|
Resolución de Empates |
|
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final, entre dos o más oferentes, se seleccionará de acuerdo con la siguiente secuencia:
a) El oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio económico.
b) De persistir el empate, al oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio técnico.
c) Si se aplican estos criterios y se mantiene el empate, se optará por adjudicar a la propuesta que primero se hubiere ingresado al portal, según el comprobante de ingreso de oferta.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
Las respuestas a las consultas y solicitudes de aclaración formuladas por los interesados estarán disponibles en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública disponible en mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el numeral 3. “Etapas y Plazos de la Licitación”, contenido en los Antecedentes Generales de la Licitación. Dichas respuestas serán aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo.
Las respuestas, aclaraciones e interpretaciones emitidas durante el proceso licitatorio contribuirán a precisar el sentido y alcance de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y anexos, en aquello que resulte pertinente según su naturaleza, pasando a formar parte integrante de las mismas y debiendo ser consideradas por los oferentes para la correcta preparación y presentación de sus ofertas. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar desconocimiento de dichas actuaciones una vez publicadas en el Sistema de Información.
El Servicio, en resguardo de los principios de estricta sujeción a las Bases, igualdad entre los oferentes, transparencia y juridicidad, podrá interpretar administrativamente las disposiciones contenidas en las presentes Bases, únicamente para efectos de aclarar dudas, resolver aspectos de interpretación o suplir vacíos que pudieren suscitarse durante el proceso licitatorio, sin alterar el contenido esencial de las Bases ni afectar los derechos de los oferentes.
Asimismo, el Servicio podrá efectuar aclaraciones de oficio o con ocasión de las consultas formuladas por los oferentes, las cuales podrán ser informadas conjuntamente con las respectivas respuestas.
En caso de que dichas aclaraciones impliquen una modificación de las Bases de Licitación, ésta deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en el numeral 5. “Modificación de las Bases” de las presentes Bases Administrativas.
|
|
|
|
Modificación de bases |
|
El Servicio podrá modificar las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus anexos, ya sea de oficio o con ocasión de las consultas formuladas por los interesados a través del foro de preguntas y respuestas del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, siempre con estricto apego a los principios que rigen la contratación pública, especialmente los de igualdad entre los oferentes, transparencia y estricta sujeción a las Bases.
Dichas modificaciones podrán efectuarse hasta antes del vencimiento del plazo de recepción de ofertas, y serán aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo, sujeto a la misma tramitación administrativa de la resolución que aprueba las presentes Bases.
Las modificaciones que se efectúen serán debidamente publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública disponible en mercadopublico.cl, pasando a formar parte integrante de las presentes Bases, y entrarán en vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe y su respectiva publicación en dicho Sistema de Información.
En caso de efectuarse modificaciones a las Bases, el Servicio podrá establecer un nuevo plazo para la recepción de ofertas, cuando ello resulte necesario para resguardar el debido conocimiento de los antecedentes del proceso y permitir a los potenciales oferentes la adecuada preparación o adecuación de sus propuestas.
|
|
|
|
Requisitos del Oferente |
|
Podrán participar en el presente proceso de licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que individualmente o asociadas mediante Unión Temporal de Proveedores (UTP), cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases y presenten ofertas en la oportunidad, términos y condiciones señaladas en las mismas, siempre que no se encuentren afectas a alguna de las inhabilidades establecidas en la Ley N°19.886, su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y demás normativa aplicable.
No podrán participar en el presente proceso licitatorio quienes se encuentren afectos a alguna de las siguientes inhabilidades:
1. Haber sido condenados por prácticas antisindicales, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.886.
2. Haber sido condenados por infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.886.
3. Haber sido condenados por delitos concursales contemplados en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
4. Encontrarse afectos a la inhabilidad para contratar con el Estado, establecida en el artículo 33 de la Ley N°21.595, sobre Delitos Económicos.
5. Encontrarse afectos a las prohibiciones para contratar con el Estado, establecidas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886.
6. Haber sido sancionados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia con la prohibición de contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973.
7. Haber sido condenados a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, conforme a las disposiciones de la Ley N°20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, y de la Ley N°21.595, sobre delitos económicos.
Con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos precedentemente señalados, el oferente, sea persona natural o jurídica, deberá completar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, la que estará disponible al momento de presentar la oferta en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública disponible en mercadopublico.cl.
Lo anterior es sin perjuicio de las facultades del Servicio para verificar, en cualquier momento del procedimiento licitatorio, la veracidad de la información proporcionada por los oferentes y la concurrencia de las condiciones de habilidad o inhabilidad en los registros y fuentes oficiales que resulten pertinentes.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la adjudicación y para el perfeccionamiento de la contratación.
6.2. Unión Temporal de Proveedores
Los oferentes podrán participar en el presente proceso licitatorio de manera individual o asociada mediante una Unión Temporal de Proveedores (en adelante, indistintamente, “UTP”), de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886, su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y demás normativa aplicable.
La Unión Temporal de Proveedores corresponderá a la asociación de dos o más proveedores para la presentación de una oferta conjunta, siendo responsables solidariamente del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la presente licitación y de la contratación que eventualmente se adjudique.
Las actuaciones, hechos u omisiones que se produzcan durante el desarrollo del procedimiento licitatorio afectarán de igual forma a todos los integrantes de la UTP, considerados individualmente.
Cada persona natural o jurídica solo podrá integrar una Unión Temporal de Proveedores para efectos de esta licitación, y únicamente podrá participar en ella bajo dicha modalidad o individualmente, pero no en ambas simultáneamente. Asimismo, una misma UTP no podrá formar parte de otra asociación para efectos de presentar ofertas en el presente proceso. En caso de incumplimiento de esta disposición, las ofertas involucradas serán declaradas inadmisibles.
Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la UTP deberán determinar expresamente cuáles antecedentes serán considerados para efectos de la evaluación, siempre que ello no implique ocultar información relevante para la adecuada ejecución de la contratación o para la verificación de requisitos de habilidad e inexistencia de inhabilidades de alguno de sus integrantes.
Todos los integrantes de la UTP deberán cumplir individualmente con las condiciones de habilidad, requisitos legales e inexistencia de inhabilidades para contratar con organismos del Estado exigidas en las presentes Bases y en la normativa vigente.
En caso de participación mediante UTP, se aplicarán las siguientes reglas especiales:
:
1. Constitución de la UTP: El acuerdo en que conste la constitución de la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse conforme a la normativa vigente. Tratándose de contrataciones inferiores a 1.000 UTM, éste podrá constar en instrumento público o privado. Dicho acuerdo deberá acompañarse al momento de presentar la oferta a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, conforme a lo señalado en el numeral 19.1 de las presentes Bases Administrativas.
2. Contenido mínimo del acuerdo: El acuerdo constitutivo de la UTP deberá contener, a lo menos:
a) La individualización completa de sus integrantes.
b) La designación de un representante o apoderado común.
c) La declaración expresa de responsabilidad solidaria de todos sus integrantes respecto de las obligaciones derivadas de la presente licitación y de la contratación que se adjudique.
d) La determinación de la participación de cada integrante en la ejecución de la contratación, cuando corresponda.
e) La vigencia de la UTP, la cual no podrá ser inferior al período de ejecución de la contratación adjudicada y hasta el íntegro cumplimiento de las obligaciones que de ella emanen.
3. La UTP deberá designar un representante o apoderado común, quien actuará válidamente en nombre de todos sus integrantes durante el procedimiento licitatorio y la ejecución de la contratación, debiendo contar con facultades suficientes para, a lo menos:
• Presentar antecedentes al proceso licitatorio.
• Formular aclaraciones o subsanar errores u omisiones formales, cuando ello proceda conforme a las Bases.
• Recibir notificaciones del proceso.
• Coordinar la ejecución de la contratación adjudicada.
• Entregar los bienes materia de la contratación.
• Gestionar la emisión y cobro de facturas o documentos tributarios, cuando corresponda.
• Suscribir documentos e informes relacionados con la ejecución de la contratación.
• Comparecer ante el Servicio para todos los efectos derivados del presente procedimiento.
4. El acuerdo constitutivo de la UTP no podrá contener cláusulas de exención, limitación o distribución de responsabilidad que impliquen afectar la responsabilidad solidaria de sus integrantes frente al Servicio, ni estipulaciones que restrinjan total o parcialmente las obligaciones derivadas de la presente licitación.
5. Considerando que solo el integrante que presenta la oferta a través de Mercado Público firma en línea la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, el resto de los integrantes que conformen la UTP deberán presentar el Anexo N° 2, según corresponda a personas naturales o jurídicas.
