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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las
que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases
de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en
conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante
sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como
en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
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8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la
misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias
de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
por los organismos correspondientes.
9.5. Participantes:
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que,
actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP),y al momento de la
presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales
del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha
de presentación de ofertas (punto 3.3, de estas BA).
Deberán estar con inscrito en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública y
encontrarse habilitados para poder participar en la licitación y suscribir los contratos definitivos.
Las UTP deberán estar constituidas y contener las menciones mínimas establecidas en el art. 180 del D.S. Nº 661/2024 del
Ministerio de Hacienda. En cuanto a la vigencia de la UTP, se establece que no podrá ser inferior al contrato adjudicado, de
acuerdo a lo señalado en el art. 180 letra c de dicho cuerpo normativo.
9.6. Forma de cotización:
Los proponentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases
Administrativas y Bases Técnicas.
De conformidad al artículo 18 de la Ley Nº19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema
de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante, el “Portal”.
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo con lo que se indica en la
cláusula Nº4, previamente descrita. Para tales efectos, el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder
a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office
versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes BA. En caso de
que los archivos vengan dañados, la Dirección de Vialidad se reserva el derecho a desestimar oferta.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS DEL Nº1 AL Nº4) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA
REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA
SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el
punto 3.3, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 115,
numeral 3, del D.S. de Hacienda Nº661/2024.
c. En el caso de existir diferencias entre el valor indicado en el Anexo Económico N°2 y el comprobante de ingreso de
oferta, se considerará el valor presentado en el Anexo N°2.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas determinarán qué antecedentes presentarán para
ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 6 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la
misma (art. 181, inciso 2°, Decreto Supremo de Hacienda Nº 661/2024).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el portal, serán descargados al momento de la apertura
electrónica de las ofertas, por ende, se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres
señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán
de exclusivo cargo de los oferentes todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación
de los antecedentes exigidos en las Bases, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de éstos.
g. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas
a la Comisión Evaluadora, que deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases
y especificaciones técnicas.
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9.7. Plazo de validez de la oferta:
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las
ofertas.
Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la
presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el
plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
9.8. Precios monedas:
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y
no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto
que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
9.9. Contraparte Técnica:
Actuará como contraparte técnica de esta adquisición un funcionario de la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, quien
deberá realizar la recepción conforme de los servicios y/o suministros, velar por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato
y evaluar el comportamiento del proveedor. Visará la documentación de pago quien tenga las atribuciones según
corresponda.
9.10. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta:
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión evaluadora, designada por el Director Regional de Vialidad, a través de la
respectiva Resolución Exenta, compuesta por al menos tres funcionarios públicos del Ministerio de Obras Públicas.
La Comisión evaluadora tomará conocimiento de la información de mercado y la señalada en el artículo 31 del D.S. de
Hacienda Nº 661/2024, obtenida para la confección de las correspondientes Bases Administrativas, Bases Técnicas y
Anexos de la presente adquisición.
9.10.1. Procedimiento de Evaluación:
a. La Comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de
conformidad a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
b. La Comisión efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral
9.10.2 de las presentes BA.
c. La Comisión rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas
y Bases Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 54, inciso 1º del D.S. Nº
661/2024, del Ministerio de Hacienda.
d. La Comisión propondrá declarar inadmisibles:
Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el numeral 4 de estas bases de
licitación en el caso de las UTP y con la presentación del Anexo Nº2, indicado en el numeral 4 por tratarse de
documento esencial.
Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en los términos señalados en el numeral 8.1,
8.2 y 8.3 según corresponda.
Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas
y Anexos.
e. La Comisión propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº19.886, en los
siguientes casos:
Cuando no se presenten ofertas, o;
Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener
las materias señaladas en el artículo 57 del D.S. de Hda. Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda.
