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Resolución de Empates |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°17:
MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES:
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio Precio. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Calidad de la Propuesta. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Experiencia del Oferente, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Programa de integridad y por último, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos formales.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°10:
CONSULTAS
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°9 de las presentes Bases.
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°11:
RESPUESTAS A LAS CONSULTAS
Las respuestas a las consultas serán efectuadas únicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones es parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las bases administrativas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°14:
ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y período de evaluación.
Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal, errores en el precio de la oferta, como aquellos documentos que son sujeto a evaluación.
El plazo para la corrección de estas omisiones será de 25 horas, contadas desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante.
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°16, 16.2:
Foro inverso
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.
Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 12.2 y 12.3, materia de evaluación, los que a falta de su presentación dejarán al proponente FUERA DE BASES.
Mientras que, la falta u omisión de antecedentes solicitados en el punto 12.1 letras d) y f), será materia de evaluación, acorde a lo indicado en el Punto N°16, letra d). Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que la adquisición será ejecutada correctamente.
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Pacto de integridad |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°16, letra d)
d.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD (ponderación 10%)
El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023.
La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de éste por parte de sus trabajadores, según el siguiente detalle:
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DETALLE
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PUNTAJE
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Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal.
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100
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Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal.
No presenta programa de integridad.
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0
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La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada simple u otro documento que acredite la toma de conocimiento por cada uno de sus trabajadores.
NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos sus trabajadores.
La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores.
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CONDICIONES DE LA LICITACIÓN |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°4:
CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
4.1.- Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de licitación contenido en portal mercado público. Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
4.2.- Reglamentación
a) Las disposiciones contenidas en el Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024 del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024.
b) Ley Nº20.123, y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios.
c) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
4.3.- Orden de Prelación
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de prelación de la documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
Prelación Administrativa
1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2) Bases Administrativas Especiales Decretadas
3) Formularios
4) Contrato.
Prelación Técnica
1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2) Bases Técnicas del servicio.
3) Contrato.
4) Propuesta del oferente.
La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del Proveedor por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
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DEL PRECIO |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°6:
DEL PRECIO
El presupuesto disponible para la presente Licitación es de $15.680.000.- (quince millones seiscientos ochenta mil pesos), impuestos incluidos, sin reajuste ni intereses a suma alzada.
Línea Denominación Presupuesto disponible
Línea 1 PREMIOS
Evento Espartanos de invierno
Espartanos Escolares
Open de TDM $4.200.000.-
Línea 2 SERVICIO DE PRODUCCIÓN
Evento Espartanos de invierno
Yo soy de personas mayores $8.000.000.-
Línea 3 SERVICIO DE CRONOMETRAJE CHIP GPS
Evento Espartanos de invierno $1.000.000.-
Línea 4 ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS
Evento Espartanos de invierno
Evento Yo soy de personas mayores $2.480.000.-
El valor ofertado por cada línea, considerando la totalidad del servicio será propuesta por el oferente y deberá ser acorde a los valores promedio del mercado nacional, los que no podrán en ningún caso superar el 30% por sobre los mismos, incluyendo entre ellos, la entrega de los servicios en los diferentes lugares de emplazamiento.
La presente licitación se encuentra detallada por líneas. Cabe destacar que es necesario que el o los proponentes interesados oferten con el 100% del servicio descrito en las Bases Técnicas, para que su propuesta sea aceptada y evaluada.
La Unidad Técnica, podrá adjudicar la contratación cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
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DE LOS PLAZOS |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°7:
DE LOS PLAZOS
El plazo de entrega del servicio deberá ajustarse a la información contenida en la siguiente tabla y detallado explícitamente en sus Bases Técnicas.
SERVICIO PLAZO DE EJECUCIÓN Y/O ENTREGA LUGAR DE ENTREGA Y/O EJECUCIÓN
PREMIOS
Evento Espartanos de invierno
Espartanos Escolares
Open de TDM Hasta el lunes 18 de agosto de 2025
Horario de recepción
8:15 a 13:30 hrs.
15:00 a 16:30 hrs.
