La entidad solicitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, en la medida que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al respecto de oferentes a través del sistema de información.
Asimismo, la entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y periodo de evaluación
Una vez realizado el requerimiento, los oferentes dentro del plazo de 1 (uno) días hábiles, deberán salvar los errores u omisiones formales o presentar las certificaciones o antecedentes omitidos, según corresponda, lo que informará por el portal www.mercadopublico.
De conformidad a los criterios de evaluación, se asignará menor puntaje a las ofertas que rectifiquen los errores u omisiones y/o acompañen los antecedentes omitidos, dentro de plazo referido. En caso de no rectificar los errores u omisiones formales, o no acompañar las certificaciones o antecedentes requeridos, dentro de plazo, la oferta será rechazada. -