Licitación ID: 1490160-15-LE26
SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA LOS PARQUES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de suministro de alimentos 1 Unidad
Cod: 93131608
SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo general de la presenta licitación es la adquisición de insumos alimenticios perecibles y no perecibles destinados a la especialidad de Gastronomía del Liceo Guillermo Labarca Hubertson, RBD 9985, con el propósito de garantizar la ejecución de los módulos prácticos asociados a la obtención del título técnico de nivel medio. La presente contratación busca asegurar el suministro oportuno y la calidad de los productos requeridos, permitiendo la continuidad y el adecuado desarrollo del proceso formativo de los estudiantes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Adquisiciones Desarrollo Educativo Los Parques
R.U.T.:
61.981.260-3
Dirección:
Nicolas Palacios 1689
Comuna:
Quinta Normal
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-03-2026 9:00:00
Fecha de Publicación: 06-03-2026 16:47:17
Fecha inicio de preguntas: 06-03-2026 18:30:00
Fecha final de preguntas: 08-03-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-03-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-03-2026 9:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-03-2026 9:05:00
Fecha de Adjudicación: 16-03-2026 14:55:33
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo Nº1: Formulario de datos del oferente
2.- Anexo N°2: Identificación proponente Unión Temporal de Proveedores.
3.- Anexo N°3: Declaración jurada pacto de integridad.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°4: Experiencia del oferente
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5: “Oferta Económica”
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento Requisitos Formales Según lo establecido en punto N°19.4.1 a) de las bases administrativas 5%
2 Sello Mujer Según lo establecido en punto N°19.4.1 c) de las bases administrativas 5%
3 Experiencia del oferente Según lo establecido en punto N°19.4.2 30%
4 Oferta económica Según lo establecido en punto N°19.4.3 55%
5 Programa de integridad Según lo establecido en punto N°19.4.1 b) de las bases administrativas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: P02
Monto Total Estimado: 15000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daniel Amaro
e-mail de responsable de pago: Daniel.Amaro@sleplosparques.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: María Emilia Bustos Plass
e-mail de responsable de contrato: Daniel.Amaro@sleplosparques.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-66869726-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas
.

BASES ADMINISTRATIVAS

SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES”

  1. Definiciones:

SLEP: El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, representado por su director ejecutivo, ambos domiciliados en Calle Nicolas Palacios 1689, Quinta Normal, Santiago, Rut.: 61.981.260-3, en adelante “SLEP” o “Servicio Local”.

Portal: El sistema de información de compras y contrataciones de la administración www.mercadopublico.cl.

Bases: Documento aprobado por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones establecidas por la entidad licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compra y el contrato definitivo. Incluye las Bases Administrativas y Técnicas.

Certificado de Habilidad Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección Chile compra, que acredita una determinada persona natural o jurídica se encuentra hábil en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.

Formularios: Formatos o documentos elaborados por el Servicio Local, los cuales deberán ser completados por los proveedores interesados en efectuar un Proceso de Compras, a través del Sistema de Información y de otros medios para la contratación electrónica.

Propuesta: La oferta técnica y/o económica elaborada por el oferente, presentada de acuerdo a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas correspondientes.

Fuerza Mayor o Caso Fortuito: El artículo 45 del Código Civil lo define como “el imprevisto al que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”

Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.

Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, en adelante “UTP”.

Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.

Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y el Reglamento.

Ley de Compras Públicas N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886: Ley N°21.634 de 2024, que moderniza la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En adelante “Ley de Compras” y aquella parte de esta última no modificada por la nueva Ley.

Reglamento de Compras Públicas: Decreto 661, de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En Adelante “El Reglamento”.

Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques: en adelante “El director”.

Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.

Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.

Cronograma de Licitación: es el cuadro contenido en las bases administrativas de la presente licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras.

  1. Características de la Licitación:

Nombre de la Licitación

“SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES”

Tipo de Licitación

Licitación Pública mayor a 100 UTM, menor a 1.000 UTM (LE)

Tipo de Convocatoria

Abierta

Moneda

Peso Chileno

Requiere presentación de Garantía de Seriedad de la Oferta

No, según lo señalado en el Art. 52° del Decreto N°661/2024, Ministerio de Hacienda.

Presupuesto Disponible

$15.000.000 (quince millones de pesos) impuestos incluidos.

Contrato

No, formalización mediante orden de compra.

Tipo de Contrato

Suministro de bienes.

Requiere presentación de Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato

No, según lo señalado en el Art. 121° del Decreto N°661/2024, Ministerio de Hacienda.

Duración del Contrato

Desde la emisión de la orden de compra hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la ejecución completa del presupuesto destinado para la presente contratación.

Renovación

Se podrá renovar

Etapas del proceso de apertura

Una Etapa

Toma de Razón Contraloría

No aplica

Publicidad de Ofertas Técnicas

Si

  1. Antecedentes básicos del organismo demandante

Razón Social

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES

Programa de Compra

Programa 02

RUT

61.981.260-3

Dirección

Carrascal #3420, ingreso por Calle Nicolas Palacios 1689, comuna de Quinta Normal, Santiago Región Metropolitana

Representante legal

Ulises Nolberto Jaque Carreño

  1. Objetivo:

El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, en adelante, SLEP de Los Parques, como sostenedor de los establecimientos educacionales de su jurisdicción, y para el cumplimiento de sus objetivos, requiere la contratación del “SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES” con objeto de satisfacer las necesidades de las unidades educacionales de manera eficaz, eficiente y oportuna.

La contratación de los insumos de gastronomía se realizará a través de una licitación pública, cuya contratación será realizada bajo la modalidad de suministro formalizada mediante la emisión y aceptación de la orden de compra, para asegurar la disponibilidad rápida y oportuna del suministro que se encomienda, atendiendo de esta forma las necesidades y el adecuado desarrollo de la especialidad de gastronomía.

Las Bases Administrativas y Bases Técnicas establecen las condiciones que regirán la licitación, y las condiciones que se deben cumplir para la correcta ejecución del servicio y dar cumplimiento a este objetivo, cuya vigencia regirá desde la emisión de la orden de compra hasta el 31 de diciembre de 2026 o bien, hasta la ejecución completa del presupuesto destinado para la presente contratación, lo que ocurra primero. La vigencia anteriormente nombrada, será prorrogable por una sola vez y por un periodo máximo de 6 meses, o hasta al alcanzar el aumento máximo del contrato, correspondiente a un 30% sobre el monto originalmente adjudicado, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria del Servicio Local, sin perjuicio de la facultad del servicio para realizar un nuevo proceso licitatorio, según la normativa legal vigente, y lo que el SLEP disponga conforme a las condiciones del caso.

