|
1.-
2.1
I
BASES ADMINISTRATIVAS
OBJETO DE LA LICITACIÓN
El Departamento Bienestar Social de la Dirección General de Aeronáutica Civil, en adelante
también “DBSO” o “la entidad licitante”, llama a Propuesta Pública para la contratación del
3
servicio de televisión satelital para los Centros Recreacionales del Departamento
Bienestar Social de la DGAC., por un periodo de 24 meses.
La contratación se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley Nº19.886, de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante también la Ley
de Compras, y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (Hacienda) N.º 661 de 2024.
II GENERALIDADES
El proceso completo de licitación, recepción y selección de ofertas, adjudicación y emisión de
orden de compra se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación
Pública (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, Plataforma
de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma o el Portal, según las instrucciones,
condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las
presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación y sus anexos, en
adelante también las Bases de Licitación, documentos que a partir de la fecha de su
publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los
interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso.
II.1 Las consultas, respuestas y aclaraciones, si las hubiere, formarán parte integrante de las
Bases de Licitación y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la
Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
II.2 Las ofertas deberán formularse conforme a lo requerido en las presentes Bases de
Licitación.
II.3 Se hace presente, que por el solo hecho de presentar oferta se entenderá que el
proponente ha estudiado las Bases de Licitación y que está conforme con todos sus
términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en
el Capítulo IV, de las presentes Bases Administrativas.
II.4 El Departamento Bienestar Social DGAC., adjudicará esta Licitación Pública a aquél o
aquellos proponentes que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de
Licitación, obtenga la mayor ponderación como resultado del proceso de Evaluación
Técnica, administrativa y Económica.
II.5 El DBSO, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos
mínimos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la
propuesta cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten
convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente.
II.6 El presupuesto estimado informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección
Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $22.497.120.- (veinte y
dos millones cuatrocientos noventa y siete mil ciento veinte pesos) IVA incluido,
por un periodo de 24 meses.
II.7 Adjudicada esta Propuesta, no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y
obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar
justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la
responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento de las obligaciones que asume en esta
Propuesta Pública.
4
II.8 Todos los plazos que se señalan en la ficha de licitación de esta Propuesta Pública serán
de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trate de días hábiles
administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan
con día sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo
siguiente.
II.9 El proveedor deberá encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de proveedores
de la Administración (www.chileproveedores.cl), para poder ofertar y ser adjudicado,
acorde con lo señalado en los artículos 26 y 120 del Decreto Supremo 661 de 2024.
II.10 Los plazos que se establecen en las presentes Bases Administrativas, a saber, plazo
para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación,
plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, plazo de evaluación y
adjudicación, podrán ser modificados por la entidad licitante en la eventualidad de
ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar
cumplimiento a dichos términos y fechas originalmente publicados. La modificación antes
señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución fundada firmada
por la autoridad competente, oportuna y debidamente tramitada.
II.11 La entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de
los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden
sus propuestas.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son
veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de
buena fe, que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la descalificación de la oferta
y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al
término anticipado del contrato, según corresponda, cuando la convención se hubiese
determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a
las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad
contenido en la declaración jurada dispuesta en el portal de Mercado Público, la cual
debe ser firmada digitalmente por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la
responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
II.12 De conformidad con el artículo 37 de la Ley N°16.752, el Departamento Bienestar
Social de la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuará una retención
equivalente al 2% del total facturado, la que constituye una retención legal
obligatoria aplicable por la Institución.
III CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA.
Publicación: La licitación permanecerá publicada por un período de doce (12) días corridos.
Recepción de consultas: Los interesados podrán formular consultas durante cinco (5) días corridos, contados desde la fecha de publicación de la licitación en el portal.
Respuestas a las consultas: Las respuestas serán publicadas dentro de tres (3) días corridos, contados desde el término del período de recepción de consultas.
Cierre de la propuesta: El cierre de la recepción de ofertas se efectuará a los doce (12) días corridos, contados desde la fecha de publicación, a las 15:01 horas.
Apertura electrónica de ofertas: La apertura electrónica de las ofertas se realizará el mismo día del cierre de la propuesta, a las 15:05 horas.
