SEGÚN PUNTO N°15 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, LETRA d) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES:
a) Existencia de Programas de Integridad (10%)
El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen N°E370752 de 2023.
La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de este por parte de sus trabajadores, según el siguiente detalle:
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ítem
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Puntaje
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Presenta pacto o programas de integridad y acredita haber puesto en conocimiento de sus trabajadores.
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100 puntos
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Presenta pacto o programas de integridad y NO acredita haber puesto en conocimiento de sus trabajadores.
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50 puntos
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No presenta pacto o programas de integridad
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0 puntos
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La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través antecedentes tales como:
- Certificado de institución que haya impartido dicho curso a la empresa
- Subir programa de Integridad
- Declaración jurada de trabajadores (en que señale haber recibido las instrucciones y conocimientos del programa en comento)
El oferente que no presente su respectivo Programa de Integridad quedará inmediatamente FUERA DE BASES, dicho Programa de Integridad deberá contar como mínimo con los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación público, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerles o concederles a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objetivo influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera
fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas prácticas, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.
e) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
f) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
g) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relaciones directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar otros antecedentes del oferente que permitan determinar, que el proyecto en licitación será ejecutado correctamente.
Serán causales de eliminación inmediata, y no formarán parte de las ofertas propuestas al señor alcalde, los siguientes aspectos:
- Verificación de anomalías, falsificaciones o de adulteración de la documentación presentada.
Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta.
La comisión emitirá un acta de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario o más si corresponde.
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje.