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Bases Técnicas y Administrativas |
- BASES ADMINISTRATIVAS
- Características de la Licitación
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Nombre de la Licitación
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“PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
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Descripción
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El Servicio Local de Educación Pública de Santa Rosa, en adelante también “SLEP SANTA ROSA”, en el cumplimiento de sus funciones como entidad sostenedora de los establecimientos educacionales de su dependencia, requiere contratar PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA.
En mérito de lo anterior, el SLEP SANTA ROSA, convoca el presente proceso de licitación pública, con el objetivo de disponer de la ejecución de obras civiles, de acuerdo con los requerimientos explicitados en estas Bases Administrativas, Bases Técnicas, Planos referenciales y demás documentación que forme parte o complementen la presente licitación.
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Tipo de Licitación
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Licitación Pública entre >=1.000 y < 5.000 UTM (LP)
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Tipo de Convocatoria
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Abierta
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Moneda
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Peso Chileno
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Presupuesto Disponible
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$240.629.189.- (doscientos cuarenta millones seiscientos veintinueve mil ciento ochenta y nueve pesos) impuestos incluidos.
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Contrato
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Requiere contrato
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Tipo Contrato
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Contrato suma alzada
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Reajuste de precios
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No contempla reajuste de precios
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Etapas del proceso de apertura
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Una Etapa
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Toma de Razón Contraloría
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No aplica
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Publicidad de Ofertas Técnicas
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Si
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Definiciones
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Para la correcta aplicación de las presentes Bases, se entiende por:
Antecedentes del Contrato
Lo constituyen todos los documentos que forman parte de la Licitación.
Aumento o Disminución de obras
La modificación, autorizada por el Mandante, de cantidades de obras indicadas por la Inspección Técnica de Obras, en adelante también “ITO”, en los documentos de la licitación, las cuales se podrán indicar durante la ejecución de la obra.
Bases
Conjunto de normas que regulan una licitación y el posterior contrato de ejecución de la obra, al que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas y Técnicas, Instructivo de Documentos y Formularios, las Especificaciones Técnicas, Planos referenciales, Aclaraciones, Consultas y Respuestas y/o cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación.
Contratista
Persona natural o jurídica que, en razón de haberse adjudicado la propuesta, suscribe con el mandante el contrato de ejecución de la obra, adquiriendo los derechos y contrayendo las obligaciones estipuladas en éste.
Equivalente Técnico Certificado
Material, equipo o sistema, de igual o superior calidad respecto al definido en el proyecto y que cuente con certificación de sus propiedades de equivalencia en el producto reemplazante.
Mandante
Para la presente licitación, se entiende por Mandante al Servicio Local de Educación Pública de Santa Rosa.
Obras Nuevas o Extraordinarias
Obras que se incorporan o agregan al proyecto durante su ejecución, para llevar a un mejor término la obra contratada.
Oferta
Conjunto de antecedentes que presenta la Empresa o persona natural para la ejecución de la obra en licitación.
Planos Generales
Los diseños que, indicando ubicación, forma y medida, permiten un juicio completo de la obra por realizar y a una escala conveniente para su interpretación correcta y acertada.
Planos de detalle
Los diseños a escala adecuada para realizar la construcción, las piezas o las partes del proyecto, contenidos en los planos generales.
Plazos
El espacio de tiempo establecido en estas bases o en el Contrato, dentro del cual las partes deben cumplir con las obligaciones contraídas o ejercer los derechos que emanan del contrato de ejecución de obras.
Los plazos establecidos en las presentes Bases se entenderán de días corridos, salvo indicación expresa en contrario. Para efectos de la presente licitación, se considerarán hábiles, los días lunes a viernes inclusive, exceptuando los feriados y festivos, y se considerarán corridos, los días lunes a domingo, incluido feriados y festivos.
En el evento que el último día de plazo recayera en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente para el día hábil siguiente.
Presupuesto Oficial
El estudio detallado efectuado por el Mandante de las cantidades, precios unitarios y precio total previsto para una obra y que representa la opinión oficial sobre su valor.
Programa de Trabajo.
La ordenación dentro del plazo del contrato, del desarrollo de las diversas etapas, partidas o ítem de la obra, sea que ella deba ser ejecutada en forma simultánea o sucesiva.
Proyecto.
Conjunto de antecedentes que permiten la identificación de la obra a realizar y que incluye bases, todos los antecedentes que se realizaron para la elaboración del proyecto, diseños de ingeniería, arquitectura, especificaciones técnicas y todos los demás documentos de la licitación, que formen parte integrante de la licitación, que el oferente deba conocer para realizar su oferta.
Suma Alzada
Oferta a un precio determinado, sin reajustes ni intereses, en los términos que se establecen en el contrato.
Inspección Técnica de Obra.
La instancia encargada de supervisar que la obra se ejecute conforme a las normas de construcción aplicables a la ejecución de la obra, al permiso de construcción aprobado y sus modificaciones.
Carta Gantt
Herramienta de planificación del proyecto donde se representan las diferentes tareas con sus tiempos y personas responsables.
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Normativa aplicable
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Las obras se licitarán, contratarán y ejecutarán de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos:
a) Bases Administrativas (Normas Generales y Especiales) y sus modificaciones si las hubiere.
b) Bases Técnicas (especificaciones técnicas, etc.) y sus modificaciones si las hubiere.
c) Respuestas y Aclaraciones entregadas a los Oferentes a través del portal Mercado Público, dentro del plazo establecido en las Bases, las que se entienden forman parte integrante de las mismas. Con todo, si las modificaran, deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, dictado antes o en el momento mismo de la adjudicación.
d) Contrato de ejecución de obras, celebrado entre la Unidad Técnica y el Adjudicatario, y sus modificaciones si las hubiere.
En todo caso, deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria sobre la materia.
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- Antecedentes básicos del organismo demandante
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Razón Social
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA
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Unidad de Compra
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Programa 02
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RUT
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61.981.070-8
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Dirección
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El Llano Subercaseaux 3629, piso 11.
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Comuna
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San Miguel
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Región en que se genera la adquisición
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Metropolitana
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Representante legal
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Luis Emilio Echeverria Donaire
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- Datos de contacto para esta contratación
- Etapas y plazos
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Fecha de Publicación
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Dentro de las 24 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución aprobatoria de las bases.
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Fecha de inicio de consultas
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Desde el día de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Visita a terreno
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De carácter obligatorio a realizarse el 4° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.
La visita se realizará en las dependencias del establecimiento ESCUELA LA VICTORIA, ubicada en PRIMERO DE MAYO 4710, comuna de PEDRO AGUIRRE CERDA, a las 10:00 hrs AM. Y existirá un margen de espera de 10 minutos, quien supere dicho plazo, no será considerado en la visita.
Quien asista a la Visita a Terreno solo podrá representar e inscribir en el acta a una sola empresa.
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Fecha final de consultas
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Hasta el 5° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha publicación de respuestas
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Hasta el 8° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha de cierre de recepción de las ofertas
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20° días corridos a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 20:00 hrs.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido dos (2) o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos (2) días hábiles, por una sola vez.
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Apertura de las ofertas
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El día hábil siguiente al cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 08:00 hrs.
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Fecha de adjudicación
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Hasta 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
Si por cualquier causa no fuera posible adjudicar en la fecha informada en la ficha de la Licitación, se comunicarán oportunamente los motivos, informando una nueva fecha a través del portal de la Licitación, sin necesidad de dictar un acto administrativo previo.
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Firma del Contrato
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Hasta 10 días hábiles desde el envío del contrato por parte del SLEP Santa Rosa al proveedor adjudicado.
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Se hace presente que, atendidas razones de operación del Portal www.mercadopublico.cl, los plazos señalados en el calendario anterior se comienzan a computar del día siguiente a la publicación del llamado a Licitación en el referido Portal.
Asimismo, se hace presente que los plazos están sujetos a ajustes en caso de que alguno de ellos recayere un sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se contabilizará desde el día hábil inmediatamente siguiente.
- Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases
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5.1. Preguntas y respuestas
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Los interesados en participar en esta Licitación Pública podrán consultar y solicitar aclaraciones en los plazos señalados en la cláusula 4 de estas bases a través del foro electrónico disponible en la página web www.mercadopublico.cl, conectando el ID correspondiente a esta Licitación.
Las respuestas y las aclaraciones, si las hubiere, serán emitidas por las instancias técnicas del Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa que tendrán participación en el presente proceso Licitatorio, de acuerdo con lo señalado en el cronograma de la presente Licitación y dentro del horario que determine el Portal www.mercadopublico.cl.
Se deja constancia que las respuestas y aclaraciones solo se efectuarán a través del foro electrónico existente en el portal www.mercadopúblico.cl. No se responderán consultas fuera de este medio.
Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones se entenderán incorporadas a las presentes Bases Administrativas en todo aquello que las complemente o rectifique, y que no sea expresamente excluido por el Servicio.
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5.2. Modificaciones a las bases
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Se podrán modificar las bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, y se entenderá que forman parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Si se modifican elementos de las bases, cuando esto sea esencial para el correcto desarrollo del proceso Licitatorio, deberá efectuarse mediante la correspondiente resolución, hasta antes del cierre de ofertas, debiendo extenderse el plazo de cierre de ofertas hasta en 5 días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar su oferta.
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5.3. Bases técnicas
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Las bases técnicas y administrativas que rigen este proceso de Licitación, junto con las especificaciones técnicas en ellas contenidas, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, el día hábil siguiente a la total tramitación de la resolución aprobatoria, pudiendo los interesados acceder a ellas ingresando a dicho sitio web, a partir de esa fecha.
En caso de existir discrepancia entre lo dispuesto en las bases administrativas y en la ficha del sistema de información www.mercadopublico.cl, prevalecerán aquellas por sobre ésta última.
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- Instrucciones para presentar ofertas
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6.1. Presentación de ofertas por sistema
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Obligatorio
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6.2. Vigencia de las ofertas
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Las ofertas se mantendrán vigentes 90 días corridos desde la fecha de recepción de las ofertas.
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6.3. Documentos Administrativos
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- Anexo Nº1: Formulario de datos del oferente. En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado.
- Anexo N°2: Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. ADJUNTAR (F-30).
- Anexo N°3: Fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante Legal de la Empresa, de la persona natural o representante de la UTP.
- Anexo N°4: Declaración Jurada Simple de los Principales Socios y/o Accionistas.
- Anexo N°5: Declaración Jurada Pacto de Integridad
- Anexo N°6: Programa de Integridad y Ética Profesional
En el caso de uniones temporales de proveedores, el proveedor deberá adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma
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6.4. Documentos Técnicos
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- Anexo N°7: “Plazo de Ejecución”
- Anexo N°9: “Experiencia del Oferente”
- Anexo N°10: “Capacidad Económica”
- Anexo N°11: “Certificado de Registro Contratista”
- Anexo N°12 (Informativo): “Planimetría”
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6.5. Documentos Económicos
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- Anexo N°8-A: “Oferta Económica” (PDF)
- Anexo N°8-B: “Itemizado” en formato (PDF y Excel)
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6.6. Consideraciones
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Los Anexos deberán ser suscritos por el oferente, en el caso de tratarse de una persona natural o por el o los representantes legales de los oferentes, cuando se trate de personas jurídicas, y por el representante de la UTP en el caso que corresponda
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío de ofertas que entrega el sistema. Por tanto, es responsabilidad del oferente verificar que su propuesta y sus antecedentes se hayan ingresado correctamente a la plataforma
Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
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De los Documentos Administrativos
Los participantes deberán presentar junto con su propuesta técnico-económica, los documentos y antecedentes que se detallan a continuación. Sólo se recibirán documentos electrónicos los que deberán ser enviados a través del sistema de información de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de recepción de ofertas, en el horario que determine el portal.
Los interesados que se encuentren inscritos deberán publicar en su oferta sólo aquellos documentos administrativos que no se encuentren debidamente digitalizados o que no consten en el registro www.mercadopublico.cl
Los interesados que no se encuentren inscritos deberán igualmente acompañar los documentos administrativos a través del portal www.mercadopublico.cl
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6.6.1. Persona Natural
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- Anexo N°1 Formulario de datos del oferente.
- Fotocopia simple de cédula de identidad Anexo N°3.
- Declaración Jurada Pacto de Integridad, Anexo N°5
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6.6.2. Persona Jurídica
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- Anexo N°1 Formulario de datos del oferente. En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado
- Certificado de cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales (F30), de cobertura nacional, extendido por la Inspección del Trabajo competente, vigente al momento del acto de apertura y referido al período de los últimos dos años. Anexo Nº2.
- Fotocopia simple de cédula de identidad del representante legal de la empresa Anexo N°3.
- Anexo N°4, Declaración Jurada Simple de Los Principales Socios y/o Accionistas.
- Anexo N°5, Declaración Jurada Pacto de Integridad.
- En el caso de uniones temporales, el proveedor deberá adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS SÓLO SERÁN REQUERIDOS AL PROVEEDOR ADJUDICADO:
Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
En caso de sociedades:
- Copia simple de escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere; y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio.
- Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
- Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
10. Copia simple de la cédula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados.
11. Las Sociedades que se acojan a la Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar la documentación de Constitución, Estatutos y demás antecedentes emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo.
12. Cabe destacar que los documentos señalados en los numerales a.2 y a.3 los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, NO cumplen con la certificación de vigencia solicitada.
En caso de Fundaciones o Corporaciones:
13. Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
14. Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
15. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica.
16. Copia simple del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
17. Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.
Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
18. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
19. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
20. Deberá designar domicilio en Chile.
21. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
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6.6.3. Unión Temporal de proveedores
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En caso de que se conforme una UTP para participar en la presente licitación, se establecen las siguientes reglas especiales para la presentación de ofertas:
- Presentar un instrumento público o privado, en que se individualice cada una de las personas naturales o jurídicas que participarán en forma conjunta, se establezca la solidaridad respecto de todas las obligaciones que se generen con este Servicio; y se designe de entre ellas, un mandatario o representante común con poderes suficientes para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, y todas las modificaciones que sean requeridas, obligando solidariamente a todos los integrantes de la asociación respecto del cumplimiento de cada una de las obligaciones derivadas de las bases de licitación, de la propuesta presentada y del contrato.
- El apoderado designado de la UTP deberá firmar la “declaración jurada de requisitos para ofertar”, en el formato online que entrega el portal www.mercadopublico.cl al momento de ofertar, verificando el cumplimiento de los requisitos de cada uno de los integrantes que conformen la UTP y en representación de la misma.
Si durante el proceso licitatorio se retira uno o más de los integrantes de la UTP, esta deberá informarlo inmediatamente al SLEP, indicando además si la UTP continuará participando en la licitación, o si desistirá de esta.
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- Participantes e Inhabilidad Para Presentar Ofertas.
Pueden participar aquellas personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o unión temporal de éstas, que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente y en las presentes Bases de Licitación.
No pueden participar quienes, al momento de presentación de su oferta, se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades que establece el artículo 4 de la Ley N° 19.886; es decir aquellos que se encuentren condenados por prácticas antisindicales; condenados por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores; condenados por delitos concursales previstos en el artículo 27 de la Ley N° 19.913, en el artículo 8° de la Ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal.
Asimismo, no pueden participar y presentar ofertas, quienes se encuentran contemplados en las situaciones establecidas en el inciso sexto del artículo 4, de la Ley N° 19.886, es decir no pueden presentar ofertas aquellos funcionarios Directivos de la Institución Compradora o exfuncionarios que a la fecha de cierre de tramitación de las presentes bases, no lleven un periodo superior a 1 año fuera de la institución, ni con personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ni las empresas en que estos funcionarios o familiares sean parte, cuya participación sea del 10% o más del capital; ni los Gerentes, administradores, directores o representantes de dichas empresas. Lo anterior, de conformidad a lo que establece el dictamen N° 20.454 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Para efectos de acreditar que no hay afectos a la inhabilidad señalada, los proponentes deberán suscribir y adjuntar a sus ofertas la Declaración Jurada Simple acompañada en estas Bases como Anexo N°2, sin perjuicio de las indagaciones que pueda efectuar el Servicio.
En el mismo sentido, tampoco pueden presentar ofertas, aquellos que estén afectos a la prohibición de contratar con la Administración del Estado, contenida en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973, de conformidad con lo que establece el dictamen Nº7.672 del 2020.
También deben, al momento de presentar sus ofertas, acreditar que no les afecta la prohibición de contratar con la Administración del Estado contenida en el artículo 10 de la Ley N° 20.393, de acuerdo con lo que dispone el dictamen N° 24.695 de 2019.
- Antecedentes para contratar
El proponente adjudicado deberá contar con sus antecedentes vigentes en el portal de Chile Proveedores, en particular, los indicados en el numeral precedente, si su vigencia es mayor de 60 días, deberá incorporarlos actualizados en los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Por otro lado, el oferente que se adjudique la presente licitación en ningún caso podrá contratar a personal que presente inhabilidades para el trabajo con menores de edad. En este sentido, es de exclusiva responsabilidad del proveedor asegurar que este requisito se cumpla en toda la dotación del personal contratado.
- Naturaleza y monto de las garantías.
9.1. Garantía de Seriedad de la Oferta.
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Tipo de documento
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Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, certificado de fianza o cualquier otro instrumento financiero que sea pagadero a la vista, irrevocable y a primer requerimiento, que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, y que cumpla con lo dispuesto en el Artículo 52 del Decreto N° 661 de 2024.
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Beneficiario
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Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa RUT N° 61.981.070-8
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Fecha de vencimiento
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Deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
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Monto
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$1.000.000.- (un millón de pesos)
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Glosa
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“Para garantizar la Seriedad de la Oferta en el llamado a Licitación Pública ID…………. ”.
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Forma y oportunidad de restitución
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- Respecto de los oferentes cuyas ofertas fuesen declaradas inadmisibles, podrán retirarla a contar del cuarto día hábil a la fecha de adjudicación informada en el portal de mercado público.
- Respecto de los oferentes no adjudicados, podrán solicitar la devolución de su garantía a contar del quinto día hábil siguiente a la fecha en que la resolución que adjudique la propuesta sea publicada en el portal de mercado público, en cuyo caso se entenderá que renuncian a la posibilidad de readjudicación. Para ello deberá indicar en asunto “solicita devolución de la boleta de garantía”, indicar motivo de retiro y los antecedentes del instrumento (número y banco emisor).
- El correo deberá ser enviado a licitaciones@slepsantarosa.gob.cl , con a lo menos 48 horas de anticipación, indicando el día y la hora estimada del retiro de la boleta y el nombre de la persona responsable de realizar el trámite. Debe presentar poder simple del representante legal de la empresa involucrada y fotocopia del RUT de la empresa.
- Respecto del oferente adjudicado, se devolverá una vez recibida en conformidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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Descripción
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La caución deberá ser pagadera a la vista y de carácter irrevocable. Para efectos de remitir esta garantía, proveedor deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 52 del Decreto N° 661, de 2024, en el sentido de tener presente que “la garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”; así aquellas garantías que sean emitidas y suscritas en formato físico, deberán ser entregadas físicamente en la Oficina de Partes “SLEP SANTA ROSA”, ubicada El Llano Subercaseaux 3629 piso 1, comuna de San Miguel, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, entre las 09:00 y las 13:00 horas, hasta el día de cierre de recepción de las ofertas; de igual forma se recomienda adjuntar recepción de documento en su oferta en el portal de mercado público. Para los casos en que la Garantía se otorgue y suscriba por medio de firma electrónica, podrá entregarse de manera electrónica, teniendo presente lo contemplado en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica, y servicio de certificación de dicha firma. Para lo anterior, enviar el instrumento de garantía digitalizado a oficina de partes al correo oficinapartes @slepsantarosa.gob.cl con copia al correo electrónico licitaciones@slepsantarosa.gob.cl , hasta el día y hora de cierre de la recepción de las ofertas, Así mismo, se recomienda ingresarla junto a su oferta electrónica en el portal Mercado Público.
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Cobro del documento de seriedad de la oferta
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El Servicio cobrará el documento de garantía de seriedad de la oferta, en cualquiera de los siguientes casos:
a) El oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente durante el periodo de vigencia de ésta.
b) Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.
c) Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo estipulado.
d) Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
e) Si el adjudicatario no se inscribe o regulariza su registro, en el plazo establecido en bases, en el registro de Chile Proveedores.
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9.2. Garantía Fiel Cumplimiento del Contrato
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Tipo de documento
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Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el Artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024.
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Beneficiario
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Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa RUT N° 61.981.070-8
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Fecha de vencimiento
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Deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles posteriores a la fecha de ejecución de la obra.
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Monto
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5% del monto total neto del contrato, y deberá expresarse en pesos chilenos.
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Glosa
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID…………… (ID de la Licitación) y de los derechos laborales de los trabajadores”.
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Forma y oportunidad de restitución
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Para realizar la restitución de la boleta, el proveedor deberá ingresar por oficina de partes la solicitud por escrito con la firma de su representante legal. El Servicio tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para realizar la restitución, después del ingreso de la solicitud y será realizada una vez que:
- Se haya cumplido la fecha vencimiento del documento. Previa acreditación del pago de obligaciones laborales y sociales de los trabajadores.
- Se haya cumplido la fecha del documento, previa acreditación del pago de la totalidad de las multas.
- Habiéndose cumplido el plazo de ejecución de los servicios, el Administrador de Contrato ratifique el cumplimiento total de todas las obligaciones contratadas.
- Se presente la garantía para caucionar la correcta ejecución de las obras.
Se deja constancia que retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor en los plazos y fechas establecidos y previamente informados.
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Descripción
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Esta garantía deberá ser entregada físicamente en la oficina de partes del Servicio Local ubicadas en El Llano Subercaseaux 3629 piso 1, San Miguel, al momento de la firma del contrato, entre las 09:00 y 13:00 horas, por lo que se estipula un plazo no superior a 5 días hábiles. o en su defecto, en caso de corresponder a una póliza digital se permitirá enviar el antecedente a oficina de partes al correo oficinapartes@slepsantarosa.gob.cl con copia al correo electrónico licitaciones@slepsantarosa.gob.cl . En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma
Esta garantía sólo será entregada por el proveedor adjudicado.
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Cobro de documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
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El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se cobrará en los siguientes casos:
- En caso de terminar anticipadamente el contrato por incumplimiento grave de las obligaciones.
- En caso de incumplimiento en las obligaciones laborales y sociales del contratista.
- No pago de multas en los plazos establecidos en estas bases y/o el respectivo contrato.
- Para el pago de multas, cuando el cúmulo de éstas constituye incumplimiento grave, es decir cuando sumadas exceden el 20% (veinte por ciento), del precio total del contrato
- Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.
En el caso que el cobro del documento de garantía se deba a alguna de las cuatro últimas causales, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera.
En caso de no restituir el documento de garantía en los plazos indicados precedentemente, se procederá al termino anticipado del contrato.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato.
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9.3. Garantía por Correcta Ejecución de las Obras
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Tipo de documento
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Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el Artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024.
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Beneficiario
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Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa RUT N° 61.981.070-8
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Fecha de vencimiento
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Deberá tener una vigencia mínima de 12 meses posteriores a la fecha establecida en el Acta de Recepción Provisoria de Obra Terminada sin observaciones.
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Monto
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5% del monto total neto del contrato, y deberá expresarse en pesos chilenos.
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Glosa
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“Para garantizar la correcta ejecución de las obras del contrato derivado del ID……………” (ID de la Licitación) e identificación del contrato.
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Forma y oportunidad de restitución
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En el caso del último estado de avance y estado de pago, el Contratista deberá presentar a la contraparte técnica, en los documentos para tramitar el pago, el Acta de Recepción Provisoria de Obra Terminada sin observaciones, y comprobante de ingreso de la Garantía por Correcta Ejecución de las Obras.
Para efectos de remitir esta garantía, proveedor deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 121 del Decreto N°661, de 2024, en el sentido de tener presente que “la garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”; así aquellas garantías que sean emitidas y suscritas en formato físico deberán ser entregadas físicamente en la Oficina de Partes “SLEP SANTA ROSA”, ubicada El Llano Subercaseaux 3629 piso 1, comuna de San Miguel, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, entre las 09:00 y las 13:00 horas. Para los casos en que la Garantía se otorgue y suscriba por medio de firma electrónica, podrá entregarse de manera electrónica, teniendo presente lo contemplado en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica, y servicio de certificación de dicha firma. Para lo anterior, enviar el instrumento de garantía digitalizado a oficina de partes al correo oficinapartes@slepsantarosa.gob.cl con copia al correo electrónico licitaciones@slepsantarosa.gob.cl
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Descripción
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Cauciona la correcta ejecución de obras, estando en uso y con recepción. Las obras no deberán presentar fallas atribuibles a los procesos llevados a cabo por el adjudicado. De presentarse fallas de responsabilidad del adjudicado, se hará cobro de esta garantía.
La presentación de esta garantía será requisito para efectuar el último estado de pago indicado en las presentes Bases, se presenta para reemplazar la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y asegurar la correcta ejecución de las obras.
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Cobro Garantía de
Correcta Ejecución de
las Obras
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Durante el período de garantía, el Contratista a requerimiento escrito de SLEP y en el plazo que ésta le indique, deberá reparar, sustituir o modificar toda parte de la obra, construcción material o equipo defectuoso que no cumpla con las especificaciones, sea inoperante, deficiente o que se encuentre en malas condiciones, excepto que se originen por mal uso o falta de mantención adecuada. Esta exigencia es válida aun habiéndose firmado un finiquito por término anticipado de contrato y será la garantía que se utilice para el caso de existir mayor valor de las obras si ha sido necesario que la SLEP las ejecute directamente o a través de otra persona.
Si vencido el plazo otorgado por el SLEP el Contratista no hubiese efectuado las reparaciones o sustituciones señaladas, el SLEP podrá realizarlas en la forma que estime conveniente, cargando al Contratista los gastos que se ocasionen por tal motivo haciendo efectivas en forma parcial o total las garantías según corresponda, sin que el Contratista pueda formular a SLEP cargos por esas acciones.
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10. Seguros
10.1. Póliza de Seguro por Daños a Terceros
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TIPO DE DOCUMENTO
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El contratista deberá contratar una póliza de seguros contra daños a terceros, a su costo y a favor de la Unidad Técnica, por los posibles daños que se pudiera ocasionar a particulares, cualquier daño a la propiedad de terceros, muerte, incapacidad, gastos médicos.
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BENEFICIARIO
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PUBLICA SANTA ROSA. RUT 61.981.070-8.
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FECHA DE VENCIMIENTO
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Vigencia: Deberán estar vigentes durante toda la ejecución de las obras y hasta 90 días posteriores a la recepción provisoria sin observaciones.
En caso de haber aumentos de plazo del contrato también deberán modificarse los plazos de vigencia de las pólizas a fin de que su cobertura se extienda hasta los 90 días posteriores a la recepción provisoria. Este aumento de vigencia se exigirá solamente si el nuevo plazo contractual más su adicional no resultan cubiertos por la póliza original.
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MONTO
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250 UF, sin deducible.
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GLOSA
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Por responsabilidad civil por las obras del contrato “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PUBLICA SANTA ROSA, ID ……… (ID de la Licitación)”.
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DESCRIPCIÓN
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Inmediatamente tras la notificación de la Resolución de Adjudicación, el Adjudicatario deberá tramitar la Póliza y tendrá que presentar dicha Póliza, o en su defecto, el Certificado de su Contratación de la Compañía Emisora (que demuestre que ha sido contratado por el Adjudicatario), al Servicio, en un plazo no mayor a los 8 días hábiles contados desde dicha notificación.
El Seguro que contratará la empresa deberá ser sin deducible. En la eventualidad que no se pueda contratar un seguro bajo esas condiciones, el contratista asumirá el monto del deducible asociado al porcentaje más alto indicado para los deducibles en el documento, ante toda y cada eventualidad que se produzca.
Puede aceptarse por el total deducible, una Boleta de Garantía Bancaria, Nominativa a favor del Servicio u otro documento que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024, que cumpla con los mismos requisitos de vigencia señalados para el Seguro y que se deberá entregar al Servicio en el mismo plazo.
La póliza de responsabilidad civil deberá ser pagada al contado por el Contratista, presentando fotocopia de los documentos donde conste dicho pago y deberá contener, en forma explícita, cláusulas de responsabilidad civil cruzada, rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentra vigente), de renuncia a los derechos de subrogación y una indicación de la imposibilidad de cancelar o dar término al seguro por parte del Contratista sin la aprobación por escrito del Servicio.
De producirse daños a terceros, el Contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados. Así, en caso que la compañía de seguro se negase a pagar total o parcialmente los daños producidos, ya sea porque no estén incluidos en las cláusulas del seguro comprometido, o porque el valor del daño es menor o igual al deducible que impone la compañía, o porque el monto asegurado se encuentra parcial o totalmente ocupado por otros accidentes ocurridos en este Contrato, o porque el monto asegurado es inferior al monto a indemnizar, la diferencia entre el monto pagado con cargo a la póliza y el monto a indemnizar deberá ser pagado por el Contratista.
Además, toda y cada denuncia realizada por terceros dentro del plazo de vigencia serán investigadas por la Compañía de Seguros y será responsabilidad del Contratista hacer todas las gestiones necesarias ante la compañía para que se efectúe el pago por los daños ocasionados.
La póliza contratada deberá incluir en forma expresa las siguientes cláusulas:
a) SLEP SANTA ROSA debe ser incluido como beneficiario en el seguro contratado;
b) Prohibición de modificar, cancelar o anular la póliza, aún por falta de pago de prima, por toda la vigencia efectiva de la misma, sin previo aviso de la compañía de seguros respectiva a SLEP SANTA ROSA por carta certificada, con un mínimo de 60 días de anticipación;
c) Póliza sujeta a rehabilitación automática de la suma asegurada;
d) Renuncia de la compañía de seguros al derecho de subrogación en contra de SLEP SANTA ROSA.
La póliza de seguro no podrá tener vigentes cláusulas de arbitraje y el asegurado principal y beneficiario deberá ser el Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa.
No se procederá a la entrega de terreno, sin el ingreso previo de dicha póliza y garantía por el deducible, si correspondiera, por este concepto, gestión que deberá asegurar la unidad técnica.
En caso de ampliación de plazo asociado a un aumento de obra el contratista dispondrá de un plazo de 15 días corridos para entregar las pólizas en la Subdirección de Administración y Finanzas (o el certificado de la Compañía de Seguros que acredite que se encuentran en trámite de ser emitidas), en el caso de ampliación de plazo sin aumento de obra asociada dispondrá de un plazo de 10 días corridos. En ambos casos el plazo de contará desde el día siguiente a la fecha de presentación en el servicio de la carta en que solicita el aumento de obra y/o plazo. En caso de no presentar las pólizas o sus certificados durante los 15 ó 10 días corridos indicados, se aplicarán las multas correspondientes.
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10.2. Póliza de Seguro Progresivo de Todo Riesgo Construcción por el valor total de la Obra
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TIPO DE DOCUMENTO
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El contratista deberá asegurar y contra todo riesgo el valor total de la obra mediante la contratación de una póliza de seguro progresiva y de ejecución inmediata, la que deberá incluir cobertura de huelga, motín, incendio, terremoto, error de diseño y de cobertura amplia de mantenimiento, a su costo.
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BENEFICIARIO
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PUBLICA SANTA ROSA. RUT 61.981.070-8.
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FECHA DE VENCIMIENTO
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Vigencia: Deberán estar vigentes durante toda la ejecución de las obras y hasta 90 días posteriores a la recepción provisoria sin observaciones.
En caso de haber aumentos de plazo del contrato también deberán modificarse los plazos de vigencia de las pólizas a fin de que su cobertura se extienda hasta los 90 días posteriores a la recepción provisoria. Este aumento de vigencia se exigirá solamente si el nuevo plazo contractual más su adicional no resultan cubiertos por la póliza original.
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MONTO
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MONTO TOTAL DE LA OBRA sin deducible.
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GLOSA
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Por Seguro de Construcción de Todo Riesgo para las obras del contrato “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PUBLICA SANTA ROSA, ID …..… (ID de la Licitación)”.
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DESCRIPCIÓN
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Inmediatamente tras la notificación de la Resolución de Adjudicación, el Adjudicatario deberá tramitar la Póliza y tendrá que presentar dicha Póliza, o en su defecto, el Certificado de su Contratación de la Compañía Emisora (que demuestre que ha sido contratado por el Adjudicatario), al Servicio, en un plazo no mayor a los 8 días hábiles contados desde dicha notificación.
El Seguro que contratará la empresa deberá ser sin deducible. En la eventualidad que no se pueda contratar un seguro bajo esas condiciones, el contratista asumirá el monto del deducible asociado al porcentaje más alto indicado para los deducibles en el documento, ante toda y cada eventualidad que se produzca.
Puede aceptarse por el total deducible, una Boleta de Garantía Bancaria, Nominativa a favor del Servicio u otro documento que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 121 del Decreto N° 661 de 2024, que cumpla con los mismos requisitos de vigencia señalados para el Seguro y que se deberá entregar al Servicio en el mismo plazo.
De producirse daños a terceros, el Contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados. Así, en caso que la compañía de seguro se negase a pagar total o parcialmente los daños producidos, ya sea porque no estén incluidos en las cláusulas del seguro comprometido, o porque el valor del daño es menor o igual al deducible que impone la compañía, o porque el monto asegurado se encuentra parcial o totalmente ocupado por otros accidentes ocurridos en este Contrato, o porque el monto asegurado es inferior al monto a indemnizar, la diferencia entre el monto pagado con cargo a la póliza y el monto a indemnizar deberá ser pagado por el Contratista.
Además, toda y cada denuncia realizada por terceros dentro del plazo de vigencia serán investigadas por la Compañía de Seguros y será responsabilidad del Contratista hacer todas las gestiones necesarias ante la compañía para que se efectúe el pago por los daños ocasionados.
La póliza contratada deberá incluir en forma expresa las siguientes cláusulas:
a) SLEP SANTA ROSA debe ser incluido como beneficiario en el seguro contratado;
b) Prohibición de modificar, cancelar o anular la póliza, aún por falta de pago de prima, por toda la vigencia efectiva de la misma, sin previo aviso de la compañía de seguros respectiva a SLEP SANTA ROSA por carta certificada, con un mínimo de 60 días de anticipación;
c) Póliza sujeta a rehabilitación automática de la suma asegurada;
d) Renuncia de la compañía de seguros al derecho de subrogación en contra de SLEP SANTA ROSA.
La póliza de seguro no podrá tener vigentes cláusulas de arbitraje y el asegurado principal y beneficiario deberá ser el Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa.
No se procederá a la entrega de terreno, sin el ingreso previo de dicha póliza y garantía por el deducible, si correspondiera, por este concepto, gestión que deberá asegurar la unidad técnica.
En caso de ampliación de plazo asociado a un aumento de obra el contratista dispondrá de un plazo de 15 días corridos para entregar las pólizas en la Subdirección de Administración y Finanzas (o el certificado de la Compañía de Seguros que acredite que se encuentran en trámite de ser emitidas), en el caso de ampliación de plazo sin aumento de obra asociada dispondrá de un plazo de 10 días corridos. En ambos casos el plazo de contará desde el día siguiente a la fecha de presentación en el servicio de la carta en que solicita el aumento de obra y/o plazo. En caso de no presentar las pólizas o sus certificados durante los 15 ó 10 días corridos indicados, se aplicarán las multas correspondientes.
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11. De la evaluación y adjudicación de las ofertas.
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11.1. Comisión Evaluadora
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Serán funciones de la comisión evaluadora las siguientes:
a) Resolver si las ofertas técnicas y económicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las presentes bases de licitación. En caso de que ello no ocurra deberá proponer declarar inadmisible la propuesta sin evaluarla.
b) Analizar las ofertas presentadas y evaluar las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
c) De acuerdo a lo establecido por el artículo 56° del Decreto Nº661, de 2024, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores u omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes tendrán el plazo fatal que determine la Comisión Evaluadora a través del sistema de información, el que, en todo caso, no podrá ser inferior a 48 horas desde la solicitud realizada a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) Confeccionar un Acta o Informe de Evaluación, en la que dejará constancia de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, en el acta de evaluación se deberá indicar expresamente cuáles fueron las ofertas inadmisibles y los motivos de la inadmisibilidad, y se dejará constancia de cualquier hecho relevante relacionado con el proceso de evaluación.
e) Presentar a la autoridad competente el Acta o Informe de Evaluación de Ofertas, donde propondrá, declarar inadmisible una o más ofertas, adjudicar la oferta que haya obtenido el mayor puntaje o declarar desierto el proceso licitatorio, según corresponda, de acuerdo con los requisitos y criterios de evaluación, establecidos en las presentes Bases de Licitación.
Las ofertas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por los siguientes funcionarios titulares:
1) Cristopher Sánchez V. Coordinador de Unidad de Compras y Licitaciones
2) Rafael Muñoz Aedo, Profesional de Proyectos de Infraestructura.
