan la ejecución de las obras, lo que deberá ser comunicado por escrito, a través del Libro de Obras, al Contratista encargado de la ejecución, por lo cual éste quedará obligado a otorgar todas las facilidades que el ITO requiera para el desempeño de su cometido.
El I.T.O. será responsable de hacer valer las obligaciones que impone el contrato, en virtud de la presente licitación. El Contratista deberá someterse exclusivamente a las órdenes del I.T.O., las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la I.T.O. estipule.
El incumplimiento de cada orden del I.T.O., y en general cualquier incumplimiento de contrato, será sancionado con una multa igual al porcentaje que se defina en las presentes Bases, sobre monto del contrato primitivo, más sus ampliaciones al momento de aplicarse la multa, por cada día durante incumplimiento, hasta un plazo máximo de 15 días corridos, transcurrido dicho plazo, el servicio podrá poner término anticipado al contrato.
Si el incumplimiento persiste, el I.T.O. dará cuenta a la Unidad Técnica a fin de que se tomen una, algunas o todas las siguientes medidas: suspensión de la tramitación de los estados de pago, aplicación de los fondos retenidos y/o se haga efectiva la garantía de fiel cumplimiento e inclusive la terminación anticipada del contrato.
La I.T.O. podrá exigir el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador del Contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del I.T.O., quedando siempre responsable el Contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada.
Si la I.T.O detecta un avance inferior al 15% planificado y aprobado, podrá exigir el incremento de personal y/o fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento a la Carta Gantt aprobada que rige la obra.
El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptadas por la I.T.O.
La I.T.O. podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra sin su consentimiento. La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en este numeral, sin perjuicio de ordenar la paralización de los trabajos en los cuales se utilizaría el material rechazado.
El Contratista deberá mantener permanentemente actualizada en la obra y para que pueda ser usada y revisada en las visitas de monitoreo, una(s) carpeta(s) ordenada(s) con copia de los siguientes documentos:
- Libro Manifold (al menos la copia)
- Los antecedentes del proyecto aprobado.
- Contrato de ejecución del Proyecto.
- Presupuesto Detallado por Partidas.
- Programa de Trabajo.
- Antecedentes Técnicos del contrato (Especificaciones Técnicas, Planos, etc.).
- Garantía de fiel cumplimiento de contrato (copia).
- Pólizas de Seguro.
- Actas de reuniones de obra.
- Modificaciones del Contrato, si corresponde.
- Identificación del Profesional a cargo de la obra.
- Estados de Pago(s) cursados (copias firmadas por la ITO).
- Facturas pagadas (copia).
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13.16. Diminución, aumentos y obras extraordinarias
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Todas las modificaciones de obras deberán diferenciarse en dos tipos:
a) Aumentos y disminuciones de partidas, que se refieren a partidas contempladas en el presupuesto original, que aumentan o disminuyen de acuerdo con cambios en el proyecto.
b) Obras extraordinarias, que se refieren a otras partidas que no estaban incluidas en el presupuesto original y que, por las razones que califique la Unidad Técnica, deben ser incluidas durante la ejecución del proyecto. Al analizar estas partidas, debe solicitarse al Contratista que elabore un expediente técnico de cada una de ellas, con análisis de precios unitarios, fichas técnicas, planos adicionales y todos los antecedentes necesarios para su análisis.
El SLEP SANTA ROSA podrá disminuir o aumentar el Contrato en plazo y monto, por medio de una resolución fundada y aprobada por la autoridad del SLEP, previa autorización de la Contraparte técnica, la cual será informada al área de adquisiciones mediante memorándum del subdirector(a) del área técnica, acompañando todos los antecedentes que acrediten dicha modificación a través de un informe técnico detallado que acredite y autorice las modificaciones, los cuales serán remitido al Departamento Jurídico para la aprobación y elaboración de dichos actos administrativos.
En este sentido, se podrá aumentar hasta un 30% del valor del contrato adjudicado, el cual se encontrará sujeto a disponibilidad presupuestaria y siempre que no se altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Los cuáles serán solicitadas por la unidad técnica.
Los Aumentos de Obras, deberán respetar los precios unitarios de aquellos Ítems presentados en la Propuesta económica.
En el caso de disminuciones, el Contratista no tendrá derecho a una indemnización por este concepto, ni tampoco cuando las disminuciones tengan su origen en la Resolución del Contrato o el término anticipado de éste.
13.16.1. Reglas Comunes
Con todo, los aumentos de obra y obras extraordinarias tendrán un carácter excepcional, dada las características del contrato, donde es el oferente quien determina las cubicaciones de cada partida. La información que se entregue en el proceso de licitación (cubicaciones, planos, etc.) es sólo de carácter referencial y el oferente debe corroborar dicha información en terreno.
Si el Contratista inicia la ejecución material del aumento o la modificación de obras o de las obras extraordinarias, antes que se encuentren totalmente tramitados los respectivos actos administrativos que los autorizan, incluyendo la autorización de la entidad financiera lo hará bajo su cuenta y riesgo.
Toda modificación de contrato, lo que comprende las siguientes gestiones: solicitudes del Contratista y la Unidad Técnica, reevaluación técnico-económica, aprobación del cambio presupuestario, modificación del contrato y modificación de garantías, deberá ser efectuada antes de vencido el plazo de ejecución.
13.16.2. A iniciativa del servicio
La Unidad Técnica, previa autorización del Mandante, podrá agregar o suprimir partidas, como, asimismo, disminuir o aumentar las cantidades de obras de cada partida del presupuesto, en cuyo caso el Contratista también tendrá derecho a su pago de acuerdo con los precios unitarios contratados, y a un aumento o disminución del plazo proporcional al aumento o disminución que haya tenido el contrato inicial, sin perjuicio de lo que se convenga en este sentido.
Toda modificación que se realice (aumento, disminución de obras, empleo de materiales no considerados, obras nuevas o extraordinarias), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la I.T.O. al Contratista y se expresará en la pertinente modificación del contrato. En casos de aumentos de obras, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías. Lo anterior se aplicará sólo tratándose de obras nuevas o extraordinarias que deriven de un cambio de proyecto que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de presentar su oferta conforme a los antecedentes de la licitación, y fueren indispensables para dar cumplimiento del respectivo contrato.
13.16.3. A iniciativa del Contratista
El Contratista deberá hacer llegar a la Unidad Técnica las solicitudes de aumento/disminución de obras u obras extraordinarias oportunamente, una vez detectadas las causas que lo originan, debiendo en todo caso cumplir con los plazos indicados, más adelante.
La Inspección Técnica, en caso de aprobar la solicitud del Contratista, informará a la Unidad Técnica, para que se realice la solicitud pertinente al Mandante, acompañando la carta del Contratista y antecedentes que respalden las causas esgrimidas.
La Unidad Técnica dispondrá de 6 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de ingreso de la solicitud del contratista, para realizar la solicitud pertinente al Mandante, acompañando la carta del Contratista y antecedentes de respaldo.
La solicitud del contratista debe ser presentada a más tardar con 15 días de anticipación a la fecha que expira dicho plazo. En todo caso las solicitudes deben presentarse siempre antes de que expire el plazo de ejecución. Aquellas que se presenten de forma posterior serán rechazadas.
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13.17. Modificación de Obras
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El Contratista sólo podrá disminuir o aumentar la cantidad de obras de cada partida del presupuesto una vez que la Unidad Técnica lo autorice mediante, lo que se hará en casos excepcionales y cuando se presenten algunas de las siguientes situaciones:
1.- Material discontinuado o no existente en el mercado, lo que originará su reemplazo por un equivalente técnico por parte del ITO.
2.- Errores de proyecto no atribuibles al Contratista, que impliquen cambios de partidas o eliminación de partidas contratadas que sean imprescindibles para la materialización del proyecto.
3.- Otra situación que, a juicio de la Unidad Técnica, amerite un aumento o disminución de obras.
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13.18. Aumento Plazo
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13.18.1. Reglas Comunes
La Unidad Técnica junto con informar al Mandante, del aumento de plazo, deberá acompañar la respectiva modificación del contrato, de la garantía constituida y copia del acto administrativo que lo aprueba. Además, presentará el informe del Inspector Técnico de Obra (ITO) que, de conformidad al aumento otorgado, junto a la documentación de respaldo y que se tuvo presente para la elaboración de dicho informe.
Con todo, deberá entenderse que esta facultad de la Unidad Técnica no aplicará en caso de requerirse un aumento de obras, pues en esta situación el plazo estará supeditado a la eventual aprobación del aumento, que como se ha indicado requerirá de autorización previa del Mandante.
Los aumentos de plazo no darán derecho al contratista, en caso alguno, al pago por concepto de mayores gastos generales. La Unidad Técnica previo para acceder a la solicitud de aumento de plazo, deberá solicitar un documento firmado por el representante legal de la empresa contratista, en que expresamente deje constancia que renuncia a cualquier cobro arraigado por aumento de plazo, tales como gastos generales, lucro cesante, o cualquier otro, sin importar la causa de dicha solicitud de aumento.
Ninguna parte podrá alegar, bajo pretexto alguno, las circunstancias de que las prestaciones correspondientes se han hecho excesivamente onerosas, que han desequilibrado la conmutatividad del contrato, que han desequilibrado el equilibrio de las prestaciones, o situaciones similares, renunciando de este modo expresamente a invocar la llamada Teoría de la imprevisión o de la excesiva onerosidad sobreviviente durante la ejecución de contrato que se celebra de acuerdo con estas bases.
13.18.2. A iniciativa del servicio
El aumento de plazo podrá ser dispuesto de oficio por el servicio, por razones fundadas.
13.18.3. A iniciativa del Contratista
Sin perjuicio del aumento de plazo asociado a un eventual aumento de obra, que deberá contar con autorización expreso del mandante, La Unidad Técnica podrá aumentar el plazo para la ejecución de la obra contratada, a petición fundada del Contratista, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al contratista, informando de ello oportunamente al mandante.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.
La Empresa Contratista deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo a la Inspección Técnica, dentro de los siete días posteriores desde ocurrida la(s) causa(s) que lo origine.
El atraso por parte de la Unidad Técnica en entregar al contratista antecedentes, suministros o terreno, podrá ser considerado como causal de aumento de plazo, sólo si en forma efectiva y comprobada, impide o retarda el cumplimiento de las obligaciones del contratista, y siempre que el Contratista, oportunamente, haga presente dicha circunstancia oportunamente mediante una solicitud en los términos indicados en el párrafo precedente.
No será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución del contrato, como consecuencia del rechazo por parte del ITO de materiales defectuosos, o trabajos o servicios mal ejecutados, o por no cumplirse con las especificaciones técnicas.
El aumento de plazo deberá estar gestionado y regularizado, antes del término de plazo que requiere ampliarse, debiendo regir -el aumento requerido- a partir del vencimiento del plazo que se amplía.
Para ello, la solicitud del contratista debe ser presentada a más tardar con 10 días de anticipación a la fecha que expira dicho plazo. En todo caso las solicitudes deben presentarse siempre antes de que expire el plazo de ejecución. Aquellas que se presenten de forma posterior serán rechazadas.
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13.19. Responsabilidad Contractual
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El Contratista deberá ejecutar correcta y oportunamente las obras y/o servicios contratados. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual. La Unidad Técnica, por su parte, responderá sólo por su culpa grave.
El Contratista será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones correspondientes para la instalación de faenas y/o labores contratadas, así como del suministro, transporte, instalación, mantención y suficiencia de dicha instalación, requerida para el normal desarrollo de las obras y/o cumplimiento de sus obligaciones.
Corresponderá al Contratista demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.
Los aumentos de plazo, así como el retardo en la entrega del terreno, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con las obras, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie, salvo que se acredite dolo.
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13.20. Asesoría a la Inspección Técnica (ATO)
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En el caso del que el proyecto cuente con una Asesoría a la Inspección Técnica, su objetivo será de servir de apoyo al ITO, sin que ésta signifique su reemplazo. El Contratista deberá responder las consultas o solicitudes de información que le haga la Asesoría a la Inspección Técnica, y analizar y responder las sugerencias planteadas. Todas las acciones de la Asesoría a la Inspección Técnica serán dirigidas y autorizadas por el ITO.
Corresponderá al Encargado de la Asesoría Técnica:
- Asesorar en todo momento de duración del contrato a la Inspección Técnica en las labores de fiscalización, supervisión e inspección técnica de las obras, ciñéndose estrictamente a las bases administrativas, planos especificaciones técnicas, normas y detalles en forma que permita la total, oportuna y correcta ejecución de las obras civiles del proyecto.
- Coordinar la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo con la Inspección Técnica.
- Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO.
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13.21. Libro de Obra
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En la faena se mantendrá permanentemente un “LIBRO DE OBRA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Contratista y estará a cargo del Jefe de la Obra y a disposición del Inspector Técnico de Obra.
El original será retirado por el inspector y la primera copia por el Contratista o Jefe de la Obra, previa firma de ambas partes.
En el Libro de Obras se deberá dejar constancia:
a) De los avances de obras.
b) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al Contratista.
c) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.
d) De las observaciones que merezcan las obras, al efectuarse la recepción provisoria de ellas.
e) De los demás antecedentes que exija la Unidad Técnica.
f) De las observaciones que pudiera estampar la Superintendencia de Electricidad y Combustibles u otros servicios de empresas externas.
g) De las observaciones que pudieran estampar los Arquitectos y proyectistas de la obra.
h) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas.
Toda comunicación que se establezca en el libro de obra, por el Contratista y/o la Unidad Técnica, u otros Servicios relacionados con la obra, se considerará comunicación oficial.
Las observaciones anotadas en el Libro, deben ser cumplidas dentro del plazo establecido por el ITO y por el sólo hecho de anotarlas, el contratista se dará por notificado, sin requerir su firma o anuencia para el acto administrativo, siendo siempre responsabilidad del contratista, verificar periódicamente las anotaciones en dicho documento.
Una vez concluida la prestación del Servicio, el Libro quedará en poder de la Unidad Técnica, para todos los efectos que correspondan.
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13.22. De las Obligaciones del Contratista
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Del Contratista
a) Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente, ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas.
b) Coordinar la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo.
c) Los proyectos de especialidades, si corresponde, deberán acreditarse antes del inicio de las obras, ante la ITO para su visación. El plazo para obtener los certificados corresponde a los establecidos en la L.G.U. y C. y O.G.U. Y C. y para la entrega de los proyectos de especialidades a la ITO será de máximo 20 días corridos desde la fecha del acta de entrega de terreno, salvo causa justificada informada oportunamente a la ITO, a no ser que en el proceso de respuestas y aclaraciones se indicará un plazo diferente.
d) Designación de personal idóneo y calificado, nombrando a un profesional que lo represente durante la ejecución de las faenas.
e) El Contratista deberá mantener y actualizar a lo menos una vez por semana los gráficos de avance.
f) Proveer y mantener un libro de obras donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la obra.
g) La presentación oportuna y con la documentación completa de los Estados de pago.
h) Tramitación oportuna y completa de todos los permisos necesarios para la ejecución y recepción de las obras que correspondan según el tipo de proyecto (permisos municipales, permisos de corte con la distribuidora eléctrica, permisos de interrupción de tránsito con carabineros, certificado de aprobación de servicios sanitarios, instalación eléctrica y gas, entre otros permisos que pudieran requerir). El plazo para la aprobación de los permisos y certificaciones deberá ser considerado antes del término del contrato o dentro del plazo total ofertado.
i) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el I.T.O.
j) Identificar la obra dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de los trabajos mediante un letrero, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones proporcionadas en las Bases Administrativas Normas Especiales.
k) El Contratista o jefe de las obras a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo a las disposiciones de los artículos anteriores, estará obligado a acompañar a los funcionarios de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros documentos que guarden relación con el contrato. En general, el Contratista estará obligado a proporcionar a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obra, los datos que se soliciten en conformidad a las instrucciones y/o formularios que para ese objeto se le entreguen.
