BASES ADMINISTRATIVAS
- Definiciones:
SLEP: El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, representado por su director ejecutivo, ambos domiciliados en Calle Carrascal 3420, Quinta Normal, Santiago, Rut.: 61.981.260-3, en adelante “SLEP” o “Servicio Local”.
Portal: El sistema de información de compras y contrataciones de la administración www.mercadopublico.cl.
Bases: Documento aprobado por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones establecidas por la entidad licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compra y el contrato definitivo. Incluye las Bases Administrativas y Técnicas.
Certificado de Habilidad Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección Chile compra, que acredita una determinada persona natural o jurídica se encuentra hábil en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
Formularios: Formatos o documentos elaborados por el Servicio Local, los cuales deberán ser completados por los proveedores interesados en efectuar un Proceso de Compras, a través del Sistema de Información y de otros medios para la contratación electrónica.
Propuesta: La oferta técnica y/o económica elaborada por el oferente, presentada de acuerdo a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas correspondientes.
Fuerza Mayor o Caso Fortuito: El artículo 45 del Código Civil lo define como “el imprevisto al que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”
Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, en adelante “UTP”.
Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y el Reglamento.
Ley de Compras Públicas N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886: Ley N°21.634 de 2024, que moderniza la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En adelante “Ley de Compras” y aquella parte de esta última no modificada por la nueva Ley.
Reglamento de Compras Públicas: Decreto 661, de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En Adelante “El Reglamento”.
Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques: en adelante “El Director”.
Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
Cronograma de Licitación: es el cuadro contenido en las bases administrativas de la presente licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras.
- Características de la Licitación
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Nombre de la Licitación
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SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DE ASEO PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES ADMINISTRADOS POR SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES
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Objetivo
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El Servicio Local de Educación Pública Los Parques, en adelante SLEP Los Parques, requiere contratar mediante licitación pública, el SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DE ASEO PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES ADMINISTRADOS POR SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES, con el objeto de dotar a los Establecimientos Educacionales y Jardines Infantiles de condiciones necesarias para su normal funcionamiento.
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Tipo de Licitación
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Licitación Pública mayor a 1.000 UTM y menor a 5.000 UTM (LP)
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Tipo de Convocatoria
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Abierta
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Moneda
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Peso Chileno
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Presupuesto Disponible
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$300.000.000 impuestos incluidos
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Contrato
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Se requerirá Contrato
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Tipo de Contrato
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Contrato de Suministro
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- Antecedentes básicos del organismo demandante:
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Razón Social
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS
PARQUES
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RUT
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61.981.260-3
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Dirección
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Carrascal 3420
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Comuna
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Quinta Normal
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Región en que se
genera la adquisición
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Metropolitana
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Representante legal
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Ulises Nolberto Jaque Carreño
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- Datos de contacto para esta contratación
- Etapas y plazos
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Período de publicación de bases de licitación.
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Estarán publicadas en el Portal Mercado Público por 20 (veinte) días corridos.
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Fecha de inicio de
consultas
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Desde el día de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha final de
consultas
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Hasta el 5° día hábil posterior a la fecha de publicación de
las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha publicación de
respuestas
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Hasta el 3° día hábil posterior a la fecha final de consultas
en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha de cierre de recepción de las ofertas
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20° días corridos posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 12:00 hras.
En caso de que el cierre de recepción de ofertas venciera en día inhábil, el plazo se ampliará hasta el día hábil siguiente, salvo que este recaiga en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, caso en el que el cierre de la recepción de ofertas se producirá después de las 15:00 horas.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido dos (2) o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos (2) días hábiles, por
una sola vez.
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Apertura de las ofertas
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El día hábil siguiente al cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 08:00 horas.
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Fecha de
adjudicación
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Hasta 20 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl a las 12:05 hrs.
Si por cualquier causa no fuera posible adjudicar en la fecha informada en la ficha de la Licitación, se comunicarán oportunamente los motivos, informando una nueva fecha a través del portal de la Licitación, sin
necesidad de dictar un acto administrativo previo.
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Habilitación en mercado público y entrega de antecedentes para la contratación
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Hasta 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
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Firma del Contrato
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Hasta 10 días hábiles desde el envío del contrato por parte
del SLEP de Los Parques al proveedor adjudicado.
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Se hace presente que, en caso de que uno de los plazos expire en días sábado, domingo o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente, corriendo de igual forma los periodos propuestos en el cronograma.
Por otra parte, en el caso del cierre de las ofertas, que el vencimiento ocurra en día inhábil, o un lunes antes de las 15:00 horas, su vencimiento se prorrogará al día hábil siguiente.
- Aceptación de contenido de las bases.
Se entenderá que los oferentes que participan en esta licitación conocen y aceptan todas las condiciones establecidas tanto en las bases administrativas y técnicas, como en las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
- Del Presupuesto:
La presente licitación tendrá el carácter de pública y estará disponible a los interesados a través del portal de compras públicas, de acuerdo con las fechas y cronograma del proceso publicada en la ficha electrónica del portal, para la adquisición del “SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DE ASEO PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES ADMINISTRADOS POR SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES”, la cual presenta un marco presupuestario disponible a pagar, que asciende a la suma de $300.000.000 (trescientos millones de pesos) IVA incluido, con una vigencia de 24 meses o hasta agotar el presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de las presentes Bases de Licitación.
Del presupuesto total disponible se contemplan tres (3) líneas de adjudicación, correspondiente a distintas categorías asociada a la naturaleza de la contratación.
Cada línea de adjudicación contará con un presupuesto disponible, el cual será adjudicado por el oferente que obtenga las condiciones más ventajosas para el Servicio, de acuerdo con el siguiente detalle:
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LÍNEA
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DESCRIPCIÓN
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PRESUPUESTO
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1
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Artículos de Aseo de Consumo Frecuente
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105.000.000.-
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2
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Artículos de Aseo de Consumo Ocasional
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50.000.000.-
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3
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Insumos de Papelería
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145.000.000.-
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La oferta a través de la Plataforma Mercado Público deberá efectuarse por el valor neto (Sin IVA), del presupuesto disponible para cada línea de adjudicación el cual asciende a:
- Línea 1: Artículos de Aseo de Consumo Frecuente: $88.235.294.-
- Línea 2: Artículos de Aseo de Consumo Ocasional: $42.016.807.-
- Línea 3: Insumos de Papelería: $121.848.739.-
Dentro del presente presupuesto se contemplan todos los gastos asociados para la correcta ejecución de la licitación.
Por tratarse de un contrato de suministro, los montos ofertados corresponderán a los declarados en el respectivo Anexo Económico N°3. La evaluación económica de las propuestas se hará con sujeción a lo establecido en las presentes bases de Licitación.
La vigencia del contrato podrá ser prorrogada por un período máximo de seis (6) meses, o bien, hasta alcanzar el aumento máximo del contrato, equivalente a un treinta por ciento (30%) del monto originalmente adjudicado, lo que ocurra primero, siempre que exista disponibilidad presupuestaria del Servicio Local y sin perjuicio de la facultad de éste para efectuar un nuevo proceso licitatorio, conforme a la normativa legal vigente.
- Antecedentes que rigen el proceso de compras.
Se entenderá que forman parte integrante de estas Bases, sus anexos y las consultas, aclaraciones y respuestas que se originen con ocasión de esta licitación y la Ley N°19.886 y su Reglamento, contenido en el D.S. N°661 del 2024 del Ministerio de Hacienda.
La licitación se regirá por todos los documentos que más adelante se señalan y en caso de discrepancia entre unos y otros, se establece el siguiente orden de prelación:
- Bases administrativas, técnica, anexos de la licitación y modificaciones a las Bases si las hubiere.
- Respuestas a las preguntas de los proveedores.
- Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Servicio. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.
- Contrato y su acto administrativo aprobatorio.
- De los oferentes
Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y habilitados en él para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos. En dicho registro se inscribirán todas las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras, que no tengan alguna de las causales de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado estipuladas en el Art. 154° del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
La oferta presentada por una UTP compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 54° de la Ley N°21.634 de 2023, del Ministerio de Hacienda.