Informe de evaluación y sugerencia de adjudicación: La Comisión de Evaluación emitirá el informe dentro de diez (10) días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de las ofertas.
Resolución de adjudicación: La resolución de adjudicación será dictada dentro de diez (10) días corridos, contados desde la recepción del Informe de la Comisión de Evaluación.
IV DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en esta propuesta personas naturales y jurídicas, sean estas nacionales o
extranjeras, o bajo la fórmula de UTP (unión temporal de proveedores) de acuerdo con lo
establecido en el artículo 180 bis del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Se
considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a
instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección
Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y que, en caso de adjudicarse la Propuesta, están
obligados a entregar los productos adquiridos por la Institución y facultadas para cobrar y
percibir el pago.
No podrán participar en esta Propuesta aquellos contratistas que se encuentren afectos a
alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº19.886, de "Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios", Capítulo II "De los
Requisitos para Contratar con la Administración del Estado".
Asimismo, no podrán participar en esta propuesta aquellos oferentes que se encuentren
afectos a alguna de las limitaciones establecidas en los artículos 8 y 10 de la Ley número
20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de
lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, para cuyo efecto deberán
presentar la correspondiente Declaración Jurada.
Tampoco podrán participar aquellos oferentes que se encuentren afectos a la prohibición de
contratar impuesta por sentencia ejecutoriada del Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N°211, de
1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, como consecuencia de las
conductas descritas en el artículo 3, letra a) de ese cuerpo legal.
V CONSULTAS Y ACLARACIONES
Toda solicitud de aclaración de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter
técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a
través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl/)
dentro del plazo establecido en el calendario de la propuesta.
Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma
de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, dentro del plazo establecido en el calendario de
la propuesta.
Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, el Depto. Bienestar Social, podrá
introducir cambios en las Bases de Licitación, resguardando debidamente los eventuales
intereses de los proponentes con el objeto que no se vulneren los principios de estricta sujeción
6
a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo
correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de
Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional de a lo menos
tres (3) días hábiles, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los
contratistas interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
VI INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta
propuesta prevalecerá el criterio del DBSO, que decidirá de acuerdo con las normas y los
principios de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios y su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la
Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales
Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las Bases de la Licitación, ficha del portal y/o la oferta,
prevalecerán las primeras.
Del mismo modo, en caso de discrepancia entre los anexos y el Comprobante de Oferta, se
privilegiarán el comprobante de oferta.
VII GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente Propuesta, deben ser absorbidos
íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
VIII DE LA PRESENTACIÓN
Todas las Ofertas deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la
Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta.
Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan
repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición
alguna que pueda afectar los intereses del DBSO o que se contrapongan a lo establecido en
las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se
tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la
licitación por sobre la oferta, por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases.
Este DBSO., declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de
contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o Servicio por parte
de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, conforme a
lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento.
En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación
pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial
o relacionado entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de
licitación, y declarará inadmisibles las demás.
Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés
en manuales y folletos técnicos que se requieren respecto del o los bienes ofertados.
Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no
corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo
dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento.
7
Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de
Unión Temporal de Proveedores simultáneamente, en tal caso, serán declaradas
inadmisibles ambas ofertas.
La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas
riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del
promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar
documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del
contrato, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento.
Los oferentes deberán presentar:
Anexos Administrativos: - Identificación completa del proponente y la información solicitada en el Formulario de
Presentación de Oferta (Anexo A). - - - - - - - -
Cuando el oferente sea una unión temporal de proveedores, deberá presentar un poder
simple suscrito por todos los miembros integrantes de la UTP, donde conste el
nombramiento de un mandatario o apoderado común con poderes suficientes, ante el
DBSO., para presentar oferta, aclaraciones, u otras gestiones que sean necesarias en el
desarrollo del proceso de licitación, previos a la adjudicación.
Cumplimiento y acreditación de un programa de integridad institucional, como se indica
en los anexos B “Declaración jurada Programa de Integridad persona Natural” y Anexo C
“Declaración jurada Programa de integridad persona Jurídica”.
Criterio Sustentable para Proveedores, según lo indicado en el Anexo D Criterio
Sustentable para Proveedores", adjuntando los documentos de respaldo que acrediten
cada iniciativa seleccionada.