3) Karen Holenderski Guerrero, Administrativo Departamento Jurídico, Transparencia y Protección de Derechos de las y los Estudiantes
En caso de impedimento o ausencia de alguno de ellos, debidamente justificado al coordinador de Adquisiciones, se designan como suplentes a:
4) Gabriel Silva Monzalve, Jefe de área de mantenimiento de infraestructura
5) Ingrid Romero Guzmán, Profesional de Unidad de Gestión de Facturación y Pago.
6) Natalia Torres Duarte, Profesional Departamento Jurídico, Transparencia y Protección de Derechos de las y los Estudiantes.
Sin perjuicio de lo anterior, la conformación de esta comisión podrá modificarse e informar a través de la plataforma www.mercadopublico.cl
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11.2. Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
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Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, se podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones. Lo anterior, siempre y cuando ello se efectúe de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Decreto Nº 661, de 2024.
La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Sin embargo, será restado su puntaje el cumplimiento de requisitos formales, Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a integrar los antecedentes del contrato, si se adjudica.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, según corresponda y se haya solicitado a través de los canales disponibles, considerando que esta podría ser solicitada en un plazo menor, lo anterior, para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración.
Se asignará con 0 (cero) puntos a las ofertas que no cumplan con la presentación de la totalidad de los anexos solicitados para la evaluación de requisitos formales, sus complementos, formatos correspondientes o alguno que sea requerido a través de foro inverso
Prórroga de plazos
De producirse algunas de las hipótesis precedentemente señaladas se entenderán prorrogados automáticamente los plazos relativos a la evaluación de las propuestas, hasta la publicación de la Resolución que adjudique la Licitación. Dicha prórroga no requerirá acto administrativo previo.
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11.3. Causales de inadmisibilidad de las ofertas
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El SLEP Santa Rosa, podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos:
- Incurra en falsedad con respecto a la información proporcionada en la integración de su oferta.
- Que la oferta económica sea superior al presupuesto máximo disponible, de acuerdo con lo ofertado en el Anexo N°8-A.
- No presentación de Anexo N°8-A “Oferta Económica”
- No oferta la totalidad de los servicios en Anexo N°8-A “Oferta Económica” o Anexo N°8-B “Itemizado”.
- No presentación de Anexo N° 7 “Plazo de Ejecución”.
- Anexo N°7 “Plazo de Ejecución” supere los 120 días corridos.
- No presentación de Anexo N° 10 “Capacidad Económica”.
- No presentación de Anexo N° 11 “Certificado de Registro Contratista”.
- Las ofertas que no cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.
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11.4. Resolución de empates
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Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya presentado la mejor oferta económica, en caso de persistir el empate, se considerará el siguiente orden de prioridad para desempatar:
- Mayor punta en Experiencia del Oferente
- Mayor puntaje Capacidad económica
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En caso de persistir el empate, aplicadas estos mecanismos, será seleccionada la oferta que, siendo parte de esta situación hubiese presentado con mayor antelación su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, situación que será confirmada por la ficha de oferta disponible en el portal.
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11.5. Adjudicación
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La Licitación se adjudicará al proponente que haya presentado la oferta más ventajosa, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores indicados en las presentes bases, aun cuando no sea la de más bajo costo, de acuerdo a la propuesta realizada por la Comisión Evaluadora, o bien podrá proponer rechazar fundadamente todas las ofertas por resultar inconvenientes a sus intereses, declarando en este caso desierta la Licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Igualmente podrá proponer que se declare desierta en los casos en que no se presenten oferentes.
El Servicio declarará inadmisibles las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, según lo establecido en la normativa de compras públicas y en estas bases.
La Entidad Licitante podrá, además, declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La adjudicación de la propuesta pública se hará mediante resolución fundada. Si la adjudicación no se realizase dentro del plazo estimado señalado en el calendario de la Licitación, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento, debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite que, en todo caso, no podrá exceder de 10 días corridos.
No podrá adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades. Lo anterior, de conformidad con lo que señala el artículo 58 del Decreto N° 661, de 2004.
Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl).
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11.6. No acepta adjudicación
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Sin perjuicio de lo anterior, se entenderá que el oferente adjudicado no acepta la adjudicación en los siguientes casos:
a) No entregue los documentos señalados precedentemente en los plazos señalados al efecto por el Servicio.
b) No entregue en tiempo y forma el documento de Garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato (si aplicase).
En estos casos el Licitante podrá adjudicar y contratar con el oferente que hubiere ocupado el siguiente lugar en la evaluación o bien declarar desierta la Licitación.
Para estos efectos el oferente ubicado en el siguiente lugar en la evaluación deberá cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, previo a la formalización de la contratación, en los plazos establecidos.
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11.7. Readjudicación
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Si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el SLEP Santa Rosa podrá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, debiendo, además, declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien readjudicar al oferente que hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero en la evaluación, este último solo si el segundo se desiste de la readjudicación, previa Resolución del SLEP Santa Rosa.
En el caso que el adjudicatario sea una Unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a inhabilidad deberá informar por escrito dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
De ser necesario, el SLEP SANTA ROSA, podrá solicitar la prórroga de la Vigencia de la Oferta para readjudicar.
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11.8. Consultas acerca de la adjudicación
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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Decreto Nº 661 de 2024, los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles siguientes a la respectiva notificación del acto, consultas que se realizarán mediante correo electrónico licitaciones@slepsantarosa.gob.cl, indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta. Las respuestas serán remitidas dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, mediante correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta.
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12. Condiciones contractuales y otras cláusulas.
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12.1. Notificación y aceptación
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Una vez notificada y de conformidad al artículo Nº 63 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la suscripción de un contrato, la tramitación de la resolución que apruebe el mismo, así como la aceptación de la orden de compra emanada de este proceso en el plazo de 24 horas siguientes a su emisión, la cual se materializará posterior al acto administrativo que aprueba el contrato.
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12.2. Monto del contrato
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El monto del contrato corresponderá a la suma declarada en el Anexo N°8-A “Oferta Económica" del oferente que resulte adjudicado. Será en pesos, moneda nacional, e incluirá todos los gastos e impuestos que el proyecto genere.
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12.3. Emisión de Orden de compra
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Se emitirá una Orden de Compra, correspondiente al Programa 02 la cual deberá ser aceptada por el proveedor que resulte adjudicado dentro del plazo máximo de 24 horas hábiles contadas desde el respectivo envío de esta, posterior al acto administrativo que aprueba el contrato.
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12.4. Del Contrato
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El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles desde el envío del contrato por parte del SLEP Santa Rosa al proveedor adjudicado.
Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro de dicho plazo se desiste de la propuesta, caso en que el SLEP SANTA ROSA procederá, si así lo estima pertinente, a readjudicar la Licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes.
Se entenderá que forman parte de la contratación las presentes Bases Administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas, la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado y la Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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12.5. Del contenido del contrato.
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Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas, y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado
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12.6. Delimitación de responsabilidad
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El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato no tendrá vínculo laboral alguno con el Servicio, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder.
El proveedor será el único responsable si se daña a las personas o la propiedad pública o privada atribuibles a actos u omisiones de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato.
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12.7. Vigencia, duración del contrato.
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El contrato entrará en vigor a partir de la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe hasta por 60 días hábiles posteriores a la fecha de “Acta de Recepción Final de la Obra”.
La ejecución de los servicios se extenderá por el plazo indicado en Anexo N°7 “Plazo de Ejecución”, contados desde la fecha establecida en el “Acta de entrega de terreno”.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, a solicitud del SLEP, la etapa de implementación podrá comenzar a partir de la fecha de suscripción del contrato. Dejándose constancia de los inicios y términos de las respectivas etapas en las actas descritas con anterioridad.
Lo anterior es sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el SLEP Santa Rosa con el proveedor, desde la fecha de la adjudicación.
No obstante, lo anterior, no procederá pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo.
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12.8.
Término anticipado y liquidación del contrato.
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El contrato podrá terminarse o modificarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130° del Decreto N° 661 de 2024, por las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante:
a) Incumplimiento de los plazos relacionados con el pago de eventuales multas.
b) Si el cobro de las multas supera el 20% del monto total contratado.
c) Incumplimiento en la seguridad de la información y confidencialidad a que se obligar al proveedor
d) Que los trabajadores del proveedor agredan física o verbalmente, realicen altercados, y/o insulten a estudiantes, docentes, asistentes de la educación, y, en general, a cualquier funcionario del SLEP Santa Rosa durante la realización de sus labores
e) En caso de que el contratista sea una UTP y que durante la ejecución del contrato se retire alguno de los integrantes, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
f) En caso de que el contratista sea una UTP y que durante la ejecución del contrato se haya ocultado información relevante para su ejecución, que afecta a cualquiera de sus miembros.
g) En caso de que el contratista sea una UTP y que durante la ejecución del contrato sobrevenga la inhabilidad de alguno de sus integrantes y el contrato no pueda continuar su ejecución con los restantes miembros, en los términos adjudicados.
h) En caso de que el contratista sea una UTP y ésta se disuelva.
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Si se disolviere la sociedad contratista.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Por incumplimiento a las obligaciones laborales o previsionales con trabajadores propios: En caso que el proveedor a registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, el primer estado de pago deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el contrato.
- www.mercadopublico.cl, dentro de 24 horas.
- Si el adjudicatario cediera a terceros los derechos y las obligaciones que asuma en virtud del presente contrato de suministro, salvo en el caso indicado en el artículo 127 del Decreto Supremo Nº 661, de 2024.
- Si durante la vigencia del contrato incurriera en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado o con esta entidad licitante.
Además, podrá poner término unilateral y administrativamente al contrato, en forma anticipada, sin forma de juicio e ipso facto, mediante acto administrativo fundado, en los siguientes casos, que se enuncian a vía enunciativa y ejemplar, sin ser taxativas, y sin perjuicio de las multas e indemnizaciones y demás acciones que procedan:
a) Si el Contratista es declarado en quiebra, solicita su quiebra o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
b) Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de sus bienes.
c) Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes en favor de sus acreedores.
d) Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
e) Si el Contratista es una sociedad y va a su liquidación.
f) Si el Contratista le fueren protestados documentos comerciales que mantuviere impagos durante 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
g) Si el Contratista fuere condenado por delito que merezca pena aflictiva, o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si lo fuere, el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima.
h) Si el Contratista ha hecho abandono de las obras o ha disminuido el ritmo de trabajo a un extremo que, a juicio de la Unidad Técnica, equivalga a un abandono de estas.
i) Si no ha comenzado las obras dentro de los 15 días corridos siguientes a la entrega del terreno o las ha suspendido por 15 días o más, habiendo requerimiento por escrito de la Unidad Técnica en orden de iniciarla o continuarla sin que el Contratista haya justificado su actitud.
j) Si no ha efectuado, dentro de 15 días después de haber sido notificado por escrito por la Unidad Técnica, la remoción y reemplazo de materiales, equipos o personal que hayan sido rechazados.
k) Si a juicio de la Unidad Técnica no está ejecutando las obras de acuerdo con el Contrato o, en forma reiterada o flagrante, no cumple con las obligaciones estipuladas.
l) Si por errores del Contratista las obras que quedaren con defectos graves no pudieren ser reparadas y dichos defectos comprometieren, a juicio de la Unidad Técnica, la seguridad de las obras u obligasen a modificaciones sustanciales del proyecto.
m) En caso de muerte del Contratista o socio que implique término de giro de la empresa constructora.
n) El incumplimiento del pago de los sueldos, salarios y leyes sociales o el pago de proveedores, a menos que se subsane dicha situación dentro del quinto día desde que le fuera advertido formalmente por la Unidad Técnica.
o) La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
p) Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
q) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato –en el caso de una Unión Temporal de Proveedores-, que afecte a cualquiera de sus miembros;
r) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
s) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores. La Unión Temporal de Proveedores es una asociación de, al menos, 2 integrantes; cuando su número disminuya de 2, la Unión Temporal de Proveedores se entenderá inmediatamente disuelta.
t) Todo otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista.
u) Cuando la Unidad Técnica de común acuerdo con el contratista, acuerdan terminar anticipadamente el contrato.
En cualquiera de los casos señalados en la presente cláusula, excepto el indicado en la letra u), la Unidad Técnica podrá hacer efectiva la de garantía que corresponda, sin perjuicio de las multas e indemnizaciones por perjuicios que fueren procedentes.
Lo establecido precedentemente es sin perjuicio de las acciones que el Servicio Local pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios y del cobro de las garantías, en caso de que resulte procedente.
6.- Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el Contratista pueda funcionar en el giro de su actividad.
En caso que, durante el transcurso de la obra, el ITO estime que el Contratista no puede seguir ejecutándola, lo cual deberá ser explicitado mediante un informe técnico, dirigido al Director Ejecutivo del Servicio, proponiendo el término anticipado, se procederá de la siguiente forma:
a) El ITO deberá comunicar oficialmente al Contratista las razones para realizar la liquidación de contrato. Deberá caucionar que el Contratista paralice las obras y que no realice retiros de maquinarias ni materiales sin su expresa autorización.
b) El Contratista dispondrá de un término de 10 días corridos para presentar sus descargos, por escrito, acompañando todas las pruebas y fundamentos relacionadas con el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones establecidas en las bases técnicas y administrativas, así como en este contrato.
c) Con el mérito de las argumentaciones y pruebas entregadas por el Contratista, el ITO deberá elaborar un informe, en el sentido de que el contrato puede continuar o, en caso contrario, de ser necesaria su liquidación. En el primer caso lo notificará al Contratista; en el segundo remitirá los antecedentes al Director Ejecutivo del Servicio Local.
d) El Director Ejecutivo del Servicio Local emitirá una resolución fundada, ya sea acogiendo o denegando lo solicitado por el ITO y, en el primer caso, de ser procedente, se resolverá el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato. Esta resolución deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren. En contra de esta resolución, el Contratista podrá interponer recurso de reposición ante el Director Ejecutivo, dentro de 5 días hábiles, debiendo este resolverlo en el mismo plazo.
e) El ITO en conjunto con el Contratista y las personas que el ITO estime conveniente, deberán realizar el avance valorizado de las partidas, que consiste en determinar el avance real de cada una de las partidas contratadas al momento de la realización de la paralización de la obra por término anticipado. Si el Contratista se niega a participar, se realizará el avance valorizado de todas maneras, sin la participación del Contratista.
f) Luego de realizado el avance valorizado, y en acuerdo o no con el Contratista, se deberá realizar la liquidación del contrato, la que deberá considerar en su análisis los siguientes aspectos:
i. Daños y perjuicios: se refiere a los gastos adicionales en que debió incurrir el Servicio Local por la paralización de obra, como servicios de vigilancia u otros.
ii. Partidas defectuosas: se refiere a las partidas que, pese a estar ejecutadas, deberán realizarse nuevamente, parcial o totalmente, por problemas de ejecución o deterioro climático.
iii. Avance valorizado al momento de la liquidación, mencionado anteriormente.
iv. Antecedentes de valorización de las sanciones contempladas en este contrato.
v. Antecedentes de ejecución de boleta de fiel cumplimiento de contrato.
vi. Antecedentes de devolución del anticipo.
vii. Rendición y detalle de obligaciones contractuales del Contratista, que fueran canceladas con cargo a los excedentes de la liquidación del contrato, si corresponde.
viii. Antecedentes sobre consumos básicos pendientes, si corresponden.
ix. Antecedentes de Estados de Pago cancelados al Contratista
x. Conclusión con el balance de los factores anteriores, y valoración de lo que debiese pagarse o deducirle al Contratista, como producto de la liquidación por el término anticipado del contrato.
g) Al terminar la confección de la liquidación de contrato, se deberá realizar un documento oficial por parte del Servicio Local, sancionando el término del proceso de liquidación por término anticipado de contrato y sus conclusiones.
En ninguno de estos casos, procederá el pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado.
Liquidación de Contrato.
La duración del contrato será hasta la liquidación definitiva de éste, la cual procederá luego de efectuada la recepción definitiva, sin observaciones por parte de la Unidad Técnica, mediante acto formal de esta última, que deberá suscribir el contratista, y aprobado por resolución administrativa, con la finalidad de formalizar la terminación del vínculo contractual y, en su caso, efectuar los correspondientes ajustes de cuentas, multas, saldos y demás aspectos que resulten pertinentes.
Formulada la liquidación del contrato, debidamente suscrita por el contratista, la Unidad Técnica procederá a devolver la garantía de correcta ejecución de las obras, dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha del acta de recepción final.
Cuando el contratista, previamente notificado, no se presenta a la citación para practicar la liquidación de común acuerdo, o si las partes no logran acuerdo sobre el contenido de esta, la Unidad Técnica, junto con acreditar dicha circunstancia, liquidará el contrato directa y unilateralmente, mediante acto formal. La constancia de la notificación previa, mediante carta certificada, será condición de validez para la liquidación unilateral.
El Contratista que no haya suscrito y aceptado la liquidación podrá reclamar de ella, dentro del plazo de 30 días, contados desde la tramitación de la resolución pertinente. Transcurrido ese plazo, la liquidación se entenderá aceptada por el Contratista.
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12.9. Sanciones, causales y montos
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Se considerarán infracciones sujetas a multas las que se detallan en la siguiente manera, las que pueden ser aplicadas en más de una instancia y de manera simultánea dependiendo de la naturaleza de la causa.
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CAUSAL
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MULTAS y/o SANCIONES
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- Incumplimiento de plazo en la ejecución parcial o total de las obras
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10 UTM por cada día de atraso
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- Incumplimiento de instrucciones del ITO.
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5 UTM por evento.
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- Incumplimiento de obligaciones del contratista
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5 UTM por evento.
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- Mala ejecución o mala calidad de las obras
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2 UTM por cada día de atraso
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Las multas considerarán un límite máximo de 20% del monto total del contrato. Superior a ese porcentaje, se considerará una Falta grave al cumplimiento del contrato. La conversión de la UTM aplicada, será del mes en que se notifique el incumplimiento.
A continuación, se detallan las causales:
1- Incumplimiento de plazo en la ejecución parcial o total de las obras.
Una vez de detectada(s) el/los atraso(s) por el ITO e informado(s) al contratista, luego de transcurridos 3 días hábiles de solicitada la respuesta y que ésta sea calificada como injustificada por el ITO, se aplicará una multa, de 10 UTM por cada día de atraso, respecto de la ejecución parcial y/o total, según corresponda.
Se entenderá por ejecución parcial, la correspondiente al avance en la ejecución de las obras, conforme la Carta Gantt entregada por el Contratista y visado por la inspección técnica en el libro de obras.