9.1 Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se requerirán los siguientes antecedentes para ofertar:
- Mismos formularios para cualquier oferente, agregando al final del nombre del oferente “(UTP)”, salvo que para la licitación de que se trate se disponga de formularios especiales.
- Copia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes.
- Copia simple de la escritura pública que formaliza la Unión Temporal de Proveedores, el cual deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente:
- Dar cuenta del acuerdo para participar en la licitación como unión temporal de proveedores.
- La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante.
- El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
- La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando, además, el tiempo adicional ante una eventual readjudicación del contrato y/o no firma del mismo de otro proveedor adjudicado.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 181 del Reglamento de la Ley de Compas Públicas, la elección respecto a qué antecedentes presentar para ser evaluados será de la Unión Temporal de Proveedores (UTP). Sin embargo, ello no puede significar el ocultamiento de información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Por tanto, en caso de que se constate la ocurrencia de esta circunstancia, el proceso se encontrará afecto a un vicio que facultará al Servicio de Educación Pública de Los Parques para poner término al contrato en cualquier momento.
9.2 Ofertas Temerarias:
El Servicio Local de Educación Pública podrá declarar inadmisible una o más ofertas cuando determine que estas resultan riesgosas o temerarias, en razón de que el precio ofertado sea significativamente inferior al de las demás propuestas o a los precios de mercado, sin que el oferente haya justificado fundadamente, mediante antecedentes técnicos y económicos, la forma en que dará cumplimiento a las obligaciones del contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En caso de configurarse una oferta temeraria, el Servicio podrá solicitar al oferente que justifique su propuesta. Si, analizados los antecedentes, el Servicio estima que la oferta es viable, podrá adjudicarla mediante resolución fundada, exigiendo previamente el aumento de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
- Consultas y aclaraciones sobre las bases
Las consultas de los participantes se deberán realizar únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl conforme el cronograma de actividades de esta licitación señalado en el punto 5 precedente. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través del portal Mercado Público, en los plazos indicados en el cronograma señalado precedentemente, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
Es exclusiva responsabilidad del oferente la revisión del portal y el conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Servicio de Educación Pública de Los Parques.
- Modificaciones de Documentos de Licitación
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Servicio de Educación Pública podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra, el SLEP deberá cambiar la fecha de cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, lo cual será informado en el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado
De acuerdo con la Ley de Compras Públicas, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Entidad licitante, por lo que toda información sobre modificaciones se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del oferente la revisión del portal y el conocimiento de las modificaciones que pudiesen realizarse durante la publicación de Bases.
- Comunicación con el Servicio Local de Educación Pública.
Toda comunicación entre los oferentes (o interesados) y el Servicio Local para efectos de la presente licitación deberá ser hecha a través del Portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl) en adelante el Portal, por lo que está prohibido tanto a los que hayan obtenido estas Bases de Licitación como a los proponentes, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios del Servicio Local para fines relacionados con esta licitación, salvo aquellos contemplados expresamente en el artículo 39 del Reglamento, y que se encuentren contemplados en las presentes Bases de Licitación. De presentarse este tipo de situaciones, el involucrado quedará excluido del presente proceso licitatorio cualquiera sea la fase en que este se encuentre.
- Tipo De Soporte De Documentos.
Todos los documentos requeridos en las presentes Bases de Licitación deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Portal, salvo lo que se dispone respecto a las garantías. Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley Nº19.886 y su Reglamento y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases de Licitación.
- Idioma De La Licitación.
Todo el proceso de licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. Los manuales o folletos también serán en español, salvo que en las Bases Técnicas se autorice la presentación de ellos en un idioma diferente.
- Costos de La Propuesta y Conocimiento de Las Bases.
Los gastos en que incurra el oferente con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del Servicio Local.
Los oferentes participantes por el solo hecho de presentarse a la licitación se entenderán en cabal conocimiento de las presentes Bases de Licitación, así como también de las características bienes o servicios a adquirir, por lo que se declaran conformes con ellas.
- Presentación De La Propuesta, Formalidades Y Contenido De Las Ofertas.
16.1. Disposiciones Generales.
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal, considerando como única excepción las indicadas en el artículo 115° del Reglamento de la Ley de Compras, en idioma español, dentro del plazo de recepción de estas establecido en el punto 5. “Etapas y Plazos” de las presentes Bases de Licitación.
De acuerdo con lo anterior, los oferentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los documentos que se adjunten en sistema de información Mercado Público, en cuanto a las fichas de oferta técnica, administrativa y económica, y, de preferencia, hechas en los formularios dispuestos por el Servicio Local de Educación Pública de Los Parques para tales efectos (so pena de ser sancionado con el puntaje que corresponda por incumplimiento de requisitos formales).
El Servicio Local no es responsable si no fuese posible visualizar la información contenida en la oferta de los proponentes, a modo de ejemplo, los múltiples archivos que son comprimidos en uno solo. Esta situación no será impedimento para evaluar la oferta, considerando únicamente los antecedentes que se puedan visualizar, no significando mayor plazo para la presentación de la información.
En caso de presentarse más de una oferta por un mismo oferente o, según lo estipulado en el artículo 60° del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, ofertas simultáneas por parte empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, se considerará solo la oferta más conveniente según los criterios establecidos en las Bases y se declararán inadmisibles los demás.
16.2. Vigencia de las Ofertas.
Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 120 (ciento veinte) días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Servicio Local se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia. En este caso, solicitará a los oferentes prorrogar sus ofertas, si alguno de los oferentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerado en la evaluación.
16.3. Recepción y Presentación de las Propuestas.
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de internet www.mercadopúblico.cl desde el día de la publicación de las presentes Bases de Licitación hasta el plazo señalado en el “Cronograma”.
Solo se considerarán las propuestas presentadas en el portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los oferentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
Excepcionalmente, en los casos que indica el artículo 115 del Reglamento, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la entidad licitante, hasta el último día del plazo establecido en las Bases de Licitación para presentación de las ofertas dentro del horario de atención de 9:00 a 16:00 horas.
Los oferentes deberán adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas, debiendo constatar que el envío se realizó con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos.
Todos los documentos que se requieran por las presentes Bases de Licitación deben emitirse antes de la presentación de las ofertas. No obstante, se podrá recurrir a la facultad otorgada en el artículo 40 del Reglamento.
El oferente debe ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl, un archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con lo dispuesto en los requerimientos de las Bases Administrativas y las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas.
16.4. Documentos en soporte electrónico para presentar ofertas (portal)
Los formatos NO deben ser modificados, los oferentes que modifiquen los anexos, su oferta quedará INADMISIBLE.
El Servicio Local podrá solicitar antecedentes omitidos por los oferentes, de acuerdo con lo indicado en el artículo 56 del Reglamento de compras públicas. Estos antecedentes, serán solicitados a través del foro inverso de la Licitación y él o los oferentes tendrán un plazo de 48 horas para contestar.
a) Antecedentes Administrativos.
Para los efectos de la presente licitación se entiende por documentos administrativos las certificaciones, antecedentes y en general, aquellos que den cuenta de la existencia legal y situación económica y financiera de los oferentes y aquellos que los habilitan para desarrollar actividades económicas y profesionales requeridas para la presente licitación.
Se entenderán de este orden los siguientes formularios, a los que deberán acompañarse de los documentos que avalen la información en ellos contenida, si procediere:
- Anexo Nº1. Identificación del Proponente y Aceptación de las Condiciones de la Licitación.
- Anexo N°2. Declaración jurada simple del proponente sobre inhabilidades.
- Anexo N°6 Tenencia Programa de Integridad.
En el caso de uniones temporales de proveedores, el proveedor deberá adjuntar el documento público o privado, según corresponda, que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Todos los proveedores deben suscribir la Nueva Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda.
b) Antecedentes Técnicos.
La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal. Se realizará evaluando el plazo de entrega y la experiencia en servicios similares, de acuerdo con los siguientes Anexos, los que deberán acompañarse con la totalidad de los documentos de respaldo.