6.2.1. Modificaciones al acuerdo de constitución de la Unión Temporal de Proveedores
Las modificaciones que se generen al acuerdo de constitución de la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse mediante las mismas formalidades requeridas para su constitución y deberá ser informada al Servicio, mediante el correo electrónico magaly.navarro@reinsercionjuvenil.cl, dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha de emisión del respectivo documento modificatorio, debiendo entregar al Servicio una copia de éste, o remitir una copia vía correo electrónico a la casilla previamente indicada en caso de ser suscrito con Firma Electrónica Avanzada.
Si la modificación ocurre luego de la apertura de las ofertas, y, durante la evaluación de las mismas, y significare el retiro de uno o más de sus miembros, la UTP deberá informar tal circunstancia al Servicio y si producto de dicho retiro continuará participando en la licitación o si desistirá de ella, esto siempre que la UTP esté integrada por 3 o más integrantes, caso contrario se entenderá disuelta y no podrá ser adjudicada o no podrá continuar ejecutando el contrato, según corresponda.
En caso de continuar con los miembros restantes de la UTP y si quien se retira es alguno de los miembros que reúne una o más características o atributos objeto de la evaluación, dichos antecedentes no serán considerados, por lo que la Unión Temporal de Proveedores será evaluada, si procediere, considerando solo a los integrantes que continúan en ella.
Si la modificación ocurre con posterioridad a la adjudicación y antes de la suscripción del contrato e implica el retiro de uno o más miembros de la Unión Temporal de Proveedores que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, el Servicio procederá a dejar sin efecto la adjudicación y podrá actuar de conformidad a lo establecido en el punto 18 de las Bases Administrativas.
Si la modificación ocurre con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio evaluará la procedencia de continuar con la ejecución del contrato, cuando se verifique que este se desarrollará en los mismos términos de la oferta con el resto de los integrantes de la UTP, caso contrario se dispondrá el término anticipado al contrato.
|
|
|
|
Aceptación de Bases |
|
La sola presentación de una oferta en el presente proceso licitatorio implicará, para todos los efectos legales, que el respectivo oferente ha examinado íntegramente las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, anexos, aclaraciones, respuestas a consultas y demás antecedentes del proceso, manifestando su conocimiento, comprensión y aceptación íntegra, pura y simple de todas sus disposiciones, sin reservas ni condiciones de ninguna naturaleza.
En consecuencia, el oferente declara conocer y aceptar todas las exigencias técnicas, administrativas, económicas y contractuales previstas en las presentes Bases, obligándose a dar íntegro cumplimiento a los requisitos, condiciones y obligaciones contempladas para la adecuada ejecución de la contratación y provisión de los bienes requeridos, especialmente aquellos establecidos en las Bases Técnicas.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
|
El oferente, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subproveedores, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En caso de que el Servicio compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación y/o contratación, que se han vulnerado alguno de los literales precedentes o la sujeción estricta a las presentes bases y sus modificaciones, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado a la contratación, según corresponda.
|
|
|
|
OFERTA INTEGRA POR LINEA |
|
El oferente deberá presentar oferta por la totalidad de los productos requeridos en la línea a la que postule. Las ofertas parciales respecto de una misma línea serán declaradas inadmisibles, por no ajustarse a los requerimientos esenciales establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
|
|
|
|
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS |
|
Los oferentes deberán presentar, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública disponible en mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, los siguientes antecedentes administrativos:
a) Anexo N°1: Identificación del Oferente. Documento destinado a la individualización del oferente para efectos del presente proceso licitatorio. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá individualizarse a todos sus integrantes, sean personas naturales o jurídicas, debiendo adjuntarse además el acuerdo constitutivo señalado en el numeral 6.2. “Unión Temporal de Proveedores” de las presentes Bases.
b) Anexo N°2 (Solo para UTP): Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar. En caso de presentarse una oferta mediante Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá acompañar el respectivo Anexo N°2, debidamente suscrito, a objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos de habilidad e inexistencia de inhabilidades para contratar con organismos del Estado, conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.886 y demás normativa aplicable.
c) Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar en línea. Todos los oferentes que presenten ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública deberán completar y firmar electrónicamente la correspondiente Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, disponible en el referido Sistema. La suscripción electrónica de dicha declaración no exime de acompañar los antecedentes adicionales exigidos en las presentes Bases cuando éstos resulten procedentes.
|
|
|
|
ADMISIBILIDAD TECNICA |
|
Las ofertas técnicas deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos de admisibilidad técnica:
• Presentar antecedentes técnicos suficientes que permitan acreditar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas en las presentes Bases, tales como fichas técnicas, catálogos, especificaciones del fabricante, descripciones técnicas, anexos de cumplimiento o cualquier otro documento idóneo que permita verificar objetivamente la conformidad de los bienes ofertados con las exigencias establecidas por el Servicio.
La información técnica acompañada deberá permitir identificar de manera clara y suficiente las características de los bienes ofertados y verificar su correspondencia con las especificaciones técnicas exigidas para la respectiva línea.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos técnicos mínimos exigidos, o la falta de antecedentes suficientes que permitan verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas, impedirá continuar con la evaluación de la oferta, pudiendo ésta ser declarada inadmisible por no ajustarse a los requerimientos esenciales establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, circunstancia que deberá consignarse fundadamente en la respectiva resolución de adjudicación o de declaración de licitación desierta.
|
|
|
|
ANTECEDENTES ECONOMICOS |
|
El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma total de $25.862.390.- (veinticinco millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos noventa pesos), impuestos incluidos, distribuido por línea de la siguiente manera:
• LÍNEA 1: SUBTÍTULO 29.04 “MOBILIARIO Y OTROS” – Programa 02: hasta la suma de $13.584.938.- (trece millones quinientos ochenta y cuatro mil novecientos treinta y ocho pesos), impuestos incluidos.
• LÍNEA 2: SUBTÍTULO 29.05 “MÁQUINAS Y EQUIPOS” – Programa 02: hasta la suma de $12.277.452.- (doce millones doscientos setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos), impuestos incluidos.
Para efectos de admisibilidad económica, las ofertas deberán ajustarse al presupuesto máximo disponible de la respectiva línea a la que postulen.
Serán declaradas económicamente inadmisibles aquellas ofertas que:
a) Excedan el presupuesto máximo disponible para la respectiva línea de postulación.
b) No presenten oferta económica para la totalidad de los productos requeridos en la línea correspondiente.
c) Omitan información esencial para determinar el valor total ofertado o impidan efectuar una evaluación económica objetiva de la propuesta.
Las ofertas declaradas económicamente inadmisibles no continuarán en el proceso de evaluación, circunstancia que deberá quedar debidamente fundada en la respectiva resolución de adjudicación o de declaración de licitación desierta.
11.3.2 Antecedentes económicos para evaluación.
Los oferentes deberán presentar su oferta económica mediante el Anexo N°3 “Propuesta Económica”, debidamente completado, incorporando el detalle de los productos ofertados por la respectiva línea de postulación.
El precio ingresado por los oferentes en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública disponible en mercadopublico.cl tendrá carácter referencial para efectos de publicación del proceso. Para la evaluación económica de las ofertas y determinación del valor efectivo ofertado, prevalecerán los valores contenidos en el Anexo N°3 “Propuesta Económica”.
En caso de discrepancia entre el monto ingresado en el portal y el contenido del Anexo N°3, prevalecerá este último, siempre que permita determinar de manera clara, objetiva e inequívoca el valor total ofertado y no altere las condiciones de igualdad entre los oferentes ni los principios que rigen la contratación pública.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los costos asociados a la provisión, traslado, entrega, instalación —cuando corresponda—, personal, insumos, impuestos, derechos, permisos y, en general, cualquier gasto directo o indirecto necesario para el íntegro cumplimiento de la contratación, no pudiendo alegar posteriormente desconocimiento de tales costos.
Los precios ofertados serán fijos e invariables durante toda la vigencia de la contratación, no aceptándose cláusulas de reajuste, revalorización, reconsideración o aumento posterior del precio ofertado.
Serán declaradas económicamente inadmisibles las ofertas que:
a) No presenten el Anexo N°3 “Propuesta Económica”, cuando éste sea exigido.
b) No contengan información suficiente para determinar el valor efectivo ofertado.
c) Contengan valores ininteligibles, inconsistentes o imposibles de evaluar objetivamente.
d) Presenten discrepancias sustanciales entre el valor informado en el portal y el contenido del Anexo N°3, que impidan determinar fehacientemente la oferta económica real del proponente.
|
|
|
|