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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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19.2. Documentación para la contratación
El Servicio favorecerá la entrega de documentación digitalizada vía correo electrónico, el cual será informado al oferente adjudicado. En el caso de documentos que se requieran en original y físicamente, el Servicio informará los horarios de atención y el lugar de entrega de estos.
Dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, el adjudicatario deberá acompañar la documentación indicada en el numeral anterior y la que se detalla más adelante, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores de la plataforma www.mercadopublico.cl, con la vigencia señalada en las presentes bases.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), otorgado por la Dirección del Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de su presentación.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F-30 1), respecto del equipo de trabajo que se destine al proyecto, otorgado por la Dirección del Trabajo, correspondiente al último periodo vigente a la fecha de adjudicación. En caso de que no cuente con trabajadores contratados o que no tenga relación laboral anterior con el adjudicatario, deberá indicarlo por escrito.
En caso de que el adjudicatario no entregare alguno de los documentos solicitados dentro del plazo indicado, o se formularen reparos a alguno de ellos, el Servicio otorgará por escrito mediante correo electrónico, un plazo adicional de 3 días hábiles contados desde la notificación, para completar la documentación y/o subsanar las observaciones.
Si transcurridos estos plazos, el oferente adjudicado no hiciere entrega de la documentación solicitada o no subsanare los reparos realizados, el Servicio podrá proceder según lo señalado en el numerales 17 y 18, de las presentes bases administrativas.
Dependiendo de su condición legal, el adjudicatario deberá presentar, además, la documentación que a continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores, de la plataforma www.mercadopublico.cl, con la vigencia señalada en las presentes bases.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Formalización de la Contratación |
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Se hace presente que, los productos a adquirir a través del presente proceso licitatorio son estándar de simple y objetiva especificación, y de acuerdo al artículo 117, del reglamento de la ley 19.886, la contratación se materializa a través de la emisión y aceptación de la respectiva orden de compra.
El adjudicatario tendrá 72 horas para aceptar la orden de compra desde su emisión, en caso contrario, se considerará por desistida su adjudicación, en cuyo caso el Servicio podrá proceder según lo señalado en el numerales 17 y 18, de las presentes bases administrativas.
Los pagos estarán condicionados a la aceptación de la orden de compra y recepción conforme del servicio por la contraparte técnica del Servicio.
19.1. Requisitos para la contratación
A fin de materializar la adquisición respectiva y emisión de la orden de compra, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y en estado de hábil en el Registro de Proveedores, de Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán ser contratados los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades, contenidas en la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar en línea y/o Anexo N°2 (para UTP). Estas inhabilidades son:
a) Las personas que integran la nómina de personal del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, en cualquier calidad jurídica, ni los contratados a honorarios por el organismo, ni aquellos unidos(as) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
b) Las sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada en que aquellos indicados en el literal anterior formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales.
c) Los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
d) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, durante el tiempo en que ejercen sus funciones, y respecto de aquellos que han cesado en el cargo, durante el periodo de un año que medie entre el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo respecto del día de efectuar la presente declaración
e) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, durante el tiempo en que ejercen sus funciones, y respecto de aquellos que han cesado en el cargo, durante el periodo de un año que medie entre el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo respecto del día de efectuar la presente declaración.
f) Los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades señaladas en el literal anterior.
g) Los funcionarios que participan en procedimientos de contratación de este organismo y aquellos que están unidos a estos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive), durante el tiempo en que ejercen sus funciones, y respecto de aquellos que han cesado en el cargo, durante el periodo de un año que medie entre el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo respecto del día de efectuar la presente declaración.
h) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad con los artículos 8º y 10 de la Ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
i) Las personas que hubieren sido condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la medida establecida en el artículo 26, letra d), del D.L. N° 211, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
j) Las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenadas por los Tribunales de Justicia con la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que se trate de una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no se celebrará el contrato si tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas con la citada medida.
En el caso que se adjudique una unión temporal de proveedores, además, deberá dar cumplimiento a las siguientes reglas especiales para contratar:
• Cada integrante deberá estar inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores, de Mercado Público.
• Cada empresa o entidad que conforme la asociación deberá presentar el Anexo N°2, según corresponda a personas naturales o jurídicas.
Si el adjudicatario presentase alguna de las inhabilidades indicadas o el oferente se encontrase inhábil en el Registro de Proveedores al momento de formalizar la contratación, el Servicio podrá proceder según lo señalado en el punto 17 y 18 de las presentes bases administrativas.
19.2. Documentación para la contratación
El Servicio favorecerá la entrega de documentación digitalizada vía correo electrónico, el cual será informado al oferente adjudicado. En el caso de documentos que se requieran en original y físicamente, el Servicio informará los horarios de atención y el lugar de entrega de estos.
Dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, el adjudicatario deberá acompañar la documentación indicada en el numeral anterior y la que se detalla más adelante, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores de la plataforma www.mercadopublico.cl, con la vigencia señalada en las presentes bases.
En el plazo señalados anteriormente y a fin de emitir la orden de compra el adjudicatario deberá entregar:
1. Firmado el anexo "Declaración Jurada Sin Deudas Previsionales", según Anexo Nº5, de las presentes bases, para acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 (dos) años.
2. Firmado el anexo "Acuerdo de Confidencialidad", según Anexo Nº6, de las presentes bases.
3. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), otorgado por la Dirección del Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de su presentación.
4. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F-30 1), respecto del equipo de trabajo que se destine al proyecto, otorgado por la Dirección del Trabajo, correspondiente al último periodo vigente a la fecha de adjudicación. En caso de que no cuente con trabajadores contratados o que no tenga relación laboral anterior con el adjudicatario, deberá indicarlo por escrito.
En caso de que el adjudicatario no entregare alguno de los documentos solicitados dentro del plazo indicado, o se formularen reparos a alguno de ellos, el Servicio otorgará por escrito mediante correo electrónico, un plazo adicional de 3 días hábiles contados desde la notificación, para completar la documentación y/o subsanar las observaciones.
Si transcurridos estos plazos, el oferente adjudicado no hiciere entrega de la documentación solicitada o no subsanare los reparos realizados, el Servicio podrá proceder según lo señalado en el numerales 17 y 18, de las presentes bases administrativas.
Dependiendo de su condición legal, el adjudicatario deberá presentar, además, la documentación que a continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores, de la plataforma www.mercadopublico.cl, con la vigencia señalada en las presentes bases.
19.2.1. Documentos para persona natural
1. Fotocopia de cédula de identidad vigente (por ambos lados).
19.2.2. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
a) En caso de sociedades:
a.1 Copia simple de escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio.
a.2 Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
a.3 Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
a.4 Copia simple de la cedula nacional de identidad vigente, de el o los representantes, por ambos lados.
a.5 Las Sociedades que se acojan a la Ley N°20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar la documentación de Constitución, Estatutos y demás antecedentes emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo, con
no más de 60 días de antigüedad a la f echa de su presentación.
Cabe destacar que los documentos señalados en los numerales a.2 y a.3 los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada.
b) En caso de Fundaciones o Corporaciones:
b.1 Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
b.2 Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
b.3 Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica.
b.4 Certificado de Directorio de Persona Jurídica sin fines de lucro que otorga el Servicio de Registro Civil e identificación, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.
b.5 Copia simple del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
b.6 Copia simple de la cedula nacional de identidad vigente, de el o los representantes, por ambos lados
b.7 Certificado de vigencia de Persona Jurídica sin fines de lucro que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de solicitud.
19.2.3. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
a) Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
b) Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad vigente del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad vigente del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
c) Deberá designar domicilio en Chile.
d) Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
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