Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Municipalidad de Recoleta
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Fecha de vencimiento:
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29-12-2028
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Una vez notificado el concesionario seleccionado, este deberá presentar una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. El adjudicatario deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. En caso de hacerse efectiva dicha garantía durante la ejecución del contrato, el concesionario estará obligado a reponerla o renovarla por el mismo monto y condiciones, dentro de los 10 días siguientes al cobro de la anterior, coincidiendo con la entrega de la nueva parrilla programática, asegurando en todo momento la continuidad de la caución. La garantía debe ser entregada, de forma física o electrónica, dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la Municipalidad podrá re adjudicar el proceso. Tipo: Documento Bancario de garantía a la vista o Vale Vista, certificado de fianza, póliza de garantía de carácter irrevocable u otro instrumento financiero de garantía pagadero a su sola presentación, que asegure igual rapidez y efectividad en su cobro y pago. Vigencia: 31 de diciembre de 2028 Monto: 5% del valor total neto del precio final ofertado por el adjudicatario de acuerdo al Formulario N° 4 “Oferta Económica” A nombre: I. Municipalidad de Recoleta Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: “CONCESIÓN PARA LA “PRODUCCIÓN, ORGANIZACIÓN, EXPLOTACIÓN Y DESARROLLO DEL CARNAVAL DIECIOCHERO DE RECOLETA 2026” (Indicar Id, N° de Resolución de Adjudicación). El adjudicatario deberá garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato, a través de documento extendido y pagadero al sólo requerimiento, nombre de la I. Municipalidad de Recoleta, RUT: 69.254.800-0. La garantía es otorgada con el objeto de caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al concesionario, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, y por la sola voluntad de la Municipalidad, si procede alguna de las causales estipuladas en las presentes bases administrativas para ello, a través de la dictación de la correspondiente Decreto Exento. La presente garantía cauciona también el pago de las multas que puedan ser cursadas al concesionario, conforme a lo indicado en el procedimiento establecido para su aplicación en las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las Bases Administrativas y/o en el contrato por incumplimiento grave, la garantía de fiel cumplimiento de contrato se hará efectiva y el concesionario perderá el 100% del valor de ésta. De ser necesaria la renovación de la garantía de fiel cumplimiento, ésta deberá ser extendida en las mismas condiciones establecidas en el presente numeral. Si el concesionario seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Municipalidad podrá adjudicar al Concesionario que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. La Municipalidad hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de una semana con posterioridad al vencimiento de la misma. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello a la Tesorería Municipal solicitándole la devolución del documento de garantía. La Tesorería Municipal procederá a devolver este documento dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Concesionario o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente. Considerando la magnitud, el alto impacto social y la relevancia comunitaria del 'Carnaval Dieciocheno', el cual constituye una tradición arraigada en la comuna, resulta imperativo asegurar la continuidad, seguridad y operatividad de la concesión durante sus tres años de vigencia. Por lo anterior, y en virtud del riesgo involucrado en una contratación de esta envergadura —conforme lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto N° 661/2024)—, se exige la constitución de una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Esta caución tiene por objeto no solo respaldar la correcta ejecución de todas las obligaciones contractuales, sino también asegurar de manera especial el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicatario, resguardando así el patrimonio municipal y el interés público comprometido.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: “CONCESIÓN PARA LA “PRODUCCIÓN, ORGANIZACIÓN, EXPLOTACIÓN Y DESARROLLO DEL CARNAVAL DIECIOCHERO DE RECOLETA 2026” (Indicar Id, N° de Resolución de Adjudicación).