13.22.1. De la Ejecución de las Obras
1.- En relación con el control de calidad, cuando el ITO lo considere necesario, podrá solicitar para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieran, en conformidad con las Especificaciones Técnicas, la realización de informes y controles de calidad, los que serán solicitados por el ITO y realizados por algún organismo competente (CESMEC-IDIEM-DICTUC).
El número y tipo de ensayos de calidad será el estipulado por las Especificaciones Técnicas o, en su defecto, por los que soliciten los organismos receptores de obras correspondientes.
Los gastos que se originen por estos conceptos serán de cargo del Contratista.
2.- Dirigir, ejecutar y administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, ciñéndose a los planos referenciales, especificaciones, normas y detalles, de forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas.
3.- Coordinar la ejecución de los proyectos y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo. El Mandante deberá informar al Contratista sobre todos los recintos a ser modificados, intervenidos, adecuados, etc.
4.- Designación y mantención de personal idóneo y calificado, nombrando a un profesional que lo represente durante la ejecución de las faenas. Se exigirá que el Contratista visite a lo menos una vez por semana la obra que se le ha encomendado.
5.- El Contratista deberá mantener y actualizar a lo menos una vez por semana los gráficos de avance.
6.- Proveer y mantener un libro de obras donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la obra.
7.- La presentación oportuna y con la documentación completa de los estados de pago.
8.- Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO.
9.- Identificar la obra dentro de los tres días siguientes a la entrega de terreno mediante un letrero, como mínimo, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones y formato proporcionados por el Servicio Local.
10.- El Contratista o jefe de las obras a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo a este contrato, estará obligado a acompañar a los funcionarios del Servicio Local que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros documentos que guarden relación con el contrato. En general, el Contratista estará obligado a proporcionar a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obra, los datos que se soliciten en conformidad a las instrucciones y formularios que para ese objeto se le entreguen.
11.- Proporcionar a solicitud de la Inspección Técnica, el listado de todos los trabajadores con contrato vigente y los finiquitados, durante la vigencia del contrato de obra.
12.- El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista haya señalado en su oferta.
13.- La mano de obra que se emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el Contratista, debe ser íntegramente contratada por él. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa deberá estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con la Unidad Técnica.
14.- El personal del Contratista, subcontratistas o proveedores, está autorizado a permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a otras obras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la Inspección Técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición.
15.- Se exigirá tanto para los trabajadores y así como para los subcontratistas la entrega de certificados de antecedentes y de Inhabilidad para trabajar con menores.
16.- El Contratista designará un profesional habilitado de acuerdo con la ley y ordenanzas vigentes, responsable de la obra, para dirigir las faenas de acuerdo con el programa.
La designación del profesional deberá hacerla por escrito, dejando constancia en el libro de obras, y se entenderá que este último se encuentra ampliamente facultado para representar al Contratista en todos los asuntos relacionados con la obra. Esta designación por escrito deberá incluir teléfono de contacto y dirección de correo electrónico para transmitir y recibir información impartida por el Mandante, y el ITO de la obra.
Si por motivo justificado el profesional debe ausentarse por períodos que afecten la obligación señalada anteriormente, deberá designarse un reemplazante autorizado por el ITO, el que estará dotado de las mismas atribuciones de su antecesor.
El Servicio Local podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Contratista el término de las funciones del o de los reemplazantes.
17.- El profesional a cargo de las obras podrá ser Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil, o carrera afín de una duración mínima de 10 semestres. El Administrador del Contrato deberá estar permanentemente en la obra.
18.- El Contratista queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que el Servicio Local contrate con otras personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derecho a pagos extraordinarios.
19.- El Contratista tiene que suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, en conformidad a las normas legales que regulan la materia.
Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al ITO de los hechos ocurridos, haciendo entrega, cuando corresponda, de tales denuncias.
20.- Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán de cuenta del Contratista, a menos que la Unidad Técnica califique el caso como extraordinario o ajeno a toda previsión.
21.- Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros o al Servicio Local, será de exclusiva responsabilidad del Contratista.
En todo caso, la garantía de cumplimiento del contrato podrá servir también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños ocasionados con motivo de la ejecución de las obras y que sean imputables al Contratista.
22.- La Inspección Técnica podrá ordenar asegurar aquellas obras que, a su juicio, corran riesgo de destrucción o incendio, de modo que se mantenga cubierto permanentemente por lo menos el 80% de su valor. Asimismo, podrá exigir al Contratista que exhiba la póliza de seguro para dar curso a los estados de pago y que ésta esté vigente durante toda la ejecución de las obras. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista deberá responder por el costo de los perjuicios no cubiertos por cualquier causa con el seguro.
23.- Será obligación del Contratista asegurar de su cuenta y riesgo, el tránsito por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución, y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros, con motivo u ocasión del cumplimiento del contrato.
24.- Será también obligación del Contratista responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la incorrecta o extemporánea ejecución del proyecto.
25.- Corresponderá también al Contratista efectuar cualquier pago relacionado con la obra, por ejemplo: garantía de ruptura de pavimento, ocupación de calles, multas que pudieren tener como causa de trasgresión por parte de aquel o de sus dependientes a las leyes y reglamentos u ordenanzas.
26.- El Contratista será responsable, en especial, de todo daño ambiental que tenga su causa en la infracción a las normas de calidad ambiental, a las normas de emisiones, a los planes de prevención o de descontaminación, a las regulaciones especiales para el caso de emergencia ambiental o a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales, establecidas en la Ley de Bases del Medio Ambiente o en otras disposiciones legales o reglamentarias y en que haya incurrido éste o sus trabajadores durante y con ocasión de la ejecución de la obra.
27.- El Contratista está obligado, especialmente, a dar cumplimiento a las obligaciones contractuales y previsionales con sus trabajadores.
13.22.2. Otras Obligaciones del Contratista
a) Será obligación del Contratista asegurar de su cuenta y riesgo, el tránsito por las vías públicas de la cablería de la red de alimentación de electricidad, matrices de agua u otro que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros y/o a los municipios con motivo u ocasión del cumplimiento del contrato.
b) Será también obligación del Contratista responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la incorrecta o extemporánea ejecución del proyecto.
c) Corresponderá también al Contratista efectuar cualquier pago relacionado con la obra, por ejemplo: garantía de ruptura de pavimento, ocupación de calles, multas que pudieren tener como causa la trasgresión por parte de aquel o de sus dependientes a las leyes y reglamentos u ordenanzas municipales.
d) El Contratista será responsable, en especial, de todo daño ambiental que tenga su causa en la infracción a las normas de calidad ambiental, a las normas de emisiones, a los planes de prevención o de descontaminación, a las regulaciones especiales para el caso de emergencia ambiental o a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales, establecidas en la Ley de Bases del Medio Ambiente o en otras disposiciones legales o reglamentarias y en que haya incurrido éste o sus trabajadores durante y con ocasión de la ejecución de la obra.
e) Una vez terminados los trabajos, el Contratista deberá realizar un aseo general de la obra; si éste no cumple con dicha obligación, la Unidad Técnica no efectuará la Recepción Provisional de la Obra, hasta que el Contratista realice la faena a satisfacción de la Unidad Técnica.
f) El traslado de los excedentes y escombros generados por los trabajos encomendados, serán de cargo del Contratista, debiendo trasladarlos a lugares autorizados para tal efecto.
g) Si por motivo de la ejecución de las obras fuese necesario extraer o modificar algunas especies arbóreas o vegetales, su retiro y disposición lo deberá realizar la empresa a su costa, previo informe y coordinación con el ITO y/o la unidad del servicio correspondiente.
h) Será de cargo exclusivo del Contratista los accidentes, incendios o cualquier otro siniestro que deteriore o destruya los elementos materia de este servicio u ocasione pérdida de materiales.
i) El Contratista está obligado, especialmente, a dar cumplimiento o responder por las obligaciones contractuales y previsionales con sus trabajadores y los del subcontratista.
j) Para el caso de requerir el cambio de alguno de los profesionales o técnicos propuestos, deberá solicitar autorización al ITO antes del comienzo de la obra, de no ser así se cursará la multa indicada en punto 12.9 de las Bases Administrativas. Para que la Inspección Técnica autorice el cambio solicitado, la nueva propuesta debe corresponder con la experiencia declarada en la propuesta que se sometió a evaluación.
k) Verificar que, en ningún caso el personal, que realice la ejecución de los servicios en las dependencias de los Establecimientos o Jardines Infantiles, presente inhabilidades para el trabajo con menores de edad. Asegurar que este requisito se cumpla en toda la dotación del personal contratado. Para dar cumplimiento a la exigencia mencionada, es menester que se acompañe para cada trabajador, el certificado de inhabilidad para trabajar con menores de edad, emitido por el Registro Civil.
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13.23. Personal del Contratista
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El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte.
El Contratista deberá informar mensualmente y mientras dure la obra y/o servicio adjudicado, a la Unidad Técnica, sobre el momento y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, como asimismo, de las obligaciones que de igual tipo o clase tengan los subcontratistas con sus trabajadores, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo.
Esta obligación de informar deberá ser acreditada, respecto de las obligaciones previsionales, mediante Certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo y en cuanto al cumplimiento de los derechos laborales, mediante la respectiva Liquidación de sueldo, debidamente firmada por el trabajador o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, tanto respecto de los trabajadores del Contratista, como también se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores.
En caso de que la empresa Contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Unidad Técnica deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de esta obligación por parte del Contratista dará derecho a dar por terminado, inmediatamente, sin forma de juicio, el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en que el Contratista referido no podrá participar.
Estas exigencias deberán cumplirse igualmente respecto de la subcontratación.
La mano de obra que se utilice y/o emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el Contratista, deberá ser íntegramente contratada por él. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa, deberá estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con la Unidad Técnica.
El personal del Contratista, sub-Contratistas o proveedores, están autorizados a permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a otras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la Inspección Técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición.
El Contratista considerara, la contratación de personal proveniente de las comunas de San Miguel, La Cisterna, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda y San Ramon. Para estos efectos y a través de la Oficina OMIL de las municipalidades, se facilitará el acceso a los antecedentes respecto de mano de obra disponible, como también cualquier otra base de datos que le sea proporcionada por la instancia competente de las Municipalidades respectivas.
13.23.1. Administrador de Obra o responsable del Contrato
El Contratista designará a un administrador de obra o responsable de contrato con título profesional (carrera no excluyente), si se excluye carreras técnicas. Lo anterior, habilitado de acuerdo con la ley, responsable de la obra, para dirigir las faenas de acuerdo con el programa entregado y visado por la ITO, el cual se entenderá ampliamente facultado para representar al Contratista en todos los asuntos relacionados con la obra.
Este Profesional debe permanecer en el lugar de las faenas mientras estas se desarrollen. También deberá existir un profesional subrogante, de las mismas características, y con iguales atribuciones, por las ausencias que pueda experimentar el profesional titular. La designación de dicho profesional y su subrogante deberá quedar registrado en el libro de obras.
La Inspección Técnica podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Contratista el término de las funciones de él o de los reemplazantes.
13.23.2. Jefe de Obra
El contratista deberá mantener permanentemente a tiempo completo un Profesional con el título de Arquitecto, Ingeniero Civil o Ingeniero Civil en Obras Civiles, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, también se aceptará un Técnico con título de Técnico en Construcción, quien estará a cargo de las obras.
La Inspección Técnica podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Contratista el término de las funciones de él o de los reemplazantes.
13.23.3. Prevencionista de Riesgo
El Contratista deberá considerar un profesional o técnico, que posea título de Prevencionista de Riesgo, a tiempo parcial, quien visitará la obra regularmente y asesorará al personal de la empresa contratista e identificará los riesgos de las obras.
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13.24. Condiciones y Accidentes del Trabajo
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El Contratista tiene que suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, en conformidad a las normas legales que regulan la materia.
Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al I.T.O. de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.
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13.25. Coordinación de Faenas
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El Contratista queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que la Unidad Técnica contrate con otras personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derechos a pagos extraordinarios. Podrá solicitar aumentos de plazo sólo por causas justificadas por la I.T.O. que tengan directa relación con los trabajos que la Unidad Técnica contrate paralelamente. Dichos aumentos se concederán por Decreto o Resolución de la Unidad Técnica, previa autorización del Mandante.
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13.26. Deterioro y Destrucción de Obras
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Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán de cuenta del Contratista, salvo que se trate de casos extraordinarios o ajenos a toda previsión o que la obra haya sido recibida definitivamente.
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13.27. Daños A Terceros
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Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Contratista, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
En todo caso, la Garantía de Cumplimiento del Contrato servirá también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños a terceros con motivo de la ejecución de las obras, de conformidad con la normativa legal vigente.
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13.28. De la Ejecución de las Obras
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13.28.1. Certificaciones, Aprobaciones, Autorizaciones y de Proyectos de Especialidad
Es responsabilidad del Contratista la obtención de las certificaciones y aprobaciones o autorizaciones necesarias para la ejecución de las obras, o que deriven de éstas, con sus antecedentes, planos, proyectos y especificaciones, así como el pago de los derechos correspondientes, tanto en el ámbito constructivo, como en lo relativo a uniones, empalmes, extensiones, refuerzos o dotación de servicios sanitarios, eléctricos, gas y pavimentación, u otros requeridos para la recepción de la obra.
13.28.2. Entrega de Terreno
La Unidad Técnica del Servicio Local comunicará al Contratista, mediante correo electrónico, el día en que tendrá lugar la entrega de terreno, lo cual deberá verificarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de total tramitación de la resolución que apruebe el contrato celebrado, previa entrega, por parte del Contratista, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, póliza de responsabilidad civil, seguro de construcción de todo riesgo y los demás antecedentes requeridos en las Bases de Licitación. De lo anterior se dejará constancia en un acta de entrega de terreno.
La demora por más de 10 días hábiles en la iniciación de los trabajos, o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure otro tanto y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante la Inspección Técnica de Obras (ITO), dará derecho al Servicio Local para poner término al contrato.
La demora por más de 15 días corridos en la iniciación de los trabajos o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure igual plazo y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante la I.T.O., se considerará grave y, por lo tanto, dará derecho a la Unidad Técnica para dar término anticipado al Contrato.
13.28.3. Elementos que Deberá Suministrar el Contratista
Será de cuenta de Contratista la provisión de todas las maquinarias y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios, la conservación de los estacados y en general, todos los gastos que originen las obras.
La Unidad Técnica no tendrá obligación de proporcionar sino el material a que expresamente se obliga de acuerdo con el Contrato y en forma y época que se determine.
13.28.4. Modificación al Programa de Trabajo
Cuando circunstancias de fuerza mayor o fortuita lo aconsejen, la Contraparte técnica podrá modificar el programa de trabajo (Carta Gantt y programación financiera). También podrá modificarse este programa, a solicitud del Contratista, cuando su petición se fundamente en caso fortuito o fuerza mayor certificada por la contraparte técnica. Si la modificación implica un aumento de plazo, deberá ser autorizada por la Contraparte técnica.
13.28.5. Programación de la Obra
El Contratista, una vez efectuada la Entrega de Terreno, procederá, en un plazo máximo de 3 días corridos, a entregar en las oficinas del Servicio Local los siguientes antecedentes:
a) Programación Física de la Obra: consistente en una Carta Gantt detallada por ítems de la propuesta actualizada, indicando la fecha de inicio y término, de acuerdo con los plazos señalados en este contrato, dejando bajo cada partida una fila libre, que será utilizada por la Contraparte Técnica para llevar su revisión de avance.
b) Programación de Inversión o Flujo de Caja: esta deberá decir relación con la Programación Física de la Obra. El Servicio Local responderá por el pago de acuerdo con los montos que se indican en el Flujo de Caja y considerando las obras realmente ejecutadas. Para efectos de lo anterior, en la Programación de Inversión se indicarán los estados de pago.
Cuando circunstancias de fuerza mayor o fortuitas lo aconsejen, la Contraparte Técnica podrá modificar la Programación de Obras (Carta Gantt y Programación de Inversión). También podrá modificarse este programa a solicitud del Contratista, cuando su petición se fundamente en caso fortuito o fuerza mayor certificada por la Contraparte Técnica. Si la modificación implica un aumento de plazo, deberá ser autorizada por la Contraparte Técnica.
