Licitación ID: 1380-101-LP25
Propuesta Pública N° 183 DEL 2025 denominada “ADQUISICIÓN DE INSUMOS VARIOS PARA NEURORRADIOLOGÍA”
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 103
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Catéteres intravenosos periféricos para uso general 130 Unidad
Cod: 42221504
GUÍA HIDROFÍLICA DE 0.035" DE 260 CM, PUNTA ANGULADA 45°. DESARROLLADA EN NITINOL EXTRA RÍGIDA Y CUBIERTA DE POLIURETANO, RADIOPACA, ALTA CAPACIDAD DE TORQUE Y DURACIÓN DE PROPIEDADES HIDROFÍLICAS. EMPAQUE ESTÉRIL. REF; NIPRO, MERIT MEDICAL  

2
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 60 Unidad
Cod: 42203403
CATÉTER DIAGNOSTICO HIDROFÍLICO COBRA1 5F 65 CM. REF; TERUMO, ANGIODYNAMICS, MERIT MEDICAL  

3
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 110 Unidad
Cod: 42203403
CATÉTER DIAGNOSTICO HIDROFÍLICO CURVA SIMMONS 2 5F DE 100 CM. CONTROL OPTIMO DE TORSION Y RESISTENCIA AL ACOMODAMIENTO. CATÉTER BLANDO Y ATRAUMÁTICO, SUPERFICIE RADIOPACA SUAVE, NO FRACTURABLE AL PLEGAMIENTO EXTREMO. EMPAQUE ESTÉRIL. REF; TERUMO 1RFYA2511  

4
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 150 Unidad
Cod: 42203403
CATÉTER DIAGNOSTICO CURVA VERTEBRAL DE 5F DE 100CM. CONTROL OPTIMO DE TORSION Y RESISTENCIA AL ACOMODAMIENTO. CATÉTER BLANDO Y ATRAUMÁTICO, SUPERFICIE RADIOPACA SUAVE, NO FRACTURABLE AL PLEGAMIENTO EXTREMO. EMPAQUE ESTÉRIL. REF; TERUMO  

5
Drenaje médico de incisión 15 Unidad
Cod: 42311903
SET DRENAJE MULTIPROPÓSITO 20FR Y 24FR, QUE INCLUYA AGUJA ACCESO, GUÍA DE ALAMBRE, DILATADORES E INTRODUCTOR COAXIAL. REF; COOK  

6
Catéteres intravenosos periféricos para uso general 70 Unidad
Cod: 42221504
KIT INTRODUCTOR HIDROFÍLICO RADIAL DE 5FR Y 6FR QUE INCLUYA TROCAR Y BRAZALETE DE COMPRESIÓN. REF; TERUMO  

7
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 13 Unidad
Cod: 42203403
BALÓN COMPLACIENTE PARA OCLUSIÓN TRANSITORIA Y ANGIOPLASTIA, EN DIVERSAS MEDIDAS EN RANGO DE 3-4MM DIÁMETRO Y 10-15-20 MM LARGO EMPAQUE ESTÉRIL. INCLUYE MICROGUÍA. REF; EV3, BALT  

8
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 15 Unidad
Cod: 42203403
BALÓN HIPERCOMPLACIENTE PARA OCLUSIÓN TRANSITORIA Y ANGIOPLASTIA, EN DIVERSAS MEDIDAS EN RANGO DE 3-4 DIÁMETRO Y 7, 15, 20 MM LARGO. EMPAQUE ESTÉRIL. INCLUYE MICROGUÍA. REF; EV3, STRYKER  

9
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 130 Unidad
Cod: 42203403
DISPOSITIVO DE CIERRE ARTERIAL 6F Y 8FR, CON UTILIZACIÓN DE COLÁGENO. EMPAQUE ESTÉRIL. REF; TERUMO  

10
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 4 Unidad
Cod: 42203403
MICROCATÉTER DE DIÁMETRO PROGRESIVO DE 2.1 A 1.6 O 1.3FR DISTAL, COMPATIBLE CON DMSO Y COILS SISTEMA 10. PUNTA NO DESPRENDIBLE, CON UNA Y DOS MARCAS. PRESIÓN DE RUPTURA 700PSI. LARGO DE 156 Y 167CM. COMPATIBLE CON MICROGUÍA 0.014.. REF; MICROVENTION  

11
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 21 Unidad
Cod: 42203403
MICROCATÉTER DE PERFUSIÓN PARA TRATAMIENTO DE ANEURISMAS, DOS MARCAS, SISTEMA 10, ID 0, 0165”, LARGO DE 150 CM. CONFIGURACIÓN RECTA. REF; MICROVENTION, STRYKER  

12
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 5 Unidad
Cod: 42203403
MICROGUÍA DE RECAMBIO DE 0,014" DE 300 CM PARA EL TRATAMIENTO DE ANEURISMAS HIDROFÍLICA, PARA USO PROCEDIMIENTO DE ANEURISMA CEREBRAL EMPAQUE ESTÉRIL. REF; STRYKER.  

13
Juegos o catéteres introductores vasculares intervencionales o diagnósticos 14 Unidad
Cod: 42203403
VAINA LARGA O CATÉTER DE 8FR, ID 0,088", LARGOS DE 80, 90 Y 100CM. EN CONFIGURACIÓN DE PUNTA RECTA Y MP. 4,5CM DISTALES FLEXIBLES, ATRAUMÁTICOS Y SUAVE CON RECUBRIMIENTO HIDROFÍLICO, RADIOPACO, SEGMENTO PROXIMAL CON SOPORTE PARA ATRAVESAR ARCO AÓRTICO. RE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Propuesta Pública N° 183 DEL 2025 denominada “ADQUISICIÓN DE INSUMOS VARIOS PARA NEURORRADIOLOGÍA”
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes bases se refieren a las condiciones y características técnicas requeridas para adquirir INSUMOS VARIOS PARA NEURORRADIOLOGÍA en adelante: “los Insumos” por el periodo de doce (12) meses, todo en concordancia al Plan Compras y Contrataciones año 2025 (PAC), Bases Administrativas y Técnicas, Requerimientos técnicos, detallados en el Anexo Nº 1 y otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-05-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-04-2025 18:54:03
Fecha inicio de preguntas: 16-04-2025 19:00:00
Fecha final de preguntas: 28-04-2025 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-05-2025 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-05-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-05-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 11-07-2025 15:08:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 1A, Identificación del Oferente, formulario que el oferente debe completar y firmar para efectos de lo señalado en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886. (Requisito formal). - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. 4 Ley Nº 19.886 e Inhabilidades, Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393. (Requisito formal). - Anexo Nº 2 A, Declaración Jurada Programa de Integridad. - Anexo Nº 2 B, Declaración Jurada de Independencia de la Oferta. (Requisito formal). - Anexo N° 3, Formulario Nomina principales Clientes del sector público como privado donde han vendido los Insumos ofertados en los últimos tres (3) años (a contar de la fecha de publicación en el Portal Mercado público) formulario que el oferente debe completar y firmar. Para insumos evaluados en el hospital subir el anexo en blanco y firmado. (Requisito de Admisibilidad). o En caso de haber realizado ventas instituciones privadas estas deberán ser acreditadas mediante copia de contrato y deben ser en las condiciones similares a las de esta licitación pública. o Son Clientes Adjudicados mediante licitación pública, a los cuales el oferente vende los mismos insumos ofertados (marca, modelo, etc.), por esto se solicita el ID de licitación Mercado público y/o copia del contrato en caso de las instituciones privadas, en la cual se adjudicaron los insumos. No suman adjudicaciones al mismo Cliente (Contratos), una por cliente. - Copia de la escritura pública de constitución y/o eventuales modificaciones, emitida dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación y/o Estatuto actualizado emitido dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación. En el caso de que la escritura no haya sufrido cambios, acompañar el certificado de vigencia correspondiente. (Requisito formal). - Documento de programas de integridad y ética empresarial.
Documentos Técnicos
1.- - Ficha técnica de los Insumos con clara descripción en español de lo ofertado, y en concordancia con lo solicitado en Anexo N°1. Las ofertas que no dispongan del contenido requerido para verificar el cumplimiento del ítem ofertado serán declaradas inadmisibles, dado que este antecedente no podrá ser aclarado, rectificado, solo puede ser solicitado por omisión. (para insumos que NO han sido evaluados en el Hospital). (Requisito formal).
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, formulario Carta Oferta, formulario que el oferente debe completar y firmar (Requisito de Admisibilidad).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 B) EVALUACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 35 PUNTOS VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 35%
2 C) EXPERIENCIA OFERENTE 15 PUNTOS VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 15%
3 D) PROGRAMA DE INTEGRIDAD 5 PUNTOS VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 5%
4 E) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 5%
5 A) EVALUACIÓN ECONÓMICA 40 PUNTOS VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 110000000
Justificación del monto estimado SEGÚN LO MENCIONADO EN EL PUNTO 2 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: SEGÚN LO MENCIONADO EN EL PUNTO 2 ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS - CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
Observaciones SEGÚN LO MENCIONADO EN EL PUNTO 2 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@asur.cl
Nombre de responsable de contrato: LILIAN FERNANDEZ CANCINO
e-mail de responsable de contrato: LILIANF.FERNANDEZ@REDSALUD.GOV.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2558726-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
10.2. El Adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con el Hospital.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 02-12-2026
Monto: 5 %
Descripción: SEGÚN LO MENCIONADO EN EL PUNTO 5 ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS - CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
Glosa: SEGÚN LO MENCIONADO EN EL PUNTO 5 ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS - CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
Forma y oportunidad de restitución: SEGÚN LO MENCIONADO EN EL PUNTO 5 ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS - CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. INICIO DE LA PROPUESTA PÚBLICA

1.1           La propuesta será adjudicada mediante resolución exenta dictada por la Dirección.

1.2           Para Adjudicaciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación, el Hospital procederá a redactar el contrato dentro del plazo de treinta (30) días corridos, tomando como base el texto de las presentes bases de licitación. El adjudicatario deberá presentar dos copias firmadas del contrato, ante notario o con firma electrónica avanzada, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital, según se establece en el punto 10.09. ítem II de las bases administrativas.

1.3           El contrato comenzará su vigencia desde la total tramitación de la resolución que lo aprueba, es decir, emitida por la Dirección del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena y publicada en el Portal Mercado Público.

1.4           No obstante, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse los servicios a contar de la fecha de resolución de adjudicación, la cual será estipulada en el contrato, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato emitido por la Dirección del Hospital Dr. Hernán Henriquez Aravena y publicada en el Portal Mercado Público.    

1.5           El adjudicatario deberá presentar los documentos indicados en el punto N°10.9 según corresponda, ítem II, dentro de los plazos estipulados en las presentes bases de licitación. Estos documentos incluyen la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, así como el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) de la Dirección del Trabajo.  Si no se presentan estos documentos en el plazo establecido, se entenderá por desistida la oferta y se procederá conforme a lo dispuesto en el punto N 10.11, ítem II, de las Bases Administrativas. 

2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA PÚBLICA Y OFERTA

2.1.         La propuesta pública por el suministro de los Insumos tendrá una duración de doce (12) meses, o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato.

2.2.         Podrá acordarse entre la renovación del contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato original, motivo de la presente licitación pública, y por una sola vez. Dicha renovación deberá estar debidamente fundamentada y justificada, ya sea por la necesidad de garantizar la continuidad del servicio o por la urgencia en la prestación requerida.

2.3.         Para renovar el contrato, se tendrá en consideración, la evaluación técnica, del contrato originario, debidamente fundada y firmada en documento ad-hoc por el inspector técnico, señalando si ha existido o no, un adecuado cumplimiento de este, por el prestador; además, la renovación, está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del año que se realice la renovación.

2.4.         En el caso de renovarse el contrato, siempre el adjudicatario, deberá complementar la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por otra, por un monto no inferior al 5% del valor estimado de la renovación y bajo los mismos requisitos de forma que se señala en las presentes Bases, con vencimiento noventa (90) días corridos, después del nuevo vencimiento del contrato.

2.5.         Para generar la señalada renovación se requerirá acuerdo con la entidad adjudicada del contrato original, en los términos expresados anteriormente.


3. PRECIO

3.1           Los precios que se incluyan en la(s) Oferta(s) deben expresarse en Pesos, moneda nacional, y TOTAL NETO, el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el Anexo N°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N°10.8 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal Mercado Público, primarán estos últimos.

3.2           Se deja establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 825, Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, lo señalado en el ORD Nº 2928, de 29.10.2012, y lo establecido en la Circular N°50 del SII, los valores a pagar están afectos a IVA.

3.3           Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una rectificatoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación, la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato.

10. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO

8.1.         El Hospital podrá declarar administrativamente, el término anticipado, de todo o parte del contrato mediante Resolución fundada, por alguna de las siguientes razones:

9             

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentra en mora de cumplir sus obligaciones.
  2. La muerte o incapacidad sobreviviente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
  4. Se podrá dar término al contrato anticipadamente cuando las necesidades del Hospital cambien, en el sentido que sea posible cubrir la demanda de las prestaciones que dan origen a esta contratación.
  5. Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los insumos.
  6. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  7. Será causal de término anticipado de contrato el ocultar información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros.
  8. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.
  9. Esta entidad podrá dar término anticipada a este contrato cuando existan razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificados por la autoridad respectiva.
  10. En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a)     Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b)      De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c)      Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d)      Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e)      Disolución de la UTP.

k)         Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

l)          En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto 19, ítem III “Pacto de Integridad”

m)        Las demás causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N°19.886, en su Reglamento y Art. 13 bis de la Ley 21.634.


10.2 PROCEDIMIENTO DE TÉRMINO ANTICIPADO.

a)              El Inspector Técnico del Convenio, al detectar un incumplimiento o una situación que amerite disponer el término anticipado de contrato, deberá informar, mediante correo electrónico, al Inspector Administrativo de la Unidad Compradora dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de dicho hecho. El Inspector Administrativo reunirá todos los antecedentes que sustenten el término anticipado de contrato y enviará la documentación correspondiente al correo electrónico: gestioncontratos.hhha@redsalud.gob.cl del Sub-Departamento de Gestión de Contratos del Hospital para su respectiva tramitación.

b)              El Sub-Departamento de Gestión de Contratos elaborará el ordinario que detalla los hechos que constituyen el incumplimiento, así como la sanción de término anticipado asociado, el cual será visado previamente por el Inspector Administrativo. Una vez aprobado, el Sub-Departamento de Gestión de Contratos será la encargada de notificar al proveedor, enviándole el ordinario al correo electrónico que haya declarado en su Anexo N°1 “Carta Oferta. Simultáneamente, el ordinario será publicado en el Sistema de Información Mercado Público. A partir de la fecha de publicación en el Sistema de Información (conforme al artículo N°9 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda), el proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, para presentar sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Estos podrán ser entregados por escrito en la Oficina de Partes del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, ubicada en calle Manuel Montt N°115, primer piso, de la ciudad de Temuco, o a través del correo electrónico: gestioncontratos.hhha@redsalud.gob.cl. Si el proveedor no presenta los antecedentes dentro del plazo estipulado, se entenderá que acepta el término anticipado impuesto, perdiendo así el derecho a impugnarlo.

c)              Recibido los descargos del proveedor o, en su defecto, vencido el plazo para presentarlos sin que haya recibido respuesta, el Sub-Departamento de Gestión de Contratos deberá informar al Inspector Administrativo, mediante correo electrónico, tanto sobre los descargos, alegaciones o defensas presentados por el proveedor (si los hubiere) como sobre los antecedentes pertinentes que obren en su poder para acreditar el incumplimiento. En caso de que el plazo haya vencido sin presentación de descargos, deberá igualmente informar de esta situación al Inspector Administrativo.

d)              Posteriormente, el Subdepartamento de Gestión de Contratos convocará a una reunión que incluirá al Inspector Administrativo, a un profesional de la Unidad de Asesoría Jurídica, y al Inspector Técnico del Convenio, en los casos que corresponda. En esta instancia, y en función de los antecedentes presentados por el proveedor, los participantes evaluarán y resolverán sobre disponer el término anticipado de contrato o la no imposición de esta medida En esta instancia, los participantes analizarán los antecedentes basándose en un estándar de evaluación que incluirá: causas atribuibles al proveedor, gravedad del incumplimiento, el impacto en el suministro o en la prestación del servicio, el historial de cumplimiento del proveedor en otros contratos y circunstancias atenuantes o agravantes.

e)              En base al análisis y ponderación de los antecedentes, se determinará si corresponde aplicar el término anticipado, de acuerdo a los términos estipulados en bases.

f)                Si, tras la evaluación, se concluye que corresponde disponer el término anticipado de contrato, el Sub-Departamento de Gestión de Contratos solicitará al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica redactar la resolución fundada que imponga el término, pronunciándose sobre los descargos presentados si existieran, y los antecedentes pertinentes. Esta resolución será remitida al Director del Hospital para su firma y posterior notificación.

g)              La resolución que disponga el término anticipado de contrato deberá ser notificada al proveedor afectado, tanto a través del Sistema de Información Mercado Público como mediante correo electrónico. Esta misma resolución, junto con la que se pronuncie sobre los eventuales recursos interpuestos, deberá ser ingresada al sistema local de gestión de contratos y a la correspondiente ficha de contratos en la plataforma de Mercado Público por el Sub-Departamento de Gestión de Contratos.

h)              El término anticipado de contrato se dispondrá en forma administrativa, sin forma de juicio, mediante una resolución dictada por el Director del Hospital, que será notificada al proveedor en la forma descrita anteriormente. Contra dicha resolución, procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos, en las formas y plazos estipulados por la normativa. La resolución que resuelva los recursos deberá notificarse al interesado según lo ya indicado, así como a la Unidad de Compra respectiva y al Sub-Departamento de Gestión de Contratos.

i)                En cualquiera de los casos señalados en el punto 8.1 anterior, excepto las indicadas en las letras a), i) y k), el Hospital podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.

13. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO

8.2.         El contrato podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes o, de forma unilateral, por el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades del Hospital o lo exija el interés público. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato o de la orden de compra. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos:

  1. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
  2. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
  3. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.

8.3.         Las modificaciones de contrato serán aplicables cuando las circunstancias que dieron origen al contrato cambien o se alteren, debiendo adecuarse a las nuevas condiciones sin alterar la esencia de lo pactado conforme lo señalado en el punto anterior.

8.4.         Asimismo, el Hospital podrá aumentar o disminuir los puestos de trabajo, manteniendo el valor unitario indicado en la Carta Oferta, siempre que estas modificaciones no alteren los elementos esenciales del contrato ni afecten la igualdad entre los oferentes. Cualquier modificación deberá comunicarse al adjudicatario mediante resolución fundada.

8.5.         En ningún caso, las modificaciones podrán exceder, de manera individual o acumulada, el 30% del monto originalmente convenido. Tampoco podrán alterar la naturaleza, objeto o elementos esenciales del contrato

8.6.         Cuando la modificación implique un aumento en el plazo o en el valor del contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, aplicando las mismas reglas de presentación de la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondiente a la modificación.

8.7.         La nueva garantía podrá complementar la garantía original o ser canjeada por una nueva, que cubra el monto total del contrato modificado, y plazo en los casos que corresponda.

8.8.         Toda modificación al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 132 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente pactadas.


14. PRÓRROGA DE CONTRATO

17.1        El contrato podrá prorrogarse de mutuo acuerdo entre las partes cuando las necesidades del establecimiento así lo requieran, sin alterar la esencia de lo pactado, el cual, podrá realizarse por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM. el Adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos que la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondientes a la prórroga, conforme a lo señalado en el artículo 42 N° 3 del Decreto 661/24.

17.2        La prórroga al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo N°105 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en la prórroga, las condiciones contractuales previamente pactadas.

18. NOTA FINAL

16.1        Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas al contrato suscrito con el adjudicatario sin necesidad de Mención expresa de ello, y que éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.

16.2        Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre “PROBIDAD ADMINISTRATIVA” establecidas en las Leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 19.653 y sus modificaciones. Además de la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”.

16.3        Además, esta licitación se regirá, para todos los efectos legales, por la Ley N° 19.886, de compras y contrataciones públicas y su Reglamento, y la ley N°21.634 de fecha 11.12.2023 que moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.

Resolución de Empates

9.14.         En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)              menor precio y de persistir el empate;

b)              Mayor puntaje obtenido en especificaciones técnicas y de persistir el empate;

c)              Mayor puntaje obtenido en experiencia de los oferentes y de persistir el empate;

d)              Mayor puntaje obtenido en el programa de integridad y de persistir el empate;

e)              Mayor puntaje obtenido en el cumplimiento de entrega de antecedentes.

9.15.         Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl, considerando fecha y hora.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
10.7        Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
10.11        Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) emitido por la Dirección del Trabajo, que certifique la inexistencia de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Dicho certificado deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores al de la Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
VER PUNTO N9 PAGINA 12 Y 13 DE LAS BASES.
Pacto de integridad

19.1        El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

19.2        Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
  4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
  6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

19.3        Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el punto 10.11, ítem II, de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la letra q) del punto 7.1, ítem III de estas bases de licitación.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.