Se entenderá por ejecución total, el plazo de ejecución para todas las obras a desarrollar por parte del Contratista. El ITO evaluará de manera permanente el avance en la ejecución de las obras, conforme la referida Carta Gantt y determinará la aplicación de multas en caso de atrasos en la ejecución programada.
2- Incumplimiento de instrucciones del ITO.
Se aplicará una multa de 5 UTM por incumplimiento a instrucciones entregadas por el I.T.O.
En caso de incumplimiento de una orden impartida por el Inspector Técnico de Obras (ITO)
-No Acción: se entiende que dada una orden formalizada por el Libro de Obra o canal formal (informe o correo electrónico recibido por el oferente), no se ejecute en los plazos que se disponen y se produzcan retrasos no deseados, sólo imputables al contratista.
-Repetición: dada una orden expresada en el Libro de Obras o canal formal (informe o correo electrónico recibido por el oferente), que no acate el contratista, asumiendo una postura contumaz al respecto. Se aplicará, asimismo, la multa por “No Acción”.
-Incumplimiento de Carta Gantt: se verificará en terreno la correcta ejecución de la obra, en tanto plazo de ejecución, mediante Carta Gantt (entregada por el proveedor al inicio del servicio), lo que será controlado por la ITO. En caso de atrasos, se darán 2 días corridos para la normalización de los mismos. Si luego de la observación, persistiese el atraso o, a raíz del mismo, se atrasa consecuentemente otra partida, se entenderá como el mismo proceso de atraso, es decir, tiene carácter de acumulativo.
-Implementos de Seguridad: cada vez que se sorprenda a un trabajador del Contratista sin hacer uso de sus implementos de seguridad o ejecutando acciones en contravención del Reglamento de Higiene y Seguridad del Servicio Local y/o del Contratista o del decreto N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, así como la demás reglamentación que sea pertinente en materias de prevención de riesgos
-Modificación de Especificaciones Técnicas sin consulta: en el evento que, por decisión propia, el contratista modifique las Especificaciones Técnicas (EETT), en tanto sistema constructivo o de funcionamiento, cantidad o calidad de lo especificado, sin consulta a la ITO, produciendo obras, además de la obligación de demoler a coste propio lo ejecutado, se le cursará multa, entendida como “cambio de partida de EETT sin consulta”.
-Acciones que desencadenen cese de actividades pedagógicas: se asume que las empresas tienen experiencia afín a los servicios contratados (criterio de evaluación) por lo que conocen las normativas y reglamentos que atañen a los establecimientos educacionales. Es en aquel entendido que, si a raíz de obras o no ejecución de las mismas se producen cortes de los suministros básicos (internet, agua, luz, alcantarillado o gas), no sólo será de responsabilidad y cargo del contratista reponerlos (siempre que corresponda, según argumentación técnica de la ITO); además se le cursará multa sólo por el evento ocasionado.
También aplica por obras u omisiones de las mismas que produzcan deterioro o corte del normal funcionamiento del establecimiento, en el entendido de cubiertas, salas, acceso, vegetación o similares que afecten el servicio pedagógico del establecimiento.
3- Incumplimiento de obligaciones del contratista.
Se aplicará una multa de 5 UTM por incumplimiento de alguna de las obligaciones del contratista estipuladas en el 12.22 de las presentes bases.
4- Mala ejecución o mala calidad de las obras.
Una vez de detectado(s) el/los hecho(s) por el ITO e informado(s) al contratista, luego de transcurridos 3 días hábiles de solicitada la reparación, reconstrucción y/o cambio de algún(os) elemento(s), o en un plazo superior determinado por la ITO, y que ésta nuevamente sea calificada como deficiente por el ITO, se aplicará una multa diaria, de 2 UTM, por cada día de atraso y para cada uno de los hechos y/o partidas observadas, en relación al plazo de entrega fijado para cada uno de el/los hecho(s).
Procedimiento de término anticipado y aplicación de Sanciones y Multa
Cuando el ITO, verifique la ocurrencia de uno o más causales de término anticipado o de los incumplimientos tipificados precedentemente, notificará dicha(s) causales o incumplimiento(s) al proveedor, mediante el envío de un correo electrónico registrado en el Anexo N°1 indicándole el detalle de los hechos que configuran el (los) incumplimiento(s) y la(s) multa(s) que resulta(n) aplicable(s).
El proveedor podrá reclamar por escrito del término anticipado o incumplimiento (s) notificado (s) y de la aplicación de la (s) multa (s), dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha del mencionado correo electrónico, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar sus descargos.
El ITO resolverá los descargos a través de Resolución Exenta, la que será notificada al proveedor, mediante el envío de copia de dicha Resolución por correo electrónico registrado en el Anexo N° 1.
En contra de esta Resolución, el proveedor podrá presentar Recurso de Reposición, dispuesto en la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el Recurso.
El ITO, resolverá el Recurso de Reposición a través de Resolución Exenta fundada, en la que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el Recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta Resolución será notificada al proveedor mediante el envío de copia de la misma, por correo electrónico al correo registrado en el Anexo N° 1.
En contra de la Resolución que resuelve el Recurso de Reposición presentado, no procederán más Recursos, por lo que la dictación de ésta, producirá el efecto de terminar definitivamente el presente procedimiento especial de Reclamación, quedando firme la multa aplicada. Lo anterior, sin perjuicio del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 de la Ley N° 19. 880. Si la Contraparte Técnica considera que existe merito suficiente para la aplicación de una multa, comunicara la infracción detectada al proveedor mediante correo electrónico.
Cobro de multas.
El contratista deberá pagar la/s multa/s directamente, enterando el monto de ésta/s en la cuenta corriente del SLEP Santa Rosa, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de esta, o en su caso, desde que se notifique el acto que rechaza la reclamación respectiva. Una vez pagada la/s multa/s, el contratista deberá remitir una copia del depósito o transferencia vía correo electrónico a la Contraparte Técnica.
No obstante, en caso de que el contratista no pague la/s multa/s directamente, el SLEP podrá deducirlas del valor de la(s) factura(s) próxima(s) que se encuentre(n) pendiente(s) de pago al contratista, siempre y cuando sea posible de acuerdo con el sistema de pago aplicable.
Las multas no se aplicarán si el incumplimiento de las obligaciones del proveedor se produce por caso fortuito o fuerza mayor, previa comunicación por escrito del proveedor y calificación conforme por parte del SLEP, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados
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12.10. Del Pago
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Se establecen estados de pago mensuales según el avance real de los trabajos y de acuerdo con la Programación de Inversión o Flujo de Caja entregada por el contratista y aprobada por la unidad técnica, la cual será remitida por la unidad técnica a la Subdirección de administración y finanzas.
El último estado de pago no podrá sobrepasar el 10% del valor total del contrato. Se pagará contra Recepción Provisional Sin Observaciones de los trabajos y la presentación de la Garantía de Correcta Ejecución, junto con los antecedentes que correspondan.
En caso de existir multas, ellas se descontarán del valor total facturado del Estado de Pago correspondiente.
Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectuará el Servicio Local y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista.
Para proceder al pago y anterior a la facturación, el Contratista deberá seguir el siguiente procedimiento:
1.- Enviar en formato digital toda la documentación y antecedentes requeridos a la Contraparte Técnica, a más tardar, el día 10 de cada mes.
2.- La Contraparte Técnica revisará los antecedentes presentados y, de contar con observaciones, solicitará al Contratista que sean subsanadas y/o complemente los antecedentes faltantes o en caso de tener observaciones. Esto se llevará a cabo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de los antecedentes, teniendo un plazo no superior a 3 días hábiles el proveedor para subsanar dichas observaciones
3.- Una vez remitidos todos los antecedentes, la Contraparte Técnica procederá a solicitar el avance físico (estado de pago) ejecutado a la fecha al Contratista, para ser verificado en terreno y aprobado.
4.- Sólo contando con la aprobación de la Contraparte Técnica del avance y los antecedentes de los trabajadores, se hará entrega del estado de pago a la Subdirección de Administración y Finanzas, la cual dará el VB° para la emisión de la factura a través de correo electrónico informado en su Anexo N°1.
Posterior a la entrega de la documentación a la contraparte técnica, este revisará los antecedentes presentados, de contar con observación solicitará al contratista subsane y/o complete los antecedentes faltantes.
Una vez revisado los antecedentes señalados y no presentando observaciones, la contraparte técnica emitirá la “recepción conforme de bienes y/o servicios”, lo que será enviado a la unidad de adquisiciones. Quien dará VB° al proveedor mediante correo electrónico para emitir la/s factura/s dentro de un plazo máximo de 5 días. La cantidad de facturas será acordada directamente entre el proveedor que resulte adjudicado y el Administrador de Contrato.
Sumado a lo anterior, el proveedor enviará el Documento Tributario Electrónico (DTE) al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com con copia a licitaciones@slepsantarosa.gob.cl la factura deberá contener en el folio 801 el ID de orden de compra asociado a la contratación, bajo apercibimiento de rechazar el referido documento. Informando, además los datos de cuenta bancaria necesarios para el pago del documento, así como la información referida a la cesión de facturas (factoring) en caso de corresponder.
En caso de existir multas, el proveedor deberá emitir la nota de crédito correspondiente dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la referida multa, o en su defecto, si la multa es informada previo a la fecha de emisión del documento de cobro, el proveedor podrá emitir el DTE por el monto total descontado el monto cobrado, el cual deberá ser presentada por el oferente para ratificar el cumplimiento de este apartado.
Por último, En caso de que el proveedor desee que su pago se realice por transferencia electrónica de fondos, al momento de presentar la factura, deberá entregar los siguientes datos:
- Nombre Proveedor
- RUT
- Tipo de cuenta
- Banco
- Correo electrónico al cual informar
Será la Unidad de facturación al momento del pago, verificará el acta de recepción conforme del servicio emitido por la Unidad correspondiente, acompañado de los documentos requeridos para efectos de solicitud de factura.
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12.11. Presentación de los Estados de Pago
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La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos en triplicado (copias, en los casos que corresponda):
1.- Carta de solicitud dirigida por el Contratista al Servicio Local, firmada y en original, con el monto solicitado y el nombre de la obra.
2.- Estado de pago según avance (resumen del estado y detalle de este, itemizado de cada partida ejecutada) revisado y aprobado por la Contraparte Técnica (ITO).
3.- Documentos que acrediten el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores involucrados en la obra. En este caso, corresponde al Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F31). además de contratos y finiquito en el caso que corresponda este último.
4.- A lo menos 12 fotografías mensuales distintas, en colores, de formato 10 x 15 centímetros, que muestren de manera clara el avance semanal de las obras.
5.- Copia del comprobante de pago de la prima, en caso de que se garantice mediante póliza de garantía (para garantizar el fiel cumplimiento del contrato).
6.- Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores de edad, de todos los trabajadores indicados en el certificado F31.
7.- Programación financiera. El margen de error de dichas programaciones no debe ser superior al 5%.
8.- Deberá señalar Datos de transferencia y en caso de factorizar deberá informar antes de la facturación.
9.- Para el último estado de pago, será requisito que se encuentre acreditado el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales para todo el periodo que comprendió el desarrollo de la obra. Del mismo modo, deberá adjuntarse el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones de la Unidad Técnica y la garantía por correcta ejecución de las obras.
10.- Las retenciones sólo serán pagadas 90 días después de emitida el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones.
11.- Algún otro documento solicitado de manera particular por la ITO
El Contratista, al inicio del contrato, deberá informar la nómina de trabajadores que se desempeñarán en la obra, debiendo informar cualquier cambio que se produzca, y acreditar respecto del o los trabajadores salientes el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que haya lugar.
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12.12.
Cesión
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El contratante no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación. El contratista podrá ceder las facturas (factoring), debiendo informar de inmediato de aquello a la Contraparte Técnica. Ésta deberá dar aviso a la Subdirección de Administración y Finanzas, para el cambio de beneficiario.
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12.13.
Subcontratación
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El proveedor, a fin de apoyar la ejecución de alguna de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato, podrá celebrar contratos con terceros, sean personas naturales o jurídicas.
Dichos contratos con terceros serán de exclusiva responsabilidad del proveedor, sin que ello genere vínculo contractual alguno entre dichas personas y SLEP Santa Rosa, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 20.123, en lo que sea pertinente.
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12.14. De la jornada de trabajo y secuencialidad
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El contratista debe considerar, dentro de su oferta, el siguiente rango horario disponible para la realización de los trabajos:
- Lunes a viernes de 17:00 a 21:00 hrs.
- Sábado y Domingo de 09:00 a 14:00 hrs.
La ITO podrá autorizar, por razones de buen servicio, otros horarios de trabajos, los cuales no tendrá cargo adicional para el SLEP Santa Rosa. Esto deberá estar coordinado con la dirección del Establecimiento.
Todo lo anterior debe estar de acuerdo con lo indicado en la normativa vigente y la ordenanza municipal.
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12.15. Inspector Técnico de la Obra
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Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico el profesional de la Unidad de Mantenimiento y Procesos, o el profesional que el Subdirector de Infraestructura y Mantenimiento le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de la obra y, en general, por el cumplimiento del contrato. El ITO y sus dos subrogantes serán informados a través de correo electrónico al Área de Adquisiciones, entiendose para todos los efectos la contraparte..
De acuerdo con la Ley Nº 20.703, y el artículo 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Inspector Técnico de Obra (ITO) será responsable de supervisar que las obras se ejecuten conforme a las normas de construcción aplicables en la materia.
Durante el período de ejecución de la obra, habrá a lo menos un Inspector Técnico, el cual podrá ser subrogado en caso de ausencia.
El ITO deberá formular todas las observaciones que le merezcan la ejecución de las obras, lo que deberá ser comunicado por escrito, a través del Libro de Obras, al Contratista encargado de la ejecución, por lo cual éste quedará obligado a otorgar todas las facilidades que el ITO requiera para el desempeño de su cometido.
El I.T.O. será responsable de hacer valer las obligaciones que impone el contrato, en virtud de la presente licitación. El Contratista deberá someterse exclusivamente a las órdenes del I.T.O., las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la I.T.O. estipule.
El incumplimiento de cada orden del I.T.O., y en general cualquier incumplimiento de contrato, será sancionado con una multa igual al porcentaje que se defina en las presentes Bases, sobre monto del contrato primitivo, más sus ampliaciones al momento de aplicarse la multa, por cada día durante incumplimiento, hasta un plazo máximo de 15 días corridos, transcurrido dicho plazo, el servicio podrá poner término anticipado al contrato.
Si el incumplimiento persiste, el I.T.O. dará cuenta a la Unidad Técnica a fin de que se tomen una, algunas o todas las siguientes medidas: suspensión de la tramitación de los estados de pago, aplicación de los fondos retenidos y/o se haga efectiva la garantía de fiel cumplimiento e inclusive la terminación anticipada del contrato.
La I.T.O. podrá exigir el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador del Contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del I.T.O., quedando siempre responsable el Contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada.
Si la I.T.O detecta un avance inferior al 15% planificado y aprobado, podrá exigir el incremento de personal y/o fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento a la Carta Gantt aprobada que rige la obra.
El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptadas por la I.T.O.
La I.T.O. podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra sin su consentimiento. La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en este numeral, sin perjuicio de ordenar la paralización de los trabajos en los cuales se utilizaría el material rechazado.
El Contratista deberá mantener permanentemente actualizada en la obra y para que pueda ser usada y revisada en las visitas de monitoreo, una(s) carpeta(s) ordenada(s) con copia de los siguientes documentos:
- Libro Manifold (al menos la copia)
- Los antecedentes del proyecto aprobado.
- Contrato de ejecución del Proyecto.
- Presupuesto Detallado por Partidas.
- Programa de Trabajo.
- Antecedentes Técnicos del contrato (Especificaciones Técnicas, Planos, etc.).
- Garantía de fiel cumplimiento de contrato (copia).
- Pólizas de Seguro.
- Actas de reuniones de obra.
- Modificaciones del Contrato, si corresponde.
- Identificación del Profesional a cargo de la obra.
- Estados de Pago(s) cursados (copias firmadas por la ITO).
- Facturas pagadas (copia).
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12.16. Diminución, aumentos y obras extraordinarias
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Todas las modificaciones de obras deberán diferenciarse en dos tipos:
a) Aumentos y disminuciones de partidas, que se refieren a partidas contempladas en el presupuesto original, que aumentan o disminuyen de acuerdo con cambios en el proyecto.
b) Obras extraordinarias, que se refieren a otras partidas que no estaban incluidas en el presupuesto original y que, por las razones que califique la Unidad Técnica, deben ser incluidas durante la ejecución del proyecto. Al analizar estas partidas, debe solicitarse al Contratista que elabore un expediente técnico de cada una de ellas, con análisis de precios unitarios, fichas técnicas, planos adicionales y todos los antecedentes necesarios para su análisis.
El SLEP SANTA ROSA podrá disminuir o aumentar el Contrato en plazo y monto, por medio de una resolución fundada y aprobada por la autoridad del SLEP, previa autorización de la Contraparte técnica, la cual será informada al área de adquisiciones mediante memorándum del subdirector(a) del área técnica, acompañando todos los antecedentes que acrediten dicha modificación a través de un informe técnico detallado que acredite y autorice las modificaciones, los cuales serán remitido al Departamento Jurídico para la aprobación y elaboración de dichos actos administrativos.
En este sentido, se podrá aumentar hasta un 30% del valor del contrato adjudicado, el cual se encontrará sujeto a disponibilidad presupuestaria y siempre que no se altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Los cuáles serán solicitadas por la unidad técnica.
Los Aumentos de Obras, deberán respetar los precios unitarios de aquellos Ítems presentados en la Propuesta económica.
En el caso de disminuciones, el Contratista no tendrá derecho a una indemnización por este concepto, ni tampoco cuando las disminuciones tengan su origen en la Resolución del Contrato o el término anticipado de éste.
12.16.1. Reglas Comunes
Con todo, los aumentos de obra y obras extraordinarias tendrán un carácter excepcional, dada las características del contrato, donde es el oferente quien determina las cubicaciones de cada partida. La información que se entregue en el proceso de licitación (cubicaciones, planos, etc.) es sólo de carácter referencial y el oferente debe corroborar dicha información en terreno.
Si el Contratista inicia la ejecución material del aumento o la modificación de obras o de las obras extraordinarias, antes que se encuentren totalmente tramitados los respectivos actos administrativos que los autorizan, incluyendo la autorización de la entidad financiera lo hará bajo su cuenta y riesgo.
Toda modificación de contrato, lo que comprende las siguientes gestiones: solicitudes del Contratista y la Unidad Técnica, reevaluación técnico-económica, aprobación del cambio presupuestario, modificación del contrato y modificación de garantías, deberá ser efectuada antes de vencido el plazo de ejecución.