Por lo tanto, la contratación de “SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES“, tiene por objeto, cumplir de manera continua la labor que ha sido encomendada a nuestra Institución, estableciendo las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del bien o servicio a adquirir, y todos sus costos asociados, presentes y futuros (Art. 37° del Reglamento), según el siguiente detalle:

ÍTEM

DESCRIPCIÓN ITEM

VIGENCIA

1

“SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES”

Hasta el 31 de diciembre de 2026, o hasta la ejecución completa del presupuesto destinado para la presente contratación.

  1. Cronograma

Período de publicación de bases de licitación

Estarán publicadas en el Portal Mercado Público por 5 (cinco) días corridos.

Fecha de inicio de consultas

Desde el día de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha final de consultas

Hasta el 2° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha publicación de respuestas

Hasta el 3° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha de cierre de recepción de las ofertas

Hasta el 5° día corrido a contar de la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 12:00 horas.

Apertura de las ofertas

Hasta el 5° día corrido a contar de la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 12:05 horas.

 

Confirmación de apertura de las ofertas

Hasta 3 días corridos desde la apertura de la licitación.

Plazo evaluación

Hasta 10 días hábiles desde la validación administrativa y técnica.

Fecha de adjudicación

Hasta 20 días hábiles contados desde el término del plazo de evaluación de las ofertas.

Si por cualquier causa no fuera posible adjudicar en la fecha informada en la ficha de la Licitación, se comunicarán oportunamente los motivos, informando una nueva fecha a través del portal de la Licitación, sin necesidad de dictar un acto administrativo previo.

Firma del contrato

No aplica

En el caso del cierre de las ofertas, que el vencimiento ocurra en día inhábil, o un lunes antes de las 15:00 horas, su vencimiento se prorrogará al día hábil siguiente.

  1. Del presupuesto

La presente licitación tendrá el carácter de pública y estará disponible a los interesados a través del portal de compras públicas, de acuerdo con las fechas y cronograma del proceso publicada en la ficha electrónica del portal, para la adquisición de “SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES“, la cual presenta un marco presupuestario disponible a pagar, que asciende a la suma de $15.000.000 (quince millones) IVA incluido, hasta el 31 de diciembre  de 2026, o hasta la ejecución completa del presupuesto destinado para la presente contratación. Según lo indicado en certificado de disponibilidad presupuestaria, indicado en la solicitud de compra N°15/2026 de fecha 12 de noviembre de 2025, programa 02, Sub-22.

ITEM

DESCRIPCIÓN ITEM

PRESUPUESTO

CON IVA

VIGENCIA

1

“SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GASTRONOMÍA DEL LICEO GUILLERMO LABARCA HUBERSTON DEPENDIENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES”

$15.000.000.-

Hasta el 31 de diciembre de 2026, o hasta la ejecución completa del presupuesto destinado para la presente contratación.

El control del presupuesto se realizará por el monto total contratado y no de manera individualizada por ítem.

La oferta a través de la Plataforma Mercado Público deberá efectuarse por el valor neto (Sin IVA), del presupuesto disponible para la licitación, es decir $12.605.042 neto. Dentro del presente presupuesto se contemplan todos los gastos asociados para la correcta ejecución de la licitación.

La presente licitación se financiará con recursos del programa 02, sub-22 de la respectiva Ley Anual de presupuestos del sector público, correspondiente a recursos de subvenciones educacionales y/o recursos transferidos vía convenio,

Por tratarse de un contrato de suministro, los montos ofertados corresponderán al valor de los productos de alimentación requeridos, en el respectivo Anexo Económico N°5. La evaluación económica de las propuestas se hará con sujeción a lo establecido en las presentes bases de Licitación.

  1. Aceptación del contenido de las bases

Se entenderá que los oferentes que participan en esta licitación conocen y aceptan todas las condiciones establecidas tanto en las bases administrativas y técnicas, como en las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.

  1. Antecedentes que rigen el proceso de compras

Se entenderá que forman parte integrante de estas Bases, sus anexos y las consultas, aclaraciones y respuestas que se originen con ocasión de esta licitación y la Ley N°19.886 y su Reglamento, contenido en el D.S. N°661 del 2024 del Ministerio de Hacienda.

La licitación se regirá por todos los documentos que más adelante se señalan y en caso de discrepancia entre unos y otros, se establece el siguiente orden de prelación:

       I.      Bases administrativas, técnica, anexos de la licitación y modificaciones a las Bases si las hubiere.

      II.     Respuestas a las preguntas de los proveedores.

     III.      Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Servicio. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público

   IV.      Acto administrativo de adjudicación.

     V.     Orden de Compra.

  1. De los oferentes

Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y habilitados en él para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos. En dicho registro se inscribirán todas las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras, que no tengan alguna de las causales de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado estipuladas en el Art. 154° del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. 

La oferta presentada por una UTP compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 54° de la Ley N°19.886, del Ministerio de Hacienda.

9.1 Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se requerirán los siguientes antecedentes para ofertar:

  • Mismos formularios para cualquier oferente, agregando al final del nombre del oferente “(UTP)”, salvo que para la licitación de que se trate se disponga de formularios especiales.
  • Copia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes.
  • Copia simple de la escritura pública que formaliza la Unión Temporal de Proveedores, el cual deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente:
  • Dar cuenta del acuerdo para participar en la licitación como unión temporal de proveedores.
  • La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante.
  • El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
  • La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando, además, el tiempo adicional ante una eventual readjudicación del contrato y/o no firma del mismo de otro proveedor adjudicado. 

De acuerdo con lo establecido en el Art. 181° del Reglamento de la Ley de Compas Públicas, la elección respecto a qué antecedentes presentar para ser evaluados será de la Unión Temporal de Proveedores (UTP). Sin embargo, ello no puede significar el ocultamiento de información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Por tanto, en caso de que se constate la ocurrencia de esta circunstancia, el proceso se encontrará afecto a un vicio que facultará al Servicio de Educación Pública de Los Parques para poner término al contrato en cualquier momento.

10.  Consultas y aclaraciones sobre las bases

Las consultas de los participantes se deberán realizar únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl conforme el cronograma de actividades de esta licitación señalado en el punto 5. “Cronograma” precedente. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través del portal Mercado Público, en los plazos indicados en el cronograma señalado precedentemente, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.

Es exclusiva responsabilidad del oferente la revisión del portal y el conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Servicio de Educación Pública de Los Parques.

11.  Modificaciones de Documentos de Licitación

En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Servicio de Educación Pública podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra, el SLEP deberá cambiar la fecha de cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, lo cual será informado en el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado

De acuerdo con la Ley de Compras Públicas, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Entidad licitante, por lo que toda información sobre modificaciones se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Es exclusiva responsabilidad del oferente la revisión del portal y el conocimiento de las modificaciones que pudiesen realizarse durante la publicación de Bases.