- Anexo Nº4 Plazo de Entrega (obligatorio).
- Anexo N°5 Experiencia.
- Anexo N°7 Oferta Técnica (obligatorio).
c) Oferta Económica
La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, dentro del plazo indicado en la convocatoria, expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni impuestos, esto es, el VALOR NETO en pesos chilenos, del presupuesto disponible para cada línea de producto a la cual desea participar.
Cabe destacar, que la evaluación de la oferta económica se realizará en base a los valores ofertados en el Anexo N°3 (obligatorio), considerando la sumatoria de los valores unitarios de todos los ítems que componen cada línea de producto.
Para estos efectos, el puntaje económico se determinará a partir del valor total obtenido de la suma de los precios unitarios ofertados para cada uno de los bienes incluidos en la respectiva línea.
Incongruencias En La Oferta Económica.
En caso de contradicción entre el valor neto de la oferta económica indicada en el Portal y el valor establecido en el Anexo Nº3 Oferta Económica, se entiende que prima el valor de dicho anexo.
En ocasión de existir un error aritmético que produzca incongruencia entre los valores neto y brutos presentados en el Anexo N°3, se considerará como base el valor neto y para efectos de evaluación, se calculará el valor bruto en base a él.
En el caso que la oferta económica no sea clara, el Servicio Local podrá solicitar aclaraciones por foro inverso, las que, de no ser respondidas, facultará al Servicio Local a interpretar la oferta primando siempre el valor neto del Anexo N°3. Sin perjuicio de lo anterior, si a juicio de la Comisión Evaluadora, no es dable considerar el valor neto de la oferta por errores insubsanables, la oferta será declarada inadmisible.
Se deja constancia que cualquier corrección solicitada respecto a la oferta económica, no podrá contener modificaciones respecto al valor neto ingresado. Modificar valores será causal de inadmisibilidad.
Para todos los casos mencionados anteriormente, se evaluará con puntaje mínimo en el criterio de la Cumplimiento de Requisitos Formales.
Las ofertas económicas deben ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras.
- De la apertura de la Licitación y evaluación de admisibilidad de las ofertas.
El Acto de Apertura se efectuará a través del Sistema de Información en una etapa, en el día y hora establecida en el portal de Mercado Público. El Servicio Local se reservará el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
El objetivo de la etapa de apertura será la constatación de la presentación de los documentos señalados como “Obligatorios” en las presentes bases y de los requisitos técnicos mínimos de las ofertas, los que constituyen requisitos de admisibilidad, dejando constancia de la aceptación o rechazo de la oferta, en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
17.1. Inadmisibilidades.
- Si el oferente no oferta el contenido del Anexo N°3 “Oferta Económica” o no presenta el referido documento.
- Si el oferente no presenta el Anexo N°4 Plazo de Entrega.
- Si el oferte no adjunta el Anexo N°7 Oferta Técnica.
- Para la Línea 3 “Insumos Papelerías”, será causal de inadmisibilidad no entregar las muestras solicitadas en el punto 5 de las bases técnicas.
- Si habiéndose realizado un foro inverso solicitando documentación omitida o corrección de algún documento, el oferente no diera respuesta.
- Si el oferente no cumple con las especificaciones técnicas obligatorias del proceso.
- No publicar su oferta en el Portal de Mercado Público.
- Aquellos que oferten en un tipo de moneda distinto al establecido en las Bases de Licitación.
- Aquellos que incumplan el Pacto de Integridad de las presentes Bases Administrativas, esto es en el caso que el oferente ha ofrecido o intentado conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a un funcionario público que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas.
- La distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las Bases de Licitación.
- Las demás contenidas en las presentes Bases de Licitación.
- Comisión, Apertura y Evaluación de las Ofertas.
18.1 Comisión De Evaluación.
El Informe técnico de evaluación de las propuestas y adjudicación será elaborado por una Comisión conformada por un mínimo de 3 funcionarios del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, nombrados mediante Resolución Exenta. En caso de ausencia del titular, este será reemplazado por el funcionario que corresponda.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes, para lo cual deberán dejar constancia en una declaración jurada de la no concurrencia de esta circunstancia.
La Comisión evaluadora propondrá a la Dirección adjudicar al oferente que, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación de cada oferta, o en su defecto la declaración desierta por no encontrar ofertas que se ajusten a las necesidades descritas en las Bases Técnicas de la presente licitación.
Funciones De La Comisión Evaluadora.
1) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases Administrativas y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta.
2) Evaluar las ofertas presentadas.
3) En la evaluación de las ofertas, podrán solicitar a los oferentes que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, si las rectificaciones no implican asumir un privilegio respecto al resto y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
4) Confeccionar un Acta de Evaluación Técnica y Económica donde se deja constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por incumplir los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando juzgue que las ofertas no son convenientes a los intereses del Servicio Local y la asignación de puntajes para cada criterio. Además, indicará por orden decreciente la puntuación obtenida por cada propuesta evaluada y dejará constancia de cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar, proponiendo, de corresponder, proveedor adjudicado.
5) Evaluar las ofertas económicas de los oferentes que hayan calificado técnicamente.
6) Indicar en el acta final de evaluación, el valor máximo del servicio requerido, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo.
7) Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
8) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen lazos de parentesco, laborales o de amistad con los oferentes evaluados, declarando en forma adicional la calidad jurídica de sus integrantes, debiendo, además, abstenerse en todo aquello que le reste imparcialidad
18.2 Presentación de aclaraciones o antecedentes omitidos por los oferentes.
Con el objeto de dar la máxima precisión a los aspectos por los cuales se regirán el servicio a contratar, el Servicio Local podrá solicitar a un oferente, aclaraciones de su oferta y/o salvar errores u omisiones formales, a través del portal Mercado Público, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, las que deberá responder en un plazo de 48 horas corridas por la misma vía, (El Portal). No se permitirán cambios sustanciales de la propuesta presentada.
En el caso que se compruebe la falsificación de algún documento, será causal suficiente para rechazar la propuesta y se informará al registro que corresponda. El análisis detallado de cada una de las ofertas aceptadas será materializado por la comisión evaluadora, de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases de Licitación.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
18.3 De La Evaluación.
El proceso de evaluación de las ofertas considerará sólo aquellas que fueron declaradas admisibles. Respecto de aquellas ofertas declaradas inadmisibles, no procederá su evaluación.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizarán dos decimales.
La Comisión Evaluadora podrá verificar todos aquellos antecedentes presentados por los oferentes e informará al Director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 19.886, podrá declarar inadmisible aquellas ofertas que no se cumplan los requisitos establecidos en las bases. En caso de no presentarse oferentes o cuando las ofertas no resultan convenientes para los intereses del establecimiento podrá sugerir declarar desierta la licitación, fundándose en razones objetivas y no discriminatorias.
18.4 Criterios de Evaluación.
La evaluación de las propuestas se regirá por las siguientes ponderaciones y aspectos a evaluar, para cada uno de los siguientes criterios:
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Ítem
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Criterios de evaluación
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Puntaje
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1.
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Oferta Económica
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50%
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2.
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Propuesta Técnica
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35%
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3.
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Cumplimiento Requisitos Formales
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5%
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4.
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Tenencia de Programa de integridad
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5%
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5.
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Sello Mujer
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5%
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TOTAL
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100%
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18.4.1 Oferta Económica 50%.
a) Oferta Económica (50%):
Los oferentes deberán completar el Anexo N°3, en el cual informarán los valores unitarios netos ofrecidos para cada uno de los ítems de cada línea de adjudicación. La evaluación se realizará por línea de producto considerando el valor de la sumatoria de los precios unitarios neto de los ítems que componen cada línea.
Los oferentes deberán completar el Anexo N°3 “Oferta Económica” de las presentes bases de licitación. Quienes no adjunten esta documentación o se encuentre incompleta, serán declarados inadmisibles.
Cabe destacar, que, para cada línea de adjudicación, los oferentes deberán ofertar por la totalidad de los ítems de cada una, de lo contrario, la oferta para la respectiva línea, resultará inadmisible.
