9.2 Mecanismos de Resolución de empate.
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar:
- Precio
- Plazo de Entrega.
- Experiencia en el Rubro
- Condiciones de Presencia Regional
- Programa de Integridad
- Cumplimiento Requisitos Formales.
- Sello Mujer.
a) Habiéndose agotado los mecanismos de desempate, el orden de prelación para dirimir será determinado por el ingreso al Portal de dichas ofertas, debiendo en consecuencia resolverse la presente licitación en favor del proveedor que ingresó primero su oferta a la plataforma Mercado Público.
b) Lo anterior, ha sido el mecanismo de resolución establecido por la Contraloría, debiendo nuestro DAEM ceñirse a dicho procedimiento.
El mecanismo de desempate y su resultado deberán quedar debidamente consignados en el Informe de Evaluación y en el Acta de Adjudicación, asegurando trazabilidad, objetividad y transparencia en el proceso.