12.  Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

-        El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

-        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de él o los contratos que de ello se deriven.

-        El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.

-        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

-        El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público.

-        El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

-        El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

-        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

-        El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

-        Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.

13.  Presentación de las Ofertas

Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal, idioma español, dentro del plazo de recepción de estas establecido en el punto 5. “Cronograma” de las presentes Bases de Licitación.

De acuerdo con lo anterior, los oferentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los documentos que se adjunten en sistema de información Mercado Público, en cuanto a las fichas de oferta técnica, administrativa y económica, y, de preferencia, hechas en los formularios dispuestos por el Servicio Local de Educación Pública de Los Parques para tales efectos, lo que podrá ser sancionado con el puntaje que corresponda por incumplimiento de requisitos formales.

El Servicio Local no es responsable si no fuese posible visualizar la información contenida en la oferta de los proponentes, a modo de ejemplo, los múltiples archivos que son comprimidos en uno solo. Esta situación no será impedimento para evaluar la oferta, considerando únicamente los antecedentes que se puedan visualizar, no significando mayor plazo para la presentación de la información.

En caso de presentarse más de una oferta por un mismo oferente o, según lo estipulado en el artículo 60° del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, ofertas simultáneas por parte empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, se considerará solo la oferta más conveniente según los criterios establecidos en las Bases y se declararán inadmisibles los demás.            

14.  Vigencia de las Ofertas

Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 120 (ciento veinte) días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Servicio Local se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia. En este caso, solicitará a los oferentes prorrogar sus ofertas, si alguno de los oferentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerado en la evaluación.

15.  Ofertas Riesgosas o Temerarias

El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, en conformidad a lo señalado en el artículo 61° del Reglamento de Compras Públicas.

Se entenderá como “Oferta Temeraria”, cuando el precio de la oferta presentada por un proponente resulte inferior al 50% del precio presentado por el contratista que le sigue y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. Ante esta situación el SLEP Los Parques podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta al contratista, previa solicitud de un aumento de la garantía de fiel cumplimiento, que deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 19.886.

16.  Documentos en soporte electrónico para presentar ofertas (portal)

Los formatos NO deben ser modificados, los oferentes que modifiquen los anexos, su oferta quedará INADMISIBLE.

El Servicio Local podrá solicitar antecedentes omitidos por los oferentes, de acuerdo con lo indicado en el artículo 56° del Reglamento de compras públicas. Estos antecedentes, serán solicitados a través del foro inverso de la Licitación y él o los oferentes tendrán un plazo de 48 horas para contestar.

16.1  Anexos Administrativos

 

  • Anexo Nº1: Formulario de datos del oferente. En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado.

  • Anexo N°2: Identificación proponente Unión Temporal de Proveedores.

  • Anexo N°3: Declaración jurada pacto de integridad.

En el caso de uniones temporales de proveedores, el proveedor deberá adjuntar el documento

público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Todos los proveedores deben suscribir la Nueva Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda.

 

16.2  Anexos Técnicos

  • Anexo N°4: Experiencia del oferente

Cada una de las experiencias declaradas deberá ser debidamente acreditada con cualquiera de los siguientes documentos:

-          Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente, debidamente firmados.

-          Copia de Liquidación de Contrato.

-          Cualquier otro antecedente técnico que el oferente considera como relevante para la toma de la decisión.

El oferente no podrá incluir contratación que hubiese terminado anticipadamente.

En cualquiera de estos casos dichos documentos deberán dar cuenta de Io siguiente:

-       Nombre y/u objeto de la contratación

-       Vigencia de la Contratación (expresadas desde OD/MM/AA hasta DD/MM/AA)

-       Identificación de Institución mandante.

16.3  Anexos Económicos

  • Anexo N°5: “Oferta Económica” El proponente deberá señalar en el formulario su oferta económica por los productos y/o servicios requeridos.

La oferta efectuada, deberá tener incluidos todos aquellos costos que, sin estar expresamente indicados en las presentes bases, fueran necesarios para el completo y total cumplimiento del Contrato, incluyéndose en esto los gastos incurridos para la presentación de la oferta.  

17.  Consideraciones

Los anexos deberán ser suscritos por el oferente, en el caso de tratarse de una persona natural o por el o los representantes legales de los oferentes, cuando se trate de personas jurídicas, y por el representante de la UTP en el caso que corresponda.

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío de ofertas que entrega el sistema. Por tanto, es responsabilidad del oferente verificar que su propuesta y sus antecedentes se hayan ingresado correctamente a la plataforma.

Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl.

El oferente deberá considerar en su propuesta todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o bien a causa de él.

Las ofertas económicas deben ser completas. Si se deja alguna celda de la oferta del presupuesto detallado vacía, dicho ítem o partida se entenderá que no cumple con las bases de licitación, y por tanto será rechazada la oferta por esa línea, no dando lugar a foro inverso, pudiendo ser impugnada en la apertura de ofertas o declarada inadmisible por el acto administrativo que corresponda.

En caso de existir discrepancias entre lo ingresado en la ficha electrónica del portal www.mercadopublico.cl, y el formulario adjunto por el proponente de oferta respectivo, prevalecerá la oferta ingresada en el formulario.

18.  De la apertura de la Licitación y evaluación de admisibilidad de las ofertas.

El Acto de Apertura se efectuará a través del Sistema de Información en una etapa, en el día y hora establecida en el portal de Mercado Público. El Servicio Local se reservará el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las propuestas.

El objetivo de la etapa de apertura será la constatación de la presentación de los documentos señalados como “Obligatorios” en las presentes bases y de los requisitos técnicos mínimos de las ofertas, los que constituyen requisitos de admisibilidad, dejando constancia de la aceptación o rechazo de la oferta, en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl. 

18.1  Requisitos de admisibilidad de las ofertas: 

Documentos Obligatorios

  • Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar (declaración digital firmada en portal Mercado Público al momento de ingresar la oferta).
  • Anexo N° 05 Oferta Económica.
  • Otros documentos o certificaciones solicitadas en bases de licitación.

Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación y confeccionado el correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa, técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada mediante acto administrativo.

19.  De la evaluación de las ofertas.

19.1  Funcionario/a Evaluador

El Informe técnico de evaluación de las propuestas y adjudicación será elaborado por un/a funcionario/a del Servicio Local, en estricta sujeción a lo indicado en el Artículo 54° del Reglamento de la Ley de Compras, por tratarse de una licitación de monto menor a 1.000 UTM nombrado mediante Resolución Exenta.

En caso de ausencia del titular, este será subrogado por el funcionario que corresponda o que el titular designe.

