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BASES ADMINISTRATIVAS |
I.- BASES ADMINISTRATIVAS
1. LICITANTE:
Razón Social : Instituto de Investigaciones Agropecuarias
Unidad de Compra : Dirección Nacional
RUT : 61.312.000-9
Dirección : Magallanes N° 1865
Comuna : Arica
Región : Arica y Parinacota
Presupuesto Disponible : $223.791.000.- (Valor IVA Incluido)
Financiamiento : Fondo Nacional de Desarrollo Regional (F.N.D.R.)
Entidad financiadora : GORE de Arica y Parinacota
2. ENCARGADO(A) DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:
Nombre : Luis Alarcón Meneses
Cargo : Encargado de Contabilidad y Presupuesto, CRI INIA Ururi
E-mail : luis.alarcon.meneses@inia.cl
Tipo de Adquisición : Licitación Pública mayor a 1.000 y menor 5.000 UTM.
Tipo de Convocatoria : Abierta (LP)
Tipo de Adjudicación : Simple
Contrato : Prestación de servicios.
Moneda : Pesos chilenos
Etapas : Una etapa
Publicidad de las Ofertas : INIA dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.
3. SERVICIO SOLICITADO
Nombre de la Contratación: “SERVICIO DE DISEÑO CONSTRUCCIÓN CRI INIA URURI”.
3.1. Objetivo de la Contratación: Proveer el servicio de consultoría para el diseño de la construcción del Centro Regional de Investigación INIA Ururi, en el lote E-2 del sector Pampa Concordia de la ciudad de Arica, en conformidad al Convenio Mandato celebrado entre el Gobierno Regional de Arica y Parinacota y el Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA), denominado “Construcción Centro de Investigación y Transferencia Tecnológica para la Región, Código BIP 40052086-0)”, financiado mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (F.N.D.R.) del GORE de Arica y Parinacota.
4. NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento aprobado por Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.
Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:
● Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
● Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
● Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por el INIA.
● Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa del INIA o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
● Las aclaraciones a las ofertas que solicite el INIA, durante el proceso de evaluación de ofertas.
● La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR
5.1 Antecedentes Legales
Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información, deben adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:
a) Persona Jurídica
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia no superior a 60 días
iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).
v. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
b) Persona Natural
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
c) Personas Jurídicas Régimen simplificado:
Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Certificado de Estatuto Actualizado.
iv. Certificado de Vigencia.
v. Certificado de Anotaciones.
vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
Quienes participen de la licitación estando en estado de “hábil” en el registro del sistema, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información y/o entregados al INIA a través de los canales que este informe.
d) Unión Temporal de Proveedores (UTP):
a. La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d. Debe materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 8 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.
Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.
Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración en caso de adjudicación el Art. N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.”:
Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente al INIA el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.
En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.
La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.
Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 8, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.
Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.
Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:
-El Anexo N° 8 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación el INIA entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.
- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato.
Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato al INIA debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
INIA podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose INIA el derecho poner término al contrato.
Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
5.2 Presentación de Anexos
Todos quienes oferten deben encontrarse hábiles para contratar con el estado y haber suscrito la declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 este último si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos.
Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
6. PACTO DE INTEGRIDAD
Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, quien oferte acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
4. Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
7. PLAZOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
Cronograma:
a) Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 16:00 horas del vigésimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
b) Acto de apertura electrónica: a las 16:10 horas del vigésimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de quienes oferten.
Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.
c) Preguntas sobre las bases: éstas se podrán realizar hasta las 15:00 horas del quinto día corrido contados desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 16:30 horas del día hábil siguiente contado desde la fecha de cierre del periodo para hacer consultas.
e) Plazo estimado de evaluación: diez días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.
f) Fecha máxima de adjudicación: la adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el décimo día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de la presentación de oferta, a las 16:30 horas.
g) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los cinco días hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será debidamente declarado en el acto administrativo de adjudicación.
h) Fecha de firma del contrato: la contratación se formalizará con la suscripción del contrato en el plazo de diez días corridos contados desde la adjudicación.
i) Contabilización de los días: en caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.
j) Vigencia de las ofertas: las propuestas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.
k) Modificaciones a las bases de licitación: INIA podrá modificar las presentes Bases de Licitación Pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por quienes estén interesados en ofertar, durante el proceso de consultas de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que el mercado pueda adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
INIA podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como caso fortuito o fuerza mayor, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.
La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por la respectiva resolución institucional.
8. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
8.1. Comisión evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as del INIA, quienes podrán apoyarse técnicamente en los profesionales expertos que sea necesario.
La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 8.2 de las bases de licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad institucional correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.
INIA informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.
La comisión evaluadora declarará previo a la apertura de la licitación que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas que serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y Contrataciones, y el artículo 108 del reglamento de la misma ley N°19.886.
Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.