9.10.2. Factores de Evaluación:
Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad
a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación:
A. Evaluación Económica:
La oferta más económica obtendrá 60 puntos y las ofertas restantes se evaluarán según la siguiente fórmula, de acuerdo a
lo ofertado en Anexo N°2 Económico:
Puntaje Económico = Menor Precio Neto ofertado en evaluación X 60
Precio Neto de la oferta a evaluar
En el caso de existir diferencias entre el valor indicado en el Anexo Económico N°2 y el comprobante de ingreso de oferta,
se considerará el valor presentado en el Anexo N°2.
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B. Capacidad de entrega: Tendrá un puntaje máximo de 30 puntos. Los oferentes deberán indicar su capacidad máxima
de entrega, sobre la mínima diaria (600 m3) expresada en metros cúbicos (m3) en Formulario N°2, punto 4. La oferta
con mayor capacidad de entrega obtendrá 30 puntos y las ofertas restantes se evaluarán según la siguiente fórmula:
Capacidad de Entrega = Capacidad de entrega de la oferta a evaluar X 30
Mayor capacidad de entrega ofertada
en evaluación
C. Cumplimiento de requisitos formales: Tendrá un puntaje máximo de 2,5 puntos. Las ofertas se evaluarán según la
siguiente tabla:
D. Programa de integridad: Tendrá un puntaje máximo de 2,5 puntos, aplicando la siguiente tabla de más abajo. Para
asignar este puntaje, los proveedores deberán presentar anexo N°2, que indique que tiene programas de integridad y
ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos
programas a la oferta; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda:
PROGRAMA DE INTEGRIDAD PUNTAJE
El oferente acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal. 2,5
El oferente NO acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal. 0
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta
necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar
en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los integrantes
deben cumplir con lo requerido previamente.
En caso de no tener programas de integridad y ética empresarial, tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar la
documentación previo a contratar con la Dirección de Vialidad y, en caso de no presentarlo, se desestimará la oferta y se
podrá readjudicar en los términos del numeral 9.16 de las bases administrativas.
E. Inclusivo, contratación de personas en situación de discapacidad: Tendrá un puntaje máximo de 2,5 puntos. Para
obtener el puntaje máximo se debe presentar Copia del documento o certificado que acredite la inscripción del trabajador o
prestador de servicios en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND) entregado por SENADIS o certificación de la
COMPIN o comprobante de haber iniciado el último trámite o Credencial de Discapacidad y registros del pago de previsión
de salud último periodo antes de cierre de recepción ofertas, esto para acreditar la contratación de personas en situación de
discapacidad a la fecha de postulación, las ofertas se evaluarán según la siguiente tabla:
CRITERIO /DEFINICIÓN PUNTAJE
Presenta contrataciones de personas en situación de discapacidad. 2,5
No presenta contrataciones de personas en situación de discapacidad o no adjunta documentación o
no responde.
0
F. Sello Mujer: Tendrá un puntaje máximo de 2,5 puntos. Para obtener el puntaje máximo el oferente debe tener el Sello
Empresa Mujer visible en la ficha del proveedor en portal www.mercadopublico.cl, las ofertas se evaluarán según la siguiente
tabla:
9.10.3. Calificación final de la oferta:
La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
NOTA 1: La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá
su inadmisibilidad.
NOTA 2: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del
Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
CRITERIO /DEFINICIÓN PUNTAJE
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos
legales que correspondan a su oferta.
2,5
Cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las Bases,
respuestas a consultas en foro inverso.
1
No cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las
Bases, respuestas a consultas en foro inverso.
Inadmisible
CRITERIO /DEFINICIÓN PUNTAJE
Presenta Sello Empresa Mujer en portal www.mercadopublico.cl. 2,5
No Presenta Sello Empresa Mujer en portal www.mercadopublico.cl. 0
PUNTAJE
FINAL
=
PUNTAJE
EN
LETRA A
+
PUNTAJE
EN
LETRA B
+
PUNTAJE
EN
LETRA C
+
PUNTAJE
EN
LETRA D
+
PUNTAJE
EN
LETRA E
+
PUNTAJE
EN
LETRA F
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NOTA 3: En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta Económica y Técnica) o este incompleto,
no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 4: En caso de que el oferente se encuentre inhábil en portal Mercado Público, no podrá ser evaluado y su oferta será
declarada inadmisible.
