Licitación ID: 1380-306-LQ24
PPTA 452-24 “ADQUISICIÓN DE HIDRÓFILOS”
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 85
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Aplicadores o absorbentes médicos 176000 Unidad
Cod: 42141504
GASA LARGA DE 5X50CM, SIN O CON HILO RADIOPACO, ESTÉRIL, EN ENVASE GRADO MEDICO, 1 UNIDAD  

2
Aplicadores o absorbentes médicos 84000 Unidad
Cod: 42141504
GASA LARGA TEJIDA DE 5X100CM CON HILO RADIOPACO, ESTÉRIL, EN ENVASE GRADO MEDICO, 5 UNIDADES POR EMPAQUE  

3
Aplicadores o absorbentes médicos 84000 Unidad
Cod: 42141504
GASA LARGA TEJIDA DE 5X100CM CON HILO RADIOPACO, ESTÉRIL, EN ENVASE GRADO MEDICO, 1 UNIDAD POR EMPAQUE  

4
Aplicadores o absorbentes médicos 120000 Unidad
Cod: 42141504
GASA TEJIDA ESTÉRIL 5X30CMS, EN ENVASE BILAMINADO GRADO MEDICO, 1 UNIDAD  

5
Aplicadores o absorbentes médicos 2400 Unidad
Cod: 42141504
VENDA APÓSITO GASA TEJIDA ESTÉRIL 10 X 500 CMS, MATERIAL 100% ALGODÓN NATURAL Y GASA TEJIDA, EN ENVASE BILAMINADO GRADO MEDICO, 1 UNIDAD  

6
Aplicadores o absorbentes médicos 6500 Unidad
Cod: 42141504
VENDA APÓSITO GASA TEJIDA ESTÉRIL 10 X 300 CMS, MATERIAL 100% ALGODÓN NATURAL Y GASA TEJIDA, EN ENVASE BILAMINADO GRADO MEDICO, 1 UNIDAD  

7
Aplicadores o absorbentes médicos 23400 Unidad
Cod: 42141504
GASA VENDA TEJIDA 10X2.5MT 2 PLIEGUES ESTÉRIL  

8
Aplicadores o absorbentes médicos 17400 Unidad
Cod: 42141504
GASA VENDA TEJIDA 10X1.5MT 2 PLIEQUES ESTÉRIL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 452-24 “ADQUISICIÓN DE HIDRÓFILOS”
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes bases se refieren a las condiciones y características técnicas requeridas para adquirir HIDROFILOS, en adelante: “los Insumos”, por el periodo de doce (12) meses, todo en concordancia al Plan Compras y Contrataciones año 2024 (PAC), Bases Administrativas y Técnicas, Requerimientos técnicos, detallados en el Anexo Nº 1, 1A y otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-11-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 14-10-2024 12:48:11
Fecha inicio de preguntas: 14-10-2024 13:01:00
Fecha final de preguntas: 24-10-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-10-2024 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-11-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-11-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 10-01-2025 15:24:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 1A, Identificación del Oferente, formulario que el oferente debe completar y firmar para efectos de lo señalado en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886. (Requisito de Admisibilidad). - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. 4 Ley Nº 19.886 e Inhabilidades, Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393. - Anexo N° 3, Formulario Nomina principales Clientes del sector público como privado donde han vendido los Insumos ofertados en los últimos tres (3) años (a contar de la fecha de publicación en el Portal Mercado público) formulario que el oferente debe completar y firmar. Para insumos evaluados en el hospital subir el anexo en blanco y firmado. o En caso de haber realizado ventas instituciones privadas estas deberán ser acreditadas mediante copia de contrato y deben ser en las condiciones similares a las de esta licitación pública. o Son Clientes Adjudicados mediante licitación pública, a los cuales el oferente vende los mismos insumos ofertados (marca, modelo, etc.), por esto se solicita el ID de licitación Mercado público y/o copia del contrato en caso de las instituciones privadas, en la cual se adjudicaron los insumos. No suman adjudicaciones al mismo Cliente (Contratos), una por cliente.
Documentos Técnicos
1.- - Ficha técnica de los Insumos con clara descripción en español de lo ofertado, y en concordancia con lo solicitado en Anexo N°1. Las ofertas que no dispongan del contenido requerido para verificar el cumplimiento del ítem ofertado serán declaradas inadmisibles, dado que este antecedente no podrá ser aclarado, rectificado, ni solicitado por omisión. (para insumos que NO han sido evaluados en el Hospital).
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, formulario Carta Oferta, formulario que el oferente debe completar y firmar (Requisito de Admisibilidad). - Documento de garantía por Seriedad de la Oferta, según lo mencionado en el punto N° 8 del Ítem I “Procedimiento Licitatorio” (Requisito de Admisibilidad).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 B) EVALUACIÓN TÉCNICA 35 PUNTOS SEGÚN LO MENCIONADO EN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 35%
2 C) EXPERIENCIA OFERENTE 20 PUNTOS SEGÚN LO MENCIONADO EN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 20%
3 D) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR SEGÚN LO MENCIONADO EN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 5%
4 A) EVALUACIÓN ECONÓMICA 40 PUNTOS SEGÚN LO MENCIONADO EN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 205000000
Justificación del monto estimado 2.1. Las cantidades y el presupuesto total son referenciales y aproximado, considerando para la presente licitación un presupuesto total estimado es de 205.000.000.- IVA Incluido para toda la duración del contrato, tomando como referencia el valor de l
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública, y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto N° 250 del año 2
Observaciones 2.2. La adquisición de los Insumos requeridos se financiará con cargo al presupuesto del Hospital, en la cuenta Presupuestaria Nº 22.04.004.005 denominada “Otros Insumos Clínicos”.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@asur.cl
Nombre de responsable de contrato: Lilian Fernández Cancino
e-mail de responsable de contrato: lilianf.fernandez@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2558726-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Para la presente Propuesta Pública se prohíbe la subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 09-03-2025
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: 5.1. Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 5.3. El Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores a la notificación de la resolución de Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, en Oficina de Partes, 1º piso del Hospital. 5.4. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior, se entenderá como un desistimiento de su oferta, y se procederá conforme a lo dispuesto en el punto 11.11, ítem II, de las bases administrativas. 5.6. Cuando el monto del documento de garantía es inferior a doscientos mil pesos ($200.000), se desestimará solicitar la garantía que asegure el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 5.7. El Adjudicatario faculta al Hospital y en tal sentido le otorga amplio, total e irrevocable mandato, para que, en el caso de una interrupción parcial o total imputable al Proveedor, establecida por resolución fundada, y previo emplazamiento a esta última para que dé continuidad a la prestación, contrate los servicios de otra Empresa, cuyo costo se deducirá del monto facturado con el fin de mantener la continuidad del servicio
Glosa: 5.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: • Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena • Rut: 61.602.232-6 • Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 452 DEL 2024 “ADQUISICIÓN DE HIDRÓFILOS”. • Número ID Portal: • Fecha de Vencimiento: día/mes/año • Monto en Moneda Nacional (peso chileno) • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.5. El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será devuelto al adjudicatario dentro de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la finalización del periodo de vigencia del mencionado documento, conforme a lo establecido en las bases. Esta devolución será informada al proveedor mediante correo electrónico para su correcta gestión.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 30-05-2026
Monto: 5 %
Descripción: 5.1. Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 5.3. El Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores a la notificación de la resolución de Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, en Oficina de Partes, 1º piso del Hospital. 5.4. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior, se entenderá como un desistimiento de su oferta, y se procederá conforme a lo dispuesto en el punto 11.11, ítem II, de las bases administrativas. informada al proveedor mediante correo electrónico para su correcta gestión. 5.6. Cuando el monto del documento de garantía es inferior a doscientos mil pesos ($200.000), se desestimará solicitar la garantía que asegure el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 5.7. El Adjudicatario faculta al Hospital y en tal sentido le otorga amplio, total e irrevocable mandato, para que, en el caso de una interrupción parcial o total imputable al Proveedor, establecida por resolución fundada, y previo emplazamiento a esta última para que dé continuidad a la prestación, contrate los servicios de otra Empresa, cuyo costo se deducirá del monto facturado con el fin de mantener la continuidad del servicio
Glosa: 5.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: • Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena • Rut: 61.602.232-6 • Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 452 DEL 2024 “ADQUISICIÓN DE HIDRÓFILOS”. • Número ID Portal: • Fecha de Vencimiento: día/mes/año • Monto en Moneda Nacional (peso chileno) • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.5. El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será devuelto al adjudicatario dentro de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la finalización del periodo de vigencia del mencionado documento, conforme a lo establecido en las bases. Esta devolución será
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
ANTECEDENTES OMITIDOS POR EL OFERENTE
10.3. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto N° 250/04). 10.4. La Entidad Licitante podrá solicitar rectificaciones a los oferentes en la presentación de sus ofertas durante el proceso de evaluación, conforme a lo señalado en los puntos 10.1 y 10.3, excluyendo los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad. Estas rectificactorias se solicitarán a través del Portal Mercado Público, en el ícono correspondiente, y los oferentes tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, a contar de dicha solicitud, para responder, prorrogable una sola vez en las mismas condiciones. Las rectificaciones realizadas serán sancionadas con un menor puntaje en la evaluación, o se declarará inadmisible la oferta si no se responde dentro del plazo estipulado, de acuerdo con los factores de evaluación establecidos en las bases administrativas. 10.5. Si el oferente no cumple con dicha aclaratoria o rectificatoria en los plazos definidos para ello, o no responde satisfactoriamente la aclaratoria o rectificatoria solicitada, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas presentadas. 10.6. La comisión de evaluación podrá solicitar información o antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes, y podrán ser realizadas bajo las mismas condiciones establecidas en el punto 10.4. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos.
RESOLUCIÓN DE EMPATE
10.14. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera: a) menor precio y de persistir el empate; b) Mayor puntaje obtenido en evaluación técnica y de persistir el empate; c) Mayor puntaje obtenido en experiencia de los oferentes y de persistir el empate; d) Mayor puntaje obtenido en el Cumplimiento de entrega de antecedentes. 10.15. Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl, considerando fecha y hora.
11. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA PÚBLICA
11.1. Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez confirmada la apertura electrónica en el Sistema de Información Portal Mercado Público. 11.2. Se declararán inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases y se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada (Artículo 9 Ley de Compras). 11.3. La entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a ofertas que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases, ni a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades de la Administración del Estado. Tampoco se adjudicarán ofertas que no emanen de quienes tienen poder suficiente para efectuarlas, en representación del respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley. 11.4. La adjudicación deberá realizarse en un plazo no superior a noventa (90) días corridos desde el cierre electrónico, posteriores al resultado de la evaluación señalada en Punto Nº 10.8. En caso de que la adjudicación no se realice en el plazo previsto, se informarán las razones dentro de los cinco días hábiles siguientes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, indicando, además, un nuevo plazo para la adjudicación. 11.5. La adjudicación de los Insumos se realizará mediante resolución exenta firmada por el Director del Hospital, según lo sugerido por la Comisión de Evaluación. La evaluación de la propuesta pública será por línea/ítem y adjudicando la propuesta, a la o las ofertas más convenientes, según el resultado de la evaluación establecida en el punto Nº 10.8 ítem II del Procedimiento Licitatorio. 11.6. La adjudicación de esta licitación podrá ser Múltiple por ítem, dado los eventuales quiebres de stock o plazo de entrega de los Insumos. La comisión de evaluación determinará la asignación de las cantidades o porcentajes considerando las mayores puntuaciones, las cuales son determinadas en base a los criterios de evaluación. 11.7. Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, será notificada tanto al adjudicatario como al resto de los oferentes, mediante su publicación en el Sistema de Información en el respectivo ID de la propuesta. Asimismo, se publicarán los antecedentes del proceso de evaluación, tales como el informe de la Comisión de Evaluación, los factores de evaluación, el cuadro comparativo, el cuadro de adjudicación, el acta de apertura y la resolución exenta que designó a la Comisión de Evaluación. 11.8. Los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles para realizar consultas sobre la adjudicación, a través del correo electrónico erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital. Las respuestas se entregarán en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. 11.9. Para Adjudicaciones inferiores a 1000 UTM, estas serán sancionadas por Resolución de Adjudicación, la que hará las veces de Resolución - Contrato, y deberá presentar dentro de un plazo de diez (10) días hábiles el Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y, según lo señalado en el punto Nº 5 del ítem III de las presentes Bases, y acompañar un “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) de la Dirección del Trabajo. 11.10. Para Adjudicaciones iguales o superiores a 1000 UTM, el Hospital procederá a redactar el contrato, tomando como base el texto de las presentes bases de licitación. El adjudicatario deberá presentar dos copias firmadas del contrato, ante notario o con firma electrónica avanzada, y el documento de garantía por fiel y oportuno cumplimiento, así como el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) emitido por la Dirección del Trabajo, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital. 11.11. Los plazos establecidos en el contrato comenzarán a contar desde la fecha que se indique en el punto N°1, “Inicio de la Propuesta”, ítem III de las Condiciones de Contratación. Lo anterior, será publicado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través el Portal Mercado Público. 11.12. En caso de que el adjudicatario se desistiere de su oferta, no suscriba el contrato, no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) emitido por la Dirección del Trabajo, en los plazos establecidos en las presentes bases, el Hospital podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar el contrato definitivo a la siguiente mejor oferta evaluada y en forma sucesiva si fuere necesario, siempre que dichas ofertas sean convenientes a los intereses del Hospital y se encuentren vigentes según lo señalado en el punto 3.3, ítem III, de las bases administrativas (artículo 41, Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda). Asimismo, se hará efectiva la garantía por seriedad de la oferta como sanción por su incumplimiento. 11.13. Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) emitido por la Dirección del Trabajo, que certifique la inexistencia de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Dicho certificado deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores al de la Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, o posterior a los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 11.14. Si la empresa adjudicataria registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 11.15. La devolución de la garantía por seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, desestimación, o de la adjudicación. Este plazo se podrá extender cuando la presente licitación sea re adjudicada, hasta un máximo de diez (10) días hábiles adicionales.
1. INICIO DE LA PROPUESTA PÚBLICA
1.1 La propuesta será adjudicada mediante resolución exenta dictada por la Dirección. 1.2 Para adjudicaciones con montos inferiores a 1.000 UTM, la fecha de inicio será, la fecha que indica la Resolución de Adjudicación, la que hará las veces de Resolución-Contrato y Orden de Compra. 1.3 Para Adjudicaciones superiores a 1.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación el adjudicatario deberá firmar el contrato en dos (2) copias ante notario o mediante firma electrónica avanzada, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por correo electrónico por parte del Hospital. 1.4 El contrato comenzará su vigencia desde la total tramitación de la resolución que lo aprueba, es decir, emitida por la Dirección del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena y publicada en el Portal Mercado Público. 1.5 No obstante, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse los servicios a contar de la fecha de resolución de adjudicación, la cual será estipulada en el contrato, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato y la respectiva recepción conforme de los servicios. 1.6 El adjudicatario deberá presentar los documentos indicados en el punto N°11.9 Y 11.10 según corresponda, ítem II, dentro de los plazos estipulados en las presentes bases de licitación. Estos documentos incluyen la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, así como el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) de la Dirección del Trabajo. Si no se presentan estos documentos en el plazo establecido, se entenderá por desistida la oferta. 1.7 En caso de que la oferta sea considerada desistida por la no presentación de los documentos mencionados o en caso de desistimiento de celebrar el contrato, se procederá conforme a lo dispuesto en el punto 11.12, ítem II, de las bases administrativas.
2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA PÚBLICA Y OFERTA
La propuesta pública por el suministro de los Insumos tendrá una duración de doce (12) meses, o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato. 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública, y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto N° 250 del año 2004, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio, existiendo motivos fundados para ello, tales como, cuando se justifique adecuadamente que no se pudo contar oportunamente con un nuevo contrato, basado esto, en hechos que provengan de una causa enteramente ajena a la voluntad de la entidad o que el carecer de un nuevo contrato se deba a causas inevitables o, en su caso, que el renovar el contrato sea necesario para la continuidad del servicio, o que por la urgencia de la prestación o servicio, sea necesaria tal renovación, todo esto, solo y únicamente si es debidamente justificado, el monto de la renovación no podrá superar el monto de lo adjudicado en el contrato originario. 2.3. Para renovar el contrato, se tendrá en consideración, la evaluación técnica, del contrato originario, debidamente fundada y firmada en documento ad-hoc por el inspector técnico, señalando si ha existido o no, un adecuado cumplimiento de este, por el prestador; además, la renovación, está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del año que se realice la renovación. 2.4. En el caso de renovarse el contrato, siempre el adjudicatario, deberá complementar la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por otra, por un monto no inferior al 5% del valor estimado de la renovación y bajo los mismos requisitos de forma que se señala en las presentes Bases, con vencimiento noventa (90) días corridos, después del nuevo vencimiento del contrato. 2.5. Para generar la señalada renovación se requerirá acuerdo con la entidad adjudicada del contrato original, en los términos expresados anteriormente.
3. PRECIO
3.1 Los precios que se incluyan en la(s) Oferta(s) deben expresarse en Pesos, moneda nacional, y TOTAL NETO, el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el Anexo N°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N°10.8 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal Mercado Público, primarán estos últimos. 3.2 Se deja establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 825, Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, lo señalado en el ORD Nº 2928, de 29.10.2012, y lo establecido en la Circular N°50 del SII, los valores a pagar están afectos a IVA. 3.3 Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una rectificatoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación, la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato.
6. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Para estos efectos, se considerará lo dispuesto en el artículo 75 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda y lo establecido en la Ley N°19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
7. DE LA SUBCONTRATACIÓN
Para la presente Propuesta Pública se prohíbe la subcontratación. 7.1 NO DEPENDENCIA LABORAL Se deja expresamente establecido que “el Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el Prestador destine o contrate para la provisión de los Insumos descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.
8. DE LAS OBLIGACIONES
8.1 Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los Insumos. 8.2 Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas. 8.3 Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del Insumo (Facturas o Guías de Despacho). 8.4 El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
9. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
9.1. El Hospital, se reserva el derecho de poner término anticipado si el Adjudicatario no diera cumplimiento a las siguientes cláusulas: a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b. Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los insumos. c. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d. Será causal de término anticipado de contrato el ocultar información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros. e. Si durante la ejecución del contrato, aconteciese algunas de las causales establecidas entre los puntos N°1.2.12 y N°1.2.16 del ítem II de las Bases Administrativas, respecto a la Unión temporal de Proveedores (UTP). f. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses. g. Esta entidad podrá dar término anticipada a este contrato cuando existan razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificados por la autoridad respectiva. h. Si durante la ejecución del contrato, aconteciese algunas de las causales establecidas entre los puntos N°1.2.12 y N°1.2.16 del ítem II de las Bases Administrativas, respecto a la Unión temporal de Proveedores (UTP). i. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado. j. Las demás causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N°19.886 y en su Reglamento. 9.2. PROCEDIMIENTO DE TÉRMINO ANTICIPADO. 9.2.1. El Inspector Técnico del Convenio, al detectar un incumplimiento o una situación que amerite disponer el término anticipado de contrato, deberá informar, mediante correo electrónico, al Inspector Administrativo de la Unidad Compradora dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de dicho hecho. El Inspector Administrativo reunirá todos los antecedentes que sustenten el término anticipado de contrato y enviará la documentación correspondiente al correo electrónico: gestioncontratos.hhha@redsalud.gob.cl de la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital para su respectiva tramitación. 9.2.2. La Unidad de Gestión de Contratos elaborará el ordinario que detalla los hechos que constituyen el incumplimiento, así como la sanción de término anticipado asociado, el cual será visado previamente por el Inspector Administrativo. Una vez aprobado, la Unidad de Gestión de Contratos será la encargada de notificar al proveedor, enviándole el ordinario al correo electrónico que haya declarado en su Anexo N°1 “Carta Oferta. Simultáneamente, el ordinario será publicado en el Sistema de Información Mercado Público. A partir de la fecha de publicación en el Sistema de Información (conforme al artículo 6 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda), el proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, para presentar sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Estos podrán ser entregados por escrito en la Oficina de Partes del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, ubicada en calle Manuel Montt N°115, primer piso, de la ciudad de Temuco, o a través del correo electrónico: gestioncontratos.hhha@redsalud.gob.cl. Si el proveedor no presenta los antecedentes dentro del plazo estipulado, se entenderá que acepta el término anticipado impuesto, perdiendo así el derecho a impugnarlo. 9.2.3. Recibido los descargos del proveedor o, en su defecto, vencido el plazo para presentarlos sin que haya recibido respuesta, la Unidad de Gestión de Contratos deberá informar al Inspector Administrativo, mediante correo electrónico, tanto sobre los descargos, alegaciones o defensas presentados por el proveedor (si los hubiere) como sobre los antecedentes pertinentes que obren en su poder para acreditar el incumplimiento. En caso de que el plazo haya vencido sin presentación de descargos, deberá igualmente informar de esta situación al Inspector Administrativo. 9.2.4. Posteriormente, la Unidad de Gestión de Contratos convocará a una reunión que incluirá al Inspector Administrativo, a un profesional de la Unidad de Asesoría Jurídica, y al Inspector Técnico del Convenio, en los casos que corresponda. En esta instancia, y en función de los antecedentes presentados por el proveedor, los participantes evaluarán y resolverán sobre disponer el término anticipado de contrato o la no imposición de esta medida en caso de que las causas no sean atribuibles al proveedor, o cuando se trate de circunstancias que requieran un análisis más profundo o un tipo de análisis distinto. Esta decisión deberá estar basada en la ponderación de los antecedentes disponibles y sancionarse mediante una resolución fundada en la que se detallen las razones que justifican tal determinación. 9.2.5. Si, tras la evaluación, se concluye que corresponde disponer el término anticipado de contrato, la Unidad de Gestión de Contrato solicitará al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica redactar la resolución fundada que imponga el término, pronunciándose sobre los descargos presentados si existieran, y los antecedentes pertinentes. Esta resolución será remitida al Director del Hospital para su firma y posterior notificación. 9.2.6. La resolución que disponga el término anticipado de contrato deberá ser notificada al proveedor afectado, tanto a través del Sistema de Información Mercado Público como mediante correo electrónico. Esta misma resolución, junto con la que se pronuncie sobre los eventuales recursos interpuestos, deberá ser ingresada al sistema local de gestión de contratos y a la correspondiente ficha de contratos en la plataforma de Mercado Público por la Unidad de Gestión de Contratos. 9.2.7. El término anticipado de contrato se dispondrá en forma administrativa, sin forma de juicio, mediante una resolución dictada por el Director del Hospital, que será notificada al proveedor en la forma descrita anteriormente. Contra dicha resolución, procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos, en las formas y plazos estipulados por la normativa. La resolución que resuelva los recursos deberán notificarse al interesado según lo ya indicado, así como a la Unidad de Compra respectiva y a la Unidad de Gestión de Contratos. 9.2.8. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto las indicadas en las letras a), g) e i), el Hospital podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
10. FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PROCESO LICITATORIO
Erwin Contreras Poblete; Erwin.contreras@redsalud.gov.cl, jefe del Sub Departamento de Licitaciones. En todo caso se recuerda que todas las consultas, para ser válidas, deben realizarse a través del Portal Mercado Público.
11. FUNCIONARIO ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO Y COMPRA
Lilian Fernández Cancino, lilianf.fernandez@redsalud.gov.cl, jefe Sub Departamento de Insumos Clínicos. En todo caso se recuerda que todas las consultas, para ser válidas, deben realizarse a través del Portal Mercado Público.
12. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
12.1 El Contrato definitivo podrá modificarse de mutuo acuerdo entre las partes, o bien, unilateralmente por el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena cuando las necesidades públicas así lo requieran o lo exija la seguridad nacional, lo que deberá ser debidamente justificado. 12.2 Las modificaciones de contrato serán aplicables cuando las circunstancias que dieron origen al contrato cambien o se alteren, debiendo adecuarse a las nuevas condiciones sin alterar la esencia de lo pactado, conforme a lo establecido en el artículo 77 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda. 12.3 En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº 1), sin alterar la esencia del contrato ni la igualdad entre los oferentes. Cualquier aumento o disminución deberá comunicarse al Adjudicatario oportunamente. 12.4 En ningún caso la modificación podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza, objeto o elementos esenciales, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo. 12.5 En caso de que la modificación implique un aumento en el plazo o en el valor del contrato, el Adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los mismos términos que la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondientes a la modificación. 12.6 La nueva garantía podrá complementar la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada por una nueva que cubra el monto original más el de la modificación, manteniendo los mismos porcentajes y vencimiento de la garantía original, con el fin de asegurar la totalidad del contrato modificado, sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior relativo al ajuste del plazo. 12.7 Toda modificación al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente pactadas.
13. REFERENTE A LA FUNCIÓN DE LOS INSPECTORES DEL CONVENIO
El director designará por resolución a funcionarios del Hospital, para desempeñar las funciones de Inspector Técnico del Convenio (ITC) del área Tecina y Administrativa, para fiscalizar la correcta ejecución y cumplimiento del contrato. 13. 1 Inspector Técnico del Convenio del Área Clínica: 13.1.1. Redactar Informes Técnicos ante anomalías de los Insumos adjudicados y de los equipos asignados. 13.1.2. Deberá fiscalizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto 3 de las bases técnicas. 13.1.3. Dar a conocer oportunamente las modificaciones, problemas de despacho u otros incumplimientos que no permitan el normal abastecimiento de los insumos. 13.1.4. Informar al ITC del Área Administrativa, para solicitar restitución de los Insumos defectuoso en su presentación o que no cumplan con las características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas. 13.2 Inspector Técnico del Convenio del Área Administrativa: 13.2.1. Solicitar al adjudicado, la restitución integra de ítems defectuosos en su presentación o que no cumpla con la calidad o especificaciones técnicas ofertadas. 13.2.2. Deberá monitorear la vigencia de la propuesta pública y tramitar con antelación la renovación del requerimiento de los Insumos. 13.2.3. Tendrá la responsabilidad de dar término al contrato del Adjudicado, en caso que se incurra en un incumplimiento, según lo establecido en punto Nº 8 y N° 9 Ítem III de las Condiciones de Contratación, para el término de contrato y cobro de documento de Garantía.
14. CONFIDENCIALIDAD
Queda estrictamente prohibido transmitir, difundir, reproducir o utilizar cualquier información entregada o a la que el proveedor haya tenido acceso en virtud de la ejecución del contrato o de cualquier actividad relacionada con éste. Dicha información se encuentra protegida por las disposiciones de la Ley Nº19.628, que ampara la protección de la vida privada y la intimidad de las personas. El adjudicatario se compromete a garantizar que su personal, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, cumplan con lo estipulado en esta cláusula de confidencialidad, la cual mantendrá su vigencia incluso después de la terminación del contrato. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las normas legales vigentes en materia de publicidad y transparencia.
15. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran. Cualquier reclamo o acción de esta naturaleza será responsabilidad exclusiva del proveedor, quien deberá asumir las consecuencias legales y los costos que se generen a raíz de dichas transgresiones.
16. NOTA FINAL
16.1 Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas al contrato suscrito con el adjudicatario sin necesidad de Mención expresa de ello, y que éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive. 16.2 Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre “PROBIDAD ADMINISTRATIVA” establecidas en las Leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 19.653 y sus modificaciones. Además de la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. 16.3 Además, esta licitación se regirá, para todos los efectos legales, por la Ley N° 19.886, de compras y contrataciones públicas y su Reglamento, y la ley N°21.634 de fecha 11.12.2023 que moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.