El/la evaluador/a tendrá las siguientes obligaciones:

a) Omitir cualquier contacto con proveedores.

b) Mantener la confidencialidad de lo que está sucediendo en el proceso de evaluación y de la documentación respectiva.

c) Materializar la evaluación de las ofertas en base a los criterios de evaluación definidos en las presentes bases mediante un acta de evaluación.

Contravenir lo señalado se podrá considerar como infracción a lo dispuesto en el artículo 62°1 de la Ley N°18.575.

El/la evaluador/a de la presente licitación no podrá tener conflictos de interés con los oferentes, para lo cual deberán dejar constancia en una declaración jurada de la no concurrencia de esta circunstancia.

El/la evaluador/a propondrá a la Dirección adjudicar al oferente que, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación de cada oferta, o en su defecto la declaración desierta por no encontrar ofertas que se ajusten a las necesidades descritas en las Bases Técnicas de la presente licitación.

19.2  Presentación de aclaraciones o antecedentes omitidos por los oferentes

Con el objeto de dar la máxima precisión a los aspectos por los cuales se regirán el servicio a contratar, el Servicio Local podrá solicitar a un oferente, aclaraciones de su oferta y/o salvar errores u omisiones formales, de acuerdo con lo indicado en el Artículo 56° del Reglamento de compras públicas, a través del portal Mercado Público, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, las que deberá responder en un plazo de 48 horas corridas por la misma vía, (El Portal). No se permitirán cambios sustanciales de la propuesta presentada.

En el caso que se compruebe la falsificación de algún documento, será causal suficiente para rechazar la propuesta y se informará al registro que corresponda. El análisis detallado de cada una de las ofertas aceptadas será materializado por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases de Licitación.

Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.        

19.3  Proceso de evaluación

El proceso de evaluación de las ofertas considerará sólo aquellas que fueron declaradas admisibles. En aquellas ofertas declaradas inadmisibles, no procederá la evaluación de estas.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizarán dos decimales.

El/la evaluador/a podrá verificar todos aquellos antecedentes presentados por los oferentes e informará al Director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 19.886, podrá declarar inadmisible aquellas ofertas que no se cumplan los requisitos establecidos en las bases. En caso de no presentarse oferentes o cuando las ofertas no resultan convenientes para los intereses del establecimiento podrá sugerir declarar desierta la licitación, fundándose en razones objetivas y no discriminatorias.

19.4  Criterios de evaluación

Para la evaluación de las ofertas, se ponderará los siguientes factores de acuerdo con el porcentaje que se indica, los que serán evaluados según puntaje cero (0) a cien (100), siendo cien la mayor ponderación.

Criterio

Descripción

Ponderación

Administrativo

Cumplimiento Requisitos Formales

5%

Programa de Integridad

5%

Sello Mujer

5%

Técnico

Experiencia del Oferente

30%

Económico

Oferta Económica

55%

19.4.1    Evaluación Administrativa:

a)    Cumplimiento Requisitos Formales (5%):

El cumplimiento de este criterio será evaluado según la presentación total de la documentación solicitada en esta licitación, asignando de acuerdo con la siguiente tabla:

Descripción

Puntaje

Ponderación

Puntaje Ponderado

Presenta la totalidad de los antecedentes solicitados en Bases de Licitación.

100

5%

5

No entrega todas las certificaciones o antecedentes solicitados en Bases de Licitación

0

0

b)     Programa de integridad (5%)

Los oferentes deberán señalar si la empresa cuenta con un programa de integridad implementado y deberá adjuntar el programa y los antecedentes que respalden que es conocido por los trabajadores de la empresa. 

Descripción

Puntaje

Ponderación

Puntaje Ponderado

Oferente posee programa de integridad implementado y conocido por sus trabajadores

100

5%

5

Oferente no posee programa de integridad implementado y conocido por sus trabajadores o no es posible acreditar el cumplimiento

0

0

Los oferentes que no incorporen el programa de integridad y/o los antecedentes que acrediten la difusión al personal de la empresa, se le asignará puntaje 0.

c)     Sello Mujer (5%)

El proveedor debe contar con sello mujer, el cual el SLEP respaldará con la información disponible en el Registro de Proveedores.

Descripción

Puntaje

Ponderación

Puntaje Ponderado

Oferente cuenta con Sello Mujer

100

5%

5

Oferente no cuenta con Sello Mujer

0

0

19.4.2    Evaluación Técnica (30%):

Se refiere a la experiencia declarada en el Anexo N°4.

La experiencia en el rubro será medida en función de la cantidad de servicios de suministro de alimentos, ejecutados en los últimos cinco (5) años, contados desde la fecha de cierre original de las ofertas hacia atrás.

La asignación de puntaje se efectuará de conformidad con la siguiente tabla:

Descripción

Puntaje

Ponderación

Puntaje Ponderado

Más de 7 contratos ejecutados

100

30%

30

De 4 a 6 contratos ejecutados

60

18

De 1 a 3 contratos ejecutados

30

9

Sin experiencia ni acredita su experiencia

0

0

19.4.3    Oferta Económica (55%)

Los oferentes deberán completar el Anexo N°5 “Oferta Económica” de las presentes bases de licitación. Quienes no adjunten esta documentación o se encuentre incompleta, serán declarados inadmisibles.

Los valores ofertados deberán encontrarse expresados en moneda nacional (pesos) y deben considerar todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a personal, productos, implementos, etc. 

El mayor puntaje corresponderá a la oferta con menor precio (OMP). Las demás serán evaluadas de la siguiente manera:

Fórmula: OMP/OE x 100

Donde:

OMP: Oferta menor precio

OE: Oferta Evaluada

El puntaje que resulte de la tabla anterior, se aplicará el factor de ponderación tal como se indica en la siguiente fórmula:

Formula: (puntaje obtenido) x 55%

Las ofertas económicas deben ser completas. Si se deja alguna celda de la oferta del presupuesto detallado vacía, dicho ítem o partida se entenderá que no cumple con las bases de licitación, y por tanto será rechazada la oferta, no dando lugar a foro inverso, pudiendo ser impugnada en la apertura de ofertas o declarada inadmisible por el acto administrativo que corresponda. Por otra parte, si se incluyen todos los valores (incluyendo valor “0”, lo que se entenderá que el proveedor presentó su oferta y decidió no cobrar por dicho ítem), entonces la oferta será completa, y pasará a ser evaluada. En caso de existir discrepancias entre lo ingresado en la ficha electrónica del portal www.mercadopublico.cl, y el formulario adjunto por el proponente de oferta respectivo, prevalecerá la oferta ingresada en el formulario.

20.  De la adjudicación de las ofertas

La adjudicación se realizará dentro del plazo señalado en el cronograma. En caso de que no se realice la adjudicación dentro del plazo definido, el Servicio Local informará a través del Portal dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación.