13.28.6. Aseo
El Contratista deberá tener especial cuidado en el Aseo y presentación de la Obra, durante el desarrollo de ella y después de que se hayan terminado todos los trabajos, debiendo mantener limpia el área de trabajo y sectores destinados al acopio de materiales y escombros todos los días. Si no lo efectuase será indicado por la Contraparte Técnica y dispondrá un plazo máximo de 24 horas, en caso contrario, se podrá aplicar la multa correspondiente.
Los lugares de acopio de materiales serán definidos por el SLEP y deberán permanecer en orden y no afectar el normal funcionamiento del establecimiento.
Se deberá mantener cada faena libre de escombros, el aseo y retiro de escombros deberá realizarse diariamente. Una vez terminados los trabajos, deberá hacerse un aseo general de la faena, (retiro de excedentes, barrido y lavado) y lo que se solicite en las Bases Técnicas.
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13.29. Recepción de las Obras
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En el plazo de 8 días hábiles contados desde el término del plazo de ejecución de contrato y/o desde la fecha en que el contratista comunique al ITO el término anticipado de la obra, se constituirá la Comisión Receptora y el servicio iniciaría el proceso de recepción.
La Comisión Receptora estará formada por 3 funcionarios como mínimo, con título técnico o profesional competente a la naturaleza del proyecto, y deberá ser aprobada por Resolución.
El I.T.O. verificará el fiel cumplimiento de los planos y especificaciones del contrato y determinará en el Libro de Obra, la fecha en la que el Contratista puso término a ésta y solicitará la constitución de la Comisión receptora, previa solicitud de la recepción provisoria de las obras por parte del contratista.
Al acto de recepción asistirá la Comisión Receptora y el Contratista o su representante.
13.29.1. Entregas Parciales de Obras
Dependiendo del tipo de obras a ejecutar y de la necesidad del Contratista, se podrán efectuar entregas parciales de sectores o etapas claramente identificados, totalmente terminados y habilitados, funcionando en forma independiente de los sectores o etapas restantes del proyecto, contando con la aprobación del Área de Infraestructura del Servicio Local.
No obstante lo anterior, el Contratista no estará liberado de responsabilidad en la aplicación de multas por incumplimiento de plazos sobre el total de la obra, hasta la fecha en que se levante el acta de recepción provisoria sin observaciones.
13.29.2. Recepción Provisoria
El Contratista podrá solicitar por escrito al área de infraestructura del Servicio Local, previo visto bueno de la Contraparte Técnica, la Recepción Provisoria de las Obras.
La Recepción Provisoria de las obras se deberá efectuar hasta 5 días hábiles siguientes de vencido el plazo de ejecución de la obra contratada, haya enviado o no el Contratista la carta de solicitud, debiendo para ello asistir la Contraparte Técnica y la Comisión Receptora de Obras del Servicio Local, conformada por 3 funcionarios como mínimo, con título técnico o profesional competente a la naturaleza del proyecto, y deberá ser aprobada por resolución.
La Comisión Receptora de Obras tendrá por objeto verificar el cumplimiento de los antecedentes y especificaciones técnicas del contrato, de lo cual se dejará constancia en el acta de recepción provisoria, y será debidamente firmada por ésta y por el Contratista.
Cualquiera sea el tipo de recepción, deberá asistir el Contratista (o su representante legal) y el profesional que estuvo a cargo de la ejecución de obra.
La Comisión, asesorada por el ITO, verificará el fiel cumplimiento del contrato, según planos y especificaciones del Contrato y determinará en el Libro de Obras, la fecha en que el Contratista puso término a ésta y solicitará la Recepción Provisoria.
Se extenderá un acta de recepción provisoria con o sin observaciones, según corresponda, dejándolas informadas en el libro de obra.
Para la recepción de las obras se aplicarán los siguientes criterios:
- Obra No Terminada.
- Obra Terminada con Observaciones Menores.
- Obra Terminada y sin Observaciones.
13.29.3. Obra No Terminada
Si de la revisión de la obra resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados de acuerdo con los planos y Especificaciones Técnicas, la Contraparte Técnica no dará curso a la Recepción Provisoria, debiendo el Contratista volver a solicitarla cuando haya terminado las obras que corresponden a su contrato.
El plazo que el Contratista tome para terminar las obras estará sujeto a multas, y será definido por la Comisión Receptora de las Obras. El plazo sujeto a multa por atraso, podrá otorgarse por un máximo de 15 días.
En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por la Contraparte Técnica.
Una vez que el Contratista solicite por escrito nuevamente la recepción, se debe proceder a efectuar la Recepción Provisoria. Si ésta fuese con observaciones, se le dará el plazo que la Comisión Receptora de Obras determinará para subsanar las observaciones por resolver, se harán las recepciones que resulten necesarias, privilegiando las terminaciones del proyecto.
Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que fije la Comisión Receptora de Obras, de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, estará sujeto a la multa por atraso que corresponda, según lo indicado en este contrato.
Sobre 15 (quince) días de atraso, el SLEP se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, por indicaciones de su Área de Infraestructura, haciendo efectivas las garantías que estuvieran constituidas y sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes.
En el caso que estén pendientes los certificados de aprobación y/o las instalaciones de los servicios o empresas externas (Aguas Andinas, SEC, empalmes eléctricos, etc.), de corresponder, el I.T.O. podrá fijar un plazo máximo de 40 días no sujeto a multa, para que el contratista obtenga estas certificaciones y/o instalaciones. El plazo indicado de 40 días, de ser necesario, podrá extenderse en 20 días más, es decir, hasta un total de 60 días, si el contratista presenta en Dirección Jurídica la extensión correspondiente de la garantía de fiel cumplimiento, a fin de que ella cubra al nuevo plazo contractual más 60 días corridos.
Así también, si se detectan defectos que no afecten la eficiente utilización de la obra y puedan ser remediados fácilmente, se le otorgará al contratista un plazo máximo de 10 días no sujeto a multa, para su subsanación. Este plazo no sujeto a multa se otorgará sólo si el contratista hubiere solicitado con antelación al término de plazo de ejecución de las obras, las certificaciones y/o instalaciones señaladas.
En el caso que el Contratista no obtenga las certificaciones dentro del plazo fijado por la I.T.O., sucederá un plazo de 15 días hábiles sujetos a multa.
Si aun así no se obtienen las certificaciones se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a título de multa, y se procederá a dar termino y liquidación del contrato.
En el caso que el contratista no haya dado cumplimiento a las reparaciones indicadas, éstas podrán ser ejecutadas por la unidad técnica con cargo a los estados de pago pendiente. En tal caso el plazo autorizado libre de multas quedará sujeto al pago de éstas. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la garantía de fiel cumplimiento, procediendo a la liquidación del contrato.
13.29.4. Obra Terminada con Observaciones Menores
Cuando los defectos que se observen no afecten la eficiente utilización de la obra y puedan ser remediados fácilmente, la Comisión Receptora de Obras procederá a recibir la obra con reservas u observaciones que especifique.
Al mismo tiempo, la Comisión receptora fijará al Contratista un plazo para ejecutar las observaciones encontradas, el cual dependerá de la cantidad y tipo de trabajo a efectuar, exento de multas no mayor a 10 días corridos, contados desde la fecha en que se ha reunido por primera vez la Comisión Receptora. Una vez vencido el plazo, la Comisión receptora deberá constituirse nuevamente para constatar la ejecución de las reparaciones y levantar un acta de recepción provisional, si correspondiere. De persistir un mínimo de observaciones sin corregir o si hubiesen aparecido nuevas observaciones producto de las mismas reparaciones u otros, la Comisión evaluará volver a dar un nuevo plazo privilegiando las terminaciones del proyecto.
En el caso que el Contratista no haya dado cumplimiento a las reparaciones indicadas en cualquiera de las recepciones, por falta de materiales o mano de obra, la Comisión determinará aplicar multa por incumplimiento a orden impartida y dará un nuevo plazo máximo de 10 días para que se repare, de no ser cumplido se aplicará multa por atraso, según lo establecido en este contrato. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la garantía.
13.29.5. Obra Terminada y Sin Observaciones
Una vez verificado el cabal cumplimiento de los trabajos contratados, de acuerdo con el presupuesto y modificaciones del proyecto, y estando todas las partidas del presupuesto ejecutadas correctamente sin observaciones, se dará curso a la recepción provisoria sin observaciones y se levantará un acta que será suscrita por la Comisión Receptora de Obras. Se consignará como fecha de término de las obras la fecha de esta recepción provisoria.
13.29.6. Recepción Final
Habiendo transcurrido el período de correcta ejecución de 8 meses desde la Recepción Provisoria sin Observaciones, deberá solicitar al Área de Infraestructura del Servicio Local, la Recepción Final del contrato. En todo caso, deberá efectuarse a más tardar 20 días corridos antes del vencimiento de la garantía de correcta ejecución.
La Comisión Receptora de Obras asesorada por la ITO deberá verificar el estado de los trabajos ejecutados y se levantará el Acta correspondiente para efectuarse la Recepción Final con o sin Observaciones. En el caso de existir observaciones, el Contratista tendrá un plazo, determinado por la Comisión Receptora de Obras, para subsanarlas. Una vez subsanadas las observaciones, el Contratista deberá informar a la Comisión Receptora de Obras que las observaciones fueron subsanadas.
Si la Obra se encuentra sin observaciones, se procederá a levantar un Acta de Recepción Final sin observaciones. A continuación, el Área de Infraestructura solicitará la devolución de las garantías.
Cualquier deterioro de la Obra, debido a defectos en su construcción, ocurrido durante el plazo de la Garantía, será reparado por el Contratista, sin perjuicio del derecho del SLEP a demandar indemnización de perjuicios por el monto del deterioro no cubierto por la garantía. En caso de que el contratista se negare o no acudiera a reparar las observaciones efectuadas en el acta de recepción final, se podrá poner término anticipado al contrato y podrá hacerse efectiva la garantía de correcta ejecución.
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- BASES TÉCNICAS.
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OBRA:
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“CONSERVACIÓN LICEO MUNICIPAL ENRIQUE BACKAUSSE, PEDRO AGUIRRE CERDA”
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ESTABLECIMIENTO:
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LICEO ENRIQUE BACKAUSSE
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RBD :
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9419
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UBICACIÓN:
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JOSÉ BACKAUSSE 2850, POBLACIÓN SAN JOAQUÍN
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COMUNA:
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PEDRO AGUIRRE CERDA
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REGIÓN:
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METROPOLITANA
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SERVICIO LOCAL
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SANTA ROSA
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ID INFRAMINEDUC:
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1-SLE-2024-117
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COD BIP:
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40068774-0
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- GENERALIDADES
Las presentes especificaciones técnicas definen las obras para realizar las intervenciones normativas necesarias para realizar la conservación y normalización a la infraestructura, lo que se enmarcan bajo el proyecto denominado “CONSERVACIÓN LICEO ENRIQUE BACKAUSSE, PEDRO AGUIRRE CERDA”, a ejecutarse en la dirección que se individualizan a continuación:
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N°
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ESCUELA
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DIRECCIÓN
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3.
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LICEO ENRIQUE BACKAUSSE
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JOSÉ BACKAUSSE
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#2850
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El presente proyecto contempla la ejecución de las intervenciones para realizar el pasillo continuo a las aulas de la unidad educacional, posibilitando la realización de actividades recreativas en ella.
El proyecto contempla las siguientes intervenciones:
- Mejoramiento de baños del alumnado
- Mejoramiento de red de alcantarillado
- CAMPO DE APLICACIÓN
Las presentes Especificaciones Técnicas regulan la correcta y cabal ejecución de todas las partidas señaladas y descritas en sus procesos constructivos e instalación, además de las secuencias, uso de materiales y equipos. Todas las obras se entenderán totalmente ceñidas a las presentes Especificaciones Técnicas, además de cumplir con las normativas legales vigentes y las normas de la buena construcción, las que deberán ser entregadas en perfectas condiciones.
B. REFERENCIAS Y CONCORDANCIAS
B 1. ORDENANZAS, REGLAMENTOS Y OTROS
Las obras especificadas deberán ejecutarse en estricto acuerdo a lo establecido en: Ordenanzas Generales y Locales de Construcción y Urbanización; Leyes Decretos y Disposiciones reglamentarias vigentes relativas a derechos, impuestos y permisos; Reglamentos Técnicos de los organismos especiales en las instalaciones domiciliarias y urbanización; Normas Chilenas de Construcción del I.N.N. vigentes; Especificaciones Técnicas Generales, planos generales, de detalles e informativos de instalaciones incluidos en la propuesta y especialmente acordes con lo incluido en la presentes Especificaciones Técnicas.
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DFL 4/20018 de 2007
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Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica del “Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción”.
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D.S. 115/2004
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Aprobatoria de la “Norma eléctrica NCh 4/2003, Instalaciones de consumo en baja tensión y deroga en lo pertinente, al decreto número 91 de 1984” en adelante e indistintamente “NCh Elec. 4/2003” y sus modificaciones o disposiciones que reemplace, del “Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción”.
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OFICIO 4979
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Uso de conductores EVA en instalaciones eléctricas de locales de reunión de personas.
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D.S. 92/1983
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“Reglamento de instaladores Eléctricos y de electricistas de recintos de Espectáculos Públicos” del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción.
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NCh Elec 10/84
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“Trámite para la puesta en servicio de instalación interior” de la
Superintendencia de Electricidad y combustible.
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NCh Elec 4/2003
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Instalaciones Eléctricas de consumo en Baja Tensión.
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NCh Elec 12/87
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“Empalmes aéreos monofásicos”.
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NSEG 14 EN 76
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“Electricidad, Empalmes aéreos Trifásicos”.
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NSEG 13 EN 78
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“Electricidad, Recubrimientos a base de pinturas para cajas metálicas de empalmes eléctricos y similares”.
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D.S. 47/1992
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OGUC, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
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NCh
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Normas del Instituto de Normalización INN, aplicables.
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D.S. Nª 548 del 09/11/88
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Aprueba Normas para plantas físicas de los locales Educacionales.
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RTIC
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Pliegos Técnicos Normativos.
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B. 2 PRESCRIPCIONES
B. 2.1 SEGURIDAD Y DESARROLLO DE LAS FAENAS
Será responsabilidad del Contratista cumplir con todos los reglamentos relacionados con seguridad en el trabajo, como el de proveer a su personal de equipos y herramientas adecuadas para una correcta ejecución de las obras e instalaciones. Del mismo modo, el Contratista se encargará de contratar la mano de obra especializada y debidamente calificada, ateniéndose a lo indicado en las Bases Administrativas respecto de sus salarios y leyes sociales correspondientes.
El Contratista se hará cargo de cualquiera y todos los reclamos que provengan del desarrollo del trabajo de su personal contratado. Se autorizará la utilización de subcontratistas debidamente identificados y aprobados por la Inspección Técnica de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Generales, no existiendo en todo caso ninguna delegación de la responsabilidad total y final de las obras encomendadas al Contratista adjudicado con la presente propuesta.
B. 2.2 SEGURIDAD Y NORMAS APLICABLES
En la ejecución de los trabajos, el Contratista deberá tomar las medidas de seguridad necesarias para la protección de su propio personal, de los transeúntes y de la propiedad ajena. Estas medidas deberán tomar en consideración las siguientes normas del Instituto Nacional de Normalización que tienen relación con la seguridad contra accidentes:
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384 E Of 53 :
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“Prescripciones generales acerca de la seguridad de los andamios y cierros provisionales”.
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349 Of 55 :
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“Prescripciones de seguridad en excavaciones”.
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436 Of 51 :
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“Prescripciones generales acerca de la prevención de accidentes del trabajo”.
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351 Of 56
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“Prescripciones generales de seguridad para escaleras portátiles de madera”.
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438 Of 51 :
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“Protecciones de uso personal”.
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384/ E Of 53
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“Prescripciones generales acerca de la seguridad de los andamios y cierros provisionales”.
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349/ Of 55
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“Prescripciones de seguridad en excavaciones”.
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436/ Of 51
|
“Prescripciones generales acerca de la prevención de accidentes del trabajo”.