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Tesorería Municipal procederá a devolver este documento dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Concesionario o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
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Otras Garantías
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Beneficiario:
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Municipalidad de Recoleta
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Fecha de vencimiento:
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29-12-2028
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Monto:
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3000
Unidad de Fomento
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Descripción:
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Poliza de Responsabilidad cívil. El Concesionario deberá tomar un Seguro de Responsabilidad Civil que dé cobertura a cada evento durante el periodo de Concesión por el plazo considerando desde el inicio del montaje y hasta 60 días corridos después del último día de evento. El adjudicatario deberá entregar una Póliza de Seguro de Responsabilidad de acción inmediata, por perjuicios que pueda ocasionar a los Bienes o Instalaciones de la Municipalidad o administrados por ésta, a los dependientes de ésta y/o a terceras personas o a sus bienes. Debiendo dejarse claramente establecido el nombre de la obra que se garantiza; de acuerdo al siguiente detalle: Tipo de Documento: Póliza de Seguro de Acción Inmediata. Monto: 3.000. UF (Tres mil Unidades de Fomento). Vigencia: Desde el inicio del montaje y hasta 60 días corridos después del último día del evento, cada año. A nombre de: I. Municipalidad de Recoleta Glosa: Por responsabilidad Civil por la CONCESIÓN PARA LA “PRODUCCIÓN, ORGANIZACIÓN, EXPLOTACIÓN Y DESARROLLO DEL CARNAVAL DIECIOCHERO DE RECOLETA 2026, 2027 y 2028”. (Indicar Id, Nº y Resolución Exenta de Adjudicación). El adjudicatario deberá tramitar y entregar esta Póliza antes de la fecha de inicio del montaje del de cada versión anual del evento y será requisito para efecto de la entrega del recinto por parte de la Unidad Técnica. La contravención de lo anterior constituirá incumplimiento grave de contrato y se aplicará lo establecido en número 24 de las Bases administrativas Generales. El seguro que contratará la empresa deberá ser sin deducible. En la eventualidad que no se pueda contratar un seguro bajo esas condiciones, el concesionario asumirá el monto del deducible que la Compañía de Seguros imponga ante toda y cada eventualidad que se produzca. No se podrá entregar ningún tipo de permiso de operación de la concesión sin el ingreso previo de dicha póliza y/o garantía por este concepto. La póliza señalada en este punto será devuelta al Concesionario 60 días posteriores al término del evento y/o una vez que haya hecho completo retiro de las habilitaciones ejecutadas para el efecto previo informe del ITS. La prima de esta póliza deberá haber sido pagada al contado, situación que deberá ser comprobada por el Concesionario, y será de carácter anual renovable automáticamente, de forma tal que permanezca vigente durante todo el período de explotación. Esta póliza cubrirá la responsabilidad civil por las eventuales indemnizaciones que la Municipalidad se encontrase obligada a pagar por daños que, con motivo de la concesión, pueda generarse como consecuencia directa o indirecta. Las pólizas deberán contener en forma explícita y obligatoriamente cláusulas de rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentre vigente), de renuncia de los derechos de subrogación respecto de los asegurados y beneficiarios y de gastos de aceleración. Además, deberá incluir una cláusula que prohíba cancelar o dar término al seguro unilateralmente por parte del Concesionario, sin la aprobación por escrito de la Municipalidad. El Concesionario deberá presentar antes de la firma del contrato, la póliza de seguro más los antecedentes técnicos que la respaldan, el cual deberá contener como mínimo las condiciones generales y especiales del seguro, sus coberturas de riesgo, el valor de las obras y/o bienes asegurados, las estimaciones de pérdidas máximas de la obra y/o bienes, los sublímites propuestos, etc. La I. Municipalidad de Recoleta podrá rechazar la póliza si no cumplen los requisitos mínimos para una efectiva cobertura. El Concesionario será el único responsable pecuniariamente de los daños a terceros, por lo que deberá cubrir las diferencias si la cuantía de la póliza no fuera suficiente para pagar eventuales indemnizaciones y/o reparaciones. Será de entera responsabilidad y cargo del concesionario hacer las gestiones y/o trámites que sean del caso ante la Compañía de Seguros para que se active y/o se haga efectivo este seguro, así como también que se efectúe el pago por los daños ocasionados.
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Glosa:
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Por responsabilidad Civil por la CONCESIÓN PARA LA “PRODUCCIÓN, ORGANIZACIÓN, EXPLOTACIÓN Y DESARROLLO DEL CARNAVAL DIECIOCHERO DE RECOLETA 2026, 2027 y 2028”. (Indicar Id, Nº y Resolución Exenta de Adjudicación).
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Tesorería Municipal procederá a devolver este documento dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Concesionario o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
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