La comisión actuará en los términos previstos en el artículo 57 del reglamento de la ley N° 19.886.
En el marco de la ley N° 20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata o prestadores de servicios, si los hubiere, que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.
Quedará prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros (oferentes o no), sobre materias vinculadas a la evaluación.
Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, los contactos con la Entidad Licitante se remitirán a lo previsto en las bases de licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.
La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la ley de Compras.
Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de videoconferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.
De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.
Así mismo y en consideración a la cláusula quinta del convenio mandato celebrado entre INIA y el GORE de Arica y Parinacota, un funcionario del Gobierno Regional podrá participar, con derecho a voz, en el acto de apertura y en las reuniones de aclaración de ofertas del proceso, en caso que así lo estime pertinente.
8.2. Criterios de evaluación
Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:
CRITERIO DE EVALUACIÓN PORCENTAJE
Oferta económica 28%
Plazo de entrega 20%
Capacidad técnica del oferente 25%
Capacidad técnica del equipo 25%
Cumplimiento de requisitos formales 2%
Total 100
8.3. Metodología de Cálculo
a. Oferta económica (28%)
Se valorará el precio ofertado por los ítems señalados en el Anexo N° 3, valor que se entenderá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato. Este valor debe ser presentado con impuestos incluidos y expresado en pesos chilenos.
Para este criterio se aplicará la siguiente fórmula, dividiendo el valor de la oferta de menor monto (para cada caso), por el valor ofertado, multiplicando el resultado por 100 y luego este resultado por el porcentaje asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Criterio Evaluación Pond.
% Descripción de Requisito Mínimo Exigible Método de Cálculo
Precio 28% El puntaje máximo será de 100 puntos.
El cálculo será en base a las ofertas presentadas. Precio
(P) = 100 x (POM / POE)
Donde:
POM = Precio Ofertado Mínimo
POE= Precio Ofertado a Evaluar
Fórmula de Cálculo Ponderación P = P * 0,28
Puntaje Ponderado Máximo PP = 28
b. Plazo de entrega (20%):
Para efectos de evaluación, los oferentes deberán indicar en el Anexo N°5 Propuesta técnica definición de ejecución del contrato, el criterio “Plazo de entrega”, el cual corresponderá al plazo en el que se hará entrega a INIA de la totalidad del servicio requerido. El citado plazo comenzara a regir desde la emisión de la Orden de Compra y debe ser expresado en “días corridos”. La oferta que no indique el valor solicitado, será rechazada.
Para este criterio se aplicará la siguiente fórmula, dividiendo el menor plazo de entrega de todas las ofertas recibidas (para cada caso), por el plazo de entrega ofertado, multiplicando el resultado por 100 y luego este resultado por el porcentaje asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Criterio Evaluación Pond.
% Descripción de Requisito Mínimo Exigible Método de Cálculo
Plazo de Ejecución 20% El cálculo será en base a las programaciones presentadas y el puntaje máximo será de 100 puntos. Puntaje Plazo Ejecución
(PPE) = (100 * (PLMO / PLOE))
Dónde: PLMO= Plazo de ejecución Mínimo Ofertado
PLOE= Plazo ofertado a evaluar en días corridos.
Observación PPE=0, Sí: 270 días corridos >= PLOE >336 días corridos
Fórmula de Cálculo PE = Puntuación Asignada
Fórmula de Cálculo Ponderación PEP = PE * 0,20
Puntaje Ponderado Máximo VTP = 20
Para todos los efectos, los oferentes deberán expresar el plazo de entrega en días corridos.
c. Capacidad técnica del oferente (25%):
Para efectos de evaluación, los oferentes deberán indicar en el “Anexo N° 6: Curriculum del oferente”, el criterio “Capacidad técnica del Oferente”, el cual corresponderá a la cantidad de metros cuadrados (m²) acreditados de diseño, cantidad de años que llevan realizando servicios similares a lo requerido e inscripción en registro de Consultores del MOP, de acuerdo al detalle indicado en las Bases Técnicas. Para todos los efectos, los oferentes deberán acompañar a dicho anexo, todos los medios de verificación con la información documental que acredita lo señalado.