El Servicio Local adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases. Para esta acción, se adjudicará la oferta mediante resolución fundada, la cual explicitará los criterios de evaluación que se han cumplido para adjudicar, debiendo notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de su publicación en el portal.

El Servicio Local declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando habiendo presentado ofertas, no resulten convenientes a los intereses de este, en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva resolución. También, podrá declararla inadmisible cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por este concepto. La declaración de inadmisibilidad o de declarar desierta la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el Portal.

El Servicio Local no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.

La adjudicación se realizará por el total del contrato de suministro, adjudicando a un único proveedor.

21.  Resolución de empates

El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar:

1. Oferta Económica

2. Experiencia acreditada por el oferente

3. Sello Mujer

4. Programa de Integridad

22.  De la readjudicación

Procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del Artículo 4° de la Ley 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra; si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no acepta la orden de compra en el plazo establecido, en los plazos que se establecen en las presentes bases, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En caso de que se proceda a adjudicar al oferente que corresponda de acuerdo con el orden establecido en el acta de evaluación, este deberá cumplir íntegramente lo establecido en las presentes bases.

La Resolución Fundada de re-adjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evolución del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantengan las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.

23.  Derecho a declarar desierta o revocar la licitación

El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas cuando no cumplan los requisitos técnicos establecidos en el pliego de condiciones, entendiendo que ellos son el objeto de la contratación, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y a las bases de licitación. 

El SLEP, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten conveniente a sus intereses.

Por otra parte, podrá revocar la licitación, en los casos establecidos en la normativa aplicable a las actuaciones del Estado.

Todo lo anterior, deberá ser aprobado mediante acto administrativo formal. 

24.  Formalización de la contratación:

Una vez notificada y de conformidad al artículo Nº117 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la aceptación de la orden de compra emanada de este proceso en el plazo de 2 días hábiles siguientes al envío, la cual se materializará posterior a la adjudicación del presente proceso en el portal.

Se entenderá que forman parte de la contratación las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas, y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado, y así también, los productos o servicios que sean incorporados en el transcurso del contrato posterior a la aceptación por parte del administrador del contrato.

24.1  Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato:

No aplica para este proceso

24.2  Antecedentes Legales para Ser Contratado:

El proveedor adjudicado debe encontrarse inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores al momento de la notificación de adjudicación. Además, deberá presentar y acreditar en el Registro de Proveedores los siguientes documentos:

Personas Naturales

1) Fotocopia simple de cédula de identidad

2) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Personas Jurídicas

1) Escritura de constitución social o Certificado de estatuto social  actualizado, según corresponda con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.               

2) Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente.

3) Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no mayor a 30 (treinta) días corridos, contados desde la fecha de adjudicación o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

4) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Tratándose de Sociedades Anónimas, se deberá acompañar simple del acta de sesión de la junta de accionistas o del acta del directorio o mandato, reducido a escritura pública, en que conste la personería del representante legal de la sociedad. En el caso de ser una persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, deberá acompañar documento que dé cuenta del poder del representante legal.

Unión Temporal de Proveedores

1) La Unión Temporal de Proveedores deberá entregar todos estos documentos respecto a cada uno de sus integrantes, quienes deben encontrarse hábiles en Chile Proveedores. De igual modo, el apoderado de ésta deberá constar en los documentos legales que presenten y que respalden la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo establecido en el Art. 182° del Reglamento de la Ley N°19.886. 

2) Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la copia simple de Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 180°, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº661/2024 del Ministerio de Hacienda.

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado desde la notificación de la resolución de adjudicación, el Servicio Local podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiera y Re adjudicar la licitación.

25.  Vigencia de la contratación

La vigencia de la contratación será de hasta el 31 de diciembre de 2026 contados desde la emisión y aceptación de la orden de compra o hasta la ejecución completa del presupuesto destinado para la presente contratación,  lo que ocurra primero.

La entrega de los productos se realizará de manera semanal, conforme a la planificación de entregas que será remitida oportunamente por la Contraparte Técnica del SLEP. Se contempla que el inicio de las entregas se efectúe durante el mes de marzo del año 2026.

Podrá modificarse el plazo del contrato si existen aumentos o disminuciones del suministro requerido, siempre que las modificaciones contractuales antedichas impliquen un mayor o menor tiempo para su cumplimiento (si procediere) durante la vigencia del mismo, y así haya sido establecido por la Contraparte Técnica de Contrato del SLEP Los Parques, o quien subrogue, o sea designado por la autoridad facultada para ello, en el informe que motive los actos modificatorios del contrato. Con todo, el aumento de los bienes requeridos deberá contar con certificación de disponibilidad presupuestaria y sancionarse a través del correspondiente acto administrativo.

26.  Monto de la contratación

El monto del contrato asciende a la suma de $15.000.000.- (quince millones de pesos) IVA incluido.

El adjudicatario emitirá una factura mensual, de acuerdo con los pedidos que se emanen desde la Contraparte Técnica del SLEP, el cual será descontado del monto total de la orden de compra.

Los precios unitarios de cada ítem que regirán durante la relación contractual serán aquellos contenidos en el Anexo N°5 “Oferta Económica” presentado por el oferente. En él, se deben incluir los valores considerando todo lo necesario para asegurar la correcta ejecución del contrato.

Las facturas emitidas se pagarán en un plazo de 30 días, previa autorización y recepción conforme del establecimiento educacional.

Se deja establecido que los requerimientos de los insumos de alimenticios podrán ser de flujo variable, no comprometiéndose al SLEP, requerir y adquirir los productos por el monto total de la contratación o con una determinada cantidad semanal y/o mensual durante la vigencia del contrato.

El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Servicio Local en caso de acciones legales entabladas por terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.

27.  Modificaciones contractuales

Estas procederán solamente durante la vigencia del contrato, de conformidad al artículo 129 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, fundamentadas en informes escritos y siempre que no se alteren las cláusulas esenciales del mismo. Dichas modificaciones surtirán plenos efectos una vez aprobada la Resolución de modificación respectiva. Con todo, la modificación que se pudiera realizar, no podrá superar el monto originalmente pactado, lo que debe ser aprobada por resolución administrativa correspondiente.

 
 Podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en  la orden de compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.

 

En caso de aumentar o disminuir los servicios solicitados, los valores a considerar, serán aquellos establecidos en el formulario de oferta respectivo.

 

En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.

28.  Renovación de la contratación:

En virtud de la importancia de la contratación, podrá ser renovada por igual período y en las mismas condiciones contratadas en este acto; lo que sólo se podrá hacer efectiva previo informe fundado del Supervisor de Contrato, en que sugiera la renovación, la que deberá basarse en uno o más de los siguientes puntos:

 

  1. El beneficio en base a un comparativo del mercado, a la fecha de renovación;
  2. Satisfacción de los servicios o trabajos prestados;
  3. Conducta en el cumplimiento de los servicios o trabajos realizados por el proveedor.