12.16.2. A iniciativa del servicio
La Unidad Técnica, previa autorización del Mandante, podrá agregar o suprimir partidas, como, asimismo, disminuir o aumentar las cantidades de obras de cada partida del presupuesto, en cuyo caso el Contratista también tendrá derecho a su pago de acuerdo con los precios unitarios contratados, y a un aumento o disminución del plazo proporcional al aumento o disminución que haya tenido el contrato inicial, sin perjuicio de lo que se convenga en este sentido.
Toda modificación que se realice (aumento, disminución de obras, empleo de materiales no considerados, obras nuevas o extraordinarias), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la I.T.O. al Contratista y se expresará en la pertinente modificación del contrato. En casos de aumentos de obras, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías. Lo anterior se aplicará sólo tratándose de obras nuevas o extraordinarias que deriven de un cambio de proyecto que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de presentar su oferta conforme a los antecedentes de la licitación, y fueren indispensables para dar cumplimiento del respectivo contrato.
12.16.3. A iniciativa del Contratista
El Contratista deberá hacer llegar a la Unidad Técnica las solicitudes de aumento/disminución de obras u obras extraordinarias oportunamente, una vez detectadas las causas que lo originan, debiendo en todo caso cumplir con los plazos indicados, más adelante.
La Inspección Técnica, en caso de aprobar la solicitud del Contratista, informará a la Unidad Técnica, para que se realice la solicitud pertinente al Mandante, acompañando la carta del Contratista y antecedentes que respalden las causas esgrimidas.
La Unidad Técnica dispondrá de 6 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de ingreso de la solicitud del contratista, para realizar la solicitud pertinente al Mandante, acompañando la carta del Contratista y antecedentes de respaldo.
La solicitud del contratista debe ser presentada a más tardar con 15 días de anticipación a la fecha que expira dicho plazo. En todo caso las solicitudes deben presentarse siempre antes de que expire el plazo de ejecución. Aquellas que se presenten de forma posterior serán rechazadas.
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12.17. Modificación de Obras
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El Contratista sólo podrá disminuir o aumentar la cantidad de obras de cada partida del presupuesto una vez que la Unidad Técnica lo autorice mediante, lo que se hará en casos excepcionales y cuando se presenten algunas de las siguientes situaciones:
1.- Material discontinuado o no existente en el mercado, lo que originará su reemplazo por un equivalente técnico por parte del ITO.
2.- Errores de proyecto no atribuibles al Contratista, que impliquen cambios de partidas o eliminación de partidas contratadas que sean imprescindibles para la materialización del proyecto.
3.- Otra situación que, a juicio de la Unidad Técnica, amerite un aumento o disminución de obras.
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12.18. Aumento Plazo
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12.18.1. Reglas Comunes
La Unidad Técnica junto con informar al Mandante, del aumento de plazo, deberá acompañar la respectiva modificación del contrato, de la garantía constituida y copia del acto administrativo que lo aprueba. Además, presentará el informe del Inspector Técnico de Obra (ITO) que, de conformidad al aumento otorgado, junto a la documentación de respaldo y que se tuvo presente para la elaboración de dicho informe.
Con todo, deberá entenderse que esta facultad de la Unidad Técnica no aplicará en caso de requerirse un aumento de obras, pues en esta situación el plazo estará supeditado a la eventual aprobación del aumento, que como se ha indicado requerirá de autorización previa del Mandante.
Los aumentos de plazo no darán derecho al contratista, en caso alguno, al pago por concepto de mayores gastos generales. La Unidad Técnica previo para acceder a la solicitud de aumento de plazo, deberá solicitar un documento firmado por el representante legal de la empresa contratista, en que expresamente deje constancia que renuncia a cualquier cobro arraigado por aumento de plazo, tales como gastos generales, lucro cesante, o cualquier otro, sin importar la causa de dicha solicitud de aumento.
Ninguna parte podrá alegar, bajo pretexto alguno, las circunstancias de que las prestaciones correspondientes se han hecho excesivamente onerosas, que han desequilibrado la conmutatividad del contrato, que han desequilibrado el equilibrio de las prestaciones, o situaciones similares, renunciando de este modo expresamente a invocar la llamada Teoría de la imprevisión o de la excesiva onerosidad sobreviviente durante la ejecución de contrato que se celebra de acuerdo con estas bases.
12.18.2. A iniciativa del servicio
El aumento de plazo podrá ser dispuesto de oficio por el servicio, por razones fundadas.
12.18.3. A iniciativa del Contratista
Sin perjuicio del aumento de plazo asociado a un eventual aumento de obra, que deberá contar con autorización expreso del mandante, La Unidad Técnica podrá aumentar el plazo para la ejecución de la obra contratada, a petición fundada del Contratista, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al contratista, informando de ello oportunamente al mandante.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.
La Empresa Contratista deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo a la Inspección Técnica, dentro de los siete días posteriores desde ocurrida la(s) causa(s) que lo origine.
El atraso por parte de la Unidad Técnica en entregar al contratista antecedentes, suministros o terreno, podrá ser considerado como causal de aumento de plazo, sólo si en forma efectiva y comprobada, impide o retarda el cumplimiento de las obligaciones del contratista, y siempre que el Contratista, oportunamente, haga presente dicha circunstancia oportunamente mediante una solicitud en los términos indicados en el párrafo precedente.
No será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución del contrato, como consecuencia del rechazo por parte del ITO de materiales defectuosos, o trabajos o servicios mal ejecutados, o por no cumplirse con las especificaciones técnicas.
El aumento de plazo deberá estar gestionado y regularizado, antes del término de plazo que requiere ampliarse, debiendo regir -el aumento requerido- a partir del vencimiento del plazo que se amplía.
Para ello, la solicitud del contratista debe ser presentada a más tardar con 10 días de anticipación a la fecha que expira dicho plazo. En todo caso las solicitudes deben presentarse siempre antes de que expire el plazo de ejecución. Aquellas que se presenten de forma posterior serán rechazadas.
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12.19. Responsabilidad Contractual
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El Contratista deberá ejecutar correcta y oportunamente las obras y/o servicios contratados. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual. La Unidad Técnica, por su parte, responderá sólo por su culpa grave.
El Contratista será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones correspondientes para la instalación de faenas y/o labores contratadas, así como del suministro, transporte, instalación, mantención y suficiencia de dicha instalación, requerida para el normal desarrollo de las obras y/o cumplimiento de sus obligaciones.
Corresponderá al Contratista demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.
Los aumentos de plazo, así como el retardo en la entrega del terreno, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con las obras, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie, salvo que se acredite dolo.
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12.20. Asesoría a la Inspección Técnica (ATO)
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En el caso del que el proyecto cuente con una Asesoría a la Inspección Técnica, su objetivo será de servir de apoyo al ITO, sin que ésta signifique su reemplazo. El Contratista deberá responder las consultas o solicitudes de información que le haga la Asesoría a la Inspección Técnica, y analizar y responder las sugerencias planteadas. Todas las acciones de la Asesoría a la Inspección Técnica serán dirigidas y autorizadas por el ITO.
Corresponderá al Encargado de la Asesoría Técnica:
- Asesorar en todo momento de duración del contrato a la Inspección Técnica en las labores de fiscalización, supervisión e inspección técnica de las obras, ciñéndose estrictamente a las bases administrativas, planos especificaciones técnicas, normas y detalles en forma que permita la total, oportuna y correcta ejecución de las obras civiles del proyecto.
- Coordinar la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo con la Inspección Técnica.
- Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO.
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12.21. Libro de Obra
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En la faena se mantendrá permanentemente un “LIBRO DE OBRA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Contratista y estará a cargo del Jefe de la Obra y a disposición del Inspector Técnico de Obra.
El original será retirado por el inspector y la primera copia por el Contratista o Jefe de la Obra, previa firma de ambas partes.
En el Libro de Obras se deberá dejar constancia:
a) De los avances de obras.
b) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al Contratista.
c) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.
d) De las observaciones que merezcan las obras, al efectuarse la recepción provisoria de ellas.
e) De los demás antecedentes que exija la Unidad Técnica.
f) De las observaciones que pudiera estampar la Superintendencia de Electricidad y Combustibles u otros servicios de empresas externas.
g) De las observaciones que pudieran estampar los Arquitectos y proyectistas de la obra.
h) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas.
Toda comunicación que se establezca en el libro de obra, por el Contratista y/o la Unidad Técnica, u otros Servicios relacionados con la obra, se considerará comunicación oficial.
Las observaciones anotadas en el Libro, deben ser cumplidas dentro del plazo establecido por el ITO y por el sólo hecho de anotarlas, el contratista se dará por notificado, sin requerir su firma o anuencia para el acto administrativo, siendo siempre responsabilidad del contratista, verificar periódicamente las anotaciones en dicho documento.
Una vez concluida la prestación del Servicio, el Libro quedará en poder de la Unidad Técnica, para todos los efectos que correspondan.
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12.22. De las Obligaciones del Contratista
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Del Contratista
a) Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente, ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas.
b) Coordinar la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo.
c) Los proyectos de especialidades, si corresponde, deberán acreditarse antes del inicio de las obras, ante la ITO para su visación. El plazo para obtener los certificados corresponde a los establecidos en la L.G.U. y C. y O.G.U. Y C. y para la entrega de los proyectos de especialidades a la ITO será de máximo 20 días corridos desde la fecha del acta de entrega de terreno, salvo causa justificada informada oportunamente a la ITO, a no ser que en el proceso de respuestas y aclaraciones se indicará un plazo diferente.
d) Designación de personal idóneo y calificado, nombrando a un profesional que lo represente durante la ejecución de las faenas.
e) El Contratista deberá mantener y actualizar a lo menos una vez por semana los gráficos de avance.
f) Proveer y mantener un libro de obras donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la obra.
g) La presentación oportuna y con la documentación completa de los Estados de pago.
h) Tramitación oportuna y completa de todos los permisos necesarios para la ejecución y recepción de las obras que correspondan según el tipo de proyecto (permisos municipales, permisos de corte con la distribuidora eléctrica, permisos de interrupción de tránsito con carabineros, certificado de aprobación de servicios sanitarios, instalación eléctrica y gas, entre otros permisos que pudieran requerir). El plazo para la aprobación de los permisos y certificaciones deberá ser considerado antes del término del contrato o dentro del plazo total ofertado.
i) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el I.T.O.
j) Identificar la obra dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de los trabajos mediante un letrero, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones proporcionadas en las Bases Administrativas Normas Especiales.
k) El Contratista o jefe de las obras a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo a las disposiciones de los artículos anteriores, estará obligado a acompañar a los funcionarios de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros documentos que guarden relación con el contrato. En general, el Contratista estará obligado a proporcionar a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obra, los datos que se soliciten en conformidad a las instrucciones y/o formularios que para ese objeto se le entreguen.
12.22.1. De la Ejecución de las Obras
1.- En relación con el control de calidad, cuando el ITO lo considere necesario, podrá solicitar para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieran, en conformidad con las Especificaciones Técnicas, la realización de informes y controles de calidad, los que serán solicitados por el ITO y realizados por algún organismo competente (CESMEC-IDIEM-DICTUC).
El número y tipo de ensayos de calidad será el estipulado por las Especificaciones Técnicas o, en su defecto, por los que soliciten los organismos receptores de obras correspondientes.
Los gastos que se originen por estos conceptos serán de cargo del Contratista.
2.- Dirigir, ejecutar y administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, ciñéndose a los planos referenciales, especificaciones, normas y detalles, de forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas.
3.- Coordinar la ejecución de los proyectos y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo. El Mandante deberá informar al Contratista sobre todos los recintos a ser modificados, intervenidos, adecuados, etc.
4.- Designación y mantención de personal idóneo y calificado, nombrando a un profesional que lo represente durante la ejecución de las faenas. Se exigirá que el Contratista visite a lo menos una vez por semana la obra que se le ha encomendado.
5.- El Contratista deberá mantener y actualizar a lo menos una vez por semana los gráficos de avance.
6.- Proveer y mantener un libro de obras donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la obra.
7.- La presentación oportuna y con la documentación completa de los estados de pago.
8.- Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO.
9.- Identificar la obra dentro de los tres días siguientes a la entrega de terreno mediante un letrero, como mínimo, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones y formato proporcionados por el Servicio Local.
10.- El Contratista o jefe de las obras a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo a este contrato, estará obligado a acompañar a los funcionarios del Servicio Local que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros documentos que guarden relación con el contrato. En general, el Contratista estará obligado a proporcionar a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obra, los datos que se soliciten en conformidad a las instrucciones y formularios que para ese objeto se le entreguen.
11.- Proporcionar a solicitud de la Inspección Técnica, el listado de todos los trabajadores con contrato vigente y los finiquitados, durante la vigencia del contrato de obra.
12.- El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista haya señalado en su oferta.
13.- La mano de obra que se emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el Contratista, debe ser íntegramente contratada por él. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa deberá estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con la Unidad Técnica.
14.- El personal del Contratista, subcontratistas o proveedores, está autorizado a permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a otras obras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la Inspección Técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición.
15.- Se exigirá tanto para los trabajadores y así como para los subcontratistas la entrega de certificados de antecedentes y de Inhabilidad para trabajar con menores.
16.- El Contratista designará un profesional habilitado de acuerdo con la ley y ordenanzas vigentes, responsable de la obra, para dirigir las faenas de acuerdo con el programa.
La designación del profesional deberá hacerla por escrito, dejando constancia en el libro de obras, y se entenderá que este último se encuentra ampliamente facultado para representar al Contratista en todos los asuntos relacionados con la obra. Esta designación por escrito deberá incluir teléfono de contacto y dirección de correo electrónico para transmitir y recibir información impartida por el Mandante, y el ITO de la obra.
Si por motivo justificado el profesional debe ausentarse por períodos que afecten la obligación señalada anteriormente, deberá designarse un reemplazante autorizado por el ITO, el que estará dotado de las mismas atribuciones de su antecesor.
El Servicio Local podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Contratista el término de las funciones del o de los reemplazantes.
17.- El profesional a cargo de las obras podrá ser Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil, o carrera afín de una duración mínima de 10 semestres. El Administrador del Contrato deberá estar permanentemente en la obra.
18.- El Contratista queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que el Servicio Local contrate con otras personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derecho a pagos extraordinarios.
19.- El Contratista tiene que suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, en conformidad a las normas legales que regulan la materia.
Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al ITO de los hechos ocurridos, haciendo entrega, cuando corresponda, de tales denuncias.
20.- Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán de cuenta del Contratista, a menos que la Unidad Técnica califique el caso como extraordinario o ajeno a toda previsión.
21.- Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros o al Servicio Local, será de exclusiva responsabilidad del Contratista.
En todo caso, la garantía de cumplimiento del contrato podrá servir también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños ocasionados con motivo de la ejecución de las obras y que sean imputables al Contratista.
22.- La Inspección Técnica podrá ordenar asegurar aquellas obras que, a su juicio, corran riesgo de destrucción o incendio, de modo que se mantenga cubierto permanentemente por lo menos el 80% de su valor. Asimismo, podrá exigir al Contratista que exhiba la póliza de seguro para dar curso a los estados de pago y que ésta esté vigente durante toda la ejecución de las obras. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista deberá responder por el costo de los perjuicios no cubiertos por cualquier causa con el seguro.
23.- Será obligación del Contratista asegurar de su cuenta y riesgo, el tránsito por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución, y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros, con motivo u ocasión del cumplimiento del contrato.
24.- Será también obligación del Contratista responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la incorrecta o extemporánea ejecución del proyecto.
25.- Corresponderá también al Contratista efectuar cualquier pago relacionado con la obra, por ejemplo: garantía de ruptura de pavimento, ocupación de calles, multas que pudieren tener como causa de trasgresión por parte de aquel o de sus dependientes a las leyes y reglamentos u ordenanzas.
26.- El Contratista será responsable, en especial, de todo daño ambiental que tenga su causa en la infracción a las normas de calidad ambiental, a las normas de emisiones, a los planes de prevención o de descontaminación, a las regulaciones especiales para el caso de emergencia ambiental o a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales, establecidas en la Ley de Bases del Medio Ambiente o en otras disposiciones legales o reglamentarias y en que haya incurrido éste o sus trabajadores durante y con ocasión de la ejecución de la obra.
27.- El Contratista está obligado, especialmente, a dar cumplimiento a las obligaciones contractuales y previsionales con sus trabajadores.
12.22.2. Otras Obligaciones del Contratista
a) Será obligación del Contratista asegurar de su cuenta y riesgo, el tránsito por las vías públicas de la cablería de la red de alimentación de electricidad, matrices de agua u otro que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros y/o a los municipios con motivo u ocasión del cumplimiento del contrato.
b) Será también obligación del Contratista responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la incorrecta o extemporánea ejecución del proyecto.
c) Corresponderá también al Contratista efectuar cualquier pago relacionado con la obra, por ejemplo: garantía de ruptura de pavimento, ocupación de calles, multas que pudieren tener como causa la trasgresión por parte de aquel o de sus dependientes a las leyes y reglamentos u ordenanzas municipales.
d) El Contratista será responsable, en especial, de todo daño ambiental que tenga su causa en la infracción a las normas de calidad ambiental, a las normas de emisiones, a los planes de prevención o de descontaminación, a las regulaciones especiales para el caso de emergencia ambiental o a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales, establecidas en la Ley de Bases del Medio Ambiente o en otras disposiciones legales o reglamentarias y en que haya incurrido éste o sus trabajadores durante y con ocasión de la ejecución de la obra.
e) Una vez terminados los trabajos, el Contratista deberá realizar un aseo general de la obra; si éste no cumple con dicha obligación, la Unidad Técnica no efectuará la Recepción Provisional de la Obra, hasta que el Contratista realice la faena a satisfacción de la Unidad Técnica.
f) El traslado de los excedentes y escombros generados por los trabajos encomendados, serán de cargo del Contratista, debiendo trasladarlos a lugares autorizados para tal efecto.
g) Si por motivo de la ejecución de las obras fuese necesario extraer o modificar algunas especies arbóreas o vegetales, su retiro y disposición lo deberá realizar la empresa a su costa, previo informe y coordinación con el ITO y/o la unidad del servicio correspondiente.
h) Será de cargo exclusivo del Contratista los accidentes, incendios o cualquier otro siniestro que deteriore o destruya los elementos materia de este servicio u ocasione pérdida de materiales.
i) El Contratista está obligado, especialmente, a dar cumplimiento o responder por las obligaciones contractuales y previsionales con sus trabajadores y los del subcontratista.
j) Para el caso de requerir el cambio de alguno de los profesionales o técnicos propuestos, deberá solicitar autorización al ITO antes del comienzo de la obra, de no ser así se cursará la multa indicada en punto 12.9 de las Bases Administrativas. Para que la Inspección Técnica autorice el cambio solicitado, la nueva propuesta debe corresponder con la experiencia declarada en la propuesta que se sometió a evaluación.
k) Verificar que, en ningún caso el personal, que realice la ejecución de los servicios en las dependencias de los Establecimientos o Jardines Infantiles, presente inhabilidades para el trabajo con menores de edad. Asegurar que este requisito se cumpla en toda la dotación del personal contratado. Para dar cumplimiento a la exigencia mencionada, es menester que se acompañe para cada trabajador, el certificado de inhabilidad para trabajar con menores de edad, emitido por el Registro Civil.