Los valores ofertados deberán encontrarse expresados en moneda nacional (pesos) y deben considerar todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a personal, productos, implementos, etc.
En la evaluación de las ofertas se aplicará el "Análisis de Mínimo Costo", donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente fórmula:
𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆 𝑶𝒃𝒕𝒆𝒏𝒊𝒅𝒐 = (( 𝑶𝑴 / 𝑶𝑬b) ∗ 𝟏𝟎𝟎) * 50%
Dónde:
• OM= Oferta Mínima
• OE = Oferta Evaluada
18.4.2 Propuesta Técnica 35%.
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Subcriterio
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Porcentaje
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Plazo de Entrega
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25%
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Experiencia del Oferente
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10%
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La propuesta técnica será evaluada mediante la sumatoria de los dos subcriterios indicados a continuación:
a) Plazo de Entrega (25%):
Cada oferente debe incluir en su propuesta el plazo de entrega ofertado para la totalidad de las líneas ofertadas. Este plazo debe estar claramente especificado en el Anexo N°4, donde el oferente debe especificar los días hábiles de despacho.
Cabe destacar, que el plazo ofertado, será considerado para todas las líneas de adjudicación en las
que participe.
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Plazo de Entrega en días hábiles
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Puntaje
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1-2
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100
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3-5
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50
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6-8
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30
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9-10
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0
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Los oferentes deben considerar que, el SLEP podrá efectuar las solicitudes de entrega para un total de 52 establecimientos educacionales dentro de las comunas de Quinta Normal y Renca, las cuales de detallan en el punto 6 de las Bases Técnicas.
El plazo de entrega se define como el período, expresado en cantidad de días hábiles, comprendido entre la fecha en que la Contraparte técnica del Contrato efectúe la solicitud de entrega y la fecha máxima en que éste se compromete a hacer entrega de la totalidad de los bienes requeridos.
Quienes oferten un plazo superior a 10 días hábiles o no informen, serán declarados inadmisibles.
Los plazos ofertados por el proveedor en el Anexo N°4 deberán estar expresados en números enteros, esto es, sin cifras decimales, en caso contrario, se aproximará el valor ofertado al entero más cercano a fin de no considerar cifras decimales. Lo anterior será aplicable para todos los efectos. Se deja constancia de que aquellas ofertas que indiquen un plazo de entrega superior a 10 días hábiles serán declaradas inadmisibles en el proceso de apertura. Además, las ofertas que ingresen datos que no sean válidos (por ejemplo: 0 días como plazo de entrega, valores negativos o expresiones que no puedan asociarse a un plazo de tiempo específico e inequívoco en los términos referidos, esto es, días hábiles administrativos) se declararán inadmisibles en su totalidad y no participarán del proceso de evaluación de ofertas.
Puntaje plazo de entrega = puntaje*25%
b) Experiencia Del Oferente 10%.
La experiencia del oferente se evaluará por contrataciones similares, aplicando la siguiente escala y según lo ingresado por el oferente en el Anexo Nº5, de acuerdo con la siguiente tabla:
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Cantidad de certificados acreditados
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Puntaje
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Ponderación
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Entre 6 y 10 certificados de experiencia acreditada
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100
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10%
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Entre 4 y 5 certificados de experiencia acreditada
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60
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Entre 2 y 3 certificados de experiencia acreditada
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30
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1 certificado de experiencia
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10
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No informa certificado de experiencia
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0
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En dicho anexo, el proponente debe indicar el nombre de las entidades o empresas donde prestó los servicios, especificando la fecha y teléfono de contacto para efectos de verificar la información proporcionada.
Para efectos de la evaluación se considerará lo informado en Anexo N°5, teniendo presente, que se considerará por contrataciones similares aquellas que cumplan con las siguientes características:
- Contrataciones del ámbito público o privado, referidas al suministro de artículos de aseo e higiene materia del presente proceso y que sean iguales o superiores a $70.000.000.- impuestos incluidos. Se evaluará experiencia hasta un máximo de los últimos 3 años de experiencia por oferente contados desde la fecha de publicación de la Licitación.
Para acreditar la información indicada en el anexo, el oferente debe acompañar su experiencia a través de alguno de los siguientes documentos:
- Contratos: Copia de contratos debidamente firmados por ambas partes, en los cuales se pueda verificar claramente:
- Objeto del contrato
- Fecha de inicio y término
- Identificación de las partes
- Certificados de recepción conforme o certificados de experiencia: Documentos emitidos por el mandante, debidamente firmados, que deberán contener:
- Nombre del oferente
- Descripción del servicio prestado
- Fecha de inicio y término del servicio
- Nombre, cargo y datos de contacto (correo electrónico y/o teléfono) de quien certifica
Solo se admitirá un certificado por contratación, por tanto, aquellos servicios prestados en diferentes dependencias y/o periodo, pero originados por un mismo proceso de contratación, serán considerados como solo una certificación para efectos de la evaluación.
En el caso de no ingresar dichos certificados la experiencia no será contabilizada en la evaluación.
De no existir documento de respaldo que acredite lo señalado, no se considerará en la evaluación y no obtendrá puntaje por dicha experiencia.
Puntaje experiencia del oferente= puntaje*10%
18.4.3 Cumplimiento Requisitos Formales 5%.
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Aplica cuando en la Propuesta
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Puntaje
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Ponderación
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Se presentan la totalidad de las certificaciones y antecedentes requeridos en las Bases de Licitación al momento de presentar la oferta.
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100
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5%
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El oferente no presenta la totalidad de las certificaciones y antecedentes requeridos en las Bases de Licitación al momento de presentar la oferta, sin embargo, los acompaña una vez requerido por el Servicio Local dentro del plazo dispuesto al efecto.
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50
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El oferente no presenta la totalidad de las certificaciones y antecedentes requeridos en las Bases de Licitación al momento de presentar la oferta y tampoco los acompaña una vez requeridos por el Servicio Local o los acompaña fuera del plazo otorgado.
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0
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Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales = puntaje*5%
18.4.4 Tenencia Programa De Integridad 5%.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en el Anexo Nº 7. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Para esto el oferente debe hacer entrega del documento que dé cuenta de la certificación, según Anexo N°7.
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Aplica cuando en la Propuesta
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Puntaje
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Tenencia
de
Programas
de
Integridad
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Oferente posee programa de integridad implementado y conocido por sus trabajadores
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100 puntos
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Oferente no posee programa de integridad implementado y conocido por sus trabajadores o no es posible acreditar el cumplimiento
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0 puntos
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Adicionalmente, para acreditar lo anterior los proveedores deberán adjuntar el programa y los antecedentes que respalden que es conocido por los trabajadores de la empresa. Quienes no adjunten dicho respaldo se les aplicará el puntaje mínimo de 0 puntos.
Puntaje Tenencia Programa de Integridad = puntaje*5%
18.4.5 Sello Mujer (5%)
Se acreditará la tenencia del Sello Mujer a través de la Ficha del Registro Proveedores.
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Aplica cuando en la Propuesta
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Puntaje
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Sello Mujer
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Oferente posee Sello Mujer acreditado en el Registro de Proveedores.
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100 puntos
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Oferente no posee Sello Mujer acreditado en el Registro de Proveedores.
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0 puntos
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Puntaje Tenencia Programa de Integridad = puntaje*5%
18.5 Evaluación Final.
El Puntaje Final de las ofertas considera asignar Oferta Económica, Propuesta Técnica, Cumplimiento de Requisitos Formales, Tenencia de Programa de Integridad y Sello Mujer, quedando la evaluación final técnica- económica como sigue:
PFTE = Oferta Económica (hasta 100 puntos) *50% + Propuesta Técnica (hasta 100 puntos) *35%+ Cumplimiento Requisitos Formales (hasta 100 puntos) *5%+ Tenencia Programa de Integridad (hasta 100 puntos) *5%. + Sello Mujer (hasta 100 puntos) *5%.