N° Encargado/a Criterio Descripción de Requisito Mínimo Exigible Medio de Verificación Escala Evaluación Puntos
1 Oferente a) Experiencia 20.000 m² acreditados en Diseño/Edificación de Edificios Públicos los últimos 6 años Permisos de Edificación y/o Recepción Final 21.000 m² o más m² acreditados 100
Mayor a 19.000 m² y menor a 21.000 m² acreditados 60
Menor o igual a 19.000 m² o menos acreditados 0
b) Antigüedad en el Mercado 5 años de experiencia en el mercado, según tipo de oferente que corresponda
(persona natural: contada desde fecha de titulación;
persona jurídica: contada de la fecha de iniciación de actividades;
unión temporal de proveedores: a contar de la iniciación de actividades o fecha de titulación profesional del proveedor con mayor antigüedad) Copia Simple Certificado de Título Profesional o Certificado de Iniciación de Actividades Tributarias Más de 7 años de experiencia 100
6 años de Experiencia 60
5 años o menos de Experiencia 0
c) Específico Registro de Consultores del Ministerio de Obras Públicas vigente en el área de Arquitectura y Urbanismo, Especialidad 6.1, Obras de Arquitectura, Primera Categoría Copia Simple Certificado Vigente Cuenta con registro vigente MOP en especialidad 6.1. 100
No cuenta con registro / Otra Certificación o especialidad 0
Fórmula de Cálculo CTO = Promedio Puntuaciones Asignadas
Fórmula de Cálculo Ponderación PCTO = CTO * 0,25
Puntaje Ponderado Máximo PCTO = 25
d. Capacidad técnica del equipo: (25%)
Para efectos de evaluación, los oferentes deberán indicar en el “Anexo N°7 Nómina Equipo” el criterio “Capacidad técnica del equipo”, el cual corresponderá a: experiencia, formación y en algunos casos se solicitará un requerimiento especifico, de acuerdo al detalle indicado en las Bases Técnicas y la tabla siguiente, estos serán verificados a través de los medios de verificación establecidos. La oferta que no acredite los requerimientos solicitados, será rechazada.
N° Estudio Criterio Profesión Medio de Verificación Escala de evaluación Puntos
1 Jefe/a de Proyecto a) Formación Formación profesional en Arquitectura, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 15 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación. Curriculum Vitae 16 o más años de experiencia 100
15 años de experiencia 60
14 o menos años de experiencia 0
c) Específico Experiencia acreditable en al menos 8 proyectos, en cargo de Jefatura o coordinación de proyectos principales para diseño u obras de Edificación pública. Contrato, orden de compra u otro documento que permita validar su cargo 9 proyectos o más 100
8 proyectos 60
7 proyectos o menos 0
2 Proyecto de arquitectura a) Formación Formación profesional en Arquitectura, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 15 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación. Curriculum Vitae 16 o más años de experiencia 100
15 años de experiencia 60
14 o menos años de experiencia 0
c) Específico Experiencia acreditable en al menos 5 proyectos de edificios de uso público o con atención de público. Permiso de Edificación y/o Recepción Final 6 o más proyectos acreditables 100
5 años de Experiencia 60
5 o menos proyectos acreditables 0
3 Proyecto de Calculo Estructural a) Formación Formación profesional en Ingeniería Civil (Estructural o en Obras Civiles), otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 15 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación. Curriculum Vitae 16 o más años de experiencia 100
15 años de experiencia 60
14 o menos años de experiencia 0
c) Específico Experiencia acreditable en al menos de 2000 m² de diseño de estructuras para edificios de uso público o con atención de público. Permiso de Edificación y/o Recepción Final Sobre 2000 m2 o más m2 proyectos de estructuras acreditados 100
2000 m² proyectos de estructuras acreditados 60
Menos de 2000 m² proyectos de estructuras acreditados 0
4 Levantamiento Topográfico
a) Formación Formación profesional en Ingeniería en Geomensura, Construcción Civil o Topografía, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 3 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación. Curriculum Vitae 4 o más años de experiencia 100
3 años de experiencia 60
2 o menos años de experiencia 0
c) Específico No Aplica - - -
5 Estudio mecánica de suelo a) Formación Formación profesional en Ingeniería en Civil, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 15 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación.