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351/ Of 56
|
“Prescripciones generales de seguridad para escaleras portátiles de madera”.
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438/ Of 51
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“Protecciones de uso personal”.
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1258/1 Of 2004
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Arnés de Cuerpo Completo.
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1258/2 Of 2005
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Estrobos y Amortiguadores de Impacto.
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1258/3 Of 2005
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Líneas de Vida Autorretráctiles.
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1258/4 Of 2005
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Rieles Verticales y Líneas de Vida Verticales.
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1258/5 Of 2005
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Conectores con Compuerta de Trabado Automática y de Cierre Automático.
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1258/6 Of 2005
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Ensayo de Comportamiento de Sistema.
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997/ Of 1999
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Andamios, Terminología y Clasificación.
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998/ Of 1999
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Andamios, Requisitos Generales de Seguridad.
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999/ Of 1999
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Andamios de madera.
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2501/ Of 2000
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Andamios Modulares Tubulares.
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2458/ Of 1999
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Sistemas de Protección para trabajos en altura.
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Será cargo del Contratista los daños que se produzcan a terceros.
B. 3. RECEPCIÓN DE MATERIALES
Todos los materiales que ingresen a la obra serán de primera calidad en su especie, sin uso anterior y contarán con Vº Bº de la Inspección Técnica, la que podrá solicitar las debidas certificaciones en caso de duda en su calidad. El aprovisionamiento, traslado y almacenamiento de los materiales de la obra se ajustará a lo indicado en las respectivas normas I.N.N. Las marcas que aparezcan especificadas son antecedentes referenciales, debiendo el Contratista como mínimo cumplir con el aprovisionamiento de materiales y/o equipos que cumplan con todas las características, calidades y tecnologías de las referencias. El material debe ser de la misma línea de producción, color y no se aceptarán “parches” en los materiales.
B. 4. DUDAS DE LO ESPECIFICADO
Se da por establecido que el Contratista visitará el terreno oportunamente según cronograma de licitación establecido en las Bases Administrativas, tomando conocimiento de las condiciones de trabajo. En todo caso, y ante dudas que surjan de tal visita o de la revisión de las presentes Especificaciones Técnicas, comunicará sus consultas dentro de las formas y plazos establecidos en las Bases Administrativas.
Por lo expuesto será de exclusiva responsabilidad del oferente cualquier omisión en la oferta en aspectos propios del estudio e interpretación de los antecedentes técnicos de la propuesta y planimetrías, será responsabilidad verificar la coherencia de las planimetrías, especificaciones técnicas, debiendo realizar las consultas por los medios oficiales durante el proceso de licitación cualquier discrepancia o falta de definición que pudiera existir.
En relación a lo anterior, será responsabilidad del contratista asumir cualquier diferencia que exista entre las cubicaciones ofertadas y las de terreno, todas las medidas deberán ser chequeadas y corroboradas en terreno, esto es responsabilidad de cada oferente.
“LAS CUBICACIONES DEL ITEMIZADO SON REFERENCIALES Y ES RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA CORROBORARLAS EN TERRENO”
CONCORDANCIA
Cualquier duda por deficiencia de algún plano o especificación o por discordancia entre ellos, que surja en el transcurso de la ejecución de la obra deberá ser consultada oportunamente a la Inspección Técnica de la Obra (en adelante I.T.O.). Así mismo al presentarse alguna diferencia entre los proyectos que conforman esta obra, vale decir arquitectura, detalles o se descubra algún error en planos, será obligación del Contratista advertirlo durante el estudio de los antecedentes. No se aceptarán interpretaciones unilaterales por parte del Contratista
RECONOCIMIENTO DEL TERRENO
Para el estudio de la propuesta será requisito indispensable el reconocimiento del terreno de la obra por parte del Contratista, con todos los antecedentes técnicos a la vista, para su revisión general y su confrontación.
C. GASTOS ADICIONALES, OBRAS PROVISIONALES, TRABAJOS PREVIOS, ITO
C. 1. GASTOS ADICIONALES
DERECHOS, PERMISOS, APORTES (si corresponde)
El arquitecto patrocinante, el proyecto de arquitectura y los permisos atingentes a la ejecución de las obras, serán provistos por el contratista y este será quien deberá efectuar todo pago relativo a estos, si los hubiere. Además, quedando facultada la Inspección Técnica para supervisar tales gestiones.
GASTOS NOTARIALES
Según lo estipulan la Bases Administrativas, serán de cargo del Contratista todos los gastos notariales de los documentos propios del Contrato.
SEGUROS
El Contratista deberá mantener a su costa los seguros y pólizas que garanticen el personal, instalaciones y obras del presente Contrato, quedando de su responsabilidad todos los accidentes y/o daños a terceros que pudieran ocurrir en el desarrollo de las faenas, según lo estipulado en las Bases Administrativas.
GARANTÍAS
Será de responsabilidad del Contratista el obtener y presentar las garantías respectivas que son estipuladas en las Bases Administrativas, quedando el costo de ellas incluido en sus gastos generales. Sus montos y vigencias serán según la reglamentación vigente en las Bases de la propuesta.
CERTIFICADOS DE CALIDAD Y CERTIFICACIONES
El Contratista deberá obtener de organismos e instituciones reconocidas por el Estado los certificados de calidad y ensayos que requiera la Inspección Técnica ante dudas de la calidad de los materiales y/o de la obra. Los costos que ello implique serán de cuenta del Contratista. El contratista debe considerar todo tipo de certificación para que el recinto quede habilitado ante los organismos competentes.
- OBRAS PROVISIONALES
- INSTALACIONES
El Contratista ejecutará la presentación y obtendrá oportunamente los permisos y empalmes provisorios para las redes de instalaciones que demande la ejecución de la obra. Serán de su cargo los derechos, aportes previos, la ejecución de tales redes (agua potable, electricidad si corresponde) e instalaciones respectivas, la operación y gastos de consumo y el retiro de éstos al terminar la obra. (si es requerido)
En el caso de la energía eléctrica se ajustará los tendidos provisorios según norma y reglamento eléctrico, con los empalmes y tableros necesarios y teniendo en cuenta la seguridad de su operación. (si es requerido)
B. INSPECCIÓN TÉCNICA
Será ejercida por el profesional que el Departamento de Infraestructura determine competente y capacitado, siendo la contraparte técnica del Contratista, según lo establecido al respecto en las Bases y Reglamentos.
La Inspección Técnica de Obra designada podrá rechazar u ordenar el cambio de materiales defectuosos, o suspender la ejecución de cualquier parte de los trabajos, cuando se adviertan defectos que comprometan la seguridad de la obra o la correcta ejecución de las faenas. Todo lo anterior según lo establecido en las Bases Administrativas Generales.
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1.1
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Construcciones Provisorias
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1.1.1
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Cierros provisorios
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Para la correcta ejecución de los trabajos, se deberá proceder al cierre del perímetro en donde se estén realizando faenas, según plan de contingencia estipulado en láminas de arquitectura n° 5/5 y para este efecto, se contempla cierre del pabellón con mayores metros lineales según lámina, pabellón O (818 metros lineales aproximadamente) para evitar el ingreso de comunidad educativa a esta zona mientras se ejecuten las faenas. Se cercará todo el contorno de zona de instalación de faenas que se ubicará según plano, como también la zona donde se estén ejecutando labores, mediante cuartones de 4”x4” más Malla Rashell color negra, doble, de forma de proteger el ingreso de la comunidad en general a la obra.
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1.1.2
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Instalación de faenas (inst. y retiro)
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Esta sección comprende todos los trabajos preliminares a la iniciación de la obra y la presentación de elementos tendientes a dar protección y facilidades de higiene al personal técnico, administrativo y obrero que intervendrá en la obra. Se incluye en esta sección despeje del terreno, trasplante de árboles existentes sólo en caso de ser necesario y retiro de escombros.
Todas las construcciones e instalaciones provisorias deberán ser retiradas por el oferente adjudicado al final de la obra, debiendo dejar los sectores o recintos utilizados para esos fines en las mismas condiciones preexistentes o bien en las condiciones exigidas por el proyecto, según corresponda.
Los trabajadores deberán tener un acceso completamente independiente de los alumnos, evitando su contacto
En general medidas de protección de la privacidad de los niños, los cierres deben ser opacos y en dimensiones suficientes para garantizar la privacidad de los niños y de los trabajadores evitando su contacto.
No se puede cortar, ni podar ningún árbol o arbusto del lugar. El Contratista se preocupará de cuidar, proteger los árboles del establecimiento que correspondan. Será de su responsabilidad reemplazar cualquier árbol que destruya. En caso de existir alguna interferencia con el proyecto, deberá avisar con la debida antelación a la Inspección Técnica para determinar la pertinencia de sacar o cortar el árbol o arbusto.
La instalación de faenas se grafica en lamina 1
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1.1.3
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Construcción de bodega materiales (inst. y retiro)
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El oferente adjudicado deberá disponer de bodegas para el almacenamiento de materiales, herramientas y equipos. Las bodegas tendrán las dimensiones adecuadas a la cantidad de materiales y herramientas que se mantengan en la obra, dotándolas de las estanterías y espacios necesarios para un correcto almacenamiento. Su construcción debe garantizar una adecuada protección contra robos, incendios e intemperie.
La instalación de faenas se grafica en lamina 1
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1.1.4
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Arriendo baños químicos (personal obra)
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Se debe utilizar casetas sanitarias químicas portátiles o una solución técnicamente equivalente en la cantidad que exigen las normas de acuerdo con el número de personas contratadas, y estar disponibles durante todo el transcurso de la obra. El sector de baños deberá estar alejado o correctamente cercado para evitar el ingreso de personal ajeno a la obra. En el presupuesto oficial, el valor señalado, corresponde al arriendo y mantención de aseo de cuatro cabinas por el período que dure la obra. Contratista debera considerar estos costos en el total de gastos generales.
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1.1.5
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Instalación y retiro de letrero de obras
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Acorde a lo indicado en las Bases Administrativas el Contratista deberá consultar la ejecución y colocación, en la ubicación que determine la Inspección Técnica, del letrero indicativo de obras, que se confeccionará según el siguiente detalle: Dimensiones mínimas del letrero: será determinado según la siguiente tabla:
▪ Materialidad: Lienzo de PVC de buena calidad u otro material de calidad superior.
▪ Emplazamiento: Lugar del EE en donde toda la comunidad educativa pueda verlo con facilidad.
▪ Estructura soportante: este será instalado en un bastidor metálico en perfil cuadrado de 50 X 50 X 3 mm. En su cara posterior y con 2 pilares empotrados al terreno en una fundación aislada de 0.40 x 0.40 x 0.60 metros, de perfil metálico tubular cuadrado de 100 x 100 x 3 mm.
▪ Seguridad del Letrero: Se debe indicar que cualquier situación de seguridad referida al “Letrero de Obras” es de total responsabilidad de la empresa y en nada del mandante, ni a título directo ni subsidiario.
▪ Permanencia del letrero: Desde el momento de “entrega de terreno” hasta la
recepción definitiva de Obras por parte del mandante.
Se debe considerar la “Guía de vallas de obras” de la Dirección de Educación
Pública, versión 2.0 - enero 2023.
El cartel deberá ser retirado al finalizar la obra, de no hacerlo, la obra no podrá ser recepcionada.
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1.2.1
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Excavaciones nuevos alcantarillados y cámaras
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Las excavaciones se ejecutarán respetando la cota de pendiente del 3%, venerando las referencias que se exigen en planimetría de alcantarillado y cámaras de inspección, previa revisión y aprobación de la Inspección Técnica de Obras. Se deberán implementar medidas de seguridad adecuadas en el sitio de trabajo, incluyendo señalización, vallas de seguridad y equipo de protección personal para los trabajadores. Se deben seguir procedimientos seguros para la excavación, incluyendo la prevención de deslizamientos de tierra y el acceso
controlado a las zonas excavadas. Las excavaciones se deben realizar de
acuerdo con las especificaciones del diseño. La profundidad y las dimensiones de las zanjas deben cumplir con los requisitos establecidos en el plan. Se debe tener cuidado para evitar dañar servicios públicos existentes, como líneas eléctricas y de comunicación. Será de cargo y costo del contratista el retiro y transporte de excedentes.
lamina 1 y 2
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1.2.2
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Demoliciones y desarmes (interior ambos sshh)
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Se procederá a la demolición de todos los elementos existentes, que serán reemplazados, como: puerta de acceso, cerámicos de piso y muro, muretes, cubículos, inodoros, urinario, canalizaciones eléctricas, fluxómetros, rejillas de piso, etc. Todo lo que se requiera para el despeje de la zona a intervenir, con el fin de despejar el área de acceso y los interiores de ambos sshh.
Estas actividades permitirán preparar el espacio para la posterior instalación de nuevos sistemas sanitarios de acuerdo con los estándares y requerimientos definidos.
Se procederá a desmontar los elementos de los servicios higiénicos, incluyendo inodoros, lavabos, grifos, espejos, accesorios de iluminación y revestimientos. Los elementos desmontados deben ser manipulados con cuidado para evitar daños.
Se procederá a la demolición de los revestimientos de paredes y suelos, tales como azulejos, cerámicas o pinturas. Esto se llevará a cabo de manera cuidadosa para evitar daños estructurales y minimizar la generación de polvo. Se desmontarán los elementos de plomería, como tuberías, conexiones y
sistemas de drenaje, de acuerdo con la planificación. Se deben tomar precauciones para evitar derrames de agua y asegurar la desconexión adecuada.
Una vez completada la demolición y desarme, se debe llevar a cabo una limpieza exhaustiva del área, eliminando cualquier residuo y polvo generado. El área debe quedar lista para la siguiente fase de construcción.
lamina 2 y 3
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1.2.3
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Demoliciones exteriores, nueva acometida de agua potable y red de alcantarillado
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Se deberán demoler todos los pavimentos requeridos para la ejecución de un nuevo sistema de agua potable y red de alcantarillado. Para esta partida se solicita contar con la mayor precaución posible en cuanto a seguridad se trate, ya que los trabajadores encargados de ejecutar estos trabajos deberán contar con un equipo completo de elementos de protección personal. Se debe tener precaución con los daños que se puedan ocasionar alrededor de las zonas a demoler, procurando no dañar cañerías hidráulicas existentes, conexiones de gas, cableado de redes, etc. Los tramos a demoler estarán indicados en la planimetría adjunta.
Los elementos serán acopiados en zona señalada por la ITO para luego llevar a vertedero autorizado.
lámina 2 y 3
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1.2.4
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Demolición de lavamanos
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Se consulta la disuasión y demolición de todos los lavamanos y artefactos ubicados en ambos sshh de alumnos (as). Se debe tener precaución con los daños que se puedan ocasionar en cañerías y desagües, posterior al desarme, los elementos serán acopiados en zona señalada por la ITO para luego llevar a vertedero autorizado o entregar al departamento de educación, según lo indique la inspección técnica. Los tramos a demoler estarán indicados en la planimetría adjunta.
lamina 2 y 3
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1.2.5
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Retiro de actuales luminarias
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Se considera el retiro de los equipos lumínicos. Así como también se deberá retirar todo lo necesario para dejar en condiciones de despeje y limpieza para la posterior instalación de los nuevos equipos y su correcto funcionamiento.
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1.2.6
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Retiro de actuales protecciones de ventanas
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El retiro de las protecciones se realizará de manera cuidadosa y minuciosa para evitar daños en la estructura del edificio y en las terminaciones de las superficies. Se deberán tomar las medidas de seguridad necesarias para proteger tanto a los trabajadores como a los ocupantes del establecimiento durante la ejecución de los trabajos. Las protecciones serán retiradas en su totalidad, incluyendo los dowell, pernos y anclajes, dejando completamente lisa y limpia las superficies que recibirán una nueva estructura de seguridad.
lamina 3
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1.2.7
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Trazado, replanteo y niveles
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Antes de comenzar con los trabajos el contratista deberá verificar las dimensiones del proyecto para asegurar la perfecta cabida, distanciamientos mínimos, pendientes requeridas en el proyecto, posterior a estas medidas se dará inicio a los trazados iniciales según indica plano de arquitectura.