18.6 Mecanismos de Desempate.
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más oferentes, el criterio que definirá la adjudicación del oferente es el siguiente:
a) Se seleccionará el proponente que obtenga mayor puntaje en la propuesta económica del oferente.
b) De persistir el empate, se seleccionará al oferente que presente mayor puntaje en el criterio de “Plazo de Entrega” del oferente.
c) De persistir el empate, se seleccionará al oferente que presente mayor puntaje en el criterio de “Experiencia” del oferente.
d) Si aplicado lo anterior, persiste el empate, se seleccionará al oferente que haya presentado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
En todos los casos la declaración se realizará por acto administrativo fundado.
- Adjudicación.
La adjudicación se realizará por línea de producto, adjudicando al o los proveedores que obtengan la combinación más ventajosa de acuerdo con los criterios de evaluación. Sin embargo, al monto de la adjudicación de cada línea corresponderá al total del presupuesto autorizado para cada una de ellas.
La adjudicación se realizará dentro del plazo señalado en el cronograma. En caso de que no se realice la adjudicación dentro del plazo definido, el Servicio Local informará a través del Portal dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación.
El Servicio Local adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases. Para esta acción, se adjudicará la oferta mediante resolución fundada, la cual explicitará los criterios de evaluación que se han cumplido para adjudicar, debiendo notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de su publicación en el portal.
El Servicio Local declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando habiendo presentado ofertas, no resulten convenientes a los intereses de este, en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva resolución. También, podrá declararla inadmisible cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por este concepto. La declaración de inadmisibilidad o de declarar desierta la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el Portal.
El Servicio Local no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.
- De la Readjudicación.
Procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del Artículo 4 de la Ley 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra; si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no acepta la orden de compra en el plazo establecido, en los plazos que se establecen en las presentes bases, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que se proceda a adjudicar al oferente que corresponda de acuerdo con el orden establecido en el acta de evaluación, este deberá cumplir íntegramente lo establecido en las presentes bases.
La Resolución Fundada de re-adjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evolución del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantengan las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.
- Derecho a declarar desierta o revocar la licitación.
El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas cuando no cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, entendiendo que ellos son el objeto de la contratación, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y a las bases de licitación.
El SLEP, además, podrá declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten conveniente a los intereses de la institución.
Por otra parte, podrá revocar la licitación, en los casos establecidos en la normativa aplicable a las actuaciones del Estado.
Todo lo anterior, deberá ser aprobado mediante acto administrativo formal.
- De La Formalización De La Contratación.
La formalización de la presente contratación se realizará mediante la firma de un contrato suscrito entre las partes, aprobado mediante acto administrativo.
Se entenderá que forman parte de la contratación las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas, y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado, y así también, los productos o servicios que sean incorporados en el transcurso del contrato posterior a la aceptación por parte del Contraparte Técnica del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente detalle:
22.1 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato
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Tipo de
documento
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Podrán ser presentados uno o más documentos de caución tales como: boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos:
- Pagadero a la vista
- No sujeto a modalidad
- De ejecución inmediata e irrevocable
- Emitida a favor de entidad pública
- Tomada por el oferente o por un tercero a nombre del oferente
- Expresada en pesos chilenos o su equivalente en U.F al valor del día de apertura de ofertas, en caso de las pólizas de seguro.
- Permitir su ejecución para el cobro de multas.
- En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca
u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje.
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Monto
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5% del monto total neto del contrato
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A favor de
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Servicio Local de Educación Pública de Los Parques
RUT N°61.981.260-3
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Glosa
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Garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y previsionales de la licitación ID N° XXX-XX-XXXX (donde se señala XX,
reemplazar por el ID de la presente licitación)
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Plazo de vigencia
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A lo menos, 90 (noventa) días hábiles adicionales al plazo de ejecución del contrato, desde el día siguiente al previsto para el término del plazo
contractual.
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Forma y
oportunidad de Entrega
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La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de 10 (diez) días hábiles contados desde la fecha de adjudicación.
La garantía deberá entregarse físicamente en las dependencias del Servicio Local de Educación Pública ubicadas en Carrascal #3420, ingreso por Nicolás Palacios #1689, Quinta Normal, Región Metropolitana en horario de lunes a jueves entre las 08:00 y las 17:00 hrs, y viernes entre las 08:00 y las 16:00 hrs.
Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Adquisiciones y Logística del SLEP Los Parques, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ID: XXXXX-XX-XXXX
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
- Identificación del oferente
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al correo: licitaciones@sleplosparques.gob.cl, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Servicio Local de Educación Pública Los Parques a dejar sin efecto la adjudicación señalada, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar la licitación desierta, revocarla e inclusive readjudicar al oferente acreedor del segundo
mejor puntaje, o tercero si así procediere.
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El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques en las presentes bases administrativas, establecerá de acuerdo a la normativa de compras públicas los detalles referentes a esta caución. En silencio de las bases especiales o de manera complementaria, deberá regirse por las siguientes reglas:
a) Las condiciones de la póliza deben señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el Art. 121° del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que la expresión sea taxativa, que el objeto de la caución es responder por: incumplimientos laborales y previsionales derivados del contrato, y cobro de multas.
b) La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada a los 90 (noventa) días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato, previa verificación del correcto cumplimiento del contrato por parte de Adquisiciones y Logística del SLEP Los Parques.
c) Adquisiciones y Logística del SLEP Los Parques, una vez verificado el correcto cumplimiento del contrato, solicitará la restitución de la caución al proveedor. De igual modo, la devolución de la garantía de fiel cumplimiento, una vez ratificado lo anteriormente señalado en este párrafo, será devuelta al proveedor adjudicado, si la contratación ha terminado de manera anticipada, por causas no imputables al contratista, como la resciliación o mutuo acuerdo, la seguridad nacional o, en el caso de las personas naturales, su muerte natural o presunta.
d) Si se contempla por modificación contractual un aumento en el monto total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, de acuerdo al porcentaje o fórmula definida en las presentes bases, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del proveedor mantener vigente la garantía, y deberá ingresar la renovación al momento de la formalización de la modificación del contrato, y en caso de que dicha formalidad no proceda, con a lo menos 10 (diez) días corridos anteriores a su vencimiento.
e) Si a propósito de multas se cobran de la garantía de fiel cumplimiento, entonces será obligación del proveedor sustituir la caución en particular.
f) Aumento de garantía por oferta temeraria o contratación riesgosa: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Servicio podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del monto con la oferta que le sigue.
22.2 Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
a) No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases.
b) Incumplimientos de las exigencias técnicas de los bienes y/o servicios adjudicados establecidos en el Contrato.
c) Incumplimiento en las obligaciones legales de sus trabajadores.
d) Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor.
Observaciones: Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.
22.3 Antecedentes Legales para Ser Contratado.
El proveedor adjudicado debe encontrarse inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores al momento de celebrar el respectivo contrato. Además, deberá presentar y acreditar en el Registro los siguientes documentos:
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Personas Naturales
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1) Fotocopia simple de cédula de identidad
2) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
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Personas Jurídicas
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1) Escritura de constitución social o Certificado de estatuto social actualizado, según corresponda, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación,
2) Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente.
3) Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no mayor a 30 (treinta) días corridos, contados desde la fecha de adjudicación o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
4) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Tratándose de Sociedades Anónimas, se deberá acompañar simple del acta de sesión de la junta de accionistas o del acta del directorio o mandato, reducido a escritura pública, en que conste la personería del representante legal de la sociedad. En el caso de ser una persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, deberá acompañar documento que dé cuenta del poder del representante legal.
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Unión Temporal de Proveedores
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1) La Unión Temporal de Proveedores deberá entregar todos estos documentos respecto a cada uno de sus integrantes, quienes deben encontrarse hábiles en Chile Proveedores. De igual modo, el apoderado de ésta deberá constar en los documentos legales que presenten y que respalden la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo establecido en el Art. 182° del Reglamento de la Ley N°19.886.
2) Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la copia simple de Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 180°, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº661/2024 del Ministerio de
Hacienda.