Bodega municipal PREVIA COORDINACIÓN CON ITS
SERVICIO DE PRODUCCIÓN
ESPARTANOS DE INVIERNO
23 de agosto 2025
Horario evento: 07:00 hasta 13:00 hrs aprox.
Horario montaje: 06:00 hrs hasta las 08:00 hrs
Desmontaje: al término del evento.
Montaje carpa: 1 día antes del evento 22 de agosto
Desmontaje: al finalizar el evento. Cancha Sector Las Camelias, Quillón
YO SOY DE PERSONAS MAYORES
26 de agosto de 2025
Horario evento: 14:30 a 17:00 hrs aprox.
Horario montaje: 09:00 a 13:30 hrs.
Desmontaje: al finalizar evento
Polideportivo comunal, Calle Serrano 501 A, Quillón
SERVICIO DE CRONOMETRAJE CHIP GPS
Evento Espartanos de invierno Sábado 23 de agosto 2025
Horario de llegada al lugar de la actividad: 07:00 hrs
Horario de entrega de números: 07:30 hrs Cancha Sector Las Camelias, Quillón
ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS
ACTIVIDAD ESPARTANOS
Viernes 22 de agosto
8:15 a 13:30 hrs
15:00 a 16:00 hrs
Bodega municipal PREVIA COORDINACIÓN CON ITS
ACTIVIDAD YO SOY PARA PERSONAS MAYORES
Lunes 25 de agosto
8:15 a 13:30 hrs
15:00 a 16:00 hrs
La Orden de Compra, no podrá ser aceptada en un plazo mayor a 24 horas, a contar de su fecha de emisión.
Nota: La entrega de los productos y/o servicios quedará sujeta a cambios en fechas u horarios, ya sea por cambio en la cobertura de los eventos en caso de que la Municipalidad lo estime necesario y conveniente para el éxito de las actividades programadas, como también condiciones meteorológicas desfavorables, desastres naturales, alertas sanitarias, motivos de fuerza mayor o caso fortuito calificado por la autoridad, no considerando estos últimos como responsabilidad del municipio.
En este sentido la Inspección Técnica del Servicio, notificará y coordinará con el oferente, al correo electrónico indicado en el Formulario Anexo N°1.
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DE LA PARTICIPACIÓN |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°8:
DE LA PARTICIPACIÓN
Podrán participar en la propuesta todas las personas naturales o jurídicas que sean proveedores del servicio requerido o rubro solicitado y que cumplan con las exigencias que se indican en las presentes BAE, además de encontrarse debidamente inscritos y habilitados en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
8.1.- Inhabilidades para participar: no podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que cuenten con inhabilidades para pertenecer al Registro de Proveedores, según señala el Capítulo X, Artículos contenidos en el Párrafo 7 del Decreto 661 que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886.
Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que el oferente declara que al momento de la presentación de la propuesta no se encuentra afecto a alguna de estas
La presente licitación denominada “SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS INVIERNO DE LA OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN” considera la entrega de diferentes servicios y productos, que se realizaran en la temporada de otoño, organizadas por la oficina de Deportes y Recreación.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°18:
DE LA ADJUDICACIÓN
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas de cada una de ellas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°17 “Mecanismo de resolución de empates” en caso de que dos o más oferentes se encuentren con el mismo puntaje.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
18.1 Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
1. Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°18, último párrafo, de las presentes bases.
2. No se inscribe en el Registro de Proveedores dentro del plazo señalado en las presentes bases, si procede.
3. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado.
4. No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N°12 de las presentes bases.
5. De conformidad con lo señalado en la cláusula N°18 de estas bases, si no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación.
6. Si el producto o servicio adjudicado perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación cuando se produzca la situación anteriormente señalada.
7. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación.
8. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
En caso de concurrir a alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.
La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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DEL CONTRATO |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°19:
DEL CONTRATO
Orden de Compra
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl, quedará supeditado en su validez, el hecho que dentro de un plazo no superior a 24 horas desde la emisión de la orden de compra esta sea aceptada por el proveedor.