Anexos Técnicos:
Descripción de los Productos y/o Servicios: Se debe proporcionar toda la información
pertinente de los productos y/o servicios ofertados, adjuntando toda aquella información que
se considere necesaria para su evaluación. Será responsabilidad del oferente adjuntar todos
los antecedentes que permitan evaluar adecuadamente su propuesta.
Anexos Económicos:
En el Anexo A o anexo propio, los valores deberán ser indicados en moneda nacional,
además deberán ser unitarios y totales (IVA incluido), como se solicita.
En caso de Ofertar en unidad de fomento, el valor ofertado será calculado con la UF del
día de ingreso de la oferta, para todo efecto contractual, tanto para evaluación,
adjudicación como emisión de orden de compra.
Plazo de validez de la Oferta, que no deberá ser inferior a 60 días corridos contados desde
la fecha de apertura de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la validez se
entenderán que aceptan la señalada en estas Bases Administrativas.
El oferente deberá completar en el sistema Mercado Público, la nueva Declaración Jurada
de Requisitos para Ofertar, la cual deberá ser emitida en línea por parte de los
proponentes.
El precio requerido en los puntos precedentes y que debe encontrarse en concordancia
con las Bases Técnicas, deberá, además, ser ingresado a la Plataforma de Licitaciones
de la Dirección Chilecompra, mediante los archivos adjuntos.
8
Aquellas ofertas que cumplan con lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, serán
evaluadas técnica, administrativa y económicamente. Aquellas ofertas que no cumplan con lo
solicitado, serán declaradas “inadmisibles”.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en estas Bases de Licitación, se
recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en la
Pauta de Evaluación Técnica y que permita a la Comisión de Evaluación analizar todos y cada
uno de los parámetros contemplados en la pauta; en caso contrario, no se asignará
ponderación en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información obtenida.
IX DE LA APERTURA
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará a través de la Plataforma de Licitaciones
de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), en un solo acto, y se realizará el
mismo día del cierre de la licitación a las 15:05 horas.
En la apertura sólo se efectuará la descarga del contenido de las ofertas desde la Plataforma
de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas
las ofertas recibidas. El examen y análisis en detalle del contenido de ellas, corresponderá
exclusivamente a la Comisión Evaluadora.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la
plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de las ofertas, la
entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales
procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
Una vez concluido el acto de Apertura, se confirmará el Acta de Apertura Electrónica emitida
por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los
proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes
de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la misma Plataforma, las que
serán resueltas por el DBSO dentro del plazo de tres (3) días corridos, contado desde el
vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado.
En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la Plataforma de Licitaciones de la
Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los
archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un
Certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas
siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, el o los oferentes(s) afectado(s)
podrá(n) presentar su(s) oferta(s) fuera del Sistema de Información en Avenida Eliodoro
Yáñez 2394, comuna de Providencia, Santiago, en el plazo que estipula el artículo 115 del
Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N°661, Publicado en el Diario
Oficial de fecha 12 de diciembre de 2024 y sus modificaciones posteriores).
X DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
X.1 Las ofertas “Aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal
Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la Comisión Evaluadora, designada
para tal efecto mediante Resolución, e integrada por tres (3) funcionarios del DBSO.
Si del examen y análisis del detalle de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora,
ésta concluyera acerca de la omisión de antecedentes, documentos y/o información de
9
carácter excluyente o invalidante, se abstendrá de proceder a evaluar la propuesta
infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad.
X.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la Pauta de Evaluación que
forma parte de las Bases de Licitación, en un plazo no superior a diez (10) días corridos,
contado desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones
que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un8%
para los Aspectos Administrativos, 30% para los Aspectos Técnicos, y 62% para
los Aspectos Económicos.
En caso de producirse un empate en la evaluación final, entre dos o más proponentes,
la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el
criterio Económico. De persistir el empate, se considerarán en forma sucesiva los
siguientes parámetros:
• Plazo de instalación
• Parrilla de canales HD
• Parrilla de canales SD
• Cumplimiento de Requisitos Formales.
• Programa de integridad
• Criterios sustentables.
De continuar el empate, se utilizará el segundo decimal en el resultado de la evaluación
final, si incluso así se mantuviera el empate, será declarada ganadora la primera oferta
publicada en el Portal.
Durante el periodo de evaluación la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones, acorde a lo señalado en el artículo 56 del Decreto
Supremo N°661, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las
Bases y de igualdad de los oferentes a través del Sistema de información de la
Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
Asimismo, podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El o los oferentes requeridos tendrán un plazo máximo de 48 horas, contado desde la
Solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones.
Se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con
el precio de la oferta.
Se entenderá por requisitos formales los siguientes:
• Descripción de los Productos: Se debe proporcionar toda la información pertinente de
los productos y/o servicios ofertados, adjuntando toda aquella información que se
considere necesaria para su evaluación.
• El proveedor deberá adjuntar el o los Anexos a ofertar en el formato establecido.
10
• El proveedor deberá adjuntar a la plataforma de Mercado Público, el o los Anexos que
desea ofertar, en un formato que permita su lectura y evaluación. En caso que dichos
archivos se encuentren dañados o no sean compatibles con Excel, Word o PDF,
podrán ser subsanados, en la forma y plazo establecidos en estas bases.
Culminada la Evaluación Técnica, administrativa y Económica, la Comisión de evaluación,
deberá emitir el Informe pertinente dentro del plazo de diez (10) días corridos, contado
desde la apertura de las ofertas.
X.3 Dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la fecha de emisión del Informe de
Evaluación, el DBSO, dictará la Resolución de Adjudicación, la que se notificará a él
proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección
Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente
tramitada. Mediante igual mecanismo se notificará a los proponentes cuyas ofertas no
sean aceptadas.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de
licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que
justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello,
conforme a lo establecido en el Artículo N°58 del Reglamento de la Ley de Compras,
dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado.
Los oferentes tendrán 48 horas para efectuar consultas respecto de la Adjudicación, las
que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la
Plataforma de Licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y serán
contestadas por el DBSO, a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro
(04) días hábiles administrativos.
XI DE LA CONTRATACIÓN.
XI.1 Una vez adjudicada la propuesta y por tratarse de un servicio de simple y objetiva
especificación, la contratación será formalizada mediante la emisión de una o más
órdenes de compra a través del Sistema www.mercadopublico.cl, documento en el cual
se mencionarán las condiciones de pago, plazo de ejecución, entre otras, según lo
indicado en las bases técnicas y administrativas, y la oferta presentada por el oferente
adjudicado.
La contratación se entenderá perfeccionada por el hecho de la aceptación de la orden(es)
de compra por el proveedor adjudicado. Dicha aceptación deberá ser dentro de las 24
horas siguientes a la notificación de la emisión de la orden de compra y si la orden de
compra se encuentra en estado de Proceso, se entenderá como aceptada. En caso de no
ser aceptada en el plazo estipulado, por el proveedor adjudicado, el DBSO, podrá anular
la orden de compra y readjudicar la licitación.
Si el proveedor adjudicado rechaza la orden de compra, el DBSO estará facultado para
adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado, o bien declarar desierta la
propuesta y efectuar un nuevo proceso de contratación, sin perjuicio de su facultad de
ejercer las demás acciones legales correspondientes.
XI 2 Serán aplicables a esta contratación las causales de Modificación y Término anticipado
del Contrato, mediante Resolución fundada, señaladas en los artículos 13 y 13 bis de la
Ley N°19.886 y 130 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) Nº661/2024,
y especialmente, por las que a continuación se señalan
11
A. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la
personalidad jurídica de la sociedad contratista.
B. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el contratista no se
encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
C. Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá
por incumplimiento grave del contratista lo siguiente:
• El incumplimiento grave de alguna de las obligaciones y prohibiciones establecidas en
el capítulo XV de estas Bases Administrativas.
• Si las multas aplicadas durante la vigencia del contrato exceden el 10% del total neto
de la contratación.
• El incumplimiento en el plazo de instalación, por un tiempo mayor a cinco (05) días
hábiles administrativos.
• La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son
veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a
dichos antecedentes.
D. Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del
Contrato.
E. La imposibilidad de entregar los bienes en los términos inicialmente pactados, cuando
no sea posible modificar el contrato de mutuo acuerdo.
F. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
G. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad
del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato será el
siguiente:
a) El DBSO. notificará por carta remitida mediante correo electrónico, el incumplimiento en
que haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, éste pueda
presentar sus descargos o alegaciones por escrito o correo electrónico.
b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, el DBSO. se
pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro
de treinta (30) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada o
correo electrónico, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico a la
dirección presentada en su propuesta.
c) De proceder la declaración de término anticipado del contrato por algunas de las
causales señaladas anteriormente, el DBSO. hará efectivo sin forma de juicio y mediante
resolución fundada debidamente comunicada al contratista, sin perjuicio del cobro de las
multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las
demás acciones y derechos que de acuerdo a la Ley sean procedentes.
Caso fortuito o fuerza mayor, esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que
impidan, al prestador y/o al DBSO., cumplir con cualquiera de las obligaciones
contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar en el artículo
45 del Código Civil de la República de Chile.
12
En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá
comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte, tan pronto tome conocimiento
del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación
en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la
referida comunicación, el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el
imprevisto que lo afecta. El DBSO deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo
dentro de igual término.
En la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y
decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir resguardando los
intereses de ambos contratantes conviniendo en el aumento del plazo del Contrato, el
que en todo caso no podrá ser superior al de duración del caso fortuito o fuerza mayor.
Además de lo anterior, el contrato contendrá las demás cláusulas inherentes a la
contratación objeto de la presente licitación, señalándose especialmente las siguientes:
• Reserva y seguridad: Toda la documentación o material informativo relacionado a
los bienes e instalaciones objeto de esta Propuesta y que el Departamento Bienestar
Social entregue a los proponentes, es de propiedad del primero y no podrá ser
entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una
autorización expresa para tal efecto.
• Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia,
sometiendo el contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto
ambas partes domicilio en Santiago de Chile.
XII DEL PAGO Y REAJUSTE DEL PRECIO
El precio total del contrato por la prestación del servicio de televisión satelital, se pagará en
24 cuotas mensuales, que será facturado por el proveedor, por mes vencido y en moneda
nacional. Dicho precio será pagado por el DBSO, dentro de los treinta (30) días corridos
siguientes a la fecha de recepción de la factura y previa emisión del Certificado de
conformidad del servicio prestado por parte de la Inspección Fiscal que se designe.
La factura deberá indicar en su glosa que será pagadera a 30 días desde la fecha de
recepción conforme, que se encuentra afecta a un impuesto del 2% establecido en el artículo
37 de la Ley N°16.752 y deberá ser entregada en el DBSO en original y copia cedible.
Cada factura deberá tener presente que se encuentra afecta al impuesto del 2% establecido
en el artículo 37 de la Ley N°16.752, a eventuales retenciones y/o descuentos que
correspondan.
Las facturas deberán ser entregadas en la dirección estipulada en la orden de compra o
enviadas mediante la modalidad de factura electrónica a la casilla de correo electrónico
abastecimientodbso@dgac.gob.cl incluyendo toda la información necesaria para su
tramitación interna y respectivo pago, tales como: número de orden de compra, número de
despacho (primero, segundo, tercero o cuarto) y fecha de recepción conforme.
REAJUSTE:
El precio del contrato se reajustará anualmente conforme a la variación que experimente el
IPC en la anualidad anterior, de acuerdo al mecanismo automático que ofrece la página web
del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Dicho reajuste se efectuará en el meses trece
(13) de la ejecución del contrato, contados desde la fecha de su entrada en vigencia o desde
13
el inicio anticipado en su caso. En el evento de que la variación del IPC sea negativa, el
monto de la variación será considerada equivalente a cero.
XIII MULTAS.
El DBSO podrá aplicar multas al Contratista, por incumplimiento en la ejecución del servicio
según lo especificado en las presentes condiciones:
Se aplicará al contratista una multa del uno (1) % del total neto de la orden de compra, por
cada día hábil de atraso en la instalación de los decodificadores, con un tope de diez (10)
días hábiles administrativos. Posterior al tope de 10 días hábiles administrativos, el DBSO,
estará facultado para poner término al contrato.
De igual manera se aplicará multa al contratista del uno (1) % del total neto de la orden de
compra, en caso de interferencia en la continuidad del servicio, para ello, se contabilizará la
cantidad de días corridos que no se entregue el servicio en uno o más decodificadores, con
un tope de 10 días corridos.
Con todo, las multas no podrán exceder del diez por ciento (10%) del valor total neto de la
orden de compra. En caso de que las multas excedan el porcentaje señalado, DBSO podrá
poner término anticipado al contrato.
La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento:
a) El DBSO notificará, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que el
proveedor mantenga en el portal Mercado Publico, el incumplimiento en el cual se haya
incurrido, para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles administrativos, éste pueda
presentar sus descargos o alegaciones por escrito en el Departamento Bienestar Social o
vía correo electrónico al Inspector Fiscal.
b) Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez
transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles administrativos sin que éste haya
formulado descargo alguno, el DBSO se pronunciará sobre la aplicación de la multa
mediante resolución fundada, la que será notificada al proveedor por correo electrónico y
debidamente publicada en el Portal.
c) En caso de que el proveedor resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá
hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N°19.880, de conformidad a las normas
en ella establecidas.
d) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de las multas que resulten
de la aplicación de los puntos anteriores, éstas deberán enterarse, conforme al siguiente
orden:
• Descontándolas del próximo pago de facturas, si existiesen.
• Pago directo del proveedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de
cinco (05) días hábiles administrativos contados desde la notificación que la cursa. En
el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago
de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles administrativos
siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y
curse la multa.
14
No se aplicarán multas al proveedor cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido,
sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el proveedor
deberá acreditar suficientemente.
El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la Institución
para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras
acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas
multas no extingue la obligación del proveedor del cumplimiento de su obligación
principal
XIV OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES
El proveedor adjudicado se obliga, entre otro, a lo siguiente:
• A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados
de la adjudicación de la propuesta y del contrato.
• A mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal que nomine el DBSO, a
fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del
contrato.
• A cumplir todas las exigencias que establezca el DBSO, en función de las Bases de
Licitación, de la Oferta del proveedor y de las preguntas y respuestas que forman parte de la
Licitación correspondiente.
• A cumplir con los plazos de instalación ofertado.
• En caso de que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus
dependientes en los bienes del DBSO, el contratista deberá reintegrar el monto de lo
sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la
notificación respectiva, informada previamente por el DBSO.
Los siguientes actos están estrictamente prohibidos y será absoluta responsabilidad del
Contratista asegurar que estos no ocurran:
• Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan
sido autorizados o estén mencionados en el contrato respectivo o sean ajenos a la función.
• Apropiarse de información, ya sea en forma digital o física de propiedad de la institución.
• Consumir bebidas alcohólicas, psicotrópicos o cualquier otra sustancia similar en los recintos
fiscales del DBSO.
XV DEL INSPECTOR FISCAL
Para todos los efectos, se entenderá por Inspector(es) Fiscal(es) a el(los) profesional(es)
funcionario(s), nombrado(s) por la autoridad competente, a quien(es) se le(s) haya
encargado velar directamente por la correcta ejecución del servicio y, en general, por el
cumplimiento de la contratación de la presente licitación.
El contratista deberá someterse a las órdenes del (de/los) Inspector(es) Fiscal(es), las que
se impartirán siempre por escrito mediante correo electrónico, conforme a los términos y
condiciones del contrato. Todo reclamo o solicitud del contratista que se relacione con el
servicio deberá presentarse por escrito mediante carta o correo electrónico al (a los)
Inspector(es) Fiscal(es).
XVI DE LA SUBCONTRATACIÓN
15
El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los
derechos y obligaciones que emanen del Contrato, como tampoco, constituir gravámenes
sobre éste. Asimismo, el Contratista se obliga a no subcontratar con terceros la ejecución del
presente servicio.
El incumplimiento de lo establecido en el párrafo precedente será causal suficiente para que
el DBSO pueda poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de las demás acciones
legales que procedan, circunstancia que este declara conocer y que las partes elevan al
carácter de esencial en el Contrato.
En el caso de la cesión de una Factura, conforme a la Ley N°19.983 que regula la
transferencia y otorga mérito ejecutivo a la Factura, deberá notificarse a la entidad obligada
al pago de ésta, bajo apercibimiento de hacerse merecedor de las sanciones establecidas
en dicho cuerpo legal.
|
|
|
|