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Resolución de Empates |
15.4. Mecanismo de desempate.
En caso de empate en el resultado final de la evaluación, se contempla como criterio para resolverlo el siguiente:
1) Se preferirá la propuesta que obtenga el mayor puntaje en el criterio de propuesta económica;
2) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que obtenga el mayor puntaje en el criterio plazo de entrega de los productos.
3) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que obtenga el mayor puntaje en el criterio tiempo de reposición de productos fallados.
4) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que obtenga el mayor puntaje en el criterio de Programa de integridad
5) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que obtenga el mayor puntaje en el criterio cumplimiento de los requisitos formales de la oferta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
El Servicio adjudicará esta licitación pública, mediante resolución fundada, a aquella oferta que obtenga el mejor puntaje, según los criterios de evaluación establecidos en estas bases y que sea conveniente para los intereses de la institución.
La adjudicación se realizará dentro del plazo establecido en el punto 3. “Etapas y Plazos de la Licitación”, del título I. “ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACIÓN”, de las presentes Bases de Licitación, pudiendo en consecuencia, ser en una fecha anterior a la establecida en la ficha electrónica de plazos dispuesta en el portal www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado, como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
El monto adjudicado señalado en la resolución de adjudicación será el valor máximo determinado para el servicio, el cual se obtendrá de acuerdo a lo ofertado en el Anexo N°3 “Propuesta Económica”. No obstante, lo anterior, el pago se realizará según lo indicado en el punto 20.4 “DEL PAGO”, del título II. “BASES ADMINISTRATIVAS”.
Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la resolución de adjudicación, dentro del tercer día hábil de notificada ésta en el portal www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico najharet.hurtado@reinsercionjuvenil.cl. Las consultas serán respondidas dentro de los 5 días hábiles siguientes por el mismo medio.
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Pacto de integridad |
El oferente, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
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El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
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El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
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El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
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El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
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El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
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El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
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El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En caso de que el Servicio compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación y/o contratación, que se han vulnerado alguno de los literales precedentes o la sujeción estricta a las presentes bases y sus modificaciones, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado a la contratación, según corresponda.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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De acuerdo a lo indicado en el punto 15.1 y criterio de evaluación de cumplimiento de requisitos formales de la oferta.
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Causales para dejar sin efecto la adjudicación |
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17. Causales para dejar sin efecto la adjudicación
El Servicio dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, en los siguientes casos:
a) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal dirigida al Servicio, se desistiera de su oferta.
b) Si el oferente adjudicado se encontrara inhabilitado para contratar con el Estado.
c) Si el oferente adjudicado presentara información falsa o adulterada.
d) Si el oferente no presenta la documentación para la elaboración del contrato o la emisión de la orden de compra, según corresponda, dentro del plazo establecido en el numeral 19.2 de estas bases.
e) Si el adjudicatario se negare a firmar el contrato o aceptar la orden de compra, dentro del plazo establecido al efecto.
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Readjudicación |
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18. Readjudicación
De producirse alguna de las situaciones señaladas en el numeral precedente, el Servicio dejará sin efecto la adjudicación de la licitación, y podrá readjudicar al oferente que, según el Acta o informe final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente para los intereses del Servicio, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
La readjudicación podrá realizarse sucesivamente en caso de que concurran los hechos mencionados en los literales indicados en el punto 17, de las presentes Bases Administrativas, respecto de los oferentes posibles de readjudicar, conforme al orden de prelación establecido según puntaje obtenido.
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Confidencialidad de la información |
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El proveedor se obliga en forma irrevocable a que toda información que éste, los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, proveedores u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito de la contratación y sus actividades complementarias, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que este contenida en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, disquetes, archivos computacionales o en cualquiera otra forma.
El proveedor solo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de esta contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de la información confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal sólo tenga acceso a la información confidencial que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas y, adicionalmente, para que su personal en función de la información que pudiese acceder guarde estricta confidencialidad.
En caso de poner término al contrato, independientemente del motivo por el cual esto se genere, el proveedor deberá restituir la información confidencial y toda copia resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorándum u otro escrito, cinta, disquete o archivo computacional, sin retener copias, resúmenes o extractos de esta, en ninguna forma.
En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el proveedor se viere obligado a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia al Servicio.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia del respectivo contrato, o después de su finalización, dará lugar al Servicio para entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. El incumplimiento de estas políticas podrá ser causal para poner término anticipado al contrato por parte del Servicio
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Seguridad de la información |
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El proveedor deberá dar cumplimiento a las políticas de seguridad de la información del Servicio vigentes y sus modificaciones, cuando estas sean informadas al proveedor. El incumplimiento de estas políticas será causal para poner término anticipado al contrato por parte del Servicio.
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