Esta relación contractual se formalizará a través de Orden de compra de acuerdo al Art. 117 del Reglamento de la ley Nº19.886 sobre bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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PROHIBICIÓN DE CEDER O TRANSFERIR EL CONTRATO |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°20:
PROHIBICIÓN DE CEDER O TRANSFERIR EL CONTRATO
En cuanto a las obligaciones comprometidas por el Contratista, no podrá ceder o transferir el contrato, a persona natural o jurídica alguna. Sin embargo, y previa autorización municipal podrá subcontratar servicios contenidos en la presente licitación, conservándose como responsable directo ante la Municipalidad.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el “Contratista” se establecen, facultará a la “Municipalidad” para poner término anticipado al contrato.
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SUPERVISIÓN |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°21:
SUPERVISIÓN
La ejecución y entrega del servicio será supervisada por una Contraparte Técnica I.T.S. que recae en una funcionaria de la Dirección de Desarrollo Comunitario, Sra. Fabiola Estay Sepúlveda, quien tendrá la función de revisar la recepción e idoneidad del servicio y exigir a los proveedores las correcciones que procedan. Lo anterior de acuerdo a lo definido en la reglamentación que la rige. La Contraparte Técnica cursará y visará el estado de pago según se indica en el punto 23 de las presentes BAE, de acuerdo a las etapas prefijadas en las Bases Administrativas.
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ESTADOS DE PAGO |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°23:
ESTADOS DE PAGOS
El precio del Contrato se liquidará mediante 1 estado de pago, una vez que se haya entregado con éxito la totalidad del servicio solicitado en cada Línea de licitación y posterior a la emisión de Informe de la Inspección Técnica del Servicio, indicando que se ha recepcionado el 100% del servicio requerido, dentro de los plazos establecidos.
Para dar curso al estado de pago el proveedor del servicio deberá acompañar los siguientes documentos en original:
a) Factura o Boleta Electrónica a nombre de:
Nombre : I. Municipalidad de Quillón
RUT : 69.141.400-0
Giro : Servicios
Dirección : 18 de septiembre Nº250, Quillón
b) Orden de Compra correspondiente.
c) Certificado de conformidad extendido la Directora de Desarrollo Comunitario o quien le subrogue, solicitando se inicie el procedimiento de pago
d) Medios de verificación (Set fotográfico que contenga a lo menos 6 imágenes de la actividad y los productos ingresados por bodega, respaldando el servicio proporcionado)
Una vez autorizado el estado de pago, el proveedor tendrá la posibilidad de factorizar las facturas, siempre y cuando el ITS hubiere acreditado la recepción conforme al 100% y dentro del plazo correspondiente, dándose cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del Reglamento de la ley 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.
OBSERVACIÓN: La Municipalidad sólo pagará las facturas debidamente cursadas, en un plazo de 30 días posterior al ingreso de la factura por oficina de partes.
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OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°24:
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR
El proveedor, deberá entregar el servicio de acuerdo a la propuesta presentada en su oferta y a la calidad de servicio exigida en estas bases. En caso de duda primará el criterio de la Municipalidad.
Será responsabilidad del proveedor, cumplir con el 100% de lo estipulado en la “SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS DE INVIERNO DE LA OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN”. Por lo que, ante cualquier eventualidad o percance para la ejecución de éste, será el proveedor el encargado de restituir el servicio, solucionar los problemas, según corresponda y siempre que la causa del inconveniente sea ajena a la Municipalidad.
Se deja en claro que el Proveedor es el único responsable del personal contratado y de velar por su correcto desempeño. En tal sentido, debe mantener los contratos del personal vigente, sus remuneraciones canceladas y sus cotizaciones previsionales y de salud; en general, debe dar cumplimiento a todas las leyes laborales, previsionales, de seguridad y tributarias vigentes.
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DELAS MODIFICACIONES |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°25:
DE LAS MODIFICACIONES
Las condiciones del servicio que se estipula en las bases técnicas y en la hoja de oferta son inamovibles, la oferta es a precio fijo y no corresponderá pagar mayores servicios ejecutados por el Proveedor, aun cuando exista cualquier error en los estudios realizados.