Curriculum Vitae 11 o más años de experiencia 100
10 años de experiencia 60
9 o menos años de experiencia 0
c) Específico 10 años de experiencia en estudios de mecánicas de suelos y al menos 2 estudios en suelos salinos Curriculum Vitae 11 estudios a más 100
10 estudios y 2 en suelos salinos 60
9 estudios o menos 0
6 Instalación Eléctrica a) Formación Formación profesional en Ingeniería Civil Eléctrica, Ingeniería de Ejecución Eléctrica o títulos equivalentes, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 10 años de experiencia en proyectos de instalaciones eléctricas domiciliarias y experiencia en equipos electrógenos o profesional competente. Curriculum Vitae 11 o más años de experiencia 100
10 años de experiencia 60
9 o menos años de experiencia 0
c) Específico Licencia Clase A de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Copia Simple Licencia Clase A – SEC. Con Licencia Vigente 100
Licencia sin vigencia o sin licencia 0
7 Proyecto de Iluminación, Lampistería y Ahorro de Energía a) Formación Formación profesional en Arquitectura, Ingeniería Eléctrica o títulos equivalentes, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 5 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación Curriculum Vitae 6 o más años de experiencia 100
5 años de experiencia 60
4 o menos años de experiencia 0
a) Formación Experiencia acreditable en al menos 5 proyectos, relacionados con sistemas de iluminación de alta eficiencia. Curriculum Vitae 6 o más años de experiencia 100
5 años de experiencia 60
4 o menos años de experiencia 0
8 Instalación Sanitaria (Agua potable, alcantarillado y evacuación de aguas lluvias) a) Formación Formación profesional en Ingeniería Civil, Construcción Civil o Ingeniería en Construcción, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 10 años de experiencia en proyectos de instalaciones sanitarias o profesional competente. Curriculum Vitae 11 o más años de experiencia 100
10 años de experiencia 60
9 o menos años de experiencia 0
c) Específico No aplica - -
-
9 Instalación Gas a) Formación Formación profesional en Ingeniería Civil o Ingeniería de Ejecución Mecánica o Química, o títulos equivalentes, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 10 años de experiencia en proyectos de instalaciones de gas licuado o profesional competente. Curriculum Vitae 11 o más años de experiencia 100
10 años de experiencia 60
9 o menos años de experiencia 0
c) Específico Licencia Clase 1 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Copia Simple Licencia Clase 1 – SEC. Con Licencia Vigente 100
Con licencia sin vigencia o sin licencia 0
10 Proyecto de Accesibilidad Universal a) Formación Formación profesional en Arquitectura, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 3 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación Curriculum Vitae 6 o más años de experiencia 100
5 años de experiencia 60
4 o menos años de experiencia 0
c) Específico No aplica - - -
11 Eficiencia Energética a) Formación Formación profesional en Ingeniería, Construcción Civil, Arquitectura o títulos equivalentes, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 3 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación Curriculum Vitae 4 o más años de experiencia 100
3 años de experiencia 60
2 o menos años de experiencia 0
c) Específico No Aplica - - -
12 Proyecto de Sistemas de Seguridad contra Incendios, Red Seca y Red Húmeda, si corresponde a) Formación Formación profesional en Ingeniería, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 5 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación Curriculum Vitae 6 o más años de experiencia 100
5 años de experiencia 60
5 o menos años de experiencia 0
c) Específico No aplica - - -
13 Proyecto de Pavimentación
a) Formación Formación profesional en Arquitectura o Ingeniería Civil, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 3 años de experiencia profesional. 4 o más años de experiencia 100
3 años de experiencia 60
2 o menos años de experiencia 0
c) Específico No Aplica - - -
14 Proyecto de Maqueta Electrónica, Perspectivas (Render) y Animación Digital a) Formación Formación profesional en Arquitectura, Diseño Gráfico, Diseño Multimedia, Dibujante Proyectista o equivalentes, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 5 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación Curriculum Vitae 6 o más años de experiencia 100
5 años de experiencia 60
4 o menos años de experiencia 0
c) Específico No Aplica - - -
15 Especificaciones Técnicas de Arquitectura a) Formación Formación profesional en Arquitectura, Ingeniería o Construcción Civil, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 5 años de ejercicio de la profesión, contados a partir del año de titulación Curriculum Vitae 6 o más años de experiencia 100
5 años de experiencia 60
4 o menos años de experiencia 0
c) Específico No aplica - - -
16 Cubicaciones y presupuesto oficial a) Formación Formación profesional en Arquitectura, Ingeniería o Construcción Civil, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o acreditado por éste. Copia Simple Certificado de Título Profesional Título del Área requerida 100
Otro título profesional / Sin título 0
b) Experiencia Laboral 10 años de experiencia profesional y al menos 10 estudios de cubicaciones y presupuestos en proyectos de edificios de uso público o con atención de público. Curriculum Vitae 11 o más años de experiencia 100
10 años de experiencia 60
9 o menos años de experiencia 0
c) Específico Al menos 10 estudios de cubicaciones y presupuestos en proyectos de edificios de uso público o con atención de público. Curriculum Vitae 11 o más estudios según lo requerido 100
10 estudios según lo requerido 60
9 o menos estudios según lo requerido 0
17 Revisor independiente de arquitectura c) Específico Profesional con inscripción vigente en el registro nacional de revisores independientes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Primera Categoría) Certificado en Registro MINVU Con certificado vigente 100
Sin certificado vigente 0
18 Revisor de cálculo estructural c) Específico Profesional con inscripción vigente en el registro nacional de revisores independientes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Primera Categoría) Certificado en Registro MINVU Con certificado vigente 100
Sin certificado vigente 0
Fórmula de Cálculo CTE = Promedio Puntuaciones Asignadas
Fórmula de Cálculo Ponderación CTEP = CTE * 0,25
Puntaje Ponderado Máximo CTEP = 25
c) Cumplimiento de Requisitos formales (2%)
Corresponde al cumplimiento formal de la oferta, respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.
Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:
1) Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.
2) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
3) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.
Servicio Puntaje
Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases. 100
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica. 50
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas. 50
No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta. 0
La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.
8.4. Puntaje mínimo de adjudicación
La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a quien al menos obtenga un puntaje ponderado igual o superior a 65%, de lo contrario se entenderá que ninguno ha cumplido a cabalidad con las especificaciones del servicio requerido y, por lo tanto, declarará desierta la licitación.
8.5. Mecanismo para dirimir Empates
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Plazo de Entrega”.
3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Capacidad Técnica del Oferente”.
4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Capacidad técnica del equipo”.
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.
6. Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.
9. ACLARACIONES Y/O CONSULTAS A LAS BASES DE LICITACIÓN
Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.
INIA dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
10. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
INIA exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.
Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que INIA lo estime necesario, podrá:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los/as proveedores/as, esta se encuentra contemplada en las presentes bases.
Las consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deben ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886.
INIA no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor/a, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a INIA para rechazar las ofertas.
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Quien participe debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos allí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.
En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.
12. COSTOS
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por INIA.
13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
INIA reserva el derecho a declarar inadmisibles y, en consecuencia, para rechazar una o más de las ofertas presentadas, en la etapa de apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.
Serán rechazadas en el acto de apertura de la licitación, las ofertas que:
- No presenten Anexo N° 1
- No presenten el Anexo N° 3
- No presenten Anexo N° 4
- No presenten Anexo N° 5
- No presenten Anexo N° 6
- No presenten Anexo N° 7
- No acompañen una propuesta u oferta técnica con el procedimiento base de trabajo para la prestación de los servicios.
- No presentar Anexo N° 8 (en formato simple) si correspondiera, para casos de postulación de UTP y/o no postular electrónicamente como UTP, si ese fuera el caso.
Con toda la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que será debidamente declarado y fundado en el acta de evaluación de ofertas.
14. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.
Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.
Notificación: INIA informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.
Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, pierde la habilidad en el registro de proveedores, el INIA dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien se adjudique facultará al INIA para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
Declaración de Desierta: INIA podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley 19.886.
Consultas y reclamos: Quien/es tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: luis.alarcon.meneses@inia.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
15. CONTRATO
INIA suscribirá el respectivo contrato con el oferente adjudicado para la contratación en cuestión, previa acreditación de su inscripción en el portal www.chileproveedores.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente en dependencias del INIA.
La validez del contrato estará sujeta a su total tramitación.
Previa suscripción del contrato el oferente debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios. Posterior a la suscripción del contrato, el proponente debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales el Instituto de Investigaciones Agropecuarias no tendrá participación alguna.
Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el INIA establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.
En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, el INIA podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.
Si el oferente seleccionado no firmare el contrato por causa imputable a él en el plazo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo INIA, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.
La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.
i. Antecedentes legales para ser contratado:
Quien se adjudique debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el sistema de información en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.
A.- Persona jurídica:
- Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.
- Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.
- Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
B.- Persona Natural:
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del adjudicatario.
- Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
C.- Unión Temporal de Proveedores (UTP):
En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar:
- Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores.
16.1 INICIO DEL SERVICIO Y PLAZO DEL CONTRATO
El inicio del contrato estará sujeto a su total tramitación y se extenderá por el periodo pactado conforme al plazo de entrega indicado por el oferente adjudicado dentro de su propuesta, más el plazo de 60 días corridos.
16.2 INCUMPLIMIENTOS Y MULTAS:
i. Tipos de Incumplimientos:
El incumplimiento de las obligaciones motivo de la contratación, será materia de aplicación de multas, de acuerdo con el siguiente cuadro:
N° Incumplimiento Multa
1 Retraso en la entrega de los servicios en los plazos ofertados y consignados en el contrato a celebrar (tiempos de respuesta). 2 UF por cada día hábil de atraso en la entrega de los productos. Con tope de 3 días hábiles.
2 Retraso en la entrega de respuestas a las observaciones planteadas. (tiempos de respuesta). 2 UF por cada día hábil de atraso en la entrega de los productos. Con tope de 3 días hábiles.
Las multas se descontarán de los estados de pago pendientes y en caso de no existir estados de pagos por liquidar, el INIA notificará la forma en que se procederá al cobro de la multa, mediante oficio y/o la respectiva resolución institucional.
Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán notificados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
ii. Procedimiento de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento el INIA lo notificará por escrito, mediante oficio y/o la resolución institucional correspondiente al contratante, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste el servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.
Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880.
Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.
La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.
Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.