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Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado desde la notificación de la resolución de adjudicación, el Servicio Local Los Parques podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiera, y Re adjudicar la licitación.
22.4 De la Tramitación Administrativa del Contrato
Una vez dictado el acto de adjudicación, y con la condición expresa de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados se procederá a la redacción de éste. El contrato deberá suscribirse en un plazo máximo de 20 (veinte) días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la adjudicación en el sistema de información. De no suscribirse el contrato dentro del plazo, el SLEP Los Parques podrá invalidar la adjudicación, aludiendo al presente vicio del proceso, y readjudicar la licitación o declarar desierto el concurso, además del cobro efectivo de la garantía de seriedad de la oferta.
Será obligatorio acompañar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, en virtud de lo establecido en el inciso 1°, del artículo 4° de la ley N°19.886, una vez definido al oferente a contratar, se verificarán los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo. Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 (seis) meses. El proveedor deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo materializarse la nueva contratación por la modalidad aplicable, de acuerdo a la normativa aplicable, y, al mérito, conveniencia y oportunidad de la Administración. El proveedor al que se le haya puesto término anticipado a la convención, no podrá participar en el concurso o ser contratado directamente para la materialización de esta contratación.
El proveedor adjudicado deberá proporcionar, al momento de contratar, o con anterioridad, correo electrónico válido para efecto de llevar a cabo exitosamente el procedimiento de notificación de eventual cobro de multa, como también de posible término anticipado, ambas situaciones de configurarse el incumplimiento o la causal respectiva.
- Vigencia De La Contratación.
La vigencia de la contratación será de 24 meses o hasta agotar el presupuesto disponible para cada línea de adjudicación, lo que ocurra primero, y se contabilizará desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio debidamente fundadas mediante resolución, el inicio de la prestación de los servicios podrá efectuarse una vez suscrito el contrato. En tal caso, los pagos quedarán en todo caso sujetos a la total tramitación del acto administrativo que apruebe la contratación.
- Monto De La Contratación.
El monto del contrato corresponderá al monto disponible para cada línea de producto, conforme con los establecido en el punto 7 de las presentes Bases Administrativas.
El adjudicatario emitirá una factura, de acuerdo con los pedidos que se emanen desde la Contraparte Técnica del SLEP, el cual será descontado del monto total de la o las órdenes de compra.
Los precios unitarios de cada ítem que regirán durante la relación contractual serán aquellos contenidos en el Anexo N°3 “Oferta Económica” presentado por el oferente. En él, se deben incluir
los valores considerando todo lo necesario para asegurar la correcta ejecución del contrato.
Se debe hacer presente que, para efecto de la presentación de las ofertas en la etapa de licitación, el monto a considerar será el valor/precio NETO. Sin embargo, el pago estará determinado por los productos efectivamente requeridos y entregados conforme, considerando los valores netos ofertados expresados en pesos, sin intereses, incluyendo el/los impuestos (s) respectivo (s).
Se deja establecido que los requerimientos de los productos de podrán ser de flujo variable, no comprometiéndose al SLEP, requerir y adquirir los productos por el monto total de la contratación o con una determinada cantidad trimestral durante la vigencia del contrato.
- Modificaciones contractuales
Las eventuales modificaciones contractuales que se pacten deberán acatar lo dispuesto en el Art. 129 del Reglamento de la Ley de Compras y producirán efecto desde la total tramitación del acto administrativo que se pronuncie sobre la modificación contractual.
El contrato se podrá modificar, aumentando o disminuyendo los servicios. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En caso de aumentar o disminuir los servicios solicitados, los valores a considerar, serán aquellos establecidos en el formulario de oferta respectivo.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
26. Relación entre el proveedor y el Servicio Local de Educación Pública de Los Parques
Toda comunicación entre el proveedor y Servicio Local de Educación Pública de Los Parques se canalizará a través de la Contraparte Técnica del Contrato, o quien subrogue o sea designado por la autoridad facultada para ello.
El proveedor podrá subcontratar partidas de prestación de servicios previa autorización del mandante. En todo caso, el proveedor será responsable de todas las obligaciones contraídas con el SLEP de Los Parques en virtud del contrato, de modo que la subcontratación en ningún caso significará disminuir o traspasar la responsabilidad de la ejecución de esa partida, ni cualquier eventual daño directo, previsto o imprevisto, o perjuicios de cualquier naturaleza, causado por el proveedor, sus dependientes o subcontratistas.
No existirá relación laboral ni funcionaria de ninguna especie entre el SLEP de Los Parques y el personal a través de los cuales la empresa cumpla con las obligaciones del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, podrá exigirse al proveedor un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo respectiva, respecto de sus trabajadores. Asimismo, se podrá exigir la referida documentación respecto de las obligaciones que tienen los subcontratistas con sus trabajadores.
La empresa deberá solucionar inmediatamente y sin dificultad para el servicio, cualquier acción legal o fiscalización de orden laboral, administrativa, sanitaria, tributaria, civil o de la naturaleza que sea, derivada de reclamaciones de sus socios, personal subcontratado o contratado bajo cualquier modalidad o del ejercicio de las funciones fiscalizadoras de órganos de la administración del estado o de reclamaciones de terceros.
Con todo, se debe hacer presente que, de configurarse la subcontratación de alguna partida de servicios, el proveedor adjudicado deberá observar que los subcontratistas sean igualmente hábiles para contratar, de acuerdo con lo expuesto en el inciso 2° del Art. 128° del Reglamento de la Ley de Compras.
- Contraparte técnica del Servicio Local de Los Parques.
El Servicio Local designará como Contraparte Técnica a un funcionario de la Coordinación de Servicios Generales del Servicio Local de Educación Pública Los Parques, para la función de supervisar el fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato, según lo estipulado en las presentes bases técnicas, bases o especificaciones técnicas, y propuesta del oferente, a quien le corresponderá instruir al proveedor el cumplimiento de todos los requerimientos técnicos y administrativos que permitan cautelar el correcto cumplimiento del contrato, y la correcta entrega de los servicios contratados.
La contraparte técnica propondrá la aplicación de las multas y/o el término anticipado del servicio, de acuerdo con lo estipulado en las Bases de la licitación. De igual forma, será el funcionario responsable de emitir el Acta de Recepción conforme que permita el pago del servicio contratado conforme a cada orden de compra emitida al proveedor.
Salvo disposición expresa en contrario de las Bases de la Licitación o que de ellas se desprenda otra cosa, la Contraparte Técnica, representará al Servicio Local en todo cuanto diga relación con la ejecución de la presente licitación, correspondiéndole, entre otras, las siguientes funciones:
- Fiscalizar el estricto cumplimiento del suministro contratado y proponer la aplicación de multas.
- Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, considerando las multas a que hubiere lugar.
- Autorizar la devolución de la garantía por “Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato", o solicitar hacerla efectiva si es que procediere.
- Certificar la recepción, a entera satisfacción del suministro contratados.
- Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente.
- Colaborar y asistir al adjudicado en el ámbito de sus competencias.
- Coordinar las actividades a realizar
- Controlar el presupuesto ejecutado en base al presupuesto disponible.
Serán funciones de la contraparte técnica, entre otras, las siguientes:
- Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al adjudicado las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de esto.
- Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados, establecidos en el respectivo contrato, además de proponer la aplicación de multas
- Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente
- Verificar que el Contratista cumpla con las disposiciones de las presentes Bases respecto al certificado de inhabilidades para el trabajo con menores de edad.
En general, deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión del contrato que faciliten la ejecución del servicio de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
- Contraparte del proveedor.
El proveedor deberá designar a una contraparte, quien será su representante permanente ante el SLEP.
Esta contraparte deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del SLEP.
La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.
Durante la realización de los Servicios contratados, el Contratista estará obligado a lo siguiente:
- Cumplir eficaz y oportunamente con las órdenes e instrucciones que imparta la Contraparte técnica y relativas a materias reguladas en estas Bases de Licitación.
- Entregar los bienes adquiridos en el lugar y tiempo convenidos, y de acuerdo con los plazos de entrega ofrecidos.