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12.23. Personal del Contratista
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El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte.
El Contratista deberá informar mensualmente y mientras dure la obra y/o servicio adjudicado, a la Unidad Técnica, sobre el momento y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, como asimismo, de las obligaciones que de igual tipo o clase tengan los subcontratistas con sus trabajadores, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo.
Esta obligación de informar deberá ser acreditada, respecto de las obligaciones previsionales, mediante Certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo y en cuanto al cumplimiento de los derechos laborales, mediante la respectiva Liquidación de sueldo, debidamente firmada por el trabajador o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, tanto respecto de los trabajadores del Contratista, como también se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores.
En caso de que la empresa Contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Unidad Técnica deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de esta obligación por parte del Contratista dará derecho a dar por terminado, inmediatamente, sin forma de juicio, el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en que el Contratista referido no podrá participar.
Estas exigencias deberán cumplirse igualmente respecto de la subcontratación.
La mano de obra que se utilice y/o emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el Contratista, deberá ser íntegramente contratada por él. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa, deberá estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con la Unidad Técnica.
El personal del Contratista, sub-Contratistas o proveedores, están autorizados a permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a otras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la Inspección Técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición.
El Contratista considerara, la contratación de personal proveniente de las comunas de San Miguel, La Cisterna, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda y San Ramon. Para estos efectos y a través de la Oficina OMIL de las municipalidades, se facilitará el acceso a los antecedentes respecto de mano de obra disponible, como también cualquier otra base de datos que le sea proporcionada por la instancia competente de las Municipalidades respectivas.
12.23.1. Administrador de Obra o responsable del Contrato
El Contratista designará a un administrador de obra o responsable de contrato con título profesional (carrera no excluyente), si se excluye carreras técnicas. Lo anterior, habilitado de acuerdo con la ley, responsable de la obra, para dirigir las faenas de acuerdo con el programa entregado y visado por la ITO, el cual se entenderá ampliamente facultado para representar al Contratista en todos los asuntos relacionados con la obra.
Este Profesional debe permanecer en el lugar de las faenas mientras estas se desarrollen. También deberá existir un profesional subrogante, de las mismas características, y con iguales atribuciones, por las ausencias que pueda experimentar el profesional titular. La designación de dicho profesional y su subrogante deberá quedar registrado en el libro de obras.
La Inspección Técnica podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Contratista el término de las funciones de él o de los reemplazantes.
12.23.2. Jefe de Obra
El contratista deberá mantener permanentemente a tiempo completo un Profesional con el título de Arquitecto, Ingeniero Civil o Ingeniero Civil en Obras Civiles, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, también se aceptará un Técnico con título de Técnico en Construcción, quien estará a cargo de las obras.
La Inspección Técnica podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Contratista el término de las funciones de él o de los reemplazantes.
12.23.3. Prevencionista de Riesgo
El Contratista deberá considerar un profesional o técnico, que posea título de Prevencionista de Riesgo, a tiempo parcial, quien visitará la obra regularmente y asesorará al personal de la empresa contratista e identificará los riesgos de las obras.
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12.24. Condiciones y Accidentes del Trabajo
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El Contratista tiene que suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, en conformidad a las normas legales que regulan la materia.
Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al I.T.O. de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.
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12.25. Coordinación de Faenas
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El Contratista queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que la Unidad Técnica contrate con otras personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derechos a pagos extraordinarios. Podrá solicitar aumentos de plazo sólo por causas justificadas por la I.T.O. que tengan directa relación con los trabajos que la Unidad Técnica contrate paralelamente. Dichos aumentos se concederán por Decreto o Resolución de la Unidad Técnica, previa autorización del Mandante.
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12.26. Deterioro y Destrucción de Obras
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Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán de cuenta del Contratista, salvo que se trate de casos extraordinarios o ajenos a toda previsión o que la obra haya sido recibida definitivamente.
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12.27. Daños A Terceros
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Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Contratista, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
En todo caso, la Garantía de Cumplimiento del Contrato servirá también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños a terceros con motivo de la ejecución de las obras, de conformidad con la normativa legal vigente.
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12.28. De la Ejecución de las Obras
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12.28.1. Certificaciones, Aprobaciones, Autorizaciones y de Proyectos de Especialidad
Es responsabilidad del Contratista la obtención de las certificaciones y aprobaciones o autorizaciones necesarias para la ejecución de las obras, o que deriven de éstas, con sus antecedentes, planos, proyectos y especificaciones, así como el pago de los derechos correspondientes, tanto en el ámbito constructivo, como en lo relativo a uniones, empalmes, extensiones, refuerzos o dotación de servicios sanitarios, eléctricos, gas y pavimentación, u otros requeridos para la recepción de la obra.
12.28.2. Entrega de Terreno
La Unidad Técnica del Servicio Local comunicará al Contratista, mediante correo electrónico, el día en que tendrá lugar la entrega de terreno, lo cual deberá verificarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de total tramitación de la resolución que apruebe el contrato celebrado, previa entrega, por parte del Contratista, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, póliza de responsabilidad civil, seguro de construcción de todo riesgo y los demás antecedentes requeridos en las Bases de Licitación. De lo anterior se dejará constancia en un acta de entrega de terreno.
La demora por más de 10 días hábiles en la iniciación de los trabajos, o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure otro tanto y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante la Inspección Técnica de Obras (ITO), dará derecho al Servicio Local para poner término al contrato.
La demora por más de 15 días corridos en la iniciación de los trabajos o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure igual plazo y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante la I.T.O., se considerará grave y, por lo tanto, dará derecho a la Unidad Técnica para dar término anticipado al Contrato.
12.28.3. Elementos que Deberá Suministrar el Contratista
Será de cuenta de Contratista la provisión de todas las maquinarias y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios, la conservación de los estacados y en general, todos los gastos que originen las obras.
La Unidad Técnica no tendrá obligación de proporcionar sino el material a que expresamente se obliga de acuerdo con el Contrato y en forma y época que se determine.
12.28.4. Modificación al Programa de Trabajo
Cuando circunstancias de fuerza mayor o fortuita lo aconsejen, la Contraparte técnica podrá modificar el programa de trabajo (Carta Gantt y programación financiera). También podrá modificarse este programa, a solicitud del Contratista, cuando su petición se fundamente en caso fortuito o fuerza mayor certificada por la contraparte técnica. Si la modificación implica un aumento de plazo, deberá ser autorizada por la Contraparte técnica.
12.28.5. Programación de la Obra
El Contratista, una vez efectuada la Entrega de Terreno, procederá, en un plazo máximo de 3 días corridos, a entregar en las oficinas del Servicio Local los siguientes antecedentes:
a) Programación Física de la Obra: consistente en una Carta Gantt detallada por ítems de la propuesta actualizada, indicando la fecha de inicio y término, de acuerdo con los plazos señalados en este contrato, dejando bajo cada partida una fila libre, que será utilizada por la Contraparte Técnica para llevar su revisión de avance.
b) Programación de Inversión o Flujo de Caja: esta deberá decir relación con la Programación Física de la Obra. El Servicio Local responderá por el pago de acuerdo con los montos que se indican en el Flujo de Caja y considerando las obras realmente ejecutadas. Para efectos de lo anterior, en la Programación de Inversión se indicarán los estados de pago.
Cuando circunstancias de fuerza mayor o fortuitas lo aconsejen, la Contraparte Técnica podrá modificar la Programación de Obras (Carta Gantt y Programación de Inversión). También podrá modificarse este programa a solicitud del Contratista, cuando su petición se fundamente en caso fortuito o fuerza mayor certificada por la Contraparte Técnica. Si la modificación implica un aumento de plazo, deberá ser autorizada por la Contraparte Técnica.
12.28.6. Aseo
El Contratista deberá tener especial cuidado en el Aseo y presentación de la Obra, durante el desarrollo de ella y después de que se hayan terminado todos los trabajos, debiendo mantener limpia el área de trabajo y sectores destinados al acopio de materiales y escombros todos los días. Si no lo efectuase será indicado por la Contraparte Técnica y dispondrá un plazo máximo de 24 horas, en caso contrario, se podrá aplicar la multa correspondiente.
Los lugares de acopio de materiales serán definidos por el SLEP y deberán permanecer en orden y no afectar el normal funcionamiento del establecimiento.
Se deberá mantener cada faena libre de escombros, el aseo y retiro de escombros deberá realizarse diariamente. Una vez terminados los trabajos, deberá hacerse un aseo general de la faena, (retiro de excedentes, barrido y lavado) y lo que se solicite en las Bases Técnicas.
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12.29. Recepción de las Obras
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En el plazo de 8 días hábiles contados desde el término del plazo de ejecución de contrato y/o desde la fecha en que el contratista comunique al ITO el término anticipado de la obra, se constituirá la Comisión Receptora y el servicio iniciaría el proceso de recepción.
La Comisión Receptora estará formada por 3 funcionarios como mínimo, con título técnico o profesional competente a la naturaleza del proyecto, y deberá ser aprobada por Resolución.
El I.T.O. verificará el fiel cumplimiento de los planos y especificaciones del contrato y determinará en el Libro de Obra, la fecha en la que el Contratista puso término a ésta y solicitará la constitución de la Comisión receptora, previa solicitud de la recepción provisoria de las obras por parte del contratista.
Al acto de recepción asistirá la Comisión Receptora y el Contratista o su representante.
12.29.1. Entregas Parciales de Obras
Dependiendo del tipo de obras a ejecutar y de la necesidad del Contratista, se podrán efectuar entregas parciales de sectores o etapas claramente identificados, totalmente terminados y habilitados, funcionando en forma independiente de los sectores o etapas restantes del proyecto, contando con la aprobación del Área de Infraestructura del Servicio Local.
No obstante lo anterior, el Contratista no estará liberado de responsabilidad en la aplicación de multas por incumplimiento de plazos sobre el total de la obra, hasta la fecha en que se levante el acta de recepción provisoria sin observaciones.
12.29.2. Recepción Provisoria
El Contratista podrá solicitar por escrito al área de infraestructura del Servicio Local, previo visto bueno de la Contraparte Técnica, la Recepción Provisoria de las Obras.
La Recepción Provisoria de las obras se deberá efectuar hasta 5 días hábiles siguientes de vencido el plazo de ejecución de la obra contratada, haya enviado o no el Contratista la carta de solicitud, debiendo para ello asistir la Contraparte Técnica y la Comisión Receptora de Obras del Servicio Local, conformada por 3 funcionarios como mínimo, con título técnico o profesional competente a la naturaleza del proyecto, y deberá ser aprobada por resolución.
La Comisión Receptora de Obras tendrá por objeto verificar el cumplimiento de los antecedentes y especificaciones técnicas del contrato, de lo cual se dejará constancia en el acta de recepción provisoria, y será debidamente firmada por ésta y por el Contratista.
Cualquiera sea el tipo de recepción, deberá asistir el Contratista (o su representante legal) y el profesional que estuvo a cargo de la ejecución de obra.
La Comisión, asesorada por el ITO, verificará el fiel cumplimiento del contrato, según planos y especificaciones del Contrato y determinará en el Libro de Obras, la fecha en que el Contratista puso término a ésta y solicitará la Recepción Provisoria.
Se extenderá un acta de recepción provisoria con o sin observaciones, según corresponda, dejándolas informadas en el libro de obra.
Para la recepción de las obras se aplicarán los siguientes criterios:
- Obra No Terminada.
- Obra Terminada con Observaciones Menores.
- Obra Terminada y sin Observaciones.
12.29.3. Obra No Terminada
Si de la revisión de la obra resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados de acuerdo con los planos y Especificaciones Técnicas, la Contraparte Técnica no dará curso a la Recepción Provisoria, debiendo el Contratista volver a solicitarla cuando haya terminado las obras que corresponden a su contrato.
El plazo que el Contratista tome para terminar las obras estará sujeto a multas, y será definido por la Comisión Receptora de las Obras. El plazo sujeto a multa por atraso, podrá otorgarse por un máximo de 15 días.
En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por la Contraparte Técnica.
Una vez que el Contratista solicite por escrito nuevamente la recepción, se debe proceder a efectuar la Recepción Provisoria. Si ésta fuese con observaciones, se le dará el plazo que la Comisión Receptora de Obras determinará para subsanar las observaciones por resolver, se harán las recepciones que resulten necesarias, privilegiando las terminaciones del proyecto.
Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que fije la Comisión Receptora de Obras, de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, estará sujeto a la multa por atraso que corresponda, según lo indicado en este contrato.
Sobre 15 (quince) días de atraso, el SLEP se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, por indicaciones de su Área de Infraestructura, haciendo efectivas las garantías que estuvieran constituidas y sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes.
En el caso que estén pendientes los certificados de aprobación y/o las instalaciones de los servicios o empresas externas (Aguas Andinas, SEC, empalmes eléctricos, etc.), de corresponder, el I.T.O. podrá fijar un plazo máximo de 40 días no sujeto a multa, para que el contratista obtenga estas certificaciones y/o instalaciones. El plazo indicado de 40 días, de ser necesario, podrá extenderse en 20 días más, es decir, hasta un total de 60 días, si el contratista presenta en Dirección Jurídica la extensión correspondiente de la garantía de fiel cumplimiento, a fin de que ella cubra al nuevo plazo contractual más 60 días corridos.
Así también, si se detectan defectos que no afecten la eficiente utilización de la obra y puedan ser remediados fácilmente, se le otorgará al contratista un plazo máximo de 10 días no sujeto a multa, para su subsanación. Este plazo no sujeto a multa se otorgará sólo si el contratista hubiere solicitado con antelación al término de plazo de ejecución de las obras, las certificaciones y/o instalaciones señaladas.
En el caso que el Contratista no obtenga las certificaciones dentro del plazo fijado por la I.T.O., sucederá un plazo de 15 días hábiles sujetos a multa.
Si aun así no se obtienen las certificaciones se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a título de multa, y se procederá a dar termino y liquidación del contrato.
En el caso que el contratista no haya dado cumplimiento a las reparaciones indicadas, éstas podrán ser ejecutadas por la unidad técnica con cargo a los estados de pago pendiente. En tal caso el plazo autorizado libre de multas quedará sujeto al pago de éstas. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la garantía de fiel cumplimiento, procediendo a la liquidación del contrato.
12.29.4. Obra Terminada con Observaciones Menores
Cuando los defectos que se observen no afecten la eficiente utilización de la obra y puedan ser remediados fácilmente, la Comisión Receptora de Obras procederá a recibir la obra con reservas u observaciones que especifique.
Al mismo tiempo, la Comisión receptora fijará al Contratista un plazo para ejecutar las observaciones encontradas, el cual dependerá de la cantidad y tipo de trabajo a efectuar, exento de multas no mayor a 10 días corridos, contados desde la fecha en que se ha reunido por primera vez la Comisión Receptora. Una vez vencido el plazo, la Comisión receptora deberá constituirse nuevamente para constatar la ejecución de las reparaciones y levantar un acta de recepción provisional, si correspondiere. De persistir un mínimo de observaciones sin corregir o si hubiesen aparecido nuevas observaciones producto de las mismas reparaciones u otros, la Comisión evaluará volver a dar un nuevo plazo privilegiando las terminaciones del proyecto.
En el caso que el Contratista no haya dado cumplimiento a las reparaciones indicadas en cualquiera de las recepciones, por falta de materiales o mano de obra, la Comisión determinará aplicar multa por incumplimiento a orden impartida y dará un nuevo plazo máximo de 10 días para que se repare, de no ser cumplido se aplicará multa por atraso, según lo establecido en este contrato. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la garantía.
12.29.5. Obra Terminada y Sin Observaciones
Una vez verificado el cabal cumplimiento de los trabajos contratados, de acuerdo con el presupuesto y modificaciones del proyecto, y estando todas las partidas del presupuesto ejecutadas correctamente sin observaciones, se dará curso a la recepción provisoria sin observaciones y se levantará un acta que será suscrita por la Comisión Receptora de Obras. Se consignará como fecha de término de las obras la fecha de esta recepción provisoria.
12.29.6. Recepción Final
Habiendo transcurrido el período de correcta ejecución de 8 meses desde la Recepción Provisoria sin Observaciones, deberá solicitar al Área de Infraestructura del Servicio Local, la Recepción Final del contrato. En todo caso, deberá efectuarse a más tardar 20 días corridos antes del vencimiento de la garantía de correcta ejecución.
La Comisión Receptora de Obras asesorada por la ITO deberá verificar el estado de los trabajos ejecutados y se levantará el Acta correspondiente para efectuarse la Recepción Final con o sin Observaciones. En el caso de existir observaciones, el Contratista tendrá un plazo, determinado por la Comisión Receptora de Obras, para subsanarlas. Una vez subsanadas las observaciones, el Contratista deberá informar a la Comisión Receptora de Obras que las observaciones fueron subsanadas.
Si la Obra se encuentra sin observaciones, se procederá a levantar un Acta de Recepción Final sin observaciones. A continuación, el Área de Infraestructura solicitará la devolución de las garantías.
Cualquier deterioro de la Obra, debido a defectos en su construcción, ocurrido durante el plazo de la Garantía, será reparado por el Contratista, sin perjuicio del derecho del SLEP a demandar indemnización de perjuicios por el monto del deterioro no cubierto por la garantía. En caso de que el contratista se negare o no acudiera a reparar las observaciones efectuadas en el acta de recepción final, se podrá poner término anticipado al contrato y podrá hacerse efectiva la garantía de correcta ejecución.
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- BASES TÉCNICAS.
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OBRA:
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“CONSERVACIÓN ESCUELA LA VICTORIA, PEDRO AGUIRRE CERDA”
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ESTABLECIMIENTO:
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ESCUELA LA VICTORIA
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RBD :
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9418-8
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UBICACIÓN:
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PRIMERO DE MAYO N °4710
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COMUNA:
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PEDRO AGUIRRE CERDA
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REGIÓN:
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METROPOLITANA
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ID INFRAMINEDUC:
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1-SLE-2024-109
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SERVICIO LOCAL
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SANTA ROSA
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COD BIP:
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40068511-0
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- GENERALIDADES
Las presentes especificaciones técnicas están referidas al proyecto denominado “CONSERVACIÓN ESCUELA ESCUELA LA VICTORIA, PEDRO AGUIRRE CERDA”, a ejecutarse en la dirección que se individualizan a continuación:
ü DIRECCIÓN: CALLE PRIMERO DE MAYO N° 4710, COMUNA DE PEDRO AGUIRRE CERDA
Descripción: El presente proyecto contempla intervenir la fachada norte del pabellón norte de la escuela, realizando el cambio de ventanas, que permita blindar las salas de clases de posibles impactos que lleguen a la fachada exterior. De esta forma se logra asegurar a la comunidad educativa de los eventos delictuales que los ponen en peligro.
El proyecto contempla las siguientes intervenciones:
- Ventanas blindadas
- Ventanas aluminio
- Mejora de protecciones
- Pintura en salas
LIBRO DE OBRA Y NORMAS DE CONDUCTA
En la obra y durante toda la faena, se mantendrá un “Libro de Obra “donde el I.T.O indicará, señalará y dará instrucciones sobre cualquier aspecto que tenga que ver con el desarrollo de los trabajos o de lo que no se encuentre detallado en los planos o las Especificaciones Técnicas.
El Contratista no puede ejecutar cambios en los planos ni en las especificaciones técnicas, sin una instrucción por escrito del I.T.O expresada en el Libro de Obra o en un anexo que debe ser incorporado al mismo.
a) USO DE EMPALMES
El Contratista usará de los servicios de agua y electricidad disponibles en el establecimiento para la ejecución de las faenas. Para ello utilizará remarcadores de su cargo y los gastos relacionados con este tipo de servicios y consumos serán también de cargo del Contratista, montos que deberá incluir en sus gastos generales.
b) INSTALACIONES DE FAENAS
En el plano correspondiente se encuentra indicada la posición de la Instalación de Faenas para objeto de almacenaje y cuidado de los materiales e insumos del Contratista o los Subcontratistas.
El cuidado de los materiales y herramientas será de exclusiva responsabilidad del Contratista, por lo que deberá contar con un sistema de cierre en alguno de los recintos que se le destine. Será responsabilidad del Contratista el cuidado y mantención de las instalaciones aledañas a las obras durante el periodo de construcción.
c) NORMATIVAS DE REFERENCIA
Las obras especificadas se deberán respetar y aplicar las normas chilenas vigentes INN, normas extranjeras citadas para cada caso, o cualquier norma o ley aludida en las presentes especificaciones técnicas. La normativa nacional primará sobre la internacional, como son:
● Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
● Ley General de Urbanismo y Construcción.
● Leyes, Decretos y Disposiciones Reglamentadas relativas a permisos, aprobaciones, derechos municipales.
● Normas chilenas relacionadas con medidas de seguridad.
● Normativa relativa a Infraestructura Escolar y Especialidades.
● Normas chilenas vigentes a la fecha que digan relación con los materiales a emplear.
● Ministerio de Educación. Decreto Supremo N.º 548 fechado el 09.11.88 que aprueba Normas para Planta Física de los Locales Educacionales y todas aquellas emitidas con posterioridad hasta esta fecha.
● Normas del Instituto Nacional de Normalización (INN).
● Ballistic Resistant Protective Materials - NIJ Standard 0108.01, National Institute of Justice de los Estados Unidos.
d) GASTOS GENERALES
El contratista deberá incluir dentro de los gastos generales de la propuesta los siguientes ítems:
Seguros, certificados de ensayos de materiales necesarios, con muestras y laboratorios previamente autorizados por la ITO, personal a cargo de la obra y todo otro gasto adicional que se genere de las exigencias de las bases administrativas, de las presentes especificaciones técnicas o de la correcta ejecución de obra.
Serán de su cargo los trámites, certificados y gastos relativos a la contratación de personal y sus leyes sociales.
e) SEGURIDAD Y DESARROLLO DE LAS FAENAS
Será de responsabilidad del contratista cumplir con todos los reglamentos relacionados con la seguridad en el trabajo, proveer a su personal de equipos y herramientas adecuadas para una correcta ejecución de las obras. Del mismo modo el contratista se encargará de contar con mano de obra especializada y debidamente calificada, ateniéndose a la legislación vigente respecto de sus jornadas y leyes sociales.
El contratista se hará cargo de todos los reclamos que provengan del desarrollo del trabajo de su personal contratado. Se autorizará la utilización de subcontratistas debidamente identificados y aprobados por la Inspección Técnica, no existiendo ninguna delegación de la responsabilidad total y final de las obras encomendadas al contratista adjudicado con la presente propuesta.
Todos los materiales de demolición deberán ser eliminados del recinto y enviados a botaderos autorizados. Se deberá exigir comprobantes de la operación de retiro de escombros que aseguren una faena acorde con la protección del medio ambiente.
f) RECONOCIMIENTO DEL TERRENO
Para el estudio de la propuesta será requisito obligatorio e indispensable el reconocimiento del terreno, sus niveles y todo aquel detalle que sea útil en la ejecución de las obras. Las consultas que surjan a raíz de la visita a terreno, y las respuestas que emita la comisión evaluadora formarán parte integrante del proyecto.
De igual manera, el Presupuesto presenta una cubicación de materiales separada por cada subproyecto, esta debe entenderse como información referencial y debe ser verificada en la visita a terreno por parte del oferente.
g) INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Como información complementaria a estas EETT, se adjuntan los siguientes documentos:
○ Planimetría (digital y láminas en formato PDF)
○ Itemizado de partidas
- INSTALACIÓN DE FAENAS
Esta sección comprende todos los trabajos preliminares a la iniciación de la obra y la presentación de elementos tendientes a dar protección y facilidades de higiene al personal técnico, administrativo y obrero que intervendrá en la obra. Se incluye en esta sección despeje del terreno, trasplante de árboles existentes sólo en caso de ser necesario y retiro de escombros.
Todas las construcciones e instalaciones provisorias deberán ser retiradas por el oferente adjudicado al final de la obra, debiendo dejar los sectores o recintos utilizados para esos fines en las mismas condiciones preexistentes o bien en las condiciones exigidas por el proyecto, según corresponda.
Los trabajadores deberán tener un acceso completamente independiente de los alumnos, evitando su contacto. Se tomarán las medidas necesarias para la protección de la privacidad de los niños, los cierres deben ser opacos y en dimensiones suficientes para garantizar la privacidad de los niños y de los trabajadores evitando su contacto.
No se puede cortar, ni podar ningún árbol o arbusto del lugar. El Contratista se preocupará de cuidar, proteger los árboles del establecimiento que correspondan. Será de su responsabilidad reemplazar cualquier árbol que destruya. En caso de existir alguna interferencia con el proyecto, deberá avisar con la debida antelación a la Inspección Técnica para determinar la pertinencia de sacar o cortar el árbol o arbusto.
El contratista deberá cumplir con las condiciones presentadas en DS N°594/2000 que aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del ministerio de salud.
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1
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CONSTRUCCIONES PROVISORIAS
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1.1
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Oficina Empresa Contratista
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Se deberá habilitar una oficina para la empresa constructora con una superficie de acuerdo con sus requerimientos y con una sala de reuniones para uso compartido con el ITO, los que deberán permanecer permanentemente aseados. Estas dependencias deberán habilitarse dentro de los primeros 5 días de entregado el terreno. Se sugiere un módulo básico prefabricado tipo Top 1 de Tecnofast o superior calidad, de dimensiones mínimas 600x2500x240 cm y altura 280 cm aprox., con puerta y ventanas para garantizar ventilación, y se instalará de acuerdo a indicaciones del proveedor.
El valor de esta partida se incluye en los gastos generales.
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1.2
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Bodega de materiales y herramientas
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El oferente adjudicado deberá disponer de bodegas para el almacenamiento de materiales, herramientas y equipos. Las bodegas tendrán las dimensiones adecuadas a la cantidad de materiales y herramientas que se mantengan en la obra, dotándolas de las estanterías y espacios necesarios para un correcto almacenamiento. Su construcción debe garantizar una adecuada protección contra robos, incendios e intemperie. Se considera una superficie mínima de 18 m2.
El valor de esta partida se incluye en los gastos generales.
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1.3
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Comedores de trabajadores
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Serán de acuerdo con las exigencias estipuladas por la Dirección del Trabajo. Deberá contar a lo menos con mesones y bancas en cantidad suficiente para la cantidad de trabajadores, refrigerador y cocinilla y/o microondas, además de zona de higienización de superficie lavable que a lo menos debe considerar la instalación de 1 lavaplatos.
El valor de esta partida se incluye en los gastos generales.
Se debe utilizar casetas sanitarias químicas portátiles o una solución técnicamente equivalente en la cantidad que exigen las normas de acuerdo con el número de personas contratadas, y estar disponibles durante todo el transcurso de la obra. El sector de baños deberá estar alejado o correctamente cercado para evitar el ingreso de personal ajeno a la obra.
El valor de esta partida se incluye en los gastos generales.
Para la correcta ejecución de los trabajos, se deberá proceder al cierre del perímetro en donde se estén realizando faenas, y para este efecto, se contempla un área a delimitar para evitar el ingreso de comunidad educativa a la zona mientras se ejecuten las faenas. Se cercará todo el contorno de zona de instalación de faenas, como también la zona donde se estén ejecutando labores, mediante cuartones de 4”x4” más Malla Raschel color negra, doble, de forma de proteger el ingreso de la comunidad en general a la obra.
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1.6
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Retiro de escombros a botadero autorizado
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La totalidad de los escombros que se produzcan en la obra deberán ser acopiados en forma segura, ordenada y retirada en camiones a botaderos autorizados que cumplan con la reglamentación de protección ambiental.
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1.7
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Aseo Final de la Obra
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Las áreas intervenidas se deberán entregar completamente aseadas, libres de escombros y suciedad. Las áreas de trabajo y zonas de acopio de materiales deberán entregarse perfectamente despejadas, libres de irregularidades, instalaciones expuestas u otros.
No se recibirá la obra si la I.T.O considera insuficiente el aseo o no se hayan retirado todos los elementos utilizados en obra.
Una vez terminada la obra, la empresa contratista deberá desarmar todas las instalaciones provisorias, considerar el retiro de todo escombro, máquinas, herramientas y cualquier elemento ajeno al terreno tanto del establecimiento como de las calles perimetrales.
Durante la faena y el término de ella, el Contratista deberá velar por el aseo de vías de circulación usadas para el acarreo de materiales, y se preocupará que el entorno no sea contaminado por elementos y restos provenientes de la obra.
El valor de esta partida se incluye en los gastos generales.
Acorde a lo indicado en las Bases Administrativas el Contratista deberá consultar la ejecución y colocación, en la ubicación que determine la Inspección Técnica, del letrero indicativo de obras, que se confeccionará según el siguiente detalle: Dimensiones mínimas del letrero: será determinado según la siguiente tabla:
▪ Materialidad: Lienzo de PVC de buena calidad u otro material de calidad superior.
▪ Emplazamiento: Lugar del EE en donde toda la comunidad educativa pueda verlo con facilidad.
▪ Estructura soportante: este será instalado en un bastidor metálico en perfil cuadrado de 60 X 40 X 1.5 mm. En su cara posterior y con 2 pilares empotrados al terreno en una fundación aislada de 0.40 x 0.40 x 0.60 metros, de perfil metálico tubular cuadrado de 100 x 100 x 2 mm.
▪ Seguridad del Letrero: Se debe indicar que cualquier situación de seguridad referida al “Letrero de Obras” es de total responsabilidad de la empresa y en nada del mandante, ni a título directo ni subsidiario.
▪ Permanencia del letrero: Desde el momento de “entrega de terreno” hasta la recepción definitiva de Obras por parte del mandante.
*Se adjunta a este documento el manual de vallas respectivo
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2
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TRABAJOS PREVIOS DEMOLICIONES
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2.1
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Retiro de ventanas existentes fachada norte (exterior)
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Se consulta el desarme y retiro de ventanas señaladas en lámina de arquitectura 3/6 y 4/6. Se debe tener precaución con los daños que se puedan ocasionar en vanos y terminaciones de salas. Posterior al desarme, los elementos serán acopiados en una zona segura para luego llevar a un vertedero autorizado.
La continuidad o periodicidad del retiro será según instrucciones de la ITO, las que quedarán plasmadas en el libro de obras respectivo.
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2.2
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Retiro de ventanas existentes fachada sur (interior)
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Se consulta el desarme y retiro de ventanas señaladas en lámina de arquitectura 3/6 y 4/6. Se debe tener precaución con los daños que se puedan ocasionar en vanos y terminaciones de salas. Posterior al desarme, los elementos serán acopiados en una zona segura para luego llevar a un vertedero autorizado.
La continuidad o periodicidad del retiro será según instrucciones de la ITO, las que quedarán plasmadas en el libro de obras respectivo.
- OBRAS CIVILES
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3.1.1
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Ventanas blindadas fachada norte (exterior) V1
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Para la fachada norte del pabellón norte, 12 salas de clases indicadas en planimetría, se consulta la instalación de ventanas blindadas que cumplan con la normativa Ballistic Resistant Protective Materials - NIJ Standard 0108.01, NIVEL II, del National Institute of Justice de los Estados Unidos.
Cada ventana (tipo V1) incorpora paños fijos de vidrio blindado y un paño proyectante de vidrio monolítico de 4mm con celosía exterior blindada. De esta forma el diseño cumple con la protección antibala en un 100%. Los vidrios blindados serán cristales antibala Nivel II de 40mm de espesor formados por 4 capas de cristal incoloro unidas por láminas de seguridad e PVB. La celosía blindada será en lámina de acero de 4mm de espesor cortado por láser y plegado, además de pintada con pintura anticorrosiva y de terminación electrostática, cuyo diseño permitirá la circulación de aire, pero no dejará espacio de ventana expuesto.
Los marcos de ventana se indican en lámina 6/6, y serán en perfiles de acero 50/30/3mm con pletina de acero de 38/6mm, según diseño indicado en planimetría, y tubo rectangular de aluminio de 50/25/1.5mm seccionado a medida, el cual será encajado en estructura de acero y contendrá en cristal blindado. El marco será recubierto por un perfil U de aluminio de 50/25/1.5mm o 70/25/1.5mm según corresponda. El marco de la ventana proyectante será en aluminio.
Los marcos de acero serán protegidos con pintura anticorrosiva electrostática.
La ventana irá anclada a vano existente por medio de perno de anclaje de 3/8” x 3”, al menos tres en la parte inferior y superior, y al menos dos en los laterales.
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3.2.1
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Ventanas aluminio fachada sur (interior) V2
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Para la fachada sur del pabellón norte, 12 salas de clases indicadas en planimetría, se consulta la instalación de nuevas ventanas (tipo V2) de aluminio proyectantes con vidrio monolítico de 4mm, según diseño indicado en planimetría.
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3.2.2
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Ventanas aluminio fachada sur (interior) V3
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Para la fachada sur del pabellón norte, 12 salas de clases indicadas en planimetría, se consulta la instalación de nuevas ventanas (tipo V3) de aluminio proyectantes con vidrio monolítico de 4mm, según diseño indicado en planimetría.
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3.3.1
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Retiro de protecciones existentes
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Para la correcta instalación de ventanas se requiere retirar las protecciones existentes. Se debe tener precaución con los daños que se puedan ocasionar en su estructura, los muros, vanos y terminaciones de fachada. Posterior al desarme, los elementos serán acopiados en una zona segura para luego reinstalarlas.
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3.3.2
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Reinstalación de protecciones existentes
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Una vez terminada la instalación de ventanas blindadas, se reinstalarán las protecciones existentes que fueron retiradas. Estas deben ser reparadas y pintadas antes de su fijación a muro.
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3.3.3
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Pintura de protecciones existentes
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Una vez que se reparen las protecciones existentes, se deberán pintar con pintura anticorrosiva y de terminación de tipo “Triple Acción Metal” o similar técnica (Convertidor de óxido, Anticorrosivo y Esmalte de terminación). Se aplicarán al menos dos manos.
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3.4.1
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Pintura muros interiores
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Una vez que se complete la instalación de ventanas, se deberán pintar los muros y los cielos de las salas intervenidas. Se deberá tener especial cuidado en el retiro y la reinstalación de los equipos de luz y sus componentes. La ITO verificará el correcto funcionamiento e instalación.
Todos los muros interiores se pintarán con al menos dos manos de esmalte al agua color blanco, marca Sherwin Williams o calidad igual o superior en el mercado.
Se deberá considerar un segundo color según altura de pizarrón, el cual será a elección del director del establecimiento o a quien designe y el cual será debidamente informado. La pintura deberá ser de calidad igual o superior a Sherwin Williams.
Se deberá considerar la pintura desde piso a cielo, incluyendo guardapolvo, cornisas y todos los elementos de borde de ventanas, molduras, elementos metálicos, etc. La asignación del segundo color deberá quedar estipulada en el libro de obras respectivo.
FIN DE BASES TÉCNICAS.
III. DE LA EVALUACIÓN
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Criterios de Evaluación
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La evaluación de las ofertas se realizará en conformidad a los siguientes criterios de evaluación:
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N°
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PONDERACIÓN
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1
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Oferta Económica
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40%
|
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2
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Experiencia del oferente
|
30%
|
|
3
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Capacidad económica
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15%
|
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4
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Certificado de Registro de Contratista
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10%
|
|
5
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Programas de integridad y Ética Empresarial
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1%
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6
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Cumplimiento Requisitos Formales
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4%
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TOTAL
|
100%
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Nota: El puntaje total final de cada proponente se obtendrá mediante la sumatoria de los porcentajes parciales obtenidos debido a la aplicación de los criterios de evaluación indicados.
Los criterios de evaluación se aplicarán conforme a criterios y determinarán el puntaje al oferente adjudicado.
Nota: Para efectos de puntajes, se considerarán 2 (dos) decimales, sin aproximación.
DETALLE DE CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
- OFERTA ECONÓMICA (40%)
El puntaje de este criterio será asignado en consideración a lo declarado por cada oferente, en concordancia con lo señalado en el Anexo N°8-A.
La evaluación se hará a partir de la siguiente fórmula:
Donde:
La oferta económica declarada considera todo costo asociado a la prestación objeto de esta licitación, por lo que todo gasto adicional que tenga relación directa con los servicios requeridos deberá ser de cargo exclusivo del proveedor que resulte adjudicado.
- EXPERIENCIA DEL OFERENTE (30%) ANEXO N°9
Se evaluará la experiencia del Oferente en el rubro según la acreditación de obras de conservación, normalización, mejoramiento en obras civiles públicas o privadas, que no constituyan viviendas u obras civiles en bien nacional de uso público.
Para la evaluación de la experiencia de la empresa el oferente debe presentar certificaciones emanadas de las instituciones públicas o privadas que acrediten la ejecución de los servicios.
Se acreditará la experiencia con la siguiente documentación y sólo se considerarán las que incluyen en su contenido los m2 ejecutados igual o superiores a 300 m2 desde el año 2015 a la fecha. Los archivos de acreditación de experiencia deberán venir en formato PDF debidamente numerados y en concordancia al listado del Anexo N°9
Se aceptará como acreditación de experiencia lo siguiente:
- Por Instituciones Públicas:
- de una obra ejecutada. El certificado debe indicar los m2 ejecutados o documentación que respalden su cantidad de obras ejecutas y el año de ejecución.
- Por Instituciones Privadas:
- El certificado debe indicar los m2 ejecutados o documentación que respalden su cantidad de obras ejecutas y el año de ejecución.
Y, además:
- Contrato firmado por ambas partes.
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente tabla:
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Experiencia
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Puntaje
|
|
Oferente acredita 20 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
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100
|
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Oferente acredita entre 15 y 19 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
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75
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Oferente acredita entre 8 y 14 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
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50
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Oferente acredita entre 1 y 7 experiencias en Instituciones públicas o privadas.
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25
|
|
El oferente no acredita experiencia
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0
|
Nota 1: Sólo se contabilizarán las 20 primeras acreditaciones de experiencia informadas en el Anexo N°10 con los respaldos adjuntos. Cualquier certificado adicional no será contabilizado.
Nota 2: Si el certificado no especifica claramente el tipo de obra acreditada, quedara excluido (obras de construcción de acuerdo con lo señalado precedentemente)
Nota 3: Si el certificado no especifica claramente el monto de la experiencia No será considera y quedará excluido de su contabilización.
Nota 4: Se considerará un certificado por cada obra, en caso de que el certificado presentado contenga más de una obra solo se contabilizara la primera de ellas.
Nota 5: Los archivos de respaldo de experiencia deberán venir en formato PDF debidamente numerados y siguiendo el mismo orden declarado por el oferente en el Anexo N°9. Adjuntando y señalando claramente la documentación que acredita cada experiencia.
Nota 6: Serán consideradas las que incluyen en su contenido los m2 ejecutados igual o superiores a 300 m2 desde el año 2015 a la fecha.
Nota 7: La no presentación de Anexo N°9 significará puntaje 0.
Nota 8: En el caso de presentar certificados emitidos por terceros, estos no serán considerados, como además aquellos emitidos por el mismo proveedor y/o alguno de sus representantes.
Puntaje Experiencia del Oferente = Puntaje obtenido * 30%
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El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente fórmula:
- CAPACIDAD ECONÓMICA (15%) ANEXO N°10
En este criterio se evalúa la capacidad económica del contratista, el cual deberá acreditarse con el capital propio tributario positivo de la última declaración de impuesto a la renta, en este sentido, se debe presentar la declaración anual de impuestos 2025, que corresponde al ejercicio del año 2024 (formulario F22). Donde interesa en particular, la información relativa al “Capital Propio Tributario Positivo” (de acuerdo a Declaración de Renta, código 645). El criterio se evaluará según lo presentado en Anexo N°10, y será evaluado según la siguiente tabla:
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CAPACIDAD ECONÓMICA
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Puntaje
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Capacidad Económica mayor a $500.000.000.
|
100
|
|
Capacidad Económica entre $300.000.001 y $500.000.000.
|
75
|
|
Capacidad Económica entre $200.000.001 y $300.000.000.
|
50
|
|
Capacidad Económica entre $100.000.001 y $200.000.000.
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25
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Capacidad Económica menor a $100.000.000.
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0
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La no presentación de Formulario F22 significará puntaje 0.
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje Evaluación Capacidad Económica = Puntaje obtenido * 15%
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- CERTIFICADO DE REGISTRO CONTRATISTA (10%) ANEXO N°11
En este criterio se evalúa la calificación que Obtenga cada una de las propuestas conforme a su certificado de registro contratista vigente presentado, siendo evaluado según la siguiente tabla:
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Certificado de Registro Contratista
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Puntaje
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Certificado Inscripción Vigente RENAC MINVU en Registro A-2 Categoría 4ª o superior, como también B-1 Categoría 4ª o superior.
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100
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Certificado de Inscripción Vigente de Registro de Contratistas de Obras Menores del MOP, en los siguientes registros 9.O.M. o 5.O.M, ambas en Categoría B.
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50
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Certificado de Inscripción Vigente en los Registro de Contratistas en Obras Menores Municipal.
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25
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Sin Certificados de Registro Contratista.
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0
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El oferente deberá adjuntar al Anexo N°11 los certificados que acrediten el cumplimiento del criterio establecido. En caso de presentar dos o más certificados, se considerará únicamente aquel que otorgue el mayor puntaje.
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje Certificado de Registro Contratista = Puntaje obtenido * 10%
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- PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL (1%) ANEXO N°6
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en Anexo N°6 Programa de Integridad. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal.
Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de las UTP cabe señalar que cada uno de sus integrantes deberá completar este anexo y asimismo adjuntar sus respectivos programas de integridad, en caso de tenerlos.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
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Declaración Jurada Simple
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Puntaje
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No cuenta con un Programa de integridad que sea conocido por su personal en su empresa.
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0
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Cuenta con un Programa de integridad que sea conocido por su personal en su empresa, proporcionando el documento que lo respalde y la difusión al personal.
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100
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Nota: En el caso de UTP será considerado que “El oferente dispone de un Programa de Integridad conforme a lo establecido en el criterio” cuando todos los integrantes de la UTP dispongan del Programa de Integridad.
El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje Declaración Jurada Simple = Puntaje obtenido * 1%
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7. CUMPLIMIENTOS DE REQUISITOS FORMALES (4%)
El oferente debe presentar la totalidad de los documentos requeridos en el ingreso de los antecedentes, tanto los obligatorios (anexos) como sus complementos y respaldos solicitados según corresponda.
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Declaración Jurada Simple
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Puntaje
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Presenta todos los anexos, complementos y/o respaldos, conforme a resolución Exenta en forma y fondo.
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100
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No presenta todos los anexos, complementos y/o respaldos, conforme a resolución Exenta en forma y fondo.
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0
|
Para evaluar un documento como debidamente presentado, se considerará la vigencia de este y el formato que se detalla en los anexos de este mismo documento.
No se consideran los anexos de carácter informativo dentro de los documentos requeridos para el ingreso de antecedentes.
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Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales = Puntaje obtenido * 4%
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ANEXO N°1
FORMULARIO DE DATOS DEL OFERENTE
LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
El Proveedor que suscribe, declara:
- Conocer y aceptar las condiciones establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas, que rigen esta Propuesta Pública, y las contenidas en las respuestas a las consultas, aclaraciones y modificaciones que se produzcan durante el proceso.
- Haber estudiado todos los antecedentes y verificado las Especificaciones Técnicas de la propuesta.
- Haber verificado las condiciones de trabajo y de abastecimiento y estar de acuerdo con ellas.
- DATOS DEL OFERENTE
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Nombre representante legal o nombre persona natural
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Cargo
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Razón social
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RUT o RUN del oferente
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Domicilio
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Ciudad
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Teléfono
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Fax
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Email
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Web de la empresa
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- DATOS DE CONTACTO DEL OFERENTE
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Nombre contacto para la Licitación
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Domicilio
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|
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Ciudad
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|
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Teléfono
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Celular (opcional)
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Email
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Firma persona natural o representante legal de la persona jurídica
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San Miguel, ____ de __________________ de 2025
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ANEXO N°2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
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LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
Por la presente, el Oferente, <> o <>, declara bajo juramento que se compromete en caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos que fueron contratados en los dos últimos años anteriores a la presente licitación, a que los primeros estados de pago producto del contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Nota: Debe adjuntar F-30.
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|
|
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NOMBRE - FIRMA
PERSONA NATURAL
|
NOMBRE – FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL
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San Miguel, ____ de __________________ de 2025
ANEXO N°3
FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA, DE LA PERSONA NATURAL O REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
El representante legal de la empresa deberá presentar debidamente en la plataforma www.mercadopublico.cl la copia de cédula de identidad, la cual debe ser legible y clara.
ANEXO N°4
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE LOS PRINCIPALES SOCIOS Y/O ACCIONISTAS
LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
- El presente Anexo deberá ser llenado obligatoriamente por todas aquellas sociedades que no tengan ingresadas y actualizadas esta información en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado (Chile Proveedores).
- Registre para cada socio el RUN, nombre y porcentaje de participación en la sociedad informada. Es importante que este recuadro totalice el 100 % de la propiedad.
- Para Sociedades que eventualmente constan con muchos socios, indicar solo los 12 de mayor participación, agregando una línea final de “Otros” para totalizar el 100%.
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Conforme al inciso 3° de la letra a) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653 que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
Yo, ………………………………………………………, (nombre de representante legal), cédula de identidad N° …………………RUN representante legal), con domicilio en…………………………………………………………………, en representación de ………………………………………………………………………… (Razón Social), RUT N°……………………(RUT empresa), del mismo domicilio, declaro que los siguientes son los socios vigentes a esta fecha.
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Nº
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RUN Socio
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Nombre de los Socios
|
% de Participación en la Sociedad
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1
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2
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3
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4
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5
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6
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7
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|
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8
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9
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Nota:
- Deben indicarse al menos los 09 socios de mayor participación.
Nombre del Representante Legal de la Empresa ________________________________________________________
Firma del Representante Legal de la Empresa _______________________________________
RUN del Representante Legal de la Empresa__________________
Fecha________________________
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ANEXO N°5
DECLARACIÓN JURADA PACTO DE INTEGRIDAD
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LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
Yo , Cedula Nacional de identidad Nº , en mi calidad de Oferente o Representante Legal de ___________________________________________________, declaro que la empresa que represento, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar la información y documentación que deba presentar para este proceso licitatorio, tomando las medidas necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y técnica y económica ajustada a la realidad, que aseguren que se puede cumplir con ella en las condiciones y oportunidades ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar las medidas necesarias para que sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con quienes este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de esta licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fueron determinadas por los organismos correspondientes.
- www.mercadopublico.cl.
_______________________________________________
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
En ____________, a __ del mes________________________ del año 2025
|
ANEXO N°6
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
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LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
DEL PROVEEDOR
|
|
|
RUT DEL PROVEEDOR
|
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Por medio del presente acto, el oferente declara _______(SI/NO) disponer de un programa de integridad, conocido por su personal y colaboradores, por medio del cual se establezca la forma de aplicación de una cultura de cumplimiento, y la prevención de delitos y/o sanciones.
Nota, en el caso de responder “SI” en el presente anexo, el proveedor deberá adjuntar la documentación en la cual conste el programa de integridad y su alcance.
_______________________________________________
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
En ____________, a __ del mes________________________ del año 2025
ANEXO N°7
PLAZO DE EJECUCIÓN
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LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
Debe ofertarse por el plazo total en el que incurrirá el proveedor en ejecutar el PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA contados desde la fecha establecida en el “Acta de entrega de terreno”.
Escribir el número de días corridos ofertados: _______
IMPORTANTE: El plazo NO podrá ser superior a 120 días corridos, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible. Este plazo no será criterio de evaluación.
______________________________________________
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE
En ___________ a ______ del mes________________________ del año 2025
LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
DEL PROVEEDOR
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|
|
RUT DEL PROVEEDOR
|
|
|
N°
|
SERVICIO
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COSTO IVA INCLUIDO (monto a evaluar)
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1
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PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA
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$
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IMPORTANTE:
- La información presentada en este anexo deberá ser concordante con el monto señalado en el anexo N°8-B.
- La oferta deberá ser presentada en pesos chilenos y en números enteros.
- La oferta económica declara considera todo costo asociado a la prestación objeto de esta licitación, por lo que todo gasto adicional que tenga relación directa con los servicios requeridos deberá ser de cargo exclusivo del proveedor que resulte adjudicado.
- La asignación de puntaje de los criterios económicos será medida de acuerdo con los precios declarados en el apartado “[monto a evaluar]” de cada concepto, en conformidad con las fórmulas, ponderaciones y consideraciones establecidas en las bases administrativas.
_______________________________________________
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
En ____________, a __ del mes________________________ del año 2025
ANEXO N°8-B
ITEMIZADO
Nota N°1: El Anexo N°8-B deberá ser presentado en formato EXCEL Y PDF.
Nota N°2: El Anexo deberá ser concordante con su oferta económica presentada en Anexo N°8-A
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ANEXO N°9
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
DEL PROVEEDOR
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|
|
RUT DEL PROVEEDOR
|
|
|
N°
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NOMBRE DE LA OBRA
|
MANDANTE
|
FECHA RECEPCION CONFORME (DIA/MES/AÑO)
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MTS.2 EJECUTADOS
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ACREDITA EXPERIENCIA PÚBLICA O PRIVADA
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DOCUMENTOS ADJUNTOS PARA ACREDITAR (Indicar nombre)
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1
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|
|
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|
2
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|
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|
|
3
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|
|
|
|
|
|
4
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|
|
|
|
|
|
|
5
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|
|
|
|
|
|
|
6
|
|
|
|
|
|
|
|
7
|
|
|
|
|
|
|
|
8
|
|
|
|
|
|
|
|
9
|
|
|
|
|
|
|
|
10
|
|
|
|
|
|
|
|
11
|
|
|
|
|
|
|
|
12
|
|
|
|
|
|
|
|
13
|
|
|
|
|
|
|
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14
|
|
|
|
|
|
|
|
15
|
|
|
|
|
|
|
|
16
|
|
|
|
|
|
|
|
17
|
|
|
|
|
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18
|
|
|
|
|
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19
|
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|
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20
|
|
|
|
|
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Cada experiencia deberá acreditarse de forma correcta, y en orden lógico y numerado, en caso de no ser posible identificar a que documento acredita cada experiencia NO será considerada
Se aceptará como acreditación de experiencia lo siguiente:
-
- Certificado de Conformidad de Obras Ejecutadas o Actas de Recepción Final de Obras emitido por Instituciones Públicas que actuaron como mandante de una obra ejecutada. El certificado debe indicar los m2 ejecutados o documentación que respalden su cantidad de obras ejecutas y el año de ejecución.
-
- Certificado de Conformidad emitido por Instituciones Privadas que actuaron como mandante de una obra ejecutada, cada documento debe dar cuenta expresamente del tipo de trabajos realizados, nombre de la obra, fecha de ejecución, monto de la obra, firma del mandante. El certificado debe indicar los m2 ejecutados o documentación que respalden su cantidad de obras ejecutas y el año de ejecución.
Y, además:
- Contrato firmado por ambas partes.
Nota 1: Sólo se contabilizarán las 20 primeras acreditaciones de experiencia informadas en el Anexo N°9 con los respaldos adjuntos. Cualquier certificado adicional no será contabilizado.
Nota 2: Si el certificado no especifica claramente el tipo de obra acreditada, quedara excluido (obras de construcción de acuerdo con lo señalado precedentemente)
Nota 3: Si el certificado no especifica claramente el monto de la experiencia No será considera y quedará excluido de su contabilización.
Nota 4: Se considerará un certificado por cada obra, en caso de que el certificado presentado contenga más de una obra solo se contabilizara la primera de ellas.
Nota 5: Los archivos de respaldo de experiencia deberán venir en formato PDF debidamente numerados y siguiendo el mismo orden declarado por el oferente en el Anexo N°9. Adjuntando y señalando claramente la documentación que acredita cada experiencia.
Nota 6: Serán consideradas las que incluyen en su contenido los m2 ejecutados igual o superiores a 300 m2 desde el año 2015 a la fecha.
Nota 7: La no presentación de Anexo N°9 significará puntaje 0.
Nota 8: En el caso de presentar certificados emitidos por terceros, estos no serán considerados, como además aquellos emitidos por el mismo proveedor y/o alguno de sus representantes.
_______________________________________________
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
En ____________, a __ del mes________________________ del año 2025
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ANEXO N°10
CAPACIDAD ECONÓMICA
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LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
DEL PROVEEDOR
|
|
|
RUT DEL PROVEEDOR
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CAPACIDAD ECONÓMICA
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SI/NO
|
|
Capacidad Económica mayor a $500.000.000.
|
|
|
Capacidad Económica entre $300.000.001 y $500.000.000.
|
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|
Capacidad Económica entre $200.000.001 y $300.000.000.
|
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Capacidad Económica entre $100.000.001 y $200.000.000.
|
|
|
Capacidad Económica menor a $100.000.000.
|
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ADJUNTAR FORMULARIO F22 EJERCICIO DEL AÑO 2024
NOTA 1: La capacidad económica del contratista, deberá ser acreditada con el capital propio tributario positivo de la última declaración de impuesto a la renta mediante la declaración anual de impuestos 2025, que corresponde al ejercicio del año 2024 (formulario F22). Donde interesa en particular, la información relativa al “Capital Propio Tributario Positivo” (de acuerdo a Declaración de Renta, código 645).
NOTA 2: La no presentación de Formulario F22 significará puntaje 0.
_______________________________________________
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
En ____________, a __ del mes________________________ del año 2025
|
ANEXO N°11
CERTIFICADO DE REGISTRO CONTRATISTA
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LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
|
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
DEL PROVEEDOR
|
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|
RUT DEL PROVEEDOR
|
|
|
Certificado de Registro Contratista
|
SI/NO
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Certificado Inscripción Vigente RENAC MINVU en Registro A-2 Categoría 4ª o superior, como también B-1 Categoría 4ª o superior.
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Certificado de Inscripción Vigente de Registro de Contratistas de Obras Menores del MOP, en los siguientes registros 9.O.M. o 5.O.M, ambas en Categoría B.
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Certificado de Inscripción Vigente en los Registro de Contratistas en Obras Menores Municipal.
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NOTA: La no presentación de certificados de Registro de Contratista, tendrá 0 (cero) puntos.
_______________________________________________
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
En ____________, a __ del mes________________________ del año 2025
ANEXO N°12 (INFORMATIVO)
PLANIMETRÍA
LICITACIÓN PÚBLICA: “PROYECTO DE CONSERVACIÓN PARA LA ESCUELA LA VICTORIA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA SANTA ROSA”
Se adjuntan planos en Anexos de la Licitación.
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