16.3 FACTURACIÓN:
Una vez recibido conforme los servicios, por parte del INIA y que el Gobierno Regional de Arica y Parinacota revise y apruebe los correspondientes estados de pago, quien preste el servicio debe emitir la factura, de acuerdo con el detalle de la Orden de Compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, la que hará referencia a los presupuestos aprobados. La factura debe ser emitida de la siguiente forma, en consideración a lo señalado en el convenio mandato firmado entre INIA y el GORE de Arica y Parinacota:
Razón Social : Gobierno Regional de Arica y Parinacota
RUT : 61.978.890-7
Dirección : Avda. General Velásquez N° 1775, Arica
Glosa : Referenciar motivo del pago, nombre del proyecto: Construcción Centro de Investigación y Transferencia Tecnológica para la Región, código BIP 40052086-0, ID licitación, nombre de licitación pública y monto a pagar.
Giro : Servicio Público
La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
Quien preste el servicio debe acompañar además de la factura el certificado de cumplimento del pago de las leyes sociales de sus trabajadores. Formulario F-30-1 y certificado de PreviRed, en cualquiera de los casos debe corresponder al pago del mes de servicio que se está cobrando.
La factura debe contener toda la información solicitada y en la forma de pago indicar la opción crédito. Adicionalmente quien preste el servicio debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: luis.alarcon.meneses@inia.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.
INIA, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la Ley 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.
Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con el INIA para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.)
Por lo anterior y a fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación que usted informe, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° Cuenta Corriente y correo electrónico para la notificación:
Factoring
En caso de que quien se adjudique ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente a la dirección de INIA, Magallanes N°1865, Arica, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el/la proveedor/a.
El oferente adjudicado, contará con un plazo de 48 horas siguientes a la celebración del factoring, para informar por escrito al mandante acerca de dicha factorización.
Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Tratándose de cesión electrónica el/la proveedor/a debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.
16.4 METODOLOGÍA DE TRABAJO
El medio de comunicación formal con quien preste el servicio será a través de la Subdirección Nacional de Administración y Finanzas de INIA, y su equipo de compradores/as, mediante los canales que tenga a disposición, ya sea correo electrónico, chat o teléfono.
Todos los costos y presupuestos tendrán que ajustarse a las condiciones del contrato a suscribir en los relativo a la información de las condiciones comerciales como de los valores por servicio de agencia.
En caso de existir algún requerimiento distinto o especial de servicio de la misma naturaleza del contrato, que no se haya considerado en la presente licitación, el INIA, a través de su contraparte, solicitará un presupuesto por dicha solicitud; el que podrá ser aprobado o rechazado. En caso de ser aprobado, INIA procederá con su procedimiento interno de aprobación de solicitudes de compra y emitirá la respectiva orden de compra a través del sistema de información, entendiéndose aquello como un servicio conexo al contrato de prestación de servicios vigente.
Asimismo, es necesario señalar que quien preste el servicio no tendrá exclusividad para la prestación de los servicios adicionales o complementarios a la naturaleza que se licita, pudiendo el INIA cotizar con él u otros proveedores/as del rubro, a fin de contratar la alternativa más ventajosa.
16.5 SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR
El INIA ejercerá la supervisión integral del desarrollo del servicio contratado, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una Contraparte Técnica para que lo represente, la que estará integrada un funcionario(a) del Instituto, pudiendo este asesorarse en todo momento por otros profesionales del mismo Servicio o externos, de acuerdo con las materias técnicas a tratar.
Entre las funciones que tendrá la Contraparte Técnica, se mencionan y detallan las siguientes:
a) Atender y resolver situaciones técnicas que se produzcan en el devenir del contrato.
b) Informar a la Subdirección Nacional de Administración y Finanzas, mediante memorándum sobre la procedencia de la aplicación de las multas y/o sanciones que se estipulen en el contrato, según corresponda, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.
c) Otorgar su opinión técnica en caso de solicitarse ajustes o modificaciones a la contratación.
d) Llevar el control de los aspectos técnicos y administrativos que se deriven de la prestación del servicio.
e) Hacer seguimiento a los trabajos en curso, manteniendo constante comunicación con quien preste el servicio y velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las presentes bases y el contrato.
f) Revisar y autorizar los presupuestos que se entreguen por parte de quien preste el servicio, verificando la pertinencia y evaluando los valores.
g) Dar recepción conforme a las facturas por cada compra.
La referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien deberá facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.
La misma contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con quien preste el servicio o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. Quien preste el servicio debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de él.
16.6 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
INIA podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:
a) La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.
b) Aplicación de más de dos (2) multas durante la vigencia del contrato.
- Unilateralmente, quien preste el servicio registre incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con sus trabajadores. En dicho caso el INIA activará el procedimiento de cobro de la garantía para pagar las deudas que corresponda.
- Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia de quien preste el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
- Unilateralmente, si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
- No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. INIA en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación, notificará el término anticipado del contrato.
- Y todas las otras causales previstas en el artículo 130 del mencionado Reglamento de la ley de compras.