- Los gastos relativos a fletes o traslados por entrega o reposición serán de cargo del Proveedor.
- Verificar que, en ningún caso el personal, que realice la instalación del servicio en las dependencias de los Establecimientos o Jardines Infantiles, presente inhabilidades para el trabajo con menores de edad. Asegurar que este requisito se cumpla en toda la dotación del personal contratado. Para dar cumplimiento a la exigencia mencionada, es menester que se acompañe para cada trabajador, el certificado de inhabilidad para trabajar con menores de edad, emitido por el Registro Civil.
- Prohibición De Cesión.
El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo con las normas de derecho común.
- Obligación de Confidencialidad.
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el proceso licitatorio y el respectivo contrato.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano licitante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido lo indicado en esta cláusula, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad a lo establecido en Bases de Licitación. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
- Del Precio y Forma de Pago.
El Servicio Local efectuará los pagos en función de las entregas efectivamente realizadas y recepcionadas conforme, de acuerdo con las solicitudes de entrega emitidas por la Contraparte Técnica del Contrato.
Para efectos de pago, el o los adjudicatarios deberán dar cumplimiento al siguiente procedimiento:
- Una vez realizada la entrega total de los productos asociados a una solicitud de entrega, el adjudicatario deberá presentar a la Contraparte Técnica del SLEP una solicitud de pago por escrito, adjuntando, a lo menos:
- Guías de despacho firmadas por el respectivo establecimiento educacional, que den cuenta de la recepción de los productos con el detalle de los productos entregados.
- Revisados los antecedentes, y en caso de no existir observaciones, el o los establecimientos educacionales correspondientes emitirán el respectivo Certificado de Recepción Conforme.
- Una vez aprobada la solicitud de pago por la Contraparte Técnica y emitidos los Certificados de Recepción Conforme, el adjudicatario deberá emitir la factura correspondiente, en condición de pago a crédito.
En caso de existir observaciones, estas deberán ser subsanadas por el adjudicatario previo a la emisión de la factura.
El pago se efectuará en un plazo máximo de 30 (treinta) días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°19.983.
Las facturas deberán ser emitidas a nombre del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, e incluir la siguiente información:
a) Razón Social.
b) RUT.
c) Domicilio.
d) Señalar además el Número de orden de compra.
Asimismo, las facturas deberán ser remitidas a los correos electrónicos dipresrecepcion@custodium.com y tesoreria@sleplosparques.gob.cl, informando además los datos bancarios del proveedor para efectos de pago, y, en caso de corresponder, los antecedentes relativos a la cesión de facturas (factoring).
Se deberá emitir una factura separada para las entregas realizadas en jardines infantiles y otra para aquellas correspondientes a escuelas y liceos.
Las facturas que estén mal extendidas, o no cumplan con las condiciones anteriormente señaladas, serán rechazadas dentro del plazo legal establecido en la Ley N°19.983. que Regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura y sus modificaciones, por lo que el proveedor deberá refacturar conforme a lo prescrito en el artículo N°3 de la Ley N°19.983.
- Multas y procedimiento de aplicación.
Se considerarán infracciones sujetas a multas las que se detallan en la siguiente tabla, las que pueden ser aplicadas en más de una instancia y de manera simultánea dependiendo de la naturaleza de la causa.
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Ítem
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Incumplimiento
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Multa
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Descripción
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a)
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Atraso en la entrega de productos en solicitudes regulares.
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2 UTM por día hábil de atraso
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Se aplicará desde el día hábil
siguiente al vencimiento del plazo
de entrega ofertado en Anexo N°4,
por cada despacho incumplido.
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Atraso en la entrega de productos en casos de emergencia, de acuerdo con lo definido en el punto 3.3 de las Bases Técnicas.
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2 UTM por día hábil de atraso
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En caso de incumplimiento del plazo máximo de dos (2) días hábiles para entregas de emergencia, se aplicará una multa equivalente a 2 UTM por cada día hábil de atraso
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b)
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Atraso en la entrega de
Reposición de Productos
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1 UTM por día hábil de atraso
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Procede cuando el proveedor no
reponga o sustituya los productos
dentro de los 2 días hábiles
establecidos, contados desde la
notificación de la Contraparte
Técnica
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c)
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Entrega incompleta o parcial
de una solicitud de despacho
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0,3 UTM por cada ítem
faltante
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Aplica cuando no se
entreguen todos los
productos requeridos en la
solicitud, sin causa justificada.
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Las multas serán informadas por el Administrador de Contrato y/o Contraparte Técnica respectiva, quien notificará al oferente adjudicado mediante correo electrónico.
Las multas serán expresadas en Unidades Tributaria Mensual (UTM) y el valor que se utilizará será el correspondiente al momento de la total tramitación de la resolución que ordena aplicar la multa.
32.1 Procedimiento de aplicación de multa.
El proceso de aplicación de multas y/o termino anticipado conforme a las situaciones establecidas en las presentes bases de licitación o condiciones de contratación, como también, aquellas contenidas en el artículo 13 bis de la Ley 19.886 y 130 del Reglamento de Compras, se ceñirán al procedimiento contenido en este acápite el cual, se efectuará por correo electrónico y/o aplicativo gestión de contratos de Mercado Público y podrá iniciarse en cualquier tiempo mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de la acción para ello.
● Fase 1: Detección de posibles faltas al contrato y Notificación:
L.a Contraparte Técnica, al detectar una falta evaluará si esta puede dar origen a la aplicación de multa, lo cual será comunicado a la Unidad de Adquisiciones con los antecedentes del caso, quien contrastará el hecho ocurrido contra lo indicado en el documento que formaliza la adquisición.
En caso de existir antecedentes que permitan establecer que puede proceder la aplicación de una multa, o al término anticipado del contrato, la Unidad de Adquisiciones confeccionará un breve informe, y lo notificará por correo electrónico al Proveedor, indicando los incumplimientos contractuales en que hubiese incurrido y generar un eventual proceso sancionatorio en su contra y el monto involucrado o sanción dispuesta, ya sea por correo electrónico informado en el formulario de identificación del oferente en las bases y/o condiciones del proceso de contratación (conforme al artículo 140 del Reglamento de compras).
● Fase 2: Descargos del Proveedor:
El Proveedor, dispondrá de 5 días hábiles desde su notificación para realizar sus descargos por el mismo medio (correo electrónico, o aplicativo), presentando todos los antecedentes que permitan fundar su posición, exponiendo las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Lo anterior, en cumplimiento de los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, dispuestos en el artículo 137 del Reglamento.
Si el Adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, y como consecuencia de la respuesta del Proveedor, la Unidad de Adquisiciones junto con la Contraparte Técnica consideren que en virtud de la situación y los descargos no amerita la aplicación de la sanción, emitirán un informe fundado al respecto, el cual será firmado por ambos profesionales, y comunicado al Director Ejecutivo para su decisión y aprobación mediante la respectiva resolución, la cual será notificada al Proveedor, a través de correo electrónico o del aplicativo, quedando registro electrónico de dicha actuación.
Por el contrario, si analizados los descargos del proveedor, la Unidad de Adquisiciones junto al Inspector Técnico consideren que los incumplimientos ameritan la aplicación de una multa y/o el termino anticipado del contrato, lo comunicará mediante informe fundado a la Dirección Ejecutiva del Servicio Local mediante un memo, acompañando todos los antecedentes del caso, incluso los descargos presentados por el Proveedor.
Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar descargos, se procederá a aplicar la sanción que corresponda, dictándose la resolución fundada respectiva, notificándose dicho acto administrativo vía correo electrónico.
● Fase 3: Aplicación de la Sanción:
En caso de que la Dirección Ejecutiva del Servicio Local, confirme la aplicación multa, lo resolverá por resolución fundada, redactada por la Unidad de Adquisiciones y revisada por el departamento jurídico, la que se notificará al Proveedor mediante correo electrónico, adjuntando los antecedentes y resolución fundada que aprueba la aplicación de la sanción en cuestión, informándole al proveedor que, a su vez, será procedente el recurso de reposición dispuesto en artículo 59 de la Ley Nº19.880.