 

Se deja expresamente establecido que, el periodo de vigencia de la renovación, si procediere, será determinado según las necesidades del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, las cuales estarán expresamente establecidas en el respectivo informe emitido por el Supervisor de Contrato, o quien subrogue, delegue, o sea designado por la autoridad facultada para ello. En virtud de lo anteriormente señalado, la vigencia de la renovación podrá ser inferior a la vigencia original de la presente contratación.

29.  Relación entre el proveedor y el Servicio Local de Educación Pública Los Parques

Toda comunicación entre el proveedor y Servicio Local de Educación Pública de Los Parques se canalizará a través de la Contraparte Técnica del SLEP o quien subrogue o sea designado por la autoridad facultada para ello.

 

El proveedor no podrá subcontratar la prestación de servicios.

 

No existirá relación laboral ni funcionaria de ninguna especie entre el SLEP de Los Parques y el personal a través de los cuales la empresa cumpla con las obligaciones del contrato.

 

Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, podrá exigirse al proveedor un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo respectiva, respecto de sus trabajadores. Asimismo, se podrá exigir la referida documentación respecto de las obligaciones que tienen los subcontratistas con sus trabajadores.

 

La empresa deberá solucionar inmediatamente y sin dificultad para el servicio, cualquier acción legal o fiscalización de orden laboral, administrativa, sanitaria, tributaria, civil o de la naturaleza que sea, derivada de reclamaciones de sus socios, personal subcontratado o contratado bajo cualquier modalidad o del ejercicio de las funciones fiscalizadoras de órganos de la administración del estado o de reclamaciones de terceros.

30.  Contraparte Técnica del Servicio Local de los Parques

El Servicio Local designará como Contraparte Técnica a un/a funcionario/a de la Subdirección de Apoyo Técnico Pedagógico del Servicio Local de Educación Pública Los Parques, para la función de supervisar el fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato, según lo estipulado en las presentes bases técnicas, bases o especificaciones técnicas, y propuesta del oferente, a quien le corresponderá instruir al proveedor el cumplimiento de todos los requerimientos técnicos y administrativos que permitan cautelar el correcto cumplimiento del contrato, y la correcta entrega de los servicios contratados.

La contraparte técnica propondrá la aplicación de las multas y/o el término anticipado del servicio, de acuerdo con lo estipulado en las Bases de la licitación. De igual forma, será el funcionario responsable de recabar las Actas de Recepción Conforme, en conjunto con las guías de despacho correspondientes, que emitan del establecimiento educacional, que permitan el pago de los insumos alimenticios recibidos respecto de la orden de compra emitida al proveedor.

Salvo disposición expresa en contrario de las Bases de la Licitación o que de ellas se desprenda otra cosa, la Contraparte Técnica, representará al Servicio Local en todo cuanto diga relación con la ejecución de la presente licitación, correspondiéndole, entre otras, las siguientes funciones:

•          Fiscalizar el estricto cumplimiento de la contratación y proponer la aplicación de multas.

•          Recopilar Certificados de Recepción Conforme con su respectiva guía de despacho para comprobar la recepción a entera satisfacción de los insumos recibidos en conformidad.

•          Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente.

•          Colaborar y asistir al adjudicado en el ámbito de sus competencias.

•          Controlar el presupuesto ejecutado en base al monto de la contratación.

•          Guiar al establecimiento educacional para recibir a conformidad los productos esperados, planteando las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes.

•          Proponer la aplicación de multas.

En general, deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión del contrato que faciliten la ejecución del servicio de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

31.  Contraparte del proveedor

El proveedor deberá designar a una contraparte, quien será su representante ante el SLEP.

Esta contraparte deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del SLEP.

Durante la ejecución del contrato, la contraparte del proveedor estará obligado a lo siguiente:

•          Cumplir eficaz y oportunamente con las órdenes e instrucciones que imparta la Contraparte técnica y relativas a materias reguladas en estas Bases de Licitación.

•          Entregar los productos contratados en el lugar y tiempo convenidos, y de acuerdo con los plazos de entrega establecidos en las bases técnicas.

•          Los gastos relativos a fletes o traslados por entrega o reposición serán de cargo del proveedor.

 •         Verificar que, en ningún caso el personal que realice el despacho de los productos en las dependencias del establecimiento educacional, presente inhabilidades para el trabajo con menores de edad. Asimismo, deberá asegurar que este requisito se cumpla en toda la dotación del personal contratado.

32.  Término anticipado de la contratación

Conforme al artículo 13 bis de la Ley de Compras y al artículo 130 del Reglamento, el contrato podrá terminar anticipadamente por las siguientes causales:

 

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
  3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, entendiendo estas como no dar proveer el servicio solicitado, respecto a algún requerimiento para la correcta ejecución del servicio que se encomienda y al fin que su realización persigue, o en general incurrir en cualquiera de las causales establecidas u otras situaciones de similar naturaleza
  4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
  6. Acumular multas o sanciones por un monto total igual o superior al 20% del monto total de la relación contractual.
  7. Por infringir  la obligación de confidencialidad a que está obligado el proveedor
  8. Si el representante o alguno de los socios de una Sociedad de responsabilidad limitada fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. En los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o algún Gerente incurra en esta situación.
  9. Si la empresa proveedora se disolviere, en cuyo caso se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedaren pendientes. Las obligaciones serán compensadas con las garantías que obran en poder del Servicio Local.

10.  El  proveedor fuera declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación.

11.  Si el proveedor es condenado por prácticas antisindicales durante la vigencia del contrato.

12.  Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

13.  Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos pactados.

14.  Disolución de la UTP.

15.  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad Ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación debidamente justificado.

16.  La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.

17.  El Servicio Local podrá poner término definitivo a la prestación del servicio en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del prestador, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, sin derecho a reclamo o indemnización alguna a favor de la empresa.

18.  Las demás establecidas en la ley o en el contrato.

 

La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá ser fundada y deberá publicarse en el sistema de información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas, respetando los principios de contradictoriedad e impugnabilidad.

Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a este, el SLEP de Los Parques lo comunicará formalmente al proveedor, de manera fundada, otorgándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles desde su notificación para evacuar sus descargos por escrito.

Transcurrido el plazo establecido anteriormente, el Director Ejecutivo se pronunciará sobre los descargos del proveedor . El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrado se notificará de acuerdo a las reglas establecidas la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerará el que haya señalado al celebrar el contrato.

 

En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, según lo prescribe el artículo 135° del Decreto N°661/2024 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras.

 

Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el término anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo.





32.1  Término unilateral del contrato

El contrato podrá terminarse anticipada y unilateralmente por el Servicio Local, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, por situación sobreviniente, consistente en una orden o instrucción, tales como aquellas que puedan emanar del Ministerio de Educación, Dirección de Educación Pública, Contraloría General de la República, entre otras. En estos casos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización.

 

Asimismo, operará para los casos de término anticipado unilateral provocados por emergencia sanitaria o cualquier otro motivo de fuerza mayor o caso fortuito.

 

La Contraparte Técnica del SLEP, comunicará por escrito su decisión al proveedor, mediante correo informando los fundamentos que motivan el término del contrato, previo pronunciamiento de la Unidad Jurídica.  }

 

En contra de la Resolución que resuelve el término unilateral del contrato, proceden los Recursos Administrativos dispuestos en la Ley N°19.880 sobre Base de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

33.  Multas y su procedimiento de aplicación

Se considerarán infracciones sujetas a multas las que se detallan en la siguiente tabla, las que pueden ser aplicadas en más de una instancia y de manera simultánea dependiendo de la naturaleza de la causa.

Incumplimiento

Multa

Entrega de productos distintos a los ofertados (homologación).

0,5 UTM por cada ítem de producto homologado.

Atraso en la Entrega de los Productos, de acuerdo con lo establecido en las bases técnicas.

1 UTM por cada día hábil de atraso, con un máximo de tres días.

Incumplimiento con la totalidad de los productos solicitados. Corresponde a casos en los que el adjudicatario no entrega la totalidad de los productos solicitados en un pedido, por falta de stock, problemas logísticos, abastecimiento entre otros. 

2 UTM por cada evento.

Demora en la reposición de productos no aceptados.

Transcurridas las 24 horas para la reposición, se considerará una multa de 1 UTM por cada día de atraso, con un máximo de tres días. Transcurrido los tres días, se sumará la aplicación de multa por incumplimiento de la totalidad de los productos solicitados.

Multa por no despachar los productos asociados a un pedido, pasado los 3 días hábiles de la multa por atraso.

5 UTM por cada evento

Las multas serán informadas por la Contraparte Técnica del Contrato, quien notificará al oferente adjudicado mediante correo electrónico.

Las multas serán expresadas en Unidades Tributaria Mensual (UTM) y el valor que se utilizará será el correspondiente al momento de la total tramitación de la resolución que ordena aplicar la multa.

Con todo, la aplicación de las multas sumadas no podrá exceder del 20% (veinte por ciento) del precio total del contrato, en caso de excederse ese límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y el Servicio Local de Educación Los Parques podrá modificar o poner término a este contrato.

33.1. Procedimiento de aplicación de multa

El proceso de aplicación de multas y/o termino anticipado conforme a las situaciones establecidas en las presentes bases de licitación o condiciones de contratación, como también, aquellas contenidas en el artículo 13 bis de la Ley 19.886 y 130 del Reglamento de Compras, se ceñirán al procedimiento contenido en este acápite el cual, se efectuará por correo electrónico y/o aplicativo gestión de contratos de Mercado Público y podrá iniciarse en cualquier tiempo mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de la acción para ello.

 

Fase 1: Detección de posibles faltas al contrato y Notificación:

 

L.a Contraparte Técnica, al detectar una falta evaluará si esta puede dar origen a la aplicación de multa, lo cual será comunicado a la Unidad de Adquisiciones con los antecedentes del caso, quien contrastará el hecho ocurrido contra lo indicado en el documento que formaliza la adquisición.

 

En caso de existir antecedentes que permitan establecer que puede proceder la aplicación de una multa, o al término anticipado del contrato, la Unidad de Adquisciones confeccionará un breve informe, y lo notificará por correo electrónico al Proveedor, indicando los incumplimientos contractuales en que hubiese incurrido y generar un eventual proceso sancionatorio en su contra y el monto involucrado o sanción dispuesta, ya sea por correo electrónico informado en el formulario de identificación del oferente en las bases y/o condiciones del proceso de contratación (conforme al artículo 140 del Reglamento de compras).

 

Fase 2: Descargos del Proveedor:

 

El Proveedor, dispondrá de 5 días hábiles desde su notificación para realizar sus descargos por el mismo medio (correo electrónico, o aplicativo), presentando todos los antecedentes que permitan fundar su posición, exponiendo las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Lo anterior, en cumplimiento de los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, dispuestos en el artículo 137 del Reglamento.

 

Si el Adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, y como consecuencia de la respuesta del Proveedor, la Unidad de Adquisiciones junto con la Contraparte Técnica consideren que en virtud de la situación y los descargos no amerita la aplicación de la sanción, emitirán un informe fundado al respecto, el cual será firmado por ambos profesionales, y comunicado al Director Ejecutivo para su decisión y aprobación mediante la respectiva resolución, la cual será notificada al Proveedor, a través de correo electrónico o del aplicativo, quedando registro electrónico de dicha actuación.

 

Por el contrario, si analizados los descargos del proveedor, la Unidad de Adquisiciones junto al Inspector Técnico consideren que los incumplimientos ameritan la aplicación de una multa y/o el termino anticipado del contrato, lo comunicará mediante informe fundado a la Dirección Ejecutiva del Servicio Local mediante un memo, acompañando todos los antecedentes del caso, incluso los descargos presentados por el Proveedor.

 

Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar descargos, se procederá a aplicar la sanción que corresponda, dictándose la resolución fundada respectiva, notificándose dicho acto administrativo vía correo electrónico.

 

● Fase 3: Aplicación de la Sanción:

 

En caso de que la Dirección Ejecutiva del Servicio Local, confirme la aplicación multa, lo resolverá por resolución fundada, redactada por la Unidad de Adquisiciones y revisada por el departamento jurídico, la que se notificará al Proveedor mediante correo electrónico, adjuntando los antecedentes y resolución fundada que aprueba la aplicación de la sanción en cuestión, informándole al proveedor que, a su vez, será procedente el recurso de reposición dispuesto en artículo 59 de la Ley Nº19.880.

 

● Fase 4: Recursos contra la sanción:

 

El Proveedor podrá interponer el recurso de reposición por correo electrónico dirigido a la Dirección Ejecutiva, dentro de 5 días hábiles posteriores a la notificación. La Dirección tendrá el plazo de 10 días hábiles para resolverlo mediante resolución fundada, pudiendo ratificar, modificar, reemplazar, o dejar sin efecto el acto impugnado.

 

En caso de rechazar el recurso de reposición, se procederá a la aplicación de la multa y/o dar termino anticipado al contrato, desde la fecha de notificación al proveedor de la resolución que lo rechace.

 

La interposición del recurso de reposición suspenderá la ejecución de la resolución sancionatoria, salvo que el Servicio Local disponga expresamente algo distinto fundadamente.

 

● Fase 5: Pago de multa:

 

El Adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para el pago de la multa a la cuenta corriente del SLEP Los Parques, desde la fecha en que el acto administrativo que formalice su aplicación se encuentre firme y ejecutoriado. El monto de la multa deberá ser depositado o transferido por el proveedor en la cuenta corriente del Servicio Local indicada en la resolución que aplica la multa, o bien, en caso de no verificarse el pago de la multa, el Servicio Local de Educación podrá descontar su valor de cualquiera de las facturas que se encuentren pendientes de pago por parte del Servicio Local, entendiéndose para todos los efectos legales como íntegramente pagada la factura de cualquier suma que el Servicio Local de Educación Pública Los Parques adeude al Adjudicatario o pueda adeudarle a futuro del Contrato vigente, o se cobrarán judicialmente, en su caso.

33.2 Cobro de la Multa

Para efectos de su descuento del pago a que tenga derecho el proveedor, este último deberá facturar el monto total de la orden de compra emitida por el Servicio Local de Educación.

El pago de la totalidad de la multa deberá ser efectuado por el proveedor en Tesorería del SLEP de Los Parques, mediante transferencia electrónica a nombre del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, RUT 61.981.260-3, dentro del plazo de cinco días hábiles desde que es notificado del acto que dispone del cobro, debiendo remitir el comprobante de transferencia a los correos electrónicos informados en la notificación; de no pagar el valor indicado en el instrumento que aprueba la aplicación de la multa, ésta se descontará íntegramente del pago de la Factura correspondiente, atendida la Orden de Compra emitida al proveedor. Este último servicio, previa recepción conforme de los servicios, procederá a descontar del pago de dicha factura, el valor de la multa que corresponda aplicar, entendiéndose para todos los efectos legales como íntegramente pagada la factura.

Lo anterior en conformidad con lo instruido por el Servicio de Impuestos Internos en su Circular N° 39, de 2000, la cual concluye que las multas no son operaciones gravadas con el impuesto al valor agregado (IVA), de modo que no procede la emisión de una factura o nota de crédito por el monto de tales multas (Dictamen N°60.935 de 2013, de la Contraloría General de la República). Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, relativo al procedimiento de aplicación de multas y en los párrafos precedentes, el Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, para hacer efectiva la multa aplicada al proveedor, podrá optar por descontar su valor de cualquier factura pendiente de pago acuerdo a lo señalado en dicho párrafo, o hacer efectiva y cobrar íntegramente la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el proveedor, descontando de su valor, el monto de las multas aplicadas. En este último caso, el proveedor deberá entregar al Servicio Local de Educación una nueva garantía, con el mismo monto y vigencia de la garantía cobrada, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contado desde la fecha en que dicha garantía se haya cobrado y hecho exigible. El saldo de la garantía cobrada quedará en poder del Servicio local de Educación, para ser devuelto al proveedor, a solicitud escrita de este último, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de presentación de la solicitud de devolución. Con todo, el proveedor no podrá solicitar la devolución del saldo de garantía, mientras no entregue una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, con la vigencia y por el monto establecidos en las presentes bases de Licitación.

34.  Orden de Compra

La Unidad de Abastecimiento y Logística del Servicio Local de Los Parques, emitirá una única Orden de Compra por el monto disponible para la presente contratación, es decir, por un monto de $15.000.000.- (quince millones de pesos) IVA incluido, la que deberá ser aceptada por el proveedor dentro de dos días hábiles desde su emisión.

35.  Recepción conforme del servicio

La recepción conforme de los bienes  se realizará de forma parcializada, emitiéndose el respectivo Certificado mensualmente.

36.  Modalidad de pago

El pago se efectuará en el plazo máximo de 30 (treinta) días corridos contados desde la fecha de recepción de la factura y de los documentos requeridos de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y previa certificación de recepción conforme de los bienes contratados emitida por el establecimiento educacional, la cual la gestionará con la Contraparte Técnica del SLEP.

El adjudicatario deberá emitir una guía de despacho por cada entrega semanal, la cual deberá procurar que el establecimiento las firme, posteriormente emitirá una factura por la totalidad de las entregas realizadas durante un mes.

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre del SLEP de Los Parques, debiendo remitirse a los correos dipresrecepción@custodium.com, maribel.hurtado@sleplosparques.gob.cl y daniel.amaro@sleplosparques.gob.cl

El servicio se pagará por cada recepción conforme realizada por el establecimiento educacional gestionada por la Contraparte Técnica Servicio Local de Educación Pública Los Parques. El adjudicatario deberá presentar la factura de la totalidad de los insumos alimenticios entregados en un mes (las entregas serán semanales), la cual deberá estar emitida con los datos señalados a continuación:

  1. Razón Social.
  2. RUT.
  3. Domicilio. 
  4. Señalar además el Número de resolución de adjudicación, Número de orden de compra y número de guías de despacho. 

Las facturas que estén mal extendidas, o no cumplan con las condiciones anteriormente señaladas, serán rechazadas dentro del plazo legal establecido en la Ley N°19.983. que Regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura y sus modificaciones, por lo que el proveedor deberá refacturar conforme a lo prescrito en el artículo N°3 de la Ley N°19.983.

Junto a lo anterior, para gestionar el pago, el proveedor deberá adjuntar la siguiente documentación:         

  • Guía de Despacho con productos entregados.
  • Las facturas correspondientes al monto a pagar por el monto correspondiente al mes, indicando el número de Orden de Compra.
  • Para los efectos del pago “EL PROVEEDOR” deberá presentar junto a la factura, certificado emitido por la Inspección del trabajo, respecto de su conducta laboral y estado de pagos previsionales de los trabajadores que han sido contratados cumpliendo labores en el presente contrato. Si el problema no es solucionado por la empresa a satisfacción del servicio, se podrá terminar el contrato de forma anticipada, sin derecho a indemnización para el proponente.

37.  Obligación de confidencialidad

El proveedor debe guardar estricta confidencialidad de todos los antecedentes que conozca y no podrá hacer uso de estos para fines ajenos a las presentes Bases y en ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia de la licitación como después de su finalización. Esta prohibición afecta a la Empresa, su personal directo e indirecto, sus consultores, sus proveedores y al personal de estos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de esta licitación.

38.  Domicilio de las partes y competencia

Las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Santiago, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de dicha ciudad. Además, el contrato respectivo no podrá contener cláusula compromisoria alguna.

Para efectos de procedimientos de multas, término anticipado de contrato, y en todo aquello que el pliego de condiciones requiera notificar por algún medio legal diferente de la publicación en el sistema de información de compras públicas, se entenderá como domicilio válido para tales propósitos, el señalado en el contrato respectivo.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.