17. SUBCONTRATACIÓN
Quien preste el servicio podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% durante toda la vigencia del contrato, siempre que ello sea informado por escrito al INIA, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subcontratación podrá referirse a tareas específicas tales como: servicios profesionales de ingenieros, eléctricos o calculistas, o servicios de mayor especificación u otros, cuando así pudieran ser requeridos por INIA. El Instituto se pronunciará en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.
El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.
18. OTRAS OBLIGACIONES DE QUIEN PRESTE EL SERVICIO
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, quien preste el servicio tendrá las siguientes obligaciones:
a. No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
b. Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
c. Quien preste el servicio debe tomar las medidas necesarias de informar oportunamente a INIA de las normativas, directrices y/o instrucciones que dispongan las autoridades fiscalizadoras y sanitarias de Gobierno u otro organismo especializado, que tengan relación con la materia licitada.
d. Mantener un permanente control sobre la ejecución de los servicios, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.
e. Dar cumplimiento a las instrucciones otorgadas por el INIA para efectos de la realización de las tareas.
f. Las demás que le encomienden las presentes bases.
19. MODIFICACIÓN, PRÓRROGA Y/O SERVICIOS CONEXOS
El contrato podrá ser modificado y/o prorrogado por una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 60 días corridos adicionales a la vigencia original y no podrá superar el 20% del monto total presupuestado para la contratación.
La prórroga estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por la resolución institucional que corresponda.
Del mismo modo, el INIA podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique. Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.
Lo anterior en los términos previstos en el N° 1 del artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886
20. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Ni quien preste el servicio ni el INIA serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.
Si quien preste el servicio se ve afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a INIA, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a INIA mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione quien preste el servicio y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto institucional, debiendo quien preste el servicio también extender las garantías vigentes, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.
21. CONFIDENCIALIDAD
Si en la ejecución del contrato, se identifica información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados, el adjudicatario guardará confidencialidad respecto de la información que en el cumplimiento del contrato conociera del INIA.
Toda información que sea revelada o haya sido revelada por INIA al adjudicatario, sus asesores o empleados, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca o no a INIA, y toda la información que el adjudicatario, sus asesores, empleados dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier forma, en relación al Instituto, tendrá carácter de confidencial. La información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y confidencialidad de la información que reciba el adjudicatario de parte del INIA. Con todo, esta confidencialidad se referirá a:
● No usar en el momento de la ejecución del contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún propósito distinto a la prestación de los servicios al Instituto.
● Mantener dicha información en secreto y reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados, sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación con la provisión o posible provisión de servicios a INIA.
● No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información, salvo que el INIA lo autorice en forma previa y por escrito.
● INIA tendrá el derecho para exigir en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material, documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.
● Tomar todas las medidas necesarias para que la información confidencial mantenga ese carácter, evitando situaciones y actos que puedan producir un perjuicio para el Instituto.
Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios al INIA y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa del Instituto, que permita revelar total o parcialmente la información entregada.
22. OTROS ANTECEDENTES
La presente licitación, se genera en base a las obligaciones y deberes enmarcados en el convenio Mandato celebrado entre el GORE de Arica y Parinacota y el Instituto de Investigaciones Agropecuarias, es así, que todas las disposiciones legales, requerimientos técnicos y administrativos, vinculados hacia el oferente contratado, se entenderán asignadas y por tanto el oferente deberá dar cumplimento en virtud de lo mandatado. Para estos efectos, INIA pondrá a disposición del oferente adjudicado, los antecedentes respectivos de dicho convenio mandato, a objeto de otorgar total conocimiento acerca de su contenido.
23. GARANTÍAS
23.1. Garantía de seriedad de la oferta
Los oferentes que se participen del proceso de licitación, deberán presentar un documento de garantía, a la Vista e Irrevocable por seriedad de la oferta, por el monto de $1.000.000.-, A favor de: Instituto de Investigaciones Agropecuarias Rut: 61.312.000-9 y tomada por: indicar nombre o razón social y Rut del oferente, cuya glosa, para aquellos documentos que lo permitan, debe indicar: “GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA LA LICITACIÓN PUBLICA “SERVICIO DE DISEÑO CONSTRUCCIÓN CRI INIA URURI”, ID. N° 1443565-1-LQ25”. La garantía deberá ser entregada hasta el día y hora de cierre de la licitación en el Centro Regional de Investigación INIA Ururi, ubicado en calle Magallanes N° 1865, Villa Magisterio, Arica, de lunes a viernes de 09:00 hrs a 16:00 hrs, persona de contacto Sr. Luis Alarcón M. En caso de presentar una garantía electrónica, esta deberá ceñirse a los requisitos señalados en la Ley N° 19.799 y deberá adjuntarse el documento respectivo en la carpeta administrativa de oferta para la presente licitación. La fecha de vencimiento deberá ser igual a la fecha de vigencia de la cotización (90 días) a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
El proveedor que no cumpla con la presentación de la garantía de seriedad de la oferta, quedará fuera del proceso licitatorio, dejándose expresa constancia en el acta de la comisión evaluadora por incumplimiento de las bases. Si el oferente desea incorporar más de una oferta económica, deberá subirla al portal de mercado público por separado, presentando por cada oferta un documento de garantía por seriedad de la oferta. En caso que el proveedor adjudicado entregue dentro del plazo la garantía de seriedad de la oferta o la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin embargo, tenga error en la fecha, monto o alguna otra identificación de carácter menor y meramente formal, se podrá aceptar con la condición que esta será enmendada dentro de los 3 días hábiles desde que es recepcionada por parte del proveedor, lo que será fundamental para continuar con el proceso.
23.1.1 Cobro de la garantía de seriedad de la oferta
Se Podrá hacer efectiva las Garantía por Seriedad de la Oferta en las siguientes situaciones:
I. Cuando se desista formalmente de la oferta presentada.
II. Cuando el proveedor manifieste una variación en su oferta económica.
III. Cuando el proveedor no entregue los documentos necesarios para generar la contratación dentro de los plazos solicitados.
IV. Cuando el oferente adjudicado no se encuentre habilitado para contratar con el Instituto de Investigaciones Agropecuarias.
V. Cuando no celebre el contrato en el plazo fijado en las bases administrativas, o cuando no entregue la garantía de fiel cumplimiento.
23.1.2 Procedimiento para el cobro de la garantía de seriedad de la oferta
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de la garantía de seriedad de la oferta:
I. Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de la garantía de seriedad de la oferta, el responsable del proceso de licitación, notificará inmediatamente de ello al, proveedor, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
II. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito (acompañando todos los antecedentes que lo respalden) ante la Directora del Centro Regional de Investigación INIA Ururi, quien junto al responsable de la licitación evaluarán los antecedentes.
III. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una Resolución emitida por el Centro Regional de Investigación INIA Ururi.
23.2. Garantía de fiel cumplimiento de contrato
El oferente que resulte adjudicado con la ejecución de los servicios, deberá presentar, al momento de suscribir el contrato, una boleta bancaria, póliza u otro documento que permita caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del contrato, esta garantía deberá ser pagadera a la vista y de carácter irrevocable, a favor de: Gobierno Regional de Arica y Parinacota, Rut: 61.978.890-7 y tomada por: indicar nombre o razón social y Rut del oferente y será equivalente al 10% del valor total del contrato, cuya glosa, para aquellos documentos que lo permitan, debe indicar: “GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DEL “SERVICIO DE DISEÑO CONSTRUCCIÓN CRI INIA URURI”, ID. N° 1443565-1-LQ25”, dicha garantía deberá ser emitida en pesos, con una validez igual al plazo de vigencia del contrato, más un plazo adicional de 180 días corridos. En caso de presentar garantía
electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Esta garantía será restituida los siguientes veinte (20) días hábiles luego de realizada la recepción total de los servicios y a entera satisfacción del Instituto de investigaciones Agropecuarias y el Gobierno Regional de Arica y Parinacota. La solicitud de devolución de la garantía debe efectuarse al Centro Regional de Investigación INIA Ururi, fono de referencia 58-2313676, e-mail: luis.alarcon.meneses@inia.cl.
23.2.1. Cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato
Se podrá hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento de contrato en las siguientes situaciones:
I. Cuando proceda el término anticipado de contrato por causas imputables al proveedor.
II. Cuando el proveedor aumente unilateralmente los precios estipulados en el contrato o la orden de compra.
III. Por incapacidad técnica manifiesta en la puesta en marcha de los servicios, lo que será calificado por el responsable técnico de la licitación.
IV. Cuando no cumpla con las entregas parciales de la información requeridas por INIA y pactadas en el contrato.
V. Por estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
VI. En caso de incumplimiento de la empresa a las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores.
VII. Cuando el proveedor haya sido sancionado en 3 ocasiones, por no usar los materiales ofrecidos o no haya dado aviso de cambios o incorporación de nuevos.
23.2.2. Procedimiento para el cobro de la garantía de fiel cumplimiento
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
I. Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, el responsable del respectivo contrato notificará inmediatamente de ello a la Directora del Centro Regional de Investigación INIA Ururi, quien notificará al proveedor por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
II. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito (acompañando todos los antecedentes que lo respalden) ante la Directora del Centro Regional de Investigación INIA Ururi, quien junto al responsable de contrato evaluarán los antecedentes.
III. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se haya presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de resolución pertinente.
IV. Si el proveedor adjudicado a presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, INIA tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente. La indicada resolución deberá ser fundada y notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
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