● Fase 4: Recursos contra la sanción:
El Proveedor podrá interponer el recurso de reposición por correo electrónico dirigido a la Dirección Ejecutiva, dentro de 5 días hábiles posteriores a la notificación. La Dirección tendrá el plazo de 10 días hábiles para resolverlo mediante resolución fundada, pudiendo ratificar, modificar, reemplazar, o dejar sin efecto el acto impugnado.
En caso de rechazar el recurso de reposición, se procederá a la aplicación de la multa y/o dar termino anticipado al contrato, desde la fecha de notificación al proveedor de la resolución que lo rechace.
La interposición del recurso de reposición suspenderá la ejecución de la resolución sancionatoria, salvo que el Servicio Local disponga expresamente algo distinto fundadamente.
32.2 Cobro de la Multa
Para efectos de su descuento del pago a que tenga derecho el proveedor, este último deberá facturar el monto total de la orden de compra emitida por el Servicio Local de Educación.
El pago de la totalidad de la multa deberá ser efectuado por el proveedor en Tesorería del SLEP de Los Parques, mediante transferencia electrónica a nombre del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, RUT 61.981.260-3, dentro del plazo de cinco días hábiles desde que es notificado del acto que dispone del cobro, debiendo remitir el comprobante de transferencia a los correos electrónicos informados en la notificación.
El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, para hacer efectiva la multa aplicada al proveedor, podrá optar por descontar su valor de cualquier factura pendiente de pago, o hacer efectiva y cobrar íntegramente la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el proveedor, descontando de su valor, el monto de las multas aplicadas. En este último caso, el proveedor deberá entregar al Servicio Local de Educación una nueva garantía, con el mismo monto y vigencia de la garantía cobrada, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contado desde la fecha en que dicha garantía se haya cobrado y hecho exigible. El saldo de la garantía cobrada quedará en poder del Servicio local de Educación, para ser devuelto al proveedor, a solicitud escrita de este último, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de presentación de la solicitud de devolución. Con todo, el proveedor no podrá solicitar la devolución del saldo de garantía, mientras no entregue una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, con la vigencia y por el monto establecidos en las presentes bases de Licitación.
● Fase 5: Pago de multa:
El Adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para el pago de la multa a la cuenta corriente del SLEP Los Parques, desde la fecha en que el acto administrativo que formalice su aplicación se encuentre firme y ejecutoriado. El monto de la multa deberá ser depositado o transferido por el proveedor en la cuenta corriente del Servicio Local indicada en la resolución que aplica la multa, o bien, en caso de no verificarse el pago de la multa, el Servicio Local de Educación podrá descontar su valor de cualquiera de las facturas que se encuentren pendientes de pago por parte del Servicio Local, entendiéndose para todos los efectos legales como íntegramente pagada la factura de cualquier suma que el Servicio Local de Educación Pública Los Parques adeude al Adjudicatario o pueda adeudarle a futuro del Contrato vigente, o se cobrarán judicialmente, en su caso.
33. Orden de Compra.
La Unidad de Adquisiciones y Logística del Servicio Local de Los Parques, emitirá una Orden de Compra por cada proveedor adjudicado, las que deberán ser aceptadas dentro de un plazo de dos días hábiles.
34. Término anticipado de la contratación. Conforme al artículo 13 bis de la Ley de Compras y al artículo 130 del Reglamento, el contrato podrá terminar anticipadamente por las siguientes causales:
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, entendiendo estas como no dar proveer el servicio solicitado, respecto a algún requerimiento para la correcta ejecución del servicio que se encomienda y al fin que su realización persigue, o en general incurrir en cualquiera de las causales establecidas u otras situaciones de similar naturaleza
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
- Acumular multas o sanciones por un monto total igual o superior al 20% del monto total de la relación contractual.
- Por infringir la obligación de confidencialidad a que está obligado el proveedor
- Si el representante o alguno de los socios de una Sociedad de responsabilidad limitada fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. En los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o algún Gerente incurra en esta situación.
- Si la empresa proveedora se disolviere, en cuyo caso se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedaren pendientes. Las obligaciones serán compensadas con las garantías que obran en poder del Servicio Local.
- El proveedor fuera declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación.
- Si el proveedor es condenado por prácticas antisindicales durante la vigencia del contrato.
- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos pactados.
- Disolución de la UTP.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad Ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación debidamente justificado.
- La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
- El Servicio Local podrá poner término definitivo a la prestación del servicio en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del prestador, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, sin derecho a reclamo o indemnización alguna a favor de la empresa.
- Las demás establecidas en la ley o en el contrato.
La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá ser fundada y deberá publicarse en el sistema de información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas, respetando los principios de contradictoriedad e impugnabilidad.
Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a este, el SLEP de Los Parques lo comunicará formalmente al proveedor, de manera fundada, otorgándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles desde su notificación para evacuar sus descargos por escrito.
Transcurrido el plazo establecido anteriormente, el Director Ejecutivo se pronunciará sobre los descargos del proveedor. El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrado se notificará de acuerdo a las reglas establecidas la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerará el que haya señalado al celebrar el contrato.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, según lo prescribe el artículo 135° del Decreto N°661/2024 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras.
Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el término anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo.
34.1 Término unilateral del contrato
El contrato podrá terminarse anticipada y unilateralmente por el Servicio Local, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, por situación sobreviniente, consistente en una orden o instrucción, tales como aquellas que puedan emanar del Ministerio de Educación, Dirección de Educación Pública, Contraloría General de la República, entre otras. En estos casos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización.
Asimismo, operará para los casos de término anticipado unilateral provocados por emergencia sanitaria o cualquier otro motivo de fuerza mayor o caso fortuito.
La Contraparte Técnica del SLEP, comunicará por escrito su decisión al proveedor, mediante correo informando los fundamentos que motivan el término del contrato, previo pronunciamiento de la Unidad Jurídica.
En contra de la Resolución que resuelve el término unilateral del contrato, proceden los Recursos Administrativos dispuestos en la Ley N°19.880 sobre Base de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
34.2. Suspensión.
El Servicio Local podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente la ejecución del servicio contratado, en cualquier momento, por caso fortuito o fuerza mayor dando aviso por escrito al proveedor. En dicho caso el Servicio Local pagará al proveedor el monto que corresponda a las tareas realizadas al momento de la suspensión del contrato.
La suspensión o término anticipado surtirá plenos efectos una vez se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que la apruebe, el cual deberá encontrarse debidamente fundado y notificado al proveedor.
34.3. Rechazo.
El Servicio Local se reserva el derecho de rechazar los servicios contratados por deficiencias en ellos o por no corresponder a las Bases Técnicas del presente proceso licitatorio. En este caso, estos se consideran como no realizados para todos los efectos contractuales, incurriendo el adjudicatario en incumplimiento de la contratación respectiva.
35. Liberación De Responsabilidad.
El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio Local en caso de acciones entabladas por terceros, debido a transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada, diseños industriales u otras, como consecuencia de la ejecución de la contratación.
36. Disposiciones Finales.
36.1 Pacto De Integridad.
El oferente deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético como le es exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III del Decreto con Fuerza de Ley N°1-19.653, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Para lo anterior, el oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalan en el resto de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás documentos integrantes, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente y sus comercios asociados se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente y sus comercios asociados se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) El oferente y sus comercios asociados se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente y sus comercios asociados se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de ésta.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y medidas previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
j) El oferente se obliga a no utilizar, durante la ejecución del contrato, información privilegiada obtenida con ocasión de éste o con ocasión de cualquier servicio que haya o se encuentre prestando a algún organismo regido por la Ley N°19.886.
36.2 Solución de Controversias y Legislación Aplicable.
La presente licitación celebrada por el Servicio Local se regirá por las leyes de la República de Chile. Los oferentes constituyen su domicilio en la región metropolitana. En este sentido, cualquier desacuerdo que no sea posible de resolver entre las partes, podrá ser sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia.