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Resolución de Empates |
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En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas, se utilizarán dos decimales. En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento, a favor de la oferta mejor evaluada: La adjudicación se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación según el siguiente orden de criterios: a) Primer Criterio: Mejor Oferta Económica. b) Segundo Criterio: Plazo de entrega del producto. c) Tercer Criterio: Garantía del producto d) Cuarto criterio: Mayor Experiencia del Oferente. De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada a la propuesta que se envió primero al portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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2.1 La Propuesta será pública y considerará lo establecido en las presentes Bases y en las Bases Técnicas. 2.2 Los oferentes podrán solicitar por escrito vía Portal www.mercadopublico.cl aclaraciones a los antecedentes de la Licitación, hasta el día que se señale en el calendario de las presentes Bases Administrativas. La Unidad Técnica emitirá las aclaraciones por escrito vía Portal, incluyendo el texto de las consultas realizadas y las respuestas correspondientes. Una vez emitidas se entenderán formando parte de las Bases. Será responsabilidad de los oferentes consultar por las aclaraciones en el Portal www.mercadopublico.cl. Por tanto, los oferentes no podrán alegar su desconocimiento bajo ningún aspecto. 2.3 La Unidad Técnica podrá postergar la fecha, hora y lugar fijados para la apertura de la propuesta, a través del Portal www.mercadopublico.cl. Cada una de estas modificaciones deberá estar sancionado por Decreto exento, en forma anterior al cierre de estas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La Municipalidad de Recoleta podrá solicitar a los oferentes que solucionen errores, omisiones formales, a través del Portal, durante la etapa de recepción de ofertas y de evaluación de estas, hasta que se publique la resolución adjudicataria correspondiente en el Portal. Lo anterior, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y, además, se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de Información. Se podrá permitir la presentación de certificaciones y antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta, por parte de la Comisión Evaluadora, como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del portal, teniendo el oferente un máximo de 48 horas para su respuesta. No obstante, lo anterior, los oferentes involucrados en este proceso de aclaración de ofertas no obtendrán la puntuación en el ítem “Cumplimiento de los Requisitos Formales” de la pauta de evaluación de estas Bases Administrativas, punto 7.2.1, Letra c).
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OFERTA TEMERARIA |
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Será considerada Oferta Temeraria por la Municipalidad pudiendo declarar inadmisible una o más ofertas, si se determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación: a) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible. De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
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La Municipalidad de Recoleta, representada por su alcalde y la persona natural, apoderado de la Unión Temporal o el representante legal del oferente adjudicado, firmaran el contrato. El/la adjudicatario/a dispondrá de 10 días hábiles para suscribir el contrato, contados desde la notificación vía correo electrónico por parte de la Dirección de Asesoría Jurídica, debiendo presentar en el mismo acto la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la Municipalidad de Recoleta quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva y se procederá a la readjudicación conforme a lo establecido en al artículo 10 de estas bases, o a declarar desierta la licitación. La orden de compra correspondiente a este proceso será emitida una vez que el Decreto que aprueba el contrato de los servicios se encuentra totalmente tramitado y el adjudicatario haya hecho entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor en el portal dentro de las 48 horas siguientes a su envío. Una vez firmado el contrato por ambas partes, éste y su decreto de aprobación serán publicados en el portal de Mercado Público.
En el caso que el adjudicatario rechace la Orden de Compra dentro de las primeras 48 hrs., se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4 de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N°20.393, o del artículo 26, letra d) del decreto ley N° 211, de 1973, la Municipalidad de Recoleta podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o declarar desierta la licitación.
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AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO |
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La Unidad Técnica podrá aumentar o disminuir el contrato, con un tope de hasta un 30% del monto adjudicado. Para ello deberá notificar a la empresa, con a lo menos con 15 días de anticipación, al mes que se solicita la modificación de este. En el caso de aumento de contrato, se procederá a generar una nueva orden de compra por el monto aumentado.
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REAJUSTE DEL VALOR DEL SERVICIO |
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El valor será reajustado cada 12 meses, a contar de la fecha de inicio del servicio, conforme a la variación que experimentó el índice de precios al consumidor (IPC) a los 12 meses anteriores. Para el cálculo de esta variación se usará la calculadora del IPC del INE, establecido en https://calculadoraipc.ine.cl/.
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