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DE LAS MULTAS |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°26:
DE LAS MULTAS
Si el oferente no cumpliera con el servicio ofrecido de acuerdo a lo detallado en las Bases Técnicas, la ejecución y entrega del servicio y los respectivos productos, la Ilustre Municipalidad de Quillón quedará facultada para aplicar multas, de acuerdo a los criterios, detallados en la siguiente tabla:
Línea N°1 - PREMIOS
CAUSAL MONTO
Incumplimiento en el plazo de entrega (con tope de 5 hábiles días de atraso antes de termino anticipado de contrato) 1 UTM por día de atraso
Entrega de productos defectuosos o con deterioro.
(el oferente tendrá un plazo de 2 días hábiles para subsanar los errores, lo que no lo eximirá de la multa) 0.5 UTM por producto
En caso de no dar cumplimiento al cambio dentro del plazo establecido se aplicará la multa de entrega de productos defectuosos o con deterioro más el equivalente al valor del producto ofertado. Valor del producto ofertado
Entrega de producto, que no corresponde a las características ofertada en la propuesta.
(el oferente tendrá un plazo de 2 días hábiles para subsanar los errores, lo que no lo eximirá de la multa) 0.5 UTM por producto
En caso de no dar cumplimiento al cambio dentro del plazo establecido se aplicará la multa de entrega de producto que no corresponde más el equivalente al valor del producto ofertado. Valor del producto ofertado
Incumplimiento de lo requerido en las BAES y Bases Técnicas, como, por ejemplo: aceptación de orden de compra, procedimiento de entrega de los productos, entrega incompleta, entre otros. 0,5 UTM por día de retraso
Línea N°2 - SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTO
Línea N°3 - SERVICIO DE CRONOMETRAJE (CHIPS GPS)
CAUSAL MONTO
No cumple con las características de los equipos ofertados 0,5 UTM por equipo
No cumple con los servicios ofertados, según lo solicitado en las bases técnicas y lo ofertado por el proveedor.
Entrega incompleta 2 UTM por eventualidad.
Por cada 15 minutos de retraso en la entrega del servicio. 0,5 UTM por eventualidad
Cancelación del servicio por parte del proveedor (para la línea 2) 20 UTM por eventualidad
Cancelación del servicio por parte del proveedor (para la línea 3) 10 UTM por eventualidad
Línea N°4 - ALIMENTOS
CAUSAL MONTO
Entrega incompleta
No considera la entrega completa o no corresponde a las características de los productos ofertados en la propuesta. (el oferente tendrá un plazo de 1 día para subsanar los errores, lo que no lo eximirá de la multa) 0.5 UTM por tipo de producto incompleto
En caso de no dar cumplimiento al cambio dentro del plazo establecido se aplicará la multa por producto faltante o que no correspondan a las características solicitadas más el equivalente al valor del producto ofertado. Valor del producto ofertado
Presenta problemas de mal estado o vencimientos de los productos. (el oferente tendrá un plazo de 1 día para subsanar los errores, lo que no lo eximirá de la multa) 0.5 UTM por producto vencido en mal estado.
En caso de no dar cumplimiento al cambio dentro del plazo establecido se aplicará la multa por producto en mal estado o y/o vencido más el equivalente al valor del producto ofertado. Valor del producto ofertado
Por cada 15 minutos de retraso en la entrega del servicio 0.5 UTM por eventualidad
Si no da cumplimiento a los plazos de restitución, se evaluará dar término anticipado de contrato, acorde a lo indicado en el punto N°25.
El valor de la UTM, corresponderá al día en que sea notificada la aplicación de multa.
Las multas establecidas según tabla, se descontarán del estado de pago en curso.
Será la ITS quién se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar y la buena calidad y totalidad del servicio.
Procedimiento multas:
1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen.
2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación.
3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS.
4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.
5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, PUNTO N°27:
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1.- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2.- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3.- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4.- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5.- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la Ley 19.886. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento.
6.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7.- Las demás establecidas en la ley, en la respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
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