NOTA 5: En caso que la capacidad máxima de entrega diaria ofertada sea menor a 600 M3, la oferta será declarada
inadmisible.
9.11. Contacto en etapa de evaluación de ofertas:
Durante el proceso de Evaluación los integrantes de la Comisión Evaluadora sólo podrán tener contacto con los oferentes a
través del foro disponible en el Portal Mercado Público. El Foro (inverso) solo deberá ser utilizado si las presentes bases
establecen el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”, en virtud del artículo 56, del reglamento de la ley
N° 19.886.
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, los evaluadores o revisores, según
párrafo anterior, podrán solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo,
información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo
sujetarse al Artículo 56 del D.S. de Hda. Nº 661/2024.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los
puntos solicitados en el plazo de 1 día hábil, contado desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas, siempre que no se vulneren el principio de igualdad de los
oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno de los oferentes.
Desde la fecha de tramitación de la resolución que designa a los integrantes de la comisión de evaluación y hasta la
adjudicación, la comisión evaluadora sólo podrá mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la
solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en
las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener
contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
9.12. Derecho a desestimar las ofertas:
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el
30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán
en el Acta de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los Oferentes adjudicados no podrán reclamar
indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad dictará
una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
9.13. Derecho a variación de cantidades
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en un
30% del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones, dicho aumento o disminución será realizado
antes de ejecutar el proceso de adjudicación. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá
la unidad superior correspondiente. Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de
aumentarse la cantidad, el plazo de entrega de los adicionales deberá ser señalado por el proponente, mediante carta
respuesta a la solicitud de precisión que podrá realizar la Dirección de Vialidad durante el estudio de las ofertas el plazo de
entrega de esta parcialidad podrá ser distinto al de la oferta original y no afectará la evaluación correspondiente, todo esto
debe quedar plasmado en la respectiva acta de evaluación.
9.14. Adjudicación de la licitación:
La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad y formarán parte
integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases
Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido
el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta
de Evaluación, en lo que corresponda.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción y habilidad en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de
Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el Contrato señalado en el punto 3.6 de las presentes Bases
Administrativas. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión deberá acreditar la
inscripción y habilidad precitada.
9.14.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto:
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta
respectiva (si corresponde):
a. En caso de que el proveedor adjudicado no acepte orden de compra.
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b. En caso de incumplimiento pacto de integridad.
c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
d. Si el oferente adjudicado no acredita su habilidad en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y
Contratación Pública.
e. Si el oferente adjudicado no presenta programas de integridad y ética empresarial, antes del quinto (5) día hábil desde
la notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.
f. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su
inscripción y habilidad en el Registro señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente
proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior, la
oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de
la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la notificación de la
adjudicación.
g. Si el oferente adjudicado no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, en el plazo establecido en el punto
8.4 de las presentes BA, si corresponde.
h. Si el proveedor adjudicado no firma contrato según punto 3.6 de las presentes BA.
i. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las BA.
9.15. Notificación y aceptación de orden de compra:
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la resolución
de adjudicación. De acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, se entenderá por notificado el proveedor
adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en el portal Mercado Público, la
resolución objeto de la notificación.
Asimismo, en atención a lo establecido en el punto 9.2 de las presentes bases, la Dirección de Vialidad enviará la orden de
compra en un plazo de 2 días hábiles desde la fecha de resolución que aprueba el contrato e ingresada garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato a través del portal Mercado Público y el adjudicatario deberá aceptarla en plazo máximo
de 2 días hábiles posteriores a la fecha de envío de la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado
Público. De lo contrario, la Dirección de Vialidad podrá cancelar dicha orden de compra.
9.16. Readjudicación de la licitación:
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía
de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos
en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley
Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así
sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, haciéndose efectiva la garantía de
seriedad de la oferta respectiva, si corresponde.
No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para el servicio licitado, se podrá postergar
por una única oportunidad el plazo para entregar las garantías de fiel cumplimiento y adicional del contrato, Este hecho
deberá ser expresamente autorizado por el Inspector Fiscal y obedecerá una petición formal y adecuadamente sustentada
por parte del adjudicatario.
9.17. Cesión del Contrato:
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
9.18. Gestión del contrato:
9.18.1. Firma del Contrato:
De acuerdo con la cláusula 3.6 de las presentes BA.
9.18.2. Habilidad de proveedores:
La Dirección de Vialidad verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores a cargo de la
Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil, durante toda la duración del
contrato.
Si durante el periodo del contrato el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar
su situación en Dirección de Compras y Contratación Pública en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario la
Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado al contrato.
9.18.3. Evaluación de proveedores:
La Dirección de Vialidad, evaluará antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección
ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado.
Los factores a medir, son:
Oportunidad de entrega
Calidad
Cumplimiento especificaciones técnicas
Desempeño en general
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9.18.4. Vigencia del Contrato:
El contrato regirá, durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con
posterioridad al pago.
La vigencia del contrato comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a
través del portal www.mercadopublico.cl. En caso que no la acepte expresamente transcurridas 24 horas de la publicación
de la Orden de Compra, la Dirección de Vialidad dará por aceptada dicha Orden de Compra conforme a la Ley y el presente
contrato. Para todos los efectos, se considera como primer día de plazo del contrato, el día siguiente a la aceptación de la
orden de compra.
9.18.5. SUSPENSIÓN O PARALIZACIÓN:
El contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, debiéndose mantener vigentes las garantías respectivas.
Son casos justificados las condiciones climáticas, emergencias naturales, las cuales constituyan un impedimento efectivo
para acceder al lugar de ejecución del contrato u otra razón de fuerza mayor que impida la correcta recepción de este servicio
y/o suministro, lo que será así calificado por el Director Regional de Vialidad de Ñuble, en resolución fundada.
La suspensión será ordenada por el Director Regional de Vialidad Ñuble, mediante resolución fundada. Al efecto el Inspector
Fiscal deberá remitir la solicitud y todos los antecedentes que sirvan de fundamento al Director Regional con copia a la
Unidad de Compra.
9.19. Plazo de Entrega:
La entrega del suministro será en el tiempo y según solicitud del Inspector Fiscal responsable del contrato, vía correo
electrónico, en el cual se indicará la cantidad a entregar y el lugar de entrega.
9.20. Acreditación de cumplimientos obligaciones laborales y previsionales:
El oferente que resulte adjudicado deberá presentar al Inspector Fiscal al momento de facturar, un Certificado de
Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F 30-1), donde acredite no tener saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados.
9.21. Recepción:
El Inspector Fiscal, recibirá conforme el servicio y/o suministro, suscribiéndolo así en la respectiva Acta de recepción
conforme, si se cumplen los siguientes requisitos:
1. Que se haya efectuado la entrega física del material granular, en las cantidades que corresponde conforme a la orden
de compra. Esto se acreditará con las respectivas planillas de recepción de material, Guías de despacho.
2. El oferente que resulte adjudicado deberá presentar al Inspector Fiscal, antes de facturar, un Certificado de Antecedentes
Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F 30-1), donde acredite no tener saldos insolutos
de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados. En
caso de desvinculados se debe presentar al Inspector Fiscal los documentos (finiquito, leyes laborales, entre otros) que
acrediten los pagos respectivos al trabajador desvinculado.
3. El Inspector Fiscal recepcionara y custodiara las Guías de Despacho del material del lugar de origen, emitida por la
empresa productora y/o comercializadora, la que debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del
camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho
documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a no recibir el material.
4. El Área de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad de Chileproveedores. En caso de que se encuentre
"inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas,
constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal.
9.22. Forma de Pago:
El pago al proveedor por el suministro adquirido por la Dirección de Vialidad, podrá efectuarse de manera parcial o total,
dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura o del respectivo instrumento tributario de
cobro. Para aceptar factura y proceder al pago se requerirá que previamente la Contraparte Técnica (Inspector Fiscal)
certifique la recepción conforme, mediante un Acta de Recepción Conforme del suministro y/o servicio adquirido por la
Dirección de Vialidad, la cual deberá llevar adjunto F30-1 correspondiente al mes en el cual se realizó el suministro y
Certificado de Laboratorio respectivo.
Importante: Si no se cuenta con un Acta de Recepción conforme del servicio y/o suministro, la factura será rechazada antes
del octavo día de emitida la factura, por no contar con conformidad de la contraparte técnica (Inspector Fiscal).
El proveedor:
- Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben indicar en las “Referencias” el siguiente código y nombre de
la Unidad de Pago y enviarlas al siguiente correo electrónico:
- Código Nº: UDP2375
- Nombre Unidad de Pago: REG_XVI_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_ÑUBLE.
- Correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
Se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme
de los servicios, contados desde la fecha de recepción del respectivo documento tributario. En caso de no concretarse la
recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo a lo que establece la ley.
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Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes:
- Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GRAL DE OO PP DCYF
- Dirección: Calle 18 de Septiembre N°246, piso 2, oficina 206, Chillán.
- RUT: 61.202.000-0
- Giro: Gobierno Central
- Forma de pago: Pago Crédito.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su
factura, que su cuenta se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP). La cual debe ser
ingresada en el Link: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, esto es necesario para los pagos respectivos.
9.23. Modificación y término del contrato:
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre
la materia en el artículo 129 y 130 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. de Hda. Nº661/2024:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Estado de notoria insolvencia del adjudicatario a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de
seis (6) meses.
f) Incumplimiento del Pacto de Integridad.
Nota: Se entenderá por “incumplimiento grave”:
No dar cumplimiento a la entrega en la forma requerida en las presentes bases.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a la
Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.
9.24. Multas y sanciones
La contraparte técnica deberá informar por escrito, adjuntando todo los respaldos al Director Regional con copia a la Unidad
Jurídica y al Área de compras, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con el servicio adjudicado.
Multa por incumplimiento técnico: En caso que el CBR del material se encuentre entre 75% y 79,9% se aplicará una multa
del 10% del volumen que representa la muestra que no cumple con el 80% exigido. Si el porcentaje de CBR es inferior a
75%, el material se rechazará y el proveedor deberá entregar un nuevo material. Adicionalmente se aplicará una multa del
20% sobre el volumen que representa la muestra que no cumple con el 75% exigido.
Respecto al porcentaje de chancado, si éste se encuentra entre 45% y 49,9%, se aplicará una multa del 10% sobre el
volumen que no cumpla con el 50% mínimo exigido. Si el porcentaje de chancado es inferior a 45%, el material se rechazará
y el proveedor deberá entregar un nuevo material que sí cumpla. Adicionalmente se aplicará una multa del 20% sobre el
volumen que representa la muestra que no cumple con el 50% exigido.
En caso de rechazo del material, el Inspector Fiscal, informará por escrito a la Empresa la que podrá retirarlo, poniendo un
material que cumpla las bases o corregir el material ya puesto, en ambos casos a entero costo de la empresa. Además, la
Empresa deberá informar por escrito (mail u oficio) al Inspector Fiscal, su decisión dentro de un día después de la
comunicación. De acuerdo a la decisión de la empresa el Inspector Fiscal indicará el lugar y plazo para restituir los materiales
rechazados.
En caso que la empresa no comunique su decisión dentro del plazo antes señalado o no ejecute las obras de reposición de
material en el plazo propuesto, se pondrá término al contrato, de acuerdo a las bases administrativas y se liquidará pagando
el material entregado y que no cumplió las especificaciones a un valor de 30% del precio ofertado, como única retribución a
la empresa y se procederá al cobro de la Boleta de Garantía.
En el caso que requiera correcciones se deberán realizar en un máximo de 48 horas, luego de que esta situación sea
informada por el encargado del suministro vía correo electrónico. Se aplicará una multa de 10 UF diarias (el valor de la UF.,
corresponderá al valor del día de la detección del incumplimiento) durante todo el tiempo que dure este incumplimiento. Ante
ello, la Dirección de Vialidad se reserva el derecho a rechazar el material entregado.
En el caso de incumplir el requisito de mantener la seguridad vial en el área de trabajo. Se aplicará multa de 10 UF diarias
(el valor de la UF., corresponderá al valor del día de la detección del incumplimiento) durante todo el tiempo que dure este
incumplimiento, por lo que, no se cumplirá lo estipulado en las especificaciones técnicas del contrato, según MANUAL DE
SEÑALIZACIÓN DE TRANSITO / CAPÍTULO 5 SEÑALIZACIÓN TRANSITORIA Y MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA
TRABAJOS EN LA VÍA Y DECRETO 78 APRUEBA MANUAL DE SEÑALIZACIÓN DE TRÁNSITO, también cumplir con lo
estipulado en los siguientes reglamentos DECRETO 594 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS
Y AMBIENTALES BASICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO, CÓDIGO DEL TRABAJO, DIRECCIÓN DEL TRABAJO.
La empresa deberá contar con un sistema de prevención y mitigación en la suspensión de partículas de polvo por el alto
tráfico de maquinaria y camiones en los distintos caminos. La empresa, agotará por todos los medios dichos mandato. Con
estas medidas, se cumple con las normativas vigentes y al resguardo del impacto ambiental que esto produzca. La empresa
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adjudicada, tendrá a disposición de estas medidas, un camión de suministro de agua para el camino a intervenir, (camión
aljibe), en caso de incumplimiento se aplicará por cada día multa de 10 UF.
Multa por capacidad de entrega: En caso que empresa adjudicada no cumpla con cantidad de suministro (M3) solicitado
por el Inspector Fiscal, se aplicará una multa del 2% del valor total neto adjudicado, la multa se aplicará por cada día de
incumplimiento, con un máximo de 15 días afectos a multa. Al día 16 afecto a multa el Inspector Fiscal podrá poner término
al contrato y con ello al cobro del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
La multa y/o sanción que corresponda será descontada del pago correspondiente y se aplicará al valor Neto.
El valor de la UF corresponderá al día del incumplimiento en la entrega del suministro.
9.24.5 Procedimiento para la aplicación de multas:
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la
aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción
cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el
monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo
que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o correo electrónico. En el caso de notificación
personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución
en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de
aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los
recursos establecidos en la Ley 19.880.
9.24.6 Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifiqué que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al
adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales
vigentes, instándolo para que formulé descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe
documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación de dicho oficio se hará personalmente,
por carta certificada o por correo electrónico, En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de
notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución
en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión
respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá
impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
9.25. Solución de controversias:
Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados a la contraparte técnica (Inspector Fiscal),
quien lo enviará, si fuese necesario, a su jefe superior, para su resolución o para que sea sometido a la consideración del
Director Regional de Vialidad Ñuble, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad,
Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, la Contraloría General de la República y los
Tribunales de Justicia.
La autoridad pertinente deberá resolver la exactitud o veracidad del reclamo presentado, en un plazo máximo de 15 días
hábiles.
9.26. Jurisdicción y Domicilio:
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán domicilio en la ciudad de Chillán, y prorrogarán la competencia
a los tribunales de su jurisdicción.
9.27. Interpretación e información:
Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la
debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más
perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el
caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán
por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los
documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos
necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos
los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de
la información disponible o que se obtenga.
9.28. Confidencialidad y Seguridad de la Información:
1. El ADJUDICATARIO y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de
información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o
con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.
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2. El ADJUDICATARIO, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos
y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran
publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
3. Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie,
tangible o intangible a las que el ADJUDICATARIO pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen
en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del
MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
4. El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a
las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la
información señalada.
5. En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el ADJUDICATARIO como
por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio
que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones
legales que correspondan.
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