Se deben contemplar rebajes, emparejamiento, rellenos, nivelaciones del terreno y escarpes necesarios para obtener los niveles requeridos para el emplazamiento de la obra y poder ejecutar el proyecto de construcción. Los niveles requeridos serán los indicados en planos de arquitectura y no se aceptarán diferencias entre lo especificado. Los trabajos de trazados y niveles serán dirigidos por un profesional idóneo de la obra y aprobados por la I.T.O.
El replanteo del trazado se deberá verificar en las distintas etapas de: excavación, fundaciones, plantas de pisos e instalaciones, respetando las cotas y ejes indicados en el proyecto.
El trazado y determinación de niveles se ejecutará en cerco realizado con
madera de pino 1x4”, cepillado por sus cantos y estacas de 3 x 3”, a un nivel de
+1,00 m respecto de nivel de piso terminado N.P.T, donde se demarcarán los ejes y los niveles mediante un clavo ubicado en el punto exacto por donde pasa el eje. El trazado será aprobado por el ITO, y no se podrá iniciar excavaciones antes de su aprobación, la que quedará consignada en el Libro de Obras.
En adelante, se ejecutarán trazados de todas las partidas constituyentes del proyecto.
Lamina 2 y 3
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1.2.8
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Extracción y retiro de vegetación
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Antes de la extracción, es importante realizar una evaluación del sitio para identificar la presencia de especies protegidas, áreas sensibles o cualquier otro factor que pueda afectar la planificación y ejecución de la tarea.
El objetivo de esta tarea es eliminar y retirar eficientemente la vegetación no deseada de una determinada área, siguiendo los estándares de protección ambiental y seguridad. Los métodos de extracción deben ser los idóneos para extraer la vegetación, como, por ejemplo: corte manual, uso de maquinaria especializada (motosierras, desbrozadoras, excavadoras, etc.) o técnicas de manejo controlado del fuego.
Posterior a los trabajos descritos, la empresa contratista deberá tomar las acciones necesarias para restaurar el terreno después de la extracción y retiro de la vegetación, como la siembra de nuevas plantas, nivelación del suelo y control de la erosión.
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1.2.9
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Retiro de escombros a botadero autorizado
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La totalidad de los escombros que se produzcan en la obra deberán ser acopiados en forma segura, ordenada, señalizada de manera correcta y según indicaciones de la ITO.
El retiro se realizará en camiones a botaderos autorizados que cumplan con la reglamentación de protección ambiental. El retiro deberá ser de manera semanal, o según indicaciones de la ITO.
La ITO deberá acordar con la dirección del establecimiento, los días y horario de retiro, que en ningún caso deberá interrumpir el normal funcionamiento del EE.
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1.2.10
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Retiro de canalización eléctrica y cableado
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El presente trabajo consiste en el retiro de canalización eléctrica y cableado, tanto en casos de muros como en casos de cielo. Para llevar a cabo esta tarea, se seguirán los siguientes pasos: en primer lugar, se realizará una inspección detallada de la canalización eléctrica existente, evaluando su estado y determinando los puntos de conexión. Seguidamente, se procederá a la desconexión de la energía eléctrica en los respectivos puntos de alimentación, siguiendo los protocolos de seguridad establecidos.
Posteriormente, se llevará a cabo la remoción de los elementos de fijación y soporte de la canalización eléctrica en los muros, utilizando herramientas adecuadas y técnicas de desmontaje apropiadas. En el caso de los cielos, se procederá al desmontaje cuidadoso de los elementos de sujeción y su retirada sin causar daños adicionales.
Una vez retirada la canalización eléctrica, se llevará a cabo una revisión exhaustiva de los conductos y cables, verificando su integridad y detectando posibles daños. En caso de identificar algún desperfecto, se realizarán las reparaciones o sustituciones correspondientes según las normativas vigentes.
Finalmente, se realizará una limpieza minuciosa de la zona de trabajo, eliminando los residuos generados durante el proceso de retiro de la canalización eléctrica. Se dejará el área en condiciones óptimas, libre de obstrucciones y cumpliendo con las medidas de seguridad necesarias.
Todas las actividades serán ejecutadas por personal cualificado y siguiendo las regulaciones establecidas por las autoridades competentes, garantizando así un trabajo seguro y de calidad. El cumplimiento de los plazos establecidos y la correcta ejecución de cada uno de los pasos mencionados serán supervisados por un responsable designado, asegurando el éxito del proyecto de retiro de canalización eléctrica en casos de muros y cielos.
Una vez retirada la canalización eléctrica y realizada la revisión exhaustiva de los conductos y cables, si se identifican daños, se deben seguir los pasos adecuados para su reparación. A continuación, se describe cómo se pueden reparar los daños comunes asociados a este tipo de trabajo:
1. Daños en los muros:
- Para reparar los agujeros o perforaciones realizados durante el retiro de la canalización eléctrica en los muros, se debe limpiar y preparar la superficie afectada.
- Luego, se aplicará hormigón en el caso de los muros de este material, siguiendo las instrucciones del fabricante. Se nivelará y alisará adecuadamente para obtener una superficie uniforme.
- Después de que el material de relleno se haya secado por completo, se lijará suavemente para obtener un acabado liso y se aplicará pintura, utilizando el color y tipo de pintura correspondiente al área afectada.
2. Daños en los cielos:
- En caso de que se hayan producido agujeros o perforaciones en los cielos durante el retiro de la canalización eléctrica, se deberá inspeccionar la zona y evaluar el alcance de los daños.
- Se cortará cuidadosamente el área dañada en forma de parche, asegurándose de seguir las líneas rectas o las formas necesarias.
- A continuación, se cortará un parche de yeso o material similar, ligeramente más grande que el área dañada, y se fijará con clavos o tornillos a través del cielo existente.
- Se utilizará cinta de malla de yeso para cubrir los bordes del parche y se aplicará varias capas de compuesto para juntas, lijando suavemente entre cada capa hasta obtener una superficie uniforme.
- Una vez que el compuesto para juntas esté completamente seco, se procederá a aplicar una capa de imprimación y se pintará el cielo utilizando el color y tipo de pintura correspondiente.
OBRAS CIVILES
Todas las partidas incluyen provisión e instalación de los ítems especificados y los necesarios para realizar la partida correctamente, a menos que se indique lo contrario, y /o se indique que se reinstalaran elementos existentes.
Lamina 2 y 3
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1.2.11
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Retiro de revestimientos
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Se deberá retirar todo el revestimiento de muros y de pisos en ambos recintos, los que se suministrarán posteriormente, además de los pavimentos exteriores. tal como se indica en lamina 3 de arquitectura.
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2.1
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Red de agua potable y alcantarillado
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Al inicio de las faenas el contratista, de su cargo, debe presentar un plano de la instalación de agua potable emitido por un instalador autorizado, y posterior recepción en las entidades correspondientes. Toda la instalación se ejecutará según normas técnicas, reglamentarias y vigentes. Será entregado al ITO para su control. En dicho plano estarán señaladas las soluciones, trazados, diámetros, detalles de uniones y terminales.
El proyecto deberá contemplar que la solución planteada cuente con la presión de agua necesaria para el funcionamiento correcto del sistema de alimentación propuesto, incluyendo si fuese necesario, la provisión e instalación de un sistema de apoyo mecánico para elevar la presión del agua (como por ejemplo un hidro pack u otro sistema similar) Tanto en el proyecto como en su ejecución, todas las instancias son de cargo del contratista.
Al momento de término de las faenas, se debe entregar un plano as Built para el expediente del proyecto y para poder identificar trazados, uniones y soluciones definitivas.
Se deberá proveer e instalar los insumos necesarios para la confección de una nueva red interior de agua potable para reemplazar las antiguas cañerías existentes, de acuerdo al proyecto elaborado previamente.
Se consulta la provisión e instalación de llaves de paso con cuerpo de bronce con campana y manilla en cruz cromadas, de diámetro 20 mm (se debe cumplir la NCH 784 y NCH 730 - 731), marca de referencia Nibsa o similar en el mercado. Las uniones se ejecutarán con soldadura de plomo y estaño al 50 %. Una vez terminada la instalación será sometida a una prueba de presión de 180 lbs. pulg. Se considera a lo menos una llave Por batería de artefactos WC por cada recinto (2 unidades), una llave para urinario que se ubicará en la parte superior del artefacto, y una llave para cada vanitorio que se ubicaran por debajo de la cubierta para dificultar la manipulación por parte del alumnado. Se tendrá especial cuidado que el cuerpo de la llave no quede embutido en el muro de modo de poder repararla en forma rápida sin dañar cerámicas y/o pinturas.
Instalaciones alcantarillado Al inicio de las faenas el Contratista, de su cargo deberá realizar el proyecto de alcantarillado definitivo a ejecutar emitido por un instalador autorizado, cumplimiento con la normativa vigente para el visto bueno de la ITO, para posteriormente tramitar la Recepción correspondiente. Toda la instalación se ejecutará según normas técnicas reglamentarias y vigentes. Será entregado al ITO para su control. En dicho plano estarán señaladas las soluciones, trazados, diámetros y detalles de uniones y terminales y la respectiva unión a la cámara existente. Al momento de término de las faenas se debe entregar un plano as Built para el expediente del proyecto y para poder identificar trazados, uniones y soluciones definitivas. Los trabajos deberán quedar unidos a la cámara existente y deberán ser recibidos por el ITO. Se deberá proveer y confeccionar la nueva red de alcantarillado conforme al proyecto definitivo a elaborar, tomando en cuenta que los centros de desagües deberán estar en el mismo lugar actual, ya que el número de artefactos debe ser igual en cantidad y posición a lo existente. Las nuevas canalizaciones se ejecutarán en PVC Sanitario con diámetros mínimos de 110 mm. para red colectora y ventilaciones, y para evacuar artefactos se utilizarán tuberías de 50 mm. y 40 mm., marca Tigre o de similar calidad en el mercado. Las secciones de los ductos, codos, tees, registros, etc., deberán corresponder al proyecto definitivo. Se debe considerar en este ítem, la provisión e instalación de todos los insumos necesarios para la ejecución del alcantarillado que permita la correcta instalación de los artefactos sanitarios. Se deberán ejecutar las zanjas necesarias con el fin de retirar los ductos existentes, y
tener espacio suficiente para la instalación de las nuevas tuberías. El fondo deberá permitir el apoyo satisfactorio de las tuberías en toda su extensión. El ancho mínimo en el fondo de la zanja se ha considerado igual al diámetro nominal al tubo más 30 cm, permitiendo el apoyo satisfactorio de las nuevas tuberías en toda su extensión, y cuando se requiera, profundizar aún más en el lugar de las juntas y uniones. Será responsabilidad del contratista adoptar todas las medidas necesarias para cumplir con las condiciones de seguridad del personal según NCH 349. Of. 1999 (Disposiciones de seguridad en excavación). Posteriormente se procederá a ejecutar los rellenos. los que serán controlados y efectuados una vez que las pruebas reglamentarias hayan resultado satisfactorias. El material deberá estar exento de contaminaciones extrañas, en particular de materia orgánica, sales solubles y productos de desechos. Los materiales se depositarán en capas aproximadamente horizontales, que abarquen toda la extensión del sector por cubrir. El avance deberá ser parejo. La primera etapa se realizará dejando al descubierto las uniones, hasta que se hayan realizado las pruebas correspondientes. Una vez obtenida la aprobación del ITO, se continuará con el resto del relleno hasta la superficie del terreno. Finalmente, una vez finalizada la faena de rellenos, se procederá a recuperar el radier dañado, quedando nivelado con el existente.
Lamina 2 y 3
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2.2
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Construcción de nuevo pavimento con malla
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Previo al trabajo de hormigonado, la empresa contratista deberá limpiar el terreno, instalar una manta tipo geotextil que impida el crecimiento de cualquier planta o hierba, para luego proceder al relleno. Posterior a estos trabajos, se debe aplicar una capa de relleno con material estabilizador, regado y compactado convenientemente, con un espesor terminado mínimo de 0,08 m. Sobre éste se colocará una cama de ripio de un espesor mínimo de 0,05 m.
Sobre la cama de ripio se deberá colocar una barrera a la humedad por capilaridad. Para ello se colocarán láminas de polietileno negro, cubriendo toda la superficie ocupada por el radier. Previo al hormigonado y sobre el polietileno se deberá instalar un refuerzo compuesto por malla ACMA tipo C92 de 4,2 mm. de espesor.
El hormigón a solicitar será de tipo G20 en hormigón en masa con árido libre de material orgánico N.C. = 90%. con aditivo hidrófugo. Para su elaboración en obra se exigirá el empleo de betonera, en su defecto se contempla el empleo de hormigones premezclados. Su colocación y curado lo regirá las actuales NCh170 Of. 85 y NCh1019, espesor estimado de 10cm. Los niveles de radier deben considerar las alturas necesarias para el paso de tuberías de instalaciones y el cambio de pavimentos con sus respectivos espesores. Se solicita terminación
rugosa o platachado en aquellos sectores que requieran recibir revestimiento porcelanato, Se rechazará elementos de hormigón con presencia de nidos por segregación de materiales, por tanto, será obligatorio el empleo de vibrador de inmersión para buena compactación.
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2.3
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Estructura de acero para recibir lavamanos
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Se consulta la construcción de estructuras de acero inoxidable, para recibir los nuevos lavamanos de fibra de vidrio de alta resistencia, ubicados en los accesos de cada sshh (ver según indicación de arquitectura), sus dimensiones serán tipo corrido, no superiores a 45 x 50 cm., cada lavamanos, incluyendo refuerzos a paredes y laterales. Deberán ser continuos, sin unión de módulos y su color será indicado por la ITO.
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2.4
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Suministro e instalación de WC
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Se consulta por el suministro e instalación de WC suspendidos con alimentación superior con las siguientes características o de calidad superior, pero modelo similar:
Se deben incluir todos los elementos que necesite la instalación. lámina 3 y 4
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2.5
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Suministro e instalación de fluxor oculto de pistón
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Se consulta por el suministro e instalación de fluxor oculto de pistón con las siguientes especificaciones o de calidad superior:
Para la instalación se deberán seguir meticulosamente las instrucciones del fabricante, posterior a la instalación se deberá corroborar el buen funcionamiento y restaurar la estructura del muro quedando pulcra e idónea para recibir su revestimiento.
lamina 3 y 4
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2.6
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Suministro e instalación de grifo temporizado para lavamanos
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Se consulta por el suministro e instalación de grifo temporizado con las siguientes especificaciones o de calidad superior:
Para la instalación se deberán seguir meticulosamente las instrucciones del fabricante, posterior a la instalación se deberá corroborar el buen funcionamiento.
lamina 3 y 4
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2.7
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Suministro e instalación de sumideros
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Para recibir las aguas derivadas de los lavamanos, urinarios y/o limpieza en general, se ejecutarán sumideros absorbentes, en cada sshh, el resumidero confeccionado será DE hormigón resistente a la compresión y en su parte superior se instalará rejilla metálica galvanizada a la altura del piso terminado, uniendo sus descargas con la nueva red de alcantarillado de los inodoros, mediante tuberías de pvc sanitario o superior calidad (debidamente calculado a través de ensayes de absorción) Para el caso se deberán construir los sumideros, considerando la fácil mantención del sistema. Se dispondrá sobre este bastidor de ángulo metálico galvanizado 30x3 rejilla de pletinas 30x3. La pendiente de cada uno será del 3% hacía el desagüe y su dimensión exterior será de 2m x 0,12 mm que deberá quedar instalada con precisión para cumplir su funcionamiento descrito.
Lamina 3
Asegurándose que no haya ninguna irregularidad que pueda afectar la adherencia de la cerámica, se procederá a la instalación de esta. Se debe limpiar la superficie y debe quedar húmeda para evitar que la mezcla se deshidrate.
Se deberá instalar en toda la extensión de los muros donde se encuentran los cubículos de WC:
cerámicas de color azul verdoso, similar al de la siguiente imagen:
Referencia: Cerámica Muro Spring Azul Brillo Bold. https://www.mk.cl/pme120421-spring-azul-brillo-bold-20x60-
ceramicas/p?srsltid=AfmBOoq3Ykwu0Bb1haBMITUN9i5LQxN66JIAVp9CM3s0Qy3Yv1hZ47pj
De las siguientes características o de calidad superior:
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Color
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Azul
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Terminación
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Brillante
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Espacio
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Áreas Públicas, Baño, Cocina, Exterior, Interior
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Ambiente
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Baños Institucionales, Gimnasios, Hospitales, Living y Comedor, Sala de Estar, Dormitorio, Locales Comerciales, Centros Educacionales, Espacios Recreacionales, Oficinas, Muros Decorativos, Quincho, Terraza
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Garantía
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5 años de fabricación
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Medidas
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20x60 cm
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Tipología
|
Cerámica Esmaltada Impresión Digital
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Destonalización
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Alta
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Tamaño
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Mediano
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Uso
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Solo Muro
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Multidiseño
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Entre 6 y 15 caras
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Forma
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Rectangular
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Borde
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Rectificado
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Junta Mínima
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2 mm instalación recta / 3 mm instalación traslapada
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Antideslizante
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No
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Mientras que, en el muro de la puerta y ventana, se instalará cerámica blanca/beige:
Referencia: Cerámica Muro Spring Blanco Brillo Bold. De las siguientes características o de calidad superior:
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Color
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Azul
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Terminación
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Brillante
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Espacio
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Áreas Públicas, Baño, Cocina, Exterior, Interior
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Ambiente
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Baños Institucionales, Gimnasios, Hospitales, Living y Comedor, Sala de Estar, Dormitorio, Locales Comerciales, Centros Educacionales, Espacios Recreacionales, Oficinas, Muros Decorativos, Quincho, Terraza
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Garantía
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5 años de fabricación
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Medidas
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20x60 cm
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Tipología
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Cerámica Esmaltada Impresión Digital
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Destonalización
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Alta
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Tamaño
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Mediano
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Uso
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Solo Muro
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Multidiseño
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Entre 6 y 15 caras
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Forma
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Rectangular
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Borde
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Rectificado
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Junta Mínima
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2 mm instalación recta / 3 mm instalación traslapada
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Antideslizante
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No
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De cambiar el modelo de la cerámica, se deberá mantener el color y las medidas.
Se utilizará adhesivo de alta calidad y resistencia específico para cerámica según las indicaciones del fabricante y en conformidad con las normas vigentes a la fecha de construcción. El adhesivo debe ser de tipo cementicio y tener una capacidad de resistencia adecuada para soportar el peso de la cerámica.
La aplicación del adhesivo será con espátula dentada procurando no dejar espacios sin rellenar.
Se cuidará la alineación, nivelación y el espaciado adecuado entre piezas. Para ello se utilizarán crucetas de plástico y niveles láser.
Se realizarán cortes precisos en la cerámica en los casos que sean necesarios para ajustarlo al diseño definido. Esto se realizará con herramientas específicas para el corte de cerámica.
Una vez finalizada la colocación de la cerámica, se procederá a retirar las crucetas de plástico y a la limpieza de la superficie para eliminar cualquier exceso de adhesivo.
La partida deberá tener el V°B° de la ITO, para eso no deberá haber desniveles entre palmetas y mantener el distanciamiento uniforme, todo con registro en el libro de obras.
Transcurrido 24 horas de la instalación del Porcelanato, se procederá con el fraguado
Se consulta la aplicación de fragüe, una vez terminada la instalación del Porcelanato, de color similar al Porcelanato instalado, este debe ser anti-humedad, anti-hongos y de larga durabilidad, marca bekron o de calidad superior.
Para la mezcla se hará con aditivo para fragüe en vez de agua, siempre siguiendo las instrucciones del fabricante.
Se debe aplicar el fragüe sobre la superficie del Porcelanato utilizando una llana de goma o espátula de goma.
Se debe presionar el fragüe en las juntas entre las piezas de Porcelanato y retirar el exceso con una esponja húmeda antes de que se seque. Se debe realizar esta operación con cuidado para evitar rayar el Porcelanato.
Una vez aplicado el fragüe, se debe dejar secar según las indicaciones del fabricante. Luego se debe proceder a pulir la superficie del Porcelanato con una esponja suave para eliminar los restos de fragüe y obtener una terminación uniforme y estética. Se recomienda utilizar productos específicos para el pulido del Porcelanato.
Se realizará una inspección detallada del trabajo terminado para verificar que se cumpla con las tolerancias del proyecto. Se verificará la delimitación de áreas de colocación y que se usó el adhesivo y sellador de juntas exigido en el plano del proyecto.
Luego de instalado el contratista tomará todos los resguardos para no manchar ni estropear las palmetas.
lamina 3 y 4
Se deberá limpiar la cara oculta de cada palmeta con un cepillo suave y agua limpia hasta retirar el polvillo remanente y deberán esperar hasta que esté completamente seco. La superficie que recibirá el revestimiento debe estar completamente curada.
Se debe asegurar que no haya ninguna irregularidad que pueda afectar la adherencia del Porcelanato, se procederá a la instalación de este. Se debe limpiar la superficie y debe quedar húmeda para evitar que la mezcla se deshidrate. Para instalar las palmetas se deberá utilizar adhesivo de Porcelanato marca bekron o de calidad superior, no se aceptará adhesivo para cerámica, la preparación será según indicaciones del fabricante y deberá ser aplicado en la superficie sin dejar ningún espacio sin cubrir con una espátula dentada. No se recibirá ningún trabajo con palmetas sopladas, desniveladas y/o mal pegadas.
El Porcelanato será de color gris, de a lo menos 1 cm de espesor, PEI 5/transito intenso, grado 3/antideslizante, con medidas 60x60cm.
*imagen de referencia
Se cuidará la alineación, nivelación y el espaciado adecuado entre piezas, la junta no podrá ser inferior a 2mm y todas las palmetas deberán estar distanciadas uniformemente, para ello se utilizarán crucetas de plástico y niveles láser.
Se realizarán cortes precisos en el Porcelanato en los casos que sean necesarios para ajustarlo al diseño definido. Esto se realizará con herramientas específicas para el corte de Porcelanato.
Una vez finalizada la colocación del Porcelanato, se procederá a retirar las crucetas de plástico y a la limpieza de la superficie para eliminar cualquier exceso de adhesivo.
La partida deberá tener el V°B° de la ITO, para eso no deberá haber desniveles entre palmetas y mantener el distanciamiento uniforme, todo con registro en el libro de obras.
Transcurrido 24 horas de la instalación del Porcelanato, se procederá con el fraguado
Se consulta la aplicación de fragüe, una vez terminada la instalación del Porcelanato, de color similar al Porcelanato instalado, este debe ser anti-humedad, anti-hongos y de larga durabilidad, marca bekron o de calidad superior.
Para la mezcla se hará con aditivo para fragüe en vez de agua, siempre siguiendo las instrucciones del fabricante.
Se debe aplicar el fragüe sobre la superficie del Porcelanato utilizando una llana de goma o
espátula de goma.
Se debe presionar el fragüe en las juntas entre las piezas de Porcelanato y retirar el exceso con una esponja húmeda antes de que se seque. Se debe realizar esta operación con cuidado para evitar rayar el Porcelanato.
Una vez aplicado el fragüe, se debe dejar secar según las indicaciones del fabricante. Luego se debe proceder a pulir la superficie del Porcelanato con una esponja suave para eliminar los restos de fragüe y obtener una terminación uniforme y estética. Se recomienda utilizar productos específicos para el pulido del Porcelanato.
Se realizará una inspección detallada del trabajo terminado para verificar que se cumpla con las tolerancias del proyecto. Se verificará la delimitación de áreas de colocación y que se usó el adhesivo y sellador de juntas exigido en el plano del proyecto.
Luego de instalado el contratista tomará todos los resguardos para no manchar ni estropear las palmetas.
lamina 3
En todos los muros del recinto, antes de la instalación de las cerámicas se debe llevar a cabo una limpieza general de todas las superficies, utilizando agua y detergente suave.
Se debe retirar cualquier resto de polvo, suciedad, grasa, aceite, moho, hongos, o cualquier otro tipo de contaminante que pueda afectar la adhesión de la pintura.
En caso de encontrarse manchas persistentes que no puedan ser removidas con la limpieza convencional, se debe utilizar un limpiador especial para eliminarlas, tales como con hidrolavadora.
Se deberá repasar con pasta muro F-15 Tajamar o calidad similar, aquellas trazas de humedad o de óxido que existan, como así imperfecciones de superficies irregulares.
Después de la pasta muro, se debe proceder a lijar todas las superficies para eliminar cualquier aspereza o irregularidad y lograr una textura uniforme. Se deberá humedecer la superficie con agua y retirar con espátula la pintura que se está desprendiendo. Se debe asegurar que las superficies queden completamente secas antes de comenzar con el lijado. Se debe utilizar papel de lija de grano fino y medio para lijar las superficies de los muros, evitando el uso de papel de lija grueso que pueda rayar o dañar las superficies.
Una vez la superficie esté limpia y lisa, se procederá a pintar con Sika cielos rasos antihongos, calidad igual o superior, color blanco a dos o tres manos, asegurando que tenga una
terminación pulcra.
En todo el cielo del recinto, antes de la instalación de los equipos lumínicos se debe llevar a cabo una limpieza general de todas las superficies, utilizando agua y detergente suave.
Se debe retirar cualquier resto de polvo, suciedad, grasa, aceite, moho, hongos, o cualquier otro tipo de contaminante que pueda afectar la adhesión de la pintura.
En caso de encontrarse manchas persistentes que no puedan ser removidas con la limpieza convencional, se debe utilizar un limpiador especial para eliminarlas, tales como con hidrolavadora.
Se deberá repasar con pasta muro F-15 Tajamar o calidad similar, aquellas trazas de humedad o de óxido que existan, como así imperfecciones de superficies irregulares.
Después de la pasta muro, se debe proceder a lijar todas las superficies para eliminar cualquier aspereza o irregularidad y lograr una textura uniforme. Se deberá humedecer la superficie con agua y retirar con espátula la pintura que se está desprendiendo. Se debe asegurar que las superficies queden completamente secas antes de comenzar con el lijado. Se debe utilizar papel de lija de grano fino y medio para lijar las superficies de los muros, evitando el uso de papel de lija grueso que pueda rayar o dañar las superficies.
Una vez la superficie esté limpia y lisa, se procederá a pintar con Sika cielos rasos antihongos, calidad igual o superior, color blanco a dos o tres manos, asegurando que tenga una terminación pulcra.
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2.12
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Suministro e instalación de cornisas
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Se considera al terminar el trabajo de cielo y muros, el suministro e instalación de cornisas de poliestireno expandido de 30 x 35 mm color blanco, en superficies ya completamente intervenidas.
Se considera la instalación de estás colocando las piezas en ángulos como punto de partida, se aplicará el adhesivo de montaje directamente sobre el poliestireno, ajustando las juntas en bisel. Se deberán tapar las juntas de unión con pasta rellenadora flexible, que no genere grietas y se deberá dejar secar según las recomendaciones del fabricante.
No se aceptarán instalaciones en desnivel, no centradas, mal adheridas, sin tapar juntas, etc. La instalación deberá contar con el V°B° de la ITO respectivo.
lamina 3 y 4
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2.13
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Instalación eléctrica
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Estos trabajos no requieren aumento de capacidad del empalme eléctrico. Aunque dentro de las partidas se incorporen componentes adicionales a los ya existentes, como por ejemplo tableros y enchufes. La capacidad total no aumenta, dado que se realiza una reorganización de la instalación para entregar la misma energía en forma más ordenada, segura y continua.
El oferente deberá entregar un proyecto de ingeniería de detalle para la conservación del sistema eléctrico, elaborado por un profesional competente, considerando como mínimo los requerimientos técnicos de los centros de luminarias y enchufes proporcionados en los planos de intencionalidad eléctrica, adecuando los circuitos o centros de acuerdo a necesidades encontradas en terreno, siempre que estos consideren las mismas o mejores prestaciones a lo que indica el documento, según normativa vigente NCh 4/2003 y normas relacionadas.
Deberá considerar como mínimo los requerimientos técnicos de las luminarias a cambiar, tomando en consideración su eficacia y características propias de la tecnología a instalar y que den cumplimiento a los niveles de iluminación establecidos en el numeral 11.3 de la normativa vigente NCh 4/2003, siempre que estos consideren las mismas o mejores prestaciones a lo que indica el documento. Para mostrar los resultados de los niveles de iluminación y dar cumplimiento con la normativa vigente, utilizar simulación lumínica con software Dialux o Similar. Deberá incorporar, de ser necesario, selectividad de encendido por zonas dentro de una misma aula, pasillo o el lugar donde se esté interviniendo, pudiendo iluminar parte del lugar cuando se requiera, para hacer un buen uso de la energía y complementar con la iluminación exterior.
- Especificaciones técnicas
- Planimetrías
- Memoria de cálculo
- Informe y memoria de cálculo de sistemas de puesta a tierra
- Simulaciones lumínicas
- Fichas técnicas de los equipos a instalar
- Certificación de calidad y seguridad de los productos eléctricos previo a su comercialización, DS298/2005.
- Procedimiento de disposición final de material retirado.
Normativa y documentos de referencia
Lo indicado en el diario oficial
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/01/12/42852/01/1877968.pdf
Sobre la aprobación de los pliegos técnicos normativos, sobre las exigencias mínimas a considerar en el diseño, construcción, puesta en marcha en servicios, operación, reparación y mantenimiento de toda la instalación de consumo de energía eléctrica hasta el punto de conexión del cliente final con la red de distribución
A considerar como referencia
Comunicación y declaración de puesta en servicio
El oferente será el responsable de realizar la comunicación y declaración de puesta en servicio ante la Superintendencia de Electricidad y Combustible.
Para este tipo de instalaciones se requiere la participación de un Instalador Eléctrico Autorizado con licencia de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) vigente. Dicho instalador eléctrico autorizado, deberá inscribir el proyecto en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de acuerdo con los procedimientos y requisitos establecidos en la Ley y su normativa vigente,
Gestión con empresa distribuidora
El oferente será el responsable de realizar las gestiones necesarias ante la empresa de distribución de energía eléctrica para solicitar la valorización de los servicios que involucra la desconexión y conexión del empalme eléctrico para poder conectar el nuevo conductor
desde el empalme al tablero general y cualquier otra mejora que deba poseer el empalme eléctrico, adjuntando toda la información solicitada por la empresa distribuidora. Será el responsable de juntar esta información administrativa, solicitar firmas, impresión de documentos y todo lo necesario para gestionar ante la empresa de distribución.
Además, deberá solicitar información de facturas, históricos de consumos de energía eléctrica, demandas de potencia, potencia conectada, que les permita realizar cálculos necesarios para incluir en la memoria de cálculo.
Sin esta gestión, se considerará que el trabajo no ha sido finalizado.
Disposición final
El proyecto contempla el retiro de los componentes eléctricos y su correspondiente disposición final, la cual se deberá realizar en una instalación autorizada por la Autoridad Sanitaria para la eliminación de estos residuos. Se debe realizar declaración vía SIDREP y presentar certificado de disposición final.
Seguridad
El Contratista deberá tener especial cuidado en todo lo relacionado a seguridad en trabajos, en particular, deberá tomar las precauciones necesarias para evitar que objetos puedan caer o volar por acción del viento, fuera del lugar de trabajo, poniendo en riesgo la integridad de las personas que se encuentren en la proximidad al sitio de desarrollo del proyecto.
Todos los equipos y componentes eléctricos como tableros y canalizaciones, así como también todos los elementos que impliquen el acceder a las instalaciones eléctricas, deberán estar debidamente señalados e instalados en sectores que no permitan el acceso a personal no autorizado y resguardando en todo momento la seguridad de la comunidad educativa en general tal como señala la actual norma vigente
Todos los componentes metálicos que involucre la instalación eléctrica, deberán protegerse contra tensiones peligrosas, debiendo estar debidamente aterrizados.
Garantías
Como mínimo el Contratista deberá realizar e incluir como partes de sus costos, garantías por la correcta operación del proyecto de conservación eléctrica que permita asegurar la calidad y funcionamiento de cada instalación por un período de un año, además de una garantía por posibles daños que se puedan ocasionar a terceros a propósito de los trabajos relacionados este proyecto.
Documentación a entregar al finalizar los trabajos
El instalador eléctrico autorizado, mencionado anteriormente, deberá ser el responsable del proyecto de conservación eléctrica, firmando la documentación necesaria para su puesta en servicios y documentos de operación y mantenimiento de los mismos. La documentación mínima que deberá presentar a la institución, al finalizar los trabajos, en formato digital y al menos una copia en papel, es la siguiente:
- Todos los documentos presentados para su declaración TE1 ante la SEC.
- Planimetría As Built de todo el proyecto de la instalación eléctrica (alumbrado, fuerza, calefacción u otra) y recambio de luminarias.
- Estudio técnico completo, el que deberá incluir toda la información técnica indispensable, tal como señala la norma NCh 2/84 referente a local de reunión de personas.
- Informe y memoria de cálculo de sistemas de puesta a tierra.
- Mediciones de tierra de protección y servicio, mediciones de variables eléctricas puntuales como voltaje y corriente en todos los circuitos de todos los tableros y empalme al momento de la puesta en servicio en régimen normal de funcionamiento del establecimiento. No realizar estas pruebas en horarios definidos como horas punta.
- Proyecto lumínico donde se indique la iluminancia media y su comparación con los estándares indicados en el numeral 11.3 de la Norma NCh 4/2003. También mediciones con luxómetro para corroborar esta información una vez finalizados los trabajos.
- Manual de mantenimiento del proyecto de conservación eléctrica, incluyendo el listado de piezas de repuesto y al menos 3 proveedores que suministren los equipos con las mismas características técnicas, checklists y plantillas para los informes.
- Hojas de datos, manuales de instalación y certificados de garantía de todos los componentes utilizados.
- Cubicación de materiales y sus fichas técnicas.
- Certificación de calidad y seguridad de los productos eléctricos previo a su comercialización, según DS298/2005.
- Documentación de la empresa distribuidora de energía eléctrica, donde se indica la gestión de la desconexión y conexión del empalme para la correcta conexión, junto con las mejoras realizadas al empalme eléctrico.
- Garantías de operación y daños.
Coordinación
Todos los trabajos que involucra la conservación de la instalación eléctrica, debe estar en plena coordinación y concordancia con todos partidas que incorpora el proyecto de conservación en el establecimiento educacional, sean eléctricos o no, estableciendo una carta Gantt donde se incorpore claramente las etapas previas o posteriores a estos trabajos
que implique no intervenir nuevamente un trabajo terminado por un error u omisión, y en caso de ocurrir, el contratista deberá asumir estos costos adicionales.
Todos los modelos y marcas nombrados en este documento son de carácter referencial, siendo el oferente adjudicado quien debe indicar los equipos finales a instalar, los cuales
Todos los elementos a utilizar, como conductores y canalizaciones u otros, deberan ser libre de halogeno
Se deberá realizar un trazado sobre el revestimiento la ruta que seguirá la canalización y marcando los puntos donde se colocarán los codos y conectores, una vez realizado el trazado deberá tener el visto bueno de la ITO con registro en el libro de obras. La canalización se deberá realizar con tubería EMT unidos con abrazaderas al revestimiento.
Se deberá tener fácil acceso al interruptor cuando se ingrese al recinto, a una altura de 1.5m desde el nivel de piso terminado, deberá ser apto para intemperie.
El recinto deberá contemplar 2 enchufes triples de fuerza para intemperie.
Se deberán instalar 6 equipos con las siguientes características o de calidad superior:
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Temperatura Color:
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Blanco frío (6500K)
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Potencia:
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48W
|
|
Equivalencia:
|
430W
|
|
Voltaje:
|
220-240V
|
|
Tipo de led:
|
SMD2835
|
|
Modelo:
|
Panel sobrepuesto
|
|
Flujo Luminoso:
|
4.300 lúmenes
|
|
IP:
|
20
|
|
Ángulo de apertura:
|
120°
|
Serán distribuidas de la siguiente manera:
Layout baño mujeres lamina 3 y 4
|
2.15
|
Suministro e instalación de lavamanos en fibra de vidrio
|
Tanto en baño de alumnos como en baño de alumnas, deberán ser del tipo corrido fabricados en plástico reforzado con fibra de vidrio (PRFV) de alta resistencia, incluye refuerzos a paredes y laterales. Deberán ser continuos, sin unión de módulos y su color será blanco. Los lavamanos se fabrican de acuerdo con los requerimientos descritos en la planimetría, con todos los bordes redondeados, al igual que las esquinas para su fácil limpieza. La conexión a la red de agua y alcantarillado deberá quedar resuelta en los planos como se indica en arquitectura.
lamina 3
|
2.16
|
Suministro e instalación de sifones descarga
|
Deberán ser individuales por cada lavabo. Serán en PVC con registro y se conectarán entre sí mediante un tubo PVC que descarga al piso en un solo punto.
lamina 2 y 3
|
2.17
|
Suministro e instalación de ventanas
|
La ventana irá asentada en el vano y sellada perfectamente, debiendo garantizar su absoluta impermeabilización. Serán de la línea Xelentia 43 de Indalum, Alumet, Alumco, color titanium. Se deberán incluir manillas cremona, burletes de goma, felpas y todos los elementos para una correcta ejecución de la partida. Se consultan vidrios fabricados por laminación o flotación en hojas planas elaboradas por estirado continuo, sin burbujas, repelos, semillas ni sopladuras. Normativa: NCh 132 Of. 55. Los vidrios deberán estar aprobados por esta norma, serán transparentes, sin fallas. Para el montaje de los vidrios en perfiles de aluminio. Irán en general en las ventanas, y puertas vidriadas. No se aceptarán espesores menores de 3 mm. La ventana deberá ser: corredera, fija, corredera. Con las mismas dimensiones.
lamina 3 y 4
|
2.18
|
Fabricación e instalación de protecciones
|
Se reemplazará las protecciones existentes por elementos en base a perfiles de acero en forma de ángulos de 40/40/3 mm de forma vertical, con separación de 15cm entre cada perfil, a los que se soldará malla de acero galvanizado en formato cuadriculado en 38/38 mm.
|
2.19
|
Cubículos WC fenólicos antivandálicos
|
Se instalarán divisores fenólicos con Placa Fenólica 19 mm, de color amarillo, marcos de acero inoxidable y quincallería antivandálica, sus bisagras deberán permitir que al memento de estar desocupado el cubículo, queden levemente abiertos y su apertura será hacia el exterior, tal como se muestra en planos de arquitectura.
lamina 3
|
2.20
|
Suministro e instalación de puerta de emergencia con barra anti pánico y
celosía
|
Se deberá instalar una puerta de madera con sus respectivos accesorios y marco, con las siguientes características:
● Terminación de pintura color amarillo similar a los separadores fenólicos, dos o tres manos, para asegurar color uniforme
● Marco de color verde
● Medidas 2m x 2.1m que se deberá rectificar en terreno
● Dos hojas con medidas iguales
● Celosía de ventilación inferior de 12.5 cm x 35.5 cm en ambas puertas color blanco
● Barra antipánico tipo push bar con cerradura en ambas hojas
● 2 Brazos hidráulicos adecuados para el peso de la puerta lamina 3
|
2.21
|
Suministro e instalación de papeleros acero inoxidable empotrados a cubículos
|
Se deberá instalar en cada cubículo un basurero de acero inoxidable empotrado al muro tal como se muestra en la siguiente imagen:
Lamina 3 Y 4
|
2.22
|
Suministro e instalación de jabonera
|
Se consulta por el suministro e instalación de 1 jabonera de acero inoxidable de 800 ml empotrada a la pared con una separación de 10 cm horizontalmente al vidrio, posicionando a 15 cm de distancia vertical a los lavamanos en un espacio sin lavamanos o donde la ITO estime conveniente.
lamina 3 y 4
|
2.23
|
Suministro e instalación de portarrollo papel higiénico
|
Se consulta por el suministro e instalación de un portarrollo de papel higiénico en el lugar que la ITO estime conveniente.
lamina 3 y 4
|
2.24
|
Suministro e instalación de espejos marco aluminio redondeado
|
Se considera el retiro, suministro e instalación de espejos con marco de aluminio redondeado, anclado al muro como el contratista estime conveniente, este deberá quedar sin movimiento y se debe asegurar la firmeza durante el tiempo.
Las superficies deben quedar limpias y sin grasa. Los espejos deberán cubrir el largo total del conjunto de los lavamanos, en la unión de muros debe quedar de forma continua y deberá tener una separación entre el mueble de lavamanos y el comienzo del espejo de 15 cm y un alto de piso a su alto máximo de 2m.
lamina 3 y 4
|
3.1
|
Red de agua potable y alcantarillado
|
Remítase a la partida 2.1
|
3.2
|
Construcción de nuevo pavimento con malla
|
Remítase a la partida 2.2
|
3.3
|
Estructura de acero para recibir lavamanos
|
Remítase a la partida 2.3
|
3.4
|
Suministro e instalación de WC
|
Remítase a la partida 2.4
|
3.5
|
Suministro e instalación de fluxómetros
|
Remítase a la partida 2.5
|
3.6
|
Suministro e instalación de grifo temporizado para lavamanos
|
Remítase a la partida 2.6
|
3.7
|
Suministro e instalación de sumideros
|
Remítase a la partida 2.7
Asegurándose que no haya ninguna irregularidad que pueda afectar la adherencia de la cerámica, se procederá a la instalación de esta. Se debe limpiar la superficie y debe quedar húmeda para evitar que la mezcla se deshidrate.
Se deberá instalar en los muros laterales (los muros de WC)
cerámicas de color azul verdoso, similar al de la siguiente imagen:
Referencia: Cerámica Muro Spring Verde Brillo Bold.
www.mk.cl/pme120422-spring-verde-brillo-bold-20x60- ceramicas/p?srsltid=AfmBOoo3Xj7JQVSjj3WgOMpL0x1gKIFPqBivxEmPgP-uVln2ywgE9gu6
De las siguientes características o de calidad superior:
|
Color
|
Verde
|
|
Terminación
|
Brillante
|
|
Serie
|
Spring
|
|
Espacio
|
Áreas Públicas, Baño, Cocina, Exterior, Interior
|
|
Unidad de Inventario
|
M2
|
|
Garantía
|
5 años de fabricación
|
|
Medidas
|
20x60 cm
|
|
Destonalización
|
Alta
|
|
Uso
|
Solo Muro
|
|
Forma
|
Rectangular
|
|
Borde
|
Rectificado
|
|
Junta Mínima
|
2 mm instalación recta / 3 mm instalación traslapada
|
|
Antideslizante
|
No
|
Mientras que, en el muro de urinarios y su paralelo, la fila más larga de lavamanos, se instalará cerámica blanca/beige:
Referencia: Cerámica Muro Spring Blanco Brillo Bold. De las siguientes características o de calidad superior:
|
Color
|
Azul
|
|
Terminación
|
Brillante
|
|
Espacio
|
Áreas Públicas, Baño, Cocina, Exterior, Interior
|
|
Ambiente
|
Baños Institucionales, Gimnasios, Hospitales, Living y Comedor, Sala de Estar, Dormitorio, Locales Comerciales, Centros Educacionales, Espacios Recreacionales, Oficinas, Muros Decorativos, Quincho, Terraza
|
|
Garantía
|
5 años de fabricación
|
|
Medidas
|
20x60 cm
|
|
Tipología
|
Cerámica Esmaltada Impresión Digital
|
|
Destonalización
|
Alta
|
|
Tamaño
|
Mediano
|
|
Uso
|
Solo Muro
|
|
Multidiseño
|
Entre 6 y 15 caras
|
|
Forma
|
Rectangular
|
|
Borde
|
Rectificado
|
|
Junta Mínima
|
2 mm instalación recta / 3 mm instalación traslapada
|
|
Antideslizante
|
No
|
De cambiar el modelo de la cerámica, se deberá mantener el color y las medidas.
Se utilizará adhesivo de alta calidad y resistencia específico para cerámica según las indicaciones del fabricante y en conformidad con las normas vigentes a la fecha de construcción. El adhesivo debe ser de tipo cementicio y tener una capacidad de resistencia adecuada para soportar el peso de la cerámica.
La aplicación del adhesivo será con espátula dentada procurando no dejar espacios sin rellenar.
Se cuidará la alineación, nivelación y el espaciado adecuado entre piezas. Para ello se utilizarán crucetas de plástico y niveles láser.
Se realizarán cortes precisos en la cerámica en los casos que sean necesarios para ajustarlo al diseño definido. Esto se realizará con herramientas específicas para el corte de cerámica.
Una vez finalizada la colocación de la cerámica, se procederá a retirar las crucetas de plástico y a la limpieza de la superficie para eliminar cualquier exceso de adhesivo.
La partida deberá tener el V°B° de la ITO, para eso no deberá haber desniveles entre palmetas y mantener el distanciamiento uniforme, todo con registro en el libro de obras.
Transcurrido 24 horas de la instalación del Porcelanato, se procederá con el fraguado
Se consulta la aplicación de fragüe, una vez terminada la instalación del Porcelanato, de color similar al Porcelanato instalado, este debe ser anti-humedad, anti-hongos y de larga durabilidad, marca bekron o de calidad superior.
Para la mezcla se hará con aditivo para fragüe en vez de agua, siempre siguiendo las instrucciones del fabricante.
Se debe aplicar el fragüe sobre la superficie del Porcelanato utilizando una llana de goma o espátula de goma.
Se debe presionar el fragüe en las juntas entre las piezas de Porcelanato y retirar el exceso con una esponja húmeda antes de que se seque. Se debe realizar esta operación con cuidado para evitar rayar el Porcelanato.
Una vez aplicado el fragüe, se debe dejar secar según las indicaciones del fabricante. Luego se debe proceder a pulir la superficie del Porcelanato con una esponja suave para eliminar los restos de fragüe y obtener una terminación uniforme y estética. Se recomienda utilizar productos específicos para el pulido del Porcelanato.
Se realizará una inspección detallada del trabajo terminado para verificar que se cumpla con las tolerancias del proyecto. Se verificará la delimitación de áreas de colocación y que se usó el adhesivo y sellador de juntas exigido en el plano del proyecto.
Luego de instalado el contratista tomará todos los resguardos para no manchar ni estropear las palmetas.
Remítase a la partida 2.9
Remítase a la partida 2.10
Remítase a la partida 2.11
|
3.12
|
Suministro e instalación de cornisas
|
Remítase a la partida 2.12
|
3.13
|
Instalación eléctrica
|
|
3.15
|
Suministro e instalación de lavamanos en fibra de vidrio
|
|
Remítase a la partida 2.13 Remítase a la partida 2.14
Remítase a la partida 2.15
|
3.16
|
Suministro e instalación de sifones descarga
|
Remítase a la partida 2.16
|
3.17
|
Suministro e instalación de ventanas
|
Remítase a la partida 2.17
|
3.18
|
Fabricación e instalación de protecciones
|
Remítase a la partida 2.18
|
3.19
|
Cubículos WC fenólicos antivandálicos
|
Remítase a la partida 2.19
|
3.20
|
Muretes fenólicos antivandálicos para urinarios
|
Se consulta por el suministro e instalación de separadores fenólicos blancos con las siguientes características:
|
3.21
|
Suministro e instalación de urinarios
|
Se consulta por el suministro e instalación de urinarios con las siguientes características o calidad superior, pero modelo similar:
Se deben incluir todos los elementos que necesite la instalación.
|
3.22
|
Suministro e instalación de fluxometros para urinarios
|
Se consulta por el suministro e instalación de fluxómetro expuesto para urinario con las siguientes características o de calidad superior:
|
3.23
|
Suministro e instalación de puerta de emergencia con barra anti pánico y
celosía
|
Remítase a la partida 2.20
|
3.24
|
Suministro e instalación de papeleros acero inoxidable empotrados a cubículos
|
Remítase a la partida 2.21
|
3.25
|
Suministro e instalación de jabonera
|
|
3.26
|
Suministro e instalación de portarrollo papel higiénico
|
|
|
3.27
|
Suministro e instalación de espejos marco aluminio redondeado
|
|
Remítase a la partida 2.22 Remítase a la partida 2.23
Remítase a la partida 2.24
|
4.1
|
Construcción de cámaras de registro con banquetas y tapas de cámaras
|
Se deberán instalar cámaras de inspección de sección circular en todos aquellos puntos donde se produzcan cambios de pendiente, material, diámetro y/o dirección del flujo. Además, en cada caso en que se produzca una confluencia de tuberías, de acuerdo con las disposiciones del RIIDA.
Se requiere instalar 4 nuevas cámaras de registros de materialidad hormigón prefabricado con elaboración de banquetas e instalación de tapas (ubicación dada en planos de arquitectura del proyecto) Estas cámaras de registros, servirán para el acceso y mantenimiento de las redes subterráneas de servicios higiénicos, como agua potable y alcantarillado.
Las dimensiones y características mecánicas de los elementos que constituyen las cámaras prefabricadas deben ser las indicadas en Tabla 4; los ensayos para los cuerpos se deben hacer de acuerdo con lo indicado en NCh 185.
Las distancias máximas entre las C.I. domiciliarias serán 30 m, para tuberías de 110 mm de diámetro y hasta 50 m, para diámetros de 150 mm o más. Si la distancia entre esta cámara de inspección y el colector público excede los 20 m, deberá proyectarse obligatoriamente una cámara adicional en la vía pública, previa autorización y en las condiciones que establezca la respectiva normativa vigente de modo de cumplir con este requisito. En casos debidamente calificados cuando no pueda construirse la cámara de inspección contigua a la línea de cierre está podrá colocarse en la vía pública, de conformidad con las condiciones que establezca la SISS y además deberá cumplir con la Normas Chilenas NCh 2702 – NCh 2080. (cámaras de tipo público) Se previene que en los casos de excepción a que se refiere esta norma, la responsabilidad del usuario se extiende hasta la última cámara ubicada en la vía pública, que forma parte de la instalación domiciliaria.
En caso que la cámara contemple una losa superior, esta debe tener un anillo o marco anclado a la losa, para la instalación de la tapa. EI borde inferior de la losa debe conformar la unión para su correcto ajuste con el cuerpo de la cámara. En los casos de cámaras
profundas que requieren el uso de una losa en su parte superior, esta solución puede ser reemplazada por la utilización de cámaras con características de publica.
Las cámaras de registros deberán ser impermeables para evitar filtraciones de agua. Las estructuras deben cumplir con las normativas establecidas por la SISS y estar diseñadas para soportar la carga prevista. El contratista debe cumplir con todas las regulaciones de seguridad en el lugar de trabajo.
Las banquetas deberán tener como mínimo una pendiente hacia la canaleta principal de 60% (equivalente a una inclinación de 30° respecto a la horizontal, se debe asegurar además que esté presente una planitud y lisura que evite estancamiento y depósitos. Si la banqueta es de hormigón debe ser estucada con mortero de 340 kg-cem/m3, alisados con cemento puro.
La tapa de la cámara debe ofrecer un cierre hermético (estanco) y puede ser de hormigón armado, fierra fundido, fundición dúctil u otros materiales que cumplan con las exigencias de hermeticidad y resistencia establecidas en esta norma. Las dimensiones nominales de las tapas deben ser 0,60 m x 0,60 m para las cuadradas y de D =: 0,60 m de diámetro para las tapas circulares. Se debe considerar para la correcta apertura de la cámara, elementos como ganchos, perforaciones u otros, que permitan una apertura, sin producir daños a la tapa. En aquellos casos en que la cámara de inspección se deba colocar en espacios cerrados, justificados técnicamente y aprobados por la empresa sanitaria respectiva, debe tener además de la tapa colocada a nivel de terreno, otra que se denomina contratapa, a una distancia medida desde el nivel del piso 0 tapa de 0,30 m aproximadamente, construida de hormigón armado, en una sola pieza, de medidas aproximadas de 0,58 m x 0,58 m; dicha contratapa se apoya en una saliente que se construye en todo su perímetro, en las paredes de la cámara. Para evitar el escape o paso de los líquidos y gases que se encuentran en la tubería, se deben sellar ambas tapas con grasa u otros elementos sellantes. En los casos en que la cámara se deba ubicar en lugares inundables, o pueda entrar en presión, la tapa debe ser hermética y debidamente afianzada para evitar la entrada y salida de agua. Las tapas de estas cámaras deberán ser normalizadas para resistir los esfuerzos al cual serán sometidas y con un peso apropiado para que no puedan ser trasladadas por personas ajenas a la empresa sanitaria. Estas pueden ser de Tipo “calzada”, de e= 0,10 m o de Tipo “vereda”, de e= 0,05 m. El espesor de la pared de los elementos de las cámaras fabricadas in-situ es de 0,15 m y de las cámaras prefabricas 0,10 m. Las tapas de las cámaras deben ser antideslizantes y resistentes al tráfico peatonal.
Se deberán tomar todas las medidas necesarias para minimizar cualquier impacto ambiental negativo durante la construcción. El contratista deberá ofrecer una garantía de 3 años, para las cámaras de registros instaladas.
|
4.2
|
Reposición pavimentos pasillos de circulación y entradas a los SSHH
|
Se deberá reponer el radier de cualquier demolición realizada para ejecutar las partidas.
Se consulta la construcción de un radier de hormigón de similares dimensiones demolido, con un espesor mínimo de 7 cm y una dosificación de hormigón G-20 vibrado. Bajo el radier debe ir una cama de ripio de 7 cm. Por lo bordes del radier se debe considerar una excavación de 0,20 metros de ancho y por 0,40 metros de profundidad, la que debe ser rellenada con hormigón G-20. Todos los bordes deben quedar rectos y sin imperfecciones.
|
4.3
|
Suministro e instalación de pastelones, sectores indicados en planimetría
|
El radier deberá quedar completamente nivelado, posteriormente se procederá con la aplicación, a un tramo del total del pavimento señalado, de pastelones antideslizantes. Esto será de primera calidad rectificado de 40x40 cms, contemplando una cantería de 2mm como máximo con diseño de abanico/tela de araña como se muestra en la siguiente imagen:
Referencia: https://pastelonesartepiedra.cl Código ABS2BL Para su fijación se usará una cama de ripio con mortero de pega.
Transcurrido 24 horas de su colocación se procederá con el fraguado, para lo cual, se realizará limpieza previa y eliminación de excedentes del mortero, una vez realizado este procedimiento se aplicará fragüe impermeable color a definir por la Inspección Técnica.
No se permitirán uniones desfasadas que sigan la ortogonalidad de las palmetas, tampoco pisos englobados ni sueltos. Luego de instalado el contratista tomará todos los resguardos para no manchar ni estropear las palmetas.
|
4.4
|
Instalación nuevos desagües de alcantarillado PVC
|
Se consulta la instalación de nuevas redes de alcantarillado en PVC sanitario de 110mm, para ambos sshh, considerando reducciones, nuevos ramales, tee, codos, semi curvas y todo el fittings necesario para dejar operativo todos los desagües contemplados en el proyecto de conservación.
Proyecto se hará conforme al reglamento de instalaciones domiciliarias de agua y alcantarillado RIDAA. (DS 50/2003). La elaboración y costo del diseño del proyecto respectivo será responsabilidad del contratista. Finalizando con la instalación de los nuevos desagües de alcantarillado PVC, la empresa contratista deberá presentar todas las certificaciones, planos as built y permisos correspondientes de factibilidad.
Se debe considerar conexión a servicios existentes, por lo cual, se deberá solicitar factibilidad para ampliación de servicio deberá asumir el diseño, la realización del estudio y regularización de la red existente a la cual se conectaría. Consecuentemente, según sea el caso, el contratista deberá encargarse de la presentación del proyecto a la entidad correspondiente, para su revisión y aprobación. Posteriormente se encargará de ejecutar y tramitar la autorización de conexión y empalme a las redes, finalizando con la ejecución y puesta en servicio. El contratista será responsable de la eventual rotura y reposición de cañerías existentes que impliquen el desarrollo del proyecto.
|
4.5
|
Provisión e instalación de escaños hormigón 180 cms
|
Se consulta la provisión e instalación de 6 escaños de hormigón de 180 cms. Escaño de hormigón armado vaciado de alto tráfico para plazas, colegios y lugares afines. Construido con Calidad de Hormigón G30, Pulido gris. Tiene aristas biseladas que mejoran la resistencia a los despuntes por impactos. Sello anti-graffiti, color transparente, y una terminación mate para hormigón. Anclaje mediante espárragos y grouting nivelador color mate. Escaño terminado en pulido gris.
Se considera retiro y limpieza de toda el área de intervención, todos los excedentes que se generen producto el desarrollo de las faenas, para lo cual consultará un aseo general y transporte de todo tipo de escombros generados por la ejecución de las obras a botadero autorizado en la Región Metropolitana.
FIN DE BASES TÉCNICAS.
III. DE LA EVALUACIÓN
|
Criterios de Evaluación
|
La evaluación de las ofertas se realizará en conformidad a los siguientes criterios de evaluación:
|
N°
|
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
PONDERACIÓN
|
|
1
|
Oferta Económica
|
60%
|
|
2
|
Experiencia del oferente
|
30%
|
|
3
|
Comportamiento contractual anterior
|
7%
|
|
4
|
Programas de integridad y Ética Empresarial
|
1%
|
|
5
|
Cumplimiento Requisitos Formales
|
2%
|
|
|
TOTAL
|
100%
|
Nota: El puntaje total final de cada proponente se obtendrá mediante la sumatoria de los porcentajes parciales obtenidos debido a la aplicación de los criterios de evaluación indicados.
Los criterios de evaluación se aplicarán conforme a criterios y determinarán el puntaje al oferente adjudicado.
Nota: Para efectos de puntajes, se considerarán 2 (dos) decimales, sin aproximación.
DETALLE DE CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
- OFERTA ECONÓMICA (60%)
El puntaje de este criterio será asignado en consideración a lo declarado por cada oferente, en concordancia con lo señalado en el Anexo N°8-A.
La evaluación se hará a partir de la siguiente fórmula:
Donde:
La oferta económica declarada considera todo costo asociado a la prestación objeto de esta licitación, por lo que todo gasto adicional que tenga relación directa con los servicios requeridos deberá ser de cargo exclusivo del proveedor que resulte adjudicado.
- EXPERIENCIA DEL OFERENTE (30%) ANEXO N°9
Se evaluará la experiencia del Oferente en el rubro según la acreditación de obras de conservación, normalización, mejoramiento en obras civiles públicas o privadas, que no constituyan viviendas u obras civiles en bien nacional de uso público.
Para la evaluación de la experiencia de la empresa el oferente debe presentar certificaciones emanadas de las instituciones públicas o privadas que acrediten la ejecución de los servicios.
Se acreditará la experiencia con la siguiente documentación y sólo se considerarán las que incluyen en su contenido los m2 ejecutados igual o superiores a 300 m2 desde el año 2015 a la fecha. Los archivos de acreditación de experiencia deberán venir en formato PDF debidamente numerados y en concordancia al listado del Anexo N°9.
Se aceptará como acreditación de experiencia lo siguiente:
- Por Instituciones Públicas:
- de una obra ejecutada. El certificado debe indicar los m2 ejecutados o documentación que respalden su cantidad de obras ejecutas y el año de ejecución.
- Por Instituciones Privadas:
- El certificado debe indicar los m2 ejecutados o documentación que respalden su cantidad de obras ejecutas y el año de ejecución.
Y, además:
- Contrato firmado por ambas partes.
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente tabla:
|
Experiencia
|
Puntaje
|
|
Oferente acredita 10 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
|
100
|
|
Oferente acredita entre 8 y 9 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
|
75
|
|
Oferente acredita entre 4 y 7 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
|
50
|
|
Oferente acredita entre 1 y 3 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
|
25
|
|
El oferente no acredita experiencia
|
0
|
Nota 1: Sólo se contabilizarán las 10 primeras acreditaciones de experiencia informadas en el Anexo N°9 con los respaldos adjuntos. Cualquier certificado adicional no será contabilizado.
Nota 2: Si el certificado no especifica claramente el tipo de obra acreditada, quedara excluido (obras de construcción de acuerdo con lo señalado precedentemente)
Nota 3: Si el certificado no especifica claramente el monto de la experiencia No será considera y quedará excluido de su contabilización.
Nota 4: Se considerará un certificado por cada obra, en caso de que el certificado presentado contenga más de una obra solo se contabilizara la primera de ellas.
Nota 5: Los archivos de respaldo de experiencia deberán venir en formato PDF debidamente numerados y siguiendo el mismo orden declarado por el oferente en el Anexo N°9. Adjuntando y señalando claramente la documentación que acredita cada experiencia.
Nota 6: Serán consideradas las que incluyen en su contenido los m2 ejecutados igual o superiores a 300 m2 desde el año 2015 a la fecha.
Nota 7: La no presentación de Anexo N°9 significará puntaje 0.
Nota 8: En el caso de presentar certificados emitidos por terceros, estos no serán considerados, como además aquellos emitidos por el mismo proveedor y/o alguno de sus representantes.
Puntaje Experiencia del Oferente = Puntaje obtenido * 30%
|
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente fórmula:
- COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (7%).
Para la evaluación de este criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del Oferente, respecto de los contratos con entidades públicas, durante los últimos 2 años hasta la fecha de publicación de la presente licitación. Esta información será obtenida de la ficha del proveedor obtenida del Registro de Proveedores en el portal de Mercado Público. Sólo se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado.
Para el caso de UTP este criterio se aplicará para todos los integrantes.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
|
COMPORTAMIENTO CONTRATUAL ANTERIOR
|
Puntaje
|
|
El oferente NO registra multas/sanciones dentro del periodo señalado.
|
100
|
|
Registra multas multas/sanciones dentro del periodo señalado.
|
0
|
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje Evaluación Comportamiento Contractual anterior = Puntaje obtenido * 7%
|
- PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL (1%) ANEXO N°6
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en Anexo N°6 Programa de Integridad. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal.
Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de las UTP cabe señalar que cada uno de sus integrantes deberá completar este anexo y asimismo adjuntar sus respectivos programas de integridad, en caso de tenerlos.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
|
Declaración Jurada Simple
|
Puntaje
|
|
No cuenta con un Programa de integridad que sea conocido por su personal en su empresa.
|
0
|
|
Cuenta con un Programa de integridad que sea conocido por su personal en su empresa, proporcionando el documento que lo respalde y la difusión al personal.
|
100
|
Nota 1: En el caso de UTP será considerado que “El oferente dispone de un Programa de Integridad conforme a lo establecido en el criterio” cuando todos los integrantes de la UTP dispongan del Programa de Integridad.
Nota 2: El oferente deberá adjuntar la documentación en la cual conste el Programa de Integridad, alcance y medios de verificación que den cuenta que el Programa de Integridad es conocido por su personal y colaboradores.
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje Declaración Jurada Simple = Puntaje obtenido * 1%
|
- CUMPLIMIENTOS DE REQUISITOS FORMALES (2%)
El oferente debe presentar la totalidad de los documentos requeridos en el ingreso de los antecedentes, tanto los obligatorios (anexos) como sus complementos y respaldos solicitados según corresponda.
|
Declaración Jurada Simple
|
Puntaje
|
|
Presenta todos los anexos, complementos y/o respaldos, conforme a las Bases de Licitación en forma y fondo.
|
100
|
|
No presenta todos los anexos, complementos y/o respaldos, conforme a las Bases de Licitación en forma y fondo.
|
0
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Para evaluar un documento como debidamente presentado, se considerará la vigencia de este y el formato que se detalla en los anexos de este mismo documento.
No se consideran los anexos de carácter informativo dentro de los documentos requeridos para el ingreso de antecedentes.
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Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales = Puntaje obtenido * 2%
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